Reglamento sobre RTE

Documentos relacionados
DIRECTIVA DEL FSIS /10/03

MODIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO GENERAL DE EXPORTACIÓN DE CARNES Y/O PRODUCTOS CÁRNICOS A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (2012)

Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico APPCC

ANALISIS Y GESTION DE RIESGOS DE LOS ALERGENOS. Patricia Galán

Índice. Página 3. B. Control de la Listeria monocytogenes utilizando las tres alternativas Primera Alternativa Segunda Alternativa Tercera Alternativa

ANALISIS DE PELIGROS Y PUNTOS CRITICOS DE CONTROL (HACCP)

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Página 1 de 7

Normas ISO 9000 y Calidad y Control de Calidad

CAPITULO II : SISTEMA DE ANÁLISIS DE PELIGROS Y CONTROL DE PUNTOS CRITICOS ( AP y CPC ) 2.1 ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD ISO 9000 AP y CPC

FORMACIÓN EN ALERGIAS Y MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS

NIMF n. 7 SISTEMA DE CERTIFICACIÓN PARA LA EXPORTACIÓN (1997)

ESTÁNDAR INTERNACIONAL DE OTROS SERVICIOS DE ASEGURAMIENTO

PREPARANDO ALIMENTOS DE MANERA SEGURA Palabras Clave: HACCP: Análisis De Riesgos y Puntos Críticos de Control Puntos Críticos de Control (CCP)

Certificación de grupo

Sistema de Gestión de Riesgos en el Transporte por Carretera (SGRTC) Programa sobre Seguridad basado en Conductas BBS

PROCEDIMIENTO PARA LA INSTAURACION DEL PROCESO DE MEJORA CONTINUA

Nombre de la Empresa LISTA DE COMPROBACIÓN ISO 9001:2008 FO-SGC Página 1 de 19 Revisión nº: 0 Fecha (dd/mm/aaaa):

ACONDICIONAMIENTO DEL ENTORNO DEL CENTRO SOCIO CULTURAL DE PUNTA MUJERES.

ANÁLISIS DE RIESGOS TRATAMIENTO TÉRMICO, VIDA DE ANAQUEL ESTABLE Aperitivos, Salchichones, Carne seca

GUÍA SOBRE VIGILANCIA SANITARIA BASADA EN RIESGO VIGILANCIA SANITARIA BASADA EN RIESGO

DEPARTAMENTO HSEC. Roles y Funciones

CAW 202/13 13 de Marzo de Implementación de la Ley de Modernización de la Inocuidad de los Alimentos (FSMA): FDA publica dos propuestas de norma

La Empresa. PSST Control Operacional de la SST Norma OHSAS 18001:2007

Relativo al etiquetado energético de los acondicionadores de aire. 26 de Julio de de Enero de 2013

Índice del documento. 0. Introducción. 1. Información obligatoria

Sistema de Gestión de la Calidad SGC

Consideraciones para auditorías de empresas pequeñas y medianas

C.R.I.G.P. PATACA DE GALICIA. Manual de la Calidad NO CONFORMIDADES Y ACCIONES CORRECTORAS/PREVENTIVAS 1. OBJETO 2. ALCANCE

Procedimiento de Revisión por la Dirección del Sistema de Gestión Integral

EVALUACIÓN DE RIESGOS

INTERPRETACIÓN NORMA OHSAS 18001:2007 MÓDULO 1 SESIÓN 1 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001:2007 DOCENTE: Ing. Dª. Ana I.

Modelos de informe sobre estados financieros intermedios de las entidades cotizadas

1- Prevención de la contaminación. 2- Eliminar los contaminantes patógenos (que causan enfermedades). 3- Inhibir el crecimiento de los patógenos.

DIPLOMADO EN SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OHSAS 18001

GUÍA PARA EL DESARROLLO DE UN MANUAL HACCP

Contenido. 1. Carta del Procedimiento. 2. Objetivo. 3. Alcance. 4. Referencias. 5. Responsabilidades. 6. Indicador de desempeño. N/A. 7. Definiciones.

INFORME RESUMIDO SOBRE TRAZABILIDAD ALIMENTARIA

DOCUMENTACIÓN DE LA AUDITORÍA NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 230

Programa 16. Control de materiales en contacto con alimento

ACCIONES CORRECTIVAS, PREVENTIVAS Y DE MEJORA

Dirección General de Salud Pública

PRINCIPIOS GENERALES PARA LA ADICION DE NUTRIENTES ESENCIALES A LOS ALIMENTOS CAC/GL Adoptado en Enmiendas: 1989 y Revisión: 2015.

FONATUR-BMO, S.A. DE C.V. Dirección General Coordinación del Programa de Calidad PROCEDIMIENTO PARA ACCIONES CORRECTIVAS

LAS CINCO CLAVES PARA LA INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS

Módulo: Aplicación de técnicas de protección ambiental en la industria alimentaria con procesos biológicos

NORMA ISO Introducción

Que resulta necesario ampliar el Sistema de Tolerancias y muestreo de la Resolución GMC N 91/94 que deberá ser aplicado a los productos premedidos.

Seguridad del Paciente

SUBCONTRATAS, PROVEEDORES: BUENAS PRACTICAS MEDIOAMBIENTALES

AUDITORIA DEL PLAN DE HACCP Y / O PRERREQUISITOS BPM Y SSOP. Fecha de Auditoria. Nombre del Establecimiento. No. de Registro y fecha

Evaluación de la conformidad. LAI Lorenzo NIGO GARCIA

Convocatoria 2008 Programa Intersectorial para la Difusión de la Cultura Preventiva. Resumen

4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN. Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo

Código: P-CC-SE-02 SG. Procedimiento de Servicio No Conforme, Acciones Correctivas y Acciones Preventivas. Edición: 01. Fecha: 20/Abr/2011

PROCEDIMIENTO ACCIONES PREVENTIVAS, CORRECTIVAS Y DE MEJORA

PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA HACCP EN LAS LÍNEAS DE PRODUCCIÓN DE JAMONES Y SALCHICHAS DE LA EMPRESA CARNES FRÍAS EXTRA S.A.

Requisitos para exportar alimentos de baja acidez a los EE.UU.

PLAN DE MUESTREO PARA EL MONITOREO DE RESIDUOS DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS Y CONTAMINANTES QUÍMICOS EN AVES

JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD INSTITUCIONAL

FICHA PÚBLICA DEL PROYECTO

SEGUNDO PROGRAMA DE FORMACIÓN: ADMINISTRADORES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD BAJO NORMA ISO / IEC 17025:2005

Especialidad en Preparación y Evaluación de Proyectos

Seguridad en Laboratorios. Valeria Matamala Avila Prevencionista de Riesgos

METODOLOGÍA DE AUTOCONTROL PARA MINIMIZAR LA CONTAMINACIÓN CRUZADA EN LA FABRICACIÓN DE PIENSOS Y PREMEZCLAS

GESTIÓN 3e, S.L. Tfno Mail:

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE CURRÍCULO REAJUSTE DE LA ORGANIZACIÓN CURRICULAR DEL BACHILLERATO TÉCNICO

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN INTEGRADO REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN

INSTRUCCIÓN TÉCNICA: PLAN DE AUTOPROTECCIÓN ESTUDIO DE RIESGOS NATURALES

Programa 12. Control de anisakis

Técnicas de validación y experimentación

ORGANIZACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y CONTROL DE MARKETING. Omar Maguiña Rivero

APLICACIÓN DE PLAGUICIDAS (NIVEL CUALIFICADO) Duración en horas: 60

Resolución de Desarrolla el art. 3.º.

5.9 Aseguramiento de la calidad de los resultados de ensayo y/o calibración

CAC-GL DIRECTRICES PARA LA APLICACIÓN DEL SISTEMA DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y DE LOS PUNTOS CRÍTICOS DE CONTROL (HACCP)

Directrices para la Aplicación del Sistema de Analisis de Riesgos y de los Puntos Criticos de Control (HACCP)

FUNCIONES BÁSICAS DE LA GERENCIA DE PROYECTOS

METODOLOGÍA PARA LA DEFINICIÓN DE INDICADORES EN BASE A UN SISTEMA TURÍSTICO

10 Junio 2014 F. Buendía 10 Junio 2014 Fulgencio Buendía

PROGRAMA TECNOLOGO GESTION FINANCIERA Y DE TESORERIA CRONOGRAMA PARA EL TRIMESTRE COMPRENDIDO ENTRE 6 DE ABRIL Y 20 DE JUNIO DE organización.

Conceptos básicos para la toma, muestra, transporte, conservación y almacenamiento de muestras.

PIPAS DE CALABAZA PELADAS

APLICACIÓN DE HERBICIDAS CON PULVERIZADORA PARA EL CONTROL DE MALEZAS HERBACEAS Y ARBUSTIVAS

1. NORMATIVA APLICABLE

LEVANTAMIENTO DE PROCEDIMIENTOS. Nombre del proceso origen: MEJORA CONTINUA Nombre del procedimiento: ACCIONES CORRECTIVAS, PREVENTIVAS Y DE MEJORA

Lección 9. Gestión de la calidad del aire

PROCEDIMIENTO PG 08 CONTROL DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN

Operación de Nuevos Rellenos Sanitarios

BUENAS PRÁCTICAS DE FABRICACIÓN

Programa de Entrenamiento Industria Alimenticia

Jesús Carlos San Melitón Sanz Técnico Responsable de Certificación ISO AENOR Delegación Zona Centro. Martes, 15 de Junio de Madrid

CATALOGOS DE CURSOS DE CALIDAD

RECOPILADO POR: EL PROGRAMA UNIVERSITARIO DE ALIMENTOS

Transcripción:

Directiva 10.240.4 del FSIS Anexo 5 Reglamento sobre RTE 9 CFR 430.1, Definiciones. Agente antimicrobiano. Una sustancia incluida o añadida a un producto RTE que tiene el efecto de reducir o eliminar un microorganismo, incluido un patógeno como el L. monocytogenes, o que tiene el efecto de suprimir o limitar el crecimiento de L. monocytogenes en el producto a lo largo de toda la vida útil del mismo. Ejemplos de agentes antimicrobianos añadidos a los productos RTE son lactato potásico y diacetato de sodio. Procedimiento antimicrobiano. Una operación, como congelar, aplicada a un producto RTE que tiene el efecto de suprimir o limitar el crecimiento de un microorganismo, como el L. monocytogenes, en el producto a lo largo de toda la vida útil del mismo. Producto "deli". Un producto cárnico o de ave listo para el consumo (RTE) que generalmente se corta en lonchas, bien en un establecimiento oficial o bien después de la distribución desde un establecimiento oficial, y que generalmente se consume en forma de sandwich/emparedado. Producto "hot-dog". Una salchicha frankfurt o wiener de carne o ave lista para consumo, como el producto definido en 9 CFR 319.180 y 319.181. Tratamiento/procedimiento de exterminación. Un procedimiento, incluida la aplicación de un agente antimicrobiano, que elimina o reduce el número de microorganismos patógenos sobre o dentro de un producto para hacer dicho producto seguro para el consumo humano. Ejemplos de tratamientos de exterminación son el cocinado o la aplicación de un agente o procedimiento antimicrobiano que elimine o reduzca los microorganismos patógenos. Producto expuesto tras un tratamiento de exterminación. Producto listo para el consumo (RTE) que entra en contacto directo con una superficie en contacto con alimentos después del tratamiento de exterminación en un ambiente de procesamiento tras dicho procedimiento de exterminación. Ambiente de procesamiento tras un procedimiento de exterminación. El área de un establecimiento por la cual se encamina el producto después de haber sido sometido a un tratamiento inicial de exterminación. El producto se puede estar expuesto al ambiente en este área como resultado de ser loncheado, pelado, re-envasado, refrigerado en un recipiente semipermeable con una solución de salmuera, u otros procedimientos. Tratamiento tras un procedimiento de exterminación. Un tratamiento de exterminación que se aplica o que es eficaz después de la exposición tras el procedimiento de exterminación. Se aplica el producto final o al envase sellado del 1

producto para reducir o eliminar el nivel de patógenos resultantes de la contaminación causada por exposición tras el procedimiento de exterminación. Programa de pre-requisitos. Un procedimiento o un conjunto de procedimientos diseñado para proporcionar las condiciones ambientales o de funcionamiento básicas necesarias para la producción de alimentos seguros y sanos. Se llama "de pre-requisitos" por que es considerado por los expertos científicos como pre-requisito de un plan APPCC. Producto listo para el consumo (RTE, en inglés). Un producto cárnico o de ave presentado en una forma en que es comestible sin preparación adicional para lograr la seguridad del alimento y que puede ser sometido a una preparación adicional por razones de sabor, estéticas, epicúreas, gastronómicas o culinarias. No se exige que el producto RTE lleve instrucciones de manipulación segura (como se exige para productos no RTE en 9 CFR 317.2(l) y 381.125(b)) ni otro etiquetado que indique que el producto debe ser cocinado o tratado de alguna otra forma por motivos de seguridad, y puede incluir productos cárnicos y de ave congelados. 9 CFR 430.4, Control de Listeria monocytogenes en productos listos para el consumo (RTE) expuestos tras un procedimiento de exterminación. (a) El Listeria monocytogenes puede contaminar los productos RTE que están expuestos al ambiente tras haber sido sometidos a un tratamiento de exterminación. El L. monocytogenes es un peligro que debe ser controlado por los establecimientos que producen productos RTE expuestos tras un tratamiento de exterminación, mediante su plan APPCC o bien prevenirlo en el ambiente de procesamiento mediante un SOP de Salubridad u otro programa de pre-requisitos. El producto RTE está adulterado si contiene L. monocytogenes o si entra en contacto directo con una superficie en contacto con alimentos que esté contaminada con L. monocytogenes. (b) Para mantener las condiciones de salubridad necesarias para cumplir este requisito, un establecimiento que produce producto RTE expuesto tras un procedimiento de exterminación debe cumplir los requisitos incluidos en una de las siguientes 3 alternativas: (1) Alternativa 1. Usar un tratamiento tras un procedimiento de exterminación (que puede ser un agente antimicrobiano) que reduzca o elimine los microorganismos en el producto y un agente o un procedimiento antimicrobiano que suprima o limite el crecimiento de L. monocytogenes. Si un establecimiento elige este alternativa: (i) (ii) El tratamiento tras un procedimiento de exterminación se debe incluir en el plan APPCC del establecimiento. El agente o procedimiento antimicrobiano usado para suprimir o limitar el crecimiento del patógeno se debe incluir o bien en el plan APPCC del establecimiento o en el SOP de Salubridad u otro programa de pre-requisitos del establecimiento. El establecimiento debe validar la eficacia del tratamiento tras un procedimiento de exterminación incorporado en su plan APPCC de acuerdo con la Sec. 417.4. El establecimiento debe documentar, bien en su plan APPCC o en su SOP de Salubridad u otro programa de pre-requisitos, que el agente o procedimiento 2

antimicrobiano, tal y como se aplica, es efectivo para suprimir o limitar el crecimiento de L. monocytogenes. (2) Alternativa 2. Usar o bien un tratamiento tras un procedimiento de exterminación (que puede ser un agente antimicrobiano) que reduzca o elimine los microorganismos en el producto o bien un agente o un procedimiento antimicrobiano que suprima o limite el crecimiento de L. monocytogenes. Si un establecimiento elige este alternativa: (i) (ii) (iii) El tratamiento tras un procedimiento de exterminación se debe incluir en el plan APPCC del establecimiento. El agente o procedimiento antimicrobiano usado para suprimir o limitar el crecimiento del patógeno se debe incluir o bien en el plan APPCC del establecimiento o bien en el SOP de Salubridad u otro programa de pre-requisitos del establecimiento. El establecimiento debe validar la efectividad del tratamiento tras un procedimiento de exterminación incorporado en su plan APPCC de acuerdo con la Sec. 417.4. El establecimiento debe documentar, bien en su plan APPCC o en su SOP de Salubridad u otro programa de pre-requisitos, que el agente o procedimiento antimicrobiano, tal y como se utiliza, es efectivo para suprimir o limitar el crecimiento de L. monocytogenes. Si un establecimiento elige esta alternativa y elige usar sólo un agente o un procedimiento antimicrobiano que suprima o limite el crecimiento de L. monocytogenes, su programa de salubridad deberá incluir: (A) Análisis de las superficies en contacto con los alimentos en el entorno de procesamiento tras un tratamiento de exterminación con el fin de asegurar que las superficies están limpias y libres de L. monocytogenes o de un organismo indicador; (B) Identificación de las condiciones en las que el establecimiento aplicará los procedimientos de "retención y test", tras un test positivo para L. monocytogenes o un organismo indicador de una superficie en contacto con alimentos; (C) Indicación de la frecuencia con la que se harán los tests; (D) Identificación del tamaño y localización de los puntos donde se tomarán muestras; e (E) Inclusión de una explicación de porqué la frecuencia de los tests es suficiente para asegurar que se mantiene el control efectivo de L. monocytogenes o de un organismo indicador. (iv) Un establecimiento que elija este alternativa y utilice un tratamiento tras un procedimiento de exterminación del producto probablemente será sometido por el FSIS a tests de verificación más frecuentes que si hubiera elegido la Alternativa 1. Un establecimiento que elige este alternativa y utiliza un agente o procedimiento antimicrobiano que suprime o limita el crecimiento de L. monocytogenes probablemente será sometido por parte del FSIS a tests de 3

verificación más frecuentes que si utiliza un tratamiento tras un procedimiento de exterminación. (3) Alternativa 3. Usar sólo medidas de salubridad. (i) Si un establecimiento elige este alternativa, en su programa de salubridad incluirá: (A) Análisis de las superficies en contacto con los alimentos en el ambiente de procesamiento tras un tratamiento de exterminación con el fin de asegurar que las superficies están limpias y libres de L. monocytogenes o de un organismo indicador; (B) Identificación de las condiciones en las que el establecimiento aplicará los procedimientos de "retención y test" tras un test positivo para L. monocytogenes o un organismo indicador de una superficie en contacto con alimentos; (C) Indicación de la frecuencia con la que se harán los tests; (D) Identificación del tamaño y localización de los puntos donde se tomarán muestras; e (E) Inclusión de una explicación de porqué la frecuencia de los tests es suficiente para asegurar que se mantiene el control efectivo del L. monocytogenes o de un organismo indicador. (ii) Un establecimiento que produzca productos "deli" o productos "hot-dog", además de cumplir los requisitos del párrafo (b)(3)(i) de esta sección, debe cumplir los siguientes requisitos: (A) El establecimiento debe verificar que las acciones correctivas que toma con respecto a la salubridad después de un test inicial positivo para L. monocytogenes o un organismo indicador en una superficie de contacto con el alimento en el ambiente de procesamiento tras un tratamiento de exterminación son efectivas, realizando tests de seguimiento que incluyan un test realizado en el lugar específico del área de la superficie en contacto con el alimento que con mayor probabilidad es la fuente de contaminación por el organismo, y los tests adicionales en el área circundante de la superficie en contacto con el alimento que sean necesarios para asegurar la efectividad de las medidas correctivas. (B) Durante estos tests de seguimiento, si el establecimiento obtiene un segundo test positivo para L. monocytogenes o un organismo indicador, el establecimiento debe retener los lotes de producto que pueden haberse contaminado por contacto con la superficie en contacto con el alimento hasta que el establecimiento corrija el problema demostrándolo mediante resultados de tests. (C) Además, con el fin de poder poner en el mercado los lotes de producto que pueden haberse contaminado con L. monocytogenes, el establecimiento debe muestrear y analizar los lotes para detectar L. monocytogenes o un organismo 4

indicador usando un método y una frecuencia de muestreo que proporcionen un nivel de confianza estadística que garantice que todos y cada uno de los lotes no está contaminado con L. monocytogenes. El establecimiento debe documentar los resultados de este test. De forma alternativa, el establecimiento puede reelaborar el producto retenido usando un procedimiento que sea destructivo para L. monocytogenes o el organismo indicador. (ii) Un establecimiento que elija la Alternativa 3 probablemente será sometido a tests de verificación más frecuentes por parte del FSIS que un establecimiento que haya elegido las Alternativas 1 o 2. Un establecimiento que elige la Alternativa 3 y que produce productos cárnicos "deli" o "hot-dog" probablemente será sometido a tests de verificación más frecuentes que el que no produce dichos productos. (c) Para las tres alternativas del párrafo (b): (1) Los establecimientos pueden utilizar tests de verificación que incluyan tests de L. monocytogenes o un organismo indicador, tales como especies de Listeria, para verificar la eficacia de sus procedimientos de salubridad en el ambiente de procesamiento tras un procedimiento de exterminación. (2) Se pueden incorporar medidas de salubridad para controlar el L. monocytogenes y procedimientos mediante agentes o procedimientos antimicrobianos que supriman o limiten el crecimiento del patógeno, en el plan APPCC del establecimiento o en su SOP de Salubridad u otro programa de pre-requisitos. Cuando estos procedimientos de control se incorporen en el SOP de Salubridad o el programa de pre-requisitos, y no como un PCC en el plan APPCC, el establecimiento debe tener documentación que apoye la decisión sobre su análisis de peligros en el sentido de que el L. monocytogenes no es un peligro con probabilidades razonables de ocurrir. (3) El establecimiento debe mantener la salubridad en el ambiente de procesamiento tras un tratamiento de exterminación, de acuerdo con la parte 416. (4) Si las medidas de control de L. monocytogenes están incluidas en el plan APPCC, el establecimiento debe validar y verificar la efectividad de las medidas para controlar el L. monocytogenes incluidas en su plan APPCC de acuerdo con la Sec. 417.4. (5) Si las medidas de control de L. monocytogenes están incluidas en el SOP de Salubridad, se debe evaluar la efectividad de las medidas de acuerdo con la Sec. 416.14. (6) Si las medidas para tratar el L. monocytogenes se tratan en un programa de pre-requisitos distinto del SOP de Salubridad, el establecimiento debe incluir el programa y los resultados producidos por el programa en la documentación que se exige que mantenga el establecimiento según 9 CFR 417.5. (7) El establecimiento debe facilitar los resultados de la verificación que demuestran la efectividad de las medidas que emplea, ya sea dentro de su plan APPCC o en su SOP de Salubridad u otro programa de pre-requisitos, a requerimiento del personal de inspección del FSIS. 5

(d) Un establecimiento que produce producto RTE expuesto tras un tratamiento de exterminación proporcionará al FSIS, por lo menos anualmente o más a menudo si lo determina el Administrador, estimaciones del volumen anual de producción y la información relacionada, con respecto a los tipos de productos cárnicos y de ave procesados según cada una de los alternativas del párrafo (b) de esta sección. (e) Un establecimiento que controla el L. monocytogenes usando un tratamiento tras un procedimiento de exterminación o un agente o un procedimiento antimicrobiano que elimine o reduzca, o suprima o limite el crecimiento del organismo puede declarar este hecho en la etiqueta del producto a condición de que el establecimiento haya validado la declaración. 6