ACUERDO PARA EL NUEVO CUADRO DE INCENTIVOS AL EMPLEO ESTABLE, AYUDAS A FAVOR DEL AUTOEMPLEO Y MAPA DE LAS ACTUACIONES TERRITORIALES PARA EL EMPLEO Como ya sabéis, el 25 de enero se firmó el VI Acuerdo de Concertación Social en Andalucía. Y uno de los núcleos básicos del contenido de la concertación son las Políticas Activas de Empleo. Las partes firmantes del Acuerdo se ratifican en la necesidad de seguir fomentando el empleo estable en Andalucía a través de incentivos al empleo de carácter específico. Este objetivo coincide con los alcanzados en nuestro 9º Congreso, celebrado en Sevilla, los días 1, 2 y 3 de diciembre del pasado año. En el, se apuesta por una nueva política de incentivos a favor de la contratación, en coordinación con las políticas estatales, que permitan avanzar en el objetivo de la estabilidad. En atención a este compromiso se apuesta por una política selectiva en materia de incentivos, orientados hacía grupos más específicos dentro de los colectivos con mayor dificultad para incorporarse al mercado de trabajo y, a su vez, orientados a sectores productivos de la economía andaluza, en donde, las tasas de paro y de temporalidad alcanzan los mayores índices. Asimismo, se apuesta, en relación a las mujeres, establecer incentivos a favor de la contratación estable en los sectores en donde estén subrepresentadas y en situaciones singulares en la vida laboral de la mujer, como puede ser su incorporación al mercado laboral tras la maternidad. En el VI Acuerdo de Concertación se establece dentro del Capitulo III Cultura de la Calidad en el Empleo, la creación, entre otros, de un grupo de trabajo de Incentivos al Empleo, con el compromiso de establecer en el plazo de 6 meses a partir de la firma del Acuerdo, las prioridades de ayudas, los colectivos beneficiarios, territorios en los que incidir específicamente, sectores, medidas, cuantías y procedimientos que permitan la operatividad y eficacia de estas medidas, con especial incidencia en jóvenes y mujeres.
Hemos participado, junto con la UGT, CEA y la Dirección General de Fomento del Empleo, en ese grupo de trabajo, trabajando intensamente para dar cumplimiento a este compromiso y, en el día de hoy,( 10 de marzo) ya podemos anunciar la culminación de un documento borrador de Decreto por el que se va a regular los Incentivos, las actuaciones territoriales para el empleo, así como la norma que va a regular el autoempleo. En ambos textos, hemos tenido muy presentes los objetivos marcados en nuestro 9º Congreso: situar como eje fundamental de nuestra política sindical en Andalucía, la creación de empleo estable, de calidad y con derechos, así como superar la situación de diferencial de mujeres y jóvenes. El resultado del trabajo realizado en el grupo de incentivos lo podemos resumir en lo siguiente: Incentivos a favor de empresas y entidades sin ánimo de lucro de hasta 250 trabajadores que contraten de manera indefinida, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial a:. Mujeres de cualquier edad, en las profesiones u ocupaciones que estén subrepresentadas, preferentemente en los sectores de industrial, construcción y transportes privados.. Mujeres en supuestos de incorporación o reincorporación tras la maternidad y supuestos asimilados (adopción, acogimiento) y tras la atención a personas dependientes, respecto de cualquier sector de actividad. Mujeres y hombres, jóvenes menores de 30 años en los sectores: Sector industrial Sector servicios: Servicios a las empresas Sector de las nuevas tecnologías Sector audiovisual Servicios hacia la dependencia Servicios de la vida diaria Actividades medioambientales.
Técnico/a de prevención de riesgos laborales en entidades dedicadas a cualquier sector de actividad. Las ayudas están en función del tamaño de la empresa. La cuantía máxima es de 4500 y la mínima de 3005. Estas cuantías se establecen para las contrataciones a tiempo completo y se verán reducidas proporcionalmente a la jornada cuando las contrataciones sean a tiempo parcial, sin que en ningún supuesto ésta pueda ser inferior a 20 horas/semanales o su promedio en cómputo anual. Los parados de larga duración mayores de 45 años, discapacitados y Colectivos más vulnerables. Las ayudas se instrumentarán dirigidas a cualquier sector y la cuantía ascenderá a 4.750. Respecto de las personas con discapacidad se recogen asimismo incentivos para la adaptación del puesto de trabajo y autorización para las bonificaciones de cuotas a la seguridad social, cuyas cuantías se determinarán mediante Orden de desarrollo. Se incentiva igualmente la contratación que se haga bajo la modalidad de Fijo- discontinuo a favor de: - Mujeres - jóvenes menores de 30 años - colectivos vulnerables. Las cuantías son de 3500. Condiciones. Para acceder a estas ayudas se establecen 3 condiciones: 1. los trabajadores beneficiarios finales deberán provenir de itinerarios de inserción individualizados por el SAE.
2. las entidades solicitantes de las ayudas deberán cubrir los puestos de trabajo, objeto de ayuda mediante oferta genérica a través de las oficinas del SAE, e informarán tanto a los candidatos como a las entidades solicitantes sobre los posible incentivos que puedan llevar aparejados. 3. las nuevas contrataciones deberán suponer un incremento de la plantilla respecto del mes natural anterior a la formalización de las mismas y al menos el 50% de la plantilla debe ser fija o alcanzarse este porcentaje a partir de las nuevas contrataciones. Incentivos a favor de empresas de más de 250 trabajadores que contraten a: - Mujeres - Jóvenes menores de 30 años - Parados de larga duración mayores de 45 años - Colectivos vulnerables. Los incentivos a este tipo de entidades articularan, para un periodo máximo de tres años, a través de un contrato programa que contemple de forma integral todas aquellas políticas activas de empleo que necesiten para la contratación con dos requisitos: 1.- Que se adjunte a la solicitud del contrato programa informe de la representación legal de los trabajadores/as. 2.- Que con motivo de la implantación de las medidas que se contemplen en el contrato programa reduzca la temporalidad de la plantilla en un 50% o bien la plantilla supere el 80% de estabilidad en el empleo. Incentivos a favor de las transformaciones de contratos de duración determinada en contratos de duración indefinida, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, en empresas de hasta 250 trabajadores que se hagan a favor de Mujeres, en los sectores de Hostelería, Construcción y Comercio.
Jóvenes menores de 30 años, en los sectores de Hostelería, Construcción y Comercio. Colectivos vulnerables. En cualquier sector todas aquellas personas que provengan de un contrato de formación en la propia entidad solicitante. No podrá ser beneficiaria del incentivo recogido en este apartado la entidad que en los últimos tres años hubiera hecho uso de esta modalidad contractual en un 60 % respecto de su plantilla. 3.- En ningún supuesto será incentivable la contratación a tiempo parcial cuando la jornada de ésta sea inferior a 20 horas/semanales o su promedio en computo anual. Las cuantías de las ayudas que se reservan por las transformaciones de los contratos son de 3005, o aquella que proporcionalmente corresponda cuando el contrato sea a tiempo parcial. Con carácter general para todas las contrataciones, el periodo mínimo de mantenimiento de los contratos de carácter indefinido tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, por nueva creación o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido será de cuatro años. Plazo máximo de resolución de solicitudes. Siendo conscientes de las consecuencias de la burocracia administrativa y la lentitud en la resolución de los expedientes, se establece un plazo máximo para la resolución de las solicitudes de 3 meses, desde la entrada en el órgano competente para su tramitación. Incentivos al empleo en actuaciones territoriales integrales preferentes para el empleo. En aquellos territorios en los que se vayan a poner en marcha este tipo de actuaciones se establecerán los incentivos oportunos tanto en función a los sectores de actividades, como a los colectivos, de acuerdo con el diseño de su plan integral de empleo específico, estableciéndose para ello las ayudas en su máxima intensidad.
Normativa a favor del autoempleo. El objeto de esta norma son ayudas para el inicio de la actividad y ayudas a favor de la primeras contrataciones o transformaciones de contratos de duración determinada en contratos indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, que realice la persona autónoma. Las personas beneficiarias de estas ayudas son: - Jóvenes de hasta 30 años( hombres y mujeres) - Mujeres mayores de 30 años y menores de 45. - Parados de larga duración mayores de 45 años. - Todas aquellas personas que provengan de un taller de empleo y la labor realizada está directamente relacionada con la actividad a desarrollar. - Personas discapacitadas. - Personas inmigrantes. - Personas pertenecientes a minorías - perceptores del Programa de Solidaridad. - Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentre en un proceso de rehabilitación. - Internos de centros penitenciarios - Liberados condicionales y ex -reclusos. - Todas las personas que su situación de desempleo provenga de un expediente de regulación de empleo. Actividades a desarrollar con las ayudas: Sólo se va a incentivar el inicio de actividad en los servicios que detallamos: - los nuevos yacimientos de empleo, siendo prioritario: servicios a la vida diaria, prioritariamente de atención a la dependencia; fomento de actividades culturales y de ocio en el ámbito rural; servicios relacionados con el medio ambiente; servicios complementarios vinculados a la mejora de la calidad de vida. - servicios vinculados al mantenimiento, reparación y acondicionamiento de instalaciones.
- Actividades vinculadas al sector industrial, audiovisual, y sector de nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Cuantía de las ayudas: - Las ayudas a favor de las mujeres de hasta 45 años, serán de 4.508 hasta 6.011. - Las ayudas a favor de hombres jóvenes de menos de 30 años, parados de larga duración mayores de 45 años y el resto de los colectivos que hemos expuesto, son de 3.006 hasta 4.508. El mantenimiento de la condición de persona autónoma para el recibo de las ayudas es de, como mínimo, de 1 año desde el recibo de las ayudas. Ayudas a las primeras contrataciones, transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido que realice el autónomo: Los colectivos protegidos, objeto de estas ayudas son: - mujeres, preferentemente, aquellas victimas de violencia de género. - Mayores de 45 años que lleven más de 1 años en situación de desempleo. - Jóvenes menores de 30 años. - Personas con discapacidad. - Otros colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo. Las actividades que se van a promover con estas ayudas son las mismas que hemos recogido anteriormente. Las ayudas por cada contratación nueva o por cada transformación son de 4.205. El periodo mínimo de mantenimiento de los contratos indefinidos creados o la transformación de un contrato de duración determinada en indefinido será de 4 años.