intrader Innovación y Tranferencia para el Desarrollo Rural RECOLECCIÓN SILVESTRE SOSTENIBLE DE PLANTAS AROMÁTICAS Y MEDICINALES



Documentos relacionados
En el primer año de entrada de la Ley de Morosidad, las AA.PP. siguen tardando en pagar a los autónomos cuatro meses

Planificación Turística

A PESAR DE LA NUEVA DIRECTIVA EUROPEA, LA MOROSIDAD PÚBLICA Y LOS PLAZOS DE PAGO A AUTÓNOMOS VUELVEN A AUMENTAR

Calidad Medio Ambiente Seguridad Responsabilidad Social. Certificación de. Ecodiseño. Soluciones para la gestión de los riesgos ambientales UNE

PROPUESTA DE PROYECTO DE PLAN HIDROLÓGICO DE CUENCA DE LA PARTE ESPAÑOLA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO

Publicado en

Forest Stewardship Council FSC España

EL AGUACATE EN AGRICULTURA ECOLÓGICA. PUNTOS DE CONTROL Y CERTIFICACIÓN SEGÚN EL REGLAMENTO EUROPEO 2092/91 Y SUS MODIFICACIONES

EVOLUCIÓN Y SITUACIÓN ACTUAL DE LA PRESENCIA DEL ALUMNADO EXTRANJERO EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL ( )

Conferencia Internacional sobre los Bosques para la Seguridad Alimentaria y Nutricional. Incrementar los beneficios para las poblaciones rurales

MODULO 2. Uso Sostenible de los Recursos Naturales

EL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES REDUCE LA MOROSIDAD PÚBLICA AUNQUE SIGUE LASTRANDO LA ACTIVIDAD DE MILES DE AUTÓNOMOS

Presencia de Vison Americano (Neovison vison) en España

ANÁLISIS DEL ESTUDIO 165

Redacción de ordenanza de aprovechamiento de setas en el Paraje Natural de Interés Nacional de Poblet

Valor de la producción interior de España relativa a cada persona, expresada en euros

ORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA

Gabinete Jurídico. Informe 0298/2009

Evolución del número de afiliados a la Seguridad Social en el sector agrario

TRAZABILIDAD. PROPUESTAS DE LA UE EN MATERIA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA.

El impacto de la crisis en las ONG

9. ECONOMÍA Y HACIENDA 9.11 PRESUPUESTO. TITULO IX: Economía y Hacienda

Actualmente en la Comunidad Valenciana existen diferentes Figuras de Protección de los Espacios Naturales:

ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA. Año 2011 Datos provisionales (P) y Año 2010 Definitivo

Situación Laboral de los Jóvenes Españoles

Evolución del número de afiliados a la Seguridad Social en el sector agrario

Silvapyr S6 - Productos forestales no maderables Fichas técnicas. FLOR de ÁRNICA. Diciembre 2005

SINTESIS DEL CONTEXTO NACIONAL DE LA ENERGIA EOLICA EN CATALUNYA

El sistema español de gestión de los fondos europeos agrícolas

SANTA CRUZ DE TENERIFE., 25 ENERO 2010 EL SECRETARIO DE LA C.O.T.M.A.C. P.A. EL FUNCIONARIO, Pedro Sosa Martín

Generalitat de Catalunya Departament de Medi Ambient Direcció General de Qualitat Ambiental

Integración de la prevención de riesgos laborales

Calidad Medio Ambiente Seguridad Responsabilidad Social. Certificación I+D+i. Soluciones para la identificación y gestión de la I+D+i

CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL

Certificaciones de gestión de calidad y ambiental en la industria alimentaria

Diseño muestral de la Encuesta sobre integración social y necesidades sociales

PRESUPUESTOS DE GASTOS EN EDUCACIÓN POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS EVOLUCIÓN PERIODO

LA NUEVA FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA EN ANDALUCIA

PE06. RESPONSABILIDAD SOCIAL

El 17,1% de las empresas navarras fueron innovadoras tecnológicas frente al 13,2% del conjunto de España

D 15/02. Dictamen sobre el Plan de Formación Profesional de Castilla y León. Fecha de aprobación: Pleno 31/10/02

Protocolos de los Indicadores G3: Responsabilidad sobre productos (PR) GRI. Version 3.0

También se relacionan los ratios superficie forestal por funcionario técnico en las mismas CCAA.

El 17,9% de las empresas navarras fueron innovadoras tecnológicas frente al 13,2% del conjunto de España

LOS REGISTROS DE CONVENIOS EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y USO DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

EVOLUCIÓN Y SITUACIÓN ACTUAL DE LA PRESENCIA DEL ALUMNADO EXTRANJERO EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL ( )

Anejo I. Normativa, planes, programas y compromisos internacionales de referencia

... a la hora de planificar el territorio

PROPUESTAS MEDIOAMBIENTALES A TENER EN CUENTA EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las TIC basadas en fuentes abiertas. Un ejemplo práctico: Plataforma de Archivo electrónico

CONVENCION SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES

Principales resultados

1. Normas y señalización de seguridad

HORARIO SEMANAL DEL ÁREA DE EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA Y LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Preguntas frecuentes del precio del agua. Respuestas sobre la factura y el precio que pagamos por el agua que consumimos


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

ESTUDIO INFORESIDENCIAS.COM SOBRE PRECIOS DE RESIDENCIAS GERIÁTRICAS Y CENTROS DE DÍA PARA PERSONAS MAYORES 2007

APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

Qué es un Grupo de Consumo? Cómo crearlo y gestionarlo

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR

RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

ORDENANZA PARA LA ADECUACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL AYUNTAMIENTO DE CADREITA. NUMERO 29

Actividades INIA 2006

Diputación de Albacete. Paseo Libertad, Albacete. Tel Fax Guía

LOS AHORRADORES ESPAÑOLES APRUEBAN A LOS FONDOS DE INVERSIÓN Y A LOS PLANES DE PENSIONES

PROYECTO DE REAL DECRETO DE REGULACIÓN DE LA GARANTÍA DEL ORIGEN DE LA ELECTRICIDAD PROCEDENTE DE FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLES

Autor: Marion Hammerl. Institución: Fundación Global Nature

PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN AMBIENTAL Y LABORAL DE PROYECTOS FINANCIADOS POR LA CII

INFORMES incremento LEGISLAR MENOS, LEGISLAR MEJOR 1 / 2015

Sostenibilidad Certificaciones Ambientales

Normativa básica (II)

0. Introducción Antecedentes

ES ESTO JUSTO? ALGUIEN DEBERIA DAR EXPLICACIONES

Recomendaciones sobre el cigarrillo electrónico y medidas adoptadas en la Región n de Murcia

RESUMEN Sanidad-Carteles prohibido fumar

La protección de la salud en España

Acceso sostenible y equitativo a la tierra, a la pesca y a los bosques. Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable

MEMORIA DE ANÁLISIS DEL IMPACTO NORMATIVO

SGNR N RLM Asunto: Uso obligatorio de cinturones de seguridad y otros sistemas de retención. Instrucción 06/S- 87

LA MITAD DE LOS AHORRADORES CATALANES TIENE UN FONDO DE INVERSIÓN O UN PLAN DE PENSIONES

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN COMERCIAL

NORMATIVA APLICABLE A DETERMINADAS SOCIEDADES MERCANTILES, ENTIDADES Y ENTES PÚBLICOS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS

Circular sectorial Nº Circular :35/08 Ref: LB/00 Fecha: 10/09/08

Norma ISO 14001: 2004

Contabilidad. BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC ICAC: Consulta 2 BOICAC, núm. 98 SUMARIO:

Que es una reserva natural?

En España se editaron títulos en Tres de cada 10 publicaciones correspondieron a la temática de literatura

Medio Ambiente: Valor Constitucional y Protección Penal

ENCUESTA SOBRE EL USO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN (TIC) Y DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN LAS EMPRESAS (ETICCE)

Explotación de las variables educativas de la Encuesta de Población Activa: Nivel de Formación y Formación Permanente

Notificación a las Partes No. 2015/032; Anexo 3 p. 1

LAS DENOMINADAS CLÁUSULAS SOCIALES A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA LEGISLACIÓN ESTATAL Y AUTONÓMICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN

BENEFICIO EMPRESARIAL EN EL JUEGO DEL BINGO (2013) (POR COMUNIDADES AUTONOMAS)

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN TURISMO ESERP UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

Transcripción:

intrader Innovación y Tranferencia para el Desarrollo Rural RECOLECCIÓN SILVESTRE SOSTENIBLE DE PLANTAS AROMÁTICAS Y MEDICINALES Por: Eva Moré y Roser Melero (Área de Productos Secundarios del Bosque, del Centre Tecnològic Forestal de Catalunya).

Recolección silvestre: una actividad permanente. La recolección silvestre puede y debe ser sostenible Las plantas aromáticas y medicinales (PAM) han sido y siguen siendo un importante recurso para el bienestar humano, formando parte del patrimonio natural y cultural de cada región. En el marco de recolección silvestre, sostenibilidad implica el mantenimiento y mejora a largo plazo de la conservación de las poblaciones de plantas aromáticas y medicinales en su medio natural, es decir, de las densidades de planta existentes en una zona y momento determinado. Aunque existe la tendencia natural de ponerlas en cultivo, muchas de las especies útiles de nuestra zona continúan y continuarán en un futuro recolectándose del medio natural donde crecen, por dos motivos principales: 1. Pocas especies se cultivan. El conocimiento del cultivo de plantas aromáticas y medicinales se limita a aquellas especies y variedades con un mercado grande y consolidado. Sólo en este caso son justificables los importantes costes económicos y de tiempo necesarios para su domesticación y puesta en cultivo (Schippmann, Leaman y Cunningham, 2002). A modo orientativo, según datos de la IUCN, se estima que de las 50.000-70.000 especies de PAM utilizadas a nivel mundial, sólo unas 3.000 se comercializan a escala internacional y de éstas, únicamente unas 900 especies se cultivan (Mulliken, 2006). Las plantaciones comerciales actuales suelen ser de especies adaptadas a nuestras condiciones de cultivo, pero no necesariamente autóctonas, con variedades que provienen de ecotipos mejorados en otros países. De este modo la mayor parte de las especies utilizadas a nivel local siguen siendo desconocidas en cuanto a sus requerimientos reproductivos y de crecimiento, factores clave para su puesta en cultivo. Sólo algunas de ellas han sido cultivadas de forma tradicional en huertos particulares de zonas de montaña (Agelet, Bonet y Vallés, 2000) con el fin de mejorar y facilitar el acceso a estos recursos por parte de la población rural, pero sin el objetivo de optimizar los cultivos para finalidades comerciales. 2. Actividad tradicional Con el fin de garantizar esta sostenibilidad se han publicado varias guías, como son la Guía sobre la conservación de plantas medicinales (OMS, WWF y IUCN, 1993) y la Guía de las buenas prácticas de cultivo y recolección de plantas medicinales (OMS, 2004), de carácter orientativo y generalista y que actualmente están en revisión. Ante la previsión de continuidad de la actividad recolectora a nivel mundial y ante la falta de practicidad de estas guías, varios organismos internacionales iniciaron en el año 2004 un proyecto para la elaboración de un estándar que sentara las bases para determinar y garantizar la sostenibilidad de la recolección silvestre de PAM en todo su proceso productivo y considerando a todos los posibles agentes implicados, desde el recolector al distribuidor. Como resultado de este proyecto en el año 2007 se publicó el Estándar internacional para la Recolección Silvestre Sostenible de Plantas Aromáticas y Medicinales. Versión 1.0. (Medicinal Plant Specialist Group, 2007), que considera aspectos ecológicos, sociales y económicos de la recolección silvestre y que se estructura en 6 principios desarrollados en 18 criterios, cada uno de ellos con sus propios indicadores y fuentes de verificación, que permiten establecer la sostenibilidad de una actividad recolectora concreta y mejorarla en caso necesario. En la Tabla 1 se presentan los 6 principios del Estándar. 2 3 Aunque actualmente la recolección silvestre es una actividad muy minoritaria a nivel económico (Fanlo, 2004), no deja de ser inherente a la naturaleza humana y sigue realizándose como actividad tradicional, ya sea con finalidad lúdica o para autoconsumo.

Tabla 1. Principios del Estándar Internacional para la Recolección Silvestre Sostenible de Plantas Aromáticas y medicinales. Versión 1.0 (Medicinal Plant Specialist Group, 2007) La situación en España: cómo conseguir que la recolección silvestre sea sostenible? Requerimientos ecológicos y Principio 1 - Mantenimiento de los recursos silvestres de conservación de los recursos de PAM: la recolección silvestre debe realizarse en una escala y tasa de extracción que permita mantener las silvestres de PAM poblaciones silvestres a largo plazo. En España la recolección silvestre es una actividad económica muy minoritaria y tradicionalmente opaca, cosa que conlleva a: Principio 2 - Prevención de impactos negativos en el medio ambiente: se deben tener en cuenta los posibles impactos negativos derivados de la actividad recolectora en otras especies, tanto en la zona de recolección como en sus alrededores, tomando medidas que permitan prevenir estos impactos. Requerimientos éticos legales y Principio 3 - Cumplimiento de leyes, regulaciones y acuerdos normativos: la actividad recolectora debe cumplir con la normativa vigente y aplicable para cada especie y zona. Principio 4 - Respeto a los derechos consuetudinarios: se debe reconocer y respetar el derecho consuetudinario de las comunidades locales e indígenas sobre el uso y zonas de recolección silvestre de PAM. Requerimientos comerciales Principio 5 - Aplicación de prácticas de manejo responsable: la recolección silvestre de PAM debe realizarse siguiendo y de manejo unas pautas de gestión adaptadas a cada caso, que resulten prácticas y sean participativas y transparentes entre todos los agentes implicados en la actividad. Principio 6 - Aplicación de prácticas de comercio responsable: la recolección silvestre debe realizarse teniendo en cuenta los requerimientos del mercado, sin que estos puedan comprometer al mantenimiento de la sostenibilidad del recurso. 1. El desconocimiento de la misma, especialmente en lo que se refiere a los requerimientos ecológicos (determinación del umbral de sostenibilidad, conocimiento de mecanismos reproductivos de las especies), 2. la dificultad en el cumplimiento de la escasa normativa aplicable, y 3. el entorpecimineto en las posibilidades de transparencia en el mercado. Aunque se podría decir que queda aún mucho camino por hacer, existen cuatro aspectos básicos a respetar si se quiere garantizar la sostenibilidad de la recolección de PAM: 1. Conocer el recurso disponible, entendido como la parte aprovechada de planta, la especie y las poblaciones a recolectar: qué tenemos, cuándo debe recolectarse, cuánto tenemos, dónde lo tenemos y cómo se regenera. 2. Planificar la actividad recolectora, tanto en el tiempo como en el espacio: cuánto, dónde y cómo podemos extraer planta para volver a tener la misma cantidad que teníamos inicialmente en un período razonable de tiempo. El método de recolección depende de la especie y de la parte de planta a recolectar (Tabla 2). Siempre se debe recolectar uniformemente, de modo que el impacto después de la recolección sea difícil de percibir. 3. No recolectar nunca todo el recurso disponible: la tasa de recolección es el factor que más afecta al mantenimiento de las poblaciones silvestres. Depende de la especie, de la parte aprovechada y de la densidad de recurso inicial disponible. En general, no se recomienda recolectar más del 50% del recurso inicial. 4 5 4. Cumplir con la normativa aplicable: dar a conocer la actividad a realizar a la administración competente (Medio Ambiente) y cumplir con el pliego de condiciones establecido.

Tabla 2. Métodos de recolección según la parte aprovechada de planta. Parte aprovechada Método de recomendado recolección Ejemplos Parte aérea (hojas Cortar la parte crecida del año, Tomillo, romero, espliego, y tallos enteros, en evitando el corte de partes gayuba, orégano, milenrama, flor o no) leñosas. ortiga, hipérico, ajedrea, te de roca, cola de caballo. Hojas o flores solas, Cortar dejando siempre al menos Abedul, fresno, árnica, saúco, frutos, semillas la mitad de hojas, flores, frutos o malva, hinojo, escaramujo, semillas en la planta. enebro, espino albar. Raíces No arrancar nunca más de la Genciana, valeriana. mitad de las plantas. En genciana, arrancar la raíz, cortar el cuello y enterrarlo en el agujero resultante. Cortezas Podar una parte de las ramas y Espino albar. pelarlas. NORMATIVA RELATIVA A LA PROTECCIÓN DE LA FLORA SILVESTRE INTERNACIONAL Y EUROPEA Reglamento CE 338/97 y posteriores modificaciones (actualmente en vigor el Reglamento CE 318/2008), por los cuales se regula el comercio internacional de especies animales y vegetales según el Convenio Internacional sobre el Comercio de Especies de Flora y Fauna Amenazadas (CITES). Según esta norma, hay especies que no pueden ser comercializadas a nivel internacional, mientras que otras, como la genciana amarilla (Gentiana lutea), el árnica (Arnica montana), la gayuba (Arctostaphyllos uva-ursi), el licopodio (Licopodium clavatum), el trébol de agua (Menyanthes trifoliata), líquen de Islandia (Cetraria islandica) o harpagófito (Harpagophytum sp.) están sometidas a un control aduanero de las cantidades comercializadas a nivel internacional. Directiva 92/43/CEE Hábitats y posteriores modificaciones. El Anexo V de dicha directiva incluye especies de interés comunitario de las cuales su recogida de la naturaleza y explotación puede ser objeto de medidas de gestión. Entre ellas hay: genciana amarilla, árnica, genepi (Artemisia genepi), brusco (Ruscus aculeatus), y algunos musgos (Lycopodium sp.). ESTATAL Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres y modificaciones posteriores, y ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Normativa aplicable a la recolección silvestre El aprovechamiento silvestre de PAM puede verse afectado por diversos tipos de normas, de ámbito internacional, europeo, estatal o autonómico. Estas pueden hacer referencia tanto a la protección de flora silvestre, a la regulación del propio aprovechamiento forestal o a la comercialización del producto recolectado. Aunque la normativa de protección de flora estatal y autonómica puede considerarse ineficiente desde el punto de vista de las PAM, actualmente hay alguna señal de cambio, como demuestra el catálogo regional de Castilla y León, en el cual se incluye una nueva categoría de amenaza, nombrada con aprovechamiento regulado, para aquellas especies útiles susceptibles de ser explotadas del medio natural (Narcissus pseudonarcissus, Santolina oblongifolia, Arnica montana, Gentiana lutea, Sideritis hyssopifolia y Ruscus aculeatus). Catálogo Nacional de especies amenazadas (RD 439/1990 y modificaciones posteriores). Se encuentran especies aromático-medicinales como manzanilla de Sierra Nevada o manzanilla real (Artemisia grantensis), almoradux o mejorana (Thymus albicans) endémico en ciertas zonas de Andalucía y tomillo sanjuanero (Thymus loscosii) endémico del valle de Aragón. AUTONÓMICA Algunas comunidades autónomas también han redactado sus correspondientes Catálogos regionales de especies amenazadas, que es necesario conocer y respetar. Estas comunidades son: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Canarias, La Rioja, Madrid, Navarra y País Vasco. El resto de comunidades se encuentran en proceso de aprobación del Catálogo regional o bien han redactado normativas que pueden ser consideradas substitutivas de estos catálogos. 6 7

Tabla 3. Normativas sobre especies amenazadas en Aragón, Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco, de interés aromático-medicinal ARAGÓN DECRETO 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón. BOA nº 42 de 7/04/95 ORDEN de 4 de marzo de 2004. Especies de flora de interés especial Espino amarillo (Hypophaea rhamnoides subsp.fluvialitis) Genciana (Gentiana lutea subsp. monserratii), Hierba de Santa Rosa (Paeonia officinalis subsp.microcarpa) Oreja de oso (Ramonda myconi). MADRID Decreto 18/1992, de 25 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Catálogo Regional en especies amenazadas de fauna y flora silvestres y se crea la categoría de árboles singulares. Especies en peligro de extinción Especies sensibles a la alteración de su hábitat Narciso (Narcissus pseudonarcissus) Fresno común (Fraxinus excelsior) Tejo (Taxus baccata) Acónito (Aconitum napellus) Epilobio (Epilobium angustifolium) Trébol de agua (Menyanthes trifoliata) CATALUÑA Especies en peligro de extinción Tomillo Sanjuanero (Thymus loscosii). DECRETO 181/2005, de 6 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón. Especies de flora de interés especial Flor de nieve (Leontopodium alpinum subsp. alpinum) en espacios naturales protegidos y de la red natura 2000. DECRETO 172/2008, de 26 de agosto, de creación del Catálogo de flora amenazada de Cataluña. Especies protegidas Flor de nieve (Leontopodium alpinum) Agracejo (Berberis vulgaris subsp. seroi) Licopodio (Licopodium clavatum) Sauce (Salix daphnoides) Tomillo sanjuanero (Thymus loscosii) Thymus wilkommii Trébol de agua (Menyanthes trifoliata) Decreto 328/1992 de aprobación del PEIN (Plan d Espacios de Interés Natural). Especies protegidas Jara pringosa (Cistus ladaniferus) en les Gavarres y Serra de Collserola Drosera (Drosera rotundifolia) en el Massís de Cadiretes Efedra (Ephedra major) en Els Ports de Tortosa Lirio de los valles (Convallaria majalis) en la Serra d Aubenç Botón de oro (Adonis vernalis) en los Tossals d Isòvol y Olopte Orden de 5 de noviembre de 1984 sobre protección de plantas de flora amenazada en Cataluña. Especies reguladas para Genciana (Gentiana lutea) en 8todo el territorio su recolección catalán Especies protegidas Tejo (Taxus spp.) NAVARRA PAÍS VASCO Especies de interés especial Especies de interés 9especial Abedul (Betula pendula) Arándano (Vaccinium myrtillus) Avellano (Coryllus avellana) Genciana (Gentiana lutea) Regaliz (Glycyrrhiza glabra) Saúco (Sambucus nigra) Vedegambre (Veratrum album) DECRETO FORAL 94/1997, de 7 de abril, por el que se crea el Catálogo de la Flora Amenazada de Navarra y se adoptan medidas para la conservación de la flora silvestre catalogada. Especies sensibles a la alteración de su hábitat Tomillo sanjuanero (Thymus loscosii) Drosera intermedia DECRETO 167/1996 por el que se regula el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, Silvestre y Marina, y posteriores modificaciones (ORDEN de 8 de julio de 1997, de 10 de julio de 1998 y de 20 de mayo de 2003). Especies raras Apio (Apium graveolens subsp. butronensis), Epilobio (Epilobium angustifolium), Vara de oro (Solidago virgaurea subsp. macrorhiza). Agracejo (Berberis vulgaris) Árnica (Arnica montana) Carlina (Carlina acaulis subsp. caulescens) Drosera (Drosera intermedia), Efedra (Ephedra nebrodensis), Genciana amarilla (Gentiana lutea subsp. lutea) Licopodio (Lycopodium clavatum) Trébol de agua (Menyanthes trifoliata) Ajedrea (Satureja montana subsp. montana) Boj (Buxus sempervirens) Narciso (Narcissus pseudonarcissus) Tejo (Taxus baccata) Tomillo sanjuanero (Thymus loscosii) Vedegambre (Veratrum album)

NORMATIVA RELATIVA AL APROVECHAMIENTO SILVESTRE COMO ACTIVIDAD ESTATAL Ley 10/2006 de Montes (que modifica la Ley 43/2003), que delega la ordenación y gestión de los bosques a las comunidades autónomas. AUTONÓMICA Hoy por hoy sólo se han redactado normativas en: Cataluña, Navarra, Andalucía, Comunidad Valenciana, La Rioja, Madrid y Asturias. En la mayoría de estas leyes la recolección silvestre de PAM se considera un aprovechamiento forestal que puede ser objeto de autorización por parte de la Administración competente cuando ésta pueda suponer el desequilibrio de los ecosistemas o puedan poner en compromiso la persistencia de las propias especies. Igualmente, estas leyes suelen permitir la recogida tradicional o con finalidades científicas por personal suficientemente cualificado, siempre que no tengan implicaciones negativas en el medio o en las especies. En caso que fuera necesaria autorización, la administración podría pedir una licencia de recolección, establecería las condiciones técnico-facultativas y controlaría el aprovechamiento. Según esto, los aprovechamientos de PAM objeto de regulación serían aquellos que se realizan en grandes cantidades, de forma periódica y que implican un impacto importante en el medio, que suelen ser los que tienen finalidades comerciales. En general también, estas leyes se aplican en los bosques de utilidad pública. Solo Murcia y Andalucía disponen de normas específicas para la regulación del aprovechamiento de PAM en bosques privados. NORMATIVA RELATIVA A LA COMERCIALIZACIÓN DEL PRODUCTO RECOLECTADO ESTATAL Cuando es el mismo recolector quien envasa y vende la planta, hay que tener en cuenta también la normativa que regula la elaboración y comercialización de condimentos y especies (RD 2242/1984), de infusiones de uso alimentario (RD3176/1983) y de plantas medicinales (RD 1345/2007, complementada con la Orden SCO/190/2004 que establece un listado de plantas de venta prohibida o restringida por su toxicidad). Si se quiere comercializar un producto recolectado como producto ecológico se debe considerar también el REGLAMENTO (CE) NO 834/2007 DEL CONSEJO de 28 de junio de 2007 sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos. Según esta normativa la recolección de plantas silvestres o partes de ellas que crecen naturalmente en áreas naturales, bosques y áreas agrícolas se considerará un método de producción ecológico siempre que: a) dichas áreas no hayan recibido, durante un período de al menos tres años previo a la recolección, tratamientos con productos distintos de los autorizados para su uso en la producción ecológica de conformidad con el artículo 16; b) la recolección no afecte a la estabilidad del hábitat natural o al mantenimiento de las especies de la zona. Administración competente en recolección silvestre ARAGÓN: Gobierno de Aragón, Medio Ambiente, Medio Natural, Biodiversidad http:// portal.aragon.es/portal/page/portal/medioambiente/medionatural/ BIODIVERSIDAD Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón. http://portal.aragon.es/ portal/page/portal/medioambiente/cpn CATALUÑA: Generalitat de Catalunya, Departament de Medi ambient i Habitatge http:// www.gencat.cat/mediamb, Direcció General de Medi Natural o Subdirecció General de Boscos i Gestió de la Biodiversitat Servei de protecció de fauna, flora i animals de companyia. Servei de Parcs Servei de Gestió Forestal MADRID: Comunidad de Madrid http://www.madrid.org, Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Dirección General de Medio Ambiente o Subdirección General de Conservación del Medio Natural Area de Conservación de Montes: control de actividades de aprovechamiento. o Subdirección General de Gestión Territorial Area de Conservación de Flora y Fauna: ordenación y aprovechamiento de recursos forestales. NAVARRA: Gobierno de Navarra http://www.navarra.es, Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Dirección General de Medioambiente y Agua o Servicio de Conservación de la Biodiversidad Sección de gestión forestal 10 11 PAÍS VASCO: Gobierno Vasco, Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio http://www.ingurumena.ejgv.euskadi.net, Medio Ambiente, Dirección de Biodiversidad y Planificación Ambiental

RECOLECCIÓN SILVESTRE AROMÁTICAS Y BIBLIOGRAFIA AGELET, A.; BONET, M.A.; y VALLÈS, J.. 2000. Homegardens and their role as a main source of medicinal plants in mountain regions of Catalonia (Iberian Peninsula). Economic Botany 54 (3) pp. 295-309. FANLO, M. 2004. Situació actual de la producció de plantes aromàtiques, medicinals i condimentàries a Catalunya. Àrea de Productes Secundaris del Bosc. Centre Tecnològic Forestal de Catalunya. Medicinal Plant Specialist Group. 2007. International Standard for Sustainable Wild Collection of Medicinal and Aromatic Plants (ISSC-MAP). Version 1.0. Bundesamt für Naturschutz (BfN), MPSG/SSC/IUCN, WWF Germany, and TRAFFIC, Bonn, Gland, Frankfurt, and Cambridge (BfN-Skripten 195). http://www.floraweb.de/map-pro/standard_version1_0_spanisch.pdf MULLIKEN, T. 2006. Medicinal Plant Cultivation. Scope, scale and diversity. TRAFFIC International. En: 1st IFOAM International Conference on Organic Wild Production. Teslic, May 3-4 2006, Bosnia and Herzegovina. OMS, 2004. Directrices de la OMS sobre Buenas Prácticas Agrícolas y de Recolección (BPAR) de Plantas Medicinales http://www. who.int/medicinedocs/es/d/js5527s/5.html SCHIPPMANN, U., LEAMAN, D.J. y CUNNINGHAM, A. B.. 2002. Impact of cultivation and gathering of medicinal plants on biodiversity: global trends and issues. En: FAO. 2002. Biodiversity and the ecosystem approach in agriculture, forestry and fisheries. 9th Regular Session of the Commission on Genetic Resources for Food and Agriculture - Satellite event. Rome., 12-13 october 2002. Inter-Departmental Working Group on Biological Diversity for Food and Agriculture. Rome. WHO/IUCN/WWF 1993. Guidelines on the Conservation of Medicinal Plants, (ISBN 2 8317 0136 8), IUCN, Gland, Switzerland, 1993 INTERNET Área de Medio Ambiente, Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural http://www.mma.es/secciones/biodiversidad/especies_ amenazadas/catalogo_especies La agricultura ecológica; Alimentación; Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural http://www.mapa.es/es/alimentacion/pags/ ecologica/introduccion.htm intrader Innovació i transferència per al Desenvolupament Rural Servicios de asesoramiento ambiental para la promoción de empresas y actividades relacionadas con la producción de plantas aromáticas y medicinales Àrea de Productes Secundaris del Bosc Centre Tecnològic Forestal de Catalunya Ctra. Sant Llorenç de Morunys, km.2 25280 Solsona Tel. 973481752 Fax 973180431 E-mail: eva.more@ctfc.cat http://intrader.ctfc.es 12