Descentralizacion y gestion de conflictos sociales DESCENTRALIZACIÓN Y GESTIÓN DE CONFLICTOS SOCIALES ALCANCES, ESTADO ALCANCES, ACTUAL ESTADO Y CONCLUSIONES ACTUAL Y Y CONCLUSIONES 10
Marco conceptual De acuerdo a los Lineamientos y Estrategias para la gestión de conflictos sociales elaborados por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), la intervención del Estado en los conflictos sociales debe contemplar la prevención, el tratamiento y el seguimiento de los conflictos. Sin embargo, el diseño normativo del proceso de descentralización no ha previsto la asignación clara de competencias y funciones en materia de gestión de los conflictos sociales, ni la coordinación que debe haber entre los distintos niveles de gobierno sobre el particular. Adicionalmente, el Gobierno Nacional aún conserva la competencia sobre los principales temas que generan conflictos sociales, por lo que la intervención de los gobiernos descentralizados en la gestión de los conflictos es limitada, a pesar que las consecuencias de éstos afectan directamente a la población y el territorio que gestionan. La Oficina de Gestión de Conflictos Sociales OGCSS es el órgano técnico especializado responsable de dirigir el proceso de gestión de los conflictos sociales en todos los niveles de gobierno y en el ámbito nacional; así, entre sus funciones se encuentran: Diseñar y formular lineamientos y estrategias para gestionar conflictos sociales en los tres niveles de gobierno. Implementar mecanismos de información y programas de fortalecimiento de capacidades en gestión de conflictos. Diseñar mecanismos de coordinación y articulación con las entidades públicas de todos los niveles de gobierno y con los actores de la sociedad civil. 10.1
Marco normativo Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N 27867. 2002 Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N 27972. 2003 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N 29158. Decreto Supremo que define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, incluyéndose la descentralización, D.S. N 027-2007-PCM. Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros creando la Oficina de Gestión de Conflictos Sociales, D.S. N 010-2010-PCM. Resolución Ministerial que aprueba lineamientos y estrategias para la Gestión de Conflictos Sociales, R.M. N 161-2011-PCM. 2007 2007 2011 2011 Ley del derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, Ley N 29785. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley del derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, Ley N 29785, según D.S. N 001-2012-MC. 2011 2012 10.2
Principales aspectos 1. Incremento de los conflictos sociales en los últimos años. 2. Medidas adoptadas por los gobiernos regionales. 10.3
Estado actual 1. Incremento de los conflictos sociales en los últimos años De acuerdo a la Defensoría del Pueblo, desde el 2004, el número de conflictos sociales se ha incrementado en 355%. Entre los años 2009 y 2012 la proporción de conflictos socio - ambientales supera el 50% del número total. Un significativo número de conflictos está vinculado a temas que son competencias de alguno de los sectores del Gobierno Nacional. Ejemplo: otorgamiento de concesiones para la explotación de recursos naturales a la empresa privada (caso minería). Una menor proporción de conflictos se debe a asuntos de gobierno regional y local. Ejemplo: incumplimiento de promesas electorales / Falta de transparencia. Actualmente, no existe claridad en la delimitación de competencias y funciones entre los tres niveles de gobierno, limitando la actuación de GR y GL en los conflictos vinculados con estas competencias. 10.4
Estado actual Evolución de conflictos sociales al 2012 Mes y año Número total de conflictos sociales Número y porcentaje de conflictos socio-ambientales Mayo 2004 50 - Mayo 2005 Mayo 2006 Mayo 2007 Mayo 2008 Mayo 2009 Mayo 2010 Mayo 2011 Mayo 2012 77 77 77 116 268 255 227 243 10 (13%) 13 (17%) 30 (39%) 56 (48%) 133 (50%) 132 (52%) 117 (52%) 145 (60%) 10.5
Principales aspectos 2. Medidas adoptadas por el gobierno nacional En el marco de sus funciones como ente rector en la gestión de los conflictos sociales, la PCM aprobó, mediante R.M. N 161-2011-PCM, los Lineamientos y Estrategias para la Gestión de Conflictos Sociales: Su objetivo es definir las líneas de acción, y procedimientos que orientan los procesos de gestión de conflictos sociales desde los sectores del Poder Ejecutivo y los organismos públicos que lo conforman, así como para los gobiernos regionales y locales y demás entidades del Estado. Sin embargo, deja pendiente el desarrollo normativo de la delimitación de funciones entre los tres niveles de gobierno y los mecanismos de coordinación con los gobiernos subnacionales. Aprobación de la Ley del derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, Ley N 29785, y de su respectivo Reglamento, según D.S. N 001-2012-MC, que establecen: La obligación de los gobiernos de realizar consultas previas a dichos pueblos sobre toda medida legislativa, administrativa, planes, programas y proyectos de desarrollo nacional, regional y local que afecten directamente sus derechos. Regulan el acceso a la consulta, las características esenciales del proceso de consulta y la formalización de los acuerdos arribados como resultado de dicho proceso. Condiciona la consulta por parte de los gobiernos descentralizados a la coordinación con el Gobierno Nacional. 10.6
Principales aspectos 3. Medidas adoptadas por los gobiernos regionales Gobierno Regional Cajamarca Tacna Junín Ica La Libertad Arequipa Ayacucho Iniciativa emprendida Desde antes del 2008, cuenta con una Comisión de Prevención y Resolución de Conflictos que atiende quejas, en su mayoría relacionadas al uso de recursos hídricos, y frente a las cuales ha actuado como mediador. En el mes de octubre de 2009, declaró de interés regional la prevención y el tratamiento inmediato de los conflictos sociales para promover una cultura de paz y creó un Programa de prevención y Tratamiento de Conflictos Sociales. Creó la Unidad de Gestión de Conflictos Sociales, con la finalidad de establecer los lineamientos generales de política y las normas para el desarrollo de las actividades de prevención y manejo de conflictos sociales en los aspectos estructurales, organizativos y operativos. Creó el Consejo Regional de Diálogo y Concertación para la Promoción de la Cultura de Paz y Manejo Constructivo de Conflictos Sociales Regionales para trabajar en articulación con planes y programas locales, regionales y nacionales. Constituyó la Mesa Regional de Diálogo y Concertación para Prevenir y Desactivar Conflictos Sociales en el departamento. Creó un Área Funcional no Estructurada de Prevención y Gestión de Conflictos para la Promoción de la Gobernabilidad Democrática, que depende directamente de la Presidencia Regional. Conformó la Comisión Multisectorial de Conflictos Mineros, con el objetivo de realizar de manera oportuna las acciones necesarias para solucionar conflictos mineros que generan inestabilidad económica y social en el departamento. 10.7
Conclusiones 1. Durante los últimos siete años se ha experimentado un crecimiento importante del número de conflictos sociales, especialmente en temas vinculados al desarrollo de actividades extractivas y la protección del medio ambiente 2. No siempre se han podido coordinar acciones entre los tres niveles de gobierno y la sociedad civil para atender los conflictos sociales. La ausencia normativa en esta materia ha propiciado que la mayoría de casos haya sido atendida a través de intervenciones desde el GN como reacción ante situaciones de crisis o estallidos de violencia. 3. Se carece de herramientas y, en general, de suficientes recursos para que los gobiernos descentralizados participen en la gestión de los conflictos sociales. 10.8