Bogotá, D.C. Abril 12 de 2012 ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE COPROPIETARIOS En mi calidad de Administradora del Conjunto Residencial Puerto Bahía, en uso de las facultades legales que me confiere la Ley 675 del 3 de Agosto de 2001, me permito CONVOCARLOS A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE COPROPIETARIOS que se realizará el: ORDEN DEL DIA FECHA : Domingo 22 de Abril de 2012 HORA : 9:00 a.m. LUGAR : Salones sociales 1. Llamado a lista y verificación del Quórum 2. Elección Presidente y Secretario de la Asamblea 3. Aprobación del Reglamento de la Asamblea. 4. Lectura y Aprobación del Orden del Día 5. Elección del Comité de Verificación de la presente acta 6. Elección del Comité de Escrutinio. 7. Presentación Proceso Demanda Contra Cusezar y toma de decisiones. 8. Informe de Interventoría 9. Cierre. Si no se puede sesionar por falta de quórum reglamentario (51%) del total de coeficientes de las unidades, se convocará a una nueva reunión de segunda convocatoria que se realizará el tercer día hábil siguiente, para este caso el miércoles 25 de Abril de 2012 a las 8:00 p.m. en el mismo lugar, artículo 41 de la Ley 675/01, la cual sesionara válidamente con un número plural de copropietarios cualquiera que sea el porcentaje de coeficiente representados (art. 22 del reglamento de propiedad horizontal). El registro de asistencia se realizará a partir de las 8:00 a.m.; con el objetivo que la reunión inicie puntualmente NOTAS PARA TENER ENCUENTA. El registro de asistencia se realizará a partir de las 8:00 a.m.; con el objetivo que la reunión inicie puntualmente; Se dará un tiempo de espera hasta las 9:15 a.m.; momento en el cual se hará una verificación del quórum deliberatorio; en caso de no reunirlo, se procederá a levantar la sesión, cobrando la multa correspondiente a los ausentes (1 Cuota de Administración mensual plena) y se realizará la reunión el tercer día hábil siguiente al de la convocatoria inicial (Art 41. Ley 675 de 2001). Recuerde señor Copropietario que las decisiones tomadas válidamente en la Asamblea obligan a: Presentes, Ausentes y Disidentes. La no asistencia a la Asamblea conlleva a una multa equivalente a una cuota de administración vigente al momento de la reunión (art. 55/07 reforma reglamento de propiedad horizontal).
Los propietarios podrán actuar en la Asamblea directamente ó por sus representados, mediante poder de delegación hecho por comunicación escrita (el cual se envía adjunto). Los miembros de la Administración no están autorizados para recibir ningún tipo de poder para representar a Terceros en la Asamblea. Ningún propietario podrá tener más de dos poderes adicionales al propio. Se solicita a los arrendatarios informar, a los propietarios ó a las inmobiliarias, de la Asamblea a realizarse. La presente convocatoria se hace en los términos que la Ley 675 de 2001 régimen al que está sometido el Conjunto. ANDREA PAOLA NIETO Administradora
REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 1. No se permitirá la entrada a menores de edad. 2. Verificación del Quórum: Esta actividad será a cargo del Consejo de Administración, a partir del momento de cierre de las mesas de control de asistencia no se aceptarán más inscripciones para votar en Asamblea. 3. Elección del Presidente de la Asamblea: Se hará por aclamación o por aprobación oral de proposición presentada en tal sentido. 4. Duración estimada de la Asamblea: La Asamblea tendrá una duración estimada de (2) horas (o los asambleístas podrán proponer la duración). 5. Sanción: Establecido y aprobado el tiempo de duración quien no permanezca en el recinto de reunión hasta su terminación será considerado como no asistente de la Asamblea, hecho que representará el cobro de una sanción equivalente a 1 cuota de Administración plena. 6. Intervenciones: Quien desee intervenir en cada una de las discusiones deberá pedir la palabra levantando la mano e inscribirse en la mesa directiva, cada intervención tendrá una duración MAXIMA de (3) TRES MINUTOS, las intervenciones deben hacerse con respeto, en forma clara, breve y sobre el tema especifico que se esté tratando en ese momento, evitando discusiones de tipo personal; el Presidente de la Asamblea nombrara un auxiliar quien le colaborara con el control del tiempo e indicara al participante cuando le falte (1) UN MINUTO para terminar cada intervención, cuando se agote el tiempo este hará una señal al Presidente indicándole que el tiempo se ha terminado. 7. Facultades del Presidente de la Asamblea: Serán facultades del Presidente de la Asamblea las siguientes: a. Uso de la palabra: Solo el Presidente de la Asamblea podrá conceder el uso de la palabra. b. Interpelaciones: Solo el Presidente de la Asamblea podrá conceder interpelaciones. Dicha interpelación tendrá una duración MAXIMA de (2) MINUTOS. c. Expulsión: El Presidente podrá expulsar de la Asamblea, previo aviso de llamado de atención (por una sola vez), al asistente que no respete el uso de la palabra, use palabras descorteses, o muestre desacato al presente reglamento. d. Moción de Orden, Aclaraciones, Declaratoria de suficiente ilustración y aviso de reiteración temática: Serán de exclusiva discrecionalidad del Presidente de la Asamblea. e. Auxiliares de la Asamblea: Los nombrara el Presidente y pueden ser: El Presidente del Consejo, El Administrador, El Contador, o los escrutadores. 8. Identificación: Quien haga uso de la palabra, deberá expresar en voz alta, su nombre, apellidos, hacer referencia al apartamento que está representando. 9. Voz y voto: de acuerdo a la sentencia C-522/02 el voto de cada propietario equivaldrá al porcentaje de coeficiente de propiedad del respectivo bien privado, sólo para las decisiones de contenido económico, para las demás decisiones se tendrá en cuenta el voto por mayoría simple de los asistentes de la asamblea. 10. Escrutinios: Los escrutadores tendrán las siguientes funciones:
a. De ser por conteo, o voto, los escrutadores serán quienes cumplan esta función. b. Se debe verificar que se encuentra vacía la urna antes de iniciar las votaciones y vigilar que solo se deposite un solo voto de acuerdo a las instrucciones que de él Presidente de la Asamblea. c. Terminada la votación deben abrir la urna, contar el número de votos, verificar que corresponda al número de votantes, los votos que sobren se deben anular al azar. d. La lectura y conteo de votos se debe hacer en voz alta y se llevará la cuenta en un tablero en lugar visible. Para lograr el buen desarrollo de nuestra reunión se pondrá en consideración el presente reglamento junto con el orden del día. Cordialmente, ANDREA PAOLA NIETO R. Administradora
CONJUNTO RESIDENCIAL PUERTO BAHIA NIT: 900.055.283-9 Señor Presidente ASAMBLEA GENERAL DE COPROPIETARIOS Conjunto Residencial Puerto Bahia Ciudad PODER DE DELEGACION Yo identificado con la Cedula de Ciudadanía No. en mi calidad de propietario del apartamento Torre del Conjunto Residencial Puerto Bahía P.H., otorgo poder amplio y suficiente al señor (a) identificado (a) con la Cédula de Ciudadanía No para que me represente, con voz y voto en la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE COPROPIETARIOS, a celebrarse el día 22 de Abril de 2012. Poderdante Acepto, Apoderado CC. N de CC. N de ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Calle 23 No. 68-50 Tel 4273893 admin@pbahia.com