OBLIGACIONES FISCALES, DISCREPANCIA FISCAL, REVISIONES ELECTRONICAS 2017 C.P.A. ALFREDO VILLANUEVA RAMIREZ M.F. y M.C.A. DEPARTAMENTO FISCAL TUXPAN, VER A 13 DE ENERO DE 2017
TEMARIO I- PUBLICACIONES MAS IMPORTANTES EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. II- OBLIGACIONES FISCALES : A)- FACTURACION B)- CONTABILIDAD ELECTRONICA III- DISCREPANCIA FISCAL ( SOCIO GANADERO) IV- REVISIONES ELECTRONICAS
I.-PUBLICACIONES EN EL D.O.F. 29 de julio 2016.- Manual de Organización General de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. (PRODECON) 15 Noviembre.- Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017 30 de Noviembre.- Reforma, adiciona y deroga Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. 30 de noviembre.- Presupuesto de Egresos de la Federación. 19 de Diciembre - Resolución que fija los Salarios Mínimos general y profesionales 2017 23 de Diciembre 2016.- RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2017 y su anexo 19 23 de diciembre.- ANEXOS 3 y 7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 26 de Diciembre - Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2017
PUBLICACIONES EN EL D.O.F. 27 de diciembre Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 formas y formatos 30 de Diciembre DECRETO por el que se expide la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización. Enero 05 DE 2017. - Anexos 5, 8, 10, 11 y 17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 Enero 06. - Anexos 24, 25, 27, 28 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 09 de Enero.- Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 09 de Enero. -Anexo 23 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 10 de Enero. -ANEXO 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 12 Enero.- ANEXO 15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017
II.- OBLIGACIONES FISCALES ACTUALIZACION DE OBLIGACIONES ANTE EL S.A.T. Quién debe realizarlo?: Personas Físicas y Morales que cuenten con su R.F.C. que tengan MAS OBLIGACIONES REGISTRADAS ANTE EL SAT de las que en la actualidad TIENEN. Quien lo realiza? Directamente la Persona Física o su Representante Legal y en el caso de las Asociaciones Ganaderas Locales el PRESIDENTE EN TURNO (Represente Legal) Requisitos: Solicitar cita : https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx Acudir en la fecha y hora. Presentarse 15 minutos antes. Original de Credencial de Elector Acta Constitutiva o última Acta de Asamblea donde aparezca el nuevo Consejo Directivo y Resolución del Registro Nacional Agropecuario.
QUE OBTENEMOS EN CASO DE ASOCIACION GANADERA??
COMO ASOCIACION GANADERA, SIN OBLIGACION ADICIONAL
SI TIENES OBLIGACIONES DIFERENTES, SALARIOS, VENTAS CON IVA, RETENCIONES
QUE OBTENEMOS COMO PERSONA FISICA?? 40 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) = $1,065,801.60
OBLIGACIONES COMO PERSONA FISICA ACTIVIDAD GANADERA PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2016 Y SUS ANEXOS 1-A, 23 Y 27 Presentación de la información de las operaciones efectuadas con clientes y proveedores 3.23.16. Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII de la Ley del ISR, vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 y Noveno, fracciones II y X de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR publicada en el DOF el 11 de diciembre de 2013, los contribuyentes podrán optar por no presentar a información de las operaciones efectuadas con clientes y proveedores correspondiente al ejercicio fiscal 2015.
CONTABILIDAD ELECTRONICA: Obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT.??? DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. Artículo Sexto. El Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, deberá emitir un sistema simplificado para llevar los registros contables de las personas físicas que obtengan ingresos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos no excedan de 16 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización ($426,320.64) y que los ingresos por su actividad primaria representen cuando menos el 25% de sus ingresos totales en el ejercicio, en sustitución de la obligación de llevar contabilidad conforme a los sistemas contables que establece el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
EJEMPLO: PRIMER CONDICION (No excedan sus ingresos de $426,320.00) ingresos por salarios $ 220,000.00 ingresos por salarios $ 280,000.00 ingresos por arrendamiento $ 36,000.00 ingresos por arrendamiento $ 36,000.00 ingresos sector primario $ 200,000.00 ingresos sector primario $ 80,000.00 total ingresos $ 456,000.00 total ingresos $ 396,000.00 16 UMAS $ 426,320.00 16 UMAS $ 426,320.00 NO CUMPLE SI CUMPLE SEGUNDA CONDICION ingresos por su actividad primaria representen cuando menos el 25% de sus ingresos totales en el ejercicio NO CUMPLE SI CUMPLE ingresos por salarios $ 280,000.00 ingresos por salarios $ 280,000.00 ingresos por arrendamiento $ 36,000.00 ingresos por arrendamiento $ 36,000.00 ingresos sector primario $ 80,000.00 20% ingresos sector primario $ 108,000.00 25.47% total ingresos $ 396,000.00 total ingresos $ 424,000.00 16 UMAS $ 426,320.00 16 UMAS $ 426,320.00 SI CUMPLE SI CUMPLE ingresos por salarios $ 120,000.00 ingresos por salarios $ - ingresos por arrendamiento $ - ingresos por arrendamiento $ - ingresos sector primario $ 41,000.00 25.47% ingresos sector primario $ 425,000.00 100.00% total ingresos $ 161,000.00 total ingresos $ 425,000.00 16 UMAS $ 426,320.00 16 UMAS $ 426,320.00
E.FIRMA (ANTES FIRMA ELECTRÓNICA) La E. Firma es un archivo digital que te identifica al realizar trámites por internet en el SAT e incluso en otras dependencias del Gobierno de la República (a partir de 2017 entre particulares). Tu E. Firma es única, es un archivo seguro y cifrado, que tiene la validez de una firma autógrafa. Por sus características, es segura y garantiza tu identidad. El SAT tiene obligación de entregar al Representante Legal los archivos de tu E. Firma y tu solicitud sellada. SUGERENCIAS Es importante resguardar los archivos en un medio digital seguro, ya sea en USB o CD para su exclusividad. No deben compartirse los archivos de la E. Firma ya que puede facilitarse que se haga mal uso de esta. LA E.FIRMA (ANTES FIRMA ELECTRONICA), TIENE UNA VIGENCIA DE 4 (CUATRO AÑOS), esta puede renovarse antes de la fecha de vencimiento en la pagina del SAT. Después de la fecha de vencimiento se tiene que hacer todo el proceso en forma personal en la oficinas del SAT.
II. A) FACTURACION (SECTOR PRIMARIO): 1.- Facturación Electrónica a través del Portal De La C.N.O.G. A.- Se Necesita R.F.C. Y B.- Que El Vendedor Sea Exclusivamente Sector Primario Con Ingresos Exentos (1 050,000.00) 2.- Facturación Electrónica a través del Portal del SAT. A.- Se Necesita Firma Electrónica (E. Firma) B.- Puede Utilizarlo cualquier régimen y sin restricción. C.- Útil en Facturación mínima 3.- Facturación Electrónica por medios propios (Compra de Sistema de Facturación y PAC) A.- Se Necesita Firma Electrónica (E. Firma) B.- Para Utilización Propia. C.- Útil en mucha Facturación
ACREDITACION DE LA PROPIEDAD Artículo 27. I. Con la patente actualizada que ampare el fierro criador, marca de herrar o tatuaje para el ganado mayor; II. Con el arete del Sistema Nacional de Identificación Ganadera; III. Con la escritura pública o privada; IV. Con la factura expedida por la Asociación Ganadera Local; V. Con la señal de sangre para el ganado menor; y VI. Con los demás medios de prueba establecidos por la Ley.
REGLAMENTO DE LA LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS CAPÍTULO II DE LA PROPIEDAD DEL GANADO Artículo 103.- La propiedad de los animales se acredita con alguno de los siguientes medios probatorios: I. La factura de la compraventa correspondiente; II. Los fierros, marcas o tatuajes debidamente registrados ante la Secretaría; III. La resolución judicial ejecutoriada que así lo determine, y IV. Los demás medios de prueba establecidos por el derecho común. Artículo 107.- Las facturas que acrediten la propiedad del ganado deberán presentarse en original, y observar las especificaciones que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II. B.- CONTABILIDAD Todas las personas morales incluidas las del TITULO III (Aquí están las ASOCIACIONES GANADERAS LOCALES), tienen la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT. La contabilidad del mes de enero de 2016, se enviara a más tardar el día 3 de Marzo de 2016, la de febrero de 2016 a mas tardar el 3 de Abril de 2016 y así sucesivamente.
PUNTOS A OBSERVAR 1.- Verificar que la contabilidad sea conforme a las Normas de Información Financiera (NIF), y ajustada a lo que dice el Código Fiscal de la Federación, así como todas las demás leyes y códigos que le aplican. 2.- Verificar si su catálogo de cuentas actual, permite utilizar el CODIGO AGRUPADOR DE CUENTAS DEL SAT, en su caso deberá de redefinirse. 3.- Tener mucho cuidado con los saldos iniciales porque aun cuando tributen como persona moral con fines no lucrativos, si no documentan bien algún préstamo, algún crédito, etc a nombre de un socio, la autoridad podrá generar DIVIDENDO FICTO (es decir tomarlo como si fuera reparto de Remanente) y cobrarnos impuestos y accesorios en su caso.
III.-DISCREPANCIA FISCAL
DISCREPANCIA FISCAL. QUÉ ES?? El procedimiento de discrepancia fiscal permite a la autoridad fiscal estimar y determinar el monto de los ingresos de un contribuyente (PERSONA FISICA), comparándolo con la cantidad de erogaciones realizadas, sin la necesidad de llevar a cabo una facultad de comprobación, como lo podría ser una visita domiciliaria o una revisión de gabinete. El SAT revisará los pagos que hagas en tus Tarjetas de Crédito, debito, departamentales.), para ver si estamos gastando más de lo que ganamos. Se consideran erogaciones las consistentes en: Gastos. Cuando pides facturas con tu RFC los CFDI aparecen dentro de las compras y gastos realizados, chécalo. Adquisiciones de bienes. Los notarios reportan las operaciones con inmuebles y con acciones o partes sociales. Depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito. La información la obtienen del sistema financiero y de los intercambios internacionales de información, con casi todo el mundo.
QUE SABE EL S.A.T.?? C.F.D.I. DE INGRESOS O VENTAS Y C.F.D.I. DE COMPRAS Y GASTOS
SUGERENCIAS Y/O RECOMENDACIONES
IV.-
LO ACTUAL DEL SAT
EDOS: Empresas que Deducen Operaciones Simuladas EFOS: Empresas que Facturan Operaciones Simuladas
CARTA INVITACION??
GRACIAS!