TEMA I. ELABORACIÓN DE EXPEDIENTES TÉCNICOS
Fundamento Legal a) Constitución Política de las Estados Unidos Mexicanos. b) Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo. c) Ley orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo. d) Ley de Planeación y el Reglamento interior de la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional y su Reglamento. e) Ley de Coordinación Fiscal. f) Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
INTRODUCCIÓN La elaboración de expedientes técnicos es la base fundamental para poder realizar obras publicas y servicios relacionados con las mismas, empleando los recursos de origen Federal y/o Estatal, distintos a los cuatro fondos (FUP, FAISM, FDFM, Fiscalización) exclusivos de los ayuntamientos dentro del ramo 33. Los expedientes técnicos son elaborados por las Dependencias, Entidades Paraestatales, Organismos Públicos Descentralizados, y Administraciones Municipales.
Índice Elaboración de Expedientes Técnicos Objetivo. Lineamientos Generales Fundamento Legal. Expediente técnico. Lineamiento para el uso de Catalogo Generales de Precios Unitarios. Anexos.
OBJETIVOS Establecer los lineamientos y responsabilidades de las áreas involucradas en el proceso de: Elaboración, revisión y validación de Expedientes Técnicos de obras, acciones y proyectos Con la finalidad de que las Dependencias, Organismos y Administraciones Municipales cuenten con los elementos técnicos y administrativos que permitan la correcta integración y tramitación de estos, facilitando el proceso de emisión de dictámenes de factibilidad técnica
Objetivos Específicos Congruencia entre la planeación Federal, Estatal y Municipal, vinculado a la ejecución de los programas sectoriales, regionales y especiales con el Plan Estatal de Desarrollo. Coordinación de esfuerzo Estatal y Municipal en la ejecución de programas y proyectos de inversión bajo un enfoque económico y social equilibrado entre los Municipios y Regiones. Correcta ejecución de las obras y acciones que programen las Dependencias. Promover la asistencia y asesoría técnica necesaria a las Dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal para garantizar el cumplimiento de los requisitos y procedimientos de las reglas de operación implementadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para los programas y proyectos con cargo a los recursos federales y Estatales. Autorizar dictámenes de factibilidad de las obras en apego a la normatividad aplicable.
Lineamentos Generales Todo proyecto, obra o acción con previa autorización de recursos, deberá contar con un Expediente Técnico, revisado y validado por esta Dirección General. Consultar los requerimientos y Reglas de Operación del Manual para la emisión de Oficios de Autorización. Para cualquier trámite oficial, presentar el nombramiento con nombre, firma, y fotografía que lo identifique como enlace técnico responsable de la Dependencia y/o Ayuntamiento Municipal.
La UVTEyP expedirá una credencial de identificación y solamente al portador de esta podrá realizar trámites ante esta Dirección General Lineamientos Técnicos Para el adecuado seguimiento al ingreso de los Expedientes Técnicos de las Dependencias, éstas deberán presentar el Programa Operativo Anual (POA), y/o Acta de Priorización de obras, acciones o proyectos del ejercicio fiscal correspondiente. Adicionalmente se entregará una copia legible de la cartera de obras programadas, proporcionada por la Dirección General de Programación de la SEPLADERyM.
La información de los Expedientes Técnicos, será proporcionada únicamente a los Enlaces acreditados de las Dependencias, siendo restrictiva para: Comités de Obra Contratistas Personas ajenas al sector público La Dirección General de la UVTEyP, proporcionará cursos de capacitación y asesoría técnica en materia de integración de expedientes de los ya mencionados los días (martes y viernes) durante todo el año, previa cita. Las Dependencias, deberán apegarse a los lineamientos, disposiciones o reglas de operación vigentes para el año en curso, emitidas por la SHCP y Dependencias normativas Federales para los programas correspondientes, así como las contenidas en el Manual para emisión de Oficio de Autorización.
Los Catálogos Generales de Precios Unitarios, contienen los conceptos de obra con los cuales se regirá la Presupuestarían y Programación de las diferentes obras. Todos los presupuestos que se envíen a la UVTEyP, referentes a cualquier tipo de obra, se regirán con los Catálogos Generales, debiendo utilizar: Clave Descripción del Concepto Precio Unitario De acuerdo al tipo de obra y modalidad de ejecución. Los gastos de Control e Ingeniería conforme al tipo de supervisión se calcularan sobre el subtotal de la obra a precio unitario antes del IVA y no será mayor al 2%, en los fondos donde procedan.
RESPONSABILIDADES DE CADA ÁREA
DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN DE OBRAS Y ACCIONES Brindar a las Dependencias, asesoría técnica para la elaboración de expedientes de obras, acciones y/o proyectos. Llevar el registro de expedientes técnicos de obras, acciones y/o proyectos para su control y seguimiento. Validar técnicamente los expedientes conforme al gasto de inversión de estos y en apego a las normas y lineamientos de la ley de coordinación fiscal en su caso. Evaluar la factibilidad financiera y socioeconómica de las obras. Verificar los indicadores de resultados acordes al tipo de programa y proyecto. Emitir Dictamen de Validación
DIRECCIÓN DE PRECIOS UNITARIOS. Emitir los Catálogos de Precios Unitarios que rijan la obra pública y los diferentes programas de las Dependencias y de la Administración Publica Estatal. Autorizar, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, los Precios Unitarios Extraordinarios de obra pública y de acciones que estén fuera del catálogo general.
FUNDAMENTO LEGAL. a) Constitución Política de las Estados Unidos Mexicanos.. b) Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Hidalgo. c) Ley orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo. d) Ley de Planeación y el Reglamento interior de la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional y su Reglamento. e) Ley de Coordinación Fiscal. f) Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
FUNDAMENTO LEGAL. g) Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público.. h) Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Hidalgo y su Reglamento. i) Ley de obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento. j) Ley de Obras Públicas del Estado de Hidalgo y su Reglamento. k) Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. l) Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado vigente
FUNDAMENTO LEGAL.. m) Plan Estatal de Desarrollo 2011 2016. n) Convenios de Coordinación en materia de Descentralización o reasignación de Recursos. o) Lineamientos para la elaboración y presentación de los análisis costo y beneficio de los programas y proyectos de inversión, publicados en el Diario Oficial de la Federación del 18-12-2013.
. EXPEDIENTE TÉCNICO
Expedientes Técnicos Se le denomina así al documento que incluye la información programático-presupuestal, proyecto ejecutivo, e información socioeconómica y de indicadores de resultados, necesaria para la autorización de los recursos en materia de gasto de inversión durante el ejercicio fiscal vigente.
Tipo de Expedientes Técnicos Inicial Cuando es ingresado por vez primera, para ser dictaminado como factible, sirva como base y sustento del Oficio de Autorización. Modificado Cuando el expediente ha sido Dictaminado y no haya sido emitido Oficio de Autorización, y sea necesario modificar por: Ajuste en el importe del recurso autorizado Cambio de metas. Modificado por Finiquito Por razones de entrega-recepción sea necesario modificar el Expediente Técnico Inicial.
PARTES DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Validación de Campo. Cédula de Registro, Información básica, y Marco referencial. Resumen de Presupuesto Proyecto Ejecutivo: o Presupuesto o Generadores o Explosión de Insumos o Memorias de Cálculo (estructurales, instalaciones, otras...) o Memorias descriptivas o Proyecto Arquitectónico o Proyecto de Ingeniería o Estudios complementarios (impacto ambiental, uso de suelo, protección civil, otras...) o Permisos y licencias (de construcción, derecho de vía, otras...) o Normas y Especificaciones o Planos referenciados o Precios Unitarios Validados o Validación de la Dependencia Normativa
PARTES DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Formato GI-1 (Obras por Administración). Formato GI-2 (Obras por Contrato). Programa de Actividades. Programa Financiero. Croquis de Macro y Micro localización. Análisis socioeconómico de acuerdo a lineamientos vigentes de la SHCP, (Ficha Técnica, Costo-beneficio, etc...). Indicadores de resultados.
DEFINICIÓN DE CONCEPTOS Proyecto Ejecutivo Es el conjunto de planos y documentos que conforman los proyectos arquitectónico y de ingeniería de una obra, el catálogo de conceptos, así como las descripciones e información suficiente para que ésta se pueda llevar a cabo.
DEFINICIÓN DE CONCEPTOS Proyecto de Ingeniería Es el que comprende los planos constructivos, memorias de cálculo y descriptivas, especificaciones generales y particulares aplicables, así como plantas, alzados, secciones y detalle, que permitan llevar a cabo una obra civil, eléctrica, mecánica o de cualquier otra especialidad.
DEFINICIÓN DE CONCEPTOS Análisis Socioeconómico Es la evaluación del proyecto desde el punto de vista de la sociedad en su conjunto; para conocer el efecto neto de los recursos utilizados en la producción de los bienes o servicios sobre el bienestar de la sociedad, debe incluir: costo-beneficio monetario, externalidades y los efectos indirectos e intangibles que se deriven del proyecto.
USO DEL CATÁLOGOS GENERALES DE COSTOS UNITARIOS Y PRECIOS UNITARIO Presupuestos en Obras por Administración De acuerdo al artículo 227 del Reglamento Estatal de Obras Pública y Servicios Relacionados con las mismas; el presupuesto de los trabajos por administración directa, se integrará por: COSTOS UNITARIOS
COSTOS UNITARIOS Se entiende por Costo Unitario a el correspondiente a la suma de cargos por concepto de: Materiales Equipo de Instalación Permanente Mano de Obra Maquinaria o Equipo de Construcción, sea propio o rentado Nota: no podrán incluir cargos imprevistos, ni erogaciones adicionales.
COSTOS UNITARIOS EXTRAORDINARIOS En esta modalidad de ejecución, se deberán elaborar con las cuadrillas de mano de obra por administración, las cuales se emiten conjuntamente con los catálogos generales en forma anual; debiéndose ajustar a los básicos emitidos. Antes de integrar un expediente para que sea validado, primeramente se deben validar los costos y/o precios unitarios extraordinarios para evitar observaciones futuras.
PRESUPUESTACIÓN EN OBRAS POR CONTRATO El presupuesto de los trabajos por Contrato, se integrará de preferencia por Precios Unitarios, o por algún otro contemplado por la ley.
PRECIO UNITARIO De acuerdo al Artículo 170 del Reglamento Estatal de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, se considerará como Precio Unitario, el importe de la remuneración o pago total que debe cubrirse al contratista por unidad de concepto terminado, ejecutado conforme al Proyecto, especificaciones de construcción y normas de calidad; se integra con: Costos Directos correspondientes al concepto de trabajo Costos Indirectos Costo por Financiamiento Cargo por Utilidad de Contratista Cargos Adicionales
PRECIO UNITARIO De acuerdo al Artículo 170 del Reglamento Estatal de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, se considerará como Precio Unitario, el importe de la remuneración o pago total que debe cubrirse al contratista por unidad de concepto terminado, ejecutado conforme al Proyecto, especificaciones de construcción y normas de calidad; se integra con: Costos Directos correspondientes al concepto de trabajo Costos Indirectos Costo por Financiamiento Cargo por Utilidad de Contratista Cargos Adicionales
GRACIAS!