Deontología para el Jurista del Siglo XXI



Documentos relacionados
FILOSOFÍA DEL DERECHO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN LICENCIATURA EN DERECHO PROGRAMA DE ASIGNATURA

UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO PROGRAMA DE ESTUDIO DE LICENCIATURA PRAXIS MES XXI

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA Clave: 08MSU0017H

Índice de contenido. Prólogo... xiii Introducción... xix Siglas... xv

Facultad de Derecho Derecho Introducción al Estudio del Derecho

FACULTAD DE DERECHO DERECHO

PLANIFICACIÓN ANUAL 2017 Ciclo Superior Secundario

1. Quién puede decirme lo que puedo hacer? 2. La ética debe tener normas con contenido concreto?

ÉTICA, VIDA Y SALUD Introducción a la. Dr. Raúl Garza Garza Instituto de Investgaciones en Bioética Sistema Christus Muguerza

UNIVERSIDAD DE NAVARRA CONGRESO EL DEBATE ACTUAL SOBRE LAS TEORÍAS DE LA JUSTICIA. Justicia y Abogacía: El derecho a la defensa ética

FORMATO PARA LA ENTREGA Y PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS ANTE EL CONFI1

Ética y Profesionalismo. XXVIII Congreso Nacional Asociación Mexicana de Actuarios Mérida 2017, 26 al 28 de noviembre

UNIVERSIDAD MARIANO GALVEZ DE GUATEMALA. Síntesis del estudio de la unidad 1. Estado y Gobierno. Diferencia entre Estado y Gobierno.

Competencias ciudadanas en la educación primaria

CÓDIGO DE ÉTICA FACULTAD DE DERECHO LICENCIATURA EN DERECHO

Interpretación y Argumentación Jurídica. Sesión 9: La Argumentación Jurídica

Destacará cómo los postulados de las diversas teorías éticas han planteado al derecho a través del tiempo.

Carga académica Horas teóricas Horas prácticas Total de horas Créditos. Seriación Ninguna Ninguna

Facultad de Jurisprudencia. Licenciado en Derecho

Universidad Autónoma del Estado de México Facultad derecho Licenciatura en Derecho

En efecto, en las facultades de Derecho, en la mayoría de los países, se enseña la parte teórica, tanto sustantiva como adjetiva, que todo abogado

Orígenes de la Deontología

DOMINIOS COGNITIVOS (Objetos de aprendizaje: temas y subtemas) OBJETO DE APRENDIZAJE I SISTEMÁTICA Y TÉCNICA JURÍDICAS. APLICACIÓN DEL DERECHO

Competencias Generales y Específicas.

DOMINIOS COGNITIVOS (Objetos de aprendizaje: temas y subtemas) OBJETO DE APRENDIZAJE I SISTEMÁTICA Y TÉCNICA JURÍDICAS. APLICACIÓN DEL DERECHO

Universidad de la República Facultad de Psicología

Asignaturas antecedentes y subsecuentes Ninguna PRESENTACIÓN

INTRODUCCIÓN AL DERECHO

RESUMEN DE LA PROGRAMACIÓN PARA CONOCIMIENTO DE LAS FAMILIAS Y DEL ALUMNADO.

Las normas de la OIT: Presentación general. Oficina Subregional de la OIT para los Países Andinos

UNIVERSIDAD RICARDO PALMA VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN CENTRO DE INVESTIGACIÓN

Bachillerato a Distancia. Filosofía 1º Bach.

Universidad Nacional de Santiago del Estero Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales y de la Salud

DEPARTAMENTO DE FILOSOFÍA. Contenidos mínimos. Educación para la ciudadanía de 3º ESO

22 marzo Lic. Jesús Arroyo Estrada

DEONTOLOGÍA JURÍDICA

PONENTE: MINISTRA NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ SECRETARIA: NATALIA REYES HEROLES SCHARRER SECRETARIO AUXILIAR: HÉCTOR G.

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO. Aprobado por el Consejo General Universitario el 19 de noviembre de 2010

Metodología.

BLOQUE 2: La comprensión, el respeto y la igualdad en las relaciones interpersonales. (Temas 3 y 4)

PROGRAMA DE LA ASIGNATURA DE ÉTICA CRISTIANA

ARGUMENTOS INTERPRETATIVOS

tel

ÉTICA EN LA GESTIÓN PÚBLICA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: FUNDA0ENTOS DE DERECHO PUBLICO

Psic. Rosalba Rosales Bonilla

APRENDIZAJE PROCESOS DE MEJORA APLICADOS A LA FAMILIA Y LA ESCUELA

Seminario Permanente de

DOMINIOS COGNITIVOS. (Objetos de aprendizaje: temas y subtemas). Objeto de aprendizaje I. Sistemática y Técnica Jurídicas. Aplicación del Derecho.

UNIDAD FORMATIVA 2. LA COMPRENSIÓN, EL RESPETO Y LA IGUALDAD EN LAS RELACIONES INTERPERSONALES

Imagen 6 ARETÉ. FILOSOFÍA 1º DE BACHILLERATO. éticas. Las teorías éticas. Teorías éticas. su modelo de racionalidad está basado en...

Trabajo realizado por:

DEFINICIONES. ETICA Raices: Griego ETHIKÉ, deriva del adjetivo e thos: carácter, modo de ser, y morada, lugar interior.

FUNDAMENTACIÓN METODOLÓGICA EN TRABAJO SOCIAL

PROINBIO Prof. Adj Verónica Nieto 2011

DEPARTAMENTO DE FILOSOFÍA. Resumen para los alumnos de Filosofía. 1º Bachillerato - CURSO

CONTEXTO HISTÓRICO. Burguesía: reclama poder político frente a las monarquías absolutas. República de Cromwell ( )

KANT. 3. En la filosofía kantiana está presente a) el racionalismo y el empirismo b) la Ilustración c) ambas d) ninguna de las anteriores

IDEAS FUNDAMENTALES DEL LIBERALISMO POLÍTICO DE JOHN RAWLS. Rawls, John, El liberalismo político, Barcelona: Crítica S.L., 1996 (CONFERENCIA I).

Ciencia que tiene por objeto el estudio del ser en cuanto ser y de sus atributos esenciales.

CAPÍTULO DECIMOTERCERO RÉGIMEN DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

DIVISION ACADEMICA MULTIDISCIPLINARIA DE LOS RIOS INGENIERO EN ACUACULTURA

En Colombia el Código de Ética Profesional del Contador Público está reglamentado en la Ley 43 de 1990

Bachillerato A Distancia. Filosofía. 1º Bach. A DISTANCIA

Código de Ética UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PACHUCA. Organismo Descentralizado de la. Administración Pública del Estado de Hidalgo.

Asignatura pendiente de Filosofía de 1º de bachillerato

KANT CONTEXTO FILOSÓFICO (1) (c y r)

DEONTOLOGÍA JURÍDICA. I. La Deontología. Etimología: Gr. DEON (deber) y LOGOS (ciencia) Ciencia que estudia los deberes

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN

LOS FUNDAMENTOS ÉTICOS DEL DERECHO NOTARIAL (PERSPECTIVAS JURIDICO-IUSFILOSÓFICAS)

1.3. El racionalismo y la Ciencia jurídica

INTRODUCCIÓN AL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO. Duración: 20 horas. Prof. Dr. Carlos Alberto ETALA

TEMA 8: KANT. Autor: Carlos Martín de la Concha Renedo 1

Universidad Autónoma del Estado de México Licenciatura en Seguridad Ciudadana Programa de estudio de la Unidad de Aprendizaje:

CAPITULO I ÉTICA, MORAL Y DEONTOLOGÍA LIC. ROCIO POMASUNCO HUAYTALLA ROPOHUAYTA

Universidad Autónoma del Estado de México Facultad de Derecho Licenciatura en Derecho

Facultad de Derecho. Derecho. Filosofía del Derecho Clave L41810

Filosofía de la Educación

GUIA- TALLER. Nombre del estudiante: grupo ACTIVIDAD: lee el documento y responde las actividades. Plan de acción

Ética y función pública. José Roldán Xopa CIDE

Programas de estudio por competencias Formato base

Sesión 46: Jurisprudencia Técnica

Otárola Espinoza, Yasna (2016): Incumplimiento de los deberes matrimoniales y responsabilidad civil

DECLARACIÓN DE LA ACADEMIA ACERCA DEL DECRETO MISIÓN JUSTICIA SOCIALISTA. 10 DE MARZO DE 2017.

Ética y Moral. Prof. (a). Muñoz Eytel Prof. (a). Villarroel Yelitza

Ética Profesional (Conceptos Básicos)

Cómo se interpretan las leyes fiscales?

Artículo 3. La comunidad universitaria se rige por los siguientes valores:

Título de Grado de Geografía y Ordenación del Territorio

El tema de la Ética y el Humanismo resulta muy significativo en cualquier

VALORES SUPERIORES E INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL

Principales Problemas de la Ética. Prof. Juan A. Vera Méndez Dimensiones Éticas de Asuntos Contemporáneos

LA ÉTICA A LO LARGO DE LA HISTORIA Y SU IMPORTANCIA EN EL DESARROLLO DE LA HUMANIDAD

Introducción al Estudio del Derecho

Transcripción:

Deontología para el Jurista del Siglo XXI Eduardo Villarreal Sandoval* [Los abogados,] no estamos para tendernos celados o para triunfar uno sobre otro, sino para hacer triunfar la verdad. 1 La deontología, o teoría de los deberes, es una parte de la ética que trata de los deberes y principios que afectan a una profesión en particular. En este sentido, la deontología profesional tiene un objetivo muy concreto y limitado, dirigido a establecer unas normas y pautas de conducta exigibles a los profesionales con la finalidad de garantizar una actuación honesta a todos los que ejercen la profesión. Desde su origen etimológico, deontología expresa el deber (deon, deber en griego). Así, la Deontología Jurídica comprende las reglas del deber y, como tal, tiene la misión de regular el proceder correcto y apropiado del abogado en su ejercicio profesional 2. Esta función la realiza desde el ámbito de los llamados Códigos Deontológicos que regulan toda la actividad de la Abogacía, los que a su vez se nutren, indiscutiblemente, de la Moral y la Ética. Como ha sido estudiado, la forma de comprender y aplicar las normas éticas puede ser de dos tipos, a saber, un tipo teleológico, dirigido al análisis de los fines, de las metas, de las *El Autor es Licenciado en Derecho por la Universidad Latina de América y estudiante de la Maestría en Derecho Constitucional en la UNLA. 1 BASTONERO, Guillouard, cit. por ESTRADA SAMANO, José Antonio, Identidad del Abogado, Jus, México 1991, p. 11. 2 CHINCHILLA SANDÍ, Carlos, El Abogado ante la Moral, La Ética y la Deontología Jurídica, disponible en página web: http://www.latindex.ucr.ac.cr/juridicas-109/juridicas-109-11.pdf [Consultada el 2 de Julio de 2009]

consecuencias, de la utilidad, de las repercusiones de la acción; o, un tipo deontológico, donde se brinda importancia a la cualidad intrínseca de obligación unida a la norma misma 3. Por ello, la deontología es aquella parte de la filosofía que trata del origen, la naturaleza y el fin del deber, en contraposición a la ontología, que trata de la naturaleza, el origen y el fin del ser 4. No obstante, ese deber del abogado (asentado en códigos deontológicos profesionales, tales como el de la Barra Mexicana de Abogados) pudiera encontrarse continuamente en conflicto con la eticidad (capacidad de criterio) particular de cada hombre inmerso en el campo del derecho. Lo anterior en virtud de que, en un plano abstracto de obligatoriedad, la acción del abogado dependerá de la norma jurídica (su deber), sin importar las consecuencias de esa acción (teoría deontológica de la norma); pero, asimismo, desde un aspecto racionalmente analítico, el abogado puede (debería) optar por identificar qué norma debe imperar en cada caso o situación concreta, a modo de no generalizar una norma (teoría deontológica del acto), produciendo con ello una exhaustiva y compleja función de razonamiento que del mismo modo podrá contraponerse a una teoría teleológica (telos = fin) que bien puede ser pragmática o utilitarista, interesándose más bien en los resultados que se produzcan. Es por esta razón, por el conflicto entre moral (actos y juicios normativizados por los hábitos de una sociedad particular), ética (reflexión individual, crítica, argumentada y sistemática sobre la moral, para establecer criterios, valores y principios) y deontología (obligatoriedad sistemática de la actuación profesional) que puede desatarse en la actividad profesional del abogado, es que éste, como menciona Eduardo J. Couture, debe luchar por el derecho; pero en caso de encontrar en conflicto el derecho con la justicia, deberá luchar por la justicia 5. 3 DESCLOS, Jean, cit. Por CHINCHILLA SANDÍ, Carlos, loc. cit. 4 BATTAGLIA, Salvatore, Grande Dizionario della Lingua Italiana, Torino, Tomo IV, 1966, p. 198. 5 COUTURE, Eduardo, Los Mandamientos del Abogado. Página 2 de 6

No obstante, y en pleno siglo XXI en donde el tema de la ética profesional cobra relevancia no por su auge sino por la crisis generalizada de los valores éticos y por el quebranto que éstos han sufrido como sustrato fundamental de la vida profesional 6, se torna igualmente difícil establecer con precisión un parámetro del significado de justicia (para llevar a cabo el postulado de Couture) sustentado en unos principios éticos y morales. Para Ulpiano concretamente la justicia es la perpetua y constante voluntad de dar a cada quien lo suyo. Pero de aquí surge, asimismo, la interrogante de precisar qué es lo suyo. En un análisis del devenir histórico de la humanidad, se tiene que el hombre marcha hacia un ascenso hacia formas más elevadas de dignidad y de justicia. Pero la justicia (que para Hobbes no existe en el estado natural/animal), incide precisamente (según Rosseau) en la colectividad, al ser una decisión consensada por ésta (en torno al respeto a los bienes, la libertad, la propiedad y la salud de los otros Locke), pero sobre todo surge de la necesidad individual de libertad. Esto es, que el hombre ha evolucionado hacia una codificación normativa que le permita un esquema más extenso de libertades básicas. El hombre busca su libertad, y por tanto ha confeccionado ordenamientos encaminados a hacer prevalecer la paz del ser humano en un plano de convivencia con otros hombres con intereses contrapuestos al suyo. En este sentido, Inmanuel Kant menciona que la justicia es toda acción que permite a la libertad del arbitrio de cada uno coexistir con la libertad de otro, siguiendo una ley universal. Y esa ley universal no es otra sino la que se sigue bajo el mandato del principio de la razón. Por todo esto es que el deber del abogado (según Couture) es luchar por la justicia, procurando que la fórmula jurídica, al aplicarse al caso concreto, se rija por los dictados de la justicia. Esto es, que al realizarse una interpretación sistemática de todas las normas aplicables a un caso particular, debe hacerse asimismo un estudio concatenado de principios axiológicos que, a través de la ley concreta, se logre precisamente alcanzar un 6 GONZÁLEZ, Juliana, Ethos, Destino del Hombre, p. 93. Página 3 de 6

cada vez más amplio esquema de libertades personales, pero que a su vez, sea compatible con un mismo esquema de libertades para los demás 7. De lo anterior se evidencia, entre otras cosas, que el abogado, en su labor tanto de intérprete como de creador (legislativa o jurisprudencialmente) de los ordenamientos legales, se encuentra ante la posibilidad de modificar la realidad jurídica en uno u otro sentido. A este respecto, Eduardo Coutere menciona que la abogacía puede ser por ende la más noble de las profesiones o el más vil de los oficios. 8 Y es que la vida del abogado, como menciona Campillo Sainz, está expuesta permanentemente a tentaciones y flaquezas, sin mencionar que, además, el abogado, con tanta facultad en sus manos, en sus palabras, para direccionar el rumbo de la vida misma del ser humano, en ocasiones por ignorancia o carencia de rectitud (sin referirme a que se preste a corrupciones sino a que, a falta de una solidez ética y moral), simplemente va de un lado hacia a otro, sin malicia, pero llegando a producir fuertes menoscabos en las vidas e intereses de los demás. Es en tal suerte de ideas, que Juliana González puntualmente aduce que, sin fines éticos, claramente definidos y firmemente asumidos, cualquier avance de la ciencia y del conocimiento puede resultarnos una amenaza profunda e irreversible a nosotros mismos 9. Asimismo, por mucho conocimiento que un abogado posea sobre los preceptos y procedimientos legales, si no cuenta con una fundamentación profundamente axiológica de su actuar, éste podrá servirse del derecho de forma tiránica, sin ningún otro beneficio más que el propio. Es por ello que, terminantemente, la deontología jurídica construye la directriz o el armazón de la práctica profesional del abogado y ésta es como la savia que conserva vivo al árbol 10. Antes que buen abogado, ese profesionista debe ser un buen hombre, un hombre recto, de valores bien definidos y firmes. Esto es, que a través de la deontología jurídica, la 7 Esta teoría, por supuesto, proveniente de John Rawls y sus dos principios de justicia del estado original (sin el velo de la ignorancia), está enfocada a sociedades bien organizadas y bien ordenadas, dedicadas a promover el bien de sus ciudadanos. 8 COUTURE, Eduardo, cit. por CAMPILLO Sainz, José, Dignidad del Abogado, Tercera Edición, Porrúa, México, 1992, p. 4. 9 GONZÁLEZ, Juliana, Sobre Ética Profesional, Ethos Destino del Hombre, p.93. 10 VILLORO TORANZO, Miguel, cit. por, ESTRADA SAMANO, José Antonio, óp. cit. p.13. Página 4 de 6

cual se reconoce por un rigorismo ético, donde los principios de cada persona deben someterse al bien común en base a los postulados y fundamentos de una verdadera justicia social, es como, aún a despecho de los astrólogos, el abogado conseguirá siempre hacer cambiar el curso de las estrellas 11. Para ello, el abogado requiere de un estudio profundo y cuidadoso de la causa que se trate, a fin de conocerla detalladamente, puesto que mal habría de pelear lo que mal conociese. Asimismo, y una vez hecho lo anterior, a los Tribunales habrá de entrarse con espíritu puro. Calamandrei afirma que se debe confiar en que sobre cualquier influencia o recomendación, el mejor medio para lograr el éxito es sencilla, oscura y modestamente tener razón. Especial atención habrá de ponerse en lo anterior, ya que, en efecto, cada caso en particular debe ser atendido de manera individual y especializada, y así como la astucia del abogado le puede facilitar argumentar cualquier razón a su favor, el profesional del derecho puede caer en meros relativismos al inmiscuirse en conflictos intelectuales entre derecho y justicia. Por ello la importancia de creer: de saber. De desbordar la fe hacia la justicia pero siempre dentro de límites éticos que hagan posible la materialización del derecho y la configuración del bien público. Y es que en palabras de Dostoyevski, si todo está permitido, todo vale por igual y por tanto nada vale en realidad. Si no se cree en nada, si nada tiene sentido y si no podemos afirmar ningún valor, todo es posible y nada tiene importancia. No hay nada en pro y nada en contra; y así, el asesino no tiene razón ni deja de tenerla. Por ello la importancia de la eticidad, del criterio del abogado, y de una profunda e inexorable voluntad de constreñirse a la paz social a través de inquebrantables valores éticos y morales en la función de su profesión, manteniéndose dentro de un plano de congruencia para consigo mismo y para el fin que persigue: la justicia. 11 CALAMANDREI, cit. por, ESTRADA SAMANO, José Antonio, óp. cit. p.13. Página 5 de 6

FUENTES CONSULTADAS BATTAGLIA, Salvatore, Grande Dizionario della Lingua Italiana, Torino, Tomo IV, 1966. CAMPILLO Sainz, José, Dignidad del Abogado, Tercera Edición, Porrúa, México, 1992. CHINCHILLA SANDÍ, Carlos, El Abogado ante la Moral, La Ética y la Deontología Jurídica, disponible en página web: http://www.latindex.ucr.ac.cr/juridicas-109/juridicas-109-11.pdf [Consultada el 2 de Julio de 2009] COUTURE, Eduardo, Los Mandamientos del Abogado. ESTRADA SAMANO, José Antonio, Identidad del Abogado, Jus, México 1991. GONZÁLEZ, Juliana, Sobre Ética Profesional, El Ethos, Destino del Hombre, UNAM/FCE, México, 1996. Página 6 de 6