CURSO DE EXPERTO UNIVERSITARIO EN CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO CAPÍTULO V.- RÉGIMEN DE INVALIDEZ DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN. RECURSOS GUÍA DEL CAPÍTULO 1. OBJETO. El objeto de este capítulo es analizar el régimen de la invalidez de los procedimientos de contratación y los recursos existentes para hacer vales dicha invalidez. 2. CONCEPTOS FUNDAMENTALES. Nulidad. Anulabilidad. Revisión de oficio. Desistimiento del procedimiento. Declaración de lesividad. Recurso especial en materia de contratación. Recurso de reposición. Recurso de alzada. Recurso extraordinario de revisión. Recurso contencioso-administrativo. Jurisdicción civil. 3. MATERIALES. Manual (páginas 225-235). Resumen de novedades TRLCSP Esquema. Caso Test de autoevaluación. 4. CONSEJOS ESPECIALES. La adecuada comprensión de este capítulo exige familiaridad con los conceptos generales de Derecho administrativo de nulidad y anulabilidad, así como con el régimen de recursos de la Ley 30/1992 y la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa. Sin una adecuada comprensión de estas instituciones la comprensión de este capítulo es casi imposible. Dado que el Manual no describe las instituciones generales de Derecho administrativo, si se desea, se puede acudir a un Manual de Derecho
administrativo, por ejemplo el manual del Profesor Parada, que podrán encontrar en cualquier librería jurídica o biblioteca especializada. Como esta parte del Curso ha sido objeto de una profunda revisión normativa, se proporciona un texto descriptivo de las novedades: recomendamos su lectura y estudio. 2
CURSO DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO CAPÍTULO V.- RÉGIMEN DE INVALIDEZ Y DE RECURSOS CASO Puede una empresa que carece de solvencia suplir la misma, con la solvencia de uno de las empresas del grupo al que pertenece? 3
CURSO DE EXPERTO UNIVERSITARIO EN CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO CAPÍTULO V.- RÉGIMEN DE INVALIDEZ Y DE RECURSOS AUTOEVALUACIÓN 1. La regla general en Derecho Administrativo es: a. Nulidad, b. Anulabilidad. c. Invalidez. d. Ninguna de las anteriores. 2. El régimen de invalidez definido en los arts. 31 a 38 del TRLCSP resulta aplicable a todos los contratos del sector público menos: a. A los contratos subvencionados. b. A los contratos de las Administraciones públicas. c. A los contratos que nos sean ni de las Administraciones públicas, ni sujetos a contratación armonizada ni subvencionados. Art. 31 3. Las causas de nulidad de los actos preparativos: a. Coinciden con las dispuestas en el art. 62.1 Ley 30/1992. b. Son las definidas en el art. 62.1 Ley 30/1992 más los especificados en el TRLCSP.art. 32 c. Son radicalmente diferentes a las previstas en la Ley 30/1992. 4. Son causas de anulabilidad: a. Las infracciones del ordenamiento que no suponen causa de nulidad. Art. 33 b. Las causas de nulidad y otras previstas en la Ley 30/2007. 5. El TRLCSP prevé en casos excepcionales la continuación del contrato a pesar de constatarse causas de nulidad: a. Verdadero art 35.3 b. Falso. 4
6. El TRLCSP prevé la declaración de lesividad: a. Verdadero. Art. 34 b. Falso. 7. Es susceptible del recurso especial en materia de contratación: a. El acuerdo de adjudicación. Art 40 b. El acuerdo de adjudicación definitiva. c. Una causa de invalidez en la ejecución del contrato. 8. El Tribunal administrativo central de recursos contractuales tiene naturaleza: a. De órgano jurisdiccional b. De órgano administrativo c. De órgano mixto 9. El plazo de interposición del recurso especial en materia de contratación es de: a. 5 días hábiles. b. 15 días hábiles. Art. 314.2 c. Un mes. 10. El recurso especial contra el acto de adjudicación provisional puede desembocar en la adjudicación a otro licitador: a. Verdadero. b. Falso 11. La falta de capacidad de obrar o de solvencia económica del contratista, hace que el contrato sea: a. Nulo. b. Anulable. c. LCSP olvida regular los efectos. d. Ninguna de las anteriores. 12. La falta de crédito presupuestario después de la adjudicación a) Nulos b) Anulables c) Ineficaz d) Ninguna de las anteriores. 13. La intervención judicial en materia de contratos del sector público se produce: a. Siempre en el orden contencioso-administrativo. b. Siempre en el orden civil. c. Preferentemente en el contencioso-administrativo. 5