El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y la fiscalización ambiental

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El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) Ámbito de Aplicación El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) rige para toda persona natural y jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno nacional, regional y local que ejerzan funciones de evaluación, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental

El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) Finalidad del SINEFA El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) tiene por finalidad el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales y jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización, control y potestad sancionadora ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente.

El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) Ministerio del Ambiente Ente rector del Sector Ambiental Autoridades competentes Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA Ente rector del SINEFA Entidades de Fiscalización Ambiental Ejercen funciones de fiscalización ambiental en el ámbito Nacional Regional y Local

El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) OEFA ENTE RECTOR DEL SINEFA: Autoridad técnico normativa a nivel nacional que regula la fiscalización ambiental y verifica su ejercicio por las EFA. SINEFA LAS EFA - Con facultades expresas desarrollan funciones de fiscalización ambiental - Ejercen sus funciones con independencia funcional del OEFA. - Nacional: Ej. Ministerios - Regional: Ej. Gob. Reg. - Local: Municipalidades

Qué es la fiscalización ambiental? En sentido amplio puede verse como un macroproceso que tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales establecidas en la legislación ambiental, así como en los compromisos derivados de los instrumentos de gestión ambiental y de los mandatos o disposiciones emitidos por el OEFA Evaluación Supervisión Fiscalización y Sanción Aplicación de Incentivos fiscalización ambiental como ejercicio de la potestad sancionadora En sentido estricto puede entenderse como el poder que tiene el Estado para imponer sanciones por el incumplimiento de obligaciones ambientales.

Funciones del macroproceso de la fiscalización ambiental Supervisión Fiscalización y sanción Aplicación de incentivos Otorgamiento de Incentivos para el cumplimiento de la legislación ambiental. Verificación del cumplimiento de Obligaciones Ambientales Fiscalizables. Imposición de medidas administrativas. Evaluación Investigación de la comisión de infracciones administrativas. Imposición de sanciones y medidas administrativas. Vigilancia, monitoreo para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales

La Función de Supervisión Consiste en la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables asumidas por los administrados con la finalidad de prevenir daños en el ambiente. La función de supervisión del OEFA comprende la supervisión directa, la supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental (EFAS) y aquellas otras que le han sido atribuidas en la normatividad vigente

Obligaciones fiscalizables Objetivo de la Supervisión: Obligaciones Fiscalizables IGA Obligaciones ambientales contenidas en: Normativa ambiental Medidas administrativas Funciones de fiscalización ambiental Otras obligaciones Otras fuentes Normativa que atribuye funciones de fiscalización ambiental Normativa especial que atribuye competencias al OEFA

Nuevo Reglamento de Supervisión Objetivos Uniformizar (simplificación normativa) Se derogan: RSD, RCD 016-2015-OEFA/CD RSVIMT, RCD 046-2013-OEFA/CD Modelo de RSA, RCD 049-2015-OEFA/CD RSEFA, RCD 016-2014-OEFA/CD Mayor celeridad - eficacia Supervisión Énfasis en la planificación Ficha de obligaciones - riesgos Información dada por el administrado Denuncias Monitoreos, supervisiones, PAS, medidas administrativas y evaluaciones previas Plan de Supervisión Simplificar procedimientos en la supervisión directa del OEFA Se elimina: Informe Preliminar y el ITA (RSD, RCD 016-2015-OEFA/CD) Etapa de subsanación*: la subsanación (RSD, RCD 016-2015- OEFA/CD y Modelo de RSA, RCD 049-2015-OEFA/CD) * La subsanación puede realizarse durante toda la supervisión.

Aplicación como modelo de Reglamento de Supervisión para la EFA El Reglamento de Supervisión se configura como modelo de Reglamento de Supervisión para las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), de conformidad con lo establecido en el Régimen Común de Fiscalización Ambiental.

Finalidad de la Función de Supervisión Prevenir daños Promover la subsanación voluntaria de los incumplimientos de obligaciones fiscalizables Función de supervisión Garantizar la adecuada protección ambiental Obtención de los medios probatorios idóneos para sustentar el inicio del procedimiento administrativo sancionador o la imposición de medidas administrativas Verificar el cumplimiento de las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFAS, así como el cumplimiento de las obligaciones de los titulares de actividades cuya supervisión está cargo del OEFA

Principios de la función de supervisión ambiental Supervisión orientada a riesgos Impacto de incumplimiento de obligaciones fiscalizables Debido procedimiento Garantías del debido procedimiento Legalidad Respeto a la constitución y leyes dentro de facultades conferidas Costo eficiencia Evitar costos excesivos al administrado Presunción de veracidad Salvo prueba en contrario Preventivo y correctivo Prevenir y corregir acciones

Procedimiento de Supervisión 1 2 3 Voluntad de subsanar Plazo para subsanación Plan de Supervisión Formación del expediente Acción de supervisión presencial Acta de Supervisión Documento de registro de información Acción de supervisión no presencial Informe de Supervisión Documento técnico - legal Notificación Observaciones, voluntad de subsanar Etapa preparatoria Etapa de ejecución Etapa de resultados Supervisión

Plan de Supervisión Etapa preparatoria Documentación a ser revisada en la etapa de planificación Artículo 8 del Reglamento de Supervisión Obligaciones fiscalizables (Ficha de obligaciones) Información presentada por el administrado Evaluación de denuncias Resultados de monitoreos, evaluaciones ambientales integrales Resultados de supervisiones previas Revisión de PAS y medidas administrativa previas

Etapa de ejecución Tipos de acciones de supervisión Artículos del 9 al 13 del Reglamento de Supervisión Supervisión Conjunto de acciones desarrolladas en ejercicio de la función supervisora. Presencial al concluirse la acción, el administrado recibe el Acta de Supervisión. No presencial a información levantada es remitida al administrado mediante el Documento de Registro de Información.

Etapa de ejecución Tipos de acciones de supervisión Artículos del 9 al 13 del Reglamento de Supervisión Supervisión Conjunto de acciones desarrolladas en ejercicio de la función supervisora. Regular Supervisión programada en el PLANEFA. Especial Supervisión no programada.

Actividades de supervisión a entidades de fiscalización ambiental del OEFA 18

Qué es una EFA? Es la entidad pública de ámbito nacional, regional o local que tiene atribuida alguna o todas las funciones de fiscalización ambiental, en sentido amplio. La fiscalización ambiental puede ser ejercida por una o más unidades orgánicas de las EFA. 19

Qué es una EFA? Excepcionalmente, y por disposición legal, podrá ser considerada EFA aquel órgano de línea de la entidad que se encuentre facultado para realizar funciones de fiscalización ambiental. Por ejemplo, DICAPI y DGM. (Decreto Legislativo N 1101) 20

Qué es una EFA? Realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA. Establecer procedimientos para la entrega de reportes, informes técnicos y cualquier otra información necesaria. 21

Alcances de la Función Supervisora a EFA Publicar periódicamente los resultados de las supervisiones del desempeño de las EFA, a través de los mecanismos que se establezcan para tales efectos. Las EFA son autónomas en el desarrollo de su función de fiscalización ambiental, sin perjuicio de dar cumplimiento a lo que establezca el OEFA en su rol de ente rector del SINEFA. 22

Alcances de la Función Supervisora a EFA Comunicar al órgano competente del Sistema Nacional de Control el incumplimiento de las funciones de fiscalización ambiental. Comunicar al Ministerio Público, a través de la Procuraduría Pública del OEFA, los hechos que correspondan, detectados en el ejercicio de la función supervisora a EFA. 23

Función de supervisión Las entidades públicas pueden ser supervisadas por más de una entidad, en el marco de diferentes sistemas, lo cual no invalida ni impide la realización de la otra. El OEFA supervisa al GORE X en el marco del SINEFA La CG supervisa al GORE X en el marco del SNCG

Principales problemas detectados en las supervisiones a) Solo algunas entidades de fiscalización ambiental tienen PLANEFA. b) Incumplimiento de actividades de fiscalización ambiental. c) No se cuentan con equipos para efectuar fiscalización ambiental. d) Carencia de personal capacitado en el ejercicio de las funciones de fiscalización ambiental y alta rotación del mismo. 25

Qué busca la supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA)? Se busca DESINCENTIVAR la omisión de las funciones de fiscalización ambiental por parte de los funcionarios de las EFA.

En el marco de la supervisión a EFA: REPORTES sobre funciones de fiscalización ambiental de las EFA INFORMES sobre el índice de cumplimiento de las funciones de las EFA Otras publicaciones, como por ejemplo BROCHURES

Condiciones para el adecuado ejercicio de las funciones de fiscalización ambiental por parte de las EFA Aprobar los instrumentos legales, operativos, técnicos y otros requeridos para el ejercicio de la función fiscalizadora. Cumplir con elaborar, aprobar, ejecutar y reportar su PLANEFA. Contar con el personal y el equipamiento técnico necesario, o recurrir a laboratorios acreditados, convenios con universidades, etc. Reportar al OEFA las acciones de fiscalización ambiental realizadas.

Atribuciones y obligaciones OEFA EFA Realizar el seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización ambiental por las EFA. Exigir la presencia del responsable del área que realiza la función de fiscalización ambiental de la EFA. Emitir mandatos o disposiciones y efectuar el seguimiento y control de su cumplimiento. Solicitar documentos y/o acceder a información, estableciendo un plazo determinado para su entrega. Brindar asistencia técnica a las EFA. Comunicar a la CG los incumplimientos de las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA. Permitir el acceso para la realización de la supervisión y designar al personal encargado de atender a los supervisores del OEFA. Proporcionar la información y documentación requerida, dentro del plazo establecido por este. Cumplir con los mandatos o disposiciones emitidas. Suscribir el Acta de Supervisión a través de su titular o del representante que este designe.

GRACIAS