Los pluses de toxicidad y peligrosidad son complementos salariales derivados del puesto de trabajo y por tanto computables en su totalidad.

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Indique si las siguientes afirmaciones son verdaderas (V) o falsas (F). El acierto es un punto positivo, el fallo es un punto negativo y no contestar no puntúa. Respuesta Afirmación 1 La Tesorería General de la Seguridad Social es el organismo encargado del reconocimiento y control de las prestaciones. 2 Para el reforzamiento del sistema público de pensiones se ha articulado como única medida la separación de las fuentes de financiación, según la naturaleza contributiva o no de las prestaciones que se otorguen. 3 El Fondo de Garantía Salarial, garantiza como máximo el doble del salario mínimo profesional y hasta un máximo de 5 meses. 4 Los pluses de toxicidad y peligrosidad son complementos salariales derivados del puesto de trabajo y por tanto computables en su totalidad. 5 La base de cotización por horas extras es la misma que la base de cotización de contingencias profesionales. 6 Para que un trabajador esté incluido en el Régimen General, al menos debe tener al menos 18 años cumplidos. 7 Las Cooperativas de Trabajo Asociado pueden elegir en sus Estatutos la adscripción al Régimen General o al Especial de Autónomos para sus sociostrabajadores 8 El trabajador puede recibir su salario en dinero y en especie, pero el valor en especie debe ser siempre inferior o igual al 30% del salario total 9 La base de cotización para desempleo es la misma que la base de cotización para Contingencias Comunes 10 Todos los españoles, por el hecho de serlos, están incluidos dentro de la Seguridad Social 11 Los complementos a mínimos de las pensiones contributivas de la Seguridad Social forman parte de las prestaciones de naturaleza contributiva. 12 Los gastos de locomoción y las dietas de viaje recibidas por el trabajador deben computarse íntegramente en su base de cotización para contingencias profesionales 1

Respuesta Afirmación 13 En el Régimen General para aquellos trabajadores que se quieran jubilar y hubieran cotizado con anterioridad al 1 de enero de 1967 se les da la opción a elegir entre dos formas para el cálculo de los años cotizados. 14 La base reguladora de la prestación de jubilación contempla las 180 últimas bases de cotización por contingencias profesionales del trabajador en el Régimen General 15 Si el trabajador tiene 65 años o más y 38 años y medio cotizados o más no tiene obligación de cotizar a la Seguridad Social si sigue trabajando 16 En el Régimen General un trabajador puede jubilarse sin estar en alta 17 La duración de la prestación de Incapacidad Temporal es de 12 meses. 18 En el Régimen General un trabajador puede percibir la prestación de incapacidad temporal sin estar en alta 19 El periodo máximo de percepción del subsidio de incapacidad temporal es de 6 meses, prorrogables por otros 6 en caso del periodo de observación. 20 Cuando un trabajador está en situación de incapacidad temporal queda en suspenso la obligación de cotizar a la Seguridad Social 21 La Protección por Maternidad contempla como hecho causante el nacimiento del hijo y la adopción, incluido el acogimiento previo. 22 En el Régimen General un trabajador hombre puede percibir la prestación de protección por maternidad 23 Si una pareja adopta en la misma fecha dos niños de 4 y 8 años de edad y además el segundo de estos con un grado de minusvalía del 65%, tienen derecho a 18 semanas de prestación por maternidad. 2

Las siguientes preguntas son de elección múltiple. Rodee con un círculo las respuestas que considere correctas. El acierto es un punto positivo, el fallo es un punto negativo y no contestar no puntúa. 24. La cotización en el Régimen General se realiza para los siguientes conceptos: a. Contingencias Comunes y Profesionales b. Contingencias Comunes, Profesionales y Desempleo c. Contingencias Comunes y Profesionales, Desempleo, F. Profesional, FOGASA y Maternidad d. Contingencias Comunes y Profesionales, Desempleo, F. Profesional y FOGASA 25. La base de cotización por contingencias comunes por la que cotizará mensualmente un trabajador de retribución diaria con los siguientes conceptos económicos: Salario Base : 50 /día 10 /día Plus de actividad: 3.650 /año Prestación Familiar: 150 /mes Plus de Transporte: 30 /mes Horas Extras: 150 /mes y dos pagas extraordinarias de 30 días cada una de ellas por Salario Base, Antigüedad y Prestación Familiar es (mes de 30 días) es: a. 79,86 /día b. 2.420,55 /mes c. 2.545,89 /mes d. 2.395,89 /mes. 26. La base de cotización por contingencias profesionales de un trabajador de retribución mensual con los siguientes conceptos económicos es: Salario Base : 500 /mes 100 /mes Prestación Familiar: 150 /mes Plus de Transporte: 30 /mes Horas Extras: 150 /mes Y dos pagas extraordinarias por Salario Base, Antigüedad y Prestación Familiar es: a. 875 /mes b. 700 /mes c. 725 /mes d. 850 /mes. 27. Las horas extraordinarias se integran dentro de las base de cotización a. De Contingencias Comunes b. De Contingencias Profesionales c. De Contingencias Comunes y Profesionales d. La mitad para Contingencias Comunes y la otra mitad para Contingencias Profesionales e. No se integran en ninguna base de cotización. 3

28. La base de cotización por contingencias comunes de un trabajador de retribución mensual con los siguientes conceptos económicos es: Salario Base: 500 /mes 100 /mes Prestación Familiar: 150 /mes Plus de Transporte: 30 /mes Horas Extras: 150 /mes Y dos pagas extraordinarias por Salario Base, Antigüedad y Prestación Familiar es: a. 875 /mes b. 700 /mes c. 725 /mes d. 850 /mes. 29. La base de cotización por contingencias profesionales por la que cotizará mensualmente un trabajador de retribución diaria con los siguientes conceptos económicos: Salario Base : 50 /mes 10 /mes Plus de actividad: 3.650 /año Prestación Familiar: 150 /mes Plus de Transporte: 30 /mes Horas Extras: 150 /mes Y dos pagas extraordinarias de 30 días cada una de ellas por Salario Base, Antigüedad y Prestación Familiar es (mes de 30 días) es: a. 79,86 /día b. 2.420,55 /mes c. 2.545,89 /mes d. 2.395,89 /mes. 30. Cuál será la base reguladora de la pensión de jubilación correspondiente a un trabajador afiliado al Régimen General, teniendo en cuanta que la suma actualizada de las bases de cotización de los 300 meses anteriores es de 83.394,50.? a. 260,50 b. 250 c. 277,98 d. 238,27. 31. Siguiendo con el supuesto anterior, si el trabajador ha cotizado ininterrumpidamente desde los 25 años hasta los 65 años, edad en la que pretende jubilarse, Qué porcentaje le corresponde por años cotizados? a. 90% b. 87% c. 100% d. 85% 32. Si al determinar la base reguladora de la prestación de jubilación en el Régimen General, durante los 36 meses previos al período que ha de tomarse para el cálculo de la base reguladora existieran mensualidades con cotizaciones y posteriormente existe un periodo sin cotización 4

a. Pondremos la base de cotización mínima actual b. Pondremos cero c. Pondremos la base de cotización media del último año cotizado d. Pondremos la base de cotización mínima de ese mes y de ese año.. 33. En una Incapacidad Temporal causada por una enfermedad profesional, la prestación que abona la Seguridad Social el 6º día de baja es: a. El 60% de la base reguladora diaria b. El 75% de la base reguladora diaria c. El 100% de la base reguladora diaria d. Depende de la situación que haya provocado la enfermedad profesional 34. En una Incapacidad Temporal debido a un Periodo de Observación en el que tras terminar el periodo máximo en él, al trabajador se le dictamine una enfermedad profesional, la duración máxima desde el inicio de la baja es de: a. 18 meses. b. 12 meses. c. 24 meses. d. 30 meses. 35. En una Incapacidad Temporal debida a un accidente no laboral, el periodo previo de cotización para ser beneficiario del subsidio es de: a. 180 días dentro de los 5 años anteriores al hecho causante b. No se exige periodo previo alguno c. 1.800 días cotizados dentro de los 10 años anteriores al hecho causante d. Depende de la situación que haya provocado el accidente no laboral 36. En una Incapacidad Temporal causada por un accidente no laboral, la prestación que abona la Seguridad Social el 6º día de baja es: a. El 60% de la base reguladora diaria b. El 75% de la base reguladora diaria c. El 100% de la base reguladora diaria d. Depende de la situación que haya provocado el accidente no laboral 37. En una Incapacidad Temporal debido a un Periodo de Observación en el que tras terminar el periodo máximo en él, al trabajador se le dictamine una enfermedad común, la duración máxima desde el inicio de la baja es de: a. 18 meses. b. 12 meses. c. 30 meses. d. 24 meses. 38. En una Protección por Maternidad, la prestación en caso de tener gemelos será: a. 200% de la base reguladora durante 16 semanas b. 100% de la base reguladora durante 18 semanas c. 200% de la base reguladora durante 18 semanas d. 200% de la base reguladora durante 9 semanas y 100% de la base reguladora durante las últimas 9 semanas 5

39. En una Protección por Maternidad, el periodo previo de cotización para un beneficiario de 24 años de edad puede ser de: a. 180 días a lo largo de toda su vida laboral b. No se exige periodo previo alguno c. 180 días cotizados dentro de los 10 años anteriores al hecho causante d. 180 días dentro de los 5 años anteriores al hecho causante y los últimos 9 meses cotizados ininterrumpidamente 40. En una Protección por Maternidad, la prestación en caso de tener trillizos será: a. 300% de la base reguladora durante 16 semanas b. 100% de la base reguladora durante 18 semanas c. 300% de la base reguladora durante 18 semanas d. 300% de la base reguladora durante 9 semanas y 100% de la base reguladora durante las últimas 9 semanas 6