Reglamento de Requisitos y Condiciones de la Promoción Emprende el Vuelo con kölbi pymes Lunes 09 de Enero al Domingo 09 de Abril 2017. DEL ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN Artículo 1: La mecánica, la organización, la publicidad y los derechos relacionados con la Promoción Oferta PYMES Emprendamos el Vuelo Juntos, en adelante denominada la Promoción son propiedad exclusiva del Instituto Costarricense de Electricidad, en adelante denominado ICE. Artículo 2: El presente Reglamento de Requisitos y Condiciones de la Promoción Oferta PYMES Emprendamos el Vuelo Juntos, en adelante denominado Reglamento, establece las reglas para participar en la Promoción que realiza el ICE entre sus clientes PYMES nuevos y actuales, en Planes Individuales de Internet kölbi, Pymes Planes kölbi Pymes Dúo y Triple y Planes kölbi Postpago durante la vigencia de la promoción, según los términos descritos en el presente Reglamento. 09 de Enero a las 00:00 horas y finaliza el al Domingo 09 de Abril 2017 a las 23:59 horas. Artículo 4: Para efectos del presente Reglamento, los clientes y usuarios aceptan y entienden, que los beneficios de esta Promoción serán adjudicados, únicamente, a los titulares de los servicios a través de los cuales participan de esta Promoción, y que por ende su nombre y número de identificación se encuentran registrados y asociados a dichos servicios en los sistemas corporativos del ICE. DE LA PARTICIPACIÓN DE LA PROMOCIÓN Artículo 5: Participan todos aquellos clientes PYMES físicos (mayores de edad) y jurídicos que suscriban servicios en Planes Individuales de Internet kölbi Pymes Planes kölbi Pymes Dúo y Triple y Planes kölbi Postpago, con internet con una velocidad igual o mayor a 3Mbps, y Planes kölbi Postpago que se encuentren al día en el pago de todos los servicios de telecomunicaciones registrados a su nombre con el ICE, al momento de suscribir alguna de las mecánicas, según las condiciones propias de la Mecánica de la Promoción. DE LAS MECÁNICAS DE LA PROMOCIÓN Artículo 6: Las mecánicas de participación, se definen en los siguientes artículos: 6.1 Mecánica Primera: 6.1.1 Planes Individuales de Internet kölbi Pymes, Planes kölbi Pymes Dúo y Triple y Planes kölbi Postpago: Los clientes PYMES actuales y nuevos que adquieran los Planes Individuales de Internet kölbi Pymes, Planes
Dúo (internet + Voz), (internet + TV Avanzada), y Plan Triple (Internet+ Voz + TV avanzada) con una velocidad igual o superior a 3 Mbps, se les aplicará un descuento de hasta un 35%, según la velocidad contratada en el plan, durante 12 meses y un TV adicional sin costo durante 12 meses. Adicionalmente, los clientes que adquieran el paquete HD, también obtendrán hasta un 35% de descuento, según la velocidad contratada en el plan, durante 12 meses. El beneficio del descuento está asociado a la velocidad de internet contratada en el plan. También aplica para clientes actuales que realicen un cambio de velocidad igual o superior a 3 Mbps en su plan dúo con internet o triple, se les aplicará un descuento por 12 meses. 6.1.2 Esta mecánica no aplica para: a. Los planes individuales de telefonía y televisión. b. Para clientes residenciales. 6.1.3 El descuento se aplica sobre la mensualidad del plan contratado, descritos en el inciso 6.1.4 6.1.4 El descuento varía según las velocidades de internet que el cliente contrate, se detallan en la página kolbi.cr. 6.1.5. En caso que el cliente haya adquirido una promoción y aún esté disfrutando de la misma, si realiza un cambio de velocidad o adquiere un servicio formando un plan dúo o triple; el cliente podrá adquirir los beneficios de la presente promoción. Es decir, adquiere los nuevos precios y los tiempos de vigencia de esta promoción. 6.2. Mecánica Segunda: 6.2.1. Mecánica Planes kölbi Postpago con Número Favorito Voz: Todos los clientes Pymes físicos y jurídicos que suscriban o renueven un plan kölbi postpago a 24 meses (con o sin terminal asociado) durante el periodo de la promoción, podrán disfrutar de un Número Favorito Voz de la red kölbi (fijo ó móvil) gratis por 3 meses, (aplica únicamente para llamadas locales de voz nacional), todos los días de la semana, las 24 horas del día, sin restricciones de horario. 6.2.2. La Promoción es válida para los planes kölbi postpago en contratos de permanencia mínima de 24 meses, los cuales se detallan en el siguiente cuadro: Tabla #1 Oferta Comercial Planes kölbi Postpago Conectados y Profesionales Conversón (Asociado específicamente al teléfono Touch Angel 3). 6.2.3. El Número Favorito Voz gratis aplica bajo las siguientes condiciones y restricciones: 6.2.3.2. El Número Favorito quedará activo automáticamente en el momento de la venta del plan kölbi postpago. 6.2.3.3. El número favorito es válido para llamadas locales (aplica únicamente para el servicio de Voz Nacional). 6.2.3.4. El Número Favorito deberá ser elegido por el cliente y podrá ser un (1) número Prepago, Postpago ó Fijo nacional de la red kölbi. 6.2.3.5. Quedan excluidos de la promoción del Número Favorito los servicios de otros Operadores no portados, internacionales, números cortos de información (1124, 1113, 1155), números de contenido (900), números de código corto de contenido SMS, número de servicios 800 nacional e internacional, 911, y de cobro revertido. 6.2.3.6. El Número Favorito no aplica cuando el numero escogido por el cliente, se encuentra utilizando Permanencia Mínima 24 meses Promoción 1Número favorito Voz GRATIS por 3 meses para hablar ilimitadamente
el servicio kölbi roaming internacional. 6.2.3.7. El cliente podrá efectuar un cambio de Número Favorito 1 vez al mes, durante el periodo de la promoción, sin costo adicional y lo podrá gestionar a través de la tienda kölbi postpago, únicamente deberá marcar gratis desde su celular *888# seguido de la tecla de llamada y se le desplegará un menú con las opciones disponibles. Para cambiar kölbi favorito el cliente deberá ingresar a la opción 4 del menú y seguir las instrucciones. Esta información se encuentra disponible en la web www. kolbi.cr 6.2.3.8 Una vez que finalice la promoción, el Número Favorito se desactivará automáticamente, en caso de que el cliente desee continuar con el servicio deberá solicitarlo a través de la Tienda kölbi postpago marcando *888#. Esta información se encuentra disponible en la web www. kolbi.cr. El precio mensual del servicio Número Favorito voz es de 3.500 i.v.i adicionales al plan postpago contratado. Artículo 7: Política de Uso justo Número Favorito. 7.1. El Número Favorito obliga al cliente al uso prudente del servicio. De esta manera el ICE podrá asegurar que todos los clientes dispongan de un servicio confiable a un precio y calidad razonable. No se podrá utilizar el servicio de forma alguna que ocasione alteraciones en la operación normal de la red producto de acciones que provoquen congestión de las centrales, enrutadores, plataformas y enlaces de transmisión, así como, otras prácticas fraudulentas, o bien se interfiera con el uso del servicio de otro cliente. 7.2. El Número Favorito aplica para llamadas de voz, según los términos y condiciones del presente Reglamento, a un único número telefónico nacional de la red kölbi, ya sea postpago, prepago o fijo. No aplicará a usos con propósitos diferentes, incluyendo pero sin limitarse, a llamadas de conferencia, servicio de monitoreo, transmisión de datos, interconexión a otras redes, otros usos comerciales u otras conexiones que incluyan otra modalidad no prevista. RESPONSABILIDADES Y RESTRICCIONES Artículo 8: De acuerdo con lo establecido en el Artículo 1 del presente Reglamento, el ICE es el único organizador de la Promoción. En este sentido, no se hace responsable por los daños y perjuicios ocasionados a cualquier persona, en virtud del envío de mensajes de contenido vía SMS y/o llamadas telefónicas provenientes de terceras personas, en los que se haga referencia a la Promoción. Artículo 9: Todos aquellos clientes PYMES físicos y jurídicos que deseen participar en la presente promoción, entienden y aceptan los términos descritos en cada uno de los servicios ofrecidos, descritos en este Reglamento. Asimismo, es obligación de cada cliente Pyme leer e informarse acerca del contenido del mismo. Artículo 10: El ICE podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo de la oferta, la cual será suspendida en forma inmediata sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar fraudes o cualquier otra irregularidad que suceda con los servicios de telecomunicaciones asociados a esta oferta, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de tercero que afecte gravemente los intereses del ICE. Artículo 11: La Promoción está sujeta a las condiciones y limitaciones que se indican
en el presente Reglamento, incluyendo las siguientes: 11.1 La garantía de funcionamiento del terminal, será la indicada por el fabricante, la cual se tramitará, conforme lo establecido en la normativa vigente sobre la materia. 11.2 Cualquier situación anormal que se presentara eventualmente con la Promoción y que no estuviera prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el ICE, en estricto apego a la legislación costarricense. 11.3 Los clientes deberán mantener actualizado en todo momento la información personal suministrada en sus respectivos contratos de servicios o anexos suscritos con el ICE, así como el nombre o razón social, dirección exacta, número telefónico de referencia, correo electrónico y cualquier otra información que sea necesaria para su localización. Siendo así que los clientes y usuarios de esta oferta aceptan como fidedignos y válidos para todos los efectos, los datos registrados en los sistemas corporativos y bases informáticas del ICE. 11.4. Toda la publicidad de la Promoción es con fines ilustrativos. 11.5 La responsabilidad del ICE se limita únicamente a hacer efectivos los beneficios descritos en la Promoción, en los términos indicados en el presente Reglamento, quedando exonerado de toda responsabilidad, culpa, reclamo, demanda y acción ante cualquier instancia administrativa y/o judicial por los efectos que directa o indirectamente podrían derivarse de esta Promoción, ante el uso, aceptación y disfrute del mismo. 11.6 El ICE no entregará acciones y/o certificados de forma física o impresa, por lo tanto no se hará responsable de los daños y perjuicios causados a cualquiera de los clientes en virtud de un engaño o cualquier tipo de acción fraudulenta por parte de un tercero. Artículo 12. El ICE se reserva el derecho de modificar las Mecánicas de la Promoción o este Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas reformas necesarias que mejoren la Promoción. Estos cambios si se hicieran, se darán a conocer de forma automática en la página Web www.grupoice.com ó www. kolbi.cr. Artículo 13. Para mayor información, así como, para la atención de las consultas respectivas, los clientes pueden accesar la página web del Grupo ICE: www. grupoice.com ó www.kolbi.cr Artículo 14: El presente Reglamento rige a partir de su publicación en la página web del Grupo ICE: www. grupoice.com ó www.kolbi.cr. Derechos reservados 2017. Prohibida su reproducción por cualquier medio. Gerencia de Telecomunicaciones, División Mercadeo-ICE. La Mecánica y derechos contenidos en el presente Reglamento se encuentran amparados por la legislación nacional e internacional en materia de propiedad intelectual. Reforma Parcial Número Uno: El ICE hace del conocimiento de todos sus clientes, que de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del presente reglamento, se modifica el artículo 3 el cual se entenderá de la siguiente manera: 09 de Enero del 2017 a las 00:00 horas y finaliza el miércoles 31 de mayo del 2017, a las 23:59 horas. ( ) La presente modificación rige a partir del 10 de abril de 2017 y se procede a su publicación en los mismos términos del Reglamento sobre el cual aplica.
Reforma Parcial Número dos: El ICE hace del conocimiento de todos sus clientes, que de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del presente reglamento, se modifica el artículo 3 el cual se entenderá de la siguiente manera: 09 de Enero del 2017 a las 00:00 horas y finaliza el jueves 31 de agosto del 2017, a las 23:59 horas. ( ) La presente modificación rige a partir del 01 de junio de 2017 y se procede a su publicación en los mismos términos del Reglamento sobre el cual aplica.