no existe norma. Existe un vacío normativo que impide que estas personas puedan adelantar esas deudas, deben o canalizarlas de alguna manera a través

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "no existe norma. Existe un vacío normativo que impide que estas personas puedan adelantar esas deudas, deben o canalizarlas de alguna manera a través"

Transcripción

1 USO OFICIAL En Buenos Aires, a los cinco días del mes de diciembre de 2013, se encuentran reunidos en sesión en la Sala de reuniones del Plenario, con la presidencia del Doctor Mario Fera, los doctores Oscar Aguad, Stella Maris Córdoba, Alejandro Fargosi, Marcelo Fuentes, Ada Iturrez de Cappellini, Mario Cimadevilla, Carlos Moreno, Hernán Ordiales, Daniel Ostropolsky, Ricardo Recondo, Alejandro Sánchez Freytes y Manuel Urriza. El Dr. Fera manifiesta que corresponde tratar todos los temas que se aprobaron en el día de la fecha en las reuniones de las comisiones que acaban de concluir. El Dr. Cimadevilla consulta respecto a la copia del acuerdo marco que se distribuyó entre los señores consejeros. Al respecto el Dr. Fera, en el entendimiento de que este será el último plenario del año en curso, pone en consideración un proyecto de convenio que firmaría en calidad de Presidente de este cuerpo ad referendum del plenario. Explica que a partir de una inquietud que formuló durante el mes de agosto al doctor Bossio, titular de la ANSES, surgieron una serie de conversaciones con las autoridades de la ANSES y de la AFIP, y se logró consensuar la redacción de un convenio que pone solución a una situación que está atravesando un grupo importante de funcionarios y magistrados del Poder Judicial de la Nación. El problema consiste en que los magistrados y funcionarios que -en su momento- optaron por el régimen de capitalización de los aportes, se les descontó en concepto de aportes el 7 por ciento en lugar del 12 por ciento. Esto sucedió durante todos los años en los que rigió el sistema de capitalización. Cuando el sistema previsional fue modificado, estos magistrados y funcionarios al momento de querer jubilarse, tienen una deuda de aportes con la ANSES, que consiste en justamente- ese porcentaje que no se les descontó. Para que puedan obtener el beneficio jubilatorio es necesario que puedan saldar esa deuda de aportes que tienen y que los mismos funcionarios y magistrados reconocen. De ese grupo de magistrados, hay sesenta y dos exactamente que ya reúnen todas las condiciones para jubilarse. Y es la situación de estas sesenta y dos personas las que plantean la urgencia de que busquemos un mecanismo para que puedan saldar esa deuda. Porque de acuerdo con las modificaciones legales y con la reglamentación hoy vigente, ninguno de los organismos que están involucrados puede hacer que esta situación sea viable porque

2 no existe norma. Existe un vacío normativo que impide que estas personas puedan adelantar esas deudas, deben o canalizarlas de alguna manera a través de futuros descuentos en los haberes jubilatorios. En consecuencia, lo que se acordó con las autoridades de la ANSES y de la AFIP, es establecer este convenio marco que permite dar cauce jurídico a esa situación y lo que se haría consistiría en lo siguiente: el Consejo de la Magistratura asume la deuda de aportes que tienen estas sesenta y dos personas, y después todas las demás que todavía hoy no están en condiciones de jubilarse, y paralelamente, para que el Consejo asuma esta deuda, la AFIP y la ANSES, da la posibilidad a este cuerpo de cancelarla en sesenta. Y paralelamente el Consejo de la Magistratura suscribe un convenio individual con estas sesenta y dos personas que ya están en condiciones de jubilarse y ellos pasan a obtener un descuento mensual en los haberes previsionales de aquí en más. Es decir que lo que este Consejo en definitiva hace no es asumir una deuda con dinero propio sino con el mismo dinero que resulta de los convenios individuales de las personas. De esta manera, se establece un mecanismo por el cual la deuda es cancelada por los propios interesados de la manera que los propios interesados quieren y el beneficio es que ellos pueden obtener inmediatamente el beneficio jubilatorio sin que tengan que cancelar la deuda anticipadamente, sino que se lo va a hacer en cuotas. Aclara el Dr. Fera que el proyecto de Convenio lo remitió a la Dirección de Jurídicos de la Administración General y acaban de dar su aprobación. El convenio reúne todos los requisitos que se pueden hacer dentro de las facultades de la administración general. El Dr. Aguad consulta las razones por las cuales no es posible que los beneficiarios que se jubilan aceptan que les descuenten el 5 por ciento hasta que se salde la deuda, en vez de que sea tan engorroso el procedimiento de asumir una deuda con la ANSES. En tal sentido, el Dr. Fera explica que ello no es posible porque no hay norma que le permita a la ANSES hacer esto. Es decir no hay manera de que el propio afiliado canalice la deuda que tiene, precisamente por eso hay sesenta y dos trámites previsionales en esta situación. El Dr. Aguad insiste en analizar la posibilidad que sea el afiliado quien firme un convenio con la ANSES, y evitar que este Consejo de la Magistratura financie la situación. Es decir, que en el

3 USO OFICIAL convenio intervenga el beneficiario y la ANSES. Por su parte, el Dr. Cimadevilla plantea su preocupación en cuanto a no instaurar un régimen de privilegio que resulte irritativo para cualquier trabajador o para cualquier contribuyente. Sin perjuicio de coincidir en que se debe encontrar una solución a quienes tienen una situación jubilatoria como la descripta, cuestiona establecer un régimen de privilegio frente a todos los trabajadores. Por su parte, el Dr. Ostropolsky entiende que la propuesta realizada es apropiada para salir de esta situación y ejemplifica con la situación de un secretario de Cámara que está en condiciones de jubilarse y cuando le surgió la deuda ofreció pagarla pero no le aceptan el pago. Le indican que el pago debe ser efectuado a través de quien efectúa las retenciones, esto es el Consejo. En consecuencia, el Dr. Ostropolsky considera que este no es un problema de privilegio, sino que se ha retenido mal y por lo tanto opina que la propuesta formulada podría resolver esta situación. Es nada más que destrabar jurídicamente un conflicto en el marco de las normas aplicables. Aclara que se harían dos declaraciones juradas rectificativas, la primera es por las sesenta y dos personas que están en condiciones de jubilarse y no lo pueden hacer. Por otra parte señala, respecto a lo expuesto por el Dr. Cimadevilla que no hay un problema de mora en el pago de los aportes, porque cuando a los funcionarios y magistrados se les retuvo el 7 por ciento, como correspondía, eso era lo legal. No hay un problema de deuda de aportes técnicamente. Hay un problema que no se integraron aportes porque en ese momento estaban en el régimen de capitalización, que solo podía descontar el 7 por ciento. Surge la deuda en la medida en que al querer incorporarse al sistema de la Ley les aparecen aportes no completos. Por eso es que no se aplica un interés moratorio y el único interés es el de financiación. Es eso exclusivamente. Técnicamente no hay mora. Indica que con todos los organismos públicos ya se aplicó la misma política. El Dr. Moreno manifiesta que esta situación nace a partir del cambio de reglas. No se trata de un deudor que no pagó aportes, es alguien que tenía un marco y cumplió, y cuando se cambió el régimen apareció esto. Considera que una persona a esa altura de la vida se encuentra en una situación injusta que no puede manejar y que no generó. Entonces, lo único que se debe

4 discutir, entiende, es cuál es el costo financiero del dinero que se va a entregar. Por su parte, el Dr. Fuentes consulta respecto a las circulares 18/08 y 28/08. Porque el convenio dice que los funcionarios y magistrados que se avengan a regularizar los saldos adeudados a dicho régimen, y posteriormente dice que para el caso en que las deudas asumidas por el funcionario o magistrado no se hayan íntegramente cancelado, la ANSES procederá a retener las cuotas pendientes del convenio individual de los haberes del titular hasta el 20 por ciento previsto en el artículo 14. Es el mecanismo de retención. Lo que evidentemente esas circulares tienen que ver con la operatividad del Consejo con la AFIP. Asimismo, el Dr. Cimadevilla pregunta sobre qué monto se calcula la deuda. Al respecto el Dr. Fera indica que esa es una cuestión muy específica que no está en condiciones de responder, que la cuestión es la determinación de la deuda. Asimismo, insiste en aclarar que el convenio no genera ninguna deuda, si no que se trata sólo de una herramienta para el cumplimiento de las normas. Es solamente una vía de canalización del problema. Es una herramienta para posibilitar que puedan continuar con el trámite jubilatorio las personas que tienen que continuar. En cuanto al tema de las circulares que se mencionan, con la instrumentación del convenio lo que estamos dándoles es un marco para que esto pueda hacerse. Los magistrados no pueden depositar, porque todo en ANSES y en AFIP es una instrumentación conjunta de todos los aportes. Entonces, la única manera es que se haga por las vías que se poseen para hacerlo. Por eso, el convenio es una herramienta para que ANSES y AFIP puedan establecer ese certificado de deuda cero. Con ese certificado, el Consejo emite declaraciones rectificativas. Una vez que se hacen estas dos cosas, el certificado de deuda cero más la declaración rectificativa, la ANSES considera cumplidos todos los requisitos, otorga el beneficio y, a través de este convenio, circula el dinero. Aclara que la primera cuota, que a su vez se cobra a la persona, porque a la persona que firma el convenio individual le retienen el porcentaje de sueldo, que a su vez la ANSES cuando se lo retiene -según dice la cláusula 10-, lo devuelve al Consejo. Es decir, es una rotación del dinero, el dinero termina pagando solamente la persona que asume la deuda. Este mecanismo es complejo pues se establece

5 USO OFICIAL sobre la base de una ausencia normativa. Por otra parte, el Dr. Fera señala que el Consejo sólo paga la primera cuota, pero esa determinación de la deuda se hace en base a los convenios individuales. Cuando se suscriben todos los convenios individuales, una oficina de la administración hace una liquidación de la deuda en base a las pautas que le da la ANSES. Cuando se hace esa liquidación de la deuda, eso se considera que es la deuda total; sobre esa deuda se hace el convenio, este cuerpo paga la primera cuota, el ANSES otorga el certificado, el Consejo hace la declaración rectificativa general, una primera para las sesenta y dos personas, y ahí comienza a funcionar el mecanismo. Después se logra una segunda declaración rectificativa en las mismas condiciones, para otro grupo de personas, que es el que no está ahora en condiciones de jubilarse. Así va a funcionar el sistema. Es decir, van a ser dos grupos de personas. Primero se apunta a los sesenta y dos que hoy tienen todos los requisitos cumplidos del trámite jubilatorio y, en segundo lugar, se apunta a los que no tienen la urgencia hoy del trámite jubilatorio. Los Dres. Fuentes, Moreno y Ostropolsky señalan que acompañaran la propuesta a fin de brindar una solución al problema planteado, aunque plantean que debería haberse planteado con anterioridad pues se está tomando conocimiento del problema cuando ya está proyectado el convenio. El Dr. Fera indica que mantuvo tres reuniones con las autoridades de la ANSES y de la AFIP y comprende que resulte difícil comprender el problema. Expresa que recién entendió el mecanismo cuando se plasmó en el convenio y se discutió algunas cláusulas. Asimismo, ofrece hacer un informe detallado por escrito y ponerlo en conocimiento de todos los consejeros. Finalmente, el Dr. Ostropolsky propone delegar en el Presidente la facultad de firmar el convenio. Puesta a consideración la propuesta, la misma es aprobada por unanimidad de los señores consejeros presentes. Seguidamente, el Dr. Fera pone en conocimiento de que existió un planteo de un grupo de consejeros con relación a la renovación de un contrato en el ámbito de este cuerpo, particularmente de la Secretaría General. Es un tema respecto al cual se acordó tratarlo en la reunión de la Comisión de Labor, porque la decisión que yo había adoptado era ad referéndum del plenario. Con relación a ello, se dispone por unanimidad de los señores consejeros

6 presentes, tratar la cuestión en la Comisión de Coordinación de Labor. Luego el Dr. Fera refiere que en la última reunión de la Comisión de Administración y Financiera se había resuelto la aprobación de un comodato para la explotación de una playa de estacionamiento por parte del Arzobispado de Resistencia. La Administración General está elaborando el proyecto de comodato y, teniendo en cuenta la necesidad de aprobarlo cuanto antes y que probablemente no haya otra reunión del pleno antes de fin de año, propone que se delegue conjuntamente en la Presidencia de la mencionada Comisión de Administración y Financiera y en la Presidencia del Consejo la suscripción del comodato. Propuesta que es aprobada por unanimidad de los señores consejeros presentes. Seguidamente y respecto a lo resuelto en el día de la fecha en la Comisión de Administración y Financiera, respecto a la necesidad de unificar el criterio con relación a la bonificación de adicional por título, propone adecuar el criterio adoptado y computar el inicio del cobro a partir de la presentación de la certificación del agente y en la medida que se verifiquen que se encuentran cumplidos los requisitos exigidos por la reglamentación vigente. Puesto en consideración de los señores consejeros, se resuelve por unanimidad- afirmativamente. El Dr. Ostropolsky destaca la necesidad de que la copia que se acompañe debe estar certificada por autoridad competente. Al respecto, la Dra. Iturrez señala que se ha dejado aclarado que los requisitos debían estar completos antes de acceder al beneficio. El Dr. Fera, aclara que en el caso de que no lo estén, se otorga al tiempo en el que se cumplan totalmente los requisitos. Con este criterio, resulta aprobado y en consecuencia, se dispone rectificar las decisiones que se tomaron previamente. Luego el Dr. Fera le consulta al Dr. Moreno respecto al Juzgado Federal de General Roca y a la necesidad de designar un juez subrogante. Indica que oportunamente lo había puesto en conocimiento de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial, pero ahora la vacante se produjo. Entonces, propone al plenario que se delegue conjuntamente en la Presidencia de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial y en la Presidencia de este Consejo la facultad de designar un subrogante, por lo menos, por sesenta días, hasta mediados de febrero. Manifiesta que se produjo la

7 USO OFICIAL vacante del Juzgado Federal de General Roca a raíz de una designación. El entonces subrogante de ese Juzgado pasó a ser titular del juzgado de Esquel. Con lo cual, ese Juzgado se encuentra vacante y la Cámara de General Roca espera instrucciones como para designar subrogante. Si se efectúa la delegación, no es necesario convocar a un plenario extraordinario antes de que concluya el año. Puesta a votación la propuesta resulta aprobada por unanimidad de los señores consejeros presentes. Sin perjuicio de ello, el Dr. Sánchez Freytes pregunta quiénes son los candidatos a cubrir esa vacante. En tal sentido, el Dr. Fera refiere que podría ser un secretario o eventualmente algún otro juez de la jurisdicción. Pero teniendo en cuenta que es un juzgado federal con asiento en una ciudad de una provincia es conveniente que lo cubra alguien con carácter exclusivo, usando el mismo criterio aplicado en el caso del Juzgado Federal de Santa Rosa. El Dr. Sánchez Freytes consulta si en definitiva ha quedado aprobada la delegación en los presidentes de este Consejo y de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial la facultad de designar juez subrogante, toda vez que él no se ha expedido. Al respecto, el Dr. Fera manifiesta que cuando se dio por aprobado el tema nadie manifestó ninguna objeción. En razón de ello, el Dr. Sánchez Freytes expresa su voluntad de dejar sentado su opinión, pues en principio, no tendría ninguna objeción de delegar facultades en un ejercicio razonable del derecho que se le va a acordar en este caso a la Presidencia del cuerpo y al presidente de la Comisión. Pero lo cierto es que, en los últimos días, los asesores de cada uno de los consejeros se han reunido para estudiar las modificaciones a los reglamentos, y con relación a la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial en materia de concursos y en materia de subrogancias, ha habido un importante avance. En consecuencia, refiere que sería bueno aprobar cada uno de esos reglamentos, que hacen a la esencia del funcionamiento de las comisiones. Es decir, aclara, que es conveniente analizar esa reglamentación y evitar precisamente esta delegación de facultades, que siempre -sin desconfiar obviamente de cada uno a quienes se les delega-, implica un margen de discrecionalidad. Para que esto no ocurra, propone aprobar esta reglamentación que va a aventar cualquier tipo de duda. El Dr.

8 Fera manifiesta que en las designaciones efectuadas hasta el momento han sido conocidas por todos los consejeros y han tenido la posibilidad de intervención. Por lo tanto, en la delegación que está en la decisión misma no significa que no se haga una previa consulta para ver si el resto de los consejeros está de acuerdo. En cuanto a los reglamentos, la cuestión está planteado en el ámbito de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial y se tiene que tratar en ese ámbito. Al respecto el Dr. Sánchez Freytes refiere que lo que solicita al Sr. Presidente es que se convoque a la Comisión para tratar los reglamentos de subrogancias y de concursos. Por su parte, el Dr. Ordiales aclara que la delegación se hace al solo efecto de cubrir la falta de plenario en estos días, ya que posiblemente la vacante del Juzgado Federal de General Roca se produzca alrededor de las fiestas. Y va a ser urgente cubrir esa vacante; si no, deberá delegar en las Cámaras, y es al solo efecto de cubrir la vacante provisoriamente y es ad referéndum del plenario. El Dr. Sánchez Freytes manifiesta que una pauta para tener en cuenta delegando las facultades -y reitera que no hay ninguna desconfianza ni en el presidente del cuerpo ni en el presidente de la Comisión-, es, como se ha hecho en otras ocasiones para la designación de las subrogancias, que se tengan en cuenta los concursos que se hayan hecho en la zona para cubrir esa vacante. Finalmente, se da por aprobada la moción, con las aclaraciones efectuadas por el Dr. Sánchez Freytes. Luego, el Dr. Moreno sostiene con relación al expediente 331/10, caratulado Procuración General de la Nación remite copia expediente s/ actuaciones doctores Monti y Kolliker Frers -oportunamente en trámite ante la Comisión de Disciplina y Acusación-, que toda vez que transcurrieron tres años y tienen pedido de prueba, lo tiene que aprobar el plenario. No puede volver a comisión, porque ya salió de comisión. En tal sentido, manifiesta que ha solicitad medidas de prueba, que pide que se aprueben. El Dr. Ostropolsky expresa que debe existir un trato igualitario con relación a todos los expedientes que están en la misma situación. Refiere que cuando él planteó en otro plenario unas medidas de prueba en un expediente que tenía tres años y todavía no se habían cumplido los cuatro meses, el Dr. Ordiales propuso que se votara mandarlo a archivo porque lo que dice el reglamento es

9 USO OFICIAL que no se pueden efectuar medidas de prueba cuando está en el plenario, se tiene que hacer un dictamen. Y la mayoría, con su voto negativo, lo aprobó. Entonces, considera que no corresponde ahora cambiar el criterio que se adoptó recientemente. El Dr. Ordiales efectúa una moción para que se vote. El Dr. Moreno afirma que cuando se fijaron los tres años y cuatro meses, se fijó en un marco, era para que los expedientes que tengan tramitación, pruebas, pedidos de prueba pendientes, se cerraran. Darle una fecha cierta. Se fijaron los cuatro meses para algo. El Dr. Fera considera que la índole de la medida de prueba propuesta y la cantidad de causas sobre las cuales se están pidiendo muestras, implica un período de tiempo que va a hacer que se venza. Luego de un intercambio de opiniones el Dr. Fera propone proceder a la votación. El Dr. Ostropolsky se opone a que se vote. Insiste en que el tratamiento debe ser igualitario. El Dr. Fargosi por su parte, propone un cuarto intermedio para analizar la cuestión. Seguidamente, el Dr. Fera pone en consideración el pedido de prueba propuesto por el Dr. Moreno en el marco del expte. 331/2010. Con relación a ello, el Dr. Fargosi refiere que los cuatro meses no es una prolongación de un plazo legal que no es posible prolongar, es un plazo para tratar un tema y no que el tiempo transcurra sin siquiera tratarlo. El Dr. Recondo, por su parte, manifiesta que de adoptarse la medida se estaría vulnerando la segunda parte del Reglamento, del artículo 5, que dice que Dentro de los cuatro meses siguientes al cumplimiento del plazo establecido en el artículo 7, el plenario considerará sin posibilidad de postergación él o los dictámenes que existan a esa fecha respecto a las actuaciones en cuestión. En caso contrario, si no hubiera dictámenes para su consideración o si los mismos no reunieran la cantidad de votos requeridos legalmente para su aprobación, el plenario resolverá el archivo de las actuaciones. Es decir que el plenario no tiene facultades para instruir, lo único que puede hacer es analizar si hay dictámenes elaborados por algún consejero instructor y tomar la decisión. Y si no, tiene la obligación de archivar. El Dr. Ostropolsky plantea que el tema en cuestión no está en el Orden del día. Para poder incluirlo se necesita, de acuerdo con el artículo 4 del Reglamento General del Consejo, las tres cuartas partes de los miembros.

10 Entonces, con relación a la moción que plantea el consejero Ordiales, pide que antes se vote si se admite incorporarlo en el Orden del día y si no, no se puede tratar directamente. Al respecto, el Dr. Ordiales modifica la moción y solicita que el plenario se constituya en Comisión de Disciplina y Acusación a efectos de tratar este tema, lo que requiere mayoría simple. Con relación a ello, el Dr. Ostropolsky manifiesta que esta cuestión corresponde al tratamiento del plenario y no a la Comisión. El Dr. Fera propone pasar a un cuarto intermedio por quince minutos para conversar sobre el tema y lograr algún acuerdo, moción que resulta aprobada. En consecuencia, se pasa a un cuarto intermedio Finalizado el cuarto intermedio, y reanudada la sesión, el Dr. Fera comunica a los presentes que no habiendo quórum no es posible continuar con el desarrollo del plenario. En razón de ello, da por concluida la sesión y convoca a sesionar en Comisión de Coordinación de Labor, firmando por ante mí, de lo que doy fe.

Preguntas frecuentes. Versión 1.0. Presidencia de la República Oficina Nacional del Servicio Civil Registro de Vínculos con el Estado

Preguntas frecuentes. Versión 1.0. Presidencia de la República Oficina Nacional del Servicio Civil Registro de Vínculos con el Estado Preguntas frecuentes Versión 1.0 Presidencia de la República Oficina Nacional del Servicio Civil Preguntas Frecuentes Versión 1.0 Tabla de contenido 1. Qué es el RVE?...2 2. Incluye todo el Estado?...2

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes

Más detalles

ESCRITO DE CONTESTACIÓN AL ESCRITO DE LA OCU PLANTEANDO DIVERSAS CONSULTAS RELATIVAS A CONSUMIDORES

ESCRITO DE CONTESTACIÓN AL ESCRITO DE LA OCU PLANTEANDO DIVERSAS CONSULTAS RELATIVAS A CONSUMIDORES ESCRITO DE CONTESTACIÓN AL ESCRITO DE LA OCU PLANTEANDO DIVERSAS CONSULTAS RELATIVAS A CONSUMIDORES 18 de mayo de 2006 ESCRITO DE CONTESTACIÓN AL ESCRITO DE LA OCU PLANTEANDO DIVERSAS CONSULTAS RELATIVAS

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

Comente: Los bancos siempre deberían dar crédito a los proyectos rentables. Falso, hay que evaluar la capacidad de pago.

Comente: Los bancos siempre deberían dar crédito a los proyectos rentables. Falso, hay que evaluar la capacidad de pago. Explique Brevemente en que consiste el leasing y nombre los diferentes tipos existentes. Es un mecanismo de financiamiento de Activos el cual permite el uso del activo por un periodo determinado a cambio

Más detalles

NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS

NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS NORMATIVAS PARA OTORGAR AUSPICIOS, AVALES Y PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCACIONALES SOLICITADAS POR TERCEROS Acorde al artículo 61 del nuevo estatuto de la AANEP, titulado de las Sesiones científicas,

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes

Más detalles

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico 1 Bogotá D.C., 20 de Octubre de 2009 COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico El Colegio Colombiano de Psicólogos es una entidad gremial, de derecho privado, sin ánimo de lucro, con personería

Más detalles

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL

Informativo Legal. Pensión de Invalidez. Qué es la Pensión de Invalidez? INVALIDEZ TRANSITORIA PARCIAL Informativo Legal 2 Pensión de Invalidez Qué es la Pensión de Invalidez? Es el beneficio al que tienen derecho los afiliados declarados inválidos mediante dictamen de alguna de las comisiones médicas dependientes

Más detalles

Problemas fáciles y problemas difíciles. Cuando a los niños les planteamos problemas de suma y resta, Laura dejó sin resolver el siguiente problema:

Problemas fáciles y problemas difíciles. Cuando a los niños les planteamos problemas de suma y resta, Laura dejó sin resolver el siguiente problema: Problemas fáciles y problemas difíciles Alicia Avila Profesora investigadora de la Universidad Pedagógica Nacional Cuando a los niños les planteamos problemas de suma y resta, Laura dejó sin resolver el

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.

PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas

Más detalles

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE TOMA DE RAZON Y REGISTRO SUBDIVISION JURIDICA

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE TOMA DE RAZON Y REGISTRO SUBDIVISION JURIDICA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIVISION DE TOMA DE RAZON Y REGISTRO SUBDIVISION JURIDICA I.- PRINCIPALES BENEFICIOS. LEY SOBRE EXONERADOS POLÍTICOS Los beneficios que la ley Nº 19.234 ha establecido

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTRUCTIVO PARA LINEAS DE PRESTAMOS DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUCTIVO: Este instructivo se refiere a las condiciones vigentes

Más detalles

Qué hago si tengo problemas para pagar 2013. Taller

Qué hago si tengo problemas para pagar 2013. Taller Qué hago si tengo problemas para pagar 2013 Taller El Infonavit cuenta con un paquete de beneficios, apoyos, soluciones y defensoría para proteger a sus acreditados cuando enfrentan algún problema para

Más detalles

RESPUESTA.- Vine a la Comisión de Hacienda, que siempre tengo el agrado de que me inviten aquí para tratar diferentes temas.

RESPUESTA.- Vine a la Comisión de Hacienda, que siempre tengo el agrado de que me inviten aquí para tratar diferentes temas. México D.F., a 22 de abril de 2008. Juan Manuel Pérez Porrúa. Jefe de la Unidad de Política de Ingresos de la SHCP. Entrevista concedida a los medios de comunicación, en el Palacio Legislativo de San Lázaro.

Más detalles

Exposición de Motivos

Exposición de Motivos QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 20 Y 23 DE LA LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA, A CARGO DEL DIPUTADO OMAR ANTONIO BORBOA BECERRA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN El que suscribe, diputado

Más detalles

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO El Alcalde del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 8 de febrero de 2012, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 14, solicita informe jurídico sobre la posibilidad de contratación

Más detalles

RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006.

RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006. RÉGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL COTIZACIÓN - DEVOLUCIÓN Concepto 2006016544-001 del 5 de mayo de 2006. Síntesis: La devolución de saldos por vejez, prestación que corresponde al Régimen de Ahorro Individual

Más detalles

Congreso de Colegios Católicos, Una pasión que se renueva. Pontificia Universidad Católica de Chile. Septiembre 2015.

Congreso de Colegios Católicos, Una pasión que se renueva. Pontificia Universidad Católica de Chile. Septiembre 2015. Panel: Ley de Inclusión, reglamentación y Colegios Católicos Andrés Palma 1 Hola, muy buenas tardes, muchas gracias a la Conferencia Episcopal, a FIDE, a la Universidad Católica por la invitación para

Más detalles

Los ciudadanos comunitarios y la exclusión de los ciudadanos rumanos

Los ciudadanos comunitarios y la exclusión de los ciudadanos rumanos Los ciudadanos comunitarios y la exclusión de los ciudadanos rumanos Los ciudadanos comunitarios son aquellos con pasaporte de algún país de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islanda o Lietchtenstein o

Más detalles

PREGUNTAS RECURRENTES ASOCIADAS A LA LEY Nº 20.649

PREGUNTAS RECURRENTES ASOCIADAS A LA LEY Nº 20.649 PREGUNTAS RECURRENTES ASOCIADAS A LA LEY Nº 20.649 Se ha considerado difundir las preguntas que se han recepcionado a la fecha, relativas a la Ley Nº 20.649 y sus alcances, que son las siguientes: 1.-

Más detalles

Suplemento Enero 2014

Suplemento Enero 2014 DOCUMENTOS BÁSICOS Volumen I Edición de 2010 Suplemento Enero 2014 En su 109º periodo de sesiones, celebrado del 5 al 9 de noviembre de 2012, el Consejo aprobó enmiendas al Reglamento que rige las resoluciones

Más detalles

NORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

NORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO. CAPÍTULO I Disposiciones Generales 1 UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO Av. Teherán. Urb. Montalbán Caracas 1020 Apartado 20332. Venezuela Teléfono: (58)(212)407.42.39 Rif. J-00012255-5 ESCUELA DE PSICOLOGÍA NORMAS SOBRE EL TRABAJO DE GRADO

Más detalles

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA

REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE MERCADAL DE VALORES, SICAV, SA CAPÍTULO I LA JUNTA GENERAL Artículo 1. Clases de Juntas 1. La Junta General de Accionistas podrá ser Ordinaria o Extraordinaria, rigiéndose

Más detalles

PREVENCIÓN DE DAÑOS EN TEXAS

PREVENCIÓN DE DAÑOS EN TEXAS EXCAVE CON CUIDADO PREVENCIÓN DE DAÑOS EN TEXAS Preguntas Frecuentes (FAQ) PREGUNTAS GENERALES Título 16, Código Administrativo de Texas, Capítulo 18 1. Cuando una compañía de tuberías está realizando

Más detalles

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013.-

Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013.- Buenos Aires, 5 de diciembre de 2013.- DICTAMEN Nº 29 / 13 Al Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación: Esta Comisión de Administración y Financiera, por los fundamentos

Más detalles

CRITERIOS TÉCNICOS ORIENTADORES

CRITERIOS TÉCNICOS ORIENTADORES CRITERIOS TÉCNICOS ORIENTADORES PARA EL NOMBRAMIENTO POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL DIRECTOR GERENTE DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE MÁLAGA S.A. La Empresa Municipal de Aguas de Málaga S.A.

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL IV LEGISLATURA

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL IV LEGISLATURA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL IV LEGISLATURA SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO Comisión de Administración y Procuración de Justicia (Reunión de Trabajo) Salón Uno Zócalo 23 de noviembre del 2007. Siendo

Más detalles

NUEVAS TECNOLOGÍAS. Primera. Objeto.

NUEVAS TECNOLOGÍAS. Primera. Objeto. Convocatoria para la concesión de (4) becas para la formación informática destinadas a informáticos de la provincia de Zaragoza del ejercicio 2016 Primera. Objeto. La Diputación Provincial de Zaragoza

Más detalles

La cuota íntegra se obtiene aplicando el tipo de gravamen a la base liquidable.

La cuota íntegra se obtiene aplicando el tipo de gravamen a la base liquidable. FICHERO MUESTRA Pág. 1 2.9. LA CUOTA TRIBUTARIA Cuota íntegra, cuota líquida y cuota diferencial La cuota íntegra se obtiene aplicando el tipo de gravamen a la base liquidable. La cuota íntegra del tributo

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE VIVIENDA, URBANISMO Y SUELO Artículo 1. Naturaleza y fines. La Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo, constituida

Más detalles

Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias.

Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias. Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias. Autores: Fernanda Laiún y Florencia Fernández Sabella Socias de Laiún, Fernández Sabella & Smudt. Fernandez Sabella

Más detalles

ISO14001:2015. - disponer de un certificado bajo la versión de 2008 en vigor - superar una auditoria bajo los requisitos de la nueva versión

ISO14001:2015. - disponer de un certificado bajo la versión de 2008 en vigor - superar una auditoria bajo los requisitos de la nueva versión ISO14001:2015 PLAN DE TRANSICIÓN Tras la publicación de la nueva versión de la norma ISO14001 el pasado mes de septiembre se inicia un periodo de convivencia entre las dos versiones de la norma. Este periodo

Más detalles

MATERIA: DISCAPACIDAD E INTEGRACIÓN

MATERIA: DISCAPACIDAD E INTEGRACIÓN MATERIA: DISCAPACIDAD E INTEGRACIÓN CLASE: LA DISCAPACIDAD DESDE UNA MIRADA SOCIAL Reflexionamos un poco... Por qué esta esta materia en escuela de madrijim? Qué sabemos, qué pensamos sobre la discapacidad?

Más detalles

CONSULTA SOBRE PEAJES DE ACCESO DE CONSUMO ELÉCTRICO Y REFACTURACIONES LLEVADAS A CABO POR LOS SUMINISTRADORES DE ENERGÍA 1

CONSULTA SOBRE PEAJES DE ACCESO DE CONSUMO ELÉCTRICO Y REFACTURACIONES LLEVADAS A CABO POR LOS SUMINISTRADORES DE ENERGÍA 1 CONSULTA SOBRE PEAJES DE ACCESO DE CONSUMO ELÉCTRICO Y REFACTURACIONES LLEVADAS A CABO POR LOS SUMINISTRADORES DE ENERGÍA 1 Lourdes García Montoro Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La

Más detalles

Email: fjsosa@cunef.edu; antonio.pulido@urjc.es; maria.alvarado@urjc.es. La sociedad AVA, S.A. es la compañía dominante de un grupo consolidable.

Email: fjsosa@cunef.edu; antonio.pulido@urjc.es; maria.alvarado@urjc.es. La sociedad AVA, S.A. es la compañía dominante de un grupo consolidable. 60.- Paso a Influencia Significativa Autores: Javier Sosa (Universidad Complutense) Antonio Pulido (Universidad Rey Juan Carlos) María Alvarado (Universidad Rey Juan Carlos) Email: fjsosa@cunef.edu; antonio.pulido@urjc.es;

Más detalles

NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE PROYECTOS INTERNOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DE LA UST

NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE PROYECTOS INTERNOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DE LA UST NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE PROYECTOS INTERNOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DE LA UST 1. Contexto La Universidad Santo Tomás ha definido como uno de los aspectos importantes de desarrollo académico el

Más detalles

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS

REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)

Más detalles

MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INFORMÁTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INFORMÁTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA EJECUTIVA UNIDAD TÉCNICA DE SERVICIOS INFORMÁTICOS MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DEL INDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES....... 3 MARCO LEGAL... 3 GENERALIDADES.... 3 CAPÍTULO II DEL COMITÉ

Más detalles

TEMA 9: EFECTOS COMERCIALES A COBRAR

TEMA 9: EFECTOS COMERCIALES A COBRAR TEMA 9: EFECTOS COMERCIALES A COBRAR 1- LOS EFECTOS COMERCIALES A COBRAR 2- LOS EFECTOS COMERCIALES EN CARTERA 3- EL DESCUENTO DE EFECTOS 4- LOS EFECTOS COMERCIALES EN GESTIÓN DE COBRO 5- LOS EFECTOS COMERCIALES

Más detalles

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES

Tipo de informe: facultativo. ANTECEDENTES Consulta sobre qué conceptos han de entenderse encuadrados dentro de la expresión indemnización por los costes de cobro utilizada por el artículo 200.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.

REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO

TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica

Más detalles

Consejo de la Magistratura

Consejo de la Magistratura Consejo de la Magistratura RESOLUCION N 613/09 En Buenos Aires, a los 26 días del mes de noviembre del año dos mil nueve, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial

Más detalles

FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS PORVENIR ALTERNATIVA ESPECIAL ACCIONES CEMENTOS ARGOS

FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS PORVENIR ALTERNATIVA ESPECIAL ACCIONES CEMENTOS ARGOS La Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., en adelante PORVENIR, pone a disposición de sus afiliados al Fondo de Pensiones Voluntarias Porvenir, En adelante el FONDO,

Más detalles

Guía Ayudas Autonómicas Adquisición de Vivienda Protegida Concertada.

Guía Ayudas Autonómicas Adquisición de Vivienda Protegida Concertada. Guía Ayudas Autonómicas Adquisición de Vivienda Protegida Concertada. SUBVENCIONES DEL PRINCIPADO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PROTEGIDA CONCERTADA 1. EN QUÉ CONSISTEN? Se trata de una cantidad para ayudarnos

Más detalles

El préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario El préstamo hipotecario a la compra de inmuebles. Se puede contratar un préstamo o un crédito hipotecario. La diferencia reside en que el préstamo se refiere a una cantidad determinada que se entrega al

Más detalles

REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE

REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE Aplicación por primera vez de las NIIF Consejo Técnico de la Contaduría Pública (Colombia) Resumen La importancia de la NIIF 1 radica en el establecimiento de un conjunto

Más detalles

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)

Más detalles

INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1

INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1 INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1 Conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), el procedimiento de vacancia debe seguir los siguientes pasos: I) SOLICITUD DE

Más detalles

De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002.

De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. REGLAMENTACION DE LA CARRERA DE DOCTORADO De acuerdo a la Ordenanza Nº 261, aprobada por el Honorable Consejo Superior de la UNLP, en su sesión de fecha 26 de noviembre de 2002. De los títulos y requisitos.

Más detalles

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:

A) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley: SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE TARIFA PLANA (Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero) Se ha elaborado una lista con las preguntas

Más detalles

SESION EXTRAORDINARIA Nº 30

SESION EXTRAORDINARIA Nº 30 1 SESION EXTRAORDINARIA Nº 30 En Padre Las Casas, veintitrés de julio de 2007, siendo las 13:30 horas, se inicia la Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal en la sala de reuniones de la Municipalidad

Más detalles

de Medicina Preventiva y Laboral, quien al referirse al procedimiento adecuado para arribar al resultado que figura en el informe en cuestión, indica

de Medicina Preventiva y Laboral, quien al referirse al procedimiento adecuado para arribar al resultado que figura en el informe en cuestión, indica RESOLUCIÓN N 16/07 En Buenos Aires, a los 21 días del mes de marzo del año dos mil siete, sesionando en la Sala del Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación con la Presidencia del Dr. Miguel

Más detalles

LA CAPACITACION Y SU CONTRIBUCION A LA GESTION LEGISLATIVA

LA CAPACITACION Y SU CONTRIBUCION A LA GESTION LEGISLATIVA LA CAPACITACION Y SU CONTRIBUCION A LA GESTION LEGISLATIVA Por: Dr. Fernando Adrián Barrera 1...lo único que justifica la capacitación es que en alguna parte hay alguien que tiene que hacer algo y no sabe

Más detalles

NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 341 INFORMACIÓN RESPECTO DE LA ADOPCIÓN DE PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO. (ANEXO al 31 de diciembre de 2014)

NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 341 INFORMACIÓN RESPECTO DE LA ADOPCIÓN DE PRÁCTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO. (ANEXO al 31 de diciembre de 2014) RMA DE CARÁCTER GENERAL N 341 INFORMACIÓN RESPECTO DE LA ADOPCIÓN DE PRÁCTICAS DE GOBIER CORPORATIVO (ANEO al 31 de diciembre de 2014) Las entidades deberán indicar con una su decisión respecto a la adopción

Más detalles

Capítulo 14 Solución de Controversias

Capítulo 14 Solución de Controversias Artículo 140: Cooperación Capítulo 14 Solución de Controversias Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este Tratado y realizarán todos los esfuerzos,

Más detalles

Artículo 1. Convocatoria de Elecciones Generales al Claustro de la Universidad de Alcalá.

Artículo 1. Convocatoria de Elecciones Generales al Claustro de la Universidad de Alcalá. Normativa de Elecciones Generales al Claustro de la Universidad de Alcalá (Aprobada por la Mesa del Claustro en su sesión de 2 de noviembre de 2015) Artículo 1. Convocatoria de Elecciones Generales al

Más detalles

Para efectos de este Reglamento considérense las siguientes definiciones:

Para efectos de este Reglamento considérense las siguientes definiciones: Pág 1 ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA AGROPECUARIA DE MANABÍ MANUEL FÉLIX LÓPEZ REGLAMENTO PARA LA ELABORACIÓN DE TESIS DE GRADO DE CUARTO NIVEL CAPÍTULO I DEFINICIONES Y AMBITO DEL PRESENTE REGLAMENTO Art.

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo

Más detalles

Texto Sistematizado del Decreto 754/2000

Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Texto Sistematizado del Decreto 754/2000 Con las modificaciones introducidas mediante los Decretos 3.605/2000, 183/2003, 1.707/2003, 1.438/2004 y 1.309/2011 La Plata, 22 de marzo de 2000 Visto el expediente

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA No. 03/2009. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES.

CIRCULAR INFORMATIVA No. 03/2009. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. CIRCULAR INFORMATIVA No. 03/2009. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. PROGRAMAS DEL INFONAVIT PARA TRABAJADORES CON CRÉDITO HABITACIONAL PARA ENFRENTAR LA ACTUAL CRISIS. Sumario. 1).- Introducción. 2).- Programas

Más detalles

REGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS

REGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS REGLAMENTO DE RIPLEY PUNTOS Ripley Puntos es un programa diseñado por Ripley Compañía de Financiamiento ( Ripley ) para fidelizar a sus clientes, otorgándoles incentivos por su preferencia y frecuencia

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE CONSULTA OPERACIONES DE CONCENTRACIÓN PROCEDIMIENTOS. CONTENCIOSO (ART. 19 y siguientes) Demandas y requerimientos por infracción

PROCEDIMIENTO DE CONSULTA OPERACIONES DE CONCENTRACIÓN PROCEDIMIENTOS. CONTENCIOSO (ART. 19 y siguientes) Demandas y requerimientos por infracción PROCEDIMIENTO DE CONSULTA Y OPERACIONES DE CONCENTRACIÓN Tomás Menchaca 2011 PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSO (ART. 19 y siguientes) Demandas y requerimientos por infracción NO CONTENCIOSO (ART. 31) Consultas

Más detalles

X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO 93.- Quién tiene derecho a cobrar el "paro"? La prestación por desempleo, conocida como el "paro", se abona por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), www.sepe.es, que

Más detalles

PROCEDIMIENTOS DE LIQUIDACIÓN Y FACTURACIÓN 12.1 Introducción

PROCEDIMIENTOS DE LIQUIDACIÓN Y FACTURACIÓN 12.1 Introducción RESOLUCIÓN 157-09 EL ADMINISTRADOR DEL MERCADO MAYORISTA CONSIDERANDO: Que el Artículo 44 del Decreto 93-96 del Congreso de la República, Ley General de Electricidad, determina la conformación del Ente

Más detalles

BASES ESPECÍFICAS QUE REGULAN LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN A JÓVENES DESEMPLEADOS DEL MUNICIPIO DE MONOVAR.

BASES ESPECÍFICAS QUE REGULAN LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN A JÓVENES DESEMPLEADOS DEL MUNICIPIO DE MONOVAR. 1 BASES ESPECÍFICAS QUE REGULAN LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN A JÓVENES DESEMPLEADOS DEL MUNICIPIO DE MONOVAR. Las presentes Bases han sido redactadas de conformidad con las Bases que rigen la

Más detalles

Murillo explica los principales lineamientos económicos Heriberto Rosabal diciembre 3, 2013Economía, Otros Artículos sobre Cuba, Política, Sociales

Murillo explica los principales lineamientos económicos Heriberto Rosabal diciembre 3, 2013Economía, Otros Artículos sobre Cuba, Política, Sociales Murillo explica los principales lineamientos económicos Heriberto Rosabal diciembre 3, 2013Economía, Otros Artículos sobre Cuba, Política, Sociales La reforma agraria choca con la burocracia agropecuaria.

Más detalles

Tema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan.

Tema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan. Tema 4: A qué llamamos CONCILIACIÓN? A un procedimiento de control que consiste en comparar: 1. el mayor auxiliar que lleva una empresa A, referido a sus operaciones con una empresa B, con 2. el Estado

Más detalles

MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ,, MANUAL DE OPERACION DEL COMITE DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOSTRABA]ADORES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE Presentación 1 Página Objetivo 1 1. MARCO JURÍDICO 2 11. DEFINICIONES

Más detalles

Las razones financieras ayudan a determinar las relaciones existentes entre diferentes rubros de los estados financieros

Las razones financieras ayudan a determinar las relaciones existentes entre diferentes rubros de los estados financieros Razones financieras Uno de los métodos más útiles y más comunes dentro del análisis financiero es el conocido como método de razones financieras, también conocido como método de razones simples. Este método

Más detalles

Capítulo 14. Solución de Controversias. la otra Parte ha incumplido de otra forma sus obligaciones bajo este Acuerdo.

Capítulo 14. Solución de Controversias. la otra Parte ha incumplido de otra forma sus obligaciones bajo este Acuerdo. Artículo 14.1: Ámbito de aplicación Capítulo 14 Solución de Controversias Salvo que se disponga otra cosa en este Acuerdo, las disposiciones relativas a solución de controversias de este Capítulo se aplicarán

Más detalles

EA SP ACTA DE REUNIÓN FECHA Y OBJETIVOS. Assistência Técnica para a

EA SP ACTA DE REUNIÓN FECHA Y OBJETIVOS. Assistência Técnica para a ACTA DE REUNIÓN EA SP Fecha: 14/10/2014 Iniciativa: Análisis de la distribución geográfica de médicos especialistas en Argentina Assistência Técnica para a FECHA Y OBJETIVOS Lugar Asunto Objetivos Asistentes

Más detalles

En el caso que nos plantea, la exigencia de la ex esposa es improcedente en tanto no exhiba el documento de referencia.

En el caso que nos plantea, la exigencia de la ex esposa es improcedente en tanto no exhiba el documento de referencia. Salario Descuento al salario por pensión alimenticia La ex esposa de uno de nuestros trabajadores se presentó al departamento de recursos humanos para exigir que le descontáramos a éste el monto de la

Más detalles

SICALWIN. Tratamiento Contable derivado del Mecanismo de Financiación de Pago a Proveedores.

SICALWIN. Tratamiento Contable derivado del Mecanismo de Financiación de Pago a Proveedores. . Tratamiento Contable derivado del Mecanismo de Financiación de. Contenido 1. Introducción... 3 2. Contabilización en entidades que hayan aprobado el Plan de Ajuste y la Operación de Endeudamiento....

Más detalles

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio.

Adopción SÍ NO PRÁCTICA. 1.- Del funcionamiento del Directorio. 1.- Del funcionamiento del Directorio. A. De la adecuada y oportuna información del Directorio, acerca de los negocios y riesgos de la sociedad, así como de sus principales políticas, controles y procedimientos.

Más detalles

FORMATO FICHA PEDAGOGICA SESIONES EDUCATIVAS CÓMO PREGUNTAR DE LA MANERA CORRECTA

FORMATO FICHA PEDAGOGICA SESIONES EDUCATIVAS CÓMO PREGUNTAR DE LA MANERA CORRECTA FORMATO FICHA PEDAGOGICA SESIONES EDUCATIVAS ELABORADO POR: NEIDY VILLAMIZAR ELVIA SOLANO Semana: 3 Del 18 de Noviembre al 21 Noviembre de 2014 CÓMO PREGUNTAR DE LA MANERA CORRECTA El objetivo es orientar

Más detalles

Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo

Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo Capitalización o Pago Único de la prestación Contributiva 27 de agosto de 2012. Alberto Repullo EN QUE CONSISTE Es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo, a través del abono

Más detalles

PROCESO DE ACCESO DEL ESTUDIANTE

PROCESO DE ACCESO DEL ESTUDIANTE PROCESO DE ACCESO DEL ESTUDIANTE Elaborado por: Fecha Revisado por: Fecha Aprobado por: Fecha Firma Firma Firma Página 1 de 11 ÍNDICE 1.- OBJETO.... 3 2.- ALCANCE.... 3 3.- NORMATIVA... 3 4.- DEFINICIONES...

Más detalles

Unidad 10 PROGRAMA DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA TRABAJOS PRELIMINARES

Unidad 10 PROGRAMA DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA TRABAJOS PRELIMINARES Unidad 10 PROGRAMA DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA TRABAJOS PRELIMINARES PROGRAMA DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA TRABAJOS PRELIMINARES Antes de entrar definitivamente a la realización plena de la Auditoría Administrativa,

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. En adelante denominada la Compañía y el Contratante celebran este contrato por un (1) año,

Más detalles

XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de Contabilidad Pública

XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de Contabilidad Pública XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de Contabilidad Pública EL ROL DEL CONTROL INTERNO GUBERNAMENTAL EN LA MEJORA CONTINUA DE LAS ORGANIZACIONES UNIVERSITARIAS. CASO: UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

LEY 41/2003, DE PATRIMONIO PROTEGIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL

LEY 41/2003, DE PATRIMONIO PROTEGIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL LEY 41/2003, DE PATRIMONIO PROTEGIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL Qué se entiende por patrimonio protegido? Es un instrumento jurídico de gran interés para personas con una grave discapacidad

Más detalles

CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS

CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS Conste que el presente documento privado denominado Contrato Marco para el Otorgamiento de Cartas Fianzas (EL CONTRATO) que celebran, de una parte

Más detalles

Capítulo IV. INTERBLOQUEO E INANICIÓN

Capítulo IV. INTERBLOQUEO E INANICIÓN Capítulo IV. INTERBLOQUEO E INANICIÓN Interbloqueo: [MAEKAMA] Se define como el bloqueo permanente de un conjunto de procesos que compiten por los recursos del sistema o bien se comunican unos con otros.

Más detalles

Las regulaciones laborales. Sergio Mejía V

Las regulaciones laborales. Sergio Mejía V Las regulaciones laborales Sergio Mejía V CAMBIOS EN EL MUNDO DEL TRABAJO Un enfoque centrado en la Empresa. Mayor Flexibilidad. Creciente importancia en el desarrollo de destrezas. Afiliación sindical

Más detalles

Boletín Técnico Nº 21 del Colegio de Contadores INTERESES EN CUENTAS POR COBRAR Y EN CUENTAS POR PAGAR INTRODUCCIÓN

Boletín Técnico Nº 21 del Colegio de Contadores INTERESES EN CUENTAS POR COBRAR Y EN CUENTAS POR PAGAR INTRODUCCIÓN Boletín Técnico Nº 21 del Colegio de Contadores INTERESES EN CUENTAS POR COBRAR Y EN CUENTAS POR PAGAR INTRODUCCIÓN 1. Las transacciones comerciales, con frecuencia implican el intercambio de dinero efectivo,

Más detalles

REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero

REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero TITULAR, PATROCINADOR Y PARTICIPANTES 1. La mecánica, la publicidad y los derechos de autor que

Más detalles

Ordenanza de las Carreras de Posgrado

Ordenanza de las Carreras de Posgrado Ordenanza de las Carreras de Posgrado Res. N 9 del CDC de fecha 25/09/01 - DISTR. 431/01 - DO 3/10/01 (TEXTO DEFINITIVO) I - ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 - La presente Ordenanza se aplica a las carreras

Más detalles

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda

Pues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,

Más detalles

Supongamos que un trabajador solicita su jubilación el 31 de enero de 2012, teniendo acreditadas unas determinadas bases de cotización.

Supongamos que un trabajador solicita su jubilación el 31 de enero de 2012, teniendo acreditadas unas determinadas bases de cotización. GUÍA PRÁCTICA DE JUBILACIÓN Cálculos para la pensión de jubilación REFORMA DE LA JUBILACIÓN SEGÚN PROYECTO GOBIERNO 2011 NUESTRO SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL ES CONTRIBUTIVO, NO DE CAPITALIZACIÓN, POR CONSIGUIENTE

Más detalles

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A

INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA A QUE SE REFIERE EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL

Más detalles

Consejo de la Magistratura

Consejo de la Magistratura RESOLUCION N 486/07 En Buenos Aires, a los 13 días del mes de septiembre del año dos mil siete, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación Dr. Lino

Más detalles

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial

In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial In.Me.In. Institución de Mediación de Ingenieros Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial REGLAMENTO PARA LA MEDIACIÓN (Basado en la Ley 5/2012 de 6 de Julio) Índice de artículos Art. Concepto

Más detalles

Introducción. Club Quinta Real es un exclusivo programa de Membresías a través del

Introducción. Club Quinta Real es un exclusivo programa de Membresías a través del Guía de uso Introducción Club Quinta Real es un exclusivo programa de Membresías a través del cual los Socios participantes adquieren Créditos de Hospedaje que pueden ser utilizados en cualquiera de los

Más detalles

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA 14367 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2016, del Rector, por la que se hace público el calendario de preinscripción y matrícula para el acceso a la Universidad de Extremadura en el

Más detalles

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE VI. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 1. Los centros, en función de los niveles, etapas y modalidades de enseñanza que se impartan en ellos, así como del número de unidades o grupos de alumnos, podrán tener

Más detalles