PROYECTO DE DICTAMEN 1.- DATOS GENERALES DESARROLLO MODIFICACION DEL CONDOMINIO MIXTO PARA USO HABITACIONAL Y COMERCIAL TIPO MEDIO BARRIO DE SANTIAGO NORTE AUTORIZADO POR LA COMISIÓN ESTATAL DE DESARROLLO URBANO EN SU SESIÓN DEL DIA 21 DE FEBRERO DEL 2008. PROPIETARIO CONSTRUCTORA CEDE DEL BAJÍO, S.A. DE C.V. REPRESENTANTE LEGAL LIC. CARLOS ALEJANDRO RANGEL LOZANO. PERITO RESPONSABLE ING. JUAN CARLOS MEDINA MACIAS, REGISTRO No. P.R.O. 271 ANTE LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES. UBICACIÓN AV. PROLONGACIÓN ZARAGOZA, COLONIA TROJES DE ALONSO, AL NORTE DE LA CIUDAD DE AGUASCALIENTES, AGS. UBIICACIIÓN DEL PREDIIO 1
PROYECTO AUTORIZADO 21 DE FEBRERO DE 2008 2
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN 3
2.- DATOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CUADRO DE SUPERFICIES Y USOS TIPO DE USO NUMERO DE SUPERFICIE PORCENTAJE PREDIOS M2 HABITACIONAL 135 21,704.83 53.48 % COMERCIAL 2 370.33 0.91 % AREA DE USO COMÚN 8 2,240.28 5.52 % (VERDES Y CONVIVENCIA) A. USO COMÚN (VIALIDAD) / 12,691.30 31.27 % RESTRICCIÓN / 1,189.37 2.94% ÁREA DE DONACIÓN 1 2,388.00 5.88 % TOTALES 146 40,584.11 100.00% DENSIDAD DE POBLACIÓN 240 HABITANTES / HECTAREA PREDIO TIPO UNIFAMILIAR 8.00 X 18.00 m. = 144.00 M2. 3.- OBLIGACIONES FISCALES MUNICIPALES ESTATALES Conforme a la opinión emitida por el Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags., por conducto de la Secretaría de Desarrollo Urbano Municipal mediante oficio No. DFPM.-02226/09 de fecha 08 de abril del 2009, el promotor deberá pagar las siguientes cantidades: Por la opinión, integración del expediente y control de las obligaciones del promovente la cantidad de $ 33,379.30 (TREINTA Y TRES MIL, TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS CON 30/100 M.N.), según lo dispuesto por la Ley de Ingresos para el Municipio de Aguascalientes. Por la supervisión de la calidad de las obras de urbanización, deberá pagar la cantidad de $ 349,010.75 (TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DIEZ PESOS CON 75/100M.N.). Conforme al Artículo 10, Fracción 2 incisos c) de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes del 2008 se determina lo siguiente: Por la autorización de modificación del régimen de condominio el desarrollador deberá: 4
Efectuar un pago por la cantidad de $ 856.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS 00/100 M. N.), en las cajas receptoras de la Secretaría de Finanzas del Estado y entregar copia del recibo oficial de pago. 4.- OBSERVACIONES GENERALES 1. Se cuenta con opinión favorable del Ayuntamiento de Aguascalientes, emitida por conducto de su Secretaría de Desarrollo Urbano, mediante el oficio No. DFPM.- 02226/09 de fecha 08 de abril del 2009, en la que se incluyen obligaciones fiscales municipales, así como las donaciones a cargo del Promovente, mismas que son las válidas para éste dictamen y en su caso su Resolución. 5.- PROYECTO DE RESOLUCIÓN ANTECEDENTES: PRIMERO.- La Comisión Estatal de Desarrollo Urbano, en su sesión del día 21 de febrero de 2008 autorizó a el LIC. CARLOS ALEJANDRO RANGEL LOZANO, un proyecto en Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal para uso habitacional y comercial tipo medio denominado BARRIO DE SANTIAGO NORTE, ubicado al norte de la ciudad de Aguascalientes. SEGUNDO.- La citada persona, presentó solicitud con fecha 11 de marzo de 2009, a la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional del Estado para la modificación del condominio antes mencionado, bajo las mismas condiciones técnicas y de urbanización, con las que fue autorizado el Régimen de Propiedad en Condominio Horizontal para uso habitacional y comercial tipo medio denominado BARRIO DE SANTIAGO NORTE, por esta Comisión de Desarrollo Urbano el 21 de febrero del 2008. TERCERO.-El proyecto que se presenta a la consideración de esta Comisión se modifica fundamentalmente lo relativo a la superficie de la lotificación del desarrollo. RESOLUCIÓN: La Comisión Estatal de Desarrollo Urbano, en su sesión del día 15 de abril de 2009, considerando que el presente proyecto se refiere a la MODIFICACIÓN del CONDOMINIO MIXTO PARA USO HABITACIONAL Y COMERCIAL TIPO MEDIO denominado BARRIO DE SANTIAGO NORTE, mismo que fue aprobado por esta Comisión Estatal de Desarrollo Urbano en su sesión del día 21 de febrero del 2008, que los requisitos fueron cubiertos, es decir, que el expediente se encuentra debidamente integrado en términos de lo dispuesto por el Código Urbano para el Estado de Aguascalientes, así como el que existe opinión favorable del Ayuntamiento de Aguascalientes, por conducto de su Secretaría de Desarrollo Urbano, mediante oficio No. DFPM.-02226/09 de fecha 08 de abril del 2009, tiene a bien APROBAR la MODIFICACIÓN del CONDOMINIO MIXTO PARA USO HABITACIONAL Y COMERCIAL TIPO MEDIO denominado BARRIO DE SANTIAGO NORTE propiedad 5
de la empresa CONSTRUCTORA CEDE DEL BAJÍO, S. A. DE C. V. representada por el LIC. CARLOS ALEJANDRO RANGEL LOZANO Por tanto la citada persona queda sujeta a todas y cada una de las obligaciones determinadas en el dictamen de autorización generado en la sesión del día 21 de febrero de 2008, en la que se autorizó ese Régimen de Propiedad en Condominio y las propias que se deriven de la modificación de ese desarrollo, incluyendo la actualización de las respectivas factibilidades conforme al presente proyecto, así como a lo estipulado en la opinión emitida por el Ayuntamiento de Aguascalientes, Ags. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 431 del citado Código, dispone de 60 días a partir de esta fecha para entregar a la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional, el original y tres tantos del proyecto definitivo de su proyecto, mismo que deberá estar Georeferenciado en coordenadas U.T.M., para integrar totalmente el expediente respectivo, por lo que deberá pasar a dicha Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional para que se le indique el punto georeferenciado más cercano a su desarrollo. Asimismo, deberá presentar disco compacto que contenga plano de Lotificación completo, (el cual debe contener la superficie individual por predio, colindancias del predio, No. de predios, No. de manzanas, superficies total, habitacional, comercial, áreas verdes, de donación, restricciones, y usos del suelo), en formato.dwg. En dicho proyecto deberá incluir el plano de rasantes. Bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el término antes señalado, la aprobación de su proyecto no surtirá sus efectos y en consecuencia deberá someter a consideración de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano una nueva solicitud. Finalmente y para dar cumplimiento al artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado, se informa a el LIC. CARLOS ALEJANDRO RANGEL LOZANO que cuenta con un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación y/o publicación en el Periódico Oficial del Estado, para en su caso impugnar el presente documento, mediante el Recurso de Revisión, contemplado en dicha norma jurídica, o bien hacer valer juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, ya que en caso contrario constituirá un acto administrativo definitivo. 6