CAPÍTULO 136. EVALUACIÓN DEL OPERADOR DE HELICÓPTERO PARA CARGA EXTERNA 1. CÓDIGO DE ACTIVIDAD Sección 1. Antecedentes A. Mantenimiento: RESERVADO 3. OBJETIVO Este capítulo provee una guía de como evaluar a un solicitante de Certificado de Trabajo Aéreo RAB133 con helicóptero para carga externa. 5. GENERALIDADES A. El proceso de certificación proporciona una interacción entre el solicitante y la Autoridad, desde la investigación inicial hasta la emisión o rechazo de la certificación deseada. Esto garantiza que los programas, sistemas y métodos propuestos de cumplimiento sean revisados, evaluados y probados. B. El proceso de certificación consta de cinco fases. Dependiendo de la naturaleza de la operación solicitada la forma en que las cinco fases sean usadas dependerá del tamaño y complejidad de la operación. Las cinco fases son las siguientes: La fase de presolicitud Fase de solicitud formal Fase de cumplimiento de documentos Fase de demostración e inspección Fase de certificación (1) En la evaluación de un solicitante de operaciones bajo el RAB 133 los inspectores de operación, Aeronavegabilidad se concentrarán principalmente en las fases de demostración e inspección. VOL. II REVISIÓN 02 (06/00) PAG. 136-1
(2) Un inspector de Aeronavegabilidad designado como Líder del Proceso de Certificación está al corriente con todas las fases. El Líder de certificación del proyecto coordinará estrechamente todos las actividades con la especialidad apropiada. C. Clases de autorización de carga externa (1) Los inspectores de operación de la Autoridad aprueban cuatro distintas clases de carga externa. Independientemente de la clase, los inspectores de Aeronavegabilidad deberán concentrarse solamente en el dispositivo de carga y artefacto de descarga rápida. Quick release (2) La clase D autoriza el transporte del personal. Los artefactos para levantar personas deben estar aprobados por la Unidad de Aeronavegabilidad de la Autoridad. D. Medios de acoplamiento para carga externa de Helicópteros. Los Medios de acoplamiento para carga externa en helicópteros deben reunir los requerimientos del RAB 133. (1) Mientras se conduzcan operaciones de carga externa, la aeronave debe tener a bordo una fotocopia legalizada del certificado de operación aprobado para carga externa para Helicóptero. Este certificado constituye un certificado válido de Aeronavegabilidad mientras el operador conduzca operaciones de carga externa. Esto de ninguna manera invalida el certificado de Aeronavegabilidad emitido después de la certificación. La fotocopia, portada en la aeronave, es sólo válida mientras este trasladando a la carga externa. NOTA: El certificado normal de Aeronavegabilidad emitido después la certificación debe exhibirse como lo exigen la Reglamentación. (2) Cada medio de acoplamiento de carga externa debe estar aprobado. E. Dispositivo de descarga rápido (Quick Release) PAG. 136-2 REVISIÓN 02 (06/00) VOL. II
Un dispositivo de descarga rápido debe ser aprobado. (1) Un sistema de control para el quick release debe estar instalado mediante un método aprobado. Además debe tener un control mecánico manual para el dispositivo de quick release que estará fácilmente accesible a cada piloto u otro miembro de la tripulación. Sección 2. Procedimientos 1. PRE-REQUISITOS, REQUERIMIENTOS DE COORDINACIÓN, Y ENTRENAMIENTO RECURRENTE. A. Pre-requisitos Esta tarea requiere conocimiento de los requerimientos regulatorios del RAB 133. Finalización satisfactoria del Curso de Adoctrinamiento para Aviación General e Inspección de Operadores Aéreos, o equivalente. Autorización por parte del Jefe Nacional de Aeronavegabilidad B. Coordinación Esta tarea requiere coordinación entre los inspectores de Operaciones y Aeronavegabilidad, y el Jefe Nacional de Aeronavegabilidad. C. Entrenamiento Recurrente. Cada (2) dos años 3. REFERENCIAS, FORMULARIOS Y AYUDAS TRABAJO A. Referencias RAB 43, FAR 27, FAR 29 Circular de Asesoramiento de la FAA 133-1A Operaciones de carga externa para Helicóptero de acuerdo al FAR133. Manual Guía del Inspector de Aeronavegabilidad VOL. II REVISIÓN 02 (06/00) PAG. 136-3
B. Formularios Formulario 337 de la Autoridad C. Ayuda trabajo: Ninguna 5. PROCEDIMIENTOS A. Determine si los medios de acoplamiento para la carga externa han sido sean aprobados. (1) Examine los registros de mantenimiento y alteración a fin de asegurar los medios de acople que fueron instalados utilizando los datos aprobados. Asegúrese que la información sea parte del diseño tipo del Helicóptero o haya sido añadida como STC. (2) Si la aprobación es por el Certificado Tipo Suplementario (STC), asegure que la aprobación se refleje al mantenimiento del Helicóptero y los registros de alteraciones por el Formulario 337. B. Observe una Demostración. Una demostración satisfactoria de descargue rápido se debe realizar de acuerdo con el RAB 133. Si es posible un Inspector de Aviónica debe observar la demostración. C. Asegúrese que las placas y marcas están apropiadamente mostradas. Determine si los medios de acoplamiento de la carga externa están apropiadamente marcados indicando la carga total. Asegúrese que los placards conteniendo información sobre las combinaciones de carga de helicóptero y limitaciones de pasajeros están colocados en el cockpit en forma que pueda ser vista adecuadamente por el piloto. D. Informe al Inspector Líder de Certificación. Informe al Inspector Líder de Certificación de cualquier discrepancia encontrada. Si no se encuentran discrepancias, indique que los requerimientos de aeronavegabilidad fueron cumplidos. 7. RESULTADO DE LA TAREA PAG. 136-4 REVISIÓN 02 (06/00) VOL. II
A. La terminación satisfactoria de esta tarea será el resultado de la emisión o rechazo de un certificado de operación firmado por el Director General de Aeronáutica Civil. B. Archive en el archivo de la Autoridad correspondiente al Operador toda la documentación de soporte para la emisión del Certificado. 9. ACTIVIDADES FUTURAS. Observe actividades en el sitio para asegurar que el operador está cumpliendo con la Reglamentación Aeronáutica Boliviana, incluya en el programa nacional de vigilancia las auditorias técnicas necesarias. VOL. II REVISIÓN 02 (06/00) PAG. 136-5
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