OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR NACIMIENTO, NUPCIALIDAD Y MATERNIDAD Responsable: Jefe PÁGINA: 1 de 6 ÍNDICE: 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. GENERALIDADES 4. DESARROLLO 5. RESPONSABILIDADES 6. REFERENCIAS 7. REGISTROS 8. ANEXOS HISTORIAL DE CAMBIOS Revisión Descripción del cambio Fecha 0 Edición inicial 25/11/2016 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 REDACTÓ: REVISÓ: APROBÓ: Mónica Villarruel Ana Fernandez Nese María Laura Caselino FECHA DE IMPRESIÓN: 06/12/yyyy (VALIDEZ DE COPIA IMPRESA 24 HS.)
PÁGINA: 2 de 6 PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR NACIMIENTO, NUPCIALIDAD Y MATERNIDAD 1. OBJETIVO Determinar los pasos a seguir para asignar un subsidio por nacimiento, nupcialidad y maternidad, en función de las solicitudes ingresadas oportunamente por los interesados. 2. ALCANCE Desde que se recibe la solicitud del subsidio, hasta que se envía al Sector Tesorería para la generación del pago correspondiente. 3. GENERALIDADES El Consejo Directivo fijará los montos, causas determinantes y condiciones en que serán acordados. En general, los subsidios involucran un monto, que se calcula en base a un porcentaje sobre el haber básico jubilatorio vigente para cada tipo de subsidio al momento del hecho que genera el subsidio. Para el otorgamiento debe presentarse la documentación requerida en cada caso: Tipo de Subsidio Documentación Haber Básico Jubilatorio Observación Nacimiento Partida de nacimiento. Para adopción debe acompañar testimonio judicial con sentencia de adopción plena. 50% Pago único Maternidad Certificado Médico o Partida de Nacimiento. Para adopción debe acompañar testimonio judicial con sentencia de adopción plena. 75% Pago único. Por un período 3 meses/ 2 meses para el caso de adopción. Nupcialidad Partida de Casamiento 50% Pago único Las deudas de aportes, inspecciones y planes de pago, implican la pérdida del derecho, mientras que la de préstamos debe ser regularizada como paso previo al pago del subsidio o descontando la misma del monto correspondiente. En caso de no tener deudas atrasadas con la CSS, el subsidio se liquida en su totalidad por el porcentaje vigente que corresponda respecto del haber básico jubilatorio. En caso de tener deudas con la caja que se puedan descontar del subsidio, se pagará el subsidio con los descuentos pertinentes. La liquidación siempre se calculará en base a la fecha del acontecimiento que haya dado origen al subsidio.
PÁGINA: 3 de 6 La Ley 6.983, texto reformado por la Ley 12.172, establece la concesión de subsidios, título IV Art. 26, inc. f. En el art. 57 cita los distintos tipos de subsidios que se otorgarán y los beneficiarios de los mismos. Las pautas y condiciones se encuentran detalladas también en el Reglamento de Prestaciones Asistenciales y Subsidios, Título cuarto. De acuerdo a lo establecido por el Art. 31 del Reglamento de Prestaciones Asistenciales y Subsidios el derecho de cobro de los reintegros y/o subsidios caducará a los 12 meses de producido el hecho que lo origine. Los subsidios por nupcialidad, maternidad y nacimiento se abonan mediante depósito en la Caja de Ahorro donde se le acrediten al beneficiario titular los reintegros por Atención a la Salud. La solicitud de pago del subsidio no implica la incorporación del cónyuge/hijo al sistema de Atención de la Salud. Para la solicitud de un subsidio por adopción o maternidad por adopción, se deberá presentar la sentencia de adopción plena. A los efectos del pago del subsidio se tomará para el cálculo del subsidio por adopción el monto vigente a la fecha de la sentencia. Para el subsidio de maternidad por adopción procederá el pago al momento de presentación de la sentencia. El Subsidio por Maternidad, es un pago único que involucra tres (3) meses de beneficio. En caso que se presente Certificado Médico, el cálculo se hace tomando el haber básico jubilatorio vigente para este subsidio, un mes antes de la fecha probable de parto y dos meses posteriores. En caso que se presente Partida de Nacimiento, el cálculo se hace tomando el haber básico jubilatorio vigente para este subsidio, para los tres meses posteriores. 4. DESARROLLO 4.1 Inicio de trámite de otorgamiento de subsidios 4.1.1 Recepción una solicitud de subsidio y documentación requerida Administrativo de Delegaciones/Administrativo de Mesa de Entrada de Jubilaciones y Pensiones y Préstamos y Turismo: recibe una solicitud de subsidio mediante una nota dirigida al Secretario de Asuntos Previsionales, fotocopia del DNI, LE o LC del solicitante, certificada por Notario y, de acuerdo al tipo de solicitud, requiere: por nacimiento: partida de nacimiento original o fotocopia certificada por Notario. por nupcialidad: partida de matrimonio original o fotocopia certificada por Notario. por maternidad: solicitado con anterioridad a la fecha del nacimiento debe presentar certificado médico con fecha probable de parto. Requerido con posterioridad a esa fecha deberá presentar partida de nacimiento. por adopción o maternidad por adopción: partida de nacimiento original o fotocopia certificada por Notario y copia de sentencia de adopción plena. 4.1.2 Carga en el sistema Administrativo de Delegaciones/Administrativo de Mesa de Entrada de Jubilaciones y Pensiones y Préstamos y Turismo: ingresa el expediente de
PÁGINA: 4 de 6 Subsidios en el sistema Tramitex (201 nacimiento, 202 maternidad, 207 maternidad y nacimiento) y carátula con el apellido y nombre del afiliado titular y, en caso de subsidio por nacimiento, indica apellido y nombre del hijo por el cual lo solicita. El sistema numera el expediente de acuerdo a la numeración correlativa siguiente (por tipo de subsidio). Ingresa al Sistema de Jubilaciones y Pensiones y consulta por número de expediente, el sistema traerá los datos ingresados a través de Tramitex, genera un trámite tildando el número de expediente. Adjunta la documentación presentada al expediente físico. 4.1.3 Control de documentación Administrativo de Delegaciones/Administrativo de Mesa de Entrada de Jubilaciones y Pensiones y Préstamos y Turismo: controla que la documentación se encuentre completa y dentro de los plazos establecidos para su pago. Si los plazos indicados se han vencido, confecciona una nota para el afiliado indicando el motivo del rechazo del subsidio y archiva el expediente en el legajo del Escribano. Si no se generan observaciones, realiza el pase a la División Seguridad Social. 4.2 Evaluación de otorgamiento de subsidios 4.2.1 Solicitud de informes a sectores Administrativo de Estado de Cta. Previsional: recibe el expediente y solicita por e-mail los siguientes informes, según corresponda Informe del Departamento Administrativo: solicita al Departamento Administrativo el detalle de actuaciones, licencias y suspensiones del Notario. Informe de deudas de aportes: solicita al Sector Liquidación de deudas de aportes un detalle de la información de deuda por origen (Lectura temprana, inspecciones, consolidados, etc.). Informe de deudas por Préstamos: solicita al División Préstamos y Turismo, obteniendo un número de plan de pagos por un préstamo asociado a un estado (pago en término, cuotas atrasadas, etc.). Informe a Atención de la Salud: solicita al División Atención a la Salud que informe si posee uso indebido. 4.2.2 Análisis de documentación recibida Administrativo de Estado de Cta. Previsional: recibe el expediente con los informes adjuntos. Si se registran deudas, suspensiones, planes de pago en mora, confecciona una nota al solicitante indicando que debe regularizar su situación previamente y que el subsidio no se otorgará dado que a la fecha de producido el mismo, registra deudas con la Caja o se encuentra suspendido. Adjunta copia de la nota al expediente y archiva transitoriamente hasta la regularización de la deuda. 4.3 Otorgamiento de subsidio 4.3.1 Liquidación y aprobación de subsidio
PÁGINA: 5 de 6 Analista jurídico de beneficios Previsionales: si de los informes no surgen deudas, cuotas atrasadas u otra situación pendiente de regularizar, registra en el Sistema de Jubilaciones y Pensiones, completando la planilla de otorgamiento de subsidios, discriminando los importes y conceptos de cada descuento por triplicado. Adjunta la planilla completa al expediente y lo envía al Secretario de Asuntos Previsionales para la firma. Secretario de Asuntos Previsionales: verifica los informes del expediente y lo firma. Envía a la División Seguridad Social. 4.3.2 Envío al pago y archivo Analista jurídico de beneficios Previsionales: recibe el expediente y toma conocimiento de lo decidido. Envía el expediente completo al Sector Tesorería a fin de confeccionar la correspondiente Orden de pago. El subsidio es abonado mediante depósito en la Caja de Ahorro donde se le acreditan al beneficiario titular los reintegros por Atención de la Salud o por cheque a pedido del Notario. Archiva el triplicado de la planilla en el legajo del Notario. 5. RESPONSABILIDADES Administrativo de Delegaciones/Administrativo de Mesa de Entrada de Jubilaciones y Pensiones y Préstamos y Turismo - Recibe una solicitud de subsidio; - Requiere documentación de respaldo; - Ingresa el expediente de Subsidios en el sistema Tramitex; - Controla que la documentación se encuentre completa y dentro de los plazos establecidos para su pago; - Confecciona una nota para el afiliado indicando el motivo del rechazo del subsidio y archiva el expediente en el legajo del Escribano, en caso de que los plazos indicados hayan vencido. División Seguridad Social - Analista jurídico de beneficios Previsionales - Solicita por e-mail los informes a los sectores ; - Realiza el análisis de la documentación recibida; - Confecciona una nota al solicitante indicando que debe regularizar su situación previamente y que el subsidio no se otorgará dado que a la fecha de producido el mismo, registra deudas con la Caja o se encuentra suspendido; - Adjunta copia de la nota al expediente y archiva transitoriamente hasta la regularización de la deuda; - Registra en el sistema de Jubilaciones y Pensiones, completando la planilla de otorgamiento de subsidios, discriminando los importes y conceptos de cada descuento por triplicado; - Adjunta la planilla completa al expediente; - Archiva el triplicado de la planilla en el legajo del Notario. Secretario de Asuntos Previsionales - Verifica los informes del expediente y firma.
PÁGINA: 6 de 6 6. REFERENCIAS NORMATIVAS - Resoluciones del Comité Ejecutivo, Consejo Directivo y demás normativa vigente. - Reglamento de Prestaciones Asistenciales y Subsidios: Art. 40 Subsidio por nupcialidad. Art. 46 Subsidio por maternidad. Art.47 Subsidio por nacimiento. Art. 48 Subsidio por adopción de hijos. Art. 49 Subsidio por maternidad por adopción. 7. REGISTROS REGISTRO SOPORTE ACCESO LUGAR ARCHIVO Expediente de Subsidio Informe de Depto. Administrativo Informe de deudas de aportes Informe de deudas por Préstamos Informe de At. De la Salud Planilla de otorgamiento de subsidio Papel División Seguridad Social Depto. Administrativo Sector Liquidación deuda de aportes División Préstamos y Turismo División At. De la Salud División Seguridad Social TIEMPO RET. 8. ANEXOS N/A