SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA DIRECCIÓN DISTRITAL DE CONTABILIDAD OPERACIONES RECÍPROCAS
AGENDA 1. Presentación 8: 00-8:15 2. Bogotá Consolida 8: 15-9: 00 Amanda Santiago 3. Generalidades Proceso Consolidación 9: 00-9: 30 Jairo Rojas 4. Casos Particulares 9: 30-10:00 Álvaro Guzmán RECESO OPERAIONES RECÍPROCAS 5. Operaciones Recíprocas 10: 00-11:30 SGCH Asesores Ent. Otros casos
PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DIRECCIÓN DISTRITAL DE CONTABILIDAD (Acuerdo 17 de 1995 Concejo) Competencias DDC Impartir Instrucciones Prescribir Métodos y procedimientos Consolidación de la información contable Bogotá D.C. - CGN Sector Gobierno General Sector Público Distrital - Contraloría
PROCESO DE CONSOLIDACIÓN ESTADOS CONTABLES BOGOTA D.C. Administración Central FDL Código Institucional 210111001 SECTOR GOBIERNO GENERAL Bogotá, D.C. Estapublicos U_Distrital SECTOR PUBLICO DISTRITAL Bogotá, D.C. Entidades descentralizadas
Estructura Administrativa del D.C. ORGANOS DE CONTROL DEPTOS ADTVOS Y U.A.E. CONCEJO PERSONERIA CONTRALORIA VEEDURIA D.A.S.C.. D.A..D.E..P. U.A.E..BOMBEROS SECTOR DESCENTRALIZADO 20 ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS SECRETARIAS HACIENDA MOVILIDAD 1. UNIVERSIDAD DISTRITAL EDUCACIÓN SALUD DESARROLLO ECONOMICO HABITAT PLNEACIÓN INTEGRACIÓN SOCIAL 22 E.S.E. HOSPITALES GOBIERNO S.GENERAL CULTURA RECRE. DEP. AMBIENTE 14 EMPRESAS 20 FONDOS DE DESARROLLO LOCAL 354 FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS
PROCESO DE CONSOLIDACIÓN PROCESO DE AGREGACIÓN Suma algebraica Saldos y movimientos CGN2005_001 Saldos y movimientos CGN2005_002 Operaciones recíprocas Formato DDC-2007-100 -Operaciones Recíprocas con la Administración Central y Local CONSOLIDACIÓN: Agregación Eliminación
PROCESO DE CONSOLIDACIÓN PROCESO DE CONSOLIDACIÓN A partir de la agregación Elimina las operaciones recíprocas entre entes Corregir sobreestimaciones * Método de Integración Global Método de integración global: es el más completo y se aplica a los grupos de entidades. Consiste en incorporar en totalidad los patrimonios netos y los gastos e ingresos de las entidades que forman el grupo, dominante y dependiente. Método de integración proporcional: se puede aplicar a las entidades multigrupo y es similar al método global, pero la integración de las diferentes partidas se realiza únicamente en la proporción que representa las participaciones de las sociedades del grupo en el capital de las multigrupo o participadas.
PROCESO DE CONSOLIDACIÓN ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS Revelan la situación financiera, actividad y flujo de los recursos de las entidades Distritales, como si se tratara de un solo ente contable.
Sustento Legal: DDC- Carta Circular No. 01 de 2007- Operaciones Recíprocas en el Sector Público Distrital Reglas de eliminación http://www.contaduria.gov.co/ Operación recíproca Transacción financiera realizada entre diferentes entes públicos por conceptos que pueden estar asociados con activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos o costos, cualquiera sea el nivel y sector al que pertenezcan. Reglas de Eliminación Conformada por las subcuentas susceptibles de reporte como operación recíproca entre los diferentes entes públicos, constituye un elemento fundamental para adelantar el proceso de consolidación.
Formulario CGN_2005_002 Formato DDC-2007-100: Operaciones Recíprocas con la Administración Central y Local. Se utiliza para que las entidades reporten en forma separada las operaciones recíprocas con dependencias, organismos y fondos de desarrollo local, las cuales aparecen en el formulario CGN2005.002 con Bogotá D.C. código 210111001
CAUSAS DE LAS DIFERENCIAS Errores de registro o imputación contable Cuentas no incluidas en reglas de eliminación Momento de reconocimiento o causación Plazos de entrega de la información Actualización de Inversiones Patrimoniales
CONCILIACIÓN DE OPERACIONES RECIPROCAS Antes de efectuar el cierre trimestral Verificar que se encuentren en reglas de eliminación de la CGN Solicitar regla especifica a la CGN, en caso que se requiera Mediante circularización de saldos
RESOLUCIÓN 357 23 Julio 2008 - Contaduría General de la Nación Por la cual se adopta el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación 3.8. Conciliaciones de información. Deben realizarse conciliaciones permanentes para contrastar, y ajustar si a ello hubiere lugar, la información registrada en la contabilidad de la entidad contable pública y los datos que tienen las diferentes dependencias respecto a su responsabilidad en la administración de un proceso específico.
Formato Resultados Análisis de Operaciones Recíprocas Indica cada una de las partidas que no cruzaron al 100%, presentas las diferencias por conciliar entre los saldos recíprocos reportados por las entidades públicas distritales. Operaciones reportadas sin correspondencia absoluta: Valor que reporta la entidad consolidada sin reciprocidad alguna en la otra entidad. Operaciones reportadas presentándose diferencia: Muestra las cuentas recíprocas reportadas por dos entidades ( reglas de eliminación), pero los saldos son diferentes. Operaciones reportadas por otras entidades sin correspondencia: Valor que reportan otras entidades consolidadas sin que la entidad de análisis presente valor alguno en las cuentas correlativas.
Proceso de Conciliación de Operaciones Recíprocas Una vez recibido el Informe Resultados análisis de operaciones Recíprocas, la Entidad deberá: Analizar las causas de la inconsistencia, identificando si corresponde a errores de registro o imputación contable o saldos por conciliar justificados y/o transitorios. En caso de corresponder a errores de registro o imputación contable, la entidad que haya incurrido en el error deberá comprometerse a efectuar el ajuste respectivo en el trimestre siguiente. Informar por escrito las sugerencias o requerimientos específicos de inclusión de cuentas en las reglas de eliminación con copia del documento soporte respectivo.
Informe de Conciliación de Operaciones Recíprocas La entidad debe dar respuesta a las inconsistencias presentadas por operaciones recíprocas que remita la Contaduría General de la Nación y la Dirección Distrital de Contabilidad. El resultado del proceso de conciliación debe plasmarse en un reporte que cada entidad remitirá dentro de los 10 días hábiles después de recibido el informe de Resultados Análisis de Operaciones Recíprocas,debidamente firmado por el Contador
Informe de Conciliación de Operaciones Recíprocas Gestiones realizadas para efectos de hacer la conciliación Resultado de la gestión realizada Ajustes realizados Mesas de trabajo
GRACIAS POR SU ATENCIÓN