EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS VICEPRESIDENCIA ADMINISTRATIVA GERENCIA DE SISTEMAS

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1 EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS VICEPRESIDENCIA ADMINISTRATIVA GERENCIA DE SISTEMAS TERCERIZACIÓN DE SERVICIOS DE TI Y RENTA DE EQUIPOS DE CÓMPUTO PARA EEB Y TGI Bogotá D.C., Febrero de 2014

2 TABLA DE CONTENIDO SECCION I - INSTRUCCIONES GENERALES Y REQUISITOS... 3 SECCION II - ESPECIFICACIONES DEL BIEN O SERVICIO SECCION III - CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS SECCIÓN IV - PRESENTACIÓN Y FORMULARIOS DE LA SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS CARTA DE PRESENTACIÓN RESUMEN DE LA OFERTA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA INFORMACIÓN GENERAL DEL OFERENTE INFORMACIÓN GENERAL DEL REPRESENTANTE CERTIFICACIÓN DE CALIDAD ESTADOS FINANCIEROS DEL OFERENTE DEMANDAS, MULTAS Y/O SANCIONES FORMULARIOS DE LA OFERTA TÉCNICA DESVIACIONES, EXCEPCIONES Y/O ACLARACIONES ANEXOS DE LA PROPUESTA FORMULARIOS DE LA OFERTA ECONOMICA DECLARACIÓN DEL OFERENTE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 2 de 77

3 SECCION I - INSTRUCCIONES GENERALES Y REQUISITOS 1. DEFINICIONES: Los siguientes términos, tendrán para efectos de este DOCUMENTO, el significado que se define a continuación: 1.1. ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO: Documento en el que se especifican las necesidades de la EMPRESA y lo que el Proveedor puede entregar, estableciendo el cómo, cuándo y dónde se entrega el servicio COLABORADOR: Se refiere a funcionario, practicante, contratista y en general cualquier persona que labore en o para LA EMPRESA y que requiera un servicio de la oficina de Tecnología de la Información - TI 1.3. COMITÉ DE EVALUACIÓN: Comité de la EMPRESA conformado con el propósito de evaluar las propuestas, asignar calificaciones y realizar el proceso de negociación y ajuste a las ofertas técnicas y económicas CONSORCIO: Asociación de dos (2) o más personas naturales y/o jurídicas que presentan oferta de manera conjunta respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la OFERTA y del CONTRATO. Las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la OFERTA y del CONTRATO, afectaran a todos los miembros que lo conforman CONTRATISTA: Calidad del OFERENTE seleccionado una vez suscribe el CONTRATO CONTRATO: Acuerdo perfeccionado como producto del PROCESO DOCUMENTO: Se refiere al documento de solicitud de ofertas, sus adendas y demás comunicaciones que produzca LA EMPRESA en desarrollo del PROCESO EMPRESA: Se refiere a las Empresas contratantes, EEB - Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.S.P y TGI - Transportadora de Gas Internacional S.A. E.S.P ESTACIÓN DE TRABAJO: Corresponde al equipo de cómputo y los accesorios que han sido asignados a los funcionarios de LA EMPRESA para el desarrollo adecuado de sus actividades OFERTA: Propuesta presentada por el OFERENTE en atención a la solicitud contenida en el DOCUMENTO OFERENTE: Personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que presenten oferta de manera individual o conjunta mediante consorcio para presentar OFERTAS y aceptada por LA EMPRESA para este PROCESO PROCESO: Etapas previstas en EL DOCUMENTO DE SOLICITUD para la selección de un OFERENTE, incluidos los trámites contractuales internos de LA EMPRESA. 2. OBJETO: LA EMPRESA, se encuentra interesada en recibir OFERTAS para la tercerización de servicios de TI y renta de equipo de cómputo y accesorios relacionados, para los EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 3 de 77

4 colaboradores de la Empresa, de conformidad con las presentes instrucciones y especificaciones técnicas contenidas en este DOCUMENTO. 3. ALCANCE DE LA OFERTA: La descripción detallada del contenido que debe incluir LA OFERTA se encuentra en la sección II del DOCUMENTO. 4. NATURALEZA DE LA SOLICITUD: LA SOLICITUD y EL PROCESO no constituyen oferta comercial ni obligan a LA EMPRESA a aceptar LAS OFERTAS recibidas ni a suscribir contratos con LOS OFERENTES. Los gastos en que incurran los OFERENTES en la preparación de las ofertas serán a cargo de los mismos y la EMPRESA por ningún motivo será responsable de dichos gastos. De igual manera, se advierte que la EMPRESA no responderá frente a los OFERENTES no favorecidos. 5. RÉGIMEN JURÍDICO: LA SOLICITUD, EL PROCESO, LA OFERTA y EL CONTRATO, se rigen por el Estatuto de Contratación y el Manual de Interventoría de LA EMPRESA, los Códigos Civil y de Comercio, así como por las disposiciones especiales que les sean aplicables por la naturaleza de la actividad de LA EMPRESA. LOS OFERENTES, deberán someterse a las leyes colombianas vigentes durante EL PROCESO y la ejecución del CONTRATO, en los aspectos laborales, de ingeniería, tributarios, cambiarios, de industria y comercio, de importación y exportación, de transportes, construcción, ambientales, de seguridad y de salud ocupacional y en general en la legislación que le sea aplicable, en relación con las actividades ejecutadas en Colombia. LA OFERTA presentada por LOS OFERENTES, se regirá por los términos del artículo 845 y siguientes del Código de Comercio Colombiano y demás normas concordantes. 6. LOS OFERENTES: Podrán presentar oferta exclusivamente personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, para el efecto deberán acreditar su existencia y capacidad así: 6.1. Personas jurídicas: Las personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia deberán acreditar su existencia y representación legal con el certificado expedido por la cámara de comercio correspondiente cuya expedición a la fecha de presentación de LA OFERTA no podrá ser superior un (01) mes. Así mismo debe acreditar que su duración no será inferior al plazo de ejecución de LA OFERTA o CONTRATO, más la vigencia de la garantía de mayor duración pactada en EL CONTRATO. No se evaluarán las OFERTAS presentadas por personas jurídicas que se encuentren incursas en liquidación. Solamente se evaluarán las OFERTAS presentadas por personas jurídicas en causal de disolución, cuando se certifique el órgano de administración competente ha decidido enervar la causa de disolución estando dentro del término previsto en el Código de Comercio para ello, y siempre que tal causal se enerve definitivamente antes de la firma del CONTRATO. En caso de ser necesario de acuerdo con los estatutos sociales vigentes, debe acreditar la autorización al representante legal por parte de Junta Directiva, Asamblea, Junta de Socios u órgano competente, según corresponda para comprometer a la sociedad por el valor de LA OFERTA y del CONTRATO. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 4 de 77

5 El acta de autorización correspondiente deberá estar debidamente asentada en los libros de actas, y la copia aportada deberá ser autorizada por el secretario o por el representante de la sociedad. En el evento de estar próximo el vencimiento de la duración de la sociedad indique si se encuentra en trámite alguna extensión y señale el estado en que se encuentra Consorcios. El consorcio debe acreditar dicha condición mediante documento escrito que deberá contener los siguientes requisitos: La denominación o razón social de las personas integrantes de la asociación Porcentaje de participación Las obligaciones a cargo de cada uno de los asociados en la ejecución de lo ofrecido La designación de la persona que, para todos los efectos, representará a la forma asociativa, con facultades amplias y suficientes para obligar a todos los integrantes de la misma en la negociación de la oferta, y ejecución de lo ofrecido, y para la representación judicial o extrajudicial. El representante designado deberá manifestar expresamente su aceptación Los integrantes del Consorcio deben declararse solidariamente responsables por todas las obligaciones surgidas con ocasión de la expedición del contrato Las personas que integran el consorcio deben cumplir individualmente con los requisitos jurídicos y acompañar los documentos requeridos sobre existencia, capacidad y representación legal. Además, deben acreditar individual o conjuntamente los demás requisitos técnicos y financieros establecidos en esta Solicitud En caso de aceptación de la oferta, todos los integrantes del consorcio deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores, previo a la suscripción del contrato Las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la oferta y de los contratos mencionados, afectarán a todos los miembros que conformen el consorcio, en forma solidaria La duración del consorcio deberá ser, por el plazo del contrato más la vigencia de la garantía de mayor duración pactada en el contrato. Los integrantes del Consorcio no podrán ceder entre ellos su participación en la asociación ni modificar su alcance sin el previo consentimiento de LA EMPRESA, situación que deberá constar en el contrato de Consorcio. 7. IDIOMA: El idioma oficial del PROCESO, EL CONTRATO y la totalidad de las comunicaciones en desarrollo de los mismos es el español. LA EMPRESA autorizará expresamente la presentación de documentos en idioma diferente. La información técnica a que hace referencia la Sección II de este documento relativa a catálogos, diagramas, manuales, especificaciones técnicas, información de equipo, se puede presentar en inglés. 8. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR: Los poderes otorgados fuera de Colombia deberán estar legalizados ante el Consulado colombiano competente y refrendados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, y deberán estar en español si este es el idioma del país donde se otorgan o traducidos oficialmente en caso contrario. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 5 de 77

6 Los documentos emitidos por autoridad competente de un país miembro del Convenio de La Haya de 1961, requerirán únicamente la apostilla como mecanismo de legalización, de conformidad con lo establecido en la Ley 455 de 1998 y las demás normas que la adicionen, modifiquen o complementen. Sin perjuicio de los anteriores trámites, los documentos, salvo los que sean técnicos, producidos en idioma diferente al español deberán ser traducidos al español por traductor oficial debidamente acreditado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Para empresas internacionales, se aceptará en principio copia de los documentos que acrediten la información legal, financiera y comercial, así como traducciones no oficiales. En caso de ser seleccionadas, las firmas se obligan a entregar a LA EMPRESA la documentación debidamente certificada, legalizada y traducida oficialmente. 9. CAUSALES DE INHABILIDAD, IMPEDIMENTO O INCOMPATIBILIDAD PARA CONTRATAR CON LA EMPRESA: En ningún caso LA EMPRESA aceptará OFERTAS ni suscribirá CONTRATOS con personas que se encuentren incursas en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o impedimento establecidas en la ley, el Estatuto de Contratación de la EMPRESA y en el Código de Buen Gobierno de la EMPRESA. Los OFERENTES no podrán hacer uso de información privilegiada, acto de competencia desleal o conflicto de interés de acuerdo con lo establecido en la Ley y en el Código de Buen Gobierno de la EMPRESA. Si al OFERENTE le sobreviniere alguna de las inhabilidades, incompatibilidades o impedimentos establecidos en la Ley o en el Estatuto de Contratación y en el Código de Buen Gobierno de la EMPRESA (los cuales manifiesta conocer y los encuentran publicados en la página web de la Empresa deberá renunciar a los derechos surgidos de su participación en el proceso de selección de la Solicitud. 10. MANIFESTACIONES DE LOS OFERENTES: Será obligación de los OFERENTES la manifestación expresa y por escrito en LA OFERTA sobre: No encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad, o incompatibilidad que le impidan contratar con LA EMPRESA No haber hecho usó de información privilegiada, o incurrido en un acto de competencia desleal o conflicto de interés de acuerdo con lo establecido en la Ley y/o en los Estatutos o Código de Buen Gobierno de la EMPRESA No encontrarse en insolvencia o en quiebra (por las personas naturales) o incursas en liquidación (para personas jurídicas) De igual manera deberá manifestar que la firma no está impedida para contratar con la EMPRESA por situaciones de relaciones comerciales o de parentesco con quienes ostentan la calidad de administradores de la Empresa Los procesos judiciales en curso en los cuales se encuentre calidad de demandante o demandado respecto de alguna de las empresas que conforman el Grupo Energía de Bogotá (entre otras, la Empresa de Energía de Bogotá S.A. ESP, - EEB S.A ESP, Transportadora de Gas Internacional S.A. ESP- TGI S.A ESP- Distribuidora Eléctrica de Cundinamarca S.A. ESP DECSA S.A ESP, Empresa de Energía de Cundinamarca S.A. ESP EEC S.A ESP, Transportadora de Energía de Centroamérica S.A.- TRECSA, CONTUGAS S.A.C y Gas Natural de Lima y Callao - CALIDDA y EEB Ingeniería y Servicios S.A. Y las demás Empresas que conformen el Grupo y que se encuentren publicadas en la página web de la EMPRESA y la Fundación) Los incumplimientos o sanciones que le hayan sido impuestos o declarados judicial y administrativamente con ocasión de su actividad contractual en los últimos cinco (5) años No encontrarse en las listas OFAC (CLINTON) y ONU ; así mismo debe manifestar, en caso de tratarse de personas jurídicas, que sus miembros de junta directiva o junta de socios, sus representantes legales o revisor fiscal, tampoco se encuentren en dichas listas. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 6 de 77

7 La existencia de procesos judiciales en curso en los cuales se encuentre EL OFERENTE en calidad de demandante o demandado respecto de alguna de las empresas del Grupo Energía de Bogotá, así como los incumplimientos declarados y las sanciones impuestas (diferentes a las caducidades) serán objeto de evaluación, pero por sí mismas no impedirán la celebración del CONTRATO. De acuerdo con lo anterior, LA EMPRESA se reserva el derecho de suscribir o no el CONTRATO correspondiente. 11. LOS SUBCONTRATISTAS: Si EL OFERENTE desea subcontratar la ejecución de alguna de las actividades o trabajos propios del CONTRATO, deberá consignar en LA OFERTA la actividad o trabajo que subcontrataría y la información general o básica de los subcontratistas. El OFERENTE no podrá subcontratar ninguna de las actividades o trabajos previstos en el alcance del DOCUMENTO, sin la autorización previa y expresa de LA EMPRESA. La autorización para subcontratar, en ningún caso exonera de responsabilidad al OFERENTE. El OFERENTE será contractualmente responsable por la totalidad de las actividades previstas en EL CONTRATO y será el único responsable por los subcontratos. Entre los subcontratistas y LA EMPRESA no existirá ningún vínculo de carácter contractual o laboral. Los subcontratistas aceptados por LA EMPRESA, sólo podrán ser modificados por EL OFERENTE previo consentimiento por escrito de la misma. El Contratista deberá proceder a terminar el subcontrato si en el curso del trabajo LA EMPRESA encuentra que el subcontratista es incompetente o inconveniente para los intereses de LA EMPRESA y deberá adelantar todas las acciones necesarias para continuar con los trabajos para el cumplimiento del plazo del contrato, en caso de requerirse una nueva subcontratación, ésta deberá ser previamente aprobada por LA EMPRESA. 12. VISITA TÉCNICA: La visita deberá ser realizada por cuenta y riesgo del OFERENTE, los costos asociados a transporte, alojamiento, manutención y los riesgos inherentes a las mismas estarán a su cargo. EL OFERENTE podrá realizar, a su costo y riesgo, las visitas adicionales que considere necesarias. a. Visita no realizada por la Empresa: El OFERENTE por su cuenta, costo y riesgo, podrá realizar las visitas a las zonas de influencia de los trabajos objeto de la presente Solicitud de Ofertas con el fin de que se entere, inspeccione y examine los sitios y los alrededores de las zonas en donde se ejecutarán los trabajos y se informe acerca de la posible ubicación de las obras y en general, de todas las circunstancias que puedan afectar o influir en la determinación de los precios unitarios de la oferta. El OFERENTE podrá realizar, a su costo y riesgo, las visitas adicionales que considere necesarias. Los costos asociados a transporte, alojamiento, manutención y los riesgos inherentes a las mismas estarán a su cargo. Cualquier perjuicio o daño sufrido por los asistentes en el lugar de visita, o causado por ellos será asumido exclusivamente por el OFERENTE. b. Visita realizada por la EMPRESA y obligatoria: La EMPRESA no programará visita obligatoria EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 7 de 77

8 EL OFERENTE en la preparación de la OFERTA debe tener en cuenta las condiciones de las zonas donde se encuentran ubicados los proyectos. Adicionalmente, deben considerar todas aquellas circunstancias que se deriven de las investigaciones que adelanten por su cuenta con organismos idóneos tales como el IDEAM, el IGAC, el Ministerio de Defensa, las corporaciones autónomas, los municipios, etc. y especialmente las condiciones sociopolíticas de la zona. 13. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA: Dentro de los ASPECTOS ECONOMICOS DE LA OFERTA deberá adjuntarse el original de la garantía de seriedad. En LAS OFERTAS, LOS OFERENTES deberá constituir a su costa y a favor de Empresa de Energía de Bogotá S.A. ESP. NIT , cualquiera de las siguientes garantías 1. Póliza de seguros 2. Fiducia Mercantil en Garantía 3. Garantía Bancaria, para responder por la seriedad de LA OFERTA por una cuantía del 10% del valor de LA OFERTA y con una vigencia de 90 días calendario contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para presentar LA OFERTA, acompañada en el caso de la póliza de seguros del recibo de pago de la prima correspondiente. El emisor de cualquiera de las garantías anteriormente mencionadas, deberá ser una empresa reconocida internacional o nacionalmente y estar legalmente autorizado para funcionar en Colombia. En todo caso, el OFERENTE seleccionado se comprometerá a mantener la garantía vigente hasta que se constituya y apruebe la garantía de cumplimiento del CONTRATO. En el evento en que la garantía de seriedad de LA OFERTA sea una póliza de seguro, deberá ser otorgada y suscrita por el tomador o afianzado en formato A favor de Empresas de Servicios Públicos ESP. Si la oferta es presentada por un consorcio, en la garantía de seriedad deben figurar como tomador, las personas integrantes del mismo. Los gastos que demande la expedición de esta garantía correrán por cuenta del OFERENTE. 14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Las secciones técnica y económica de LA OFERTA se presentarán en original y una (1) copia física y una copia en medio magnético, en sobres separados. La copia incluirá toda la información de la propuesta original. En caso de discrepancias entre la copia y el original de LA OFERTA, primará esta última sobre aquella Cada sobre debe estar cerrado y rotulado de la siguiente forma: Nombre y número de la solicitud pública de OFERTAS Nombre del OFERENTE y NIT Identificación del contenido del sobre. Todos los sobres deberán contener los documentos relacionados en la sección 4 - Presentación y Formularios incluyendo las copias en medio magnético, en CD, de los archivos en Word y Excel de todos los formularios de la oferta El sobre marcado ORIGINAL OFERTA TÉCNICA deberá contener debidamente foliados: EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 8 de 77

9 La carta de presentación suscrita por el representante legal o apoderado, facultados para comprometer al OFERENTE LA OFERTA técnica y los anexos en ella relacionados Documentos que acrediten la existencia y representación legal del OFERENTE y de sus integrantes Documentos que acrediten la información financiera y técnica descrita en esta SOLICITUD La información que EL OFERENTE desee incluir El sobre marcado ORIGINAL OFERTA ECONÓMICA deberá contener debidamente foliados: El original completo de LA OFERTA económica La garantía de seriedad de LA OFERTA y el recibo de pago de la prima respectiva. Nota: el OFERENTE deberá especificar claramente en su oferta el valor correspondiente a cada razón social de LA EMPRESA de acuerdo con los requerimientos Funcionales. 15. PLAZO PARA LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS: LOS OFERENTES entregarán LA OFERTA en la ventanilla de correspondencia de LA EMPRESA, localizada en la carrera 9 No piso 1 de la ciudad de Bogotá D.C., a más tardar el día 10 de Marzo de 2014 a las 12:00 horas, de lo cual se dejará constancia con el sello del reloj de recibo de correspondencia de LA EMPRESA. Las OFERTAS presentadas fuera de la hora aquí establecida no serán evaluadas. 16. PRORROGA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Los plazos fijados en LA SOLICITUD podrán ser prorrogados por LA EMPRESA antes del vencimiento, lo cual deberá informarse por medio escrito, para el caso de solicitudes públicas serán publicadas en el periódico y la página web de la Empresa. 17. DIRECCIÓN PARA LA CORRESPONDENCIA: Toda la correspondencia relativa al PROCESO deberá dirigirse de la siguiente manera: EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP. Vicepresidencia Administrativa Proceso No Dirección: Carrera 9 # Piso 1 Ciudad: Bogotá Correo Electrónico: outsourcing-ti@eeb.com.co 18. ACLARACIONES Y MODIFICACIONES: Si existen dudas sobre el contenido y alcance del DOCUMENTO o se encuentran incongruencias, errores u omisiones o si se requiere la modificación en el mismo, se deberá hacer la correspondiente petición de aclaración, por escrito a LA EMPRESA diez (10) días hábiles, antes del plazo previsto para presentar LA OFERTA. LA EMPRESA contestará todas las solicitudes por medio escrito y remitirá copia de las preguntas y respuestas a todos los demás OFERENTES, en el caso de solicitud pública las preguntas y respuestas se publicarán en la página web de la Empresa. LA EMPRESA no atenderá consultas personales ni telefónicas. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 9 de 77

10 No se responderán las consultas que sean formuladas fuera del plazo arriba mencionado, salvo que LA EMPRESA lo considere pertinentes. Durante el periodo de evaluación de LA OFERTA y por medio de comunicación escrita, LA EMPRESA podrá solicitar aclaraciones o precisiones a LA OFERTA presentada o el envío de documentos complementarios. LA EMPRESA aceptará las respuestas siempre y cuando las mismas no impliquen modificaciones o adiciones a LA OFERTA inicial. Si por decisión de la Empresa o por resultado de la serie de preguntas o respuestas fuera necesario aclarar el presente documento de solicitud de ofertas, LA EMPRESA expedirá mediante adenda escrita las modificaciones pertinentes y prorrogará los plazos de la solicitud, si es necesario. 19. DESVIACIONES Y EXCEPCIONES: LA EMPRESA se reserva el derecho de aceptar o rechazar, total o parcialmente, las desviaciones o excepciones de LAS OFERTAS que hayan sido o no declaradas por EL OFERENTE y solamente se consideraran las desviaciones y excepciones contenidas en el formulario No. 10 de LA OFERTA según la metodología prevista en el presente documento. Si LA EMPRESA guarda silencio, se entiende que las mismas se han rechazado. 20. OFERTAS ALTERNATIVAS: LOS OFERENTES podrán ofrecer adicionalmente bienes y/o servicios con especificaciones técnicas o calidades similares a las exigidas por LA EMPRESA y presentar alternativas a las condiciones contenidas en LA SOLICITUD, siempre que justifiquen su propuesta y la misma sea calificada como idónea por LA EMPRESA. LA EMPRESA se reserva el derecho de aceptar la(s) ofertas alternativas, siempre y cuando el oferente cumpla con los requisitos exigidos de la OFERTA básica, es decir la solicitada con el presente documento. Las ofertas alternativas deberán estar debidamente sustentadas en cuanto a las ventajas que representan. Los aspectos económicos de la oferta alternativa se presentarán en sobre separado del de los aspectos económicos de la oferta básica. 21. MODALIDAD DE COTIZACIÓN: Los precios se cotizarán en pesos colombianos (COP) La EMPRESA pagará al OFERENTE por la completa prestación de los servicios en los términos en que se haya pactado el valor total del contrato, que incluye los costos, gastos generales, gastos varios, gastos imprevistos, etc., todos los cuales correrán por cuenta exclusiva del OFERENTE. Los precios cotizados por los OFERENTES deben ser fijos durante la vigencia del contrato y se mantendrán inalterables sin que puedan ser objeto de revisión. De conformidad con el objeto del contrato se deberán cotizar los precios en forma unitaria para la Empresa de Energía de Bogotá S.A. ESP EEB y Transportadora de Gas Internacional S.A. ESP - TGI. Si no hay concordancia entre los precios unitarios y el precio total, el precio total será el que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades correspondientes. Para efectos de evaluación de las ofertas, si se omite el precio de un determinado ítem y el mismo no se puede calcular con los datos contenidos en la oferta, se tomará el precio más alto que hayan ofrecido los demás Oferentes. Lo anterior, no implicará en ningún caso que para la firma y ejecución del contrato se incrementen los precios totales fijados por el Oferente en su oferta. LA EMPRESA pagará al CONTRATISTA el valor total del CONTRATO por la completa ejecución del mismo, en los términos en que se haya pactado. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 10 de 77

11 El valor señalado en la OFERTA será el único pago que haga LA EMPRESA al CONTRATISTA y por lo tanto, cubre todos los costos directos e indirectos necesarios para cumplir con el objeto del contrato, incluyendo cualquier imprevisto que pudiera presentarse. En LA OFERTA, EL OFERENTE deberá discriminar el IVA. De no discriminarse se entenderá incluido Alternativa de precios unitarios: Los precios ofertados en esta Solicitud de Ofertas son precios unitarios, en firme para la ejecución del CONTRATO. El Oferente deberá formular su OFERTA, teniendo en cuenta que el precio unitario abarca el pago del servicio de conformidad con las especificaciones contratadas. El ítem de pago corresponderá a los bienes y/o servicios efectivamente ejecutados por el Contratista y autorizadas y recibidas a satisfacción por parte de la EMPRESA. El OFERENTE debe tener en cuenta que en el momento de la colocación del contrato, LA EMPRESA podrá aumentar o disminuir las cantidades bajo las mismas condiciones de pago y plazo de entrega de la oferta. EL OFERENTE debe, en la elaboración de sus propuestas, tener en cuenta este hecho a fin de que puedan ofertar cantidades que realmente están en capacidad de suministrar, incluido un posible aumento o reducción de hasta el 10% Para efectos de evaluación de las OFERTAS, si se omite el precio de un determinado ítem y el mismo no se puede calcular con los datos contenidos en la OFERTA, se tomará el precio más alto que hayan ofrecido los demás Oferentes. Lo anterior, no implicará en ningún caso que para la firma y ejecución del contrato se incrementen los precios totales fijados por el Oferente en su oferta. LA EMPRESA pagará al CONTRATISTA el valor total del CONTRATO por la completa ejecución del mismo, en los términos en que se haya pactado. El valor señalado en la OFERTA será el único pago que haga LA EMPRESA al CONTRATISTA y por lo tanto, cubre todos los costos necesarios para cumplir con el objeto del contrato, incluyendo cualquier imprevisto que pudiera presentarse. 22. CAUSALES DE RECHAZO: Son causales para que una OFERTA no sea considerada por LA EMPRESA: Que EL OFERENTE se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o impedimento previstas por la Ley o el Estatuto de Contratación de LA EMPRESA, así mismo que EL OFERENTE, los miembros de Junta Directiva o Junta de Socios, los representantes legales o el Revisor Fiscal se encuentren incluidos en las listas OFAC (CLINTON) o ONU Que se haya comprobado que el OFERENTE usó información privilegiada, o que incurrió en un acto de competencia desleal o conflicto de interés de acuerdo con lo establecido en la Ley y/o en los Estatutos o Código de Buen Gobierno de la EMPRESA Que la carta de presentación de la OFERTA no se presente o no se encuentre suscrita por el representante legal o apoderado, facultados previamente para comprometer al OFERENTE Que el alcance de la OFERTA no cumpla con lo solicitado por la EMPRESA EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 11 de 77

12 22.5. Que no se anexe la garantía de seriedad de LA OFERTA o que la misma presente defectos que EL OFERENTE no corrija dentro del plazo previsto para ello por LA EMPRESA Que LA OFERTA se presente en un lugar diferente al determinado por la solicitud de OFERTAS o extemporáneamente Que LA OFERTA presente deficiencias que no puedan ser aclaradas y que impidan su comparación Que EL OFERENTE no subsane las observaciones realizadas por LA EMPRESA dentro del plazo que ésta determine No asistir a la visita técnica programada por LA EMPRESA 23. VALIDEZ DE LA OFERTA: Las ofertas deberán tener una validez mínima de noventa (90) días, contados desde la fecha de su presentación. 24. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: EL OFERENTE SELECCIONADO firmará contratos independientes con las siguientes empresas del Grupo Energía de Bogotá: Empresa de Energía de Bogotá S.A. ESP Transportadora de Gas Internacional S.A. ESP EL OFERENTE seleccionado deberá firmar EL CONTRATO a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que le sea comunicada la aceptación de su OFERTA. Durante este tiempo el CONTRATISTA deberá inscribirse en el registro de proveedores de LA EMPRESA, para lo cual deberá comunicarse con la Gerencia de Abastecimiento de LA EMPRESA al teléfono extensión Si el OFERENTE seleccionado, sin justa causa, no suscribe EL CONTRATO dentro del término aquí señalado, quedará a favor de LA EMPRESA, en calidad de pena, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de LA OFERTA, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la citada garantía. Lo anterior, sin perjuicio de que LA EMPRESA pueda firmar EL CONTRATO con el segundo OFERENTE mejor calificado según las condiciones del DOCUMENTO y en su defecto, con el que lo suceda en el orden de calificación correspondiente. El CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos necesarios para comenzar a ejecutar EL CONTRATO dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su firma. 25. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo para la ejecución del CONTRATO es de treinta y seis (36) meses, contados a partir de la fecha en que LA EMPRESA imparta la orden de inicio. Sin embargo LA EMPRESA una vez evaluado el grado de cumplimiento de los acuerdos de niveles de servicio, al menos 90 días antes de la terminación del contrato, podrá emitir una prórroga del mismo por un tiempo similar siempre y cuando se proceda con el reemplazo tecnológico de los equipos de cómputo y EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 12 de 77

13 periféricos, que bajo criterios acordados, no cumplen con las condiciones mínimas de utilización ORDEN DE INICIO: La orden de inicio del CONTRATO se impartirá por escrito de conformidad con lo establecido en el manual de interventoría de LA EMPRESA LA EMPRESA no será responsable por ninguna actividad efectuada por el CONTRATISTA con anterioridad a la fecha de inicio FORMA DE PAGO: Los pagos por concepto de la ejecución del CONTRATO, se harán mensualmente y de acuerdo con el cumplimiento de los servicios prestados y previa aprobación del Interventor designado. La Empresa cancelará las facturas correspondientes dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción o la radicación de la respectiva factura o documento de cobro equivalente en las oficinas de LA EMPRESA. LA EMPRESA hará el pago en Pesos Colombianos. El CONTRATISTA debe enviar al INTERVENTOR dentro de los primeros cinco (5) días del mes la proforma de la factura para revisión y aprobación previo a emitir la factura definitiva Para cada pago EL CONTRATISTA deberá presentar tanto a EEB como a TGI: Factura mensual que incluye los cargos fijos y los cargos variables Certificación expedida por revisor fiscal donde conste que se encuentra a paz y salvo en el pago de los aporte parafiscales y de seguridad social. Informe Mensual de gestión elaborado por EL CONTRATISTA indicando las actividades desarrolladas durante el periodo. Informe de todos los gastos reembolsables incurridos en el mes con los soportes correspondientes. Dentro de los soportes se incluye: o En el caso de compras: Al menos tres (3) cotizaciones y la autorización de compra firmada por el Interventor o En el caso de servicios adicionales prestados: La autorización de ejecución firmada por el Interventor LA EMPRESA efectuará al momento del pago, los descuentos por concepto de retención en la fuente y los demás que procedan contractual y legalmente. EL CONTRATISTA deberá presentar la factura del mes anterior a más tardar el día 15 del mes siguiente REMUNERACIÓN DE SERVICIOS: Los servicios se remunerarán a través de una tarifa mensual de la siguiente manera: Reconocimiento de los servicios prestados por la mesa de servicio, primer nivel de soporte, reconocimiento de la disponibilidad de recursos dedicados a las actividades de primer nivel de soporte en Seguridad e Infraestructura. Reconocimiento de la renta de la ESTACIÓN DE TRABAJO asignado a cada uno de los usuarios de LA EMPRESA Reconocimiento de las actividades extras o compras realizadas a nombre de LA EMPRESA durante el periodo de facturación. Por principio no se concederá anticipo. Las organizaciones que prestan sus servicios dentro de las oficinas principales no configuran necesidades que sea necesario EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 13 de 77

14 atender mediante anticipos. En caso de requerirse deben estar plenamente justificados. Los gastos por concepto de transporte, alojamiento y viáticos por fuera de la sede principal, a que hubiera lugar, se reconocerán de acuerdo con los mismos niveles establecidos en la política pertinente de EEB, con aprobación por parte del interventor TIEMPO DE IMPLEMENTACIÓN: EL CONTRATISTA deberá definir el plan de implementación de los servicios contratados, dicho plan debe ser desarrollado como máximo en un (1) mes, previo al inicio del contrato que tendrá como fecha 9 de mayo de 2014, esto como parte del proceso de empalme, EL CONTRATISTA debe considerar: Alistamiento de al menos 200 equipos de cómputo para ser entregados a partir del mes de mayo Plan de transferencia de conocimiento que permita conocer a detalle los servicios y soportes necesarios y que en la actualidad se prestan Plan de entrega de equipo de cómputo en las siguientes fases. 26. GARANTÍAS Y SEGUROS DEL CONTRATO: Las garantías podrán consistir en 1. Póliza de seguros 2. Fiducia Mercantil en Garantía 3. Garantía Bancaria, expedidas por bancos o compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia. Como requisito para la ejecución del CONTRATO, en adición a su firma, EL CONTRATISTA deberá constituir a su costa y a favor de LA EMPRESA, en este caso pólizas para cada uno de los CONTRATOS asociado a cada una de las razones sociales, EEB y TGI respectivamente, y entregar a ésta para su aprobación, las siguientes garantías para responder por el cumplimiento de las obligaciones surgidas de dicho CONTRATO. a) Cumplimiento: para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones que surjan del CONTRATO, por una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del CONTRATO, incluido IVA. Este amparo se otorgará inicialmente por un término igual al plazo del CONTRATO y tres (3) meses más y en todo caso deberá mantener su vigencia hasta la liquidación del mismo. b) Pago de Salarios y Prestaciones Sociales: por el cinco por ciento (5%) del valor del CONTRATO. Su vigencia deberá extenderse por el plazo del CONTRATO y tres (3) años más. c) Calidad del servicio: El valor asegurado del 20% del valor del contrato y con una vigencia equivalente al término de duración del contrato y un (1) año más. Las garantías a que se refieren los literales a, b, y c, deben haberse constituido por EL CONTRATISTA y aprobado por LA EMPRESA para que aquel pueda comenzar la ejecución del CONTRATO. En el caso en que modificaciones del CONTRATO generen la necesidad de ampliar la vigencia o el valor asegurado de las garantías solicitadas, EL CONTRATISTA deberá presentar como requisito para la ejecución de los mismos, las modificaciones de las garantías y los recibos de pago de las primas correspondientes. Serán de cargo del CONTRATISTA todos los gastos en que incurra para efectos de la expedición de las garantías. En las garantías deberá aparecer textualmente como beneficiaria: Empresa de Energía de Bogotá S.A. ESP o Transportadora de Gas Internacional S.A. ESP, de acuerdo con quien se esté suscribiendo el contrato. Se debe expedir en formato A favor de EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 14 de 77

15 particulares. Todas las garantías deberán llevar anexo la respectiva constancia de pago de la prima, y las condiciones, límites, excepciones y deducibles de las mismas Pólizas de seguros requeridas Las pólizas deben ser expedidas por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia. Como requisito para la ejecución del CONTRATO, en adición a su firma, EL CONTRATISTA deberá constituir a su costa, a favor de sí mismo y entregar a LA EMPRESA para su aprobación, las siguientes pólizas: a) Responsabilidad civil extracontractual: por el diez por ciento (10%) del valor del CONTRATO, para responder por los daños o perjuicios que se le puedan causar a LA EMPRESA o a terceros, incluyendo el lucro cesante, por causa o con ocasión de la ejecución del CONTRATO, con vigencias anuales durante la vigencia del contrato. Para los efectos de esta póliza, LA EMPRESA se considerará como un tercero. EL CONTRATISTA deberá anexar copia de la renovación de la póliza y el recibo de pago correspondiente, cinco días hábiles antes del vencimiento de cada vigencia. No obstante la cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, queda claro y convenido que EL CONTRATISTA será responsable por la totalidad de los perjuicios que ocasione a terceros en el desarrollo de las actividades objeto del CONTRATO. La anterior póliza deberá ser constituida por EL CONTRATISTA y aprobada por LA EMPRESA. EL CONTRATISTA se obliga a reponer el monto amparado de las pólizas siempre que el mismo se disminuya o se agote por cualquier siniestro, por mora o por incumplimiento parcial. Serán de cargo del CONTRATISTA todos los gastos en que incurra para efectos de la expedición de las garantías. Todas las pólizas deberán llevar anexo la respectiva constancia de pago de la prima, y las condiciones, límites, excepciones y deducibles de las mismas INTERESES: En caso de mora en la cancelación de las facturas o documento de cobro equivalentes, LA EMPRESA reconocerá una tasa equivalente al Interés Bancario Corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia para el período durante el cual se cause el atraso. El Contratista deberá efectuar los cálculos correspondientes y presentar a la Empresa la factura respectiva, con los soportes que demuestren su existencia, el período por el cual se cobra, y el Interés Bancario Corriente aplicados según sea el caso AFILIACIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL: De conformidad con los requisitos exigidos por la Ley 100 de 1993 y demás normas que la complementen, adicionen o modifiquen, EL CONTRATISTA deberá afiliar a todos los trabajadores que ocupe en la ejecución del CONTRATO, al sistema de seguridad social integral, hecho que acreditará con la presentación de una certificación expedida por su contador, revisor fiscal, o representante legal, según sea el caso, en el sentido de encontrarse al día en el pago de salarios y aportes al sistema de seguridad social integral INTERVENTORÍA: LA EMPRESA verificará la ejecución y cumplimiento de los trabajos y actividades del CONTRATISTA por medio del interventor que designe para ese propósito. La Vicepresidencia Administrativa de la Empresa de Energía de Bogotá definirá el Interventor del CONTRATO. LA EMPRESA se reserva el derecho de contratar la interventoría con personas naturales o jurídicas. El interventor será el representante de LA EMPRESA, actuará como intermediario de las partes y por su conducto se tramitarán todos los aspectos relativos al desarrollo y vigilancia del CONTRATO. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 15 de 77

16 El interventor ejecutará su labor de conformidad con lo previsto en el Manual de Interventoría de LA EMPRESA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: Correrán por cuenta de EL CONTRATISTA los daños que le sean imputables durante el término de vigencia del CONTRATO por acción, omisión, operación, error técnico, negligencia o descuido suyo o de cualquiera de quienes integran su equipo de trabajo. De acuerdo con lo previsto por los artículos 2341 y 2342 del Código Civil Colombiano, también correrá por su cuenta cualquier reparación, ordenada legal o judicialmente, por daño o perjuicio causado a un tercero o al personal de la EMPRESA con ocasión de la ejecución del CONTRATO. LA EMPRESA repetirá o podrá compensar las sumas de dinero que cancele directamente por daños imputables al CONTRATISTA, incluidos los gastos y costos ocasionados cuando así lo ordene una autoridad judicial o administrativa ENTREGA Y RECIBO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS: EL CONTRATISTA deberá haber cumplido a satisfacción el objeto del CONTRATO a más tardar el último día del plazo de ejecución fijado para el efecto. La certificación de cumplimiento definitivo será responsabilidad del interventor y así constará en el Acta de Entrega y Recibo Final firmada por las partes, junto con la relación de los servicios prestados con cargo al CONTRATO. En cualquier caso, será requisito para el pago del saldo final, la aprobación de las pólizas que deba constituir EL CONTRATISTA al finalizar EL CONTRATO por exigencia de LA EMPRESA la totalidad de amortización del anticipo si se pactó. El CONTRATISTA deberá suministrar los informes de avance de ejecución del CONTRATO con la periodicidad que le exija LA EMPRESA. LA EMPRESA practicará las retenciones en la fuente a que haya lugar en los porcentajes que rijan al momento del pago por concepto de impuesto de Industria y Comercio e impuesto sobre la renta, de acuerdo con las normas vigentes a nivel distrital y nacional a menos que el CONTRATISTA acredite ser autorretenedor mediante resolución de la DIAN, de lo cual se hará manifestación expresa en la factura. Si el CONTRATISTA no manifiesta en la factura, en forma escrita, la resolución de la DIAN demostrando la calidad de autorretenedor, LA EMPRESA efectuará al momento del pago, los descuentos por concepto de retención en la fuente. Igualmente, LA EMPRESA practicará las retenciones por el impuesto al valor agregado IVA, a menos que el CONTRATISTA esté clasificado como gran contribuyente o agente retenedor del IVA, mediante resolución de la DIAN. 27. PLAZO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El plazo para la liquidación del CONTRATO dentro de los tres (3) meses contados a partir de la fecha de terminación del plazo estipulado para la ejecución del mismo. 28. RESERVAS ESPECIALES: En la etapa de análisis de LA OFERTA y de selección del CONTRATISTA, LA EMPRESA se reserva el derecho de aceptar, total o parcialmente LA OFERTA o de no aceptar ninguna OFERTA. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 16 de 77

17 29. SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD: Para efectos de presentación de la Oferta, el Oferente deberá adjuntar la copia de la certificación del Sistema de Gestión de la Calidad ISO 9001 y de ISO 27001, expedida por un organismo de certificación o de normalización reconocido como idóneo para el efecto, y deberá estar vigente durante la ejecución del contrato. La dependencia encargada del proceso contractual determinará la certificación de calidad que se exigirá dependiendo el objeto del contrato Igualmente, EL OFERENTE deberá adjuntar copia de la certificación ISO 14001:2004 en Sistemas de Gestión Ambiental y de la certificación OHSAS 18001:2007 en Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Laboral. Estos certificados deberán ser expedidos por un organismo de certificación o de normalización reconocido como idóneo para el efecto, y deberán estar vigentes durante la ejecución del contrato. Si el OFERENTE consideró dentro de su oferta algún Subcontratista, éste deberá contar con las mismas certificaciones del OFERENTE. 30. PROCEDIMIENTO PARA ESCOGER CONTRATISTA: Se realizará siguiendo la metodología establecida en la Sección III - Criterios y metodología de evaluación de las ofertas, de esta Solicitud de Ofertas. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 17 de 77

18 SECCION II - ESPECIFICACIONES DEL BIEN O SERVICIO Este capítulo comprende las condiciones particulares de los servicios a contratar: 1. OBJETO: LA EMPRESA, está interesada en recibir ofertas para contratar la tercerización de los servicios de tecnología de información así como el suministro de equipo de cómputo y periféricos definidos, bajo la modalidad de renta, como parte del soporte básico a las operaciones de la Empresa asegurando tiempos de respuesta y soluciones acorde con los acuerdos de niveles de servicio definidos Solicitudes Soluciones Mesa de Servicio* Primer Nivel de Servicio* Segundo Nivel de Servicio * Tercerizados Tercer Nivel de Servicio LA EMPRESA, está interesada en recibir ofertas para la tercerización de servicios, basados en la metodología ITIL, con alcance específicamente en los procesos de Operación de Servicios garantizando el cumplimiento de los niveles acordados dentro un conjunto de servicios definidos en el catálogo de servicios de la oficina de tecnología de la información conocidos por los miembros de la Gerencia de Sistemas y los clientes internos. EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 18 de 77

19 2. ESTRUCTURA INFORMÁTICA ACTUAL DE EEB Y TGI Actualmente LA EMPRESA basa su tecnología de información en los siguientes componentes, expresados de manera general: EEB cuenta con: Comunicaciones: Se cuenta con una red de comunicaciones soportada por ETB que permite la interconexión entre la sede principal, sede Calle 61, sede Proyecto Cra 9 y las sedes remotas, de igual manera suministra el servicio de internet Servidores: Sistema operativo Windows en diferentes versiones estándar y Enterprise. Bases de datos: Bases de datos SQL Server y Oracle Virtualización: VmWare que soporta la virtualización de servidores, dentro de la infraestructura se tiene vcenter 5.0 que permite la administración de los ambientes virtualizados Equipo de cómputo personal: Equipos portátiles asignados a funcionarios con sistema operativo Windows 7 Profesional. Ofimática: Licencias de Windows Office 2007, 2010 profesional instalados en los equipos de los colaboradores. La mayoría de los productos utilizados son plataforma Windows. Correo: Servicio de correo en la nube a través de Office 365 suministrado por Microsoft SAP: Sistema SAP que se encuentra en hosting en instalaciones de un tercero. Se tiene un canal dedicado de comunicaciones entre la sede principal y la instalación del hosting que es suministrado y administrado por la firma responsable del hosting Portales: Los portales de EEB se encuentran en hosting con un tercero que ofrece el servicio de mantenimiento y soporte. Desarrollado en EZ Publish Seguridad perimetral: Equipos Fortinet que apoyan la seguridad informática TGI cuenta con: Comunicaciones: Una red de comunicaciones soportada por ETB que permite la interconexión entre la sede principal y las diecinueve sedes remotas distribuidas en el país, de igual manera suministra el servicio de internet Servidores: Sistema operativo Windows en diferentes versiones estándar y Enterprise. Bases de datos: Bases de datos SQL Server, Oracle y MySQL (Portales) Virtualización: VmWare que soporta la virtualización de servidores, dentro de la infraestructura se tiene vcenter v5.0 que permite la administración de los ambientes virtualizados Equipo de cómputo personal: Equipos portátiles asignados a funcionarios con sistema operativo Windows 7 Profesional. Ofimática: Licencias de Windows Office 2007, 2010 profesional instalados en los equipos de los funcionarios. La mayoría de los productos utilizados son plataforma Windows. Correo: Servicio de correo en la nube a través de Office 365 suministrado por Microsoft SAP: Sistema SAP que se encuentra en hosting en instalaciones de un tercero. Canal dedicado de comunicaciones entre la sede principal y la instalación del hosting que es suministrado y administrado por la firma responsable del hosting Portales: Los portales de TGI se encuentran instalados en servidores propios y desarrollados en Joomla y base de datos MySQL Seguridad perimetral: Equipos Fortinet que apoyan la seguridad informática EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 19 de 77

20 3. ALCANCE DEL SERVICIO A CONTRATAR LA EMPRESA, está interesada en contratar una firma que preste los servicios de mesa de servicio, soporte de primer nivel a usuarios, soporte primer nivel de seguridad, soporte primer nivel de infraestructura y suministro y gestión de equipo de cómputo bajo el modelo de arriendo. El alcance de este contrato cubrirá todas las instalaciones de LA EMPRESA a nivel nacional 3.1 ALCANCE GEOGRÁFICO El servicio a contratar se requiere para las siguientes ubicaciones, teniendo en cuenta que existen condiciones diferentes de servicio entre la sede principal y las sedes remotas tanto de EEB como de TGI Sedes Principales SEDE GRUPO ENERGIA BOGOTÁ EMPRESA SEDE DIRECCIÓN EEB Bogotá - Principal CR 9 No Pisos 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10 TGI Bogotá - Principal CR 9 No Pisos 3, 7 y 2 En las sedes principales se encuentra la mayor concentración de colaboradores por lo tanto la mayor cantidad de equipo de cómputo asignado, a saber: EEB: 250 equipos de cómputo TGI: 200 equipos de cómputo Sedes Remotas EEB SEDE REMOTA Municipio Ciudad Principal Más Cercana Dirección Calle 61 Bogotá - CL 61 No Proyecto Cra 9 Bogotá - Cra 9 N0. 72 XX. Piso 3 Pitalito Pitalito - Pasto Pasto - CALLE 10 No 7-30E. Barrio los Cambulos CALLE 21 No 9E 87 Barrio la Estrella Zipaquirá Zipaquirá - Carrera 7 No Edificio Centro de Negocios Casa de los Virreyes. Locales 201, 202, 203, 204, 205 Garagoa Garagoa - Carrera 10 No. 9 17/21/25 En las sedes remotas se encuentran ubicados equipos de cómputo de acuerdo a la siguiente distribución EB Sedes remotas Desktop Laptop Calle Proyecto Cra 9 16 EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. ESP Página 20 de 77

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