Anexo 20, Actualización para CFDI Versión 3.3
CFDI 3.3: Cambios más importantes Nuevos tipos de Comprobantes: Además de los tipos Ingreso, Egreso y Traslado, ahora se reconocen los tipos de comprobante de Nómina y Pagos. Inclusión de 17 catálogos para la estandarización de datos: 1. Aduana 6. Impuesto 11.PatenteAduanal 16.TipoRelacion 2. ClaveProdServ 7. MétodoPago 12.RégimenFiscal 17.UsoCFDI 3. ClaveUnidad 8. Moneda 13. TasaOCuota 4. CódigoPostal 9.NumPedimento 14. TipoComprobante 5. FormaPago 10. País 15. TipoFactor
CFDI v3.3: Cambios más importantes Se incluye un patrón a 17 atributos para delimitar los valores que se registran, a fin de obtener información consistente. Verificación del RFC del receptor. No se permiten importes negativos ni con valor cero. Se requiere una confirmación cuando los importes del CDFI sean altos y los tipos de cambio se encuentren fuera de rango.
CFDI 3.3 Cambios más importantes Definición del uso del comprobante por parte del receptor (persona física y moral). Asignación de una clave de producto y una unidad de medida conforme a catálogos internacionales. Se incluye por cada concepto sus descuentos e impuestos aplicables. Se eliminaron un total de 40 atributos.
CFDI 3.3 Cambios más importantes Se incluyeron 46 reglas de validación para el registro de información, que se traducen en 86 validaciones que deben realizar los PACs: Aritméticas. Validación de números y operaciones elementales (Subtotal, cálculo de redondeo, etc.) De Congruencia. Coherencia de datos (Descuento docto-descuento partida, RFC válido, etc.) Condicionales. Cumplimiento de determinadas condiciones o requisitos (Moneda, Confirmación)
Datos Fiscales del Emisor
Datos Fiscales de Clientes
Datos Fiscales Productos
Clave de Producto Unidad de Medida En la ventana de Clave Productos y Servicios se presenta una columna con el grupo a la que pertenece la clave que se selecciona. Se agrega una ventana con el Catálogo de Unidades de Medida establecido por el SAT.
Formas de pago SAT
Configuración de monedas
Facturación Uso CFDI, Forma y Método de pago
Facturación CFDI Relacionado Esta información se podrá capturar al momento de generar una factura/nota de crédito a través de una nueva opción (botón) Datos fiscales en la barra de la ventana de captura.
Facturación Clave de confirmación Cuando se necesite crear una factura que requiera una clave de confirmación (por exceder monto mayor a 20 mdp o un Tipo de Cambio fuera del rango), se podrá utilizar el botón de Datos fiscales para proporcionar este dato. La clave de confirmación se utilizará solo en una operación. Al momento de generar el CFDI se tomará esta clave y se agregará al XML, después de que el documento se ha timbrado este dato se eliminará, no se almacenará en la base de datos del sistema
Configuración Pedimentos
CFDI de Recepción de Pagos: Datos más importantes DATOS DEL PAGO: 1. Fecha 2. Forma de pago 3. Moneda y Tipo de cambio 4. Monto 5. Datos de la operación (cta origen, destino, beneficiario, etc.) 6. Datos de los documentos pagados Documento relacionado 1.UUID 2. Moneda y Tipo de cambio 3. Método pago del documento 4. Parcialidad 5. Importe saldo anterior 6. Importe pagado 7. Importe saldo insoluto
CFDI de Recepción de Pagos Se debe utilizar en los siguientes casos: Cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición, es decir, pago en parcialidades (PPD Pago en parcialidades o diferido). Cuando se reciba el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero esta no sea cubierta al momento de la expedición del CFDI.
CFDI de Recepción de Pagos También cuando sean operaciones a crédito y se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente. No es necesario su uso: Cuando la operación se paga totalmente antes o en el momento de la generación del CFDI. En estos casos, se incorpora la forma de pago directamente en la factura. Cuando se trata de recepción de anticipos
CFDI de Recepción de Pagos Consideraciones importantes En el caso de los pagos a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), ES OPCIONAL indicar la clave de rastreo, el certificado, la cadena y el sello de pago que genera la entidad receptora en el Comprobante Electrónico de Pago (CEP). El CFDI de Recepción de Pagos no requiere desglose de impuestos (éstos se calculan de manera proporcional a los impuestos del CFDI de la operación)
CFDI de Recepción de Pagos Consideraciones importantes Una vez emitido un CFDI para recepción de pagos, el documento de la operación no podrá ser cancelado, solo podrá ajustarse mediante CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y devoluciones. Si un CFDI que incorpore el complemento para recepción de pagos es cancelado por errores, este tiene que ser sustituido por otro con los datos correctos a más tardar el último día del año. El CFDI para recepción de pagos puede ser utilizado para que se liquiden varias facturas con el mismo pago.
CFDI de Recepción de Pagos Consideraciones importantes Podrá emitirse un CFDI con el complemento para recepción de pagos por cada pago recibido o uno por todos los pagos recibidos en un periodo de un mes calendario siempre que correspondan al mismo receptor del comprobante. El CFDI de Recepción de Pagos se podrá emitir desde SAE, FACTURe y ADM
CFDI Recepción de Pagos en Aspel-SAE 7.0 El CFDI de Recepción de pagos se manejara como un nuevo documento, desde Clientes Cuentas por Cobrar El CFDI de pagos se generara desde la ventana pagos multi-documento. Se tendrá una nueva consulta de estos documentos, con los estándares ya definidos para filtrar, buscar, enviar por correo, imprimir. Contará también con funciones específicas tales como la Cancelación de un pago y el Timbrado de un pago pendiente.
CFDI Recepción de Pagos en Aspel-SAE 7.0 Se agregará en parámetros, en los datos de la empresa una pestaña, para configurar los datos de las cuentas bancarias donde se recibirán los pagos. Se agregará en clientes, en la pestaña Fiscales, un cuadro para configurar los datos de las cuentas bancarias de los clientes desde donde realizarán los pagos.
CFDI Pagos: Parámetros Cuentas por Cobrar
CFDI Pagos: Cuentas bancarias clientes
CFDI Pagos: Cuentas bancarias Empresa
CFDI Pagos: Captura comprobante
CFDI Pagos: Consulta en Clientes y Cuentas por Cobrar
Nuevos datos fiscales en Aspel-SAE EMISOR RECEPTOR Régimen fiscal (catálogo) Uso CFDI (catálogo) Lugar expedición (CP) Forma de pago (catálogo) Cuentas bancarias CFDIs Recepción Pagos País (Residencia fiscal)(catálogo) Número registro identidad fiscal Cuentas bancarias CFDIs Recepción Pagos PRODUCTOS Clave SAT (catálogo) Unidad de Medida (catálogo) FACTURAS Uso de CFDI (catálogo) Forma de pago (catálogo) Método de pago (catálogo) Clave de confirmación (PAC) IMPUESTOS, MONEDA Y DOCUMENTOS Tipo de impuesto (catálogo) Moneda (catálogo) Serie y folio CFDI Recepción Pagos FACTURAS con CFDI RELACIONADOS Tipo de relación (catálogo) CFDI relacionado (UUID)
Cancelación de CFDI: Fundamento Legal Art. 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF Los comprobantes fiscales digitales por internet solo podrán cancelarse cuando la persona a favor a quien se expidan acepte su cancelación. El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, establecerá la forma y los medios en los que se deberá manifestar dicha aceptación.
Proceso de Cancelación de CFDI Regla 2.7.1.38 de la RMF 2017 Cuando el emisor de un CFDI requiera cancelarlo, enviará al receptor del mismo una solicitud de cancelación a través de buzón tributario. El receptor del comprobante deberá manifestar a través del mismo medio, a más tardar dentro de las 72 horas siguientes contadas a partir de la recepción de la solicitud, la aceptación o negación. El SAT considerará que el receptor acepta la cancelación del CFDI si transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, no realiza manifestación alguna.
Cancelación SIN necesidad de autorización Regla 2.7.1.39 de la RMF 2017. Se podrá cancelar un CFDI sin necesidad de la aceptación de un receptor, entre otros casos, cuando: EL CFDI ampare ingresos por un monto de hasta $5,000 Se haya emitido por concepto de nómina. Se emita a contribuyentes del RIF. Amparen retenciones e información de pagos. Correspondan a operaciones con el público en general. Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas siguientes a su expedición.
Fechas de inicio de vigencia CFDI 3.3 Entrará en vigor el 1º de Jul de 2017 Se podrá emitir CFDI 3.2 hasta el 30 de Nov 2017 A partir del 1º de Dic 2017, la única versión válida será la 3.3 CFDI de Recepción Pagos (solo 3.3) Opcional a partir del 1º de Jul de 2017; Obligatorio a partir del 1º Dic 2017. Proceso aprobación de cancelaciones Entrará en vigor el 1º de Ene 2018.
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