Incentivo Fiscal Patent Box. Metodología 7R. 1 de Febrero 2013 CEIM.



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Incentivo Fiscal Patent Box. Metodología 7R 1 de Febrero 2013 CEIM.

AVS Consulting Consultora especializada en la Gestión de Ayudas Públicas e Incentivos Fiscales por Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica. Added Value Solutions se perfila como la consultora líder a nivel nacional en la obtención de Calificativos Vinculantes para la Agencia Tributaria para la aplicación de Deducciones Fiscales por actividades de I+D+i. Para grandes proyectos de inversión o desinversión gestionamos la negociación con los distintos Gobiernos Autonómicos, coordinando a su vez los apoyos con Organismos Estatales cuando existen alternativas internacionales de inversión. Asesoramos también en la implantación y crecimiento de empresas, estudios y análisis sectoriales/regionales, así como en las inversiones que las empresas deban destinar a actuaciones de protección medioambiental. Trabajamos tanto a nivel nacional como internacional. 2

AVS en cifras Con más de 150 empresas clientes, la tasa de permanencia es del 100%. Somos la primera empresa consultora en apostar firmemente por la gestión de las deducciones fiscales de I+D+i a través del Informe Motivado Vinculante que emite el Ministerio de Ciencia e Innovación. El 100% de nuestros proyectos en certificación fiscal de I+D+i ha obtenido calificación positiva, de los cuales el 89% han sido calificados como I+D hasta la fecha. Nuestra tasa de éxito en la presentación global de ayudas no fiscales es del 92% acumulado desde 1997. Pioneros en aplicación del incentivo Patent Box. Miembros del Grupo de Trabajo del Ministerio de Economía y Competitividad en los trabajos de desarrollo de un posible Informe Motivado Vinculante Patent Box. Presidencia del Comité de Ayudas Públicas de la CEOE. Miembro vocal del Comité de I+D+i del Instituto de Ingeniería de España. Representante de la CEOE en el Comité de Seguimiento de I+D+i de ENAC.

Grant Thornton Somos una firma multidisciplinar con cuatro rasgos esenciales: Fuerte implantación en España Potente organización internacional Soluciones a medida de las necesidades del cliente Nuestro trabajo aporta valor añadido al cliente Nuestras líneas de servicio: Auditoría y servicios relacionados Asesoramiento fiscal Asesoramiento financiero corporativo Servicios de apoyo: mercantil, laboral, outsourcing Desde 1984 10 oficinas Cerca de 400 profesionales 32 socios

Grant Thornton en el mundo 113 países Más de 500 oficinas 2.500 socios Más de 30.000 profesionales 3.700 millones USD de facturación global Más de 1.800 clientes cotizan en los principales mercados de valores del mundo 5ª firma auditora de compañías cotizadas en el Reino Unido y en USA 1ª firma auditora de compañías cotizadas en el Alternative Investment Market (16% del total)

ASPECTOS FISCALES

Marco Normativo 1º Libertad de amortización (art. 11.2.c), d) TRLIS) Activos afectos a actividades de I+D Deducciones Base Imponible: Gastos activados de actividades de I+D 2º Reducción de ingresos por cesión de determinados intangibles Patent box (art. 23 TRLIS) 3º Deducibilidad de gastos de proyectos de I+D con entidades vinculadas (art. 16.6 LIS): Cost Sharing. Deducciones Cuota: 4º Deducción por actividades de I+D+IT (art. 35 TRLIS). 7

Descripción del Incentivo Fiscal (1) Reducción del 50% de los ingresos brutos derivados de la cesión de determinados intangibles. Activos incluidos: - Patentes, dibujos o modelos, planos, formulas o procedimientos secretos, derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas (know-how). Activos excluidos: - Marcas, obras literarias artísticas o científicas, incluidas las películas informáticas, derechos personales susceptibles de cesión, como los derechos de imagen, programas informáticos, equipos industriales comerciales o científicos. 8

Descripción del Incentivo Fiscal (2) Requisitos: Los activos intangibles deben haber sido desarrollados por cualquier entidad del grupo que los cede. La cesionaria que los usa debe utilizarlos en una actividad económica. La entidad cedente debe disponer de los registros contables necesarios para poder determinar los ingresos y gastos, directos e indirectos, correspondientes a los activos objeto de cesión. Vinculación entre cedente y cesionario: la entidad que los cede no puede adquirir servicios o bienes en los que se materialice el intangible cedido que supongan un gasto fiscal para la cedente. Cuando un mismo contrato de cesión incluya prestaciones accesorias de servicios, la contraprestación por la cesión del intangible debe estar individualizada. 9

Descripción del Incentivo Fiscal (3) Límite: La reducción podrá aplicarse hasta el año en que la facturación supere el coste de desarrollo intangible multiplicado por 6. Compatibilidad con las deducciones en cuota por actividades de I+D+i. Para calcular el importe de la deducción por doble imposición internacional se deberá tomar en consideración la reducción. Consolidación fiscal: Se permite aplicar la reducción en las cesiones realizadas a compañías integradas en un mismo grupo fiscal. 10

Descripción del Incentivo Fiscal (4) Descripción del Incentivo Fiscal (4) Normativas Específicas; País Vasco; Reducción del 60% de los ingresos brutos derivados de la cesión de determinados intangibles desarrollado por la cedente. Reducción del 30% de los ingresos brutos derivados de la cesión de activos adquiridos. Se incluyen como activos los programas informáticos y las marcas. No hay límite en el volumen de ingresos brutos que pueden beneficiarse de la exención parcial. No existe límite temporal. 11

Descripción del Incentivo Fiscal (5) Caso1 (coste 50%) Caso 2 (coste 35%) Caso 3 (coste 20%) Ingreso derivado de la cesión 100 100 100 Costes de desarrollo del intangible 50 35 20 Rendimiento 50 65 80 Reducción 50 50 50 Base imponible 0 15 30 Cuota 0 4,5 9 Cuota efectiva 3 0 6,9% 11,25% Cuando el margen inferior al 50% los ingresos vinculados no tributan hasta el limite de 6 veces el coste. 12 (3) Cuota / rendimiento

Problemáticas en la aplicación del Incentivo Know-how: elementos o indicios configuradores: Ausencia de criterio único por parte de la DGT para definir el concepto de Know-how. Hay que acudir a Criterios que reiteradamente aparecen en diferentes posiciones de la Administración Tributaria. Los Comentarios al Modelo de Convenio de la OCDE contemplan e incluyen expresamente el concepto de Know-how. Utilización de la experiencia y Práctica Internacional Fiscal y Precios de Transferencia de nuestro equipo en esta materia. 13

Análisis de una posible estructura eficiente Objetivos de análisis / planificación: Análisis de todos los flujos de fondos desde el punto de vista de las normas de Transfer Pricing. Realizar cálculos de la optimización fiscal: Ingreso en la cedente (que tributa al 50%) y gasto en la cesionaria (computa fiscalmente al 100%). Deben rechazarse estructuras artificiosas o dentro de la propia sociedad no identificables como intangibles a fin de no situar al cliente en riesgo fiscal. Revisar la estructura del Grupo de forma que las rentas generadas por la cesión de activos intangibles a terceros ajenos al Grupo puedan beneficiarse de la reducción. 14

Situación del Grupo Hay que tener en cuentas las patentes (intangible registrable) pero también la creación del desarrollo de intangible no-registrable. Analizar si existe o no Know-How dentro de las entidades del grupo: Know- How Industrial, Comercial y Científico. Utilización del Know-How desarrollado entre las sociedades del grupo en España o no. Utilización indirecta del desarrollo llevado a cabo en España no sólo a través de producto si no a través de la utilización del Know-How de posibles filiales extranjeras. Ver si hay posibles proyectos con asociaciones y/o entidades públicas o privadas. 15

GESTION PATENT BOX.

Gestión del Patent Box. Caso Práctico. 1. ANÁLISIS DE RIESGOS, METODOLOGÍA AVS PATENT BOX. Patent Box 7R Patent Box- R1 Patent Box- R2 Patent Box- R3 Patent Box- R4 Patent Box- R5 Patent Box- R6 Patent Box- R7 17

Análisis de riesgos METODOLOGIA AVS PATENT BOX MODELO 7R El análisis de riesgos inherentes a las operaciones Patent Box puede introducirse a través de un análisis preliminar de las ya conocidas Deducciones Fiscales (DF) por I+D+i. Riesgos DF R 1 = Coste del proyecto R 2 = Calificativo (I+D, i, ø) Cómo acotarlos/anularlos? Peritaje independiente acreditado por ENAC. Emisión por el Ministerio de Economía y Competitividad de INFORME MOTIVADO, VINCULANTE ante la Agencia Tributaria. Por tanto, la gestión de las deducciones fiscales por I+D+i es, desde un punto de vista decisorio en el ámbito fiscal, una operación muy sencilla. Pues se contraponen 2 riesgos acotados y anulados a un beneficio cuantificable generalmente de gran importe. 18

Análisis de riesgos Patent Box R1 Riesgo Cómo acotarlo? Normativa AENOR sobre transferencia en tecnología. (UNE 166008:2012) R 1 = Coste de desarrollo del activo intangible Certificación independiente y cualificada. En proceso, posible acreditación ENAC, por el momento no existe Informe Motivado Vinculante. 19

Análisis de riesgos Patent Box R2 Riesgo Cómo acotarlo? Normativa AENOR sobre transferencia en tecnología. R 2 = Calificativo (I+D+i, ø) Sin distinción entre I+D o i Certificación independiente y cualificada. En proceso, posible acreditación ENAC, por el momento no existe Informe Motivado Vinculante. 20

Análisis de riesgos Patent Box R3 Riesgo Cómo acotarlo? R 3 = Costes indirectos de estructura Análisis de auditoria por departamento especialista GRANT THORNTON. 21

Análisis de riesgos Patent Box R4 Riesgo R 4 = Margen de beneficio Cómo acotarlo? Análisis de Transfer Pricing por parte de GRANT THORNTON. 22

Análisis de riesgos Patent Box R5 Riesgo R 5 = Deducibilidad en destino Cómo acotarlo? Verificación independiente en cesionario. Análisis de GRANT THORNTON. En caso que destino no sea España, análisis y opinión de GRANT THORNTON INTERNACIONAL. 1. NACIONAL VINCULADA CONSOLIDADA NO CONSOLIDADA NO VINCULADA 2. EXTRANJERO VINCULADA UE PARAISOS FISCALES OTROS NO VINCULADA 23

Análisis de riesgos Patent Box R6 Riesgo R 6 = Marco contractual. Cómo acotarlo? Certificación independiente y cualificada, en proceso posible acreditación ENAC. Inclusión en el contrato de cláusulas detalladas de propiedad industrial / intelectual. Se realiza por GRANT THORNTON LEGAL La entidad cedente debe disponer de los registros contables necesarios para poder determinar los ingresos y gastos, directos e indirectos, correspondientes a los activos objeto de cesión. Vinculación entre cedente y cesionario: la entidad que los cede no puede adquirir servicios o bienes en los que se materialice el intangible cedido que supongan un gasto fiscal para la cedente. Limites a la cesión (PI), identificar costes de exclusiones, descripción efectiva del activo. 24

Análisis de riesgos Patent Box R7 Riesgo R 7 = Coherencia técnica entre proyectos de DF y Patent Box Cómo acotarlo? Trabajo profesional por parte de gestores técnicos experimentados. 25

Conclusiones La intervención de AVS y Grant Thornton permite cerrar (a nuestro juicio) todos los aspectos relacionados con un proyecto de esta naturaleza ofreciendo seguridad técnica y jurídica. Requiere realizar cálculos de la optimización fiscal: Ingreso en la cedente (que tributa al 50%) y gasto en la cesionaria (computa fiscalmente al 100%). Deben rechazarse estructuras artificiosas o dentro de la propia sociedad no identificables como intangibles a fin de no situar al cliente en riesgo fiscal. Necesidad de análisis fiscal (Transfer Pricing) y de correcta redacción de contratos. 26

Conclusiones A priori, la operación Patent Box de activos intangibles que formen parte de un proyecto de I+D o i ya certificado y con IMV (Informe Motivado Vinculante), proporciona mayor seguridad en el calificativo y respaldo en caso inspección fiscal, ya que no existe IMV específico para Patent Box. Sin embargo, puede generar posibles incoherencias técnicas de coste de desarrollo del activo y/o finalidad de utilización del mismo, derivando en problemas conceptuales de aplicabilidad. En caso de vinculación, se requiere el uso del activo por el cesionario en el desarrollo de una actividad económica, así como comprobar que los resultados de esa utilización no se materialicen en la entrega de bienes o prestación de servicios por el cesionario que generen gastos fiscalmente deducibles en la entidad cedente. 27

Conclusiones La combinación de los incentivos fiscales al I+D+i, junto con la operación Patent Box, puede dar lugar a tipos efectivos de tributación muy reducidos e incluso desimposición fiscal: 28

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