RELACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY MINERA CON LOS INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA AMBIENTAL E HÍDRICA

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Transcripción:

RELACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY MINERA CON LOS INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA AMBIENTAL E HÍDRICA Foro sobre cuencas costeras, uso agrícola y minería Mazatlán, Sinaloa 16 de marzo de 2016

Interrelación INTRODUCCIÓN Instrumentos de política ambiental Mecanismos para lograr la ordenación de las actividades con impacto ambiental significativo. Instrumentos de política hídrica Mecanismos para garantizar el aprovechamiento sustentable del agua. Instrumentos de política minera Mecanismos para regular la exploración, explotación y beneficio de minerales de competencia de la Federación. Congruencia

Artículo 25 Artículo 27 Artículo 4º INTRODUCCIÓN Derecho de toda persona a: -Un ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y -Al acceso, disposición y saneamiento de agua. El desarrollo nacional será integral y sustentable, y para lograrlo las actividades productivas quedan subordinadas al interés público. Derecho de propiedad (originaria y derivada), imposición de modalidades y regulación de elementos naturales para cuidar su conservación. Artículo 73 X, XVII y XXIX-G -Legislar en toda la república sobre minería; -Legislar sobre uso y aprovechamiento de aguas nacionales, y -Establecer la concurrencia en materia ambiental.

INTRODUCCIÓN Existe congruencia entre los instrumentos de política ambiental e hídrica frente a los de la política minera? La legislación sectorial económica está enfocada en maximizar generación de riqueza en el menor plazo posible, sin tomar en cuenta el capital natural que lo hace posible (Brañes, 2000: P. 664). Discrepancias y tensiones entre los diferentes ordenamientos en la materia.

Sustentabilidad COINCIDENCIAS LGEEPA Aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y sus elementos. LAN Aprovechamiento sustentable del agua, para garantizar su preservación en cantidad y calidad. LM Obligación de titulares de concesiones o asignaciones mineras de cuidar el ambiente.

Prevención COINCIDENCIAS LGEEPA Sujeción actividades controles administrativos previos. LAN de a Sujeción de aprovechamiento de aguas nacionales a concesión. LM Sujeción de exploración y explotación mineras que se realicen dentro de ANP, a la obtención de autorización de la CONANP.

COINCIDENCIAS Concesión minera Autorización impacto ambiental Concesión de aguas nacionales Exploración, explotación y beneficio de sustancias que se localicen dentro del lote. Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la Federación. Explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales para uso industrial. Permiso de descarga Autorización en ANP Descarga de aguas residuales a cuerpos receptores de propiedad nacional. Exploración y explotación de recursos mineros dentro de ANP.

Quien contamina paga COINCIDENCIAS LGEEPA Quien realice obras o actividades que afecten al ambiente, deberá asumir los costos. LAN LFD Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros. El agua paga el agua y usuariopagador.

Quien contamina paga COINCIDENCIAS LGEEPA Instrumento económico naturaleza fiscal de Instrumento económico de naturaleza financiera Destino específico de derechos mineros Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros

DISCREPANCIAS LGEEPA LM Integración del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Integración del Servicio Geológico Mexicano al Consejo. La LGEEPA no define las dependencias y entidades que formarán parte del Consejo. El SGM es la única entidad de la APF en formar parte del Consejo por mandato expreso de ley sectorial.

Prevención DISCREPANCIAS LGEEPA Sujeción actividades controles administrativos previos. LAN de a Sujeción de aprovechamiento de aguas nacionales a concesión. LM El otorgamiento de concesiones o asignaciones mineras únicamente depende de que las solicitudes sean respecto a terrenos libres.

DISCREPANCIAS La EIA es de naturaleza preventiva Tanto la LGEEPA como la LM garantiza parcialmente dicha naturaleza Ya que la primera solo exige que sea previa a la ejecución de obras o actividades, pero no a la obtención de otros instrumentos administrativos, mientras que la LM únicamente exige que las solicitudes de concesiones sean respecto a terrenos libres. Los proyectos llegan a la SEMARNAT con altas expectativas para su aprobación

Quien contamina paga DISCREPANCIAS LGEEPA Quien realice obras o actividades que afecten al ambiente, deberá asumir los costos. LAN El agua paga el agua y usuariopagador. LM Las contribuciones que la industria minera paga no internalizan sus externalidades.

Quien contamina paga DISCREPANCIAS Durante 2010 México fue considerado como uno de los principales países para invertir en minería, ubicándose como el primer destino en América Latina y el cuarto a nivel mundial. La procedencia de las fortunas de tres de las diez personas más ricas del país es el sector minero.

DISCREPANCIAS LGEEPA Participación social e información ambiental LM Carece de mecanismos de participación social e información en materia minera. Incluye diversos órganos, procedimientos y mecanismos de información, consultivos y participativos.

DISCREPANCIAS LGEEPA LM Instrumentos de gestión y conservación territorial y de recursos naturales La exploración, explotación y beneficio de minerales es de utilidad pública y es preferente sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno.

DISCREPANCIAS LM LH LIE LEG Art 6. La exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias a que se refiere esta Ley son de utilidad pública, serán preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno Art 96. Las actividades de Exploración y Extracción se consideran de interés social y orden público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento de la superficie o del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas. Art 42. El Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica se considera de interés social y orden público, por lo que tiene preferencia sobre cualquier otra actividad que implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de los terrenos afectos a aquéllas. Art 4. Las actividades a que se refiere la presente Ley son de utilidad pública, preferente sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del subsuelo de los terrenos.

Adición párrafo 6to del art. 4º CPEUM RECOMENDACIONES DH al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. la ley definirá bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable, estableciendo participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines. Tercero.- El Congreso de la Unión, contará con un plazo de 360 días para emitir una Ley General de Aguas.

LGA RECOMENDACIONES Que aclare la distribución de competencias de los tres órdenes de gobierno en materia de aguas; Que al expedirla se revisen disposiciones de otros ordenamientos y, en su caso, sean actualizadas; Que establezca instrumentos para la aplicación del principio el agua paga el agua y usuario-pagador; Que garantice que el otorgamiento de concesiones considere disponibilidad del recurso; Que establezca instrumentos que fortalezcan la participación ciudadana, la transparencia y el acceso a información, para que sean eficaces, y Que retome y se revise el orden de prelación de los usos del agua.

LGEEPA RECOMENDACIONES Que se revisen y se fortalezcan las disposiciones relativas al OET, así como sus alcances; Que incorpore la EAE de planes y programas de la APF, incluyendo al sector minero; Que se fortalezca la EIA, garantizando que sea anterior a cualquier otro control administrativo previo, y Que se revisen y se fortalezcan las disposiciones relativas a ANP, así como sus alcances.

LM RECOMENDACIONES Que se fortalezca su sentido de sustentabilidad; Que se elimine la incorporación del SGM al CNANP, pero ordenando reformar el RANP para su inclusión; Que para otorgamiento de concesiones se tome en cuenta instrumentos de gestión territorial; Que incorpore la evaluación de impacto social; Que se revisen las contribuciones que paga la industria para que internalicen externalidades; Que incorpore mecanismos de información, consultivos y participativos. Que se elimine la referencia de que las actividades mineras son preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno;

RECOMENDACIONES http://www.cemda.org.mx/wpcontent/uploads/2011/12/cem_libro.pdf

Roberto de la Maza Hernández Vo.Bo. Asesores Integrales S.C. roberto.maza@vobopa.com