Procedimientos de Certificación de Educación Básica para Adultos
CERTIFICACIÓN Objetivo General Otorgar el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los educandos, conforme a los Planes y Programas de Estudio vigentes de la Educación Básica en el INEA. 9
Políticas Generales: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios En caso de que el educando desee continuar con nivel secundaria en la misma Coordinación de Zona, ésta deberá fotocopiar y archivar los documentos contenidos en el expediente del educando que concluyó nivel primaria, para integrar su expediente de secundaria. Para que la Delegación o IEEA realice los trámites de certificación, la Coordinación de Zona deberá enviar el expediente completo con las fotocopias cotejadas del Educando que concluyó nivel, el cual deberá contener: Informe de Calificaciones, Acta de Nacimiento o Documento Alterno y una fotografía tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color y fondo claro, así como el certificado de primaria en caso de que se vaya a emitir certificado de secundaria. El Certificado de Terminación de Estudios, se expedirá en original una sola vez, a los educandos que hayan acreditado y concluido los estudios correspondientes a su nivel educativo (1). La Delegación o IEEA deberá apegarse a los instructivos de llenado para la emisión de certificados de terminación de estudios de primaria o secundaria según corresponda. La Delegación o IEEA sólo podrá expedir certificados de terminación de estudios de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario determinado por la SEP. La vigencia de los formatos de certificados de terminación de estudios es de un año, de acuerdo con lo que establece la SEP (2). (1) según norma No. 2 de certificación (2) según norma No. 7 de certificación 11
Políticas Generales: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios Las delegaciones o IEEA s deben imprimir con tinta negra los formatos de certificados de terminación de estudios; el promedio de aprovechamiento (formato de primaria) y el promedio general de aprovechamiento (formato de secundaria) se deben registrar con un número entero y una cifra decimal, sin redondear, tomando como base para su cálculo únicamente las calificaciones generadas en su estancia en el Instituto, en los diferentes módulos. Además de pegar la fotografía del educando, cancelarla con el sello oficial Sistema Educativo Nacional, así como recabar el nombre y firma autógrafa del Delegado o Director General (3). La firma del Delegado o Director General debe ser autógrafa, con tinta negra, y al escribir el nombre se debe omitir su profesión. En caso de error en el llenado del Certificado de Terminación de Estudios, la Delegación o IEEA deberá cancelarlo y resguardarlo para con el fin de comprobar su destino final. En ningún caso se deben destruir los formatos de certificado, debiendo elaborar un nuevo Certificado de Terminación de Estudios (4). Los formatos oficiales de certificados de terminación de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año (5). La Delegación o IEEA deberá llevar un control de los folios de certificados de terminación de estudios de educación primaria y secundaria (6). El nombre del educando que se anote en el Certificado de Terminación de Estudios, debe corresponder textualmente con el registrado en el Acta de Nacimiento, Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) (7). (3) según norma No. 8 de certificación (4) según norma No. 10 de certificación (5) según norma No. 11 de certificación (6) según norma No. 10 de certificación (7) según norma No. 9 de certificación 12
Políticas para el MEV: III.1 Emisión de Certificado de Terminación de Estudios Para obtener el Certificado de Pimaria del Modelo Educación para la Vida, el adulto deberá acreditar: 10 módulos básicos de alfabetización y primaria, y 2 módulos diversificados (8). Para obtener el Certificado de Secundaria del Modelo Educación para la Vida, el adulto deberá acreditar: 8 módulos básicos de secundaria y 4 módulos diversificados (9). Los motivos autorizados para emisión manual son: El educando no aparece en SASA Existe un error de captura en los datos del educando El educando no aparece como UCN (aún cuando tiene todos lo módulos acreditados) Se asignó a un educando un folio por error En caso de asignar a un educando un folio por error, deberá solicitar por oficio a la Dirección de Acreditación y Sistemas la corrección en SASA. (8) según norma No. 1 de certificación del MEV (9) según norma No. 2 de certificación del MEV 13
Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios La Delegación o IEEA, deberá expedir en forma correcta y oportuna las certificaciones de estudios de primaria o secundaria a los educandos que la soliciten. La Delegación o IEEA deberá apegarse a los instructivos de llenado para la emisión de las certificaciones de estudios de primaria o secundaria según corresponda. Las delegaciones o IEEA s deben imprimir con tinta negra los formatos de certificados de terminación de estudios; el promedio de aprovechamiento (formato de primaria) y el promedio general de aprovechamiento (formato de secundaria) se deben registrar con un número entero y una cifra decimal, sin redondear, tomando como base para su cálculo únicamente las calificaciones generadas en su estancia en el Instituto, en los diferentes módulos. Además de pegar la fotografía del educando, cancelarla con el sello oficial Sistema Educativo Nacional, así como recabar el nombre y firma autógrafa del Delegado o Director General (10). La firma del Delegado o Director General debe ser autógrafa con tinta negra, al escribir el nombre se debe omitir su profesión. En caso de error en el llenado de la Certificación de Estudios, la Delegación o IEEA deberá cancelarlo y resguardarlo para con el fin de comprobar su destino final. En ningún caso se deben destruir los formatos de certificación, debiendo elaborar una nueva Certificación de Estudios (11). Los formatos oficiales de certificaciones de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año (12). (10) según norma No. 8 de certificación (11) según norma No. 10 de certificación (12) según norma No. 11 de certificación 19
Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios La Delegación o IEEA deberá llevar un control de los folios de certificaciones de terminación de estudios de educación primaria y secundaria (13). Los formatos de certificaciones de estudios, tienen vigencia de un año, de acuerdo con lo que establece la SEP (14). Los formatos oficiales de certificados de terminación de estudios no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros diez días del mes de octubre de cada año (15). Se expedirá una Certificación de Estudios (16) : a) Con carácter de nivel: Para aquellos educandos que tienen más de seis meses de haber concluido nivel y no se ha emitido su Certificado de Terminación de Estudios con oportunidad. b) Con carácter de duplicado: Para aquellos educandos que lo soliciten por robo o extravío y que con anterioridad se les haya emitido su Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios. (13) según norma No. 10 de certificación (14) según norma No. 7 de certificación (15) según norma No. 11 de certificación (16) según norma No. 15 de certificación 20
Políticas: III.2 Emisión de Certificación de Estudios El educando que solicite una Certificación de Estudios, deberá presentar: a) Con carácter de nivel: * Acta de Nacimiento o Documento Alterno * Certificado de Terminación de Estudios (para el caso de secundaria) * Identificación Oficial con fotografía * Fotografía tamaño infantil b) Con carácter de duplicado: * Acta de Nacimiento o Documento Alterno * Identificación Oficial con fotografía * Fotografía tamaño infantil El nombre del educando que se anote en la Certificación de Estudios, debe corresponder textualmente con el registrado en el Acta de Nacimiento, Documento Legal Equivalente o Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) (17). (17) según norma No. 9 de certificación 21
Políticas: III.3 Entrega de Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios Se procederá a la cancelación de los certificados de terminación de estudios de primaria o secundaria que no sean recogidos por los educandos, después de un periodo de seis meses y las certificaciones de estudios de primaria o secundaria después de tres meses, ambos a partir de la fecha de expedición (18). Las campañas o eventos de entrega de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios de primaria o secundaria deberán ajustarse a la fecha límite de entrega. La Delegación o Instituto Estatal serán responsables de la entrega correcta y oportuna de los certificados de terminación de estudios o certificaciones de estudios a los educandos. Asimismo, deberán recabar la firma y asentar la fecha de recepción en la copia fotostática de dicho documento. En caso de que sea entregado a algún familiar, la Delegación o IEEA deberá solicitarle una identificación, registrando los datos en la fotocopia del certificado o certificación y recabando la firma de recibido (19). (18) según norma No. 13 de certificación (19) según norma No. 12 de certificación 27
Políticas: III.4 Corrección de Datos de un Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios Para poder efectuar la corrección en el Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios, el Educando deberá presentar la copia certificada de su Acta de Nacimiento. El Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios erróneo deberá ser entregado por el educando para su cancelación y resguardo en la Delegación o IEEA para efectos de análisis y evaluación, entregándole al educando una Certificación de Estudios con carácter de duplicado. (la no entrega del documento, de ninguna manera será motivo para no emitir la nueva Certificación de Estudios). Una vez efectuada la corrección, la Delegación o IEEA debe resguardar en el expediente (SAC-05) del educando, la copia del Acta de Nacimiento debidamente cotejada. Nota: El error detectado en un Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios puede derivarse de alguno de los siguientes casos: a) Se asentaron mal sus datos en el certificado o certificación; b) El educando presentó su Acta de Nacimiento o Documento Alterno y se le emitió el certificado con los datos de éste; presentando posteriormente Acta de Nacimiento con datos correctos. 31
Políticas: III.5 Concentración de Certificados y Certificaciones Cancelados y no Utilizados en Oficinas Centrales La Delegación o IEEA deberá registrar las fechas de entrega y/o cancelación en el Libro Electrónico de Control para comprobar el uso o destino final de cada uno de los formatos enviados por Oficinas Centrales. Los formatos de certificados y certificaciones que hayan sido robados, extraviados, destruidos, o que no se pueda demostrar su uso o destino final; se deben comprobar con Acta Administrativa (20). Todos los formatos de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios de primaria y secundaria cancelados deberán estar registrados en SASA. Los formatos oficiales de certificados no utilizados en el periodo de vigencia y los cancelados serán devueltos al INEA dentro de los primeros 10 días del mes de octubre de cada año. (20) según norma 10 generales 35
Procedimiento: III.5 Concentración de Certificados y Certificaciones Cancelados y no Utilizados en Oficinas Centrales RESPONSABLE ACTIVIDAD Inicio DELEGACIÓN / IEEA Área de Acreditación 1.- Arma paquetes por cada uno de los motivos de cancelación y por número de folio ascendente, de acuerdo a cada uno de los tipos de cancelación: Documentos Cancelados por Error Documentos Cancelados por no Entregarse al Adulto Documentos Cancelados sin Utilizar Documentos Faltantes Comprobados con Acta 2.- Envía los paquetes a la Dirección de Acreditación y Sistemas, de acuerdo a la fecha establecida en la normatividad vigente. OFICINAS CENTRALES Dirección de Acreditación y Sistemas 3.- Recibe de cada Delegación o IEEA los paquetes con los certificados o certificaciones cancelados. 4.- Arma paquetes por cada uno de los motivos de cancelación y por número de folio ascendente, de acuerdo a cada uno de los tipos de cancelación y genera los reportes respectivos. 5.- Entrega a la SEP los formatos de certificados de terminación de estudios y certificaciones de estudios cancelados y no utilizados para su destrucción. Termina Procedimiento 37
Políticas: III.6 Asignación de Nueva Remesa de Folios La Delegación o IEEA deberá solicitar de manera anticipada a la Subdirección de Registro y Control de la Dirección de Acreditación y Sistemas, las remesas de folios para la emisión de certificados y certificaciones de estudios. 39
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Anexo 1
Anexo 2
Anexo 3 CALENDARIO DE EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA MES JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO FECHA DE EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS SEIS DE JULIO DEL DOS MIL UNO TRECE DE JULIO DEL DOS MIL UNO VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL UNO VEINTISIETE DE JULIO DEL DOS MIL UNO TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL UNO DIEZ DE AGOSTO DEL DOS MIL UNO DIESIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL UNO VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL UNO TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL UNO SIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL UNO CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL UNO VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL UNO VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL UNO CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL UNO DOCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL UNO DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL UNO VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL UNO NUEVE DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL UNO DIECISEIS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL UNO VEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL UNO TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL UNO SIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL UNO CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL UNO ONCE DE ENERO DEL DOS MIL DOS DIECIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL DOS VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL DOS PRIMERO DE FEBRERO DEL DOS MIL DOS OCHO DE FEBRERO DEL DOS MIL DOS QUINCE DE FEBRERO DEL DOS MIL DOS VEINTIDOS DE FEBRERO DEL DOS MIL DOS PRIMERO DE MARZO DEL DOS MIL DOS OCHO DE MARZO DEL DOS MIL DOS QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL DOS VEINTIDOS DE MARZO DEL DOS MIL DOS CINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DOS DOCE DE ABRIL DEL DOS MIL DOS DIECINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL DOS VEINTISEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DOS TRES DE MAYO DEL DOS MIL DOS DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DOS DIECISIETE DE MAYO DEL DOS MIL DOS VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DOS TREINTA Y UNO DE MAYO DEL DOS MIL DOS SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DOS CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DOS VEINTIUNO DE JUNIO DEL DOS MIL DOS VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DOS
Anexo 4 TRAMITES ESPECIALES Delegación Coordinación de Zona Fecha Nombre del adulto Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) CURP o RFE 1 a Etapa 2 a Etapa 3 a Etapa Alfabetización Primaria Secundaria Tipo de trámite: Oficinas Centrales 1. Legalización de certificado 2. Dictamen de autenticidad Coordinación de Zona 3. Revisión de examen 4. Duplicado de credencial 5. Confirmación de calificaciones Delegación 7. Confirmación de calificaciones 6. Otro 8. Solicitud de duplicado de certificado 9. Solicitud de emisión de una certificación con carácter de nivel Recibí duplicado de certificado o certificación con folio Lugar y fecha: 10. Solicitud de corrección de certificado Firma del adulto Tipo de corrección: En nombre En fotografía En calificación o promedio Si la corrección es el nombre, calificación o promedio anote las etapas de aplicación de cada parte o grado Falta sello En la fecha de emisión Falta de nombre y firma del Delegado Para los trámites 5, 7, 8, 9 y 10 anexar copia del kárdex del adulto (S.A.S.A. o Manual). Firma del adulto (firme como lo hizo en el examen) Nombre y firma del responsable de acreditación Para uso exclusivo de la delegación Datos del certificado Fecha de emisión Folio impreso ACE.04
Anexo 5 Certificación de Estudios Anverso 1 13 2 4 3 5 6 7 8 9 10 14 11 12
Anexo 5 Certificación de Estudios Reverso REGISTRADO CON (15) LIBRO III (16) FOJA 76 (17) FOLIO F0053900 (18) CENTRO SIN DATOS (19) CCT 04FIA0001G (20) FECHA 14-09-1998 (21) COTEJÓ JUAN PEREZ PEREZ (22) INSTITUTO NACIONAL PARA LA EDUCACIÓN DE LOS ADULTOS DELEGACIÓN CAMPECHE ESTA CERTIFICACIÓN NO ES VALIDA SI PRESENTA RASPADURAS O EMNENDADURAS