La financiación del contrato se efectuará con cargo a la aplicación 330/ del Presupuesto del IMCE.
|
|
- Felisa Peña Robles
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES REGULADOR DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA EL INSTITUTO MUNICIPAL CORUÑA ESPECTÁCULOS Cláusula 1.- Objeto Es objeto de este contrato la realización del servicio de prevención de riesgos laborales para el Instituto Municipal Coruña Espectáculos (en adelante, IMCE), de acuerdo con lo descrito en este pliego y en el de prescripciones técnicas. El servicio comprenderá las prestaciones mínimas que figuran en el pliego de prescripciones técnicas, que forma parte del contrato a todos los efectos. Cláusula 2.- Procedimiento de adjudicación Se opta por el sistema de procedimiento negociado sin publicidad previsto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP). Cláusula 3.- Presupuesto y financiación Se señala como tipo de licitación máximo el importe de 1.200,00 (IVA incluido), anuales. Las proposiciones económicas de los licitadores no podrán exceder de este presupuesto, y la mejora mediante baja se realizará respecto al mismo. El precio del contrato será el que resulte del ofertado por el adjudicatario del contrato, y en éste estará incluido el IVA, sin perjuicio de que el importe de este impuesto se indique como partida independiente, de conformidad con el artículo 75.2 de la LCSP y modelo de oferta económica del presente pliego. La financiación del contrato se efectuará con cargo a la aplicación 330/ del Presupuesto del IMCE. Abonos al contratista Cláusula 4.- Pago del precio del contrato El pago del precio del contrato se efectuará anualmente, previa presentación por el contratista de la correspondiente factura a año vencido tras la prestación del servicio, en las condiciones que se especifican en la siguiente cláusula. Cláusula 5.- Facturación Las facturas deben ser originales (con sello o firma de la persona, física o jurídica, que facture) expedidas por el contratista, que deberán reunir las prescripciones previstas en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre y en todo caso lo siguiente: - Emisión al Organismo Autónomo, en la que se contendrá expresamente el CIF y la dirección de éste. - Identificación del contratista.
2 - Número de factura. - Fecha de emisión. - Descripción suficiente del gasto que permita identificar el objeto concreto de la factura, contraprestación total, tipo tributario y cuota. - Período a que corresponda. Será necesaria la conformidad de los correspondientes responsables debidamente identificados, con indicación expresa de la fecha de la conformidad. Cláusula 6.- Duración del contrato El contrato tendrá una duración de dos años desde la fecha de su formalización, prorrogables antes de su finalización por mutuo acuerdo entre el IMCE y el contratista por años hasta un máximo de cuatro, incluido periodo inicial y prórrogas. A tal efecto, antes de la finalización del plazo contractual, el contratista podrá solicitar la prórroga y el órgano de contratación acordarla. No obstante, el IMCE se reserva el derecho a dejar sin efecto el contrato antes del vencimiento, siempre que lo justifiquen causas de interés público. Cláusula 7.- Revisión de precios El precio del contrato no sufrirá variación ninguna a lo largo de su vigencia, a salvo de lo dispuesto en el siguiente párrafo, ni siquiera en caso de que por virtud de disposiciones laborales se modificaran los salarios, cuotas de la Seguridad Social, o cualquier otra remuneración del personal que se emplee. No obstante, transcurrido un año desde la fecha de adjudicación del contrato, podrá el contratista solicitar y el IMCE acordar, la revisión del precio conforme al incremento del IPC experimentado durante el año anterior, según certificación expedida por Instituto Nacional de Estadística u organismo oficial que lo sustituya. De conformidad con el art de la LCSP, la revisión será del 75 por ciento de la variación experimentada por el citado índice. Cláusula 8.- Opción a la licitación Podrán concurrir por sí o por medio de representantes las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que enumera el artículo 49 de la LCSP. En caso de que con posterioridad a la adjudicación del contrato el adjudicatario incurra en alguna de las prohibiciones de contratar, se producirá la extinción del contrato. Cláusula 9.- Clasificación. No se exige.
3 Cláusula 10.- Contratación con uniones temporales de empresarios. La Administración podrá contratar con uniones de Empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, de conformidad con el establecido en el artículo 48 de la LCSP. A estos efectos cada una de las empresas que la componen deberá indicar nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Asimismo deberán presentar cada una de ellas la documentación exigida en la cláusula 14 y acreditar su capacidad y solvencia en los términos del presente pliego, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En el supuesto de resultar adjudicataria, la Unión Temporal deberá formalizar la misma, en escritura pública, así como presentar el C.I.F. de la Unión Temporal, todo eso dentro del plazo de quince días siguientes al de la fecha en que reciba la notificación de adjudicación, y la duración de la misma será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Los empresarios que concurran agrupados en Uniones Temporales quedarán obligados solidariamente ante la Administración. Garantías Cláusula 11.- Garantías provisional y definitiva 1.- En consonancia con lo dispuesto en el artículo 91 de la LCSP, los licitadores quedan dispensados de la constitución de la garantía provisional. 2.- Al amparo de lo establecido en el artículo 83.1 de la LCSP, en el plazo de 15 días hábiles desde la adjudicación provisional del contrato, el adjudicatario deberá proceder a la constitución de la garantía definitiva por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 84 de la citada ley, por importe del 5 % del valor de adjudicación. Las garantías en metálico o valores deberán constituirse en la tesorería del IMCE. Los avales o seguros de caución deberán constituirse con arreglo a lo establecido en los artículos 55 y siguientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 3.- La garantía definitiva será devuelta al contratista una vez ejecutada la totalidad del contrato, y cumplido éste satisfactoriamente, o cuando se haya resuelto el mismo sin culpa del contratista, previo informe de conformidad del IMCE. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del IMCE, la totalidad de la prestación.
4 Presentación de ofertas Cláusula 12.- Plazo de presentación de ofertas El plazo de presentación de proposiciones para optar a la licitación es de 7 días naturales desde el siguiente al de la publicación del anuncio en la página web finalizando a las 14 horas. En caso de resultar sábado o festivo el día de finalización del plazo, se prorrogará automáticamente al siguiente día hábil. Durante este plazo el expediente podrá ser examinado y retirada copia de este pliego en las oficinas del IMCE, sitas en Francisco Pérez Carballo, 2 (edificio Coliseum), A Coruña. En el momento de la publicación de los pliegos se invitará a tres empresas a participar en el procedimiento, sin perjuicio de que se pueda presentar a la licitación cualquier empresa que esté interesada. Cláusula 13.- Forma de presentación Las proposiciones, en tres sobres cerrados, se presentarán de 9 a 14 horas en el Registro del IMCE, en mano o por correo, en este caso previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 80 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Cláusula 14.- Proposiciones El contenido del sobre mediante el cual se presentarán las proposiciones, será el siguiente: Sobre 1: Documentación administrativa Se aportará la siguiente documentación: A) Documento acreditativo de la personalidad jurídica del empresario A-1) Empresario individual Fotocopia del N.I.F., Pasaporte o documento que lo sustituya. A-2) Personas jurídicas Escritura de Constitución o Modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación Mercantil que le sea aplicable. Si no fuera exigible este requisito: Escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro Oficial. - Fotocopia de la Tarjeta de Código de Identificación Fiscal (C.I.F.), debidamente compulsada. - Fotocopia del NIF, pasaporte o documento que lo sustituya, de la persona que represente a la empresa en este procedimiento.
5 A-3) Empresas comunitarias La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea se acreditará mediante la inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4) Empresas no españolas de estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) La capacidad de obrar de estas empresas se acreditará mediante la inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación (Disposición Adicional 17 LCSP). A-5) Empresas no comunitarias 1.- Los empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado corresponsal o de la Oficina Consular en el ámbito territorial de la cual radique el domicilio de la empresa. 2.- Informe de reciprocidad: Las personas físicas o jurídicas de estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente Española, en la que se haga constar que el Estado de origen de la empresa admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos la regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las Empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. A-6) Disposición común a empresas extranjeras (comunitarias o no comunitarias): declaración de sometimiento a la jurisdicción de tribunales y juzgados españoles Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales y Juzgados españoles de cualquier orden, para todos los incidentes que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al foro jurisdicional extranjero que pudiera corresponder al licitante (art d de la LCSP) B) Empresas extranjeras no comunitarias: sucursal en España. Documento acreditativo de que la Empresa tiene abierta sucursal en España, con designación de apoderados o de representantes para sus operaciones y que esté inscrita en el Registro Mercantil. (art del LCSP).
6 C) Poder: Los licitadores podrán concurrir por sí o representados por otra persona con poder bastante o documento que justifique de modo legal la personalidad para gestionar en nombre y representación de su poderdante. Cuando en nombre de una sociedad concurra su representante, deberá justificar igualmente la representación mediante poder. D) Prohibiciones para contratar o incompatibilidades y cumplimiento de los deberes tributarios: Declaración responsable de que la Empresa interesada no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar o incompatibilidades establecidas en el artículo 130 y 49 del LCSP, y de que se halla al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios, ajustado al siguiente modelo: D... Con DNI... y domicilio en... provincia de... calle nº... en nombre propio o en representación de la empresa... a la que representa en el procedimiento de adjudicación del contrato para el servicio de prevención de riesgos laborales para el IMCE Declara que ni la empresa ni sus administradores u órganos de dirección están incursos en prohibiciones de contratar con la Administración establecidas en el art. 49 y c) de la LCSP. Asimismo declara que se halla el corriente del cumplimiento de los deberes tributarios y con la Seguridad Social. (Lugar, fecha y firma del proponente) E) Acreditación de solvencia económica y financiera y solvencia técnica Los licitadores deberán acreditar la solvencia económica y financiera adecuada al contrato, por cualquiera de los medios a que se refiere el art. 64 de la LCSP, y la solvencia técnica por cualquiera de los medios a que se refiere el art. 67 de la LCSP y, en todo caso, por: 1º. - La relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de los últimos tres años, acreditados mediante certificado del destinatario. 2º. - Justificación de que el objeto social del licitador tiene relación directa con el del contrato y dispone de organización con elementos personales y materiales suficientes para su debida ejecución en el término municipal de A Coruña. 3º. - Compromiso de adscribir a la prestación del servicio o ejecución los medios personales o materiales suficientes para eso (de acuerdo con lo señalado en el art de la LCSP).
7 En cualquier caso, la clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma. F) Uniones temporales de empresas Indicación de los nombres y circunstancias de las empresas que la constituyen, participación de cada una de ellas y compromiso de constituirse formalmente en UTE caso de resultar adjudicatarias, de conformidad con el artículo 48 de la LCSP. G) Declaración de empresas vinculadas En el supuesto de que la empresa concurra a la licitación con empresas pertenecientes a un mismo grupo, en los términos a que se refiere el art. 129 de la LCSP, se presentará necesariamente una declaración indicando esta circunstancia y el nombre o denominación social de éstas, debiendo constar este documento en cada una de las ofertas formuladas por todas las empresas vinculadas que concurran a la licitación. H) Índice de documentos que integran el sobre Se hará constar, dentro del sobre y en la primera página, en hoja independiente, un índice de los documentos que lo integran, enunciado por el orden señalado (punto 1 apartados A, B, C, D, E, F, G, punto 2 y punto 3). Sobre 2. "Referencias técnicas" Contendrá una Memoria comprensiva de todas las tareas a realizar para la correcta prestación del servicio, con inclusión del personal y sus salarios, y medios y material a emplear, que obligará el licitador y formará parte del contrato a todos los efectos. Asimismo, en esta Memoria podrá el licitador incluir cualesquiera otros datos relacionados con el objeto del contrato que considere oportuno incluir para la mejor valoración de su propuesta segun los criterios determinados en este pliego. La documentación a entregar en este sobre debe ser la acreditativa de los datos a valorar según los criterios 2 y 3 de adjudicación establecidos en la cláusula 19 de este pliego. Se evitará aportar documentación relativa a generalidades sobre la empresa o a criterios no valorables. Sobre 3. "Oferta económica" Contendrá la proposición económica formulada estrictamente conforme al siguiente modelo: D.... Con DNI... y domicilio en... provincia de... calle nº... Teléfono... Fax... Correo electrónico...
8 en nombre propio o en representación de la empresa... a la que representa en el procedimiento de adjudicación del contrato para la prestación del servicio de prevención de riesgos laborales para el IMCE, el contenido del cual acepta íntegramente y se compromete a acatar, formula proposición optando a la adjudicación del contrato por las siguientes condiciones económicas: (precio por los servicios a los que se refiere el criterio 1 de adjudicación de la cláusula 19) Valoración de: Criterio 1. Precio del servicio anual Importe (IVA incluido) Fecha y firma del ofertante". Cláusula 15.- Documentos: originales y copias Los documentos que se acompañen a las proposiciones habrán de ser originales. No obstante, se admitirán fotocopias diligenciadas por el Secretario Municipal o personal del IMCE en quien delegue, en las que se haga constar que fueron compulsadas con sus originales. Cláusula 16.- Lema a consignar en las proposiciones En el anverso del sobre se consignará con claridad el siguiente lema: "Proposición que presenta... para optar a la licitación para el contrato para la prestación del servicio de prevención de riesgos laborales para el IMCE." Cláusula 17.- Apertura de ofertas El primer día hábil siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, que en caso de resultar sábado se entenderá prorrogado al día hábil inmediato siguiente, se abrirán los sobres en las oficinas del IMCE, sitas en Francisco Pérez Carballo, 2 (Edificio Coliseum), en A Coruña. En lo que respecta a la calificación de la documentación presentada (defectos u omisiones subsanables, rechazo de proposiciones y demás actuaciones del órgano de Contratación), se estará a lo dispuesto en el art. 144 de la LCSP. Una vez calificada la documentación administrativa presentada, se procederá a la remisión de los Sobres 2 "Referencias técnicas" al técnico correspondiente para que emita informe debidamente motivado y valorado sobre los criterios de adjudicación 2 y 3 establecido en la cláusula 19. Una vez recibido el informe se procederá, por el técnico de administración del IMCE, a la valoración económica del criterio 1 de adjudicación establecido en la cláusula 19, y a la valoración de las proposiciones presentadas, por orden decreciente, en función de las valoraciones anteriores, y el órgano de contratación adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que obtenga la mayor puntuación.
9 En el supuesto de que dos o más empresas empaten en la mayor puntuación, tendrá preferencia en la adjudicación aquella empresa que tenga en su equipo mayor número de trabajadores minusválidos (no inferior al 2%), de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 6ª de la LCSP. Las ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos. Cláusula 18.- Rechazo de proposiciones Si alguna proposición no guardara concordancia con la documentación examinada y admitida, excediera del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportara error manifiesto en el importe de la proposición, o existiera reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será descartada en resolución motivada. El IMCE tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación del criterio establecido en el presente Pliego, o declarar desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución cuando ninguna oferta sea admisible de acuerdo con el citado criterio. Cláusula 19.- Criterios de valoración Los criterios para la adjudicación de este procedimiento negociado son los siguientes: 1.- Precio anual del servicio, tal como se describe en las prescripciones técnicas: hasta 25 puntos. 2.- Servicios complementarios ofertados relacionados con el objeto del contrato: hasta 10 puntos. 3.- Red de centros propios y/o unidades móviles en la ciudad de A Coruña, especialidades y su dotación técnica y humana: hasta 5 puntos. La valoración del criterio 1 se realizará de la siguiente forma: La oferta económica más ventajosa para el IMCE obtendrá 25 puntos. El resto se puntuarán proporcionalmente, calculando la puntuación con arreglo a la siguiente fórmula: P = (25 x importe de la oferta más ventajosa) / oferta del licitador que se está valorando. Cláusula 20.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados Cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales, notificará esta circunstancia a los licitadores supuestamente comprendidos en ella, para que dentro del plazo de cinco días justifiquen dichas ofertas. La justificación realizada por los licitadores se remitirá a los Servicios Técnicos con el fin de que emitan el correspondiente informe.
10 Se considerará, en principio, como desproporcionada o temeraria toda proposición cuyo porcentaje exceda en diez unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de todas las proposiciones presentadas y admitidas, siendo criterios objetivos para apreciar o no el carácter desproporcionado o temerario la adecuada justificación de los precios ofertados. Cláusula 21.- Renuncia La presentación de la oferta vincula al contratista con la Administración, de tal modo que la renuncia a la adjudicación del contrato o a la ejecución del servicio realizada en cualquier fase de tramitación del expediente, faculta a la Administración a que proceda a la incautación de la garantía, sin perjuicio de la exigencia de indemnización por los daños y perjuicios causados a la Administración contratante y demás consecuencias previstas en LCSP. Teniendo en cuenta que los contratistas están dispensados de constituir la garantía provisional, la Administración podrá exigir dicho importe mediante el procedimiento de apremio, así como la indemnización de daños y perjuicios. La renuncia del licitador incurso en ofertas con valores anormales o desproporcionados, bien de forma expresa o no justificando la baja dentro del plazo concedido por la Administración tendrá las mismas consecuencias y efectos que se indicaron en los párrafos anteriores. No obstante, en caso de que la Administración no acordara la adjudicación provisional en el plazo de 2 meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, el contratista tendrá derecho a retirar su proposición, de conformidad con lo dispuesto en el art del LCSP. Cláusula 22.- Adjudicación provisional La adjudicación provisional se acordará en resolución motivada, que se notificará a los licitadores y se publicará en la página web del Ayuntamiento de la Coruña ( y si los interesados lo solicitan se les facilitará información, en un plazo de cinco días hábiles, de los motivos del rechazo de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. Cláusula 23.- Adjudicación definitiva La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince dias hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique en la página web indicada. Durante este plazo, el adjudicatario provisional deberá: a) Presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus deberes tributarios con el Estado, Ayuntamiento y con la Seguridad Social.
11 b) Constituir la garantía definitiva a la que se refiere la cláusula 11 de este pliego, por cualquiera de los medios a que se refiere el art. 84 de la LCSP. La adjudicación definitiva se publicará en la página web del Ayuntamiento de la Coruña ( Cláusula 24.- Formalización del contrato El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, salvo que el adjudicatario solicite su elevación a escritura pública, en cuyo caso correrán de su cuenta todos los gastos que con tal motivo se originen. De no poder formalizarse el contrato por culpa del adjudicatario, el IMCE estará en libertad para firmar nuevo contrato, con independencia de las consecuencias previstas en la normativa vigente. Cláusula 25.- Deberes laborales El contratista queda obligado al cumplimiento estricto de cuantas disposiciones en vigor o que se dicten durante la vigencia del contrato, incluido convenio colectivo del sector, en lo que se refiere al pago de jornales mínimos por categorías profesionales, cuotas de seguridad social, mutualismo laboral, etc. así como el empleo de personal a través de la oficina de empleo. El IMCE estará facultado para llevar a cabo la inspección del cumplimiento de esta obligación. El personal a emplear por el contratista no tendrá ningún tipo de relación laboral con el IMCE. Así mismo, el contratista deberá cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales y de seguridad, salud e higiene en el trabajo. Disposiciones generales Cláusula 26.- Residencia fuera del término municipal de A Coruña En caso de que el adjudicatario tenga su domicilio social fuera del término municipal de A Coruña, deberá prestar el servicio en esta localidad. Cláusula 27.- Daños Será por cuenta del contratista indemnizar todos los daños que se causen a terceras personas o a sus bienes como consecuencia de las operaciones que requiera la prestación del servicio, así como los ocasionados en las propiedades municipales. La cantidad en que se concreten tales daños será inmediatamente exigida por la vía de apremio administrativo.
12 Cláusula 28.- Causas de resolución del contrato Las causas de resolución del contrato serán las previstas en los artículos 206 y 284 de la LCSP, con los efectos previstos en los artículos 208 y 285. Se considerará obligación contractual esencial a los efectos señalados en el artículo 206.h de la LCSP y, por tanto, causa de resolución del contrato, el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación que afecte a características de la misma que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación. Cláusula 29.- Cumplimiento del contrato El contratista está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en los pliegos de cláusulas que lo regulan, lo consignado en su proposición y las órdenes que le curse el encargado del IMCE competente para la vigilancia del contrato, para una mejor realización de los trabajos. Cláusula 30.- Demora en el cumplimiento de los plazos Cuando el contratista, por causas imputables a éste, hubiere incurrido en demora respeto al cumplimiento de los plazos, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias, conforme a las condiciones establecidas en el art. 196 de la LCSP. Disposiciones finales Cláusula 31.- Régimen jurídico El presente contrato tiene carácter administrativo, y ambas partes quedan sometidas expresamente a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y sus normas complementarias, y en su caso a las leyes de la Comunidad Autónoma de Galicia, en los términos del artículo de la Constitución, así como las demás disposiciones de desarrollo, en especial el Reglamento de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. La normativa a aplicar a la prestación del servicio se fundamenta en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como las normas que las complementen y desarrollen. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación, los acuerdos del cual pondrán fin a la vía administrativa y contra éstos habrá lugar a recurso Contencioso- Administrativo, conforme a lo dispuesto por la Ley Reguladora de la dicha Jurisdicción, después de la interposición, en su caso, del recurso de reposición potestativo y sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que los interesados consideren procedente.
13 En lo no previsto en este pliego se estará a lo que disponga la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, la Ley de Administración Local de Galicia y las demás disposiciones que las complementen y desarrollen. A Coruña, 22 de febrero de 2010 Ana María Canosa Camiselle Técnico de Administración del IMCE
14 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REGULADOR DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA EL INSTITUTO MUNICIPAL CORUÑA ESPECTÁCULOS El servicio se prestará de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y las demás disposiciones que las complementen y desarrollen. Las cuatro disciplinas que se deben cubrir de forma integrada son: - Seguridad en el Trabajo - Higiene Industrial - Ergonomía y Psicosociología aplicada - Medicina del trabajo, cuyas actividades se concentran en cuatro líneas principales: Actuación coordinada con el resto de las disciplinas preventivas Vigilancia de la salud Atención de urgencia Promoción de la salud laboral En el año 2010 formarán parte de la plantilla del Instituto Municipal Coruña Espectáculos (IMCE) trece trabajadores. Los centros de trabajo en los que el personal desarrolla la actividad son: Edificio Coliseum, situado en la c/ Francisco Pérez Carballo, 2. Teatro Rosalía Castro, sito en la c/ Riego de Agua, 37. Fórum Metropolitano, sito en la c/ Río de Monelos, 1. Los posibles daños de carácter físico o material, así como las indemnizaciones que pudieran producirse a terceros en el ejercicio de las tareas recogidas en el desempeño del servicio, deberán encontrarse cubiertas por la empresa adjudicataria mediante la correspondiente póliza de responsabilidad civil. Para la prestación del servicio, es necesario la elaboración de un manual de procedimientos en el que se incluya: Plan de prevención de riesgos del IMCE, en el que expresamente se debe recoger: - La modalidad organizativa del servicio de prevencion. - El inventario de medios humanos, materiales e instalaciones disponibles. - Las funciones y responsabilidades preventivas del personal del IMCE. - Los supuestos en que se hace necesaria la presencia de recursos preventivos. - Los procedimientos y procesos de obligado cumplimiento, tales como:
15 Procedimiento de análisis de los riesgos de seguridad existentes en los centros de trabajo y su periodicidad. Características, requisitos y evaluación de la maquinaria y de los equipos de trabajo utilizados. Determinación del procedimiento de selección, entrega y exigencia de uso de los equipos de protección individual en los puestos en que sean necesarios, así como su evaluación e idoneidad. Investigación de los accidentes e incidentes de trabajo. Señalización de los lugares de trabajo. Requerimientos a exigir a los trabajos desarrollados por empresas contratadas y servicios externalizados, señalando asimismo el sistema para la comprobación de su cumplimiento. Diseño y coordinación de la evaluación de riesgos y de los planes y programas de planificación de la actividad preventiva periódicas. Formación e información de los trabajadores sobre los riesgos específicos de su puesto de trabajo y sobre las medidas a adoptar frente a los mismos. Elaboración y actualización de la documentación legalmente requerida. Elaboración de la Memoria anual de actividades desarrolladas por el Servicio de Prevención Ajeno, así como la planificación de actividades para el siguiente ejercicio. Procedimiento y análisis de los riesgos ergonómicos y psicosociales existentes en los centros de trabajo y su periodicidad. Planificar, evaluar y desarrollar la adecuación de los puestos de trabajo a las características físicas y personales de los empleados. El contenido del apartado de vigilancia de la salud es el siguiente: - Estudio y conocimiento de las condiciones de trabajo. - Reconocimiento de los riesgos de los puestos y de los requisitos psicofísicos que debe tener el trabajador en función de las exigencias del puesto. - Exámenes de salud: Previos a la incorporación. Periódicamente: anual o bianualmente, en función de los riesgos de los puestos. Postocupacionales: cuando el trabajador que ha cesado definitivamente en el trabajo ha contraído una enfermedad profesional o haya indicios de ello. Puntuales: Por exposiciones esporádicas a riesgos especiales. Por razón del estado biológico del trabajador (minusválidos, mujer embarazada). Tras períodos de más de 60 días de baja.
16 Por petición del propio trabajador o del IMCE. Dichos reconocimientos médicos han de ser específicos en función de los riesgos a que estén sometidos los trabajadores y seguir, en su caso, los Protocolos aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. - Estudio de las enfermedades que se producen entre los trabajadores, al objeto de poder identificar cualquier relación entre las causas de enfermedad y los riesgos para la salud presentes en los lugares de trabajo. - Asistencia de primeros auxilios y urgencias. - Elaboración de datos estadísticos para informar al IMCE para introducir variables de mejora. - Estudio e investigación epidemiológica de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. - Elaboración de informes, tanto internos como de colaboración con el Sistema Nacional de Salud y con la Autoridad Sanitaria para proveer el Sistema de información sanitaria en salud laboral. - Registro y archivo de los informes elaborados y de los datos médicos de los trabajadores. - Proposición y adopción de medidas profilácticas y de información y educación sanitaria tendentes a promocionar la cultura preventiva dentro del personal del IMCE, mediante: Formación y sensibilización en materia preventiva por medio de cursos sobre primeros auxilios, socorrismo y sobre información sanitaria en general, así como sobre riesgos específicos que puedan afectar a la salud de un colectivo de trabajadores municipales. Colaboración con las Autoridades Sanitarias en campañas de educación preventiva. Campañas sobre hábitos: alcohol, fumar, drogas. A Coruña, 22 de febrero de Agustín Lorenzo López Coordinador General del IMCE
17 ANEXO PUESTOS DE TRABAJO EN EL INSTITUTO MUNICIPAL CORUÑA ESPECTÁCULOS (IMCE) - Con trabajo fundamentalmente de tareas administrativas de oficina: En el Coliseum: 1 Técnico de Administración 1 Administrador 2 Administrativos 1 Auxiliar administrativo En el Fórum Metropolitano: 1 Animador Sociocultural - Directores de recintos, con responsabilidad de gestión de espacios y coordinación del personal de empresas de servicios contratadas por el IMCE, de los siguientes espacios: Coliseum Teatro Rosalía Castro Fórum Metropolitano - Con tareas de oficina en el Coliseum y otras de organización y control de determinadas actividades culturales o festivas que se celebran en la calle o en otros espacios: 1 Coordinador de fiestas 1 Coordinador técnico de producción - Trabajo técnico con manejo de maquinaria para el mantenimiento y montaje de los equipamientos necesarios en diferentes actos y espectáculos: 1 Jefe técnico de mantenimiento (especial dedicación al Teatro Rosalía Castro). 1 Oficial de mantenimiento (especial dedicación al Coliseum). A Coruña, 22 de febrero de 2010.
Se opta por el sistema de procedimiento abierto previsto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP).
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES REGULADOR DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INSERCIÓN DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS EN LOS DIARIOS LA OPINIÓN A CORUÑA, 20 MINUTOS A CORUÑA Y
Más detallesCláusula 1.- Objeto. Cláusula 2.- Procedimiento de adjudicación
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DEL ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE FOTOCOPIADORAS PARA EL INSTITUTO MUNICIPAL CORUÑA
Más detallesEl suministro de los artículos a los que se refiere la cláusula 1.b) del pliego de prescripciones técnicas deberá ser autorizado previamente.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE FOLLETOS PARA PUBLICITAR LA PROGRAMACIÓN DEL INSTITUTO MUNICIPAL CORUÑA ESPECTÁCULOS
Más detallesANEXO I FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
ANEXO I FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en TRES (3) SOBRES independientes, debidamente cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, con indicación
Más detallesHOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Expediente nº: SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ALMERIA Aplicación Presupuestaria: 227.01 / 251 M HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS
Más detallesNORMAS A APLICAR EN LAS CONTRATACIONES QUE REALICE LA ENTIDAD CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
Instrucción Paseo de la Castellana, 32 28046 MADRID TEL: 91 339 55 00 FAX: 91 339 55 79 UNIDAD DE ORIGEN FECHA 16 de abril de 2008 SECRETARÍA GENERAL CÓDIGO DE IDENTIFACIÓN SG-26/2008 TÍTULO NORMAS A APLICAR
Más detallesPara el contrato de suministro y para el contrato de servicios, 207.000 euros.
INSTRUCCIONES ELABORADAS POR LA FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN SANITARIAS DE LA REGIÓN DE MURCIA, PARA REGULAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN EN LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS NO SUJETOS
Más detallesExpedient núm.001/2012 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADQUISICIÓN DE UN BEADCHIP DE EXOMA HUMANO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADQUISICIÓN DE UN BEADCHIP DE EXOMA HUMANO PRIMERA PARTE. DE LA LICITACIÓN Régimen jurídico del contrato En conformidad con el artículo 3 de Real
Más detallesEspaña-Valencia: Gas natural 2016/S 040-065025. Anuncio de licitación. Suministros
1 / 7 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:65025-2016:text:es:html España-Valencia: Gas natural 2016/S 040-065025 Anuncio de licitación Suministros Directiva
Más detallesDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 26 de julio de 2013 y entrada en Diputación el día 29 del mismo mes, solicita del Departamento de Asistencia a Municipios la emisión
Más detalles1.- OBJETO DEL CONTRATO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO PRIVADO DE INTERPRETACIÓN ARTÍSTICA EN EL MUNICIPIO DE ALCOBENDAS 1.-
Más detallesINSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE LA FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DE CASTILLA LA MANCHA
INDICE CAPÍTULO I CUESTIONES GENERALES PRIMERA.- Objeto. SEGUNDA.- Régimen Jurídico. TERCERA.- Principios de contratación. CUARTA.- Principios de publicidad y concurrencia. QUINTA.- Principio de transparencia.
Más detallesREGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015
REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades
Más detallesÓRGANO DE CONTRATACIÓN
DOCUMENTO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA JURÍDICA EXTERNA COMPLEMENTARIA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS DE LA FEMP Página 1 de 14 ÍNDICE: 1. OBJETO...
Más detallesCONTRATACIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA WIFI CORPORATIVA EXPEDIENTE 1/14 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS
CONTRATACIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA WIFI CORPORATIVA EXPEDIENTE 1/14 PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS 1.- OBJETO. El contrato a que se refiere el presente Pliego, tiene por objeto la contratación
Más detallesEn concreto, el objeto social de «Alicante Natura Red Ambiental de la Provincia de Alicante, S.A.» es la consecución de las siguientes finalidades:
INSTRUCCIONES QUE RIGEN LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS NO SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA DE "ALICANTE NATURA RED AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE, S.A." CAPITULO I. OBJETO Y NORMATIVA APLICABLE
Más detallesCentro de Discapacitados Psíquicos Fahala
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMEDOR DEL CENTRO OCUPACIONAL FAHALA DE ALHAURÍN EL GRANDE. ARTÍCULO 1. El objeto de este procedimiento negociado con publicidad
Más detallesCARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO. RESPONSABLE DEL CONTRATO: Jefe Sección de Producción de Medios Audiovisuales
ANEXO Ι AL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO RESPONSABLE DEL CONTRATO: Jefe Sección de Producción de Medios Audiovisuales 1.- Definición del objeto
Más detallesINSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS
INSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS I.- INTRODUCCIÓN. La FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS
Más detalleswww.sepe.es Trabajamos para ti 1 c/víctor de la Serna, 43. 28016. Madrid. T.913533564/F.91353555
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MADRID Expediente nº: 4/12 Aplicación Presupuestaria: 223/251 M HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
Más detallesCONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE 2 SONICWALL NSA 4500 EXPEDIENTE Y/14 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE 2 SONICWALL NSA 4500 EXPEDIENTE Y/14 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES 1.- OBJETO. El contrato a que se refiere el presente Pliego, tiene por objeto la contratación del
Más detallesPLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONTROL TÉCNICO MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD
1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El objeto del presente pliego es la definición de las prescripciones administrativas para la contratación de los servicios de control técnico de proyecto y obra en la promoción
Más detallesLa duración máxima del contrato será hasta 12 de diciembre de 2011.
PLIEGO DE CLÁUSULAS JURÍDICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE GESTIÓN, PROGRAMACIÓN Y ASESORÍA DEL CAMPUS ON LINE PARA FORMACIÓN DE MÉDICOS EN PAÍSES DE DESARROLLO EN EL AMBITO DE LA
Más detallesEl gasto se imputará a la aplicación 330/137.00 del Presupuesto del IMCE.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES REGULADOR DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DEPÓSITO Y GESTIÓN DEL PLAN EMPLEADOS DEL INSTITUTO MUNICIPAL CORUÑA ESPECTACULOS,
Más detallesPliego de Cláusulas Administrativas
PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN Pliego de Cláusulas Administrativas c/ Fernando el Católico, 20 21003 HUELVA Tlfno.: 959 49 47 56 Fax: 959 49 47 40 jbarahona@diphuelva.org http://www.diphuelva.es/ REALIZACIÓN
Más detallesCapítulo 1 Disposiciones generales.
ORDEN FORAL /2012, DE, DE LA CONSEJERA DE POLÍTICA SOCIAL, IGUALDAD, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN EN NAVARRA DE LA CONDICIÓN DE ENTIDAD CALIFICADA POR LAS
Más detallesde 2012 al 28 de febrero de 2014
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Expediente nº:04/2011 Aplicación Presupuestaria: 227.01 HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
Más detallesEl desconocimiento de estas disposiciones y de las cláusulas y anexos de los pliegos no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO INFERIOR AL UMBRAL COMUNITARIO, DE LA ASISTENCIA PARA EL MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE CLIMATIZACIÓN
Más detallesCLASIFICACIÓN DE PRODUCTOS POR ACTIVIDADES (Reglamento 204/2002 de la Comisión) 748716
r MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Expediente nº: 010008PRE002 Aplicación Presupuestaria: 22.401.921V.226.06 HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN
Más detallesLas consultas se han agrupado en las siguientes cuestiones: En relación con el punto 5.1 que exige como requisito de solvencia técnica y profesional:
ASUNTO: CONSULTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA EL DISEÑO, DESARROLLO Y SUMINISTRO, INTEGRACIÓN, INSTALACIÓN, PUESTA EN MARCHA Y EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA EMBARCADA EN EL
Más detallesAsimismo, se encargará de la coordinación de los trabajos que, por decisión de FIBES, y previa consulta con la Agencia, realice otra empresa.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE AGENCIA DE PUBLICIDAD DE LA INSTITUCIÓN FERIA DE MUESTRAS IBEROAMERICANA DE SEVILLA (FIBES) 1.- OBJETO.- El objeto
Más detalles1ª) OBJETO DEL EXPEDIENTE.-
BASES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO DE ASOCIACIÓN ENTRE EL INSTITUTO OURENSANO DE DESARROLLO ECONÓMICO (INORDE) Y UNA MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.
Más detallesDescripción. Características del trabajo
Descripción Página 1 de 9 TÍTULO DEL CONTRATO: Reforma de instalación Edificio Los Relojes Nº DE EXPEDIENTE: 0193/11 TIPO DE CONTRATO: Obras. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: 10.000 (IVA no incluido) ÓRGANO
Más detallesINDICE CAPÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO TÉCNICO PARA LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE DOTACIÓN DE EQUIPAMIENTO ELECTROMÉDICO
Más detallesGeneralitat de Catalunya Departamento de Economía y Finanzas Comisión Central de Suministros
Anexos al Pliego de cláusulas administrativas particulares del expediente 2010/1 Relación anexos Anexo nº. 1: Listado de documentación para adjuntar Anexo nº. 2: Declaración de veracidad de datos aportados
Más detallesPliego de Cláusulas Administrativas
Pliego de Cláusulas Administrativas Ref.: 13seA1 Tipo contrato: servicios Procedimiento: Abierto Presupuesto estimado del contrato:120.185,00 21% IVA: 25.238,85 uros Importe total: 145.423,85 uros Duración
Más detallesBASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA
BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA 1. OBJETO Y ÁMBITO El objeto de esta convocatoria es favorecer la
Más detallesBASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA
BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA 1. OBJETO Y ÁMBITO El objeto de esta convocatoria es favorecer la
Más detallesf. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a
ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A GRUPOS Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE MALLÉN PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 1. Bases Reguladoras Las bases reguladoras
Más detallesEn particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones:
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ASOCIACIONES, COLECTIVOS Y PARTICULALES QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ÁMBITO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE GRANADILLA DE ABONA, AÑO 2013. 1.-
Más detallesButlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO CALP 2175 APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS El Ayuntamiento Pleno,
Más detalles2. OBJETO DEL CONTRATO 2.1) Tipo de contrato: Servicios 2.2) Emplazamiento de las obras, lugar de entrega o de ejecución:
Anuncio de RENFE-Operadora por el que se comunica la licitación del expediente número: 2012-00181 para la ADMINISTRACIÓN IM DEL SISTEMA SAP. 1. ENTIDAD ADJUDICADORA 1.1) Nombre, direcciones y puntos de
Más detallesCAPITULO I. Disposiciones generales
DECRETO /2010, DE, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES Y LOS REQUISITOS DE INTEGRACIÓN DEL PERSONAL AL SERVICO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DEL SERVICIO
Más detallesCONVENIO DE COLABORACIÓN
JARS/pv ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS Y LA ENTIDAD DEPORTIVA CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL LAESPORT R E U N I D O S De una parte el Alcalde-Presidente, D. Jesús Moreno García, actuando en nombre y representación
Más detallesHOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MADRID Expediente nº: 13/12 Aplicación Presupuestaria: 212 HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
Más detallesPLIEGO DE BASES ADMINISTRATIVAS Suministro: 20 LICENCIAS
ÍNDICE 1. Objeto y Naturaleza del Concurso. 2. Forma de Adjudicación y Fase de Licitación. 3. Adjudicación del Concurso. 4. Desarrollo y ejecución del contrato. Elaborado por: Inmaculada Martínez Paz Montenegro
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93 Martes 19 de abril de 2011 Sec. V-A. Pág. 43479 V. Anuncios A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones MINISTERIO DE FOMENTO 13465 Anuncio de Renfe-Operadora por el que se comunica la
Más detallesAprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Entidades Culturales y Juveniles, año 2014.
Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Entidades Culturales y Juveniles, año 2014. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día veintiséis de mayo de dos mil catorce, aprobó
Más detallesPLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE OBRAS DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIO PARA MUSEO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE OBRAS DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIO PARA MUSEO DE ESQUÍ EN CERCEDILLA, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE
Más detallesAYUNTAMIENTO DE HIGUERUELA BASES PARA LA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PEONES DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PARA FUTURAS VINCULACIONES LABORALES.
BASES PARA LA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PEONES DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PARA FUTURAS VINCULACIONES LABORALES. PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la
Más detallesExpediente nº: P.A. 4/12 Aplicación Presupuestaria: 162.09 / 251-M
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTION FINANCIERA Expediente nº: P.A. 4/12 Aplicación Presupuestaria: 162.09 / 251-M HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO
Más detalles195/2008/00064 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO
195/2008/00064 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DENOMINADO: DIVERSO MATERIAL FUNGIBLE DE FERRETERÍA CON DESTINO AL SAMUR PROTECCIÓN CIVIL,
Más detallesLos ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.
CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO
Más detallesMODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En
Más detallesPLIEGO DE CONDICIONES CONTRATO PRIVADO DE SEGURO DE VIDA E INCAPACIDAD PERMANENTE PARA LOS EMPLEADOS DE CORPORACION ARAGONESA DE RADIO Y TELEVISIÓN
PLIEGO DE CONDICIONES CONTRATO PRIVADO DE SEGURO DE VIDA E INCAPACIDAD PERMANENTE PARA LOS EMPLEADOS DE CORPORACION ARAGONESA DE RADIO Y TELEVISIÓN RADIO AUTONOMICA DE ARAGON SA TELEVISION AUTONOMICA DE
Más detallesINSTRUCCIONES INTERNAS DE EL SABINAR SOCIEDAD MUNICIPAL S.L. EN MATERIA DE CONTRATACION PARA LOS CONTRATOS NO SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA
INSTRUCCIONES INTERNAS DE EL SABINAR SOCIEDAD MUNICIPAL S.L. EN MATERIA DE CONTRATACION PARA LOS CONTRATOS NO SUJETOS A REGULACIÓN ARMONIZADA Como consecuencia de la publicación de la Ley 30/2007, de 30
Más detallesExpediente: 2015/01/EQ. Suministro de un Espectrometro de masas con fuente de plasma de acoplamiento inductivo.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE UN ESPECTRÓMETRO DEM MASAS CON FUENTE DE PLASMA DE ACOPLAMIENTO INDUCTIVO I. DISPOSICIONES GENERALES
Más detallesGabinete Jurídico. Informe Jurídico 0413/2008
Informe Jurídico 0413/2008 La consulta planteada por la empresa perteneciente al sector de la construcción, se refiere a si la comunicación de los datos laborales de trabajadores ocupados en una subcontrata
Más detallesBASES DEL AYUNTAMIENTO DE L ALCORA PARA LA CONCESIÓN DE 2 BECAS DE FORMACIÓN EN EL EJERCICIO 2015
BASES DEL AYUNTAMIENTO DE L ALCORA PARA LA CONCESIÓN DE 2 BECAS DE FORMACIÓN EN EL EJERCICIO 2015 BASE PRIMERA. Objeto y número de becas. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta
Más detallesPLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGE EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE UN PUENTE GRÚA BIRRAIL, INFRAESTRUCTURA ANEXA Y DOS MECANISMOS DE ELEVACIÓN MANUAL PARA EL TALLER DEL LABORATORIO
Más detallesMEMORIA TÉCNICA-CONDICIONES DE CONTRATACIÓN SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS INTRA 1 E INTRA 2 ÍNDICE
MEMORIA TÉCNICA-CONDICIONES DE CONTRATACIÓN SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS INTRA 1 E INTRA 2 ÍNDICE 1. Objeto y necesidades. 2. Características y contenido de las actuaciones a realizar.
Más detallesCONDICIONES TÉCNICAS A LAS QUE DEBE ACOMODARSE EL ADJUDICATARIO DEL SERVICIO ACTIVIDAD FÍSICA ADULTOS DE YOGA CURSO ESCOLAR
Expediente: 54119 Documento: 539051 CONDICIONES TÉCNICAS A LAS QUE DEBE ACOMODARSE EL ADJUDICATARIO DEL SERVICIO ACTIVIDAD FÍSICA ADULTOS DE YOGA CURSO ESCOLAR 2015-2016 9 de abril de 2015 Con motivo del
Más detallesPLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONCESIÓN DE UNA LICENCIA DE TAXI
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONCESIÓN DE UNA LICENCIA DE TAXI CLAÚSULA PRIMERA. Objeto del Contrato Constituye el objeto del presente pliego la adjudicación en régimen de concurrencia de
Más detalles2. NECESIDAD E IDONEIDAD
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE FISIOTERAPIA EN EL CENTRO SAGRADO CORAZÓN DURANTE EL PERÍODO 2015-2016 1. OBJETO DE CONTRATO El objeto del
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA (Madrid) Plaza Mayor, 1 28470 CERCEDILLA (Madrid) Telfs. 91-852.57.40 Fax. 91-852.22.00
CONTRATOS GESTION SERVICIOS 2016/2 789 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL CONTRATO PLURIANUAL DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE LA ESCUELA INFANTIL RINCON FLORIDO situada en la Ctra.
Más detallesEXPEDIENTE PO101/2015 SMS
EXPEDIENTE PO101/2015 SMS PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ LA PETICIÓN DE OFERTAS DEL SERVICIO DE MENSAJERÍA POR SMS DE LA FUNDACION DE HEMOTERAPIA Y HEMODONACIÓN
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO JEFATURA DEL ESTADO
Núm. 233 Sábado 28 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 78787 I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL ESTADO 10074 Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES CULTURALES DE LA CIUDAD DE ALCAÑIZ PARA EL AÑO 2011 CLÁUSULAS
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES CULTURALES DE LA CIUDAD DE ALCAÑIZ PARA EL AÑO 2011 CLÁUSULAS 1.- Objeto de la convocatoria. La presente tiene por objeto efectuar
Más detallesPROGRAMA FUNDACIÓN SEPI INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL 2012
PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL 2012 BASES DE LA CONVOCATORIA La Fundación SEPI (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del convenio de colaboración de fecha 19
Más detallesLos cursos a impartir son los que figuran en el convenio, y se adjudicaran por lotes separados con las características que se indican en el Anexo I.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, POR EL TRÁMITE DE URGENCIA, PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO EXTERNO DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA
Más detalles2) TIPO DE LICITACIÓN Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN PARA ADJUDICAR, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN
Más detallesMadrid, 16 septiembre de 2013
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONTROL Y PREVENCIÓN DE LA LEGIONELA Y CONTROL Y ANÁLISIS DE LA CALIDAD DEL AIRE INTERIOR PARA EL EDIFICIO DEL CDTI, SITO EN LA CALLE CID, Nº
Más detallesCODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONTRATOS EN LA BNE
SECRETARIA DE ESTADO DE CULTURA MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE BIBLIOTECA BIBLIOTECA NACIONAL NACIONAL DE ESPAÑA DE ESPAÑA CODIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CORRECTA CONTRATACIÓN Y PARA LA
Más detallesAsunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013
Asunto: convocatoria de empresas privadas de la provincia de Pontevedra para participar en el II Plan de práctica laboral de la Diputación 2013 La Diputación de Pontevedra ha previsto poner en marcha un
Más detalles01.05.912AE01.64001.0 2015 70.552,68
ORDEN POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO QUE SE CITA. CÓDIGO DEL EXPEDIENTE: A2015/000356 TIPO CONTRATO: Servicios TÍTULO DEL EXPEDIENTE: Servicio de Mantenimiento correctivo y preventivo y soporte 7x24
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ASOCIACIONES CULTURALES DEL ÁMBITO TERRITORIAL DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ASOCIACIONES CULTURALES DEL ÁMBITO TERRITORIAL DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR
Más detallesSUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VARIOS SERVIDORES BLADE Y CHASIS PARA LA DFA. Cuadro de anexos. Exp 345/14
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VARIOS SERVIDORES BLADE Y CHASIS PARA LA DFA. Cuadro de anexos. Exp 345/14 ANEXOS. ANEXO I - MODELO DE PROPOSICIÓN. ANEXO II - MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO III -
Más detallesCONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE CONTADORES DE CONSUMO DE AGUA PARA EL EJERCICIO 2015
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN CONTADORES CONSUMO AGUA PARA EL EJERCICIO 2015 Artículo 1.- Objeto Estas bases tienen por objeto regular las subvenciones a conceder por
Más detallesDECRETO 59/1999 Gestión de neumáticos usados
Fecha de Boletín: Miércoles, 7 de abril de 1999 Nº de Boletín: 64 DECRETO 59/1999, de 31 de marzo, por el que se regula la gestión de los. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, de acuerdo con la
Más detallesECONÓMICO Y EL EMPLEO DE IRUN IRUNGO GARAPEN EKONOMIKOA ETA ENPLEGUAREN ALDEKO AKORDIO OROKORRA, CONTRATADO POR BIDASOA-ACTIVA
- PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PUESTA EN MARCHA Y DESARROLLO POR PARTE DE ENTIDADES PROMOTORAS SIN ANIMO DE LUCRO DE PROYECTOS DE INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN
Más detallesINSTRUCCIÓNES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE REMOLCADORES DEL NOROESTE S.A. 1. OBJETO DE LAS INSTRUCCIONES DE CONTRATACIÓN
INSTRUCCIÓNES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE REMOLCADORES DEL NOROESTE S.A. 1. OBJETO DE LAS INSTRUCCIONES DE CONTRATACIÓN Constituye el objeto de las presentes instrucciones la regulación del procedimiento
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210 Miércoles 2 de septiembre de 2015 Sec. III. Pág. 77915 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 9547 Orden AAA/1770/2015, de 28 de agosto, por la que se
Más detallesEXPEDIENTE 20140218-00132
EXPEDIENTE 20140218-00132 RENOVACIÓN DE LOS CERTIFICADOS CONFORME A LAS NORMAS ISO 9001 E ISO 14001 DE LA EMPRESA INGENIERÍA Y ECONOMÍA DEL TRANSPORTE S.A. Paseo de la Habana, 138 28036 Madrid. España
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 4481 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agricultura y Agua 1324 Orden de 23 de enero de 2014, de la Consejería de Agricultura y Agua por la que se convocan ayudas por paralización
Más detallesPLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONCESIÓN DE UNA LICENCIA DE TAXI
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONCESIÓN DE UNA LICENCIA DE TAXI CLAÚSULA PRIMERA. Objeto del Contrato Constituye el objeto del presente pliego la adjudicación en régimen de concurrencia de
Más detallesExpediente nº: P.A. 3/12 Aplicación Presupuestaria: 212 / 241-A
MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTION FINANCIERA Expediente nº: P.A. 3/12 Aplicación Presupuestaria: 212 / 241-A HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO
Más detallesV. OTRAS DISPOSICIONES
Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 2015 Sec. V. Pág. 1027 V. OTRAS DISPOSICIONES ENAJENACIÓN DE SUELO A COOPERATIVAS Cód. Informático: 2015000800. Orden Ministerial 1/2015, de 12 de enero, por la que se determinan
Más detallesANUNCIO CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AZAFATOS/AS PARA EVENTOS CULTURALES Y OTROS EN ARÉVALO BASES
ANUNCIO CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AZAFATOS/AS PARA EVENTOS CULTURALES Y OTROS EN ARÉVALO La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Arévalo, en sesión celebrada
Más detallesAprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Asociaciones de Tercera Edad, año 2014.
Aprobación de bases para el otorgamiento de subvenciones a Asociaciones de Tercera Edad, año 2014. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día veintiséis de mayo de dos mil catorce, aprobó las
Más detallesANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS
ANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS Número de Contrato: Número de Punto de Suministro: Tipo de Gas: Localidad: Fecha: El consumidor..., con documento nacional de identidad/código de
Más detallesANUNCIO DE ADJUDICACIÓN
ANUNCIO DE ADJUDICACIÓN La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 9 de mayo de 2012, al punto denominado ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE MANIPULADO Y DISTRIBUCIÓN DE REVISTA,
Más detallesNÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014
37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos
Más detallesEspaña-Castellón de la Plana: Servicios de seguros 2014/S 119-212282. Anuncio de licitación. Servicios
1/5 El presente anuncio en el sitio web de TED: http://ted.europa.eu/udl?uri=ted:notice:212282-2014:text:es:html España-Castellón de la Plana: Servicios de seguros 2014/S 119-212282 Anuncio de licitación
Más detalles1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE Estudio Jurídico para la mejora de la gestión técnica y la viabilidad de las empresas recuperadas por los/las trabajadores/as bajo fórmula de empresas
Más detallesBASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PAÍSES DEL LLAMADO TERCER MUNDO EN EL AÑO 2015
BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PAÍSES DEL LLAMADO TERCER MUNDO EN EL AÑO 2015 PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de estas bases regular la concesión
Más detallesPLIEGO DE CONDICIONES PARA EL ARRENDAMIENTO DE LOCALES DE NEGOCIO EN EL MUSEO DE LA CIENCIA DE VALLADOLID
PLIEGO DE CONDICIONES PARA EL ARRENDAMIENTO DE LOCALES DE NEGOCIO EN EL MUSEO DE LA CIENCIA DE VALLADOLID 1º.- Objeto del contrato El objeto del presente contrato es el arrendamiento de diversos espacios
Más detallesPOLITICA DE PROTECCION DE DATOS
POLITICA DE PROTECCION DE DATOS Para utilizar algunos de los Servicios, los Usuarios deben proporcionar previamente a la empresa ciertos datos de carácter personal (en adelante, los «Datos Personales»).
Más detallesLEY 26/2006, DE 17 DE JULIO, DE MEDIACIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS.
Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo Departamento de Documentación Abril, 2015 Fuentes: BOE y BOCG LEY 26/2006, DE 17 DE JULIO, DE MEDIACIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS. Texto vigente
Más detalles1.- JUSTIFICACIÓN 2.- OBJETO DEL CONTRATO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EL CONCURSO PARA LA GESTION DE LA PRODUCCIÓN TÉCNICA DE EXPOSICIONES QUE SE REALICEN EN LAS SALAS DEL CENTRO CULTURAL DEL MATADERO, ENTRE OTRAS. 1.- JUSTIFICACIÓN
Más detallesPLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES OBJETO: GESTIÓN EXTERNA DEL SERVICIO DE LIBRERÍA Y REPROGRAFÍA DEL CENTRO ASOCIADO UNED-ELCHE.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES OBJETO: GESTIÓN EXTERNA DEL SERVICIO DE LIBRERÍA Y REPROGRAFÍA DEL CENTRO ASOCIADO UNED-ELCHE. PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA
Más detalles