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OFICIALÍA MAYOR Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto Dirección General Adjunta de Modernización y Presupuesto de Servicios Personales LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS N DE REGISTRO: SCT-710-7.02-A2-2015

PRESENTACIÓN Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en el artículo 19, las unidades administrativas centrales, centros SCT y órganos desconcentrados deben elaborar y mantener permanentemente actualizados los manuales de procedimientos que les permitan desarrollar sus actividades de manera eficiente de acuerdo a las funciones que tienen asignadas. Por lo anterior y a fin de proporcionar a las áreas de esta dependencia, elementos que las orienten en la elaboración o actualización de su manual de procedimientos, y con fundamento en el artículo 7 fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes se emiten los presentes Lineamientos, mismos que están encaminados a coadyuvar en la mejora de la regulación, la gestión, los procesos y los resultados en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). La Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP), adscrita a la Oficialía Mayor, otorgará el apoyo técnico que se requiera para la integración de los manuales de procedimientos, así como herramientas tecnológicas que faciliten el intercambio de información. El Oficial Mayor del Ramo M.A.P. RODRIGO RAMÍREZ REYES Código: LEAMP. Rev: 3 Página 2 de 17

TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN... 2 1. OBJETIVO... 4 2. MARCO JURÍDICO... 4 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN... 4 4. RESPONSABLES... 4 5. GLOSARIO DE TÉRMINOS... 5 6. LINEAMIENTOS GENERALES... 6 7. APARTADOS DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS... 10 7.1 PORTADA... 10 7.2 PRESENTACIÓN... 10 7.3 TABLA DE CONTENIDO... 10 7.4 GLOSARIO DE TÉRMINOS... 10 7.5 PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS... 10 7.5.1 Procesos... 10 7.5.2 Descripción de Procedimientos... 12 7.5.2.1 Área Responsable... 12 7.5.2.2 Procedimiento... 12 7.5.2.3 Código... 12 7.5.2.4 Objetivo estratégico... 13 7.5.2.5 Objetivo del Procedimiento... 13 7.5.2.6 Directrices de Operación... 13 7.5.2.7 Descripción Detallada del Procedimiento... 13 7.5.2.8 Formatos... 15 7.5.2.9 Guía de Llenado... 16 7.6 CONTROL DE CAMBIOS... 16 8. VIGILANCIA... 16 9. VIGENCIA... 16 CONTROL DE CAMBIOS... 17 Código: LEAMP. Rev: 3 Página 3 de 17

1. OBJETIVO Apoyar en la elaboración de los manuales de procedimientos de las Unidades Responsables, mediante el establecimiento de elementos uniformes de contenido y presentación, así como en la actualización permanente de la información relativa a sus estructuras orgánicas autorizadas, procesos y procedimientos. 2. MARCO JURÍDICO Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Artículo 19 DOF. 29/12/1976 y sus reformas. Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Artículos 7 fracción XXIII y 32 fracción XVII DOF. 08/01/2009 y sus reformas. Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican. DOF. 10/08/2010 y sus reformas. 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Los presentes lineamientos son de observancia obligatoria para las Unidades Administrativas Centrales, Centros SCT y Órganos Desconcentrados de la SCT. 4. RESPONSABLES Son responsables de la aplicación de estos lineamientos, los servidores públicos titulares de las unidades responsables. Es responsabilidad de la DGPOP validar la aplicación de dichos lineamientos en las propuestas de actualización y tramitar su registro ante la Oficialía Mayor. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 4 de 17

5. GLOSARIO DE TÉRMINOS Para los efectos de los presentes lineamientos, se entenderá como: Actividad: Conjunto de tareas que forman parte de un proceso, encaminadas al objetivo del procedimiento. Centros SCT: Unidades administrativas que representan a la SCT en cada una de las entidades federativas del país y realizan sus funciones operativas en toda la República. Formato: Documento con espacios en blanco para obtener información de manera ordenada. Mapa De Proceso: Es una representación gráfica de la secuencia en que se realizan las actividades necesarias para desarrollar un proceso. Manual De Procedimientos: Instrumento administrativo que integra los procesos sustantivos y sus procedimientos, los cuales sustentan las funciones y atribuciones de las Unidades Responsables. Objetivo: Es el resultado que se espera lograr ó que se propone alcanzar a través de determinadas acciones. Procedimiento: Conjunto de actividades ordenadas en secuencia lógica, cronológica y concatenada, que precisan la forma sistemática de hacer el trabajo. Proceso: Es un conjunto de pasos entrelazados que, partiendo de una o más entradas o insumos los transforma, generando resultados, salidas o productos. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 5 de 17

Unidad Responsable: En el ámbito central, se refiere a la Oficina del C. Secretario, Subsecretarías, Oficialía Mayor, Coordinaciones Generales, sus correspondientes Direcciones Generales y unidades homólogas; en el ámbito foráneo, a los Centros SCT; en cuanto a los desconcentrados, se refiere a Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano y al Instituto Mexicano del Transporte. 6. LINEAMIENTOS GENERALES De la elaboración 6.1. La elaboración y actualización de los manuales de procedimientos es responsabilidad directa de los titulares de las áreas que integran las unidades responsables de la Secretaría, y para su proceso contarán con la orientación y apoyo técnico que requieran por parte de la DGPOP. 6.2. La unidad responsable deberá asegurarse de que la información o datos establecidos en el manual, correspondan a la realidad operativa y estén de acuerdo con las normas jurídicas y administrativas establecidas al efecto. 6.3. Para la actualización de manuales de procedimientos será necesario tomar como base la última versión autorizada con la que cuenta la unidad responsable. 6.4. Los nuevos procedimientos propuestos no deberán duplicarse o contraponerse con otros procedimientos ya existentes en los Manuales Administrativos de Aplicación General. 6.5. Para la integración del manual de procedimientos, las unidades responsables deberán llenar la información en los anexos descritos de estos lineamientos. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 6 de 17

6.6. Para la elaboración y actualización de manuales de procedimientos se deberá hacer un análisis previo que permita determinar puntos de conflicto, mejora, control y disminución de cuellos de botella, con la finalidad de obtener un mejoramiento en la eficacia y calidad en el trabajo, procurando: Ahorrar tiempos, es decir, disminuir actividades de control y eliminar tiempos muertos en los procedimientos. Abatir costos de operación. Incrementar la sistematización y digitalización de las operaciones. De la solicitud 6.7. Será obligatorio presentar la propuesta de actualización del manual de procedimientos a la DGPOP cuando surjan los siguientes casos: Cuando la unidad administrativa haya sufrido cambios en su estructura orgánica. Por asignación de nuevas funciones y responsabilidades. La creación, eliminación y/o actualización de procesos Elaboración, eliminación, actualización y reubicación de procedimientos, Por el establecimiento de nuevos métodos o sistemas de trabajo, como son la simplificación administrativa y la mejora continua. Como resultado de cambios en la normatividad aplicable. 6.8. La propuesta de actualización del manual de procedimientos se presentará a la DGPOP de manera integral, aun cuando se actualice un solo procedimiento, dicha modificación será presentada en el apartado denominado Control de Cambios, con la finalidad de guardar una sola vigencia en todo el manual. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 7 de 17

6.9. La propuesta de actualización del manual de procedimientos que se envíe a la DGPOP tendrá que estar en versión editable e ir fraccionada en archivos separados de la siguiente manera: Portada Presentación Tabla de Contenido Glosario de términos Cada Proceso con sus respectivos Procedimientos Control de cambios 6.10. Los manuales de procedimientos deberán contener sólo los procedimientos que se deriven de los principales procesos sustantivos determinados por la unidad responsable. 6.11. La información que integrará los referidos manuales de procedimientos deberá ser congruente con las atribuciones que les confiere el Reglamento Interior vigente de esta Secretaría o en su caso, del Órgano Desconcentrado, así como con la última estructura orgánica registrada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública. 6.12. En el caso de los Centros SCT, contarán con un Manual de Procedimientos Tipo, mismo que establecerá la manera de operar de los 31 centros SCT. La elaboración y/o actualización de este manual, se deberá realizar a través de la Coordinación General de Centros SCT. 6.13. Una vez realizados los trabajos de elaboración o actualización al manual de procedimientos por parte de las unidades responsables, se deberá solicitar su aprobación y registro mediante oficio a la DGPOP, enviando el documento en medio magnético. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 8 de 17

De la validación 6.14. La DGPOP analizará la propuesta de Manual de Procedimientos y hará las recomendaciones procedentes a la unidad responsable. De la autorización 6.15. El C. Oficial Mayor, expedirá los manuales de procedimientos, y a través de la DGPOP se procederá a su publicación en la Normateca Interna de la SCT. Del registro 6.16. La DGPOP otorgará el número de registro conforme al sistema de registro de documentos administrativos o SIRDA y enviará la cédula de registro a la unidad responsable para recabar la firma del titular de la unidad responsable, la cual deberá ser devuelta para concluir el trámite. De la difusión 6.17. El manual vigente podrá ser consultado en la página de la Normateca Interna de la SCT ( ). La unidad responsable deberá notificar a su interior, la autorización del manual para que se proceda a su consulta y aplicación correspondiente. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 9 de 17

7. APARTADOS DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Los apartados que deberá contener el Manual de Procedimientos, a fin de uniformar su presentación son los siguientes: 7.1 PORTADA Deberá ir como inicio en el manual de procedimientos y contiene el logotipo de la SCT y en su caso, el del Órgano Desconcentrado, el nombre del documento y de la Unidad Responsable, lugar y fecha de expedición y número de registro del Sistema Integral de Registro de Documentos Administrativos (SIRDA). (ANEXO 1). 7.2 PRESENTACIÓN Es la exposición de razones por las que se expide el documento por parte del C. Oficial Mayor (ANEXO 2). 7.3 TABLA DE CONTENIDO Consiste en la descripción sintética y ordenada de la totalidad de los apartados que conforman el manual (ANEXO 3). 7.4 GLOSARIO DE TÉRMINOS Lista de términos, siglas y conceptos de uso frecuente en el manual y que requieren ser definidos o explicados a fin de simplificar la comprensión de los procedimientos para todos los lectores. 7.5 PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS 7.5.1 Procesos En este apartado se establecerán los procesos sustantivos que sustentan las funciones y atribuciones de la unidad responsable, su objetivo (contestando a las preguntas qué, cómo y para qué) e indicadores de desempeño, y posteriormente se colocarán los procedimientos correspondientes. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 10 de 17

Es importante que los procesos que se describan, cuenten con las siguientes características: Estén derivados del Reglamento Interior o sean indispensables para garantizar la operación de la unidad responsable. Estén alineados a la misión, visión y objetivos estratégicos. Cada proceso deberá incluir un mapa con las actividades sustantivas que añadan valor, en el que se represente gráficamente el proceso completo, la interrelación de las áreas (incluidos clientes y proveedores), se identifique el producto final, los puntos de control más importantes, y se observe un adecuado flujo de la información. (ANEXO 5) SÍMBOLO TIPO USO Inicio / Final Muestra el inicio/final de un proceso. Proceso / actividad Muestra el desarrollo de las actividades. Decisión Indica que el proceso sigue por dos caminos diferentes. SÍMBOLO TIPO USO Secuencia Conecta los elementos correspondientes del diagrama de flujo. Nos indica el flujo del proceso. 3 A Conectores en la misma página y hacia otra página Conector que desemboca dos o más actividades en una sola. Dirige el flujo sobre la misma página (círculo), o en otra página (pentágono). En los primeros, se utilizarán números y en los segundos, letras. Dirige el flujo de dos o más actividades a una sola. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 11 de 17

7.5.2 Descripción de Procedimientos Se hará la descripción de cada uno de los procedimientos del manual, conforme a lo establecido en los siguientes puntos: (ANEXO 5) 7.5.2.1 Área Responsable Nombre del área responsable de aplicar el procedimiento. 7.5.2.2 Procedimiento El nombre del Procedimiento al que pertenece debiendo proporcionar una idea clara de la materia que se trate. 7.5.2.3 Código Designar el registro alfanumérico que identifique de manera única elementos que componen el manual, de acuerdo al siguiente cuadro CÓDIGO ASIGNADO A: Manual: Proceso: Procedimiento: Formatos: Revisión NOMENCLATURA MP: Manual de procedimientos Número de la Unidad Responsable. Además de las anteriores: PR: Proceso Número del proceso del que esté derivado el procedimiento Además de las anteriores: P: Procedimiento. Número Consecutivo del Procedimiento en dos dígitos. Además de las anteriores: F: Formato. Número Consecutivo del Formato en dos dígitos. Al final de cada código se deberá agregar el número de revisión del documento. EJEMPLO MP-310 MP-310-PR05 MP-310-PR05-P01 MP-310-PR05-P01-F02 MP-310-PR05-P01 Rev. 0 Código: LEAMP. Rev: 3 Página 12 de 17

7.5.2.4 Objetivo estratégico Se deberá indicar a qué objetivo estratégico (de los contenidos en su manual de organización) contribuye con la operación del procedimiento. 7.5.2.5 Objetivo del Procedimiento Definir de manera breve, clara y concisa los resultados esperados con la aplicación del procedimiento en términos de bienes y/o servicios. Para fijar los objetivos de manera clara es necesario considerar los siguientes aspectos: Iniciar la redacción con un verbo en tiempo infinitivo, ejemplo: Conseguir, Lograr, Cumplir, etc. Responder a las preguntas qué, cómo y para qué. Que sean alcanzables y medibles. 7.5.2.6 Directrices de Operación Son normas o políticas que guían la actuación del área responsable de ejecutar el procedimiento definido a partir de las disposiciones jurídicas y/o administrativas, y sirven para especificar algunas situaciones que requieren establecerse como obligatorias o que deban enfatizarse. La no observancia de estas puede ocasionar que se incurran en faltas o sanciones administrativas en el quehacer cotidiano, ya que están basados en ordenamientos normativos de carácter obligatorio. Su redacción deberá comenzar con un verbo en tiempo futuro. 7.5.2.7 Descripción Detallada del Procedimiento Se refiere a la narración secuencial y enumerada en orden ascendente de cada una de las actividades que habrán de realizarse dentro del procedimiento, misma que deben elaborarse considerando los siguientes requisitos: Código: LEAMP. Rev: 3 Página 13 de 17

Numere cada una de las actividades que se realizan conforme a la secuencia lógica del procedimiento. Especifique el nombre del área que ejecuta la actividad. No mezclar puestos con áreas. Debe apegarse al Organigrama contenido en su manual de organización vigente Describa cronológica y secuencialmente cada una de las actividades que hay que realizar dentro de un procedimiento, explicando qué, quién, cómo, dónde, cuándo y para qué se hace. La redacción debe iniciar con verbo en tiempo presente y tercera persona del singular, por ejemplo: elabora, autoriza, requisita, integra, recibe. Utilizar un lenguaje sencillo, que sea comprensible a cualquier nivel y utilizar párrafos cortos evitando abreviaturas que no hayan sido previamente definidas en el glosario. Si en el inicio de un procedimiento se indica la recepción de documentos, mencione de quien recibe los documentos. Los formatos se deben mencionar en la descripción de la actividad en que intervienen. Mencione en cada una de las actividades, el nombre completo y el código de los documentos a que se está haciendo referencia. Indique el número de tantos en que se elabore, se envíe o se recibe cada documento. Para los acuses de recibo utilice los términos siguientes: Acuse de recibo - Sinónimo de sellar o firmar de recibido. Recaba acuse - Sinónimo de recolectar la firma o sello. Cuando sea necesario hacer alguna aclaración o indicar algo que no es posible mencionar como actividad, debe citarse con mayúsculas entre dos líneas, como se muestra en el siguiente ejemplo: Código: LEAMP. Rev: 3 Página 14 de 17

POR MANDATO DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO FEDERAL, ART. 22, A TODA PROPOSICIÓN DE AUMENTO O CREACIÓN DE PARTIDAS AL PROYECTO DE PRESUPUESTO, DEBERÁ AGREGARSE LA CORRESPONDIENTE INICIATIVA DE INGRESO. Para no repetir actividades que ya habían sido mencionadas, haga referencia a ellas con la leyenda: (Conecta con actividad N...), cuidando no perder el flujo del procedimiento. Cuando haga referencia a un Expediente, indique el nombre que lo identifique y, si se considera necesario, mencione el nombre de los documentos que lo integran. Indique el fin del procedimiento con la leyenda TERMINA PROCEDIMIENTO. Cuando dentro de un mismo procedimiento existan varios puntos donde puede terminar el mismo, anotará la leyenda: (Conecta con el fin del procedimiento). En la columna denominada Tiempo, se deberá establecer el tiempo promedio que se emplea en la realización de esa actividad. 7.5.2.8 Formatos Son hojas de papel impreso o formularios desplegados en una computadora, que contienen espacios en blanco para escribir o capturar datos variables que son requeridos en el mismo. Es importante que codifique los formatos, a fin de garantizar un adecuado control y uso de los mismos. En el formato se debe marcar cada campo con un número, para proceder a su descripción en la Guía de Llenado (ANEXO 6). Código: LEAMP. Rev: 3 Página 15 de 17

7.5.2.9 Guía de Llenado Es el instructivo en el que se especifica qué datos se deben anotar en los espacios previamente destinados en el formato que lo antecede. En la Guía de Llenado, se deben llenar los siguientes campos: Nombre del Formato. Descripción de Campos. Se debe describir cada campo del formato, haciendo referencia a los números asignados en el ejemplo del mismo. (ANEXO 6) 7.6 CONTROL DE CAMBIOS Se registrarán el número de la revisión, las fechas y la descripción de los cambios que se hayan realizado al manual (ANEXO 7). 8. VIGILANCIA La DGPOP vigilará que las unidades responsables den el debido cumplimiento a las presentes disposiciones. 9. VIGENCIA Los presentes lineamientos tienen vigencia a partir del de de 2016 y dejan sin efecto a los expedidos en mayo de del 2008, así como toda aquella disposición que contravenga a lo establecido en éstos. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 16 de 17

CONTROL DE CAMBIOS FECHA DE AUTORIZACIÓN DEL CAMBIO N. DE REVISIÓN TIPO DE CAMBIO DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO Enero/1996 0 Completo Elaboración inicial. Septiembre/2007 1 Completo Actualización de lineamientos y cambio de formatos. Abril/2008 2 Completo Actualización y complemento de lineamientos 31/Marzo/2016 3 Completo Actualización de lineamientos, cambio de formatos e incorporación del apartado de Procesos y del apartado Glosario de Términos a los manuales de procedimientos. Código: LEAMP. Rev: 3 Página 17 de 17