Encuesta Foro Producción Agropecuaria, riesgos ambientales y seguros Conoce áreas de gobierno que se ocupen del tema ambiental? Sí 100% No 0% Está regulada al contaminación ambiental en su país? Sí 94% No 6% Se mide el impacto ambiental de un proyecto? 1
Sí 94% No 6% En su país, el derecho ambiental tiene rango constitucional? Sí 78% No 22% Existe una norma que regule lo referido a la protección del ambiente? Sí 72% 2
No 28% Existe seguro ambiental en su país? Sí 33% No 67% Conoce algún tipo de coberturas que ofrezca el mercado para cubrir el riesgo ambiental? Sí 33% No 67% Cuáles? Contra riesgos climáticos 3
Seguro ambiental INS Seguro de Caución El seguro ambiental que es obligatorio para determinadas actividades industriales Firmas de Seguros en áreas agrícola- ganadera- forestal etc.etc. Se exige algún otro tipo de garantía financiera para el riesgo ambiental? Sí 22% No 78% Cuáles? Fondo Agropecuario de Garantías Creo que existen boletas de garantía, que se ejecutan en caso de que empresa o lo que se llame pueda afectar al medio. NO conozco A continuación se expresa en un cuadro resumen, ordenado por países y en función de sus respuestas. Si el país de algún participante del foro no está en el cuadro me avisan y lo incorporo. 4
País Der. Constitucional Ley Específica Organismo de control Seguro Fondo Argentina Sí, art. 41 L. N 25.675 Secretaria de Ambiente y Desarrollo - Sustentable a nivel Nacional y dependencias provinciales Sí, obligatorio Fondo compesatorio Público - Fondo de recuperación Privado Chile Sí, art. 19 L. N 19.300 Comisión Nacional del Medio Ambiente o Comisión Regional del Medio Ambiente Sí, voluntario Fondo de Protección Ambiental Colombia Sí, capítulo III L. N 99 Ministerio del Medio Ambiente No Fondo Nacional Ambiental -FONAMy el Fondo Ambiental de la Amazonía Costa Rica Sí, art. 50 L. N 7554 Consejo Nacional Ambiental No Fondo Nacional Ambiental Ecuador Sí, art. 14, 15, 395 L. N 2004-019 Ministerio del Medio Ambiente Sí, voluntario No El Fondo Ambiental Ministerio del Medio Ambiente y Recursos de El Salvador El Salvador No Decreto 233/98 Naturales No Guatemala Sí, art. 97 Decreto 68/86 Comisión Nacional del Medio Ambiente No No Nicaragua Sí, art. 60 y 102 L. N 217 Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales No Fondo Nacional del Ambiente Paraguay Sí, art. 7 y 8 L. N 716 Secretaria del Ambiente. SEAM No No Peru Sí, arti. 2 y Cap. II L. N 28611 Ministerio del Ambiente Sí, voluntario No Republica Dominicana Sí, Sección IV L. N 64/00 Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales Sí, obligatorio Fondo Nacional para el Medio Ambiente y Recursos Naturales Uruguay Sí, art. 47 L. N 17.283 Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente No Fondo Nacional de Medio Ambiente Conclusiones En todos los países participantes el derecho a un ambiente sano es un a derecho constitucional salvo para El Salvador. Todos los países tienen una normativa específica para la temática ambiental, la mayoría tiene como autoridad de aplicación de la normativa ambiental a un Ministerio o a una Comisión dependiendo directamente de la Presidencia de la Nación. De los 12 países representados en el Foro, cinco tienen en su normativa contemplada un seguro ambiental y en dos de los países el seguro es obligatorio. Por otra parte 8 países han creado un Fondo ambiental con diferentes propósitos. Todos los participantes conocen autoridades ambientales, y la mayoría conoce sus normas y reglamentaciones. La mayoría de las leyes definen daño ambiental, dedican algún capitulo al tema de ordenamiento ambiental, educación ambiental y previsión. Los fondos son para distintos fines: educativos, planes de prevención, algunos para contingencias y muy pocos para reparar o compensar daño. Considerando que hace 10 años e común de la gente no tenía noción de biodiversidad, ecosistema, emisión de carbono, importancia de la forestación por el ambiente, etc. Es muy 5
importante que los países hayan avanzado y hecho público su preocupación por el daño ambiental. Más importante aún es que hoy en día ya no se confunde daño climático con daño ambiental, el daño climático es producido por la naturaleza y puede tener consecuencias ambientales, pero el daño ambiental es producido por las actividades que ejerce el hombre y por ello requiere de una actitud activa para evitarlo y en caso de tener un accidente una actitud activa respecto de contar con los recursos necesarios para reparar lo que de dañó. 6