PLAN REGIONAL DE SALUD

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1 DEPARTAMENTO DE ITAPUA CONSEJO REGIONAL DE SALUD Y BIENIO Asistencia Técnica: Centro de Información y Recursos para el Desarrollo (CIRD) en el marco del Proyecto de Descentralización de Servicios de Salud CIRD/USAID

2 AUTORIDADES RESPONSABLES DE EJECUCION DR. LUIS VIEDMA VIGO GOBERNADOR DR. JUAN H. DURE SECRETARIO DE SALUD RESPONSABLE OPERACIONAL EN TERRENO: DR. RICARDO A. PONT DIRECTOR DE LA VII REGION SANITARIA.- PERIODO:

3 INDICE 1 Autoridades del Consejo Regional de Salud Mapa del Departamento de los Distritos con Acuerdo de administración local 6 de recursos 1.2 Organigrama de la Secretaría de Salud de Itapúa Organigrama del Consejo Regional de Salud de Itapúa 8 2 Marco Legal 9 3 Política Nacional de Salud Principios Doctrinarios y Doctrina de Salud Problemática 17 4 Misión Visión 19 5 Objetivos Objetivo General Objetivos Específicos 20 6 Diagnóstico-Estado de Salud en el Departamento de Itapúa 22 7 Plan de Acciones Fortalecimiento del proceso de descentralización hincado en Itapúa Optimización de los Servicios de la Red Departamental Creación y funcionamiento del Instituto Departamental de Salud Fortalecimiento de la organización y gestión del Parque Departamental de 46 Medicamentos Básicos 7.5 Fortalecimiento de la organización y funcionamiento de la Comisión 46 administradora del Hospital Regional de Encarnación Fortalecimiento de la organización y administración de la Farmacia Social del Hospital Regional de Encarnación Rol de la Secretaría de Salud de la Gobernación de Itapúa Rol de la VII Región Sanitaria

4 Este Plan Regional de Salud de Itapúa para el bienio , es un componente de la Política Nacional de Salud que está siendo impulsada por el Gobierno Nacional, y que deberá interpretarse como una Política de Estado, descentralizado y con participación activa de la sociedad itapuense. 4

5 1. AUTORIDADES DEL CONSEJO REGIONAL DE SALUD Presidente Honorario Dr. Luis Viedma Vigo Presidente Dr. Juan Horacio Duré Vicepresidente Dra. Elizabeth Jojot de Gneiting Miembros Titulares Sra. Tatiana Trociuk de Parzajuk Dra. Gladys Cáceres Dr. Víctor Fornerón Síndico Lic. Martín Osvaldo Scheid V. Periodo

6 1.1 Mapa del Departamento de los Distritos con Acuerdo de Descentralización. 6

7 1.2. Organigrama Secretaria de Salud de la Gobernación Itapúa GOBERNADOR SECRETARIA DE SALUD CONSEJO REGIONAL DE SALUD SECRETARIA DPTO. PARQUE SANITARIO DPTO. MOVIL SALUD REGENTE DE FARMACIA REGISTRO Y SEGUIMIENTO REGISTRO Y SEGUIMIENTO AUXILIAR AUXILIAR 7

8 1.3 Organigrama del Consejo Regional de Salud de Itapúa SISTEMA NACIONAL DE SALUD Ley 1032/96, Decretos 19966/98 y 22385/98 Consejo Nacional de Salud Mesa Directiva del CNS Comite Ejecutivo Nacional Consejo Regional de Salud Mesa Directiva del CRS Comite Ejecutivo Regional Consejos Locales de Salud Mesa Directiva del CLS Comite Ejecutivo Local 8

9 2. MARCO LEGAL El ámbito legal en el cual se inserta la Política Nacional de la Salud está integrado por la Constitución Nacional de la República del Paraguay del año 1992, la Ley Orgánica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, la Ley Nº 836/60, Código Sanitario, La ley N 1032/96 que crea el Sistema Nacional de Salud, y los Decretos, Leyes y Resoluciones respectivas.- La Constitución Nacional (CN) establece en el Capitulo VI De la Salud Artículos: 68 Del Derecho a la Salud: El Estado Protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas y de socorro en los casos de catástrofes y de accidentes. Toda persona esta obligada a someterse a las medidas sanitarias que establezca la Ley, dentro del respeto a la dignidad humana, y el Articulo 69- Del Sistema Nacional de Salud: Se promoverá un sistema nacional de salud que ejecute acciones sanitarias integrada, con políticas que posibiliten la concertación, lo coordinación, y la complementación de programas y recursos del sector público y privado. El artículo 70 plantea en "Del régimen de bienestar social" que "La ley establecerá programas de bienestar social mediante estrategia basadas en la educación sanitaria y en la participación comunitaria". C.N. Capitulo IV- De los Derechos de la Familia Art. 49. La familia es el fundamento de la sociedad. Se promoverá y se garantizará su protección integral. Esta incluye a la unión estable del hombre y de la mujer, a los hijos y a la comunidad que se constituya con cualquiera de sus progenitores y sus descendientes. Art. 54: De la Protección del Niño La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de garantizar al niño su desarrollo armónico e integral, así como el ejercicio pleno de sus derechos, protegiéndolo contra el abandono, la desnutrición, la violencia, el abuso, el trafico y la explotación. Art. 55: De la Maternidad y Paternidad: La maternidad y la 9

10 paternidad responsable serán protegidas por el Estado, el cual fomentará la creación de instituciones necesarias para dichos fines. Art.58: De los Derechos de las Personas Excepcionales Se garantizará a las personas excepcionales la atención de la salud, de su educación, de su recreación y de su formación profesional para una plena integración. El estado organizará una política de prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales, a fin de compensar sus desventajas. Art. 61 De la Planificación Familiar y de la Salud Materno- Infantil El Estado reconoce el derecho de las personas a decidir libre y responsablemente el número y la frecuencia del nacimiento de sus hijos, así como a recibir, en coordinación con los organismos pertinentes, educación, orientación científica y servicios adecuados, en la materia. Se establecerán planes especiales de salud reproductiva y salud maternoinfantil para la población de escasos recursos. Capitulo V De los pueblos indígenas Art.62: De los Pueblos Indígenas y Grupos Étnicos: Esta Constitución reconoce la existencia de los pueblos indígenas, definidos como grupos de culturas anteriores a la formación y organización del Estado paraguayo. Art. 67 De la Exoneración Los miembros de los pueblos indígenas están exonerados de prestar servicios sociales, civiles o militares, así como de las cargas públicas que establezca la ley.- La Constitución Nacional también se refiere en la Sección II De los Departamentos Art Del Gobierno Departamental El Gobierno de cada Departamento será ejercido por un Gobernador y por una Junta Departamental. Serán electos por voto directo de los ciudadanos radicados en los respectivos Departamentos, en comicios coincidentes con las Elecciones Generales y durarán cinco años en sus funciones. El Gobernador representa al Poder Ejecutivo en la ejecución de la Política Nacional. No podrá ser reelecto. La Ley determinará la composición y las funciones de la Junta Departamental. Art De las Competencias: Es de competencia del gobierno departamental: 1º) coordinar sus actividades con las de las distintas municipalidades del Departamento; organizar los servicios departamentales comunes, tales como promover las asociaciones de cooperación entre ellos; 2º) preparar el Plan de Desarrollo 10

11 Departamental, que deberá coordinarse con el Plan Nacional de Desarrollo, y elaborar la formulación presupuestaria anual, a considerarse en el presupuesto General de la Nación; 3º)coordinar la acción departamental con las actividades del gobierno central, en especial lo relacionado con las oficinas de carácter nacional del Departamento, primordialmente en el ámbito de la salud y en el de educación; 4º) disponer la integración de los Consejos de Desarrollo Departamental y 5º) las demás competencias que fijen esta constitución y la ley. Art. 164 De los recursos: Los recursos de la administración departamental son: 1º) la porción correspondientes de impuestos, tasas y contribuciones que se definen y regulen por esta Constitución y por la ley; 2º) las asignaciones o subvenciones que le destine el Gobierno Nacional; 3º) las rentas propias determinadas por ley, así como las donaciones y los legados, y 4º) los demás recursos que fije la ley.- En relación a los Municipios se tiene en esta Constitución Nacional en la Sección III De los Municipios Art.166- de la Autonomía Las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica que, dentro de su competencia, tienen autonomía política, administrativa y normativa, así como autarquía en la recaudación e inversión de sus recursos. Art.167- Del gobierno Municipal: El gobierno de los municipios estará a cargo de un Intendente y de una Junta Municipal, los cuales serán electos en sufragio directo por las personas habilitadas legalmente. Art.168 De las atribuciones: Serán atribuciones de las municipalidades, en su jurisdicción territorial y con arreglo a la ley: 1º) La libre gestión en materias de su competencia, particularmente en las de urbanismo, ambiente, abasto, educación, cultura, deporte, turismo, asistencia sanitaria y social, instituciones de cerdito, cuerpos de inspección y de policías; 2º) la administración y la disposición de sus bienes; 3º) la elaboración de su presupuesto de ingresos y egresos; 4º) la participación en las rentas nacionales; 5º) la regulación del monto de las tasas retributivas de servicios efectivamente prestados, no pudiendo sobrepasar el costo de los mismos; 6º) el dictado de ordenanzas, reglamentos y resoluciones; 7º) el acceso a crédito privado y al crédito público, nacional e internacional; 8º) la reglamentación y la fiscalización del transito, del transporte público y las de otras materias relativa a la circulación de vehículos y 9º) las demás atribuciones 11

12 que fijen esta constitución y la ley. Art. 169 Del impuesto Inmobiliario Corresponderá a las municipalidades y a los Departamentos la totalidad de los tributos que graven la propiedad inmueble en forma directa. Su recaudación será competencia de las municipalidades. El setenta por ciento (70%) de lo recaudado por cada Municipalidad quedará en propiedad de la misma, el quince por ciento (15%) en la del departamento respectivo y el (15%) restante será distribuido entre los municipios de menores recursos, de acuerdo a la ley.- La Ley Orgánica del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social asigna al Estado y al Ministerio de Salud en particular, la responsabilidad de generar las condiciones que permitan a la población ejercer el derecho a la salud; determina el cuidado de la salud y el acceso irrestricto a servicios de óptima calidad y oportunidad como un derecho humano inalienable, y la obligatoriedad de todos los habitantes de someterse a las medidas profilácticas y asistenciales que establezca el MSP y BS en salvaguarda de la salud de la comunidad.- La Carta Orgánica, específica, asimismo, que el MSP y BS es las más alta dependencia del Estado, competente en materia de salud con la responsabilidad y atribuciones de cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Carta, del Código Sanitario y de otras leyes, y que la finalidad de la Política Nacional de Salud es lograr más alto nivel de salud para toda la población. Establece que la Región Sanitaria es la unidad para la organización y operación de los servicios de salud.- La Ley 836/80 del Código Sanitario, regula las funciones del Estado en lo relativo al cuidado integral de la salud y los derechos y obligaciones de las personas en la materia. Establece que los planes y programas de salud deben elaborarse en base a los objetivos, políticas y estrategias globales de desarrollo.- 12

13 En cuanto a las acciones para la salud, determina que éstas deben ser integrales, es decir, de promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, incluyendo además el control de los factores condicionantes ambientales.- Establece las categorías de Recursos Humanos institucionales y voluntarios para acciones integrales en salud y que se deberá promover y ejecutar programas para la formación y capacitación del personal de los servicios y de la comunidad y definir la adopción de nuevas tecnologías.- En lo referente a los decretos, leyes y otras disposiciones legales vigentes, los mismos definen y caracterizan la estructura y funcionamiento del Ministerio y de los servicios de salud.- Las principales normas jurídicas que tienen relación con la reforma sanitaria son: La Ley /1996 del Sistema Nacional de Salud (SNS) y sus decretos reglamentarios. Es a través de la Ley 1032 que se establece la creación del Sistema Nacional de Salud (SNS) con la participación de todas las instituciones públicas que conforman el Sector Salud para lograr así prestar servicios de salud de los subsectores públicos, privados o mixtos, de seguros de salud y de las universidades coordinados por el mismo, de acuerdo a derecho público y privado vigentes (Artículo 4). El Sistema Nacional de Salud, (Artículo 3) tiene por finalidad prestar servicios a todas las personas de manera equitativa, oportuna y eficiente sin discriminación de ninguna clase, mediante acciones de promoción, recuperación y rehabilitación integral... El artículo 6 establece que el SNS ente integrador y regulador de las instituciones y servicios con el fin de establecer una cobertura integral de salud, que dé a todos los individuos la posibilidad del plano acceso a los recursos del mismo. El artículo 8 en su inciso g) establece Mecanismos de incorporación de las instituciones del sector salud a la red del sistema para la acreditación de acuerdo a normas técnicas administrativas y operativas que se establezcan según el nivel de complejidad que le corresponda. En el inciso i) dice Mecanismos de desarrollo y fortalecimiento de sistemas locales de salud (SILOS) mediante la reglamentación e 13

14 implementación de una descentralización financiera y operacional eficiente y conveniente para el país. En el artículo 12 la ley instruye a que El sistema impulsara el proceso de la descentralización de los servicios públicos por niveles de complejidad mediante mecanismos de convenios, contratos y complementación de instituciones y recursos, concertación de planes y programas con los municipios y gobiernos departamentales. El artículo 19 crea El Consejo Nacional de Salud un organismo de COORDINACION, CONSENSO y PARICIPACIÓN INTER-INSTITUCIONAL del sector público y privado de la salud. Los artículos 23 y 24 crean los Consejos Regionales y Locales de Salud respectivamente. El artículo 23 establece que La mesa directiva (del consejo regional de salud) estará integrada por el presidente, que será ejercida por la Secretaría de Salud de la Gobernación... El artículo 24 establece que la mesa directiva (Consejo Local) estará integrada por el presidente, que será ejercida por la dirección de higiene y salubridad de la municipalidad En el artículo 25 de la Ley 1032 se establecen los objetivos del Sistema Nacional de Salud, que son: 1. ( ) concertación y coordinación inter-institucional de planes y proyectos de interés nacional, regional y local ( ) asegurar a toda la población la atención integral y solidaridad en calidad y equidad. 2. Participar en la formación de los lineamientos de la política y estrategia nacional, regional y local de salud acorde con la política nacional de desarrollo. 3. Evaluar periódicamente la aplicación de la política y estrategia nacional, regional y local de salud y formular las recomendaciones pertinentes al Comité Ejecutivo 4. Realizar, en niveles e instancias pertinentes, propuesta para que los demás sectores del país adecuen sus actividades a la política y estrategia nacional de salud y bienestar social 14

15 5. Considerar y fiscalizar el cumplimiento del plan nacional de salud y su ejecución presupuestaria También la Ley 1032, establece en su artículo 36 que El comité ejecutivo regional esta integrado por la Dirección de la Región Sanitaria que lo preside, la secretaría de la gobernación, un representante del gremio médico regional, un representante de los servicios médicos privados y un representante de los usuarios. Y por último esta misma Ley en el artículo 37 establece que, El comité ejecutivo local esta integrado por el Director del Centro de Salud quien lo preside, la dirección de higiene y salubridad de la municipalidad, un representante de las comisiones de fomento urbano electo por sus pares, un representante del consejo local de salud y un representante del gremio médico local. El Decreto Nº: /98, el Art. 10 expresa: Para que un Distrito Municipal se incorpore al proceso progresivo de descentralización administrativa local en salud, debe cumplir con los siguientes requisitos: a) Demostración fehaciente de las autoridades municipales en compartir recursos y acciones sostenidas para el desarrollo de los programas locales de salud. Al respecto, destinar un aporte mínimo del 5 % del presupuesto anual de la Municipalidad, para el financiamiento del servicio, plan local de salud y sus programas, b) conformar el Consejo Local de Salud en correspondencia a lo establecido en la Ley nº:1.032 articulo 24 y sus reglamentaciones, c) obtener la aprobación del Consejo Local de Salud por parte del Consejo Regional de Salud pertinente y el registro oficial a nivel de la Dirección Regional correspondiente y del Consejo Nacional de Salud. Y otros incisos establecidos en el presente decreto que reglamenta la descentralización sanitaria local.- El Decreto Nº: /98 que reglamenta la Superintendencia de Salud; el Decreto /1998 que establece la nueva organización funcional del MSP y BS, el Decreto /98 que establece las funciones de la Dirección Médica Nacional (D.M.N.), el Decreto Nº 4.674/99 por el cual se reestructura el MSP y BS, la Ley nº:426/96-carta Orgánica del Gobierno Departamental, y la Ley nº:1.294 Orgánica Municipal. Son otras 15

16 normas legales, que integran el proceso de prelación jurídica del Sistema Nacional de Salud.- El Decreto /98 define la equidad en su artículo 8: como orientar los recursos disponibles en todos los niveles de atención, para la prestación sanitaria integral de la población, sin discriminación política, económica o social. El Decreto menciona en algunos párrafos la coordinación interinstitucional (dentro del sector) pero no hay referencias a la intersectorialidad.- Desde hace ya algún tiempo se encuentra en el Parlamento en proceso de aprobación el anteproyecto de Ley de actualización del Código Sanitario, donde incorpora los elementos de la Reforma en Salud con los procesos de descentralización y la participación de la comunidad, el impacto de la globalización, la temática de género, y la equidad en la prestación de los servicios.- 3. POLÍTICA NACIONAL DE SALUD 3.1 Principios doctrinarios y doctrinas de salud El Ministerio reconoce y acepta como principios doctrinarios fundamentales sobre los cuales deberán orientarse las acciones, los siguientes: Que la salud es una responsabilidad compartida entre el Estado y la población, mediante la participación de los individuos, la familia y la comunidad como un todo; Que el acceso al cuidado de la salud y a servicios de óptima calidad y oportunidad es un derecho fundamental del ser humano; Que la atención de la salud a la población debe brindarse en un marco de equidad en el cual se garantice la accesibilidad y la cobertura a toda la población con especial énfasis en los grupos humanos más vulnerables y los de mayor riesgo. 16

17 La doctrina también reconoce que la salud es consecuencia del desarrollo integral del país y que la capacidad de respuesta de las instituciones del Estado frente a la problemática de salud es resultante del nivel de desarrollo general. Las políticas fundamentales del país en materia de salud establecen que todas las acciones deben orientarse a: Alcanzar el máximo nivel de salud y bienestar de la población. 3.2 Problemática 1.- Elevados niveles de Pobreza. (35% de la población), más del 50% de los hogares con al menos una NBI. 2.- Acceso inequitativo a los servicios de salud a causa de barreras, culturales, económicas, funcionales y geográficas Prevalencia importante de enfermedades prevenibles por vacunas. Cobertura del PAI departamental históricamente no llega al 80%. 4.- Las enfermedades del sistema circulatorio, cerebrovasculares, diabetes, tumores que se pueden prevenir o mitigar mediante hábitos de vida saludables son responsables del 46% de las defunciones anuales. Si se agregan los accidentes y homicidios se explican el 56% de las defunciones. 5.- Las lesiones debidas al parto y la prematuridad explican el 53% de las defunciones neonatales. Si se agregan las infecciones del recién nacido se alcanza el 63% de las muertes de recién nacidos. 6.- El aborto, la toxemia y la hemorragia son la causa del 92% de las muertes maternas. 17

18 7.- Deficiente saneamiento ambiental (bajas coberturas de agua potable y sistema de eliminación sanitaria de excretas). 8.- Limitada actividad de prevención primaria (promoción, y protección) en salud que se refleja en el predominio presupuestario para las actividades asistenciales y en las principales causas de morbilidad y mortalidad registradas. 9.- Insuficiencia de recursos humanos calificados, tanto profesionales como técnicos, a lo que se suma la carencia de criterios para su adecuada distribución Desarrollo insuficiente de los servicios de salud principalmente en el interior del Departamento Itapúa (el 2º Nivel de Atención-Centros de Salud-está ausente en 17 de los 30 distritos) Déficit en la articulación de los establecimientos que componen la red de servicios regional sin una sistematización adecuada del mecanismo referencia y contrarreferencias de pacientes Insuficiente asignación de recursos financieros desde el Gobierno Central para la ejecución de los Programas a cargo de la Región Sanitaria. Además el proceso de ejecución presupuestaria es excesivamente burocrático y lento para el tipo de actividades que corresponden al campo de la sanidad pública Baja explotación del sistema de información estadístico para la gestión sanitaria Baja cobertura de la seguridad social (10% mientras que el promedio país es del 19%) MISION El Plan Regional de Salud contiene los delineamientos de la Política Departamental de Salud a fin de dar funcionamiento al Sistema Nacional de Salud a nivel 18

19 regional, para asegurar a toda la población de Itapúa la atención integral, solidaria, con equidad y calidad. Para el cumplimiento de esta Misión, se empleará una estrategia que: a) Oriente actividades a favor de la concertación y coordinación de esfuerzos y recursos intra e intersectoriales que fortalezcan la descentralización regional y municipal de la salud, con los diferentes actores como ser, sin que la enunciación sea taxativa: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Ministerio de Educación y Cultura, Secretaría de Acción Social, Secretaría de la Mujer, Secretaría de la Niñez y la Adolescencia, Universidades públicas y privadas, Instituto de Previsión Social, Entidad Binacional Yacyretá, prestadores de salud del sector privado, Gobernación, Municipios, Consejos Locales de Salud, Agencias de Cooperación Internacional, Sociedad Civil, ONGs, y otros sectores sociales. b) Promueva en la población itapuense un cambio de actitud sobre la salud, fomentando la auto responsabilidad y la adopción de medidas razonables frente a los riesgos de salud. 4.1 VISION Un Sistema de Salud Departamental capaz de responder con integralidad, oportunidad, equidad, calidad y calidez a las necesidades de salud de la población, en un marco de transparencia y activa participación comunitaria que garanticen su sostenibilidad. En el horizonte estratégico que nos da esta visión, debe vislumbrase: -La integración al Consejo Nacional de Salud con el como sector que desempeña la rectoría, normalización, supervisión y control del sistema de atención sanitaria a través de la VII Región Sanitaria. -La Secretaría de Salud de la Gobernación asumiendo los roles y funciones que corresponden actualmente a la Región Sanitaria. -Los Hospitales Distritales, Centros y Puestos de Salud a cargo de los respectivos municipios. 19

20 -El Consejo Regional de Salud y los Consejos Locales de Salud conduciendo las acciones de Salud Comunitaria conforme a la realidad departamental y local. -Con los establecimientos públicos de salud con una Oferta Integral de Prestaciones Sanitarias (promoción, prevención, atención y rehabilitación) en cada distrito, según nivel de complejidad. -Con una Red de Servicios organizada sobre un sistema de referencia y contra referencia efectivo. -Con una comunidad educada e informada, que promueve una cultura saludable y ejerce plenamente el control social para garantizar sus derechos y evitar las injerencias que puedan afectar negativamente el goce de dichos derechos. 5.0 OBJETIVOS: 5.1 OBJETIVO GENERAL: Neonatal del Departamento de Itapua Disminución de la, Morbi- Mortalidad Materna, Infantil y 5.2 OBJETIVO ESPECÍFICO: 5.2.1: Alcanzar el 95% de cobertura de Vacunación del Programa de Ampliado de Inmunización (P.A.I) en los grupos de riesgos a fin de eliminar el Sarampión, Rubéola Congénita, Tétanos Neonatal, la, Rabia Humana y Animal por Municipios de Itapúa : Garantizar el esquema completo de vacunación, asegurando la provisión de vacunas, incrementando la motivación de los trabajadores de salud, con participación comunitaria que aumente la oferta de proveedores, para que a través de estrategias de concentración en servicios de salud en escuelas o la estrategia casa por casa, alcancen coberturas útiles acorde con un Departamento con tecnología recursos y mínimas barreras de acceso. 20

21 5.2.3: Fortalecer el programa de Atención Integrad de Enfermedades Prevalentes de la, Infancia (A.I.E.P.I), según área geográfica (urbano-rural) por grupos etarios y sexo por Municipio de Itapúa : Desarrollar un Programa de Desparacitacion a los niños de edad Pre-Escolar y escolar, con complemento vitamínico y ferroterapia, para así poder combatir la, Desnutrición y enfermedades Pluricarenciales : Mejorar la salud sexual y reproductiva de la, Población del Departamento de Itapúa a través de, Políticas, programas y proyectos integrados y sostenibles que aseguran la atención integral al individuo y a la Comunidad con enfoques de derechos, calidad, género y equidad : Mejorar la información para evitar precozmente, la practica del aborto provocado en, Mujeres de, Edad Fértil (15-45 años) por Municipios, a fin de disminuir sus complicaciones graves : Elevar la cobertura de Papanicolau (P.A.P) en mujeres de edad fértiles (15-45 años) a fin de detectar precozmente el Cáncer de Cuello Uterino para un tratamiento inmediato : Incorporar Programas de Vigilancia Epidemiológica, Control de los Riesgos y daños en la salud del Impacto Ambiental que podría producir la Hidroeléctrica de la 21

22 Entidad Binacional Yacyretá EBY, dentro del marco conceptual y legal de la descentralización en Salud, delimitando claramente la competencia de las Instituciones involucradas; además de establecer estrategias y acciones exclusivas de actividades convergentes, concurrentes o coordinadas entre ellas y la sociedad civil. 6.0 Diagnóstico-Estado de Salud en el Departamento de Itapúa: Itapúa es asiento del 7º Departamento del País, siendo Encarnación su capital, que se halla ubicada a 370 Km al Sur de la Capital de la República, Asunción con la que está unida por la Ruta I, con la Capital de Alto Paraná (Ciudad del Este) por la Ruta VI; y con la ciudad de Posadas en la República Argentina está unida por el Puente San Roque González, sobre el Río Paraná. La represa hidroeléctrica binacional de Yacyretá, si bien ubicada en el departamento de Misiones, ha determinado con la formación del embalse el anegamiento importante del territorio de varios distritos ribereños, con sus consecuencias sociales, económicas y medioambientales sobre los habitantes de las zonas afectadas. La superficie del departamento de Itapúa es de km 2. Sus límites son: al N. el Departamento de Caazapá, al S. el Río Paraná, que lo separa de la Provincia de Misiones (R. Argentina), al E. el Departamento de Alto Paraná y al O. el Departamento de Misiones. Según el censo 2002 (datos definitivos) Itapúa tiene habitantes 1, distribuidos en 30 distritos, 761 compañías y 41 comunidades indígenas (unos individuos). La población está distribuida 30,6% en el área urbana y 69,3% en el área rural. El 52% de la población total corresponde al sexo masculino y el 48% al femenino. Presenta una tasa de crecimiento anual de 5,1%. La densidad poblacional es de 27,4 hab/km2. 1 Para el año 2004, el asignó al 7 Departamento una población de habitantes, de acuerdo a las proyecciones de la Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC). Por otra parte, la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) del año 2003 realizada por la misma DGEEC estima una población de habts. 22

23 Los distritos con mayor número de población son: Encarnación (20,1%), San Pedro del Paraná (6,3%), Cambyretá (6,1%) Tomás Romero Pereira (6,0%), Edelira (4,9%) y San Rafael del Paraná (4,5%). Distribución de la Población de Itapúa por distrito y sexo (Censo 2002, DGEEC) Departamento y Distritos Total Varones Mujeres Yatytay Trinidad Tomás R. Pereira San Rafael del Paraná San Pedro del Paraná San Juan del Paraná San Cosme y Damián Pirapó Obligado Nueva Alborada Natalio Mayor Otaño Leandro Oviedo La Paz Jesús Itapúa Poty ITAPÚA Hohenau General Delgado General Artigas Fram Encarnación Edelira Coronel Bogado Carmen del Paraná Carlos A. López Capitán Miranda Capitán Meza Cambyretá

24 Bella Vista Alto Vera La distribución de la población por edad y sexo se aprecia en el siguiente: Gráfico 1 Pirámide poblacional de Itapúa Fuente: Censo 2002, DGEEC Según la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) 2003 de la Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC) en Itapúa la Población en Edad de Trabajar (PET) era para el año mencionado de personas, distribuidas en forma casi igual entre ambos sexos. La población económicamente activa representaba el 65% de dicho valor, es decir itapuenses estaban en actividad, aunque de estos el predominio 24

25 de varones era franco con respecto al de mujeres con empleo ( varones vs mujeres). El 35% restante, personas estaban desempleadas o subocupadas con predominio de las mujeres sobre los hombres ( mujeres vs varones). En cuanto a la población ocupada por sexo, según categoría de ocupación tenemos que: Grafico 2 Población ocupada por sexo, según categoría de ocupación (ocupación principal) Fuente: EPH 2003, DGEEC Las principales actividades económicas son, por orden de importancia, la agricultura, la ganadería (vacuna y porcina), el comercio y la industria. Los cultivos principales son; soja, trigo, algodón, mandioca, arroz, yerba mate, girasol, tung, sésamo y ajo. Al sector primario (agricultura, ganadería, caza y pesca) se dedica el 52,8% de la población ocupada, al secundario el 8,8% (industrias manufactureras, construcción, 25

26 minas y canteras) y al terciario el 38,4% (electricidad y agua, comercios, establecimientos financieros, servicios, transportes comunales y personales). tenemos que: Si se considera la instrucción por años de estudio de la población ocupada Grafico 3 Población ocupada por sexo, según años de estudio Fuente: EPH 2003, DGEEC Como se puede apreciar, la mayor parte de la mano de obra ocupada tiene estudios de nivel primario y secundario, siendo el sector con estudios terciarios inferior al 10%. La tasa de analfabetismo es de 10,0, mas elevada entre las mujeres con el 11, 4 que en los varones con el 8,5. En la población de 6 a 14 años de edad, la asistencia escolar es del 87,7%, en la de 15 a 18 años es del 51%. Existe un número importante de Cooperativas bien estructuradas en la Región que permiten mantener el nivel de producción y comercialización de los principales 26

27 rubros de explotación del Departamento, existiendo a la vez numerosas organizaciones de pequeños productores. La Población Económicamente Inactiva personas, se clasifica en: estudiante 51,2%, dedicada a labores del hogar 27,2%, ancianos o discapacitados 3,6%, no consigue trabajo 3,9%, demasiado joven 2,7%, enfermo 6,1%, jubilado o pensionado 1,5% y en otra situación 3,9% (incluye despido, trabajo temporal, motivo familiar, etc.). En cuanto a las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), el 54,3% de la población presenta por lo menos una NBI, encontrándose superior en 3,3 puntos al promedio nacional. Itapúa se ubica de esta manera en el estrato II del cuadro de NBI. En los ordenamientos respectivos según cada una de las cuatro necesidades básicas, Itapúa se mueve entre los estratos nacionales I y III, en lo que hace a la calidad de vivienda e infraestructura sanitaria ocupa el II estrato y en cuanto a acceso a la educación y capacidad de subsistencia ocupa el III estrato. En lo que se refiere a la pobreza, la Encuesta Integrada de Hogares (EIH) 2000/2001 reveló que en el departamento de Itapúa los pobres se concentran en el área rural, donde se observa que existen aproximadamente 81 mil pobres extremos y 39 mil pobres no extremos. En el área urbana estas cifras se resumen en 6 mil pobres extremos y 34 mil pobres no extremos. Estas personas representan al 35% de la población del Departamento. Sobre hogares, la EPH 2003 reporta que el 89,2% tiene energía eléctrica, el 39,5% recibe agua potable de ESSAP/SENASA, el 35,1% tiene pozo sin bomba, el 17,2% pozo con bomba, red privada el 3,7% y de tajamar o del río el 4,5%. El 61,2% utiliza leña para cocinar, el 35,8% gas, el 2,1% carbón y el 0,2% electricidad. Con respecto a los servicios sanitarios, el 6,6% de los hogares tiene WC conectada a la red pública, el 35,4% WC al pozo ciego, 5,7% con excusado municipal, 50,6% con letrina común y el 1,6% no tiene. Sobre la disposición de basura, el 66;6% de los hogares 27

28 recurre a la quema, el 20,2% tiene servicio de recolección público o privado, el 4,6% arroja en hoyo, el 4,8% tira en patio, el 2,7% en la chacra y 1,1% en vertedero u otro sitio. Se cuenta con la presencia de gran número de organizaciones de diferentes tipos: Clubes deportivos, Comisiones escolares, Parroquiales, de otras Iglesias, de Fomento, de Apoyo, de Caminos, de Electrificación, de Saneamiento, Promotores, Voluntarios de salud, Parteras tradicionales, etc. todos agentes potenciales del desarrollo comunitario. Mención particular merecen los Consejos Locales (Distritales) de Salud, activos en la mayor parte de los distritos, algunos organizados además en sub Consejos Locales, con notable incidencia a través de los Planes Locales de Salud en los diversos aspectos de la Salud Comunitaria, en un todo acorde con el espíritu de la Ley 1.032/96 que creó el Sistema Nacional de Salud. En Itapúa, con gran orgullo para el departamento se ha iniciado una nueva etapa en la administración descentralizada o local de los recursos financieros originados en los servicios de salud, a partir de julio del año 2004, tras un largo proceso de fortalecimiento de la capacidad de gestión de varios Consejos Locales, cuyo desenlace fue la firma de un acuerdo marco con el Consejo Regional de Salud, que a su vez ha permitido hasta la fecha que siete distritos a través de sus respectivos acuerdos administren mediante un proceso simplificado pero altamente participativo y transparente los ingresos del Hospital Regional de Encarnación, de los Hospitales Distritales de Coronel Bogado, Natalio, María Auxiliadora y San Pedro del Paraná y de los Centros de Salud de Fram y Carmen del Paraná. La administración local de los recursos ha permitido mejorar la oferta de servicios a partir de la provisión oportuna de insumos adquiridos a costos sensiblemente inferiores que por el sistema convencional centralizado, la ampliación o inclusive la habilitación de servicios como laboratorio, medicina en imágenes, odontología, etc., el mantenimiento y reparación de edificios, equipos y ambulancias, la adquisición de equipos e instrumentales y la contratación de profesionales de la salud como médicos, enfermeras y bioquímicos. 28

29 Además esta auspiciosa experiencia iniciada en Itapúa se ha expandido a otros 25 distritos y sus respectivos establecimientos en el resto del país. Cabe consignara además que Itapúa tiene proporcionalmente como Departamento el mayor número de Municipios Saludables del país: Otra experiencia en materia de Salud Comunitaria, igualmente exitosa y en proceso de ser emulada en otros departamentos del país, son las Farmacias o Dispensarios Sociales, empresas comunitarias sin fines de lucro iniciadas a mediados de la década del 90, que tienen garantizada su sostenibilidad mediante un fondo rotatorio para la adquisición de medicamentos básicos para la Atención Primaria, lo que permite facilitar a las personas de escasos recursos económicos, el acceso a dichos medicamentos a un precio hasta 60% inferior a los valores del sector privado. Estas Farmacias cuentan con un Listado Básico de Medicamentos, cuidadosamente elaborado y aprobado por el Consejo Regional de Salud, y los productos se adquieren al por mayor a través del Parque Departamental de Medicamentos, con procedimientos de gestión y control bien documentados e informatizados. Actualmente funcionan cerca de 140 Farmacias de este tipo en todos los distritos de Itapúa y han sorteado sin inconvenientes los cambios políticos ocurridos con motivos de las sucesivas elecciones departamentales y municipales, lo que indica la plena aceptación y apropiación por parte de las comunidades a las que sirven. La EPH 2003 investigó sobre el estado de salud de la población en los últimos noventa días, arrojando los siguientes resultados: Grafico 4 Población total por sexo, según estado de salud en los últimos noventa días 29

30 Fuente: EPH 2003, DGEEC 30

31 También investigó las razones de la no consulta, según el siguiente: Gráfico 5 Población total que ha estado enferma o accidentada en los últimos noventa días, según la razón de la no consulta Otras razones; 0,1% No tuvo tiempo; 0,9% Dolencia no grave; 13,2% No hay atencion cercana; 2,1% Atención mala; 0,4% Se automedicó; 63,1% Consultas caras; 20,2% Fuente: EPH 2003, DGEEC En cuanto a los indicadores sanitarios, se tiene lo siguiente: ITAPÚA. INDICADORES DE MORTALIDAD. AÑO 2003 Tasa registrada x nacidos vivos Nº Tasa Mortalidad Neonatal 87 12,1 Mortalidad Post Natal 48 6,7 Mortalidad de < 5 años ,3 Mortalidad Infantil ,8 Mortalidad Materna (x nacidos vivos) ,3 Mortalidad Fetal ,7 Mortalidad Perinatal ,4 Nacidos vivos registrados: Fuente: Certificados de Defunción Registrados.Dpto. Bioestadística.M.S.P.y B.S. 31

32 NÚMERO Y % DE DEFUNCIONES. Año 2003 Región Sanitaria Nº % ITAPUA ,6 Fuente: Certificados de Defunción Registrados.Dpto. Bioestadística.M.S.P.y B.S. DEFUNCIONES POR CAUSAS. Itapúa 2003 CAUSAS CAUSAS Fuente: Certificados de Defunción Registrados.Dpto. Bioestadística.M.S.P.y B.S. 1. Enfermedades del Sistema Circulatorio ( I00-I52;I70-I99) 11. Malformaciones Congénitas(Q00-Q99) 2. Tumores (C00-D48) 12. Enfermedades Renales (N00-N39 ) 3. Enfermedad Cerebro Vascular (I60-I69 ) 13. Meningitis, Encefalitis (G00;G03;G04) 4. Enf. del Sistema Respiratorio(J00-J99) 14. Tuberculosis (A15-A19) 5. Accidentes (V01-X59) 15. Enfer. Nutric. Avitam.y Anemias (D50-D64;E40-E46;E50-E64) 6. Enfer. Perinatales (P00-P96) 16. Embarazo, Parto y Puerperio (O00-O99; A34) 7. Diabetes Mellitus (E10-E14) 17. Enf.Metabólicas/Trans.de la Inmunidad (B20-B24; E70-E90) 8. Diarreas (A02-A09;K50-K52) 18. Hernia y Obstrucción Intestinal (k40-k46; K56) 9. Homicidios (X85-Y09) 19. Síntomas, Signos y Hallazgos anormales (R00-R99) 10. Septicemia (A40-A41) 20. Resto DEFUNCIONES DE < 1 AÑO SEGUN ASISTENCIA MÉDICA. Itapúa 2003 < 1 DIA 1-6 DIAS 7-27 DIAS 28 DIAS Y + TOTAL CA SA CA SA CA SA CA SA CA: Con Asistencia SA: Sin asistencia Fuente: Certificados de Defunción Registrados.Dpto. Bioestadística.M.S.P.y B.S. 32

33 DEFUNCIONES NEONATALES POR CAUSAS. Itapúa 2003 CAUSAS TOTAL DEFUNCIONES POSTNEONATALES POR CAUSAS. Itapúa 2003 CAUSAS TOTAL DEFUNCIONES INFANTILES POR CAUSAS. Itapúa 2003 CAUSAS TOTAL DEFUNCIONES 1 a 4 AÑOS POR CAUSAS. Itapúa 2003 CAUSAS TOTAL Fuente: Certificados de Defunción Registrados.Dpto. Bioestadística.M.S.P.y B.S. 1. Lesiones debidas al parto (P01-P03; P10-P15; P20-P28) 7. Meningitis (G00;G03) 2. Diarrea (A02-A09) 8. Enfer. Nutric.y Anemias (D50-D64;E40-E46; E50;E64) 3. Infecciones del recién nacido (P35-P39) 4. Neumonía e Influenza (J10.0; J11.0; J12-J16; J18) 5. Malformaciones congénitas (Q00-Q99) 6. Prematuridad (P05; P07) 11. Resto 9. Tétanos neonatal (A33) 10. Síntomas, Signos y Hallazgos Anormales Clínicos y de Laboratorio no clasificados en otra parte(r00-r99). 33

34 DEFUNCIONES DE MENORES DE 5 AÑOS POR CAUSAS. Itapúa Total Fuente: Certificados de Defunción Registrados.Dpto. Bioestadística.M.S.P.y B.S. 1. Lesiones debidas al parto (P01-P03; P10-P15; P20-P28) 8. Meningitis (G00;G03) 2. Diarrea (A02-A09) 9. Tétanos (A33) 3. Infecciones del recién nacido (P35-P39) 10. Sarampión (B05) 4. Neumonía e Influenza (J10.0; J11.0; J12-J16; J18) 11. Desnutrición y Anemias (D50-D64; E40-E46; E50-E64) 5. Malformaciones congénitas (Q00-Q99) 12. Signos y Síntomas mal definidos (R00-R99) 6. Prematuridad (P05; P07) 13. Resto 7. Causas Externas (V01-Y98) DEFUNCIONES MATERNAS POR CAUSAS. Itapúa Total Fuente: Certificados de Defunción Registrados.Dpto. Bioestadística.M.S.P.y B.S. 1. Aborto (O00-O07) 6. Sida ( B20-B24) 2. Toxemia (O10-O16) 7.Otras complicac. del Embarazo, Parto y Puerperio 3. Hemorragia (O20; O44-O46; O67;O72) (O21-O29; O30-O43; O47-O48; O60-O66;O68-O71; 4. Sepsis (O75.3; O85) O73-O75;O86-092;O95-O99) 5. Tétanos Obstétrico (A34) Al interior de Itapúa, se encuentran grandes brechas en la mortalidad. Así, en el distrito de Hohenau la TM en menores de 5 años es de 101 x 1000 nacidos vivos, en tanto que en los distritos de San Cosme, La Paz y Leandro Oviedo es menor a 10 x 1000 nacidos vivos. 34

35 Tasa de Mortalidad en menores de 5 años por Distritos de Itapúa Distrito TM <5 años x 1000 nv Distrito TM <5 años x 1000 nv Distrito TM <5 años x 1000 nv Hohenau 100,6 Encarnación 31,0 Yatytay 15,2 Bella Vista 65,8 San Rafael 28,2 Carmen del Paraná 14,5 Gral. Delgado 58,8 Tomás R. Pereira 27,4 San Pedro 13,4 San Juan del Prná 47,1 Fram 24,0 Alborada 12,8 Pirapó 42,6 Edelira 23,0 Cambyretá 12,2 Capitán Meza 41,2 Mayor Otaño 21,7 Gral Artigas 10,4 Coronel Bogado 39,8 Jesús 21,1 San Cosme 6,2 Obligado 33,1 Alto Vera 20,8 La Paz 0,0 C. A. López 32,3 Cap. Miranda 19,7 Leandro Oviedo 0,0 Natalio 32,1 Trinidad 18,3 Fuente: DBE-MSP y BS En el grupo infantil, el 77,3% (88 casos) mueren dentro de los primeros 228 días y de ellos el 73,6% (64 casos) mueren antes de los 7 días. Las primeras causas de muerte en menores de 1 año son: Prematuridad 20,5% Infecciones del RN 17,2% Lesiones debidas al Parto 15,2% Neumopatías 13,2% Diarreas 9,3% Malformaciones Congénitas 7,3% Las enfermedades prevalentes como causa de muerte en el menor de 5 años en el Departamento representan el 40,4%, aunque al interior se encuentran porcentajes hasta el 75% como en el Distrito de San Pedro del Paraná. 35

36 Mortalidad proporcional de las Enfermedades prevalentes de la Infancia Distrito % Mort EP <5 años Distrito % Mort EP <5 años Distrito % Mort EP <5 años RS. ITAPUA 40 Alto Vera 50 Trinidad 0 San Pedro 75 Hohenau 44 San Rafael 0 Capitán Meza 70 Cnel. Bogado 38 San Cosme 0 Cap. Miranda 67 T.R. Pereira 38 Alborada 0 Natalio 65 Edelira 38 Leandro Oviedo 0 Cambyretá 60 Encarnación 36 La Paz 0 Mayor Otaño 57 Yatytay 33 Jesús 0 C.Antonio López 56 Gral. Delgado 33 Gral. Artigas 0 Pirapó 50 Fram 33 Carmen del Paraná 0 Obligado 50 S. Juan del Paraná 25 Bella Vista 0 Fuente: DBE-MSP y BS El 90% de las consultas de menores de 5 años en los ES es motivada por las enfermedades prevalentes: Infección Respiratoria Aguda 60% Enfermedades Diarreicas Agudas 15% Desnutrición y/o Anemias 10% Parasitosis intesinal 5% En cuanto a las enfermedades inmuno prevenibles, aún no se ha logrado alcanzar en forma general para todo el departamento las metas de cobertura que el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) tiene establecidas para cada componente del programa. Este déficit es histórico y de ninguna manera reciente. 36

37 En el cuadro siguiente se observan los resultados del PAI del año 2004 Distritos B.C.G. < 1 AÑO ITAPUA-Programa Ampliado de Inmunizaciones Cobertura del Programa Regular-Totales-Año 2004 OPV 1 OPV 2 OPV 3 Penta 1 Penta 2 Penta 3 ASAR 1 AÑO Encarnación 75,7 72,9 66,6 64,1 69,6 66,6 64,4 75,8 Alto Vera 74,1 77,3 59,6 55,8 77,3 59,6 55,8 68,4 Bella Vista 89,1 75,3 63,1 69,1 75,0 63,1 68,4 66,1 Cambyreta 68,8 75,5 80,4 92,5 75,5 80,4 92,3 76,3 Cptan. Meza 51,2 63,4 66,5 62,7 63,4 66,5 62,7 60,4 Cptan. Miranda 100,9 78,1 73,2 92,9 78,1 73,2 92,4 89,5 C.A.Lopez 65,2 60,1 55,6 51,3 59,7 56,1 50,8 56,0 Carmen del P. 70,9 67,7 68,8 81,0 68,3 68,3 79,9 72,4 Cnel Bogado 68,7 68,5 63,6 64,0 67,9 63,6 63,6 74,1 Edelira Km ,7 109,9 99,1 106,6 108,3 97,1 105,0 112,4 Fram 110,2 100,6 104,8 98,8 100,0 105,4 98,8 106,8 G. Artigas 87,4 71,4 74,3 94,9 71,4 74,3 94,9 92,2 G. Delgado 53,7 65,0 54,2 62,7 68,4 53,7 61,6 72,4 Hoenau 116,3 86,7 82,7 76,9 81,6 74,1 77,9 65,3 Itapua Poty 89,7 83,8 82,8 84,8 85,2 84,6 85,0 90,6 Jesus 84,9 101,2 107,2 102,4 101,2 108,4 102,4 124,2 La Paz 74,7 64,8 74,7 68,1 60,4 75,8 67,0 94,3 J. L. Oviedo 51,3 74,3 82,2 82,2 65,8 73,0 72,4 87,9 M. Otaño 78,0 81,7 77,8 85,5 81,7 77,4 85,1 73,7 Natalio Km 10 59,4 69,1 68,6 72,0 69,1 69,9 70,9 72,5 N. Alborada 70,0 64,6 65,9 85,2 65,9 67,3 86,5 74,5 Obligado 99,4 91,6 83,8 112,3 91,9 87,7 112,7 85,2 Pirapo 56,3 45,6 46,8 47,6 46,4 46,8 47,6 57,1 San Cosme 70,4 57,9 53,2 52,8 58,8 53,6 52,8 74,6 S. J. Del Pna 92,6 75,6 76,7 93,8 75,6 76,7 93,8 103,5 San Pedro Pna 91,6 92,4 91,4 97,0 92,4 91,5 96,8 98,6 San Rafael P. 72,5 60,2 64,7 64,2 59,7 64,6 63,8 79,0 T.R. Pereira 84,7 82,1 68,9 65,7 82,2 68,9 65,7 70,4 Trinidad 97,0 115,0 101,5 81,2 116,5 101,5 81,2 93,1 Yatytay 80,4 65,4 65,4 76,4 65,2 65,4 76,6 77,2 Total Región 79,8 76,5 72,8 75,7 75,7 72,7 75,4 79,5 Fuente: Departamento de Estadística- 37

38 La cobertura promedio del Departamento no supera en ningún caso el 80% En cuanto a las características de la oferta de servicios correspondientes al principal prestador, el, se tiene que la VII Región Sanitaria cuenta nominalmente con 83 Establecimientos de Salud del 1er al 3er Nivel de Atención: 1 Hospital Regional, 4 Hospitales Distritales, 9 Centros de Salud y 69 Puestos de Salud. Estos ES disponen de los siguientes recursos humanos: Numero de Establecimientos de Salud y RRHH por tipo en Itapúa ES N ES N RR.HH. Médicos Enfermeras Aux. Enfer Otros Región Sanitaria Hospital Regional HD y Centros de Salud 4/ Puestos de Salud Total Fuente: DBE-MSP y BS En la Encuesta de Establecimientos realizada por CIRD/USAID en el año 2004, 75 establecimientos se encontraban activos al momento de efectuarse el estudio, estando 9 Puestos de Salud sin funcionar, debido a la carencia de recursos humanos calificados. En relación a los médicos se tiene 112 profesionales, para una población de Hbts., lo que hace una relación de 2,46 Médicos x Hbts., y la relación habitantes por médico es de: Hbts x Médico. En relación a Odontólogo que totalizan 15 para todo el Departamento, tenemos una relación de: 3,3 Odontólogos x hbts., y la relación Habitantes por Odontólogos tenemos: hbts x Odontólogo. Existen 9 Bioquímicos, es decir 1,9 bioquímicos x hbts, y la relación inversa es de hbts x Bioquímico. Las Licenciadas en Enfermería son 42, lo que hace 9,2 x hbts y la relación inversa es de hbts x Licenciada. 38

39 Las Auxiliares de Enfermería se halla distribuidas de esta forma: Relación Aux. de Enfermería por Habitantes es: 5,13 Aux., de Enfermería por Hbts, y la relación Habitantes por Aux. de Enfermería es de: hbts x Aux.. de Enfermería.- En todos los casos es marcado el déficit de recursos humanos con respecto a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS). 39

40 Distribución de Médicos y enfermeras por Departamento Boquerón - 2 médicos y 2 enfermeras Alto Paraguay - 4 médicos y 1 enfermera N Concepción - 2 médicos y 0,34 enfermeras Amambay - 4 médicos y 1 enfermera San Pedro - 1 médico y 1 enfremera Canindeyú - 2 médicos y 0,7 enfermera Pdte. Hayes - 3 médicos y 0,9 enfernmeras Caaguazú - 1 médico y 1 enfermera Cordillera - 2 médicos y 1 enfermera Alto Paraná - 2 médicos y 0,9 enfermera Asunción - 20 médicos y 7 enfermeras Central - 4 médicos y 3 enfermeras Paraguarí - 3 médicos y 1 enfermera Misiones - 3 médicos y 2 enfermeras Caazapá - 1 médico y 1 enfermera Itapúa - 2 médicos y 1 enfermera Ñeembucú - 3 médicos y 1 enfermera Guairá - 3 médicos y 2 enfermeras Fuente: Estudio realizado del Circulo Paraguayo de Médicos 29

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