INFORESTUDIO ASESORIA JURIDICO LABORAL, S.L.



Documentos relacionados
Principales novedades

Real Decreto 3/2012 de medidas urgentes para la REFORMA LABORAL.

MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL ENTRÓ EN VIGOR EL 12 DE FEBRERO DE 2012 (BOE DE 11 DE FEBRERO DE 2012)

REFORMA LABORAL TRAS SU PUBLICACIÓN

comparación con la situación antes de la entrada en vigor de la presente Reforma y con la situación antes de la Reforma Laboral del 2010.

REF E OR O MA A L ABOR O AL

REFORMA LABORAL. La indemnización por la extinción del contrato indefinido será de 20 días por año trabajado en caso de

BUFETE ESCURA La Reforma Laboral: modificaciones destacables

Real Decreto 3/2012 de medidas urgentes para la REFORMA LABORAL

EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE LA REFORMA LABORAL

FRUTOS ASESORES CIRCULAR INFORMATIVA SOBRE LAS MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (AMPLIACIÓN)

LA REFORMA LABORAL: RESUMEN Y ASPECTOS RELEVANTES PARA EL EMPRESARIO

La Reforma Laboral y su incidencia en el sector funerario español

- Asesoría Laboral, Fiscal, Jurídica y Contable

CAPÍTULO IV.- MEDIDAS PARA FAVORECER LA EFICIENCIA DEL MERCADO DE TRABAJO Y REDUCIR LA DUALIDAD LABORAL.

Real Decreto-Ley 3/2012 de medidas urgentes para la Reforma del Mercado Laboral. Introducción

REAL DECRETO 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA LABORAL

Reforma en materia de contratación

MEDIDAS URGENTES REFORMA LABORAL RD-LEY 3/2012 BOE Incluida corrección BOE ENTRADA EN VIGOR RD-LEY 3/2012:

La Reforma Laboral y las consecuencias para los trabajadores. Secretaría de Empleo y Formación

REFORMA LABORAL. SINTESIS de la LEY 35/2010 de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.

Ley 35/2010, MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO

REFORMA DEL MERCADO LABORAL IV: MEDIDAS PARA FAVORECER LA EFICIENCIA DEL MERCADO DE TRABAJO Y REDUCIR LA DUALIDAD LABORAL

PRIMERAS VALORACIONES DE LA REFORMA LABORAL OPERADA POR EL RDL 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL.

COMPARATIVA DE LAS REFORMAS LABORALES

El RDL 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del. Pilar Sánchez Cuervo

Real Decreto 3/2012 de medidas urgentes para la REFORMA LABORAL. Exposición práctica

MEDIDAS URGENTE PARA LA REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO REAL DECRETO-LEY 3/2012

CIRCULAR REFORMA LABORAL JULIO 2012

Circular fiscal agosto 2012 Reforma Laboral Rentas exentas en el IRPF. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador

REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO: UNA APROXIMACIÓN A SU CONTENIDO.

MEDIDAS PARA REDUCIR LA DUALIDAD Y LA TEMPORALIDAD DEL MERCADO DE TRABAJO

Cómo te afecta la reforma laboral?

MEDIDAS PARA FAVORECER LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES

ASPECTOS RELEVANTES DE LA REFORMA LABORAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO

LA CONTRARREFORMA LABORAL DEL 2012 UNA APROXIMACIÓN DE URGENCIA. 6 líneas o 15 apartados para acercarse a la contrarreforma laboral.

ANÁLISIS DEL REAL DECRETO-LEY 10/2010, DE 16 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO (BOE DEL 17)

REAL DECRETO LEY 10/2010, DE 16 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO. CAPÍTULO I

INFORMACIÓN DE LA REFORMA LABORAL DE LA LEY 3/2012

Claves de la Reforma Laboral de 2012

REAL DECRETO-LEY 3/2012, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

INFORME U.T.F. SOBRE LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

GESTION INTEGRAL CONTABLE, FISCAL, LABORAL

RESUMEN DE LA NUEVA REFORMA LABORAL

REFORMA LABORAL FLEXIBILIDAD INTERNA Y EXTERNA

MONFORT & CAIXAS ASOCIADOS, S.L.

10 puntos clave de la reforma laboral 2012

1. Principales cambios en materia de extinción de contratos. 1.1 El despido improcedente

Permite a la empresa la incorporación y formación de una plantilla joven y su posterior consolidación en la empresa con la debida formación.

IRPF- rentas exentas: indemnizaciones despido (Ley 35/2006):

OTRA REFORMA LABORAL INJUSTA Y REGRESIVA LA CRISIS NO LA DEBEMOS PAGAR LOS TRABAJADORES

Circulares S & C Abogados

APUNTES DE URGENCIA SOBRE LA REFORMA LABORAL DE 2010 (BOE ). ASPECTOS MÁS RELEVANTES

REFORMA LABORAL DE 2012

DEFINITIVA REFORMA LABORAL 2012 MADRID, 19 DE JULIO DE I. Medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores.

APUNTES DE URGENCIA SOBRE LA LEY 35/2010, DE REFORMA LABORAL (BOE ). ASPECTOS MÁS RELEVANTES 1

RIVERO & GUSTAFSON ABOGADOS

Circular Nº 2 REAL DECRETO LEY 3/2012 DE 10 DE FEBRERO DE REFORMA DEL MERCADO LABORAL LA REFORMA LABORAL

REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL.

A cargo de Profª. Dra. Susana Moreno Cáliz

GUÍA BÁSICA DE LA REFORMA LABORAL

1. Principios generales de la reforma

UNIÓ PATRONAL METAL LÚRGICA

LA REFORMA LABORAL: MEDIDAS PARA FAVORECER LA FLEXIBILIDAD INTERNA EN LAS EMPRESAS

PRINCIPALES NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO LEY 5/2013 DE 15 DE MARZO

CONTRATO INDEFINIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Real Decreto 3/2012 de medidas urgentes para la REFORMA LABORAL. Exposición práctica

En el presente artículo realizamos un resumen de dichas modificaciones a fin de facilitar su mejor comprensión:

10 puntos clave de la reforma laboral 2012

LEY 3/2012 DE 10 DE FEBRERO DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO

CONTRATO PARA LA FORMACION Y EL APRENDIZAJE: Cláusulas específicas

LA FLEXIBILIDAD INTERNA 27/06/2013

Reforma laboral 2012 Resumen de las principales modificaciones

CONTRATOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. BONIFICACIONES A EMPRESAS. Dónde solicitar información acerca de los tipos de contratos?

EL DESPIDO EN LA REFORMA LABORAL APROBADA MEDIANTE REAL DECRETO LEY 3/2012

Qué medidas principales se han aprobado? REAL DECRETO-LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA

COMPARATIVA DE MEDIDAS LABORALES

Novedad sobre cotización al Régimen General de la Seguridad Social

CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE DEFINICIÓN. Guía de Contratos. Contrato para la formación y el aprendizaje

Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (Publicación BOE de Entrada en vigor 8 de julio de 2012).

U N I Ó PATRONAL METAL.LÚRGICA

COMPARATIVA DE LA REFORMA LABORAL OPERADA POR REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL

ABOGART & GUBARDI ABOGADOS

SUMARIO III.-AMPLIACIÓN DE LOS SUPUESTOS DE CONTRATO PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA 7 IV.- SUBCONTRATAS DE OBRAS Y SERVICIOS 8

ACTUALIDAD INFORMATIVA

TEMA 11: GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS (IX): LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL

BONIFICACIONES DE CUOTAS

BENEFICIOS FISCALES Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA LAS EMPRESAS SEGÚN EL TIPO DE CONTRATO FIRMADO CON LA PERSONA CON DISCAPACIDAD.

EL NUEVO MARCO LABORAL Y DE PENSIONES Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA

Carta Jurídico-Fiscal

Referencia del Consejo de Ministros

I. MEDIDAS EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Fomento del empleo: la Tarifa reducida

Boletín de Derecho Laboral

Portillo de San Antonio, 8, 4ª C Murcia Telf Fax NOVEDADES EN MATERIA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL 2012 (Febrero 2012)

REBES&FERRER ADVOCATS

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre

Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social 1

LA RIFORMA DELLA CONTRATTAZIONE COLLETTIVA E DEL CONTRATTO DI LAVORO

SUMARIO. fiscal. I. Reforma Laboral Nota explicativa de la AEAT sobre la deducción por creación de empleo de la Ley 3/2012.

Transcripción:

CIRCULAR: REAL DECRETO LEY 3/2012 MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL MEDIDAS PARA FAVORECER LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES: Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje - EDAD máxima: hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15 % podrán realizarse contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores menores de 30 años. - La DURACIÓN máxima del contrato se establece en 3 años. Mediante convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones dentro de unos límites (mínimo de 6 meses y máximo de 3años). - Expirada su duración, el trabajador podrá ser contratado nuevamente con esta modalidad por la misma o distinta empresa cuando se trate de DISTINTA actividad laboral u ocupación. - El trabajador podrá recibir LA FORMACIÓN en la propia empresa cuando se cumplan determinados requisitos. - Establece reducciones en las CUOTAS a la SEGURIDAD SOCIAL por la celebración de contratos para la formación y el aprendizaje y también por la transformación en indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje. Formación profesional - Derecho del trabajador a la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. - Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo acumulables por un periodo de hasta tres años. - Subsistema formación profesional para el empleo: los centros y entidades de formación debidamente acreditados participarán en el diseño y planificación del subsistema de formación profesional para el empleo. Creación de una cuenta formación en las que el SPE inscribirá la formación recibida por el trabajador a lo largo de su carrera profesional.

- Se evaluará la conveniencia de crear un cheque formación destinado a financiar el derecho individual a la formación de los trabajadores. - Programa de sustitución de trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo: podrán acogerse a este programa todas las empresas, cualquiera que sea el tamaño de su plantilla. Empresas de trabajo Temporal agencias de colocación: - Autoriza a las ETT para actuar como agencias de colocación siempre y cuando presenten una declaración responsable al SPE competente. MEDIDAS PARA FAVORECER LA CREACIÓN DE EMPLEO Nuevo contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores para empresas que tengan menos de 50 trabajadores. A jornada completa y con un período de prueba de 1 año. Establece una deducción fiscal de 3.000 cuando el primer contrato de trabajo concertado por la empresa sea con un menor de 30 años. También establece deducciones fiscales por contratar desempleados beneficiarios de la prestación por desempleo cuando se cumplan determinados requisitos. Además de establecer bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social. Requisito de mantenimiento de empleo. Contrato a tiempo parcial: posibilidad de realizar horas extraordinarias. Seguridad Social Regulación del trabajo a distancia (teletrabajo): definición, forma escrita, derecho a la formación, a la retribución total, adscripción a un centro. Bonificación de cuotas por transformación en indefinidos de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación. Empresas que tengan menos de 50 trabajadores. 500 /año. Mujeres: 700 /año. MEDIDAS PARA FAVORECER LA FLEXIBILIDAD INTERNA EN LAS EMPRESAS Clasificación profesional: elimina el sistema de clasificación de trabajadores por categorías profesionales. Generaliza el sistema de grupos profesionales. Distribución irregular de la jornada de trabajo: en defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el 5 % de la jornada de trabajo. Movilidad funcional: causas que posibilitan la movilidad funcional para la realización de funciones, tanto superiores como inferiores, no correspondientes al grupo profesional. El empresario deberá comunicar su decisión a los representantes de los trabajadores. Movilidad geográfica traslado: definición de las causas. No paralización efectiva del traslado. Prioridad de permanencia.

Modificaciones sustanciales condiciones de trabajo: incluye la modificación de la cuantía salarial. Nueva definición de las causas. La diferencia entre el carácter colectivo o individual de la modificación sustancial viene marcada por el umbral de nº de trabajadores afectados, independientemente de la materia. Reduce el plazo de preaviso de la modificación individual a 15 días. Nuevos supuestos del trabajador a rescindir el contrato e indemnización 20 días. Suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativa o de producción: Simplifica los trámites y elimina la autorización administrativa para llevar a cabo la medida. Régimen transitorio para los ERE en tramitación o resueltos y con vigencia. Medidas de apoyo a la suspensión y reducción de jornada: las empresas tendrán derecho a una bonificación del 50 % de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes con limitaciones en su duración y cumpliendo determinados requisitos. Reposición del derecho a la prestación por desempleo (6 meses) Negociación colectiva : DESCUELGUE: amplia los supuestos en que la empresa y los representantes pueden acordar la inaplicación de lo previsto en el convenio colectivo de sector o empresa previo periodo de consultas. Posibilidad de someter la solución de las discrepancias a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos o sus equivalentes autonómicos PRIORIDAD CONVENIOS COLECTIVOS DE EMPRESA: refuerza la prioridad aplicativa del convenio de empresa independientemente de lo que se pacte a nivel superior. VIGENCIA convenio colectivo: pone fin a la ultraactividad indefinida de los convenios. Las partes deberán negociar un nuevo convenio en el plazo máximo de 2 años. A partir de esa fecha, salvo pacto en contrario, el convenio ya no estará vigente. MEDIDAS PARA FAVORECER LA EFICIENCIA DEL MERCADO Y REDUCIR LA DUALIDAD LABORAL Limitación encadenamiento de contratos temporales: a partir del 01-01-2013 se recupera la prohibición de encadenar contratos temporales más allá de los 24 meses. Nueva regulación del despido colectivo: elimina la autorización administrativa. Causas económicas: se incluye la disminución persistente del nivel de ventas. Disminución persistente :cuando se produce durante 3 trimestres consecutivos. Nuevos posibles supuestos de prioridad de permanencia. Plan de recolocación externa a través de empresas de recolocación autorizadas en los despidos que afecten a más de 50 trabajadores. Régimen transitorio. Despido objetivo: modifica la redacción del despido por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas. El despido por faltas de asistencia al trabajo se podrá aplicar sea cual sea el índice de absentismo total de la plantilla. Procedencia del despido.

Despido improcedente: - Establece una INDEMNIZACIÓN de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades. Esta nueva indemnización se aplicará a los nuevos contratos. Estableciendo un régimen transitorio para los contratos suscritos antes de la entrada en vigor de la reforma. La generalización de la indemnización de 33 días conlleva la derogación de la DA Primera de la Ley 12/2001 que regula el contrato para el fomento de la contratación indefinida con indemnización por despido improcedente de 33 días. - Supresión del despido expres : la nueva redacción del art.56.2 suprime la referencia al reconocimiento empresarial del despido y ofrecimiento y depósito de la indemnización en el juzgado. - SALARIOS DE TRAMITACIÓN: únicamente se tendrá derecho a los salarios de tramitación cuando se opte por la readmisión. Excepción: los representantes legales de los trabajadores o delegados sindicales tendrán derecho a los salarios de tramitación tanto si optan por la indemnización como si optan por la readmisión. FOGASA: El resarcimiento al empresario por el FOGASA de una parte de la indemnización (8 días) únicamente se aplicará en los despidos declarados procedentes de los contratos de carácter indefinido celebrados por empresas de menos de 25 trabajadores. Despidos colectivos que afecten a trabajadores de 50 o más años en grandes empresas con beneficios: modifica los requisitos previstos para su aplicación y establece las reglas y el cálculo de la aportación. Modificaciones en la jurisdicción Social: adaptación a la supresión de la autorización administrativa (competencias, recursos). Se crea una nueva modalidad procesal para impugna la decisión empresarial de despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor por los representantes legales o sindicales de los trabajadores. Días hábiles agosto para despido colectivo (art.51 ET). OTRAS MEDIDAS Permiso por lactancia (art.37.4 ET): adopción y acogimiento. Reducción jornada por guarda legal: derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria. Disfrute de vacaciones: coincidencia con permiso paternidad. Periodo disfrute coincidencia con IT por otras contingencias. Bonificaciones en contratos vigentes: Las bonificaciones y reducciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social que se vinieran disfrutando por los contratos celebrados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley (12-02-

2012) se regirán por la normativa vigente en el momento de su celebración o, en su caso, en el momento de iniciarse el disfrute de la bonificación o reducción. Autónomos - abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único: los beneficiarios que sean hombres jóvenes hasta 30 años de edad o mujeres jóvenes hasta 35 años einicien su actividad como trabajadores autónomos podrán capitalizar el 100% de la prestación (antes 80%). Protección por desempleo: documentos que acreditan situación legal de desempleo en los supuestos del art.47 y 51 tras eliminar la autorización administrativa. Quedamos a su disposición para cualquier cuestión o aclaración que precise sobre cualquier aspecto de la REFORMA.