Minería: La licencia ambiental y social en Colombia ASOCIACIÓN AMBIENTE Y SOCIEDAD
Licencia ambiental en Colombia En Colombia, la EIA se homologa al proceso de licenciamiento ambiental para proyectos, obras o actividades que de acuerdo a la ley, pueden generar impactos ambientales graves o modificar notoriamente el paisaje Minería. Concepto nace en la Ley 99/93: Autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de una obra o actividad, sujeta al cumplimiento de los requisito. (Diagnostico ambiental de alternativas, Estudio de impacto ambiental y Plan de manejo ambiental) Busca la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales de la obra o actividad autorizada.
Evolución de la licencia Ambiental en Colombia a partir de normatividad minera LEY 20 DE 1969 DECRETO 2655 DE 1988 CONSTITUCION 1991 LEY 685 DE 2001 DECRETO LEY 2811/1974 LEY 99 DE 1993 LICENCIA AMBIENTAL principal instrumento para evaluación ambiental en Colombia DECRETO 1728 DE 2002 DECRETO 1180 DE 2003 DECRETO 1220 DE 2005 DECRETO 2820 DE 2010 DECRETO 2041 DE 2014 COMP EN DECRETO 1076 DE 2015
Antes Constitución 1991
Constitución 1991
Evolución de la licencia Ambiental en Colombia a partir de normatividad minera LEY 20 DE 1969 DECRETO 2655 DE 1988 CONSTITUCION 1991 LEY 685 DE 2001 DECRETO LEY 2811/1974 LEY 99 DE 1993 LICENCIA AMBIENTAL principal instrumento para evaluación ambiental en Colombia DECRETO 1728 DE 2002 DECRETO 1180 DE 2003 DECRETO 1220 DE 2005 DECRETO 2820 DE 2010 DECRETO 2041 DE 2014 COMP EN DECRETO 1076 DE 2015
Recomendaciones Cuando la normatividad de un sector depende del momento histórico es difícil su implementaciónón y comprensión. Se genera inseguridad jurídica frente a la protección del Medio ambiente y frente a la regulación del sector al establecer diferentes regímenes de transición, requisitos y tramites. Normativizar con base en las necesidades temporales del país dificulta la protección de los derechos fundamentales. No puede supeditarse el licenciamiento ambiental a la transformación normativa de cada sector extractivo, limitándose incluso cuando ya existía el concepto en el ordenamiento jurídico.
Cómo se desarrolla el proceso de información, consulta y participación ciudadana en el proceso de evaluación de impacto ambiental en los proyectos mineros? - Decreto 2041 de 2014 regula licencias ambientales, se encuentra demandado por ausencia de consulta previa con pueblos étnicos y violar el derecho a la participación ciudadana. - Información, Participación, consulta conceptos vinculados La participación ambiental en Colombia (art 79 CP) se determina a partir de tres escenarios: Político, judicial y administrativo.
Mecanismos administrativos: Audiencias públicas ambientales Dar a conocer a las organizaciones sociales, la comunidad, o las entidades públicas y privadas sobre: Solicitud de licencias, permisos o concesiones ambientales, la existencia de un proyecto o actividad y sus impactos, contenido de EIA, medidas de manejo propuestas o implementadas para prevenir, corregir o compensar. Abre espacios para recibir opiniones, información y documentos de los interesados que debe tener en cuenta la autoridad competente en la decisión. No es vinculante pero permite que la autoridad ambiental cuente con mejores pruebas y elementos decidir otorgar o negar la licencia o el permiso ambiental.
Pueden ser solicitadas o convocadas de oficio por la autoridad ambiental 1993 hasta 9 de febrero de 2013, a pesar de que se han otorgado más de 2.300 licencias, sólo se han realizado 60 audiencias públicas ambientales que por sector
Consulta previa Consejo comunitario pueblos afro de Suaréz Cauca Suspender la licencia de explotación minera en la zona. Ordenó la realización de una consulta libre, previa e informada, tal como establece el Convenio 169 de la OIT Posibilidad de suspender otros títulos de explotación minera que no hayan cumplido el requisito de la consulta previa. CLPI debe realizarse antes de otorgarse el título minero y no después de iniciada la explotación. El Estado tiene pendiente expedir la ley estatutaria de la Consulta Previa. No es vinculante, debe hacerse el transito al CONSENTIMIENTO LIBRE PREVIO E INFORMADO
Participación Judicial: Acción de nulidad 15 de mayo de 2015: Consejo de Estado ordena suspensión 516 zonas específicas denominadas Áreas Estratégicas Mineras o Bloques Mineros. Violación del derecho fundamental a la consulta previa de comunidades étnicas, debe respetarse en adopción de las medidas administrativas y decisiones que busquen implementar planes de desarrollo y explotación minera. Acción promovida por Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna.
Las AEM cubren equivalen al 20.3% del territorio nacional, Objetivo: desarrollar labores de exploración y explotación de minerales estratégicos a gran escala, serían entregadas mediante procesos de licitación pública a empresas privadas. Problemática: Transformar usos de territorios para la preservación y uso agrícola. Los bloques mineros se superponen sobre territorios de comunidades étnicas y campesinas sin y sobre ecosistemas estratégicos como el Chocó Biogeográfico, la Amazonía y el Macizo Colombiano.
Participación política: Consulta Popular 19 agosto 2016: Sentencia T 445 de 2016: Corte Constitucional emitió un fallo a favor de las comunidades, que otorga potestad a los entes territoriales para decidir sobre el uso del suelo y el subsuelo de sus municipios. ANM informo de 23 títulos mineros en esta zona la mayoría localizados en área protegida del paramo de Chilí. 2014 campesinos, estudiantes y líderes comunitarios conforman cabildo abierto y concluyen hacer una consulta
Es aprobada por el Consejo y presentaron la pregunta ante en Tribunal Contencioso Administrativo y este la denegó. Consejal interpone tutela por violación del derecho a los ciudadanos de Pijao sobre el uso del suelo de sus territorios. Corte Constitucional determino que las consultas mineras son legales y que los entes territoriales puedes intervenir y frenar procesos mineros planean hacer la consulta popular en 2018
Recomendaciones Las autoridades ambientales deben ejercer rol de control mediante la activaciónón de mecanismos administrativos de participación ciudadana, no solo puede ser de parte. Debe existir trabajo conjunto para lograr consensos en torno a la recuperación ambiental del país como instrumento que contribuye a la paz de Colombia. Debe analizarse si la gestión ambiental hasta ahora regulada y existente es necesario analizar de forma critica su implementación. Deben hacerse cambios sustanciales para fortalecer las instituciones, los recursos, las políticas y la normativa. Que existan muchos mecanismos de participaciónón ciudadana no garantiza que no existan conflictos ambientales, Colombia tiene totalmente regulado el tema pero al no existir voluntad para que exista una participación real actualmente según el Atlas Global de Justicia Ambiental res el segundo país con más conflictos ambientales en el mundo.