ORGANISMO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN

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1. OBJETIVO Establecer el mecanismo para que el Organismo Nacional de Certificación y Verificación Agroalimentaria, A.C., (CVA), constate el mantenimiento de los clientes con certificación vigente de las condiciones bajo las cuales otorgó la certificación para el uso de la marca oficial. 2. ALCANCE Este procedimiento aplica a las personas físicas o morales participantes en las cadenas porcícola o bovinos carne, en uno o varios de los siguientes segmentos: unidad de producción (granja o corral de engorda), transporte de ganado en pie, establecimientos de sacrificio y/o corte y deshuese y obradores Tipo Inspección Federal (TIF), transporte sanitario de la carne y establecimientos fijos (detallista), que cuenten con certificación vigente para el uso de la marca oficial (MCS) otorgada por el CVA, así como a la Gerencia de Certificación (). 3. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES 3.1 Premisas de operación 3.1.1 El CVA realiza actividades de vigilancia y/o auditorías anuales a los clientes con certificación vigente para el uso de la marca oficial (MCS) 3.1.2 La elabora el plan anual de vigilancia-auditoría el cual presenta a la DG para su autorización y al Comité Técnico de Evaluación e Imparcialidad (CTEI) del CVA para su conocimiento 3.1.3 El CVA lleva a cabo, al menos una visita de vigilancia-auditoría al año a clientes con certificación vigente contada a partir de la fecha en que se expide el certificado correspondiente, con una tolerancia adicional de dos meses cuyo costo y pago deberá ser realizado previo a la visita de evaluación por parte del cliente. 3.1.4 El certificado otorgado por el CVA tiene una vigencia de dos años, sujeta a que se mantengan las condiciones bajo las cuales se otorgó la certificación. 3.1.5 El CVA vigila el mantenimiento de las condiciones bajo las cuales otorgó la certificación, y puede suspender o retirar la misma y en consecuencia, el uso de la marca oficial a las personas físicas o morales que no cumplan las condiciones insertas en el pliego correspondiente y las reglas de uso de la marca. Para la suspensión y/o retiro de la certificación se aplica el procedimiento vigente del CVA implementado para tal efecto. Edición: 01-Sep-14 Aprobó: Lic. Alejandro Ramírez González Página 1 de 6

3.1.6 En el caso de las visitas de vigilancia-auditoría en las que se requiere la toma de muestras para la realización de pruebas, si el organismo no cuenta en ese momento con el personal capacitado le solicita al cliente que realice las pruebas en laboratorios acreditados de acuerdo a la NMX-EC-17025-IMNC-2006 Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración 3.1.7 En el caso de que las zonas de ubicación de los clientes con certificación vigente para el uso de la marca oficial, no ofrezcan condiciones para salvaguardar la integridad física del personal evaluador adscrito a la del CVA, el titular de ésta área expondrá la situación ante el CTEI para que éste determine las medidas que considere pertinentes para el cumplimiento o modificación del programa de visitas de vigilancia-auditoría. 3.1.8 El DG designa, a propuesta de la, al personal técnico con la competencia necesaria que considere para la aplicación de este procedimiento y en su ausencia, esta facultad es asumida por la dicha designación se informa al usuario para su aprobación. 3.1.9 El personal designado no debe haber participado en la evaluación para la certificación o tener relación laboral con el cliente y debe realizar la actividad con imparcialidad con un trato de equidad y manejar de forma confidencialidad la información proporcionada u obtenida durante la actividad garantizando la propiedad de la información del cliente. 3.1.10 El DG con fundamento en los informes de evaluación resultado de visitas de vigilancia-auditoría presentados por la, determina la procedencia de mantener, suspender o retirar los certificados para el uso de la marca oficial México Calidad Suprema. 3.1.11 La no realización de las visitas de vigilancia por incumplimiento del usuario en el pago de las cuotas y costos asociados correspondientes (gastos de transportación, hospedaje y alimentación del equipo evaluador, muestreo y pruebas de laboratorio, entre otros), así como la no prestación de las facilidades necesarias durante la visita de evaluación son causales para que el titular de la Dirección General del CVA determine la procedencia de la suspensión o retiro de la certificación. 3.1.12 Cuando la vigilancia utiliza evaluación o revisión, el CVA debe satisfacer los requisitos indicados: Edición: 01-Sep-14 Aprobó: Lic. Alejandro Ramírez González Página 2 de 6

3.2 Evaluación El CVA deberá contar con un plan para las actividades de evaluación que permita gestionar las disposiciones necesarias. El CVA asignará personal para realizar cada tarea de evaluación que lleve a cabo con sus recursos internos. El CVA se asegura de que toda la información y/o documentación está disponible para llevar a cabo las tareas de evaluación. El CVA ejecutará las actividades de evaluación que lleva a cabo con sus recursos internos y gestionará los recursos contratados externamente, según el plan de evaluación. Los productos se deben evaluar frente a los requisitos cubiertos por el alcance de la certificación y otros requisitos especificados en el esquema de certificación. El CVA únicamente se basará en los resultados de una evaluación terminada antes de la solicitud de certificación cuando asume la responsabilidad de los resultados y se convence de que el organismo que realizó la evaluación cumple con los requisitos especificados por el esquema de certificación. El CVA informará al cliente sobre todas las no conformidades. Si se han detectado una o más no conformidades, y si el cliente expresa interés en continuar el proceso de certificación, el CVA proporcionará la información con respecto a las labores de evaluación adicionales necesarias para verificar que las no conformidades se han corregido. El CVA se encargará de que los resultados de todas las actividades de evaluación deben documentarse antes de la revisión. 3.3 Revisión El CVA asignará por lo menos a una persona para que revise toda la información y los resultados relacionados con la evaluación. El CVA garantizará que la revisión se realizará por personas que no hayan estado involucradas en el proceso de evaluación. Las recomendaciones para una decisión sobre la certificación con base en la revisión el CVA las documentará, a menos que la revisión y la decisión sobre la certificación se realicen simultáneamente por la misma persona. 3.1.13 Las acciones para implementar los cambios que afectan a la certificación incluyen, según se requiera, lo siguiente: o Evaluación o Revisión o Decisión o Emisión de documentación formal de certificación revisada para ampliar o reducir el alcance de la certificación o Emisión de documentación de certificación de las actividades de vigilancia revisadas. Edición: 01-Sep-14 Aprobó: Lic. Alejandro Ramírez González Página 3 de 6

3.2 Descripción de Actividades del procedimiento. Act. Ejecuta Descripción de la Actividad 1 Gerencia de Certificació n () Informa por escrito al cliente certificado vigente para el uso de la marca oficial MCS sobre la realización de su visita anual de vigilancia indicando el monto a cubrir por tal concepto y proponiéndole fecha, hora y, en su caso, el personal del CVA a intervenir, con el fin de que apruebe su participación, con un plazo de cinco días naturales para su respuesta, en caso contrario se dan por aceptadas las condiciones. 2 3 4 5 6 7 Cliente Certifica do DG Equipo evaluador Responde por escrito la aceptación de su visita anual de vigilancia en los términos establecidos por el CVA, anexando copia de la ficha de depósito del pago correspondiente, o bien proponiendo fecha y hora de realización u objetando fundamentadamente la participación de personal.. Revisa la respuesta del usuario, si ésta es de aceptación y se realizó el pago correspondiente o se reciben propuestas de modificación de fecha y hora de realización no relevantes, continúa el procedimiento; si se objeta la participación de personal en el equipo evaluador, se somete a análisis el razonamiento expuesto, si es válido procede a modificar el equipo, si no existe fundamento, lo hace del conocimiento del usuario y de la DG del CVA para que ésta tome las medidas que considere pertinentes en el caso. Solicita por escrito al DG expida orden de visita de vigilancia, según la programación autorizada, proponiendo a los elementos del equipo evaluador, los apoyos requeridos, fecha de visita propuesta. Gira la orden de visita de vigilancia para evaluar el mantenimiento de las condiciones que dieron lugar al otorgamiento de la certificación para el uso de la marca oficial MCS por parte del cliente a vigilar-auditar, entrega el original a la. Designa e instruye al personal competente para la actividad de acuerdo al plan que elabore para llevar a cabo la visita de vigilancia. El plan establece lo siguiente: Reunión e apertura (objetivo, alcance de la actividad y criterios a aplicar) Presentación del equipo del CVA (funciones y responsabilidades) Revisión de las actividades (documental y de operaciones) Reunión del equipo (determinación de desviaciones y clasificación de ellas) Presentación de resultados al vigilado-auditado Reunión de cierre (firmar del informe y entrega de una copia al vigilado-auditado) Acude a la visita de vigilancia, en la fecha y hora acordada, iniciándola con una reunión de apertura para exponer a los responsables de su atención la forma en que se llevará a cabo y para solicitar presten su colaboración para la evaluación documental y del proceso. Edición: 01-Sep-14 Aprobó: Lic. Alejandro Ramírez González Página 4 de 6

Act. Ejecuta Descripción de la Actividad 8 9 10 11 12 13 Equipo evaluador Equipo evaluador DG DG Evalúa que las condiciones del usuario se mantengan alineadas con los requisitos aplicables del pliego de condiciones correspondiente, conforme al que obtuvo la certificación. Elabora el informe de evaluación que es presentado al solicitante en la reunión de cierre de la visita, para su firma y la del personal evaluador, quien lo turna a la del CVA; deja copia del informe al usuario. Recibe y revisa el informe de evaluación y en caso de: Cumplimiento: Emite un documento autorizado por el DG dirigido al cliente certificado comunicando que mantiene la certificación vigente. No Cumple: Si como resultado se determinan modificaciones o incumplimientos a las condiciones que dieron lugar a la certificación considerados como no conformidades, lo informa al DG Recibe el informe y de acuerdo a los resultados y análisis de las irregularidades encontradas, determina la procedencia de la aplicación del procedimiento del CVA Suspensión y retiro de certificaciones para el uso de la marca oficial México Calidad Suprema vigente. En caso de irregularidades detectadas informa formalmente al cliente con certificación vigente de la aplicación del procedimiento para la suspensión o retiro de la certificación. Por instrucciones del DG da seguimiento y conserva los registros y evidencias de las actividades realizadas. Edición: 01-Sep-14 Aprobó: Lic. Alejandro Ramírez González Página 5 de 6

4. CONTROL DE CAMBIOS. FECHA INCISO PÁGINA DETALES DEL CAMBIO Revisión 01 Edición: 01-Sep-14 Aprobó: Lic. Alejandro Ramírez González Página 6 de 6