Código la Producción COPCI Quito 29 de diciembre de 2010 Registro Oficial N 351

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Transcripción:

Código la Producción COPCI Quito 29 de diciembre de 2010 Registro Oficial N 351

Libertad de invertir sin condiciones de ninguna naturaleza Trato Nacional: no hay requisitos mínimos de un porcentaje de inversión domestica o necesidad de joint ventures Ninguna calificación previa o autorización Arbitraje Nacional/Internacional No se permiten confiscaciones ni nacionalizaciones Contratos de Inversiones por 15 años, renovable por 15 años mas

A quiénes aplican? Empresas nuevas (después de la expedición del COPCI) o antiguas que tengan sus actividades en cualquier lugar del País incluido Quito y Guayaquil y en cualquier sector económico priorizado o no. En qué consisten? Reducción de 10 puntos al IR por reinversión de utilidades en activos productivos Modificación de la base de cálculo del anticipo al IR por generación de empleo y compra de activos productivos Impuesto a la Renta Deducción de la compensación adicional para el pago del salario digno al IR Diferir el pago del impuesto a la renta y su anticipo, hasta por 5 años, por apertura de capital social de las empresas a los trabajadores. Exoneración del anticipo al IR por 5 años para toda inversión nueva (empresas nuevas luego de la creación del COPCI) Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) Facilidad de pago de impuestos en comercio exterior No pago del ISD para capital e intereses en préstamos del exterior Pago de Impuestos

INCENTIVOS ESPECÍFICOS Deducción del 100% (doble) de los gastos incurridos para el cálculo del IR MEDIANAS EMPRESAS (50 199 trabajadores y ventas entre 1 5 millones) AMBIENTALES ZONAS DEPRIMIDAS Capacitación técnica, investigación e innovación (hasta el 1% de gasto en sueldos) Estudios de mercado y competitividad (hasta el 1% de las ventas) Depreciación por adquisición de maquinaria de producción más limpia para la declaración del impuesto a la renta. Los sueldos, salarios, y beneficios sociales por generación de nuevo empleo en zonas deprimidas (fuera de Quito o Guayaquil) por 5 años Viaje, estadía y promoción comercial para aperturar nuevos mercados (hasta el 50% de costos y gastos de publicidad )

A quiénes aplican? 1. Nueva Compañía (Constituida a partir de la expedición del COPCI 29 de diciembre del 2010) 2. Fuera del distrito metropolitano de Quito y Guayaquil TURISMO ES UNO DE LOS SECTORES PRIORIZADOS 3. Inversión en: Sectores priorizados, ó Sustitución de importaciones En qué consisten? Impuesto a la Renta No pago del Impuesto a la Renta durante 5 años desde que se generen ingresos para: nuevas inversiones que se realicen en Sectores Priorizados y Sustitución de Importaciones (entre ambos suman 18 sectores)

Régimen especial aduanero a través del cual se puede introducir mercancías al territorio ecuatoriano, para ser sometidas a un proceso de perfeccionamiento Ambos regímenes tienes un tratamiento arancelario y fiscal especial Régimen aduanero según el cual las mercancías importadas son almacenadas por un periodo determinado bajo el control de la aduana en un lugar habilitado

Zonas Especiales para Desarrollo Económico (ZEDE): Innovación tecnológica Desarrollo logístico Diversificación productiva Impuesto a la Renta (IR) Aranceles Impuesto al Valor Agregado (IVA) Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) Reducción adicional de 5 puntos porcentuales en el impuesto a la renta, desde el 2013 es 17%. Los bienes del exterior, mientras se encuentren dentro de la zona, no pagaran aranceles Los bienes importados no pagan IVA. Operadores y Administradores tendrán crédito tributario en el IVA pagado en compras locales de servicios, materiales, y materia prima para su proceso productivo. Exención del pago al ISD para importaciones, y pagos enviados al exterior por créditos.

Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) Exención del pago del ISD para dividendos pagados por compañías establecidas en Ecuador a compañías en el exterior o personas no residentes en el Ecuador (excepto a paraísos fiscales) Art. 18 Ley de Fomento Ambiental No pago del ISD en importaciones de bienes a regímenes especiales para ser exportados Decreto Ejecutivo SRI Nro. 1180 Resoluciones COMEX Resolución 82: Nuevas inversiones con contratos de inversión con el Estado tendrán reducción de aranceles en bienes de capital importados en todo caso que no se produzcan en el País (Art. 1)

Características del Contrato: Objeto: Establecer los beneficios y garantía del Código de la Producción y otras disposiciones que sean determinantes para la actividad. Es Opcional: No es necesario firmar el contrato para acceder a los incentivos Arbitraje Nacional é Internacional Se lo puede solicitar en cualquier momento. Vigencia de 15 años, renovable por 15 años mas