REGLAMENTO DE BIEN-ESTAR

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Transcripción:

REGLAMENTO DE BIEN-ESTAR CAPÍTULO 1. CONTEXTO INSTITUCIONAL Artículo 1. Pensamiento Institucional. Desde su nacimiento, la Colegiatura Colombiana instaura Otro Mundo como filosofía institucional, fundamentada en el reconocimiento del Ser, lo cual posibilita modos creativos en el sentirse, pensarse, vivirse, comunicarse y relacionarse con el otro de otra manera, y lo asume como postura y apuesta de formación. Es en los diferentes procesos educativos en la comunidad académica, como se construye en torno a esta condición para habitar el mundo en permanente cambio. Colegiatura Colombiana concibe el SER HUMANO ÍNTEGRO como la FUERZA interna que expande y transforma. Se manifiesta en la vida a través de la emoción, el pensamiento, la acción y la palabra. Es la POTENCIALIDAD fundamental expresada en lo intelectual, relacional, laboral, físico y lúdico y en la abundancia, áreas de manifestación humana que se abordan para el trabajo CONSIGO. A partir de estas posturas la Colegiatura establece la Misión y la Visión de la Institución. Artículo 2. Misión. En Colegiatura Colombiana, Institución Universitaria especializada en las áreas creativa y comunicacional, desarrollamos procesos educativos e investigativos que propenden por la formación de seres humanos íntegros, autónomos y competentes en permanente búsqueda de pensarse, sentirse, expresarse y vivirse de otras maneras desde el respeto y el Bien-Estar, capaces de relacionarse en la diferencia y de proyectar sus acciones hacia el desarrollo social y cultural. Artículo 3. Visión. Colegiatura Colombiana, Institución Universitaria, en el 2020 es referente de calidad por la innovación en los procesos de formación de profesionales exitosos en las áreas creativa y comunicacional, que desarrollan con autonomía, responsabilidad e inteligencia propuestas para intervenir el contexto. 1

Artículo 4. Justificación. La Colegiatura Colombiana busca ofrecer a toda la comunidad Colegiatura espacios para la formación de cada Ser Humano en las áreas de manifestación humana: intelectual, relacional, laboral, físico y lúdico y en la abundancia, que se abordan para el trabajo CONSIGO. En estos espacios se desarrollan los programas de Bien- Estar que permiten al Ser Humano construir, mejorar y fortalecerse integral y autónomamente. Artículo 5. Propósito del Reglamento. Ofrecer información y orientación a la comunidad Colegiatura sobre los propósitos, la estructura, los objetivos, los programas y las actividades de Bien-Estar, así como los procedimientos para la utilización de sus servicios, con la finalidad de favorecer su desarrollo como Seres Humanos en permanente búsqueda de pensarse, sentirse, expresarse y vivirse de otras maneras. CAPÍTULO 2. PRINCIPIOS GENERALES Artículo 6. Definición de Bien-Estar. El Bien Estar en la Colegiatura Colombiana está concebido como principio vital del pensamiento institucional. Desde la concepción de Otro Mundo en la Institución se propende por la creación de un espacio en el cual estudiantes, docentes, empleados y egresados se encuentren de un modo diferente, y puedan lograr su realización personal. El Bien-Estar es entonces una actitud de cada uno de los actores de la comunidad, para la formación de seres humanos íntegros y autónomos. Se concibe Bien-Estar como la capacidad del individuo de sentirse y pensarse en positivo, velando por su autocuidado y buscando siempre su autorrealización, y desde ese escenario, posibilitar el relacionarse con los otros de manera empoderada y constructora de comunidad. Esa forma de asumirse, tanto dentro como fuera de la institución, es válida para cada uno de los individuos que conforman la comunidad Colegiatura: estudiantes, docentes, empleados y graduados, y en la medida de lo posible, el entorno al que afectan directa o indirectamente. Es por esto que Bien-Estar será también la forma como se relacione ese individuo con los demás, dentro y fuera de la Institución, durante toda su vida. 2

Artículo 7. Misión de Bien-Estar. Crear un ambiente permanente de posibilidades y desarrollo para contribuir con los logros académicos, personales y sociales de la comunidad Colegiatura mediante el desarrollo de programas y actividades en las áreas de manifestación: relacional, intelectual, laboral, físico, lúdico, abundancia y trabajo consigo como Seres Humanos en permanente búsqueda de pensarse, sentirse, expresarse y vivirse de otras maneras para la sana convivencia, el respeto, la felicidad y la autorrealización. Artículo 8. Objetivos de Bien-Estar. a. Brindar a la comunidad Colegiatura, estudiantes, docente, directivos, administrativos, graduados- espacios que favorezcan su realización como Seres Humanos. b. Brindar a la comunidad Colegiatura espacios para el fortalecimiento en las áreas manifestación: relacional, intelectual, laboral, físico, lúdico, abundancia y trabajo consigo. c. Generar un clima institucional que promueva la búsqueda permanente de la felicidad como un derecho, que se fundamenta en la necesidad de darle sentido a la propia vida y que compromete el desempeño profesional y social. d. Generar acciones que propendan por la construcción de la Comunidad Colegiatura. e. Ofrecer planes y beneficios sociales, legales y extralegales que permitan a los empleados mejorar su calidad de vida laboral, la construcción, la realización y la transformación de sí mismos y de su entorno. f. Ofrecer formación a directivos, administrativos y docentes con el fin de fortalecer y potencializar el mejoramiento continuo de las tareas organizacionales y su desarrollo personal y profesional. g. Crear estrategias para favorecer la permanencia de los estudiantes en la Colegiatura, desde su autonomía y autorrealización. h. Propiciar espacios y ambientes acogedores a las familias que participan en la formación integral de sus hijos. 3

i. Establecer y adoptar estrategias que motiven y hagan partícipes a la comunidad Colegiatura en los procesos de Bien-Estar. Artículo 9. Política de Bien-Estar. La Institución reconoce el BIEN-ESTAR del Ser Humano como base del proceso formativo y se compromete a atender integralmente a la comunidad Colegiatura, partiendo de la identificación de las necesidades esenciales en sus áreas de manifestación desde los principios y el pensamiento Institucional. Artículo 10. Beneficiarios de los Programas de Bien-Estar. Son beneficiarios de los programas de Bien-Estar, los estudiantes, los docentes, los administrativos, los graduados y sus familias, los cuales se conciben como la Comunidad Colegiatura. CAPÍTULO 3. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO Artículo 11. Estructura Orgánica. La Unidad de Bien-Estar, es la estructura organizacional encargada del liderazgo y la coordinación de los programas de bienestar. Está adscrita a la Dirección de Saber Sostenible. Está conformado por la Coordinación de Bien-Estar, la Secretaria de Bien-Estar y la Asesora en Formación. Artículo 12. Responsabilidades de la Unidad de Bien-Estar. Coordinar los programas y las actividades institucionales que respondan a necesidades de la comunidad Colegiatura en relación con las áreas de manifestación: relacional, intelectual, laboral, físico, lúdico, abundancia y trabajo consigo. Junto con la Dirección de Saber Transformador diseñar, implantar y evaluar estrategias para favorecer la permanencia de los estudiantes en la Colegiatura. 4

Coordinar el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, que se establezcan para el cuidado laboral de los empleados, y promuevan ambientes de trabajos saludables y productivos. Diseñar y desarrollar el Plan de Formación de académicos y administrativos, acorde a las necesidades del entorno y la Institución. Crear y desarrollar conjuntamente con la Unidad de Prácticas y Graduados un plan de capacitación y acompañamiento de los graduados Colegiatura. Promover convenios interinstitucionales para la comunidad Colegiatura, en las áreas manifestación: relacional, intelectual, laboral, físico, lúdico, abundancia y trabajo consigo. Desarrollar el despliegue de los procesos y el talento humano a través de los cuales se cumplen los programas de vinculación, aplicación, mantenimiento, desarrollo, evolución y clima organizacional del talento humano. Coordinar acciones para la construcción de la Comunidad Colegiatura: cultura e identidad institucional. Artículo 13. Presupuesto. El presupuesto para los programas y las actividades de la Unidad de Bien-Estar, se fija con base en las disposiciones normativas vigentes en Colombia sobre la materia, específicamente en la Ley 30 de 1992. Artículo 14. Vinculación a Programas y Servicios. La vinculación a los programas y a los servicios de Bien-Estar, deberá realizarse conforme a los procedimientos que la Unidad de Bien-Estar designe, en cumplimiento de la normativa institucional vigente. 5

CAPÍTULO 4. PROGRAMAS DE BIEN-ESTAR Artículo 15. Programas de Bien-Estar. Para el cumplimiento de la misión y el desarrollo de los objetivos planteados, la Unidad de Bien-Estar define los Programas en las áreas de manifestación: relacional, intelectual, laboral, físico, lúdico, abundancia y trabajo consigo. Entendiendo que el Ser Humano es integral, los programas atienden más de un área de manifestación. Artículo 16. Programas de Salud: áreas física, intelectual y relacional. Pretende dar respuesta, por medio de programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, a las necesidades de la comunidad Colegiatura en las áreas de manifestación física, psico-afectiva, intelectual y relacional: Asesoría en formación. Jornadas de vacunación. Jornadas de donación de sangre. Clases de Yoga. Jornada de salud integral. Atención primeros auxilios. Pausas activas. Póliza estudiantil. Plan de emergencias y evacuación. COPASST. Artículo 17. Programas de Cultura: áreas lúdica, relacional y abundancia. Tiene por objetivo fomentar la participación y el interés por las diferentes iniciativas y propuestas que hablan de los valores sociales y de nuestra idiosincrasia, con miras a la valoración de las dinámicas y realidades sociales que hacen parte de nuestro mundo. Sábado Cole. Vacaciones Recreativas. 6

Diseño del Cuaderno Institucional. Participación en ASCUN Cultura (concurso de fotografía, canto, arte). Servicio de cafetería Servicio de parqueo gratuito, si en el vehículo ingresan cuatro personas. Servicio de fotocopiadora color, b/n, tres D. Artículo 18. Programas de Desarrollo Humano: áreas intelectual, relacional, laboral y consigo mismo Promueve actividades que conlleven el mejoramiento de habilidades y actitudes, para que los miembros de la comunidad Colegiatura alcancen niveles para ser cada vez más integrales en la relación consigo mismo y con los demás. Programa de Inducción empleados nuevos Programa de re inducción empleados antiguos. Conferencias y capacitaciones con invitados nacionales e internacionales. Plan de Formacion Institucional, en los módulos de Desarrollo Humano y Organizacional, Técnico, Académico y Escuela Docente. Seminario Pre-práctica. Apoyo estudiantes Fondo EPM. Acompañamiento Mentorías. Menciones de Honor. Asesoría en formación. Celebraciones especiales. Artículo 19. Programas de Promoción Socioeconómica: áreas laboral, intelectual y abundancia. Pretende apoyar a los integrantes de la comunidad Colegiatura a través de incentivos y estímulos socioeconómicos, en el logro de sus metas y el mejoramiento de la calidad de vida. FONDO EPM. Beca GHANDI. 7

Becas institucionales: Promedio y por Mérito. Beca empleados. Beca hijos de empleados. Financiación Institucional para matrículas de pregrado, posgrado y educación continua. Financiación Institucional para programas de Internacionalización. Artículo 20. Programas de Proyección Social: áreas relacional, abundancia y consigo mismo Tiene por objetivo concretar la Misión de Colegiatura, de manera expresa, a través del servicio dirigido a las comunidades más marginadas. Alianzas y convenios inter institucionales Tiquetes estudiantiles. Educación para el cuidado del medio ambiente. Artículo 21. Programas de Recreación y Deporte: áreas física, relacional, lúdica y consigo mismo. Se propone brindar oportunidades que faciliten el desarrollo de la conciencia frente al esparcimiento, el ejercicio y la relajación como punto de partida para un excelente desempeño laboral y académico. Estas actividades deportivas permiten además el aprovechamiento saludable del tiempo libre. Entrenamientos de fútbol (masculino y femenino). Clases de Rumba Aeróbica. Participación del torneo de ASCUN. CAPÍTULO 5. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE BIEN-ESTAR Artículo 22. Plan Estratégico de Acción. Para el cumplimiento de los objetivos señalados en cada uno de los Programas, la Dirección de Saber Sostenible y la Unidad de Bien-Estar, diseñan el plan estratégico de acción para una vigencia de dos (2) años. Dicho plan estratégico se ajusta a la disponibilidad presupuestal definida para los programas de Bien-Estar y se adapta a los cambios que demande el presupuesto Institucional. 8

Artículo 23. Aprobación y Control. Para el desarrollo del Plan Estratégico de Acción, todos los programas, actividades y servicios de Bien-Estar se someten a un proceso de aprobación y control por parte de la Dirección de Saber Sostenible de la Institución. Artículo 24. Vinculación a Programas, Servicios y Proyectos. La vinculación a los programas, los servicios y las actividades de la Unidad de Bien- Estar, de quienes se definen como beneficiarios, deberá hacerse bajo los principios establecidos en este reglamento y en la normatividad institucional vigente. La Unidad de Bien-Estar, con la revisión y aprobación de la Dirección del Saber Sostenible, fijará los procedimientos para la utilización de los servicios, dentro de los parámetros estándares de calidad, oportunidad, pertinencia y asequibilidad. Artículo 25. Comité de Bien-Estar El Comité de Bien-Estar, conformado por estudiantes, docentes y administrativos para la creación y difusión de las actividades de Bien-Estar, postulados de manera voluntaria y elegidos por votación popular o designados por los entes competentes de la Institución. CAPÍTULO 6. DISPOSICIONES FINALES. Artículo 26. Omisión del Reglamento. La omisión o desconocimiento del Reglamento no puede invocarse como causal de justificación para su incumplimiento. Artículo 27. Cláusula general de competencia. Las situaciones no previstas en este Reglamento y las excepciones al mismo, así como cualquier vacío, controversia o interpretación necesaria en su aplicación, serán decididos de manera exclusiva por el Rector de la Institución. Tales decisiones tendrán fuerza vinculante y se constituirán en adelante incorporadas como normas al presente reglamento. 9

Artículo 28. Reforma del Reglamento. Cualquier reforma al presente reglamento será de competencia exclusiva del Consejo Directivo. Artículo 29. Vigencia. El presente reglamento entra en vigencia a partir del día 22 de febrero del año 2016 JULIO SALLEG TABOADA Rector. 10