RESOLUCION No. 064 DE 2014 (24 de Abril del 2014)

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1 RESOLUCION No. 064 DE 2014 (24 de Abril del 2014) POR MEDIO DEL CUAL SE CONVOCA A LOS FUNCIONARIOS DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO POPAYAN E.S.E, A PARTICIPAR ACTIVAMENTE DE LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS EN EL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. El GERENTE DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO POPAYAN ESE, en ejercicio de sus atribuciones legales, estatutarias y. CONSIDERANDO: Que la ley 909 del 23 de septiembre del 2004 en el Titulo VI capitulo articulo 36, en su parágrafo, establece: Con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que desarrollen la presente Ley. Que mediante Resolución 69 del 26 de septiembre del 2007, se creó el Comité de Bienestar Social para los empleados de la Empresa Social del Estado Popayán E.S.E. Que mediante Resolución N 055 del 2011, se modifico el artículo TERCERO, de la Resolución 69 del 26 de septiembre del 2007, así ARTICULO 3 CONFORMACION DEL COMITÉ DE BINESTAR SOCIAL el comité de Bienestar Social estará conformado por: 1. El Gerente de la empresa Social del Estado Popayán E S.E. o su delegado, quien lo presidirá 2. El profesional universitario área asistencial administrativa o quien haga sus veces 3. Un (1) representante de los empleados por cada punto de atención, elegido por los mismos 4. El Coordinador de los programas de Bienestar Social quien actúa como secretario del Comité, con voz pero sin voto 5. PARÁGRAFO: los representantes de los empleados serán elegidos por los funcionarios de planta de la empresa Social del Estado Popayán E.S.E. para un periodo de dos (2) años. ARTICULO 4.- funciones del comité de bienestar social: son funciones del comité de Bienestar Social: 1. Elaborar y proponer a partir de la iniciativa de los empleados, nuevos proyectos del Programa de Bienestar Social. Para el diseño deberá realizarse un estudio de las necesidades de los empleados y de sus familias, con el fin de establecer prioridades y seleccionar alternativas de acuerdo con las disposiciones vigentes. 2. Ejecutar los proyectos de bienestar social en forma directa o mediante contratación con personas naturales o jurídicas a través de organismos encargados de la protección, la seguridad social y los servicios sociales, de acuerdo con las necesidades a resolver y el presupuesto.

2 3. Expedir los reglamentos generales de los proyecto de Bienestar Social 4. Aprobara el plan anual de Bienestar Social y el presupuesto. 5. Estudiara y aprobara desacuerdo con los reglamentos las solicitudes que presente los empleados para acceder cada uno de los proyectos. 6. Realizara las gestiones que conduzcan a las celebraciones de convenios o acuerdos interinstitucionales para el desarrollo de los proyectos. 7. Apoyara y colabora con el área de Recursos Humanos en la formulación elaboración ejecución y evaluación del programa de Bienestar Social, promoviendo la participación activa de los empleados en la identificación de las necesidades, en la planeación ejecución y evaluación de proyectos Así mismo mediante Resolución 063 del 04 de Marzo del 2013, se adopto el Plan de Estímulos, e Incentivos y el Plan Institucional de Capacitación de la Empresa Social del Estado Popayán E.S.E., Así las cosas se hace necesario convocar a todo el personal de planta a participar activamente de la elección de los representantes de los empleados en el comité de bienestar social, teniendo en Cuenta que ya se cumplió el periodo para el cual fueron electos. Que en merito de lo expuesto, RESULEVE: ARTICULO PRIMERO: Convóquese a todo el personal de la Empresa Social del Estado Popayán E.S.E., a participar activamente de la elección de los representantes de los trabajadores en el Comité de Bienestar Social, ARTICULO SEGUNDO: las inscripciones de los candidatos para ser electos como representantes de los trabajadores en el Comité de Bienestar Social, deberán ser realizadas el día 30 de abril del 2014 a las 08:00 am, inscripción que deberán realizar por medio electrónico al correo de Talento Humano talento_humano@esepopayan.gov.co cuyo formulario podrá ser descargado en la página web de La Empresa Social Del Estado Popayán E.S.E. especificando Nombre, cedula y punto de atención, inscripciones que se cerraran el día 30 de Abril de 2014 a las 6:00pm. ARTICULO TERCERO: las funciones de los empleados electos serán las dispuestas en La Resolución 69 del 26 de septiembre del 2007 : ARTICULO 4.- funciones del comité de bienestar social: son funciones del comité de Bienestar Social: 1. Elaborar y proponer a partir de la iniciativa de los empleados, nuevos proyectos del Programa de Bienestar Social. Para el diseño deberá realizarse un estudio de las necesidades de los empleados y de sus familias, con el fin de establecer prioridades y seleccionar alternativas de acuerdo con las disposiciones vigentes. 2. Ejecutar los proyectos de bienestar social en forma directa o mediante contratación con personas naturales o jurídicas a través de organismos encargados de la protección, la seguridad social y los servicios sociales, de acuerdo con las necesidades a resolver y el presupuesto. 3. Expedir los reglamentos generales de los proyecto de Bienestar Social

3 4. Aprobar el plan anual de Bienestar Social y el presupuesto. 5. Estudiar y aprobar de acuerdo con los reglamentos, las solicitudes que presente los empleados para acceder cada uno de los proyectos. 6. Realizar las gestiones que conduzcan a las celebraciones de convenios o acuerdos interinstitucionales para el desarrollo de los proyectos 7. Apoyar y colaborar con el área de Recursos Humanos en la formulación elaboración ejecución y evaluación del programa de Bienestar Social, promoviendo la participación activa de los empleados en la identificación de las necesidades, en la planeación ejecución y evaluación de proyectos ARTICULO CUARTO: la elección de los representantes de los trabajadores en el Comité de Bienestar Social, se realizara el día 02 de Mayo en cada punto de atención, en los cuales se dispondrán las urnas para realizar las votaciones y escrutinio el cual que deberá ser público. Que en merito de lo expuesto, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE. RODRIGO BERMÚDEZ OSPINO Gerente Empresa Social del Estado Popayán ESE

4 FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN N Nombre Cedula Punto de atención 1 2 3

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