CONTROLES DE SEGUNDO NIVEL:

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Transcripción:

CONTROLES DE SEGUNDO NIVEL: CONTROLES DE OPERACIONES SEMINARIO INTERREG EUROPE (1ª CONVOCATORIA) 2 0 D E S EPT I EMBRE D E 2 0 1 6 1

AUTORIDA D D E AUDITORÍA:IGAE!Los Estados miembros que participan en el programa de cooperación territorial tienen que designar una autoridad de auditoría única.!la autoridad de auditoría y la autoridad de gestión tienen que están ubicadas en el mismo Estado miembro.!la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) es la autoridad de auditoría en el marco financiero 2014-2020 de: Programa de Cooperación Interreg V A España-Francia-Andorra 2014-2020 (POCTEFA) Programa de Cooperación Interreg V A España-Portugal 2014-2020 (POCTEP) Programa de Cooperación Interreg V B Europa Suroccidental 2014-2020 (SUDOE) 2

AUTORIDA D D E AUDITORÍA:IGAE!La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) forma parte del grupo de auditores en el marco financiero 2014-2020 de: Programa de Cooperación Interreg V B Mediterráneo (MED) Programa de Cooperación Interreg V A España-Portugal (Madeira-Azores-Canarias) (MAC) Programa de Cooperación Interreg V B Espacio Atlántico Programa de Cooperación Interreg Europe Urban III Espon Interact III 3

AUTORIDA D D E AUDITORÍA:IGAE!La Intervención General de la Administración del Estado, encuadrada en la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ejerce el control interno de la gestión económica y financiera del sector público estatal, con plena autonomía respecto de las autoridades y demás entidades cuya gestión controle.!el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, establece en la letra i) de su artículo 11 que le corresponden a la IGAE las actuaciones derivadas del ejercicio del control de fondos comunitarios, en lo que se refiere al ejercicio de las funciones de la autoridad de auditoría en aquellos programas en los que la IGAE tenga tal condición. 4

AUTORIDA D D E AUDITORÍA FUNCIONE S DE L A AUTORIDAD DE AUDITORÍ A (art. 127 Reglamento (UE) 1303/2013) Deberá garantizar que se audite el correcto funcionamiento del sistema de gestión y control del programa operativo y una muestra apropiada de las operaciones sobre la base del gasto declarado. El gasto declarado se auditará sobre la base de una muestra representativa, y, como normal general, se basará en métodos de muestreo estadísticos. En el plazo de ocho meses tras la adopción de un programa operativo, la autoridad de auditoría preparará una estrategia para realizar las auditorías. Esta estrategia de auditoría expondrá la metodología de auditoría, el método de muestreo para auditar las operaciones y la planificación de auditorías. 5

AUTORIDA D D E AUDITORÍA FUNCIONE S DE L A AUTORIDAD DE AUDITOR ÍA (art. 127 Reglament o (UE) 1303/2013) Elaborará: a) Un dictamen de auditoría que determinará si las cuentas ofrecen una imagen fidedigna, si los gastos para los que se ha solicitado el reembolso a la Comisión son legales y regulares y si los sistemas de control establecidos funcionan correctamente. También indicará si el trabajo de auditoría pone en duda las afirmaciones hechas en la declaración de fiabilidad. b) Un informe de control en el que se expongan las principales conclusiones de las auditorías realizadas, incluidas las deficiencias halladas en los sistemas de gestión y control, y las medidas correctivas propuestas y aplicadas. Si la s auditoría s so n realizada s po r un organis mo distint o de l a autorida d garantiza r que aque l teng a l a independenci a funciona l necesaria. L a autorida d de auditoría deberá cerciorars e de que lo s trabajo s norma s de auditoría internacionalment e aceptadas de auditoría, est a deberá de auditorí a tiene n e n cuent a la s 6

AUTORIDA D D E AUDITORÍ A Y GRUP O D E AUDITORES GRUPO DE AUDITORES (art. 25 Reglament o (UE) 1299/2013) Cuando la autoridad de auditoría no disponga de la autorización para ejercer directamente sus funciones en todo el territorio al que se aplique el programa de cooperación, estará asistida por un grupo de auditores, compuesto de un representante de cada uno de los Estados miembros o de los terceros países participantes en el programa de cooperación, que desempeñará las funciones previstas en el artículo 127 del Reglamento (UE) 1303/2013. Cada Estado miembro o, en caso de que haya aceptado la invitación a participar en el programa de cooperación, cada tercer país, será responsable de las auditorías llevadas a cabo en su territorio. Cada representante de cada Estado miembro o tercer país que participe en el programa de cooperación será responsable de proporcionar los elementos de hecho relativos a los gastos en su territorio que la autoridad de auditoría requiera para llevar a cabo su evaluación. Los auditores serán operativamente independientes de los controladores que llevan a cabo las verificaciones de primer nivel. 7

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-OBJETIVOS!Las auditorías de las operaciones se efectuarán para cada ejercicio en relación con una muestra de las operaciones seleccionada según un método de muestreo establecido por la autoridad de auditoría y el grupo de auditores.!las auditorías de las operaciones se llevarán a cabo sobre la base de los documentos justificativos que constituyen la pista de auditoría y verificarán la legalidad y regularidad del gasto declarado a la Comisión, entre ellos los siguientes aspectos: a) que la operación se seleccionó de acuerdo con los criterios de selección para el programa operativo, no se completó físicamente ni se ejecutó plenamente antes de que el beneficiario presentara la solicitud de financiación con cargo al programa operativo, se ha ejecutado de conformidad con la decisión aprobatoria y ha cumplido todas las condiciones aplicables en el momento de la auditoría respecto a su funcionalidad, uso, y los objetivos que han de alcanzarse; 8

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-OBJETIVOS b) que el gasto declarado a la Comisión se corresponde con lo que consta en los documentos contables y que los documentos justificativos requeridos demuestran una pista de auditoría adecuada c) Que los gastos declarados por el beneficiario son conformes a las normas comunitarias y nacionales d) que se ha abonado la contribución pública al beneficiario e) incluirán la verificación in situ de la ejecución física de la operación f) verificarán la precisión e integridad del gasto correspondiente registrado por la autoridad de certificación en su sistema contable y la conciliación de la pista de auditoría a todos los niveles 9

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-OBJETIVOS Se realizarán pruebas para verificar el cumplimiento de los objetivos en relación con, entre otros, los siguientes aspectos: -Definición de la operación -Certificaciones y declaraciones de gasto a las que se refiere -Cofinanciación nacional -Subvencionabilidad de los gastos -Pista de auditoría -Concurrencia de ayudas -Ingresos generados -Contratación pública -Requisitos información y publicidad -Requisitos medioambientales, políticas de igualdad -Pago de la ayuda financiera 10

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-ALCANCE El objeto del control serán los gastos pagados de una operación concreta por el beneficiario objeto de control recogidos en las certificaciones realizadas por la autoridad de certificación a la Comisión, incluidos en el plan de control elaborado por la autoridad de auditoria y aprobado por el grupo de auditores. Posibilidad de ampliar el alcance: si el gast o controlado seleccionado inicialmente (gasto de la muestra aleatori a) se corresponde con el gasto de una transacción (es decir, no se trata de una operación complet a sin o de un a parte) 11

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-PROCEDIMIENTO INICIO El órgano de control comunicará a la entidad objeto de control el inicio del control, así como a la autoridad de gestión y la autoridad de certificación. Todas las comunicaciones se harán por medios electrónicos (aplicación FOCO). EJECUCIÓN DEL CONTROL Se realizarán las pruebas incluidas en el programa de trabajo y todas aquellas que se estimen oportunas para obtener una evidencia suficiente, pertinente y válida. Para la realización de determinadas pruebas del programa de trabajo es necesario el acceso a la aplicación informática de gestión del programa (Coopera 2020,...). En el caso de que los controles se realicen por firmas de auditoría privadas contratadas, la responsabilidad de la dirección y supervisión de las auditorías contratadas con una firma privada corresponde a la autoridad de auditoría y al grupo de auditores. 12

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-PROCEDIMIENTO EMISIÓN DE INFORMES Borrador o informe provisional:el trabajo de auditoría desarrollado se refleja en un borrador o informe provisional. Los informes deberán contener los resultados y conclusiones de la auditoría con el suficiente grado de detalle, así como las recomendaciones. Se remite al órgano controlado, a la autoridad de gestión y la autoridad de certificación. Alegaciones: se concede un plazo para que el órgano controlado pueda presentar alegaciones. También pueden presentar alegaciones/observaciones las autoridades de gestión y de certificación. Informe definitivo: se emite después de analizar y valorar las alegaciones presentadas. Se remite al órgano controlado, a la autoridad de gestión y la autoridad de certificación. 13

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-PROCEDIMIENTO IRREGULARIDADES En los informes de control se podrán de manifiesto las irregularidades detectadas, indicando naturaleza de la incidencia y la cuantía que debe ser objeto de descertificación. Concepto de irregularidad (art. 2.apartado 36 Reglamente (UE) 1303/2013): Todo incumplimiento del Derecho de la Unión o del Derecho nacional relativo a su aplicación, derivado de un acto u omisión de un operador económico que participa en la ejecución de los Fondos EIE, que tenga o pueda tener un efecto perjudicial en el presupuesto de la Unión al imputar a este una partida de gasto injustificado. la Irregularidades Correcciones financieras Retiradas Recuperaciones 14

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-INFORM E ANUA L D E CONTRO L DICTAMEN Y!Conforme a los resultados de las auditorías de las operaciones a los efectos del dictamen de auditoría y el informe de control anual, la autoridad auditora calculará una tasa de error total, que equivaldrá a la suma de los errores aleatorios proyectados y, si procede, los errores sistémicos y los errores anómalos sin corregir, dividida entre la población. Gasto declarado Gasto controlado Error total población e errores aleatorios proyectados errores sistémicos errores anómalos sin corregir Error muestra 15

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-INFORM E ANUA L D E CONTRO L DICTAMEN Y!Error total residual= Error total población-correcciones financieras aplicadas!índice de error total/índice de error total residual se compara con el umbral de materialidad a fin de determinar si la población contiene inexactitudes importantes o no y el impacto en el dictamen de auditoría. Umbral de materialidad= 2% del gasto incluido en la población 16

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-INFORM E ANUA L D E CONTRO L DICTAMEN Y CRONOGRAMA En el informe anual de control que se presenta el 15/02/n+2, se informa de las auditorías de sistemas, de operaciones y de cuentas relativas a los gastos incluidos en las solicitudes de pago presentadas a la Comisión para el ejercicio contable del 01/07/n al 30/06/n+1 (plazo de la última solicitud de pago 31/07/N+1) 01/07/n Ejercicio contable 30/06/n+1 15/02/n+2 31/07/n+1 (última solicitud de pago) 17

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-INFORM E ANUA L D E CONTRO L DICTAMEN Y Resultados de las auditorías de operaciones (índice de error total, índice de error residual) de las auditorías de sistemas nivel de garantía alto (categoría 1)/medio(categoría 2,3)/bajo(categoría 4)-y auditoría de las cuentas INFORME ANUAL DE CONTROL -Nivel global de garantía sobre el buen funcionamiento del sistema de gestión y control -Evaluación de correcciones financieras, necesidad de medidas correctoras DICTAMEN -Sin reservas -Con reservas -Desfavorable -Abstención de opinión 18

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-DICTAMEN Dictamen sin reservas: índice de error total inferior o igual al 2% y SGC con categoría 1 o 2; si el índice de error total es superior al 2%, pero el índice de error total residual inferior al 2%; Si SGC con categoría 3 y el índice de error total superior al 2%, dictamen con reservas, excepto si el índice de error residual es igual o inferior al 2% (dictamen sin reservas). Dictamen con reservas: índice de error total superior al 5% o SGC con categoría 3 o 4. Dictamen desfavorable: índice de error total superior al 10% o SGC con categoría 4. Abstención de opinión: cuando la AA no pueda auditar por causas externas ajenas a su responsabilidad. Casos excepcionales. 19

AUDITORÍA S D E OPERACIONES-ERRORE S MÁ S FRECUENTES ERRORES MÁS FRECUENTES EN EL MARCO 2007-2013 -Incumplimientos en materia de contratación pública (utilización de criterios de solvencia para la valoración de ofertas, modificados de contratos, fraccionamiento, falta de publicidad ) -Gasto no elegible por naturaleza -Documentación justificativa insuficiente o inexistente -Documentación justificativa incorrecta -Gasto no elegible por período 20