ASOCIACIONES SINDICALES LEY Representación Sindical en la Empresa-

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Transcripción:

*** Dr. Alejandro Carelli Sr. Jorge Vitale

Conceptos Relevantes Concepto Empresa Establecimiento. Representación Sindical en la Empresa Número de Representantes -

Empresa: De acuerdo con el artículo 5 de la Ley de Contrato de Trabajo N 20.744 (t.o. 390/1976), define como empresa a la organización instrumental de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección con el objetivo de lograr fines económicos o benéficos. En tal sentido también denomina Empresario, aquel que dirige la empresa por sí, o por medio de otras personas y con el cual se relacionan jerárquicamente los trabajadores.

Establecimiento: El artículo 6 de la Ley de Contrato de Trabajo, entiende por establecimiento la unidad técnica o de ejecución destinada al logro de los fines de la empresa, a través de una o más explotaciones.

Representación Sindical en la Empresa Número de Representantes - La ley de Asociaciones Sindicales, dispone en el art. 45 - Título XI-: cuando en la Convención Colectiva de Trabajo o en otros acuerdos no se disponga del número mínimo de trabajadores que representarán la asociación profesional en cada establecimiento, éste será el siguiente: -De diez (10) a cincuenta (50) trabajadores, un (1) representante; -De cincuenta y uno (51) a cien (100) trabajadores, dos (2) representantes; -De ciento uno (101) en adelante, un (1) representante más cada cien (100) trabajadores, que excedan de cien (100), a los que deberán adicionarse los establecidos en el inciso anterior. La norma también dispone, que en aquellos establecimientos que tengan más de un turno de trabajo habrá un delegado por turno como mínimo. En aquellas empresas que la representación sindical esté compuesta por tres o más trabajadores, funcionará como cuerpo colegiado y sus decisiones se adoptarán en la forma que determinen los estatutos.

Caso Práctico - Cantidad de Representantes Sindicales en la Empresa Empresa con una dotación de 30 trabajadores y tres establecimientos: Administración: 7 trabajadores no corresponde delegado Planta N 1: 11 trabajadores un (1) delegado Planta N 2: 12 trabajadores un (1) delegado La empresa cuenta con una dotación de 30 trabajadores, distribuidos en en tres establecimientos, pero solamente tiene dos delegados por no alcanzar con el mínimo de 10 en uno de los establecimientos.

Empresa con una Dotación de 33 Trabajadores y Tres Establecimientos: Administración: 11 trabajadores un (1) delegado Planta N 1: 12 trabajadores un (1) delegado Cuerpo Colegiado Planta N 2: 10 trabajadores un (1) delegado En este caso, la empresa cuenta con una dotación de 33 trabajadores distribuidos en en tres establecimientos, los cuales cuentan con un mínimo de 10 trabajadores por establecimiento. En este ejemplo la empresa contará con un cuerpo colegiado compuesto por tres representantes gremiales.

Empresa con una Dotación de 23 Trabajadores y Tres Establecimientos: Administración: 9 trabajadores no corresponde delegado Planta N 1: 8 trabajadores no corresponde delegado Planta N 2: 6 trabajadores no corresponde delegado Como se puede observar en este ejemplo, la empresa tiene una dotación de 23 trabajadores, si bien supera la cantidad de diez, no corresponde representante gremial, en virtud que cada establecimiento no tiene como mínimo una dotación de 10 trabajadores.

Se aclara que estas normas son las básicas en esta materia, debiéndose observar que los convenios colectivos de trabajo como así también los estatutos de las asociaciones sindicales, pueden disponer otras pautas, como por ejemplo, un mayor número de representantes, entre otras normativas sobre el tema desarrollado. ***