8. Control estadístico de la siniestralidad 8.1. Factores claves para la clasificación de los accidentes 8.2. Notificación de los accidentes de trabajo. 8.3. Conceptos clave para la notificación de accidentes 8.4. Índices estadísticos de siniestralidad
8.1. Factores claves para la clasificación de los accidentes - Naturaleza de la lesión. - Ubicación de la lesión (parte del cuerpo lesionada) - Agente material de la lesión - Agente material del accidente y parte del mismo. - Forma o tipo de accidente - Causas del accidente.
8.2. Notificación de los accidentes de trabajo. Modelos oficiales de notificación de accidente En el artículo 23 de la LPRL se contempla la obligatoriedad del empresario de "notificar por escrito a la autoridad laboral los daños para la salud de los trabajadores a su servicio que se hubieran producido con motivo del desarrollo de su trabajo" y para ello remite al procedimiento establecido reglamentariamente. Los modelos oficiales establecidos son los siguientes: Parte de Accidente. Relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica Relación de altas o fallecimientos de accidentados
8.2. Notificación de los accidentes de trabajo. Esquema de Notificación de Accidentes de Trabajo - ORDEN DE 16-12-1987, BOE N 311 DE 29-12-1987 - ORDEN TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de los accidentes de trabajo y se posibilita su transmisión por procedimiento electrónico. BOE núm. 279 de 21 de noviembre de 2002
8.2. Notificación de los accidentes de trabajo. Parte de Accidente. Deberá cumplimentarse en aquellos accidentes de trabajo o recaídas que conlleven la ausencia del accidentado del lugar de trabajo de, al menos, un día - salvedad hecha del día que ocurrió el accidente -, previa baja médica. Los destinatarios serán los siguientes: - Entidad gestora o colaboradora (original), - Dirección General de Informática y Estadística del MTyAS (1ª copia), - Autoridad Laboral (2ª copia), - Empresario (3ª copia), - Trabajador (4ª copia).
8.2. Notificación de los accidentes de trabajo. Relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica Deberá cumplimentarse mensualmente en aquellos accidentes de trabajo que no hayan causado baja médica. Dicho documento será remitido por - el empresario o trabajador por cuenta propia, según proceda, en los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al que se refieren los datos y los destinatarios son - los mismos que en el caso anterior.
8.2. Notificación de los accidentes de trabajo. Relación de altas o fallecimientos de accidentados Deberá cumplimentarse mensualmente, relacionándose aquellos trabajadores para los que se hubieran recibido los correspondientes partes médicos de alta. Dicho documento será remitido mensualmente por - la Entidad gestora o colaboradora a - la Dirección General de Informática y Estadística del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales antes del día 10 del mes siguiente al de referencia de los datos, indicando la causa del alta.
8.3. Conceptos clave para la notificación de accidentes
1. Identificación: datos del accidente - Persona accidentada (nombre, edad, ocupación, categoría, antigüedad, horario de trabajo, tipo de contrato, etc.). - Fecha - Lugar donde ocurrió - Hora (hora del día, hora de trabajo) - Día de la semana - Testigos del suceso - Etc. Nota. En el supuesto de notificación de incidentes son aplicables todos los datos anteriores excepto, obviamente, los relativos a la persona accidentada que se sustituye por la persona/s relacionadas con el incidente.
2. Descripción del accidente - incidente - Descripción literal - Agente material: objeto, sustancia, local, etc., que produce el accidente. - Forma en que se produjo: suceso, contacto con energía o sustancia que directamente tiene como resultado el daño.
3. Causas del accidente. - Situaciones, conductas o actividades que secuencialmente concatenadas dan lugar al accidente (tabla 3)
4. Consecuencias del accidente. - Naturaleza de la pérdida (lesiones personales, daños materiales, interferencias en el proceso, etc.). - Grado de la lesión (ej., lesiones graves). - Descripción de las lesiones (ej., fracturas). - Ubicación de la lesión o parte del cuerpo lesionada (ej., manos). - Coste económico (ej., tiempos perdidos, valoración de los daños materiales).
5. Evaluación del riesgo potencial. - Probabilidad de nueva ocurrencia (ej., alta, media, baja). - Evaluación de pérdida potencial (ej., igual, algo mayor, mayor, mucho mayor o catastrófica).
6. Medidas preventivas adoptar. - Técnicas y materiales (ej., protección de una máquina). - Humanas y organizativas (ej., actividades formativas). - Valoración económica
8.4. Índices estadísticos de siniestralidad FRECUENCIA I f = Accidentes/horas trabajadas x 10 6 Para el caso de accidentes mortales: IF M = Nº accidentes mortales/horas trabajadas x 10 8 GRAVEDAD I g = Jornadas perdidas/horas trabajadas x 10 3 INCIDENCIA I i = Accidentes/Nº medio de trabajadores expuestos x 10 5 Para el caso de accidentes mortales: II M = Nº accidentes mortales/nº medio de trabajadores expuestos x 10 5 DURACIÓN MEDIA D m = Jornadas perdidas/nº accidentes
Frecuencia. Índice de Frecuencia I F _ total _ de _ accidentes _ total _ de _ horas hombre _ trabajadas 6 10 Índice de Frecuencia de Accidentes Mortales I _ accidentes _ mortales _ de _ horas hombre _ trabajadas 8 F ( m) 10 _ total
Gravedad. Índice de Gravedad I G _ total _ de _ días total _ de _ horas de _ trabajo _ perdidos hombre _ trabajadas 3 10
Incidencia. Índice de Incidencia I I total _ medio _ de _ de _ accidentes personas _ expuestas 3 10 Índice de Incidencia de Accidentes Mortales _ accidentes _ mortales _ medio _ de _ personas _ expuestas 5 I I ( m ) 10
Duración Media. Índice de Duración Media I DM jornadas _ perdidas _ de _ accidentes