PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO P-SA-16 CAMBIOS DE CARRERA

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Transcripción:

Hoja: 2 de 5 1. OBJETIVO Establecer los lineamientos para la autorización de algún cambio de carrera entre aquellas que sean afines, solicitados por el alumnado de nivel Técnico Superior Universitario, con base en lo establecido en el artículo 37 del Reglamento para los Alumnos de la Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl. 2. ALCANCE Alumnado del nivel Técnico Superior Universitario que curse alguna de las carreras que se imparten en la UTN, así como Unidades Administrativas involucradas en el proceso. 3. TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES UTN. Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl. DSE. Departamento de Servicios Escolares. TSU. Técnico Superior Universitario. 4. INTERACCIÓN CON OTROS PROCESOS 4.1. Procesos clave, procesos normativos, etc. 5. INSUMOS: 5.1. Oficio de autorización de cambio de carrera, suscrito por el ó la titular de la Secretaría Académica. 5.2. Solicitud de Cambio, autorizada. 5.3. Solicitud de Baja, debidamente requisitada. 6. RESPONSABILIDADES 6.1. Del Titular de la Secretaría Académica. a) Aprobar el presente procedimiento. b) Recibir y dar respuesta a las solicitudes de cambio de carrera, presentadas por el alumnado de la UTN. c) Analizar las estadísticas de cambios de carrera en cada periodo. 6.2. Titular de las Divisiones Académicas. a) Emitir en su caso, el visto bueno para el cambio de carrera en el formato denominado Solicitud de Cambio. 6.3. Del alumnado. a) Presentar oportunamente su solicitud de cambio de carrera a través del oficio dirigido al Titular de la Secretaría Académica, así como el formato denominado Solicitud de Cambio. b) Reunir la documentación requerida y entregar en tiempo y forma al DSE, para el inicio del trámite de cambio de carrera. 6.4. Del Titular de la Subdirección de Servicios Académicos. a) Revisar la actualización del presente procedimiento. b) Revisar las estadísticas de cambios de carrera en cada periodo. 6.5. Del Titular del Departamento de Servicios Escolares. a) Elaborar y actualizar el presente procedimiento. b) Emitir el visto bueno a los expedientes de solicitud de cambio de carrera, que fueron autorizados. 6.6. Del Encargado o de la Encargada de carrera del Departamento de Servicios Escolares. a) Entregar el formato denominado Solicitud de Cambio, al alumno ó la alumna que así lo requiera, de acuerdo con el procedimiento establecido. b) Entregar el formato denominado Solicitud de Baja al alumno ó la alumna que presente la Solicitud de Cambio, debidamente autorizada.

Hoja: 3 de 5 c) Realizar los cambios en el SIIE respecto a los datos escolares al alumno ó la alumna que le fue autorizado un cambio de carrera, siempre y cuando se tenga el visto bueno del Titular del DSE en el expediente del alumno ó la alumna. 7. POLÍTICAS 7.1. Los cambios de carrera podrán ser autorizados por única vez durante la primera semana del segundo o tercer cuatrimestre, siempre y cuando el cupo de los grupos lo permita, el o la solicitante haya acreditado todas las materias del primero o segundo cuatrimestre cursados, haya obtenido un promedio mínimo de 8.0 en el cuatrimestre anterior que cursó, y no presente adeudos de materiales de laboratorio, deportivos, bibliográficos, o de cuotas escolares. 7.2. Toda solicitud deberá ser presentada por escrito, al Titular de la Secretaría Académica, quien emitirá oficio de respuesta donde se especifique Se autoriza o No se autoriza. 7.3. El cambio de carrera no tiene costo, sin embargo es requisito indispensable haber cubierto el pago de la cuotas escolares que correspondan. 7.4. En caso de ser procedente el cambio de carrera, se registrará al alumno ó la alumna en el cuatrimestre que sea asignado por el Titular de la carrera motivo de la solicitud de cambio. 7.5. Es obligación del alumnado al que se le autorizó un cambio de carrera, solicitar el cambio de credencial de estudiante y cubrir el costo correspondiente. 7.6. Se consideran carreras afines las siguientes: Tecnologías de la Información y Comunicación Área Redes y Telecomunicaciones, Tecnologías de la Información y Comunicación Área Sistemas Informáticos y, Tecnologías de la Información y Comunicación Área Multimedia y Comercio Electrónico. 8. DESARROLLO 1 Alumnado Acude durante los tres primeros días hábiles del inicio del segundo o tercer cuatrimestre de nivel TSU, con el encargado ó la encargada de carrera en el DSE, y solicita informes respecto a una solicitud de cambio de carrera. Brinda al interesado ó interesada la siguiente información referente al cambio de carrera: 2 Encargado ó la Encargada 1) Se tiene derecho sólo a un cambio de carrera. 2) Debe existir afinidad entre la carrera que cursa actualmente y a la que desea cambiarse. 3) Haber aprobado la totalidad de las materias del primer o segundo cuatrimestre cursado y haber obtenido un promedio mínimo de 8.0. 4) No presentar adeudo de materiales de laboratorio, deportivos, bibliográficos, inscripción, anualidad y cuota cuatrimestral. 5) Entregar escrito dirigido al titular de la Secretaría Académica durante la primera semana del segundo o tercer cuatrimestre, el cual debe contener: nombre completo, matrícula, carrera que cursa y carrera en la que está interesado en solicitar el cambio, y especificar los motivos por los cuales requiere el cambio. 6) Presentar en la ventanilla que le corresponda en el DSE, original de los documentos que se mencionan a continuación: Formato de Solicitud para Cambio (Anexo A) debidamente requisitado. Formato de Solicitud de Baja (Anexo B) debidamente requisitado. Credencial de alumno. 7) En caso de autorización de la solicitud, el interesado ó la interesada debe gestionar a la brevedad la credencial de alumno ó alumna que especifique el nombre de la carrera a la que se cambió, cuyo costo es a cargo del propio alumno ó alumna.

Hoja: 4 de 5 3 Alumnado Si cumple con los requisitos señalados en los apartados 1, 2, 3 y 4, elabora escrito de solicitud de cambio de carrera, entrega en la oficina del Titular de la Secretaría Académica y obtiene acuse de recibo. Recibe solicitud, analiza y consulta con el Titular de la División Académica respecto al cupo en la carrera que solicita el interesado ó la interesada y emite respuesta por escrito donde especifica: Se autoriza o No se autoriza, además de instar al interesado ó la interesada a realizar a la brevedad el trámite de cambio de la credencial de alumno ó alumna, cuyo costo es a cargo del mismo. Transcurrido el plazo de tres días hábiles, 4 entrega escrito como sigue: Titular de la Secretaría Original, para el interesado ó interesada. Académica Primer copia, para el Titular de la División Académica que alberga la carrera que actualmente cursa el interesado ó interesada. Segunda copia, para el Titular de la División Académica que alberga la carrera requerida por el interesado ó la interesada Tercer copia, al Titular de la Subdirección de Servicios Académicos, para conocimiento y seguimiento. Cuarta copia, al Titular del DSE, para actualizar los registros en el SIIE. 5 Alumnado Transcurridos tres días hábiles, acude a la oficina del Titular de la Secretaría Académica y pregunta por la respuesta a la solicitud de su cambio de carrera. Obtiene documento de respuesta en donde se especifica si fue procedente o no la autorización. Si el cambio fue autorizado, acude con el encargado ó encargada de carrera en el DSE y solicita el formato de Solicitud para Cambio, requisita y acude con los Titulares de las Divisiones Académicas 6 Titular de la División Académica 7 Alumnado 8 9 Encargado ó Encargada Encargado ó Encargada 10 Titular del DSE 11 Titular del DSE involucradas en el cambio, recaba firmas y sello. Recibe formato de Solicitud para Cambio, coteja el número de oficio de autorización que en su oportunidad fue remitido por el Titular de la Secretaría Académica, firma, sella, obtiene copia y archiva. Acude con el encargado ó la encargada de carrera en el DSE, a realizar el trámite de cambio de carrera, y presenta los documentos en original y copia para acuse de recibo. Revisa en el SIIE que el interesado ó interesada cumpla con todos los requisitos establecidos en la actividad 2, requisita el formato de Baja Definitiva e integra un expediente del alumnado, que contiene lo siguiente: 1) Original del formato de Solicitud para Cambio, debidamente requisitado. 2) Original del formato de Solicitud de Baja, debidamente requisitado. 3) Credencial del alumno ó alumna. 4) Original de los comprobantes de no adeudo. 5) Copia del oficio emitido por el ó la Titular de la Secretaría Académica mediante el cual autoriza al interesado ó interesada el cambio de carrera. Acude con el Titular del DSE, y entrega el expediente del alumno o la alumna para su visto bueno. Recibe expediente, revisa, plasma su visto bueno y entrega al encargado ó la encargada de la carrera que a partir de la autorización del cambio al alumno ó alumna, llevará a cabo el control de sus registros escolares. Solicita al Responsable del SIIE, el traslado de las calificaciones de la carrera que cursaba el interesado ó interesada a la carrera a la que se le

Hoja: 5 de 5 autorizó el cambió, posteriormente revisa en el SIIE que éste se haya realizado. 12 Titular del Departamento de Servicios Escolares Emite periódicamente el Reporte de Cambios (Anexo C) y lo remite a los Titulares de la Secretaría Académica y la Subdirección de Servicios Académicos. 9. RESULTADOS Reporte de cambios de carrera realizados periódicamente, emitido por el SIIE. 10. SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN El Titular del DSE, emite el visto bueno en el expediente del alumno ó la alumna al que le fue autorizado un cambio, a fin de comprobar que reunió todos los requisitos establecidos en el Reglamento para los Alumnos de la Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl y el presente procedimiento. Asimismo, emite el reporte de Cambios realizados, a fin de conocer la cifra alcanzada en cada cuatrimestre. 11. REFERENCIAS Reglamento para los Alumnos de la Universidad Tecnológica de Nezahualcóyotl. Manual General de Organización de la UTN. 12. ANEXOS ANEXO DESCRIPCIÓN CÓDIGO A Solicitud de Cambio. F-SA-16-01 B Solicitud de Baja. F-SA-15-01 C Reporte de Cambios. 13. DISTRIBUCIÓN El original impreso y electrónico para el o la Representante de la Dirección del SGC. Una copia controlada en electrónico para la página Web Institucional. 14. PERSONAL DE APOYO EN LA REVISIÓN Y ADECUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO N/A