ESTRUCTURA TRIBUTARIA ACOSTA ARANGO & ASOCIADOS S.A.S.
|
|
- Adolfo Río Campos
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 I. QUÉ SE NECESITA PARA QUE EL MANDANTE PUEDA TOMAR COMO DESCONTABLE EN EL IVA EL 35% DEL IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y ACPM? Recordemos que cuando el mandatario en cumplimiento de su mandato, adquiere gasolina o ACPM a un distribuidor que no es responsable del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM, para el consumo final de su mandante en sus operaciones gravadas o exentas, la cuales son tomadas como costo, el mandante responsable del IVA en el régimen común, podrá descontar el 35% del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM efectivamente pagado, siempre que el distribuidor a quien se le adquirió el carburo, le certifique al mandante o al mandatario en la respectiva factura de venta de cada operación efectuada, el valor del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM que le haya sido liquidado por parte del productor o importador en la adquisición de la gasolina o el ACPM. Ahora bien, para que lo anterior proceda en debida forma y sin contratiempos, será necesario que el mandatario, con base en la factura, expida una certificación que deberá ser avalada por el contador público o revisor fiscal, para que el mandante pueda entonces, tomar descontable el 35% del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM efectivamente pagado en su declaración de IVA II. A LOS PAGOS POR INDEMNIZACIONES LABORALES O BONIFICACIONES POR RETIRO DEFINITIVO A EMPLEADOS NO LES APLICA LA RETENCIÓN MÍNIMA MENSUALIZADA. Lo anterior se deduce de hacer un análisis de la naturaleza de dichos pagos, los cuales se producen al terminarse la relación laboral y solo por una vez, y no de forma mensual y habitual. Por no constituirse entonces en pagos mensualizados no será procedente la aplicación de la retención del artículo 14 de la ley 1607 de 2012, la cual indica que para los pagos efectuados a las personas naturales que se clasifiquen dentro de la categoría de empleados, se aplicara la tarifa que resulte de aplicar la tabla allí descrita. Para dichas bonificaciones e indemnizaciones, se aplicará el procedimiento descrito en el Decreto 400 de 1987, en donde se calcula el ingreso mensual promedio y se determina el porcentaje de retención de acuerdo al año de retiro de trabajador. Página 1
2 II. IMPORTANTE ACLARACIÓN PARA LA RETENCIÓN EN LA FUENTE APLICABLE EN RENTAS DE TRABAJO En concepto de la DIAN del 25 de octubre de 2013, se resuelve el siguiente interrogante, haciendo la administración, unas importantes precisiones al respecto: Dado que la prima mínima de servicios o de navidad debe tomarse por separado de los demás pagos salariales para efectos del cálculo de retención en la fuente en los procedimientos 1 y 2, según lo establece el artículo 385 del ET, significa esto que para el cálculo de la retención alternativa del artículo 384 del ET (norma que está antes del artículo 385, así se haya introducido en una ley posterior) también debe liquidarse por separado? En los artículos 385 y 386 del Estatuto Tributario se consagran dos procedimientos que el agente de retención puede aplicar para estos casos. De dichas normas se puede, según la administración, extraer las siguientes conclusiones: De aplicarse el procedimiento 1, a la prima de navidad del sector público o mínima legal de servicios del sector privado, se le deberá retener el valor que figure frente al intervalo al cual corresponda la respectiva prima. Si se elige el procedimiento 2, a dicha prima se le debe aplicar el porcentaje fijo semestral de retención, pues forma parte de la base para calcular este porcentaje, contrario a lo que ocurre en el procedimiento 1 donde se calcula de forma independiente a la retención aplicable a los demás pagos. Anudado a lo anterior, el artículo 384 del Estatuto Tributario establece una tarifa mínima de retención en la fuente para empleados, sobre una base resultante de restar los aportes al sistema general de seguridad social a cargo del empleado, más los conceptos relacionados en el artículo 6 del Decreto 1070 de 2013, del total del pago mensual o abono en cuenta. Así pues el agente retenedor, deberá proceder con dos cálculos de la retención en la fuente descontando la retención que resulte mayor al comparar esos dos resultados. Página 2
3 Si la tarifa de retención que arroja la tabla del artículo 383 es inferior a la de la tabla del artículo 384, se debe practicar la retención del artículo 384 que es la retención mínima. Si la retención que arroja la tabla del artículo 383 es superior a la de la tabla del artículo 384, se debe practicar la retención del artículo 383. Finalmente, en tratándose del procedimiento 1, descrito anteriormente, la prima de servicios del sector privado o de navidad del sector público, se calcula de forma independiente a la retención aplicable a los demás pagos y el valor a retener es el que figure frente al intervalo señalado en el artículo 383 de la norma tributaria. El agente retenedor deberá igualmente, efectuar el cálculo de la retención de la prima de servicios del sector privado o de navidad del sector público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 384 descontando la retención en la fuente que resulte mayor al comparar dichos cálculos. III. DONACIÓN: NO ES ILÍCITA, PERO DEBE CUMPLIR CON UNOS REQUISITOS DE VALIDEZ DEPENDIENDO DE SU MONTO. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en jurisprudencia reciente, recordó que el artículo 1458 del Código Civil, consigna claramente el requisito fundamental, para que la donación sea válida y no este viciada de nulidad absoluta, así entonces, el Código trae la figura de la insinuación, que no es otra cosa, que una autorización que otorga directamente el notario cuando dicha donación supera los 50 SMMLV; lo anterior tiene como única finalidad, asegurar que quien dona, aun después de la donación, tiene lo necesario para su subsistencia. Así las cosas, las donaciones que tengan este valor o lo superen, deberán contar con la insinuación necesariamente, so pena de que el negocio sea anulado definitivamente. Si la donación tiene un valor inferior a los 50 SMMLV no necesitara insinuación para que sea efectiva. Se recuerda entonces la importancia de contar con este requisito para que la validez del negocio jurídico (donación) no se vea afectado: si se necesita de la insinuación para que la donación no se vea afectada. Página 3
4 IV. ALCANCE DEL REQUISITO DE PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS DOCUMENTOS NECESARIOS PARA ACCEDER A LOS BENEFICIOS DE LA LEY Hemos tenido noticias, acerca de los inconvenientes que se han suscitado por parte de la administración a la hora de la recepción de los documentos necesarios, que deben ser presentados ante sus oficinas, para acceder a los beneficios consagrados en la ley Es por lo anterior que la DIAN en concepto número del 29 de abril de 2014, fue claro y enfático al establecer el alcance del requisito de la presentación personal en los siguientes términos: El requisito formal de presentación personal, se entenderá cumplido cuando el contribuyente o el representante legal si se trata de una persona jurídica ( ) se presenta directamente o por interpuesta persona ante ( ) la División de Gestión de Fiscalización ( ) que corresponda de acuerdo con su domicilio fiscal y exhiba su documento de identidad o tarjeta profesional, si se trata de apoderado especial. Además, el concepto es claro al decir que la administración de impuestos no podrá establecer requisitos adicionales a los que la ley expone, ya que estaría en contravía del ordenamiento jurídico, y que cualquier requerimiento que debe ser acatado internamente en el ente administrador no podrá ser trasladado al contribuyente como requisito de procedencia para acceder a los beneficios, solo entonces, se deberán cumplir los requisitos que la norma indique expresamente para esta evento en particular. V. PILAS CON LA CUOTA DE APRENDICES! Por medio del acuerdo 0004 del 4 de abril de 2014 el SENA modificó las multas a que hay lugar a imponer, cuando se presenta incumplimiento en la cuota de aprendices: Cuando se presenta incumplimiento en la obligación de la cuota de aprendices o en el pago de la respectiva monetización, el SENA impondrá una multa, la cual podrá alcanzar hasta un salario mínimo mensual. En adición al pago de dicha multa, la empresa DEBERÁ cumplir con la obligación de contratar aprendices o monetizar la cuota. Cuando el empresario que no haya vinculado la cuota mínima de aprendices, para el cumplimiento de esa obligación principal cuenta con las siguientes opciones: Página 4
5 Para cumplir la obligación principal (contratas aprendices) 1. El pago por cada contrato de aprendizaje incumplido del 75% de un SMMLV al momento del incumplimiento, liquidado mensualmente o por fracción de mes. Si se está frente a los casos donde la ley estipula que el auxilio no es del 75% sino del 100%, el pago corresponderá al 100% de un SMMLV, en uno u otro caso, se deberá calcular intereses moratorios a la máxima tasa que estipule la Superfinanciera. 2. Proceder con la contratación de los aprendices dejados de contratar por el tiempo del incumplimiento= compensación. Reglas para la compensación: Solo procederá cuando en el periodo fiscalizado, se halle un incumplimiento igual o mayor a 6 meses. Se deberá proceder con el pago de los intereses y multa impuesta por incumplimiento, dentro de los 20 días siguientes a que se profiera la liquidación de fiscalización. Los contratos que celebre el empresario, irán a cubrir primero: aquellos derivados del incumplimiento de la cuota y luego aquellos de la cuota propiamente dicha; los contratos deberán ser celebrados dentro de los 20 días siguientes a que se profiera la liquidación de fiscalización. Si el empresario opta, por pagar el efectivo como por la contratación, deberá manifestarlo así indicando los montos y haciendo el respectivo, lo cual de igual manera deberá hacerlo dentro de los 20 días siguientes a que se profiera la liquidación de fiscalización. Los aprendices contratado por compensación, NO contaran para efecto de cubrir la cuota mínima de aprendices. Cumplimento de la obligación de monetizar: si el cumplimiento parcial o total fue en el pago de la monetización, el empresario deberá pagar por la obligación principal el valor de la monetización que no hizo más los intereses moratorios a la máxima tasa que certifique la Superfinanciera. Finalmente, la graduación de las multas quedo de la siguiente manera: Página 5
6 GRADUACIÓN DE LA MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE APRENDIZAJE El Sena no ha proferido resolución de multa por concepto de Contrato de Aprendizaje. Multa mensual sucesiva equivalente al 11% de un salario mínimo mensual legal vigente, por cada aprendiz incumplido, con base en el promedio mensual de incumplimiento en cada vigencia fiscal o proporcional GRADUACIÓN DE LA MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE APRENDIZAJE El SENA ha proferido una (1) resolución de multa por concepto de Contrato de Aprendizaje con anterioridad a esta. El SENA ha proferido dos (2) resoluciones de multa por concepto de Contrato de Aprendizaje El SENA ha proferido tres (3) resoluciones de multa por concepto de Contrato de Aprendizaje. El SENA ha proferido cuatro (4) o más resoluciones de multa por concepto de Contrato de Aprendizaje. Multa mensual sucesiva equivalente al 15% de un salario mínimo mensual legal vigente, por cada aprendiz incumplido, con base en el promedio mensual de incumplimiento en cada vigencia fiscal o proporcional Multa mensual sucesiva equivalente al 20% de un salario mínimo mensual legal vigente, por cada aprendiz incumplido, con base en el promedio mensual de incumplimiento en cada vigencia fiscal o proporcional al número de meses incumplidos en la fracción de año Multa mensual sucesiva equivalente al 75% de un salario mínimo mensual legal vigente, por cada aprendiz incumplido, con base en el promedio mensual de incumplimiento en cada vigencia fiscal o proporcional Multa mensual sucesiva equivalente al 100% de un salario mínimo mensual legal vigente, por cada aprendiz incumplido, con base en el promedio mensual de incumplimiento en cada vigencia fiscal o proporcional EQUIPO PARTICIPANTE Wilson Enrique Acosta Acuña Socio Auditoria María Angélica Erazo Lara Abogados Alexander Pulido Mora Coordinador de sistemas INDICADORES Sanción Mínima DIAN 2014 $ UVT 2014 $ Interés Moratorio Tercer Trimestre % Salario Mínimo $ TRM Hoy 12 de Agosto de 2014 $ 1.881,62 Página 6
COMUNICADOS TRIBUTARIOS
INSOTAX SAS COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 19 de Noviembre de 2015 TEMA: VALORES ABSOLUTOS AÑO GRAVABLE 2016 SUB TEMA: SUB TEMA: NUEVOS VALORES FISCALES EN UVT PARA EL AÑO
Más detallesCIRCULAR EXTERNA NÚMERO 10 DE 2014 (noviembre 13)
CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 10 DE 2014 (noviembre 13) PARA: Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Directores, Gerentes, Jefes de Oficina Jurídica, Dirección Ejecutiva de Administración
Más detallesMODIFICAN LA RETENCION EN LA FUENTE PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES Ley 1527 del 27 Abril de 2012 Mayo 1 de 2012
MODIFICAN LA RETENCION EN LA FUENTE PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES Ley 1527 del 27 Abril de 2012 Mayo 1 de 2012 Una vez más, la retención en la fuente a titulo de renta para los trabajadores independientes
Más detallesINFORME N. 021-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas:
INFORME N. 021-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas: 1. Las entidades que pagan honorarios a las personas que prestan servicios bajo la modalidad del Régimen Especial de Contratación
Más detallesREEMPLAZA DECLARACIÓN JURADA 1850 POR DECLARACIÓN JURADA 1912
REEMPLAZA DECLARACIÓN JURADA 1850 POR DECLARACIÓN JURADA 1912 Resolución 25, de 13 d marzo de 2015, Servicio de Impuestos Internos. VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 6, letra A), N 1 del Código Tributario,
Más detallesUNIDOS AMPLIAREMOS EL CAMINO Calle 4 No. 4-65 - Tópaga Boyacá Código Postal 152040 - Email: tesoreria@topaga-boyaca.gov.co
RESOLUCION N 01 DE (Enero 03) POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN LOS LUGARES Y PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS Y PARA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS MUNICIPALES, ANTICIPOS Y RETENCIONES
Más detallesAJUSTE ANUAL SUELDOS Y SALARIOS 2012
HAY DOS COSAS INEVITABLES EN ESTA VIDA LA MUERTE Y LOS IMPUESTOS BENJAMÍN FRANKLIN AJUSTE ANUAL SUELDOS Y SALARIOS 2012 OBJETIVO: Analizar las disposiciones fiscales que le permitan conocer las obligaciones
Más detallesCALENDARIO TRIBUTARIO
MES DÍGITO ES CALENDARIO TRIBUTARIO RETENCIÓN EN LA FUENTE ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC 1 11 11 08 09 10 08 12 08 08 11 10 14 2 12 12 09 12
Más detallesMaterial Apoyo Capacitación UGPP
Material Apoyo Capacitación UGPP Qué es la UGPP? La UGPP (Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social) es una entidad pública, adscrita al
Más detallesCIRCULAR No. 001 DEL AÑO 2013
Bogotá D.C., 6 de febrero de 2013 Señores La ciudad Distinguidos amigos y clientes: CIRCULAR No. 001 DEL AÑO 2013 La presente para expresar a ustedes nuestros sinceros agradecimientos por la confianza
Más detallesCIRCULAR N 48 DEPARTAMENTO EMISOR IMPUESTOS DIRECTOS 1875. 009-2012 SN Circ. REFERENCIA:
DEPARTAMENTO EMISOR IMPUESTOS DIRECTOS 1875 CIRCULAR N 48 SISTEMA DE PUBLICACIONES ADMINISTRATIVAS FECHA: 19 de octubre de 2012 122-2012 ID M A T E R I A : Instruye sobre las modificaciones introducidas
Más detallesINFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS
Artículo 175º Numeral 5) INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS A LIBROS Y REGISTROS CONTABLES INFRACCIONES FRECUENTES STAFF TRIBUTARIO 1. POR LLEVAR CON ATRASO MAYOR AL PERMITIDO POR LAS NORMAS
Más detallesa. Se requiere que Usted formalice su solicitud por escrito y que el SAT le autorice la opción.
Opciones de pago o Un solo pago. Si Usted cuenta con los recursos suficientes, y desea que su problema termine, lo que más le conviene es corregirse voluntariamente presentando declaraciones complementarias
Más detallesConcepto 12887 del 2015 Mayo 5 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Concepto 12887 del 2015 Mayo 5 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales En su correo electrónico de la referencia remitido por la coordinadora del grupo de derechos de petición, consultas y cartera
Más detallesDEDUCCIÓN DE INVERSIONES (POR CIENTOS MÁXIMOS) proporcional de las adquisiciones de activos propiedad del contribuyente. 1
CAPÍTULO III DEDUCCIÓN DE INVERSIONES (POR CIENTOS MÁXIMOS) La deducción de inversiones se define como la disminución de los ingresos de la parte proporcional de las adquisiciones de activos propiedad
Más detallesRégimen Impositivo Simplificado. Cambios derivados de la aprobación del nuevo reglamento para la aplicación de la ley de Régimen Tributario Interno.
Régimen Impositivo Simplificado Cambios derivados de la aprobación del nuevo reglamento para la aplicación de la ley de Régimen Tributario Interno. Tampoco pueden acogerse al Régimen Simplificado:
Más detallesVISTO el Decreto N 394 del 22 de febrero de 2016 y la Resolución General N 2.437, sus modificatorias y complementarias, y
Resolución General 3831 Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolución General N 2.437, sus modificatorias
Más detallesBOLETÍN JURÍDICO CCI NOVIEMBRE 30 DE 2015
BOLETÍN JURÍDICO CCI NOVIEMBRE 30 DE 2015 CONTENIDO 1. NOVEDADES NORMATIVAS 1.1. Proyecto de reglamentación para la clasificación de micros, pequeñas y medianas empresas. 1.2. Expedido el calendario tributario
Más detallesContrato de Aprendizaje. Si usted es un empresario requiere aprendices del SENA ingrese a : http://caprendizaje.sena.edu.co
Contrato de Aprendizaje Si usted es un empresario requiere aprendices del SENA ingrese a : http://caprendizaje.sena.edu.co Preguntas más frecuentes: 1. Qué normas regulan la contracción de aprendices?
Más detallesUnidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Tributarias Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Tributarias Intendencia de Asuntos Jurídicos PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN, OPERACIÓN Y USO DEL LIBRO DE COMPRAS Y VENTAS
Más detallesDECRETO BENEFICIOS FISCALES
DECRETO BENEFICIOS FISCALES El pasado 30 de Marzo de 2012, se publico en el Diario Oficial de la Federación el decreto denominado Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de
Más detallesUSC-SSO2-98 1/5 DECLARACIONES
USC-SSO2-98 1/5 CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. (1), EN SU CARACTER
Más detallesINFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS
Artículo 175º Numeral 1) INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS A LIBROS Y REGISTROS CONTABLES INFRACCIONES FRECUENTES STAFF TRIBUTARIO 1. POR OMITIR LLEVAR LOS LIBROS DE CONTABILIDAD, U OTROS
Más detallesDECRETO NUMERO 284 DE 2007 (Julio 05)
DECRETO NUMERO 284 DE 2007 (Julio 05) Por el cual se establece en el Distrito Capital el procedimiento para la conciliación contencioso administrativa tributaria y la terminación por mutuo acuerdo de los
Más detallesMUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. CONTRALORÍA MUNICIPAL
Inscripción: MUNICIPIO DE EL MARQUÉS, QRO. CONTRALORÍA MUNICIPAL Requisitos para Registro al Padrón de Contratistas de Obra Pública del Municipio de El Marqués (Inscripción, renovación, actualización de
Más detallesOBLIGACIONES TRIBUTARIAS 2º TRIMESTRE 2015
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 2º TRIMESTRE 2015 Resumen de obligaciones tributarias del 2º trimestre de 2015 y otras declaraciones. Gros & Monserrat Área Fiscal Julio 2015 Gros Monserrat, S.L. Contenido 1...
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Nota relativa a la aplicación de la disposición transitoria décima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL) La disposición transitoria
Más detallesDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. RESOLUCIÓN NÚMERO 000028 DE 2012 (marzo 30) CONSIDERANDO:
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO 000028 DE 2012 (marzo 30) por la cual se modifican el parágrafo 2 del artículo 1 y el artículo 6 de la Resolución 11431 de 2011. El Director
Más detallesORDENANZA SOBRE REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CABILDO ORDENANZA SOBRE REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS ARTICULO 1 : Crease en la Municipalidad de Cabildo, un Registro Público de Personas Jurídicas
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO ( )
RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por medio de la cual se establece el procedimiento para la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia Formulario 120 y se adopta el contenido y las especificaciones
Más detallesLINEAMIENTOS GENERALES EN MATERIA DE PRESENTACIÓN Y REGISTRO DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INFODF.
LINEAMIENTOS GENERALES EN MATERIA DE PRESENTACIÓN Y REGISTRO DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INFODF. MAYO 2009. LINEAMIENTOS GENERALES EN MATERIA DE PRESENTACIÓN
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA ACTUALIZADO FEBRERO DE 2011
DIAGNÓSTICO TRIBUTARIO UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA ACTUALIZADO FEBRERO DE 2011 1 DIAGNÓSTICO TRIBUTARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Piza & Caballero Consultores Ltda., presenta a continuación
Más detallesAsunto: Consulta sobre los soportes que deben presentar los contratistas a una institución educativa de naturaleza pública.
Página 1 de 5 Bogotá D.C., URGENTE Asunto: Consulta sobre los soportes que deben presentar los contratistas a una institución educativa de naturaleza pública. Respetada señora: Hemos recibido su comunicación,
Más detallesPágina 1 de 5 INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA MEDIADORA DEL MUNICIPIO DE SABANETA
Página 1 de 5 DEL MUNICIPIO DE SABANETA ESTUDIO PREVIO DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO No. 02 de 2014, DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA I.E. MARÍA MEDIADORA, EN LOS TÉRMINOS DEL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 5 DEL DECRETO
Más detallesLo nuevo. Aspectos a tener en cuenta para los vencimientos de los Impuestos Nacionales en abril de 2016
Aspectos a tener en cuenta para los vencimientos de los Impuestos Nacionales en abril de 2016 Lo nuevo Rotación de Números de Identificación Tributaria NIT Según Decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015,
Más detallesOBLIGACIONES A CUMPLIR DESPUES DEL DICTAMEN FISCAL 2012
OBLIGACIÓN FUNDAMENTACION Y PLAZOS PARA LA FORMA Y LUGAR DE OBLIGACIONES ANTE EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Pago de diferencia en impuestos Con fundamento en el penúltimo párrafo del artículo
Más detallesLo que necesito saber de mi crédito de consumo. informativo para administración de créditos
Lo que necesito saber de mi crédito de consumo informativo para administración de créditos Qué es lo primero que debo saber de un crédito de consumo? 1 2 3 Qué es un crédito de consumo? Es un préstamo
Más detallesTEMA: API Santa Fe Retenciones de Ingresos Brutos.
Rosario, 05 de febrero de 2013. DE: ESTUDIO FITTIPALDI & ASOC. PARA: CLIENTES TEMA: API Santa Fe Retenciones de Ingresos Brutos. La empresa se encuentra comprendida dentro las previsiones de la Resolución
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO 05381. ( 21 mayo de 2009 )
RESOLUCIÓN NÚMERO 05381 ( 21 mayo de 2009 ) Por medio de la cual se establecen los procedimientos para la presentación de las Declaraciones Informativas Individual y Consolidada Precios de Transferencia
Más detallesCRÉDITO MEDIANA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS
CRÉDITO MEDIANA EMPRESA FÓRMULAS Y EJEMPLOS La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley N 29888 y el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios
Más detallesReforma Tributaria (Ley 1607 de 2012) FIDUCIA MERCANTIL E INVERSIÓN EXTRANJERA DE PORTAFOLIO. Héctor Ramírez Pardo)
Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012) FIDUCIA MERCANTIL E INVERSIÓN EXTRANJERA DE PORTAFOLIO Héctor Ramírez Pardo) 1 Fiducia Mercantil TRATAMIENTO PARA LAS UTILIDADES Y PÉRDIDAS Régimen anterior: Las pérdidas
Más detalles- TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N. 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004 y normas modificatorias.
INFORME N. 147-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas: 1. Si como resultado de la fiscalización efectuada al operador de un consorcio que no lleva contabilidad independiente y
Más detallesACUERDO No.020 NOVIEMBRE 21 DE 2004. POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO No. 014 DE NOVIEMBRE 20 DE 2003 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
ACUERDO No.020 NOVIEMBRE 21 DE 2004 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO No. 014 DE NOVIEMBRE 20 DE 2003 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EL CONCEJO MUNICIPAL DE ENTRERRIOS, ANTIOQUIA, En ejercicio
Más detallesASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO IMPUESTO A LOS MOTELES Y LUGARES AFINES DECRETO LEGISLATIVO N.º 9326 EXPEDIENTE N.º 18.
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PLENARIO IMPUESTO A LOS MOTELES Y LUGARES AFINES DECRETO LEGISLATIVO N.º 9326 EXPEDIENTE N.º 18.718 SAN JOSÉ - COSTA RICA 9326 LA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: IMPUESTO
Más detallesGuía de Cifras Tributarias 2016
Guía de Cifras Tributarias 2016 Agenda 1. Categoría tributaria de las Personas Naturales para el Impuesto de Renta. 2. Conoce quiénes están obligados a declarar renta en el 2015 y 2016. 3. Beneficios Tributarios
Más detallesSANCIONES COMUNES POR RENTA, IVA Y RETENCIONES EN LA FUENTE
1 Extemporaneidad Artículos 641 y 642 ET SANCIONES COMUNES POR RENTA, IVA Y RETENCIONES EN LA FUENTE mínima 2012 $ 260.000 equivalentes a 10 UVT Presentación por fuera del plazo estipulado por la DIAN
Más detallesGANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2010
GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2010 Claudia M. Cerchiara ANEXO DE ACTUALIZACIÓN MARZO 2011 GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS. DECLARACIÓN JURADA 2010. IMPORTE DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES A COMPUTAR. NUEVA RELEASE
Más detallesJorge Enrique Chavarro Cadena Jorge Enrique Beltrán Triana. Cartilla 2016-2017 Información Exógena en Medios Magnéticos para la DIAN
Jorge Enrique Chavarro Cadena Jorge Enrique Beltrán Triana Cartilla 2016-2017 Información Exógena en Medios Magnéticos para la DIAN APLICACIÓN PRÁCTICA AÑO GRAVABLE 2015 A PRESENTAR 2016 Y AÑO GRAVABLE
Más detallesDECRETO. No. 454 (23 de Noviembre de 2015)
CODIGO: SG.C. No. 454 (23 de Noviembre de 2015) Por el cual se fijan los plazos para la presentación y pago de las declaraciones tributarias del IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y COMPLEMENTARIO DE AVISOS
Más detallesAYUDA DEL FORMULARIO VIRTUAL N 681 - SIMPLIFICADO RENTA ANUAL PERSONA NATURAL 2012
AYUDA DEL FORMULARIO VIRTUAL N 681 - SIMPLIFICADO RENTA ANUAL PERSONA NATURAL 2012 Ud. ha accedido al Formulario Virtual N 0681 - Simplificado Renta Anual Persona Natural 2012. - Este Formulario Virtual
Más detallesTRÁMITE: EXONERACION DE IMPUESTO SOBRE VENTAS, REGIMENS ESPECIALES Y PRODUCTORAS DE BIENES EXENTOS
DIRECCION EJECUTIVA DE INGRESOS ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE Versión 1 Página 126 de 131 TRÁMITE: EXONERACION DE IMPUESTO SOBRE VENTAS, REGIMENS ESPECIALES Y PRODUCTORAS DE BIENES EXENTOS Responsable: AUDITORIA
Más detallesDECLARACIONES JURADAS 1851, 1852 Y 1853. CAMBIA FORMATOS
DECLARACIONES JURADAS 1851, 1852 Y 1853. CAMBIA FORMATOS Resolución 16, de 3 de marzo de 2015, Servicio de Impuestos Internos. VISTOS: Las necesidades del Servicio y las facultades contempladas en los
Más detallesCIRCULAR No. 015 07 JUL 2016 LÍNEA MIPYMES COMPETITIVAS PARA ESCALAMIENTO PRODUCTIVO
ESTADO: ACTIVA CIRCULAR No. 015 07 JUL 2016 DESTINATARIOS Presidentes, gerentes, vicepresidentes comerciales, vicepresidentes financieros y funcionarios encargados del crédito de BANCÓLDEX de establecimientos
Más detallesDebe expedir comprobantes fiscales simplificados (notas de venta). Fecha límite de pago
RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. Obligaciones: Debe expedir comprobantes fiscales simplificados (notas de venta). El pago de impuestos deberá efectuarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre
Más detallesRG 3770 -AFIP- Reducción del Impuesto a las Ganancias. Devolución a Trabajadores y Jubilados.
RG 3770 -AFIP- Reducción del Impuesto a las Ganancias. Devolución a Trabajadores y Jubilados. Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3770 Reducción del Impuesto a las
Más detalles(1)FONDOS DE APOYO A LA FINANCIACIÓN A EMPRESAS COMERCIALES Y TURÍSTICAS
BOLETÍN INFORMATIVO DE ACIL Nº 1 ENERO 2012 NOTICIAS DE INTERÉS SECTOR COMERCIO y OTROS (1) (1)FONDOS DE APOYO A LA FINANCIACIÓN A EMPRESAS COMERCIALES Y TURÍSTICAS (2) FONDOS CRÉDITO ACCESIBLE FORAN PARA
Más detallesTEMA 5 EL DICTAMEN FISCAL. 5.1.- Concepto
TEMA 5 EL DICTAMEN FISCAL 5.1.- Concepto El dictamen fiscal es la interpretación de los estado financieros del contribuyente a efecto de dar cumplimiento a las disposiciones fiscales a que se encuentra
Más detallesLEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL 2013.
LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL 2013. El pasado 17 de diciembre de 2012, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el Ejercicio Fiscal
Más detallesIVA: Devolución exprés para ciertos contribuyentes.
IVA: Devolución exprés para ciertos contribuyentes. La Ley de Ingresos de la Federación para 2015, indica en su artículo 22, Fracción III, que el SAT debe establecer un esquema ágil para que las devoluciones
Más detallesINTENDENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS DEPARTAMENTO DE CONSULTAS TRIBUTARIAS CONSULTAS VINCULANTES
INTENDENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS DEPARTAMENTO DE CONSULTAS TRIBUTARIAS CONSULTAS VINCULANTES Base Legal El presente documento tiene como fin principal orientar al contribuyente y facilitarle el planteamiento
Más detallesORD. : Nº. Asimismo, adjunto los siguientes documentos para su tramitación: 2. Fotocopia de Cédula de Identidad o Certificado de Nacimiento.
ANEXO Nº 1 ORD. : Nº ANT. : Pago beneficio Bono Laboral. MAT. : Remite Resolución (o Decreto) Nº --- de fecha --- de --- de 2010 para proceder al pago beneficio establecido en la ley N 20.305. Santiago,,
Más detallesRETENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL IRPF
RETENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL IRPF El IRPF es un gasto subvencionable por lo que, al igual que el resto de gastos imputados, debe justificarse con la documentación justificativa correspondiente. Asimismo,
Más detallesCIRCULAR No. 013 17 MAY 2016 LÍNEA PARA LA FINANCIACIÓN DE CAPITAL DE TRABAJO Y LA MODERNIZACIÓN INDEXADA AL INDICADOR BANCARIO DE REFERENCIA -IBR
ESTADO: ACTIVA CIRCULAR No. 013 17 MAY 2016 MODERNIZACIÓN INDEXADA AL INDICADOR BANCARIO DE REFERENCIA -IBR DESTINATARIOS Presidentes, gerentes, vicepresidentes comerciales, vicepresidentes financieros
Más detalles... 8. INTERES SIMPLE
1 8. INTERES SIMPLE 8.1 Conceptos Básicos Interés El interés es el rédito o excedente generado, por una colocación de dinero, a una tasa de interés y un determinado periodo de tiempo y este puede ser simple
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO -5 AGO 2013
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO -5 AGO 2013 Por medio del cual se modifican el artículo 6, el parágrafo del artículo 9, y el artículo 13 del Decreto 699 de 2013 y se dictan
Más detallesReforma Tributaria: Los desafíos que vienen para la Agroindustria
Reforma Tributaria: Los desafíos que vienen para la Agroindustria Victoria Anacona Ortiz. Abogada ARAYA & CÍA. vanacona@araya.cl www.araya.cl. Renta Efectiva. Rentas efectivas sobre contabilidad completa
Más detallesINSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA MEDIADORA NIT 811.028.570-0 DANE 10563100010601 INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA MEDIADORA DEL MUNICIPIO DE SABANETA
Página 1 de 6 CONTRATACIÓN PRESTACIÓN S - CONTRATACIÓN INFERIOR A LOS 20 L MUNICIPIO SABANETA ESTUDIO PREVIO CONFORMIDAD CON EL ACUERDO NO. 02 2014 L CONSEJO DIRECTIVO LA I.E. MARÍA MEDIADORA, EN LOS TÉRMINOS
Más detallesCampaña promocional denominada PAGA AL 4to. MES Términos y condiciones
Campaña promocional denominada PAGA AL 4to. MES Términos y condiciones Denominación: PAGA AL 4to. MES Mercado Objetivo: Esta campaña está dirigida a personas jurídicas, clientes nuevos y actuales de EL
Más detallesCAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO.
CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO. RDIC.: 1) La Dirección del Trabajo es competente legalmente para fiscalizar y eventualmente
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002 (18 de julio) Por la cual se expide el régimen de tarifas
Más detallesGUÍA FÁCIL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE INFORMACIÓN Y ENTERAMIENTO DE RETENCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
GUÍA FÁCIL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE INFORMACIÓN Y ENTERAMIENTO DE RETENCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Diciembre 2008 OBJETIVO El presente documento tiene como objetivo principal indicar los pasos
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS
ORDENANZA MUNICIPAL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS Aprobado por Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria Nº 159, de fecha 23 de Marzo del 2004 Decreto Alcaldicio Nº 396
Más detallesObligaciones Tributarias de los Centros Educativos
Obligaciones Tributarias de los Centros Educativos Presentación realizada con fines ilustrativos que no sustituye la consulta de las leyes y reglamentos correspondientes. FEBRERO, 2016 Objetivo Orientar
Más detallesLA NOMINA Y EL CONTRATO DE TRABAJO
LA NOMINA Y EL CONTRATO DE TRABAJO Valores vigentes para el 2013 Salario mínimo $589.500 Auxilio de transporte $70.500 Salario mínimo integral $7.663.500 ($5.895.000 salario y $1.768.500 factor prestacional)
Más detallesRESUMEN SOBRE LAS DISPOSICIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA YTRIBUTARIO Y EL COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN Y AL CONTRABANDO
RESUMEN SOBRE LAS DISPOSICIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA YTRIBUTARIO Y EL COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN Y AL CONTRABANDO DECRETO NÚMERO 4-2012 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA 1 LIBRO II REFORMAS A
Más detallesREQUERIMIENTOS DEL SISTEMA CONTABLE (REGLA I.2.8.6 RMF 2014)
A través del portal del SAT el día de ayer se dieron a conocer las reglas para presentar la contabilidad electrónica, lo anterior mediante la reforma y adición de las disposiciones contenidas en las reglas
Más detalles4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:
Gestión Tributaria División Atención y Asistencia. RUT 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto es el tributo cuyo presupuesto
Más detallesGANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2010
GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2010 Claudia M. Cerchiara ANEXO DE ACTUALIZACIÓN MARZO/ABRIL/MAYO 2011 GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS. DECLARACIÓN JURADA 2010. IMPORTE DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES A COMPUTAR.
Más detallesConcepto 58935 / 2010-03-01 / Ministerio de la Protección Social
Concepto 58935 / 2010-03-01 / Ministerio de la Protección Social Pago de aportes a la seguridad social de un contratista Señor JORGE MARIO MORALES TAMAYO j.morales@ofimarcas.com Señor morales: Hemos recibido
Más detalles1. Cuál es la vigencia del crédito tributario por reinversión (CTR)?
INFORME N. 035-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con el Decreto Supremo N. 006-2016-EF que aprueba las normas reglamentarias de la Ley N. 30220, Ley Universitar ia, referidas al crédito tributario
Más detallesCómo realizar el Cálculo anual
Cómo realizar el Cálculo anual En esta nota técnica encontrarás el procedimiento para realizar el cálculo anual en CONTPAQi Nóminas, así como información relevante para ejecutar este proceso. Qué información
Más detalleswww.pongasealdia.com Concepto 109551
1 Ministerio de Salud y Protección Social / 2013-01-31 Asunto: Cotización en contratos de arrendamiento. Señor JHON EDGAR VÁSQUEZ GONZÁLEZ Jevasquez_1@hotmail.com Bogotá D.C. Respetado señor Vasquez: Procedente
Más detallesSUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA N.O 039-2015-SUNAT/600000
SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA N.O 039-2015-SUNAT/600000 APLICA LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACiÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES RELACIONADAS A LIBROS Y REGISTROS
Más detalles- 2592 - VISTO la Actuación SIGEA N 10462-44-2009 del Registro de. Que mediante la Resolución General N 2.530 se establecieron
- 2592 - Asunto: IMPUESTOS A LAS GANAN- CIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES. Período fiscal 2008. Personas físicas y sucesiones indivisas. Presentación de declaraciones juradas. Plazo especial. BUENOS AIRES,
Más detallesGUÍA. tributaria PARA PROFESIONALES. Segunda edición
GUÍA tributaria PARA PROFESIONALES Segunda edición Cultura Tributaria 4a. calle 7-53, zona 9. Edificio Torre Azul, nivel 11 Tel. 2329-7070 Ext. 3108-3110 Sitio web: www.culturatributaria.sat.gob.gt Correo
Más detallesCálculo de liquidación e indemnización por despido en México.
Cálculo de liquidación e indemnización por despido en México. CUÁNTO ME TOCA POR DESPIDO O POR LIQUIDACIÓN? RESUELVE TODAS TUS DUDAS. LIQUIDACIÓN COMPRENDE LOS CONCEPTOS QUE A CONTINUACIÓN SE MENCIONAN:
Más detallesIMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LAS PROMESAS DE COMPRAVENTA Y LEASING DE INMUEBLES A PARTIR DE LA REFORMA TRIBUTARIA
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LAS PROMESAS DE COMPRAVENTA Y LEASING DE INMUEBLES A PARTIR DE LA REFORMA TRIBUTARIA Mediante la Ley N 20.780 de 2014, sobre Reforma Tributaria, se introdujeron una serie
Más detallesImpuesto sobre la Renta (ISR)
Impuesto sobre la Renta (ISR) Impuesto sobre la Renta (ISR) Qué se considera Renta? Todo ingreso que constituya beneficio o que rinda un bien o una actividad y todos los beneficios o utilidades que se
Más detallesIMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA DEL EJERCICIO
1 IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA DEL EJERCICIO El IETU deberá calcularse por ejercicios instalarse a través de declaración en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración anual
Más detallesInstructivo para la Presentacion del Informe y Anexos del Dictamen Fiscal y de la Informacion Alternativa por el Ejercicio 2011.
Instructivo para la Presentacion del Informe y Anexos del Dictamen Fiscal y de la Informacion Alternativa por el Ejercicio 2011 Antecedentes: Como facilidad administrativa y con el objeto de disminuir
Más detallesRégimen sancionatorio cambiario aplicado
Régimen sancionatorio cambiario aplicado por la DIAN Principios y generalidades Régimen sancionatorio cambiario aplicado por la DIAN Modalidades de infracción sancionables 1 Marco Normativo Decreto 4048
Más detallesPresentación de Anexos del Dictamen Fiscal (SIPRED)
Dictamen Fiscal Antecedentes: Como facilidad administrativa y con el objeto de disminuir la carga en materia de costos, el 30 de junio del 2010, el presidente Felipe Calderón emitió un decreto en el cual
Más detallesAsunto: SERVICIO DE MONITOREO, CONTROL Y RASTREO SATELITAL
Asunto: SERVICIO DE MONITOREO, CONTROL Y RASTREO SATELITAL El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, está
Más detallesCIRCULAR 001. (Del 16 de Enero de 2013)
CIRCULAR 001 (Del 16 de Enero de 2013) Mediante el cual se actualizan unas cuantías para los procesos de contratación en el Municipio de Zapatoca y se establecen otras determinaciones CONSIDERANDO: 1.
Más detallesModificación al coeficiente de utilidad por la presentación del dictamen fiscal
Modificación al coeficiente de utilidad por la presentación del dictamen fiscal Aspectos de los supuestos que se generan C.P.C. Alma Rosa Miramontes Soto, Socia Socia de la firma Actividades: Experiencia
Más detallesObligaciones y Responsabilidades de la Empresa
Obligaciones y Responsabilidades de la Empresa Información general DUE Prevención de Riesgos Laborales, entidad acreditada, a nivel nacional, como servicio de Prevención de Riesgos Laborales ajenos (número
Más detallesConsultas de clasificación arancelaria de mercancías
2008 Consultas de clasificación arancelaria de mercancías Temas de Comercio Exterior El Servicio de Administración Tributaria ha elaborado este documento para orientar a los importadores, exportadores
Más detallesB O L E T Í N F i s c a l
B O L E T Í N F i s c a l 05 www.zesati.com.mx Enero 2013 zesati@zesati.com.mx ASUNTO: REFORMAS AL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO 2013 En la Gaceta Oficial del Estado de México del 19 de diciembre
Más detallesORDENANZA FISCAL 3.5.0
ORDENANZA FISCAL 3.5.0 TASA POR TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA DE LICENCIA MUNICIPAL DE ACTIVIDADES Pag. 1/7 CAPITULO I. NATURALEZA Y FUNDAMENTO Artículo 1. En uso de las facultades concedidas por los arts.
Más detallesLicenciatura en contaduría. Obligaciones Tributarias de la Personas Físicas (Primera parte)
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ESCUELA SUPERIOR DE ZIMAPÁN Licenciatura en contaduría Obligaciones Tributarias de la Personas Físicas (Primera parte) C.P. Alfredo Trejo Espino 2012 B Palabras
Más detalles