Informe de Gestión. A l C o n g r e s o d e l a R e p ú b l i c a

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1 Informe de Gestión A l C o n g r e s o d e l a R e p ú b l i c a

2 MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA, 2011 Derechos exclusivos de publicación y distribución de la obra Carrera 9a. No , Bogotá, D. C. PBX Edición Institucional Diseño de carátula, edición y composición Imprenta Nacional de Colombia Corrección de Texto Imprenta Nacional de Colombia Diagramación e impresión Imprenta Nacional de Colombia Carrera 66 No , PBX Fax Impreso en Colombia Printed in Colombia

3 E Q U I P O D I R E C T I V O M I N I S T E R I O D E L I N T E R I O R Y D E J U S T I C I A OFICINAS ASESORAS María Alexandra Pérez Alvarado Jefe de Oficina de Planeación Marcelo Mejía Giraldo Jefe de Cooperación Internacional Adriana Barragán López Jefe de Agenda Legislativa Luz Helena Arango Cardona Jefe de Control Interno VICEMINISTERIO DEL INTERIOR María Carolina Castillo Aguilar Directora para la Democracia y la Participación Ciudadana Pedro Posada Arango Director de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom Vanessa Palomeque Bohórquez Directora de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras Sandra Devia Ruíz Directora de Gobernabilidad Territorial María Paulina Riveros Dueñas Directora de Derechos Humanos Carlos Iván Márquez Pérez Director de Gestión del Riesgo SECRETARÍA GENERAL Alfonso Cajiao Cabrera Director Jurídico María Fernanda Álvarez Carreño Directora de Infraestructura Ricardo Munévar Molano Jefe de la Oficina de Sistemas VICEMINISTERIO DE JUSTICIA Alba Lucía Rivera Pineda Directora de Acceso a la Justicia Darío Garzón Garzón Director de Justicia Formal y del Derecho Ramiro Vargas Díaz Director de Ordenamiento Jurídico Miguel Samper Strouss Director de Justicia Transicional John Jairo Camargo Motta Director de Defensa Jurídica del Estado Giovanna Vanessa Prieto Cubillos Directora de Política Criminal y Penitenciaria Gloria Gómez de Varón Directora de Lucha contra las Drogas y Actividades Relacionadas Ana María Uribe Proyecto Unión Europea ENTIDADES ADSCRITAS Jorge Enrique Vélez García Superintentedente de Notariado y Registro Brigadier General Gustavo Adolfo Ricaurte Tapia Director del Instituto Nacional, Penitenciario y Carcelario (INPEC) Juan Carlos Restrepo Piedrahíta Director Nacional de Estupefacientes Juan Carlos Monroy Rodríguez Director de Derechos de Autor John Diego Parra Tovar Director de Nasa Kiwi ENTIDAD VINCULADA Carmen María Isabel Restrepo Correa Directora de la Imprenta Nacional de Colombia

4 República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia GERMÁN VARGAS LLERAS Ministro del Interior y de Justicia AURELIO IRAGORRI VALENCIA Viceministro del Interior PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO Viceministro de Justicia LUIS FELIPE HENAO CARDONA Secretario General

5 Contenido Presentación Capítulo 1 Fundamentos legales de la prosperidad democrática 1.1. Leyes para garantizar la verdad, la justicia y la reparación Leyes para la consolidación de la seguridad y el orden público Leyes para el aumento de la transparencia en la gestión pública Leyes para la renovación y modernización de la Administración Pública Leyes para la Eficiencia en la Justicia Leyes de Adaptación institucional ante los retos que impone el cambio climático Leyes para la garantía de la propiedad intelectual Ley para el Deporte Profesional Capítulo 2 Fortalecer las alcaldías y gobernaciones y crear canales de comunicación con el Gobierno Nacional 2.1. Fortalecer la Gobernabilidad Territorial y Afianzar la Relación Nación-Territorio La Casa del Alcalde y del Gobernador como un centro integrado de gestión territorial Implementar las políticas de seguridad y convivencia ciudadana con departamentos y municipios Coordinación Territorial en materia de desplazamiento forzado Estrategia de lucha contra la trata de personas

6 República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia Capítulo 3 Respeto y garantía de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario 3.1. Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario Prevención de la violación de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario Programas de Protección Capítulo 4 Definición y aplicación de una política diferencial para las comunidades étnicas y minorías 4.1. Fortalecer la Consulta Previa para garantizar la participación e integridad de los grupos étnicos, contribuir a la competitividad y el desarrollo del país Reducir el tiempo de la expedición de la certificación de presencia de comunidades de 6 meses a 15 días Reducción del tiempo del proceso de la consulta previa de 36 meses a 6 meses Recursos asignados para el fortalecimiento de la Consulta Previa Creación de la Dirección de Consulta Previa Diálogo político y social con grupos étnico y minorías del país Institucionalizar los espacios de diálogo y de política.pública: Comisión Nacional de DDHH, mesa permanente de concertación y regional amazónica Programa de garantías para 102 pueblos Un Programa de Protección para la Mujer Indígena estudios etnológicos indígenas Kumpanias fortalecidas en sus valores culturales Promover y fortalecer las formas propias de Gobierno de las Comunidades Negras Programa especial para Curvaradó y Jiguamiandó

7 Informe de Gestión al Congreso de la República Capítulo 5 Partidos Políticos y Participación Ciudadana Comunales fortalecidos en su capacidad de gestión, organización, liderazgo y emprendimiento Consolidación de los sistemas electoral y de partidos políticos Capítulo 6 Fortalecer el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y Gestión del Riesgo 6.1. Gestión del Riesgo y sostenibilidad financiera del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres (SNPAD) Apoyar técnicamente en gestión del riesgo a municipios y Departamentos Atención y Rehabilitación de Emergencias en el territorio nacional Otros programas de apoyo a las comunidades Normatividad sobre la Emergencia presentada por el Fenómeno de La Niña Capítulo 7 Ofrecer una justicia eficaz y eficiente en el marco de una atención integral 7.1. Componente normativo y legal para la descongestión judicial: Fortalecimiento del uso de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos en reclamaciones contra el Estado Fortalecimiento institucional del sector justicia Capítulo 8 Focalizar los esfuerzos del Estado para la prevención, persecución del delito y resocialización del delincuente 8.1. Diseñar e implementar una Política Criminal y Penitenciaria coherente y eficaz Mejoramiento de la infraestructura carcelaria y penitenciaria Trato seguro, justo y humano a las personas privadas de la libertad Otras gestiones en materia de Política Criminal y Penitenciaria

8 República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia Capítulo 9 Diseñar y coordinar mecanismos de justicia transicional para contribuir a la reconciliación nacional 9.1. Establecer un modelo de Justicia Transicional coherente y articulado Fortalecer los espacios y mecanismos de coordinación interinstitucional en todo el país Capítulo 10 Garantizar el derecho a la propiedad y a la información inmobiliaria en Colombia Modernizar el servicio público registral Registro Inmobiliario para la Política de Tierras Capítulo 11 Coordinar, formular e implementar una política integral y eficaz para enfrentar el problema mundial de las drogas Formular la Política Nacional Antidrogas y coordinar su implementación interinstitucional Manejo centralizado de los bienes incautados en manos del Estado Capítulo 12 Ofrecer una justicia eficaz y eficiente en el marco de una atención integral Leyes y Proyecto que impactan de manera favorable la eficiencia y la eficiencia de la justicia Coordinación de medidas de descongestión con la Rama Judicial Defensa jurídica del Estado fortalecida Fortalecer los mecanismos alternativos de acceso a la justicia Capítulo 13 Fortalecer el conocimiento sobre el Sector Justicia para liderar la agenda del Sector Creación de Centro de Estudios Jurídicos Estrategia para implementar política anticorrupción Tecnologías de la información para una Justicia eficiente

9 Informe de Gestión al Congreso de la República Capítulo 14 Fortalecimiento institucional del Sector Justicia Creación de la Agencia para la Defensa Jurídica de la Nación Ampliación del ámbito de competencia de la Imprenta Nacional para la prestación de servicios a particulares Capítulo 15 Focalizar los esfuerzos del Estado para la prevención, persecución del delito y resocialización del delincuente Diseñar e implementar una política criminal y penitenciaria coherente y eficaz Capítulo 16 Informe de gestión de la Secretaría General del Ministerio del Interior y de Justicia La planeación y sistematización de la información Capítulo 17 Planeación y rendición de cuentas Capítulo 18 Informe de entidades adscritas y vinculadas al Ministerio del Interior y de Justicia Imprenta Nacional Dirección Nacional de Derecho de Autor Corporación nacional para la reconstrucción de la cuencia.. del Río Páz y zonas aledañas - Nasa Kiwe

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11 P r e s e n t a c i ó n Es muy grato para el Ministerio del Interior y de Justicia presentar al Congreso de la República el informe correspondiente a la legislatura , sobre el avance de la atención integral del Estado a los asuntos políticos para el fortalecimiento de nuestra democracia y de la Justicia. En este informe podrán conocer la ejecución de las acciones para alcanzar la prosperidad democrática a través de los sectores de Interior y de Justicia. Desde esta Cartera hemos construido de la mano con el Congreso de la República el marco institucional para cumplirles a los ciudadanos. Es histórica la agenda legislativa de este primer año de Gobierno con la promulgación de leyes y reformas constitucionales, dirigidas a solventar la situación de orden público, a garantizar el cumplimiento de los derechos humanos en el país y la coordinación de mecanismos de justicia transicional, como lo son la ley de prórroga de la Ley 418 de 1997, la Ley de Víctimas, la Ley de Seguridad Ciudadana y la aprobación de la convención contra la desaparición forzada. Frente al fortalecimiento de las entidades territoriales, se aprobó después de 20 años la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, y se encuentran en trámite otras iniciativas para modernizar la organización y funcionamiento de los municipios y departamentos. Se establecieron medidas relativas a la transparencia en el ejercicio de la política como la Ley Estatutaria de Partidos y Movimientos Políticos y la eliminación de las inhabilidades en el trámite de las reformas constitucionales. Además, fue exitosa la expedición de un nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, así como el trámite que están surtiendo los proyectos de ley del Código General del Proceso, Régimen de Jueces de Paz, Penitenciario y Carcelario y el Nuevo Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos. Estas reformas han venido acompañadas de la definición de una oferta institucional que afianza la relación Nación-Territorio. Así, se formuló y gestionó 11

12 República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia la implementación del Centro Integral de Atención al Alcalde y al Gobernador, como un espacio de integración, apoyo y acercamiento entre el Estado central y las entidades territoriales y se puso en marcha el Observatorio de Seguridad Ciudadana y Orden Público. En materia de justicia, se desarrolló la implementación del Mapa de Justicia para brindar a los ciudadanos información en línea sobre la oferta de justicia formal y alternativas existente en el país y se pondrán en marcha las salas virtuales de justicia, con las cuales se superarán las barreras geoespaciales para lograr ofrecer a las poblaciones más lejanas, la posibilidad de acceder virtualmente a mecanismos alternativos de solución de conflictos (MASC). La labor de este Ministerio enmarcada en el Plan Nacional de Desarrollo ha sido dirigida a fortalecer la gobernabilidad territorial, la promoción del respeto y la garantía de los DD. HH. y el DIH, la aplicación de una política diferencial para las comunidades étnicas y minorías, la oferta de participación ciudadana, así como al fortalecimiento de la justicia mediante herramientas legales e institucionales enfocadas a contribuir con su descongestión, transparencia y eficiencia. Con el fin de lograr la identificación de personas fallecidas y cruzar las identificaciones positivas con los reportes de personas desaparecidas ingresados al Registro Nacional de Desaparecidos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses se suscribió el Convenio de Cooperación No. 001, que tiene por objeto aunar esfuerzos para el procesamiento de las necrodactilias existentes en la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante la comparación de las huellas dactilares almacenadas en el sistema AFIS. También, se diseñó el programa especial para Curvaradó y Jiguamiandó con el objeto de avanzar en la revisión y ajuste de la metodología para adelantar el proceso censal y la caracterización de estas poblaciones. En el tema de la Consulta Previa realizada al Plan Nacional de Desarrollo con las comunidades indígenas y negras del país, se convirtió en un hecho sin precedentes porque logró protocolizar tras un proceso de negociación, acuerdos para atender a estas comunidades en temas como vivienda y educación. En cuanto a la participación ciudadana tenemos dos logros importantes para destacar: en primer lugar, y también en un hecho sin precedentes, la reunión de más de cinco mil comunales con el Gobierno Nacional para definir las líneas de acción orientadas a hacer efectivo el documento Conpes 3661 de 2010 Conpes Comunal. En segundo lugar, se creó el programa para aumentar la participación política de las mujeres a través de una cuota de participación de 30% de cada género en las listas de los partidos para Corporaciones de elección popular. 12 Otra acción importante de esta Cartera fue la respuesta pronta y eficiente frente a la emergencia invernal, para lo cual el Ministerio dispuso de mecanismos de asistencia y atención que permitieron que la totalidad de las ayudas se llevaran a los damnificados.

13 Informe de Gestión al Congreso de la República En el trabajo para promover el respeto y garantía de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario (DD. HH. y del DIH) se formuló el proyecto de Decreto de creación del Sistema Nacional de Derechos Humanos, elaborado en conjunto con el Programa Presidencial. También se garantizó un capítulo específico de DD. HH. y DIH incorporado en el Plan Nacional de Desarrollo. Se formularon Planes integrales de prevención de violaciones a DD. HH. De otro lado, encontrarán los logros del Ministerio enfocados a ofrecer una justicia eficaz y eficiente, mejorar la infraestructura carcelaria y penitenciaria para garantizar un trato seguro y humano a las personas privadas de la libertad. De esta manera, de la mano del Ministerio de Educación, estamos apoyando la implementación del Modelo Educativo propuesto por el INPEC en todos los establecimientos penitenciarios y carcelarios y en el seguimiento a la salud penitenciaria. Creamos un modelo de justicia transicional, consecuente con el deseo de reconciliación nacional, para la materialización de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, gracias a la Ley de Víctimas. Además, se llevó a cabo la formulación, diseño, implementación y seguimiento de políticas públicas para incentivar la desmovilización. Así mismo, trabajamos en el fortalecimiento de la actual política de lucha contra las drogas, diseñando por primera vez un documento de política pública en esta materia, el cual contiene cuatro(4) estrategias definitivas, para enfrentar el problema mundial de las drogas. Otros importantes avances son el proyecto de Ley de Estatuto Nacional de Drogas y sustancias sicoactivas, que será presentado este 20 de julio ante el congreso de la República y la introducción de nuevas normas ue imprimen celeridad a los procesos de extinción de dominio y permiten la monetización de los bienes que han sido objeto del ejercicio de dicha acción. Por otra parte, se ha fortalecido la agenda que contribuye a garantizar un mayor acceso a la justicia, logrando la aprobación de normativa en este sentido y robusteciendo los programas nacionales de Conciliación Extrajudicial en Derecho, de Arbitraje, de Centros de Convivencia Ciudadana y de Casas de Justicia. Finalmente, es preciso señalar que una de las motivaciones de solicitar al Legislativo facultades extraordinarias al señor Presidente de la República, para modificar la estructura de la Administración Pública Nacional, es la de recuperar la institucionalidad de la Justicia y el Derecho. Precisamente, una de las disposiciones más novedosas es la creación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica de la Nación como una Unidad Administrativa Especial para proteger de manera efectiva los intereses litigiosos de la Nación. Improtante también, resulta destacar la puesta en marcha del Ministerio de Justicia y del derecho con una novedosa función jurisdiccional para administrar justicia en temas específicos regulados por la ley. 13

14 Como podrán observar, este informe además de poner en su conocimiento la gestión del Ministerio del Interior y de Justicia, permite entrever la relación de la anhelada prosperidad democrática con la justicia y la gobernabilidad. Precisamente, de la materialización de condiciones objetivas en la justicia, los ciudadanos obtendrán las garantías necesarias para que el Estado, la sociedad civil y el sector privado construyan acuerdos dirigidos a la búsqueda de la libertad, la estabilidad política y la efectividad del Gobierno. GERMÁN VARGAS LLERAS Ministro del Interior y de Justicia 14

15 Capítulo 1 Fundamentos Legales de la Prosperidad Democrática La culminación de la legislatura no podría recibir un calificativo más preciso que el de histórica. El éxito de la ambiciosa agenda legislativa del Gobierno Nacional no tiene precedentes en la medida en que logró en un año importantes transformaciones institucionales que permitirán a los ciudadanos un mejor ejercicio de sus derechos y darán al Ejecutivo los elementos necesarios para gobernar con prosperidad democrática. El Congreso de la República estuvo dispuesto de forma permanente a enriquecer las discusiones de los proyectos y a cumplir a cabalidad con el trámite de la agenda propuesta. El momento histórico en el cual nos encontramos se debe a la voluntad de transformación del Legislativo y a la demostración de la eficacia cuando se realizan esfuerzos conjuntos entre el Gobierno y el Congreso. La aprobación de proyectos de ley y de acto legislativo en temas relacionados con derechos humanos, reformas a la administración pública, seguridad, transparencia y cambio climático, garantiza las condiciones para dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo Leyes para garantizar la verdad, la justicia y la reparación Ley de Desmovilizados Ley 1424 de Por la cual se dictan disposiciones de justicia transicional que garanticen verdad, justicia y reparación a las víctimas de desmovilizados de grupos organizados al margen de la ley, se conceden beneficios jurídicos y se dictan otras disposiciones. Síntesis: Una de las bondades de la Ley 418 de 1997, cuya prórroga fue recientemente tramitada y aprobada mediante la Ley 1421 de 2010, se concentró en reconocer y dignificar, por primera vez, a las víctimas de los grupos armados al margen de la ley. 15

16 República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia Contenido. Con posterioridad, mediante la aprobación de la Ley de Justicia y Paz en el año 2005, se estableció un proceso judicial extraordinario, que incluyó la concesión de penas alternativas a los desmovilizados que entraron en un proceso de negociación con el Gobierno Nacional. Como condición indispensable para acceder a esas prerrogativas, la Ley impuso la obligación en cabeza de los victimarios, de materializar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación. Las Altas Cortes, para garantizar estos derechos, han modulado la aplicación del modelo de Justicia Transicional a través de distintos pronunciamientos, determinaron que a los desmovilizados rasos, a los que no intervinieron en la planificación o dirección de los grupos paramilitares, se les hacía acreedores de grandes beneficios sin que las víctimas recibieran nada a cambio. En respuesta a esta modulación, a los derechos de las víctimas y también a la situación de los desmovilizados, el Gobierno Nacional presentó un Proyecto de Ley que el Congreso de la República, con mucha responsabilidad, tramitó en tiempo récord. La Ley solo cobija a los desmovilizados que tengan en su haber el delito de concierto para delinquir, simple o agravado, delito que se cometió por el hecho de pertenecer al grupo paramilitar, así como aquellos hechos delictivos conexos a esa pertenencia, como por ejemplo, porte de insignias y uniformes de las Fuerzas Armadas, porte de armas, entre otros de similar naturaleza. Este universo definido de desmovilizados, que lo conformarían alrededor de exintegrantes de las AUC, deben contribuir a la materialización de los derechos de las víctimas de la siguiente forma: En primer lugar, deben suscribir un Acuerdo con el Presidente de la República mediante el cual se comprometan a esclarecer la verdad sobre la conformación de los grupos a los que pertenecieron, la estructura de los mismos y los hechos sobre los que tengan conocimiento. Este esclarecimiento de la verdad deberá realizarse por y ante el Centro de Memoria Histórica creado en la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras), de conformidad con el recientemente aprobado Decreto-Ley 2244 de 2011, el cual fue expedido en virtud de las facultades extraordinarias conferidas al Gobierno Nacional por la Ley Con ello se busca materializar el derecho a la verdad de las víctimas. 16 En segundo lugar, la Fiscalía debe iniciar los procesos que correspondan por los delitos que fueron mencionados anteriormente. Para poder llevar a cabo esta tarea, la planta de la Fiscalía General de la Nación fue adicionada en virtud del Decreto-Ley 2248 de 2011 con 182 Fiscales y los correspondientes

17 Informe de Gestión al Congreso de la República profesionales de apoyo, lo cual se realizó también en virtud de las facultades extraordinarias conferidas en la Ley De similar forma, obrando en ejercicio de las facultades excepcionales conferidas por la Ley 1424 de 2010, se modificó y adicionó la planta de la Procuraduría General de la Nación, en virtud de los Decretos-Ley 2246 y 2247 de Estos procesos se llevarán posteriormente a juicio y culminarán en una condena penal. Así se materializa el derecho a la Justicia. En tercer lugar, los desmovilizados deberán reparar a las víctimas con los bienes que hayan sido objeto de su accionar delictual. De no contar con dichos bienes, toda vez que se trata de los exmiembros rasos de los grupos paramilitares, deberán realizar trabajo comunitario en el marco de su proceso de reintegración. Así se materializa el derecho de las víctimas a obtener medidas de satisfacción y reparación inmaterial. En cuarto lugar, los que accedan a este mecanismo de Justicia Transicional, no podrán cometer delitos ni haber sido condenados penalmente por hechos ocurridos con posterioridad a su desmovilización. Así mismo, deberán continuar y participar activamente en su proceso de reintegración. Así se materializan las garantías de no repetición. Solo los individuos que cumplan con los anteriores requisitos, podrán acceder a los beneficios consagrados en la Ley, beneficios que se refieren a que no sean dictadas órdenes de captura en su contra o a que se revoquen aquellas que ya han sido decretadas por la Fiscalía. Igualmente, tendrán derecho a que se suspenda la ejecución de la pena que sea ordenada por la autoridad judicial correspondiente. Estos beneficios implican, por ende, que los desmovilizados que se comprometan con los derechos de las víctimas, no pagarán un solo día de cárcel. Con la Ley 1424, con este aporte que tanto el Gobierno Nacional como el Congreso de la República hacen al modelo de Justicia Transicional, modelo que fue complementado con la Ley 1448 de Víctimas y Restitución de Tierras, se les cumple a las víctimas; a los desmovilizados que quieran en verdad reintegrarse a la legalidad; y al país que clama por un proceso duradero y estable de reconciliación nacional Ley de defensores de derechos humanos y periodistas Ley 1426 de Por la cual se modifica la ley 599 de 2010, relativas punibles que atentan contra los bienes jurídicamente protegidos de los defensores de Derechos Humanos. Síntesis: En busca de articular la legislación nacional con el derecho internacional, para proteger la vida, honra y bienes de los Defensores de Derechos Humanos, el 17

18 República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia Gobierno Nacional sancionó la ley que agrava la conducta punible de homicidio contra dicha población. Contenido Con la Ley 1309 de 2009 el Gobierno Nacional adoptó medidas para contrarrestar la comisión de conductas punibles contra quien atente o intente atentar contra la vida, la integridad personal y los derechos de reunión y asociación de los miembros de una organización sindical legalmente reconocida en Colombia, y agravó las penas para estos delitos. A través de la oferta institucional de seguridad y protección el Gobierno Nacional viene haciendo un esfuerzo sin precedentes en la protección a la vida e integridad de los defensores de Derechos Humanos, estos afrontan situaciones de riesgo que hacen necesario incluirlos en esta normatividad, pues con su invaluable trabajo coadyuvan con el Estado en el cumplimiento de sus obligaciones de garantía, promoción y protección de los derechos fundamentales. Como es de conocimiento público, los defensores de Derechos Humanos se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad, debido al tipo de actividades que desempeñan, lo cual los hace objeto de especial atención y protección por las autoridades competentes. El Estado está obligado a otorgar y desplegar acciones positivas para asegurar la protección especial de los defensores de Derechos Humanos, por cuanto las relaciones entre el Estado y los defensores de Derechos Humanos deben desarrollarse dentro de un marco pacífico de respeto y deferencia, que permita lograr un mayor grado de entendimiento y el reconocimiento del pluralismo y la tolerancia, a fin de garantizar al máximo la protección y promoción de los Derechos Humanos, evitando cualquier tipo de actividad que pueda ampliar su grado de exposición a riesgos extraordinarios, para cuyo fin las autoridades contribuimos a garantizar su seguridad contrarrestando a toda costa las amenazas que puedan aumentar el campo de exposición al riesgo. No se puede desconocer que la amenaza constituye un medio de coacción e intimidación al libre ejercicio de la profesión, en detrimento de la loable labor de defender y promover los Derechos Humanos, por cuanto la interlocución entre las personas que defienden esta categoría de derechos y el Estado es fundamental dentro del proceso de construcción del debate democrático, y ciertamente permite aumentar la capacidad de los ciudadanos para participar en los procesos de toma de decisiones en materia de políticas públicas. 18 La ley amplió el término de prescripción de la acción a treinta (30) años para los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, homicidio de los

19 Informe de Gestión al Congreso de la República miembros de una organización sindical legalmente reconocida, homicidio de defensor de Derechos Humanos, homicidio de periodista y desplazamiento forzado. La ley además, crea un agravante punitivo en el caso de que la amenaza o intimidación recaiga sobre un miembro de una organización sindical legalmente reconocida, un defensor de Derechos Humanos, periodista o en un servidor público perteneciente a la Rama Judicial o al Ministerio Público o sus familiares Ley de Víctimas y Restitución de Tierras Ley 1448 de Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones. Síntesis: La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras reglamenta lo concerniente a la asistencia y reparación integral de las víctimas del conflicto armado interno ofreciendo herramientas para que estas reivindiquen su dignidad y puedan ejercer libremente todos sus derechos. Ámbito de aplicación de la ley La norma cobija los hechos ocurridos en el marco del conflicto armado interno, acaecidos con posterioridad al 1 o de enero de La restitución cobijará despojos posteriores al 1 de enero de Los hechos anteriores a 1985, accederán a la reparación simbólica y a las garantías de no repetición. Principios La Ley se estructura sobre la base de los estándares y principios internacionales, tales como: Buena Fe: Está encaminado a liberar a las víctimas de la carga de probar su condición. Se dará especial peso a la declaración de la víctima, y se presumirá que lo que esta aduce es verdad, de forma que en caso de duda será el Estado quien tendrá la obligación de demostrar lo contrario. Enfoque diferencial: Se debe atender a las necesidades particulares de los grupos más vulnerables dentro de las víctimas, como lo son las mujeres, niños, niñas y jóvenes, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, sindicalistas y desplazados. Dignidad: Propende por redignificar la condición de ciudadanos de las personas víctimas del conflicto armado. Gradualidad y sostenibilidad: Tienen por objeto garantizar que las medidas adoptadas a favor de las víctimas sean sostenibles fiscalmente y aplicadas gradual y progresivamente. Con ello se garantiza que los esfuerzos 19

20 República de Colombia Ministerio del Interior y de Justicia estatales van a ser financiables en el mediano y largo plazo, y que serán implementados en todo el país en un lapso determinado, respetando el principio de igualdad. Concepto de víctima y derechos de las mismas Se consideran víctimas aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido perjuicios frente a sus derechos fundamentales o hayan sufrido lesiones transitorias o permanentes que ocasionen algún tipo de discapacidad física, psíquica y/o sensorial, sufrimiento emocional, pérdida de la libertad, reclutamiento forzado de menores, pérdida financiera, desplazamiento forzado, como consecuencia de violaciones manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario. 20 Las víctimas tendrán los siguientes derechos: Derecho a ser beneficiario de las acciones afirmativas adelantadas por el Estado para proteger y garantizar el derecho a la vida en condiciones de dignidad. Derecho a solicitar y recibir atención humanitaria. Derecho a participar en la formulación, implementación y seguimiento de la política pública de prevención, atención integral y reparación. Derecho a que la política pública tenga enfoque diferencial. Derecho a la reunificación familiar cuando por razón de su tipo de victimización se halla dividido el núcleo familiar.

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