CAPITULO I EL PROBLEMA. El Sistema Tributario venezolano se puede conceptualizar como la
|
|
- Pablo Figueroa Robles
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 5 CAPITULO I EL PROBLEMA 1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA El Sistema Tributario venezolano se puede conceptualizar como la organización legal, administrativa y técnica, que el Estado crea con el fin de consolidar un sistema de finanzas públicas, fundamentado básicamente en el impuesto derivado de la actividad productiva y ser menos dependiente del esquema rentista petrolero; ejerciendo así, de un modo eficaz, el poder tributario que le corresponde. Este ha evolucionado progresivamente, para lograr la unificación de los diferentes tributos que lo conforman, así como las características necesarias para satisfacer la vida colectiva, necesidades públicas y contribuir con la economía del país. La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999) en su artículo 156, ordinal 12 se contempla que es de competencia del Poder Nacional la creación, organización, recaudación, administración y control de los Impuestos Sobre la Renta. Este tributo es considerado un impuesto directo, orientado a medir la capacidad económica del sujeto pasivo del tributo, posee rasgo personal 3
2 4 porque se toma en cuenta las rentas de la persona y también sus cargas familiares. Además de gravar los ingresos de las empresas u otras entidades legales. Normalmente dicho impuesto se calcula como un porcentaje variable de los ingresos de la persona física o jurídica sujeta a dicha obligación, aunque ha sido considerado en el país como una imposición difícil de controlar. Es importante mencionar desde el punto de vista histórico, que desde el año 1942, cuando se promulga en Venezuela la primera Ley de Impuesto Sobre la Renta, esta ha sufrido diversos cambios, ha pasado de gravar los enriquecimientos cuya causa tuviera lugar en el territorio nacional a un sistema global, permitiendo gravar los ingresos obtenidos tanto dentro como fuera del país, basándose estrictamente en el principio de territorialidad de la renta. Además, se ha convertido en un significativo instrumento de desarrollo económico, pasando a ser una importante fuente de ingresos, dado a que aporta grandes recursos para la evolución del país. En la actualidad, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (2007) en su articulo 4 establece la determinación por separado de la renta o enriquecimiento nacional o territorial y mundial o extraterritorial, además en su articulo 27 establece una serie de requisitos o condiciones para la deducibilidad de los gastos, a los efectos de ser admitidos como tales en la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, tomando en cuenta que la misma norma en su articulo 27 establece, que los gastos causados en el exterior solo serán
3 5 deducibles para el contribuyente a efectos de la determinación de la renta de fuente extranjera. Este novedoso régimen de imposición se denomina renta mundial, donde las personas jurídicas domiciliadas en el país, pagaran impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, independientemente de su fuente. Lo cual no representa el abandono al criterio de la territorialidad, sino una extensión de éste, para gravar de igual manera las rentas extraterritoriales en los casos concretos establecidos en la Ley. La implantación de este sistema asegura menos distorsión en las decisiones de ubicación del capital, ya que se toma la totalidad de la renta obtenida en el país como la de fuente extraterritorial, invirtiendo dentro y fuera del país, ya que la base imponible del tributo resulta del cálculo del enriquecimiento neto de forma separada. Por una parte se determinan los ingresos brutos, los costos y deducciones vinculadas con el territorio nacional, de igual manera por otra parte, se determinan los ingresos brutos, los costos y deducciones de origen extraterritorial según lo establece la Ley, se suman ambos enriquecimientos netos, tomando en cuenta que podrán descontar del impuesto que paguen aquí, el pagado en el exterior evitando así la doble tributación. Es importante acotar, que las deducciones anteriormente mencionadas no son más que desembolsos o consumos realizados, en dinero efectivo o en otra clase de valor, necesarios para la administración u organización de una empresa.
4 6 En tal sentido, para que un gasto sea admitido como tal o para ser deducible en materia de Impuesto Sobre la Renta, debe estar causado, ser normal y necesario, con la finalidad de producir un enriquecimiento, dentro del territorio nacional. Igualmente, tanto desde el punto de vista contable como fiscal, para que un gasto se considere causado debe haber sido efectivamente pagado o abonado en cuenta; solo así y de la correcta comprobación de los mismos dependerá su admisibilidad. En el caso de los gastos efectuados en el exterior, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (2007) en su articulo 27 señala, que éstos solo se admitirán cuando sean normales y necesarios para la operación del contribuyente que tribute por sus rentas mundiales. Es decir, que a los enriquecimientos de fuentes extranjeras se les aplican las mismas normas que se dan para el cálculo del enriquecimiento neto de fuente territorial. Para ello se debe conocer la causalidad del gasto, su normalidad, necesidad, el hecho de que sean considerados o no, como elemento de costo para la determinación de la renta, su territorialidad y finalidad, para el contribuyente que tribute por sus rentas mundiales o que obtengan enriquecimientos territoriales y extraterritoriales, a demás de considerar la relación existente entre ingresos, costos y gastos de similar naturaleza desarrollados en Venezuela. El reconocimiento del impuesto pagado en el exterior es un acto de justicia que además refleja la real capacidad económica de los ciudadanos y corporaciones.
5 7 Sin embargo, en los demás casos de gastos extraterritoriales, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (2007) en el numeral 7 del articulo 27 y el Reglamento (2003) en su articulo 66 plantean, que en el caso de los gastos de representación, como traslados, fletes de equipaje, pasajes de empleados, directores, gerentes y administradores, serán deducibles, siempre que estos cumplan con los requisitos de normalidad y necesidad para producir la renta. Además de lo antes expuesto, todos los gastos que impliquen el traslado de nuevos empleados (como comida, hospedaje, fletes de equipaje, entre otros), incluidos los gastos de su cónyuge e hijos menores, desde el último puerto de embarque hasta Venezuela y los de regreso, con la excepción de que estos sean transferidos de una empresa matriz o filial; serán deducibles para efectos del Impuesto Sobre la Renta. Ahora bien, es claro que todo lo que concierne a los tributos, debe provenir del Estado a través de una Ley, pero nada ganaría el Estado con crear un tributo y no diseñar una serie de defensas para hacer cumplir sus disposiciones. En este sentido cabe señalar que, cuando un contribuyente incumple con sus obligaciones tributarias esta cometiendo un ilícito tributario, que conlleva lógicamente a una sanción. Estos ilícitos pueden ser por hacer algo que específicamente esta prohibido o por el contrario, por dejar de hacer algo que la ley ordene. Al respecto, el Código Orgánico Tributario (2001) establece en su artículo
6 8 80, cuatro tipos de ilícitos, como lo son: a) ilícitos formales; b) ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas; c) ilícitos materiales; d) ilícitos sancionados con penas restrictivas de libertad. Ahora bien, del comportamiento ilícito de un contribuyente, surge la sanción como respuesta del Estado por el incumplimiento de una obligación cometida en una norma jurídica. En el cuerpo de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007) no aparecen especificados ilícitos o sanciones en materia de este impuesto, ya que los ilícitos serán fácilmente determinables siguiendo lo establecido en la norma, es decir, si se hizo o no lo que la Ley indica en cada aspecto del impuesto. La Administración Tributaria determinará la sanción que corresponda tomando en cuenta si existen circunstancias atenuantes o agravantes; igualmente determinar la sanción en función si es un ilícito formal, material, entre otros. Se hace necesario determinar los mecanismos, procedimientos y herramientas con los cuales van a contar la Administración Tributaria para verificar las rentas mundiales de los contribuyentes, los cuales deben estar dotados de los conocimientos necesarios para no caer en los mencionados ilícitos tributarios. En Venezuela al igual que en otros países, nace la necesidad de evitar eventuales abusos por parte de las empresas transnacionales que pudieran tener un incentivo de deducir cantidades en exceso a los gastos efectivamente incurridos o a tratar de imputar gastos por partida doble, es
7 9 decir, prevenir que una sucursal pueda producir dos veces un mismo gasto. En algunas ocasiones, se observa que el origen de lo mencionado anteriormente, es la falta de información o claridad, de los parámetros establecidos en el artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (2007), con respecto a la deducción de los gastos efectuados en el exterior, haciéndose necesario analizar cómo afecta a los contribuyentes la interpretación de dichos parámetros, ya que existen diferentes criterios en relación a la normalidad de un gasto, se debe tomar en cuenta la relación de normalidad y necesidad del gasto, así con la actividad realizada por la empresa declarante, además de la importancia del gasto en relación al monto de los ingresos brutos y así evitar la evasión del impuesto. Ya que como consecuencia de esta falta de mecanismos o capacitación, lamentablemente, la implantación del sistema de rentas mundiales, pudiera correr graves peligros de fracaso por la falta de una adecuada estructura administrativa y tecnológica, de una adecuada capacitación de los fiscales por parte de la Administración y de una falta de definición de los procedimientos u operativos de fiscalización para la verificación de las rentas mundiales declaradas por los contribuyentes, convirtiéndose en un alarmante problema desde el punto de vista tributario. Esta situación indica la necesidad de preparar un trabajo, con la amplitud o profundidad requerida, que analice todas las disposiciones previstas en la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007) y su Reglamento (2003), para conocer el manejo que se les da a los gastos efectuados en el exterior para
8 10 que sean deducibles o no en materia de Impuesto Sobre la Renta. En tal sentido, se propone en la presente investigación identificar cada una de las disposiciones y limitaciones contempladas en la norma anteriormente mencionada respecto a la causalidad del gasto, su normalidad, necesidad, el hecho de que sean considerados o no como elementos del costo para la determinación de la renta, su territorialidad, al igual que su finalidad para el contribuyente que tribute por sus rentas mundiales. Lo cual se pretende lograr mediante el estudio de doctrinas tributarias, tomando como elementos de estudio lo referente a los elementos contenidos en el artículo 2 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007) relativos a la renta mundial, las condiciones para la deducibilidad de los gastos, los gastos deducibles y no deducibles en materia de Impuesto Sobre la Renta, además de la determinación del enriquecimiento neto global según la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007). 2. FORMULACION DEL PROBLEMA En base a la situación anteriormente descrita en el planteamiento del problema, la formulación se presenta en forma explicita en sus dimensiones exactas respecto al propósito del trabajo de investigación; se expone con exactitud cual es la problemática a cuya solución se abocará el desarrollo del presente estudio y para lo cual se hace necesario la formulación del problema en los términos siguientes:
9 11 Como se manejan los gastos efectuados en el exterior para la deducibilidad en materia de Impuesto Sobre la Renta? 3. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 3.1. Objetivo General: Analizar los gastos efectuados en el exterior para la deducibilidad en materia de Impuesto Sobre la Renta Objetivos Específicos: - Especificar los elementos contenidos en el artículo 2 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007) relativos a la renta mundial. - Identificar las condiciones establecidas en la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007) para la deducibilidad de los gastos. - Describir los gastos deducibles y no deducibles en materia de Impuesto Sobre la Renta. - Distinguir los gastos efectuados en el exterior que pueden ser deducibles o no en materia de Impuesto Sobre la Renta - Ejemplificar la determinación del enriquecimiento neto global según la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007).
10 12 4. JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION La presente investigación se justifica por la necesidad de aportar elementos de juicio, así como conocimientos válidos para consolidar las teorías analizadas sobre el manejo de los gastos efectuados en el exterior, deducibles en materia de Impuesto Sobre la Renta, lo cual la convierte en una importante referencia bibliográfica para las futuras investigaciones científicas. Por otra parte, esta investigación aporta enfoques teóricos destacados respecto al Impuesto Sobre la Renta, la renta mundial, las condiciones y gastos establecidos en la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007) y su Reglamento (2003) para ser deducibles en la determinación del enriquecimiento del contribuyente, haciendo énfasis en los gastos efectuados en el exterior deducibles en materia de Impuesto Sobre la Renta. En lo que concerniente a los aportes prácticos, debe indicarse que sus resultados podrán ser empleados como fuente de consulta y orientación a contribuyentes, profesionales en el área, además de funcionarios de la Administración Tributaria sirviendo de guía por su amplio contenido. El material resultante constituye un valioso instrumento de consulta para los interesados en el área. En el aspecto del aporte metodológico, se utilizaron técnicas metodológicas internacionalmente aceptadas, por lo cual sirve de apoyo o antecedente a nuevas investigaciones en el área del conocimiento abordado.
11 13 5. DELIMITACION DE LA INVESTIGACION La presente investigación tiene como línea matriz de Gerencia Tributaria, línea potencial de gestión tributaria, refiriéndose básicamente a los gastos efectuados en el exterior para la deducibilidad en materia de Impuesto Sobre la Renta. El trabajo se sustenta en la normativa tributaria, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), el Código Orgánico Tributario (2001), la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2007), Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (2003), y autores como Candal (2004), Paredes (2002), Ruiz (2004), Calvo (2003), Rodríguez (2004), Homes (2003), Luque (2003), Sanmiguel (2006), entre otros. El presente estudio se llevó a cabo en la ciudad de Maracaibo, en el período comprendido de septiembre de 2010 hasta julio de 2012; pudiendo aplacarse sus resultados en todo el territorio venezolano.
Los VEN-NIF y el. en Venezuela. Norelly Pinto Vargas
Los VEN-NIF y el Impuesto sobre la Renta en Venezuela ENTES EMISORES DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD EN VENEZUELA ENTIDADES REGULADAS ENTIDADES NO REGULADAS Art. 39 LMV 05/11/2010 Art. 49 LCAFAAAYS 16/11/2010
FISCALIZACIÓN PUNTUAL DE I.S.L.R. (PARTIDAS QUE GENERAN AJUSTES POR PÉRDIDAS CAMBIARIAS)
(PARTIDAS QUE GENERAN AJUSTES POR PÉRDIDAS L I C. E D G A R R O M E R O C A R A C A S, 1 4 D E M A R Z O D E 2 0 1 3 Objetivo Indicar las actividades que se deben realizar para la fiscalización puntual
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA VICERRECTORADO ACADÉMICO ARAGUA VENEZUELA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA VICERRECTORADO ACADÉMICO ARAGUA VENEZUELA FACULTAD: ESCUELAS: ASIGNATURA: SUCESORAL CODIGO: CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y SOCIALES. ADMINISTRACION
ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA. Centro de Estudios Fiscales
ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA 2015 CODIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario Gaceta Oficial Extraordinario N 6.152 del 18/11/2014 Aspectos fundamentales
PROGRAMA INSTRUCCIONAL LEGISLACIÓN TRIBUTARIA VENEZOLANA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PROGRAMA INSTRUCCIONAL LEGISLACIÓN TRIBUTARIA VENEZOLANA DENSIDAD HORARIA CÓDIGO ASIGNADO
DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN TRIBUTARIA FACULTAD (ES) CARRERA (S) Ciencias Económicas y Sociales Administración CÓDIGO HORAS TEÓRICAS HORAS PRÁCTICAS UNIDADES DE CRÉDITO SEMESTRE PRE-REQUISITO 167432
DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN TRIBUTARIA FACULTAD (ES) CARRERA (S) Ciencias Económicas y Sociales Contaduría Pública CÓDIGO HORAS TEÓRICAS HORAS PRÁCTICAS UNIDADES DE CRÉDITO SEMESTRE PRE-REQUISITO 157432
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO DECANATO DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES FUNDAMENTOS LEGALES DE LA TRIBUTACION
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO DECANATO DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES FUNDAMENTOS LEGALES DE LA TRIBUTACION Programa: Administración y Contaduría Departamento: Derecho Área Curricular:
Impuesto sobre la renta
Impuesto sobre la renta El sistema tributario venezolano ha ido evolucionando y madurando paulatinamente, para así lograr la integración entre las características de los tributos que lo conforman y las
Dirección General de Tributación
Programa Formación de estudiantes de contabilidad de Colegios Técnicos Justificación Este curso está diseñado para estudiantes de los Colegios Técnicos, en vista de la necesidad de que los futuros contadores
MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO
MECANISMO PREVIO PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO TRIBUTARIO La Tributaria, a través de la Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente de la Intendencia de Asuntos Jurídicos, brinda a través del
DERECHO TRIBUTARIO. Unidad I. Dra. Claudia Alvarado
DERECHO TRIBUTARIO Unidad I Dra. Claudia Alvarado En el Derecho se pueden definir los Principios como las directrices que informan algunas normas e inspiran directa o indirectamente una serie de soluciones
En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:
INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de
DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA DEL EJERCICIO 2009
DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA DEL EJERCICIO 2009 1. Cuál es la condición legal para poder enviar al gasto las gratificaciones extraordinarias y vacaciones de los
Unidad Curricular: Legislación Tributaria. Carrera: Contaduría. Semestre: Cuarto Código: LET-433. Horas Semanales: 3
INSTITUTO UNIVERSITARIO JESÚS OBRERO PROGRAMA DE ESTUDIO Unidad Curricular: Legislación Tributaria Carrera: Contaduría Semestre: Cuarto Código: LET-433 Horas Semanales: 3 Horas Teóricas: 3 Horas Prácticas:
PROGRAMA SISTEMA IMPOSITIVO VENEZOLANO VII SEMESTRE
Página 1 de 8 PROGRAMA SISTEMA IMPOSITIVO VENEZOLANO VII SEMESTRE CIUDAD OJEDA, MARZO 2010 Página 2 de 8 Asignatura SISTEMA IMPOSITIVO VENEZOLANO CÓDIGO GM-72 Prelaciones Tipo de Materia X Obligatoria
UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS UAPA CARRERA LICENCIATURA EN CONTABILIDAD EMPRESARIAL PROGRAMA DE LA ASIGNATURA
UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS UAPA CARRERA LICENCIATURA EN CONTABILIDAD EMPRESARIAL PROGRAMA DE LA ASIGNATURA TRIBUTACIÓN E IMPUESTOS SOBRE LA RENTA CLAVE: CON 421 ; PRE REQ.: CON 221 ; No. CRED.: 4
Finanzas Públicas IMPOSICIÓN A LA RENTA. FACES ULA Prof. Christi Rangel Guerrero
Finanzas Públicas IMPOSICIÓN A LA RENTA FACES ULA Prof. Christi Rangel Guerrero El ISLR de las personas naturales constituye la principal fuente de recursos de las economías desarrolladas. Tiene gran impacto
estados financieros reexpresados por inflación (BA VEN NIF 2)
La vigente Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISLR) en su artículo 79 establece la obligación de presentar declaración anual de sus enriquecimientos o pérdidas, cualquiera sea el monto de los mismos a las
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE REGULA EL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF) (GACETA OFICIAL Nº DEL 25 DE JULIO DE 2013)
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE REGULA EL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF) (GACETA OFICIAL Nº 40.214 DEL 25 DE JULIO DE 2013) REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE
PROGRAMA DE LA CÁTEDRA DE DERECHO FINANCIERO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PROGRAMA DE LA CÁTEDRA DE DERECHO FINANCIERO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El programa que se anexa tiene su fundamento en el que ha estado vigente desde 1991, que hemos actualizado tomando en consideración el
THE POWER OF BEING UNDERSTOOD AUDIT TAX CONSULTING
THE POWER OF BEING UNDERSTOOD AUDIT TAX CONSULTING IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS (IGTF) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Estará dirigido a las PJ y Entidades a los fines de aportar más progresividad
Procedimiento para elaborar Declaración de ISLR
Ramirez y Asociados Colegio de Contadores Públicos Del Estado Bolívar Instituto de Desarrollo Profesional Luis Lizardi Mc Callums Procedimiento para elaborar Declaración de ISLR Ponente: Presidente CCPEB
CAPITULO II MARCO TEORICO. Con la intención de sustentar teóricamente esta investigación se realizó
14 CAPITULO II MARCO TEORICO 1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION Con la intención de sustentar teóricamente esta investigación se realizó una revisión acerca de los diferentes trabajos relacionados con
DIAN Oficio
DIAN Oficio 005981 17-03-2017 Tema Procedimiento Tributario Descriptores Sanciones Fuentes Formales Estatuto tributario Decreto 624 de 1989 art. 640; Ley 1819 de 2016 art. 282. Extracto De conformidad
Tema. VI Jornadas Tributarias. El caso de los servicios personales. Método para evitar la doble imposición n entre Uruguay y Argentina.
VI Jornadas Tributarias Montevideo 30 y 31 de octubre de 2013 Tema Método para evitar la doble imposición n entre Uruguay y Argentina. El caso de los servicios personales Cres. Juan Andrés Acosta y Víctor
Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB ) NIIF para las PYMES
2009 Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB ) NIIF para las PYMES Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES) Sección 29 Impuesto a
1. EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA La Ley del Impuesto sobre la Renta grava los enriquecimientos obtenidos por las personas jurídicas. La contabilidad tien
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DIFERIDO Lic. Oscar Kierszenbaum taxonline@cantv.net oscark146@hotmail.com Agosto 2008 www.cedim.com.ve 1. EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA La Ley del Impuesto sobre la Renta grava los
DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN FISCAL
DISEÑO CURRICULAR LEGISLACIÓN FISCAL FACULTAD (ES) CARRERA (S) Ciencias Económicas y Sociales Administración y Contaduría Pública CÓDIGO HORAS TEÓRICAS HORAS PRÁCTICAS UNIDAS CRÉDITO SEMEST RE PRE-REQUISITO
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 074-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se plantea el caso de una empresa domiciliada en el Perú que tiene dos sucursales en dos países con los cuales no se ha suscrito un Convenio para evitar la doble
A) Medidas de carácter temporal aplicables a los ejercicios iniciados en 2012 y 2013.
LAS MEDIDAS FISCALES CONTRA EL DEFICIT. Real Decreto-Ley 12/2012 de 30 marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público (en adelante
MODIFICACION DE LA UNIDAD TRIBUTARIA
Serlet S.C. Servicios Legales & Tributarios S.C. Boolleettíínn Nºº 77 15 de Enero de 2007 MODIFICACION DE LA UNIDAD TRIBUTARIA En la Gaceta Oficial No. 38.603 del 12 de Enero de 2007, fue publicada la
Impuesto a la Renta PARTE I PRESENTACIÓN Cómo se Determina el Impuesto a La Renta?
Índice General Cierre Contable y Tributario - NIC 12 Impuesto a la Renta PARTE I Cierre Tributario PRESENTACIÓN... 5 Capítulo I Cómo se Determina el Impuesto a La Renta? 1. CUESTIONES PREVIAS... 11 2.
Implicancias tributarias en el exterior de los nuevos gravámenes mineros.
PERSPECTIVAS DE LA TRIBUTACION EN EL 2012 24 de enero de 2012 Implicancias tributarias en el exterior de los nuevos gravámenes mineros. Análisis comparativo Marcial García Schreck Nuevo Regímen Tributario
Aspectos Legales y Fiscales de las Operaciones a los Efectos de la Adquisición n de Divisas. Manuel Iturbe A.
Aspectos Legales y Fiscales de las Operaciones de Permuta de Títulos, T a los Efectos de la Adquisición n de Divisas Manuel Iturbe A. Caracas Maracaibo Valencia Puerto La Cruz Maturín I.- Legalidad mercado
INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:
INFORME N. 134-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: Respecto al recargo al consumo que se aplica en los establecimientos de hospedaje o expendio de comidas o bebidas, en base a lo dispuesto por la quinta disposición
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Derechos de los Contribuyentes y Otros Obligados Tributarios en el Proceso Administrativo
MODIFICACION DE LA UNIDAD TRIBUTARIA
Serlet S.C. Servicios Legales & Tributarios S.C. AAññoo 11 - BBool leettí ínn N 11 MODIFICACION DE LA UNIDAD TRIBUTARIA En la Gaceta Oficial No. 38.350 del 04 de Enero de 2006, fue publicada la Providencia
MODIFICACION DE LA UNIDAD TRIBUTARIA
Serlet S.C. Servicios Legales & Tributarios S.C. AAññoo 33 11 - - BBool leettí ínn N 2211 217 de febrero enero de2006 2008 MODIFICACION DE LA UNIDAD TRIBUTARIA En la Gaceta Oficial No. 38.855 del 22 de
S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Febrero 2010) No. 55
S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Febrero 2010) No. 55 El requisito del éxito es la prontitud en las decisiones. Bacon, Francis Barón de Verulam TRATAMIENTO TRIBUTARIO CUANDO SE HACEN DONATIVOS DE BIENES
Aspectos básicos de impuestos en una auditoría de estados financieros
Aspectos básicos de impuestos en una auditoría de estados financieros 9 mayo 2013 Zulay Pérez Sánchez Aspectos básicos de impuestos en una auditoría de estados financieros 9 mayo 2013 / Zulay Pérez Sánchez
Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas
Régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002 Página1 Régimen
Límites en las deducciones por pagos al exterior con y sin CDI s. Juan Manuel Idrovo 13 Junio 2013
Límites en las deducciones por pagos al exterior con y sin CDI s Juan Manuel Idrovo 13 Junio 2013 Generalidades Artículo 121. Deducción de gastos en el exterior Tengan relación de causalidad con rentas
Consulta Vinculante V , de 15 de febrero de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas
Consulta Vinculante V0603-16, de 15 de febrero de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas LA LEY 631/2016 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Gastos deducibles. La
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUE- NOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
PROYECTO DE LEY EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUE- NOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- El régimen establecido en el artículo 13 de la ley 13.850 para el impuesto a los
Boletín Especial: Precios de Transferencia
VISOR GERENCIAL No. 2015-03 Boletín Especial: Precios de Transferencia Aspectos Varios Aspectos relevantes detectados en procesos de fiscalizaciones en materia de Precios de Transferencia La Administración
Impuesto a las Rentas del Trabajo Personal
Impuesto a las Rentas del Trabajo Personal Constitución y Tributación Artículo 74. Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo
PROVIDENCIA QUE DISPONE LA CREACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF)
PROVIDENCIA N 0073 Caracas, 06 Febrero 2006 Años 195 y 146 El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en ejercicio de las facultades previstas
Gaceta Oficial No de fecha 8 de noviembre de 2016
Providencia N SNAT/2016/0098, mediante la cual se establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para aquellas obligaciones que deben cumplirse para el año 2017. REPÚBLICA
Boletín Especial: Precios de Transferencia
VISOR GERENCIAL No. 2015-03 Boletín Especial: Precios de Transferencia Aspectos Varios ASPECTOS RELEVANTES DETECTADOS EN PROCESOS DE FISCALIZACIONES EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA La Administración
DIPLOMADO EN GESTIÓN TRIBUTARIA (DGT)
DIPLOMADO EN GESTIÓN TRIBUTARIA (DGT) INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN Dentro de las políticas de la Universidad Simón Bolívar está promover políticas universitarias que se dicten para vincular a la universidad
Boletín Informativo. Delta Consult Ltda. Tributario ESTUDIO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS.
ESTUDIO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN OPERACIONES ENTRE PARTES VINCULADAS Generalidades sobre precios de transferencia El estudio de los precios de transferencia tiene que ver con la valoración de carácter
NOVEDADES TRIBUTARIAS
NOVEDADES TRIBUTARIAS Presentamos, a continuación, algunos puntos en materia tributaria que consideramos de su interés: Compensación por diferencia entre la renta presuntiva y la renta líquida: la Sección
DISEÑO MICROCURRICULAR DE PROGRAMAS DE EDUCACIÓN CONTINUADA PROGRAMA DE FORMACION CONTINUADA DIPLOMADO DE PROFUNDIZACIÓN EN GESTIÓN TRIBUTARIA
Página 1 de 8 PROGRAMA DE FORMACION DIPLOMADO DE PROFUNDIZACIÓN OFICINA DE EXTSIÓN ACADEMICA DE LA INSTITUCION UNIVERSITARIA DE VIGADO 02-2.017 DISEÑO MICROCURRICULAR DE Página 2 de 8 Los ítems señalados
CAUSALIDAD: GASTOS DE VIAJE. Deducible. Siempre que exista: (Inciso r) art.37 de la LIR
Gastos de viaje Autor: CPC Ana Pacherres R. La Ley del Impuesto a la Renta establece pautas y límites a considerar para la calificación de los gastos incurridos con motivo de viajes, ya sea al interior
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA VICERRECTORADO ACADEMICO SUBPROGRAMA DE DISEÑO ACADÉMICO ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA PLAN DE CURSO
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA VICERRECTORADO ACADEMICO SUBPROGRAMA DE DISEÑO ACADÉMICO ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA PLAN DE CURSO I. Identificación Nombre: Sistemas Tributarios Código 638 U.C: 04
n ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO:
n. 020-2015 ORDENANZA PARA EL COBRO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL CANTÓN LOJA EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del artículo 264 de la Constitución de la República
Centro de Estudios Fiscales IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS
IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 6.210 de fecha 30/12/2015 Decreto N 2.169, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza
MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR DE COMERCIO REGIMEN IMPOSITIVO. Programa. Profesor Titular: Cdor/Lic Adm Caballero Silvio
MARTILLERO PÚBLICO Y CORREDOR DE COMERCIO Programa REGIMEN IMPOSITIVO Profesor Titular: Cdor/Lic Adm Caballero Silvio 2016 Carrera: Martillero Publico y Corredor de Comercio Materia: Régimen Impositivo
CONTABILIDAD - ADMINISTRADORES - INTERNO - PERSONAL OPERATIVO - TRABAJADORES - ACREEDORES - ESTADO
En la figura que sigue, se puede observar esta clasificación de usuarios, efectivos y potenciales, bajo la doble identificación señalada: internos y externos. Además se agregan denominaciones específicas
DERECHO TRIBUTARIO. Diplomatura en. Introducción. Escuela de Posgrado en Derecho
Escuela de Posgrado en Derecho Diplomatura en DERECHO TRIBUTARIO Introducción Una necesidad relevante es que los graduados universitarios conozcan la problemática económica; los modos de financiamiento
DIPLOMADO EN LEGISLACIÓN N TRIBUTARIA
DIPLOMADO EN LEGISLACIÓN N TRIBUTARIA DIPLOMADO EN LEGISLACIÓN TRIBUTARÍA DIRIGIDO A Economistas, abogados, contadores, administradores comerciales, contralores, auditores y todas aquellas personas con
Fabricación de aparatos e instrumental médicos, de óptica, fotografía y relojes
Fabricación de aparatos e instrumental médicos, de óptica, fotografía y relojes Incluye: Fabricación de aparatos e instrumentos médicos y de aparatos para medir, verificar, ensayar, navegar y otros fines,
República Bolivariana de Venezuela. Ministerio del P.P para la Educ. Universitaria. Universidad Nacional Experimental de Guayana
República Bolivariana de Venezuela Ministerio del P.P para la Educ. Universitaria Universidad Nacional Experimental de Guayana Catedra: Impuesto al Valor Agregado II CIVA 2015 Nombre: Carlos Saúl Pulido
De la Colección de Leyes OMG -
LEY NO. 179-09, QUE PERMITE A LAS PERSONAS FÍSICAS, EXCEPTO NEGOCIOS DE ÚNICO DUEÑO, DECLARANTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA QUE PUEDAN DEDUCIR DE SUS INGRESOS BRUTOS, LOS GASTOS REALIZADOS EN LA
CAPÍTULO V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
CAPÍTULO V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Luego de realizado el análisis de los resultados relacionados con los efectos de la clausura en los establecimientos comerciales por incumplimiento de deberes
INDICE DE CONTENIDO OBJETIVO 3 * RETENCIONES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
INDICE DE CONTENIDO OBJETIVO 1 * IMPUESTO AL VALOR AGREGADO OBJETIVO 2 * IMPUESTO SOBRE LA RENTA OBJETIVO 3 * RETENCIONES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA OBJETIVO 4 * DÉBITO BANCARIO OBJETIVO 5 IMPUESTOS
UNIVERSIDAD DEL AZUAY FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y ESCUELA DE INGENIERÍA DE MARKETING
1 UNIVERSIDAD DEL AZUAY FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y ESCUELA DE INGENIERÍA DE MARKETING 1. DATOS GENERALES Carrera: ADMINISTRACION DE EMPRESAS Asignatura: DERECHO TRIBUTARIO Código: FAD0017.
Analizar los principios constitucionales vinculados a la Administración de Empresas, como rectores del ordenamiento jurídico ordinario guatemalteco.
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE-CUNORI- CARRERA: ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CURSO: LEGISLACIÓN APLICADA A LA EMPRESA DOCENTE: LIC. ERICK ESTUARDO CÓRDOVA CASTILLO
La reforma tributaria y el sector asegurador
La reforma tributaria y el sector asegurador La reforma tributaria del Gobierno Nacional fue presentada al Congreso de la República, mediante el PL 166 de 2012 C. Fue radicada con mensaje de urgencia,
APLICABILIDAD DE LAS REBAJAS POR NUEVAS INVERSIONES
BOLETÍN/ JULIO 2015 APLICABILIDAD DE LAS REBAJAS POR NUEVAS INVERSIONES TEMAS A CONSIDERAR APLICABILIDAD DE LAS REBAJAS POR NUEVAS INVERSIONES Con la nueva reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta,
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA
UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA PROGRAMA DE PREGRADO CICLO DE ENFASIS PROFESIONAL NOMBRE DE LA MATERIA: FUNDAMENTOS DE DERECHO TRIBUTARIO SEMESTRE : SÉPTIMO CÓDIGO DE LA
LOS SUJETOS PASIVOS RESPONSABLES EN MATERIA TRIBUTARIA. IX Jornadas Nacionales de Derecho Tributario - IPDT 14 y 15 de noviembre de 2006
LOS SUJETOS PASIVOS RESPONSABLES EN MATERIA TRIBUTARIA IX Jornadas Nacionales de Derecho Tributario - IPDT 14 y 15 de noviembre de 2006 I. ASPECTOS GENERALES 1 I. Aspectos Generales 1. OBJETIVO DE LAS
DECRETO NUMERO 99-98
DECRETO NUMERO 99-98 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que para fortalecer la recaudación tributaria, posibilitar una mayor inversión social y dar cumplimiento a los compromisos asumidos
PROGRAMA CURSO DE DERECHO TRIBUTARIO COSTARRICENSE DE-4013
PROGRAMA CURSO DE COSTARRICENSE DE-4013 Profesora: Máster Marlenne Alfaro Alfaro Tel: 2447-2493 Fax: 2445-5426 e-mail: alfaroalfaromarlenne@gmail.com Cel. 8872-8396 I) OBJETIVOS Al finalizar el curso el
Lima, 20 de Setiembre de Informe N SUNAT/5D0000
Lima, 20 de Setiembre de 2016 Informe N 134-2016-SUNAT/5D0000 El recargo al consumo que se aplica en los establecimientos de hospedaje o expendio de comidas o bebidas no constituye gasto deducible para
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Naturaleza y fundamento Artículo 1. El impuesto sobre Construcciones, instalaciones y obras es un tributo indirecto
Modificaciones al Reglamento de la Ley del IR y análisis de las recientes acciones de la SUNAT para incrementar la recaudación
Modificaciones al Reglamento de la Ley del IR y análisis de las recientes acciones de la SUNAT para incrementar la recaudación Régimen de Transparencia Fiscal Para: IPDT 23 de Enero de 2013 Luis Hernández
Tributación Internacional.
www.bakertillypanama.com Artículo 697 CF. Se entiende por gastos o erogaciones deducibles, los gastos o erogaciones ocasionados en la producción de la renta y en la conservación de su fuente; en consecuencia,
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO CONSIDERANDO EXPIDE:
ORDENANZA QUE REGULA EL IMPUESTO DE LAS UTILIDADES EN LA TRANSFERENCIA DE PREDIOS URBANOS Y PLUSVALÍA DE LOS MISMOS, DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EL CONCEJO MUNICIPAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) Caracas. 10 de diciembre de 2012
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.
INFORME N. 118-2014-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si, aun con la dación del Decreto Supremo N. 008-2011-EF, se mantiene vigente para los ejercicios gravables anteriores al 2011, el criterio contenido
ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA DETERMINACION, ADMINISTRACION, CONTROL Y RECAUDACION DEL IMPUESTO DE PATENTES MUNICIPALES.
ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA DETERMINACION, ADMINISTRACION, CONTROL Y RECAUDACION DEL IMPUESTO DE PATENTES MUNICIPALES. El CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTON DE SAN JACINTO DE YAGUACHI. CONSIDERANDO: Que el Código
OBLIGACION TRIBUTARIA HACER - NO HACER - TOLERAR
OBLIGACION TRIBUTARIA HACER - NO HACER - TOLERAR Obligación Tributaria Obligaciones Activas (de hacer): devolución de excedentes, liquidación del impuesto, verificación del hecho generador. Obligaciones
MONTOS MAXIMOS PREVISTOS EN CONVENIOS PARA EVITAR DOBLE IMPOSICION Resolución del SRI 204 Registro Oficial 775 de 14-jun.-2016
MONTOS MAXIMOS PREVISTOS EN CONVENIOS PARA EVITAR DOBLE IMPOSICION Resolución del SRI 204 Registro Oficial 775 de 14-jun.-2016 No. NAC-DGERCGC16-00000204 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
TEMA VI ESTRUCTURA DE LOS IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS EN EL MUNDO. Fiscalidad Internacional
TEMA VI ESTRUCTURA DE LOS IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS EN EL MUNDO 1 INDICE VI.1. Estructura de los impuestos indirectos. IVA VI.2. Estructura de los impuestos directos. IS VI.3. Estructura de los impuestos
DISEÑO MICROCURRICULAR DE PROGRAMAS DE EDUCACIÓN CONTINUADA PROGRAMA DE FORMACION CONTINUADA DIPLOMADO DE PROFUNDIZACIÓN EN GESTIÓN TRIBUTARIA
Página 1 de 7 PROGRAMA DE FORMACION DIPLOMADO DE PROFUNDIZACIÓN OFICINA DE EXTSIÓN ACADEMICA DE LA INSTITUCION UNIVERSITARIA DE VIGADO 2.017 DISEÑO MICROCURRICULAR DE Página 2 de 7 Los ítems señalados
TRIBUTARIA, EN LA PEQUEÑA EMPRESA DEL SECTOR FERRETERO DEL ÁREA METROPOLITANA DE SAN SALVADOR.
CAPÍTULO IV DISEÑO DE UN MODELO DE ESTRUCTURA DE INFORMACION CONTABLE EIC PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE CONTROL, REGISTRO Y PAGO, REGULADAS POR LA NORMATIVA TRIBUTARIA, EN LA PEQUEÑA EMPRESA
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA SEMINARIO INTERNACIONAL SOBRE: LOS CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICION Y LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS EXPOSITOR: JULIO CESAR TRUJILLO MEZA Dias: 21 y 29 de Noviembre del 2011 Hora:
Proyecto de Reglamento para el pago de la Retribución al Estado por Concesiones de Infraestructura de Transportes de Uso Público.
Proyecto de Reglamento para el pago de la Retribución al Estado por Concesiones de Infraestructura de Transportes de Uso Público Agosto de 2015 I. ANTECEDENTES NORMATIVOS 2003 Se aprobó el Reglamento para
(GACETA OFICIAL Nº DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2010)
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE EL CALENDARIO DE SUJETOS PASIVOS ESPECIALES Y AGENTES DE RETENCIÓN PARA AQUELLAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA EL AÑO 2011 (GACETA OFICIAL Nº 39.579 DEL 22 DE DICIEMBRE
Deducibilidad de Delitos cometidos por terceros
Sabe Ud. cuánto dinero pierde si el gasto no puede ser deducible? Gastos deducibles y no deducibles en el IRACIS Tercera Parte Requisitos para la deducibilidad del gasto Reglas generales para la determinación
NewsLetter Asesoría Financiera, S.A.
NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NEWSLETTER Nº 32/2016 (23 de diciembre 2016). ACTUALIDAD FISCAL Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable Área de Fiscalidad Medidas tributarias dirigidas a la consolidación
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos Retención en el Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas
Capitalización insuficiente
Colombia: Seminario del Departamento de Finanzas Públicas Emil M. Sunley Departamento de Finanzas Públicas Fondo Monetario Internacional Capitalización insuficiente Bogotá, Colombia, 29 de septiembre de
Curso de las Naciones Unidas sobre Convenios de Doble Tributación. Módulo III Asignación de Derechos Tributarios sobre Rentas Empresariales
Curso de las Naciones Unidas sobre Convenios de Doble Tributación Módulo III Asignación de Derechos Tributarios sobre Rentas Empresariales http://www.un.org/esa/ffd/ 1 Artículo 7 Tributación de las Empresas:
- Ley N , Ley de Regalía Minera, publicada e l , modificada por la Ley N ( 1 ) (en adelante, Ley de Regalía Minera).
INFORME N. 014-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si procede deducir como gasto para la determinación del Impuesto a la Renta del ejercicio 2011, la parte de la Regalía Minera, Impuesto Especial a
Industria Química. Incluye: Fabricación de sustancias químicas básicas. Fabricación de productos químicos n.c.p. Página
Industria Química Incluye: Fabricación de sustancias químicas básicas. Fabricación de productos químicos n.c.p. Página 1. Ventas e Impuesto determinado a las Ganancias 2 2. Empleo 5 3. Recaudación de los
NOVEDADES FISCALES Número 1/2015
Número 1/2015 2 NOVEDADES FISCALES LA NUEVA RESERVA DE CAPITALIZACIÓN En nuestra circular de novedades fiscales 4/2014 (pulse para leerla), ya hicimos un repaso sobre las novedades que, la nueva Ley 27/2014,
ENAJENACIÓN DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Tratamiento frente al IVA e IRAE CR. GUILLERMO TEDESCO CR. JUAN ANDRES CHAIA
ENAJENACIÓN DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL CR. GUILLERMO TEDESCO CR. JUAN ANDRES CHAIA SETIEMBRE DE 2017 Distintos tipos de transferencia de la titularidad de empresas: Compra - Venta de Acciones u otras