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Transcripción:

P-VI-01 03 Julio/08/15 1 de 8 Registro de Revisiones Número de Razón y Contenido del Cambio Aprobado por: Fecha de Revisión Revisión 03 Cambio de Presidente Lic. Hernán de la Garza Tamez 08/07/15 Elaborado por: Lic. Edgar Maciel Martínez Báez Aprobado por: Lic. Hernán de la Garza Tamez Puesto: Puesto: Director de Visitaduría Judicial Presidente del Poder Judicial de Tamaulipas F-PCD01-01

P-VI-01 03 Julio/08/15 2 de 8 1.0 OBJETIVO Documentar y controlar el proceso de vigilancia de la sana, honesta y eficiente administración de justicia en los Juzgados del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas. 2.0 ALCANCE Desde la elaboración del programa de visitas, hasta el informe de la realización las mismas al presidente del Supremo Tribunal de Justicia. 3.0 DEFINICIONES Y/O ABREVIATURAS 3.1 Visitas Judiciales.- Evento por el cual la Visitaduría Judicial realiza supervisiones de carácter jurídico-administrativo a los diferentes juzgados del Estado, con el fin de verificar el funcionamiento óptimo de estos. 3.2 Pleno.- Se refiere al Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado. 3.3 S.T.J.- Supremo Tribunal de Justicia. 4.0 RESPONSABILIDAD, AUTORIDAD, RECURSOS Y AMBIENTE DE TRABAJO. 4.1 Responsabilidad y Autoridad 4.1.1 Director de Visitaduria Judicial. Tendrá autoridad para realizar el programa anual de visitas, realizar visitas y coordinar sobre las mismas a los distintos visitadores, así como de informar de la realización de las visitas al Presidente. Sera responsable de: Elaborar y presentar al Presidente del Supremo Tribunal un calendario o agenda de visitas anual conforme a lo que marca la ley. Realizar visitas generales o especiales a los Juzgados de Primera Instancia y Juzgados Menores. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y las emitidas por el Pleno o por la Presidencia del Supremo Tribunal, asi como del Consejo de la Judicatura. Vigilar que los archivos y directorios de los diferentes Juzgados permanezcan ordenados y actualizados, a fin de agilizar la coordinación de actividades específicas. Supervisar que la atención del trato a todas las personas que asisten a los diferentes Juzgados, sean con la calidez y calidad debida. Dar cumplimiento a las disposiciones legales y a las emitidas por el Pleno o por el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia mismas que se consagran en el Art. 151 de la Ley Orgánica. Cumplir con las encomiendas del Consejo de la Judicatura. Las demás que la autoridad superior designe, de acuerdo al ámbito de competencia 4.1.2 Visitador Judicial. Tendrá autoridad para dar cumplimiento a las disposiciones legales y a las emitidas por el Pleno o por el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia mismas que se consagran en el Art. 151 de la Ley Orgánica. Sera responsable de:

P-VI-01 03 Julio/08/15 3 de 8 Realizar visitas generales o especiales a los Juzgados de Primera Instancia y Juzgados Menores. Supervisar que el trámite judicial en los juzgados se realice conforme a los lineamientos previstos en la lay con el objeto de otorgar al justiciable una debida que la impartición de justicia se haga con apego a la ley. Vigilar que los archivos y directorios de los diferentes Juzgados permanezcan ordenados y actualizados, a fin de agilizar la coordinación de actividades específicas. Supervisar que las atenciones de recepción a todas las personas que asisten a los diferentes Juzgados, muestren aptitud de servicio y calidad humana. Las demás que la autoridad superior designe, de acuerdo al ámbito de competencia 4.1.3 Oficial Judicial. No tendrá autoridad. Sera responsable de: Vigilar que los archivos y directorios del área de Visitaduría Judicial permanezcan ordenados y actualizados, a fin de agilizar la coordinación de actividades específicas, Fungir como enlace entre los visitadores y el Director, a fin de tramitar con oportunidad las instrucciones giradas por el Director, Atender y dar el debido seguimiento a los asuntos y acuerdos del Director de Visitaduría Judicial con el Pleno del Supremo Tribunal con Presidente del Supremo Tribunal de Justicia garantizando o en su caso el Consejo de la Judicatura, el cumplimiento de las instrucciones conferidas, Archivar documentación de las quejas recibidas, Establecer mecanismos de enlace entre las diferentes áreas del Supremo Tribunal de justicia relacionadas con la función específica, Informar al Director de Visitaduría Judicial de los asuntos sucedidos en su ausencia, Las demás que la autoridad superior designe, de acuerdo al ámbito de competencia. 4.2 Recursos 4.2.1 Humanos Presidente, Consejo de la Judicatura, Director de Visitaduria Judicial, Visitador Judicial, Oficial Judicial, Juez, Secretario de Acuerdos, Oficial Judicial del Juzgado y Público en General. 4.2.2 Materiales Computadora, Impresora, Internet, Papelería, teléfono, vehículo y equipo de oficina. 4.3 Ambiente de Trabajo Condiciones Generales de Oficina. 5.0 DESARROLLO 5.1 Realización y Autorización del Plan Anual de Visitas.

P-VI-01 03 Julio/08/15 4 de 8 En el mes de noviembre el Director de Visitaduría Judicial elabora el Programa Anual de Visitas ordinarias a los juzgados del Supremo Tribunal de Justicia, para el año siguiente; una vez efectuado lo presentará al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, para su revisión y aprobación. Revisado por el Presidente, es recibido en la Visitaduria Judicial por la Oficial Judicial, quien lo hará llegar al Director verificando este último si tuviera correcciones, de contenerlas, el Director de Visitaduria Judicial las acatará y realizará, entregándole el documento al Oficial Judicial a efecto que lo haga llegar a la Presidencia. Tanto en el caso que la Presidencia regresará el documento con el visto bueno, como en aquel que no hubiesen existido correcciones, el Director de Visitaduria procederá hacerles del conocimiento a los Visitadores Judiciales el Plan Anual de Visitas ordinarias elaborado. 5.2 Petición de Viáticos. Días antes para realizar la visita, el Director de Visitaduria Judicial ordena a la Oficial Judicial la realización de un Oficio de Solicitud de Viáticos dirigido a la Finanzas para efecto de contar con los recursos necesarios para ejecutar la visita. 5.3 Realización de Visita. Entregados los viáticos, el día de la visita el Director de Visitaduria Judicial o el Visitador, deberá estar diez minutos antes de la hora de entrada del personal del juzgado y se ejecutará la visita verificando lo siguiente: 5.3.2 Hora de Entrada del Personal. Efectuado el arribo a los juzgados se verificará la hora de llegada del personal, procediendo a entregar el Oficio de Comisión al Titular del Juzgado. 5.3.3 Apertura de Acta. El Visitador iniciará con el levantamiento de Acta de Visita, le indicará al Juez que coloque el rótulo de aviso al Público en General y Litigantes de la presencia de los visitadores para efecto de recibir cualquier queja en caso de existir estas. 5.3.4 Lista de Acuerdos. A continuación se revisará que la lista de acuerdos se encuentre publicada en los estrados del Juzgado, debidamente firmada por el Secretario de Acuerdos con el sello del Juzgado, así como corroborar el envió oportuno del documento descrito vía internet. 5.3.5 Libros de Gobierno y Registro. A continuación se solicitará se le pongan a la vista los siguientes libros según la naturaleza del juzgado: Libro de asistencia del personal. Libro de registro de expedientes. Libro de certificado de depósito.

P-VI-01 03 Julio/08/15 5 de 8 Libro de exhortos. Libro de despachos. Libro de apelaciones. Libro de sentencias. Libro de objeto de delito. Libro de instrumento de delito. Libro de control de procesados en libertad caucional. Libro de sentenciados en condena condicional. Libro de diligencias del actuario. Libro de registro de orden de aprehensión). Libro de sobreseimientos Libro de amparos directos e indirectos Libro de audiencias conciliatorias Elección de expedientes al azar Teniendo estos a la vista se hará constar en el acta lo siguiente: Si se encuentran autorizados por el Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y por el Secretario General de Acuerdos. Se revisará aleatoriamente su primer registro y último registro verificando los datos asentados con los expedientes que más adelante se solicitarán. 5.3.6 Condiciones Generales de Oficina. Se hará constar en el Acta de Visita, las condiciones del inmueble en el que se encuentra instalado el Juzgado haciéndose las observaciones necesarias (limpieza, orden, estado de mobiliario, y área en general). 5.3.7 Verificación de Observaciones Anteriores. Se solicitará al Juez o Secretario de Acuerdos el Acta de Visita, anterior para verificar el cumplimiento de las observaciones que se hubiesen realizado en la misma y una vez verificado el control administrativo se procede a verificar los expedientes de manera aleatoria. 5.3.8 Revisión de Expedientes. Se solicitarán y revisarán los expedientes de manera aleatoria asentando en el acta las observaciones que se pudieran presentar como: Falta de Folio. Falta de Firmas. Falta de Sello de Enlace. Dilación en el Acuerdo. Dilación en el Dictado de sentencia o acuerdos o resoluciones contrarias a circunstancias procesales.

P-VI-01 03 Julio/08/15 6 de 8 Cumplimiento a las exigencias legales en el dictado de las resoluciones Cumplimiento de las cargas procesales que la ley de la materia impone al juzgador 5.3.9 Verificación del sistema de Gestión Judicial Durante el desarrollo de la visita el personal encargado de practicar la visita debe explorar el sistema de gestión judicial con el objeto de verificar que en las ventanas con las cuales cuenta dicho sistema, cada unas de las acciones que en ellas se contemplan estén plenamente ejecutadas y liberadas. 5.3.10 Atención al Público. Asimismo se recibirán y atenderán a abogados, litigantes o público en general, que haya interpuesto alguna queja o denuncia de algún servidor público del juzgado, en la prestación del servicio. 5.3.11 Cierre del Acta. Concluido el horario de atención al público, se cerrará el acta otorgándole el uso de la voz al Titular y al Secretario de Acuerdos respectivamente para que manifestar lo que a su derecho corresponda en razón de las observaciones realizadas. Acto seguido, se dará por cerrada el Acta de Visita, firmando los que en ella intervienen, manifestando que al Titular del Juzgado se le dejara copia de la mima y un tanto al Director de Visitaduría Judicial. 5.4 Informe de la Visita. El Director de Visitaduria redactará el Informe de Visita, del resultado de la visita, dirigido a la Presidente del Supremo Tribunal de Justicia o al Pleno en su caso, en un término de tres días, el cual se entrega en Oficialía de Partes para hacerlo llegar a la Secretaria General de Acuerdos quien dará cuenta del mismo al Pleno o al Presidente del Supremo Tribunal de Justicia. Por último, el Oficial Judicial de Visitaduria, recibe el oficio con sello de recepción del informe y da cuenta al Director. 5.5. Seguimiento de Observaciones de la Visita. El Juez y Secretario de Acuerdos en forma conjunta elegirán un término que no excederá los treinta días naturales, el cual al concluir la visita se dejara asentado con el propósito de cumplir las observaciones realizadas en la visita, debiendo comunicar a las Visitaduria Judicial aquellas en el lapso adoptado con la debida comprobación, las cuales serán revisadas en la Visitaduria para en consecuencia determinar si fueron cumplidas, debiendo comunicar al Juez por oficio si esto hubiere ocurrido así, caso contrario hará del conocimiento del Juez de aquellos que fueren incumplidas otorgando un término al Juzgado de tres días para que proceda a ello, con apercibimiento que en caso de no hacerlo se obsequiara vista al Consejo de la Judicatura para los efectos legales correspondientes. 6 MONITOREO, MEDICION, ANALISIS Y REFERENCIAS. 6.1 Monitoreo.

P-VI-01 03 Julio/08/15 7 de 8 El Director de Visitaduría Judicial verifica que las actividades programadas se realicen en tiempo y forma, especificando el avance de cada una de ellas, la justificación en caso del incumplimiento de las mismas, así como las medidas correctivas. Informa acerca de los resultados obtenidos en la implementación de una acción, considerando tanto los resultados cuantitativos como cualitativos y la difusión de dicha acción. 6.2 Medición. Los informes de las visitas se deberán rendir máximo tres días hábiles después de realizada esta. Se deberán realizar un mínimo de ochenta y cinco por ciento de las visitas ordinarias en la fecha señalas en el plan anual de visitas. 6.3 Análisis. Este se hará del resultado de la medición, de no lograr el indicador el Titular deberá tomar las medidas necesarias para lograrlo. Fuente de Información Concepto Método de Análisis Frecuencia Técnica Estadística Aplicable Responsable Registro Aplicación Informe de Visita 100% informes rendidos dentro de los 3 días hábiles siguientes a su realización Grafica de Barras Mensual Grafica de Tendencia a partir del segundo mes Director de Visitaduria Aumentar la satisfacción del cliente interno Programa Anual de Visitas 85% visitas ordinarias señaladas en el Programa Anual Visitas Grafica de Barras Mensual Grafica de Tendencia a partir del segundo mes Director de Visitaduria Aumentar la satisfacción del cliente interno 6.4 Referencias. 6.4.1 Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos 6.4.2 Constitución Política del Estado de Tamaulipas 6.4.3 Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. 6.4.4 Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado. 6.4.5 Códigos Sustantivos y Procesales de la materia civil, penal y mercantil 6.4.6 Norma ISO 9001:2008 6.4.7 Elaboración y Control de Documentos (P-CD-01) 7.0 Anexos. 8.0 Registros.

P-VI-01 03 Julio/08/15 8 de 8 Código Tipo de registro Descripción Responsable de elaboración Responsable de resguardo Lugar de Retención Tiempo de Retención Papel Programa de Visita Visitaduría Judicial Visitaduría Judicial Vistaduria Papel Solicitud de viáticos Visitaduría Judicial Finanzas Finanzas Papel Oficio de Comisión H. Pleno Visitaduría Visitaduría Judicial Visitaduría Judicial Papel Acta de Visita Director de Visitaduria Director de Visitaduria Visitaduría Judicial Papel Informe de Visita Director de Visitaduria Presidencia Visitaduría Judicial