CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES GUÍA DE TRÁMITES

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1 CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES GUÍA DE TRÁMITES AÑO 2009

2 Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires N uestra Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires creada el 26 de noviembre de 1974 por inspiración del recordado Comisario General Enrique Everardo Silva, llega hoy a más de tres décadas de existencia. La virtud que la caracterizó desde su inicio fue la de aglutinar a la totalidad del personal policial en actividad y pasividad, a punto tal de ir mucho más allá de ser un mero organismo previsional, para convertirse en un sentimiento de propiedad para la familia policial. Cada uno de ellos se siente protegido y amparado, precisamente, pues como lo sostenía el Senador Justiniano al fundamentar la sanción de la Ley de creación en la Honorable Cámara de Senadores: Debe ser su Caja de Retiros quién lo resguarde a través de un Digno Sostén cuando el servidor policial abandone los cuadros activos, luego de asumir durante una vida el Riesgo Vital a que lo obliga el Estado y, a su familia ante el hecho no improbable de no regresar de una comisión de servicios Nuestra Caja se está renovando, sin olvidar jamás dichos principios, es por ello que el conocimiento de la actividad del Organismo constituye un derecho que asiste al afiliado e impone a sus directivos la obligación de atender a sus necesidades y requerimientos. En tal directriz, el Directorio de la Caja ha hecho posible con medios propios, formular esta Guía de Trámites, que constituye un instrumento que se pone a disposición del afiliado para conocer, de manera ordenada y simple, los requisitos a cumplimentar para cada trámite que deba realizar. Guía de Trámites - 1

3 AUTORIDADES PRESIDENTE Comisario (Prof.) (R.A.) Dr. Carlos Enrique Langone VICEPRESIDENTE Suboficial Mayor (S.G.) (R.A.) Mario Amadeo Grasso DIRECTORES VOCALES: Comisario Mayor (R.A.) Dr. José Oscar Guilino Teniente (R.A.) Miguel Ángel Pellegrini Dr. Guillermo Oscar Armani Direcciones SECRETARIA GENERAL Comisario Mayor (Adm.) Gladys Adriana Lista DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Comisario Mayor (Prof.) Cr. Miguel Ángel Parisi DIRECTORA DE ASUNTOS JURÍDICOS Comisario Mayor (Prof.) Dra. María Isabel Berardo DIRECTOR TÉCNICO PREVISIONAL Comisario Mayor (Adm.) Ángel Héctor Fiorentino Comisión Fiscalizadora del Fondo de Ayuda Financiera Vocal Titular: Comisario General (R.A.) Aurelio Carlos Molina Vocal Titular: Comisario General (R.A.) Carlos Alberto Fernández Vocal Titular: Inspector (R.A.) Daniel Sergio Mónaco Vocal Titular: Comisario Inspector (Adm.) (R.A.) Remigio Lorenzo Dal Cin Guía de Trámites - 2

4 GUÍA DE TRÁMITES ÍNDICE RETIRO O JUBILACIÓN MÓVIL ORDINARIOS (PÁGINA 4) RETIRO O JUBILACIÓN MÓVIL POR INVALIDEZ. (PÁGINA 5) RETIRO O JUBILACIÓN MÓVIL EXTRAORDINARIOS. (PÁGINA 6) PENSIÓN MÓVIL.. (PÁGINA 7) HABERES DEVENGADOS Y NO PERCIBIDOS (PÁGINA 11) SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DEL BENEFICIARIO.. (PÁGINA 12) SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DE CÓNYUGE (PÁGINA 13) ASIGNACIONES FAMILIARES. (PÁGINA 14) AYUDA ESCOLAR.. (PÁGINA 16) RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS POLICIALES.. (PÁGINA 17) APODERADOS.. (PÁGINA 18) FONDO DE AYUDA FINANCIERA (PÁGINA 21) CONTACTOS Y TELÉFONOS..... (PÁGINA 23) Guía de Trámites - 3

5 RETIRO o JUBILACIÓN MÓVIL ORDINARIOS El rótulo de RETIRO o JUBILACIÓN depende de la Resolución Ministerial de Baja del efectivo. Se concede beneficio de RETIRO a quien conserve, al momento de su cese en la actividad, los deberes y derechos emergentes de la Ley de Personal en que revistó y, JUBILACIÓN a quién, conforme a las razones de su cese, tenga únicamente derecho a haber de pasividad o a quienes voluntariamente así lo soliciten Cesantía, Exoneración, Prescindibilidad, Baja Obligatoria, Renuncia. El carácter de ORDINARIO O EXTRAORDINARIO lo da el porcentaje del haber que se le asigna, el cual tiene relación directa con la cantidad de años prestados en la Institución Policial. Si dicho porcentaje es del 100% resulta ORDINARIO y si fuera menor es EXTRAORDINARIO. El porcentaje lo determina el art. 36 de la Ley Nuestros beneficios previsionales tienen consagrados a través de la legislación el principio de MOVILIDAD SALARIAL, ello significa mantener en pasividad igual salario que en actividad, siempre y cuando sobre lo percibido se efectúen aportes previsionales. Formulario en su caso la que registre el último cambio de domicilio. Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas Notificación baja y/o retiro. Original y fotocopia. Ultimo recibo de haberes. Constancia CUIL y/o CUIT. Certificado prestación de servicios expedido por Dirección de Personal del Ministerio Seguridad Copia certificada de Resolución Ministerial de Baja o Retiro SE BRINDARA ESPECIAL ATENCIÓN EN LA CONFECCIÓN DEL FORMULARIO DE SOLICITUD DE BENEFICIO EN LO QUE RESPECTA A LA INTEGRACIÓN DEL GRUPO FAMILIAR, INDICANDO CÓNYUGE, CONVIVIENTE, ESTADO CIVIL ACTUAL Y ENUMERACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS HIJOS Y FAMILIARES A CARGO, SEAN MAYORES O MENORES DE EDAD Y EN SU CASO SI PRESENTAN INCAPACIDAD. Se deberá notificar al solicitante de beneficio previsional que debe reinscribirse ante Servicios Sociales de Policía, IOMA, Caja de Ahorros y Seguro S.A. (en caso de querer continuar con el Seguro de Vida) y que debe presentarse ante el Banco de la Provincia de Buenos Aires a comunicar su nueva situación de revista, en caso de poseer préstamo en dicha institución bancaria. Si correspondiera, confeccionar Formulario F.572 de Impuestos a la Ganancias. Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 4

6 RETIRO o JUBILACIÓN MÓVIL POR INVALIDEZ Se acordará, cualquiera sea el tiempo de servicios del afiliado, y siempre que se encontrare en actividad, cuando presente un grado de invalidez no inferior al 66% para su trabajo habitual y en la medida que no pueda ser reubicado en otro destino policial. El rótulo de RETIRO O JUBILACIÓN depende de la Resolución Ministerial de Baja del efectivo: Retiro: Retiro Obligatorio por Incapacidad Física. Jubilación: Baja Obligatoria por Incapacidad Física. El porcentaje siempre es del 100% cualquiera sea la antigüedad del agente. En cambio si la incapacidad es consecuencia de accidente en o por de Acto de Servicio o enfermedad proveniente del mismo, el porcentaje aumenta al 111% si es Relativa y al 120% si es Absoluta la incapacidad. Ello depende directamente del dictamen de la Junta Médica Superior y de la Resolución del sumario administrativo que se instruyera. Formulario en su caso la que registre el último cambio de domicilio Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas Notificación baja y/o retiro. Original y fotocopia. Ultimo recibo de haberes. Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante. Certificado de prestación de servicios expedido por Dirección de Personal del Ministerio de Seguridad. Copia dictamen Junta Médica. Copia certificada de Resolución Ministerial de Baja o Retiro. Copia de Resolución del Sumario (si la Incapacidad fuera imputable al servicio). SE BRINDARA ESPECIAL ATENCIÓN EN LA CONFECCIÓN DEL FORMULARIO DE SOLICITUD DE BENEFICIO EN LO QUE RESPECTA A LA INTEGRACIÓN DEL GRUPO FAMILIAR. INDICANDO CÓNYUGE, CONVIVIENTE, ESTADO CIVIL ACTUAL Y ENUMERACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS HIJOS Y FAMILIARES A CARGO, SEAN MAYORES O MENORES DE EDAD Y EN SU CASO SI PRESENTAN INCAPACIDAD. Se deberá notificar al solicitante de beneficio previsional que debe reinscribirse ante Servicios Sociales de Policía, IOMA, Caja de Ahorros y Seguro S.A. (en caso de querer continuar con el Seguro de Vida) y que debe presentarse ante el Banco de la Provincia de Buenos Aires a comunicar su nueva situación de revista, en caso de poseer préstamo en dicha institución bancaria. Si correspondiera, confeccionar Formulario F.572 de Impuestos a la Ganancias. Todos los trámites administrativos, previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 5

7 RETIRO o JUBILACIÓN MÓVIL EXTRAORDINARIOS Corresponde: por exceder la edad máxima prevista en la Ley de Personal. por retiro voluntario, debe registrar 25 años de servicio. por retiro o baja por falta de aptitudes profesionales para el grado inmediato superior o el de revista, debe registrar 25 años de servicio. por baja emergente de cesantía y/o exoneración, debe registrar 25 años de servicio. Formulario en su caso la que registre el último cambio de domicilio. Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas. Notificación baja y/o retiro. Original y fotocopia. Ultimo recibo de haberes. Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante. Certificado de prestación de servicios expedida por Dirección de Personal Ministerio de Seguridad. Copia certificada de Resolución Ministerial de Baja o Retiro. SE BRINDARA ESPECIAL ATENCIÓN EN LA CONFECCIÓN DEL FORMULARIO DE SOLICITUD DE BENEFICIO EN LO QUE RESPECTA A LA INTEGRACIÓN DEL GRUPO FAMILIAR. INDICANDO CÓNYUGE, CONVIVIENTE, ESTADO CIVIL ACTUAL Y ENUMERACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS HIJOS Y FAMILIARES A CARGO, SEAN MAYORES O MENORES DE EDAD Y EN SU CASO SI PRESENTAN INCAPACIDAD. Se deberá notificar al solicitante de beneficio previsional que debe reinscribirse ante Servicios Sociales de Policía, IOMA, Caja de Ahorros y Seguro S.A. (en caso de querer continuar con el Seguro de Vida) y que debe presentarse ante el Banco de la Provincia de Buenos Aires a comunicar su nueva situación de revista, en caso de poseer préstamo en dicha institución bancaria. Si correspondiera, confeccionar Formulario F.572 de Impuestos a la Ganancias. Todos los trámites administrativos, previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 6

8 PENSIÓN MÓVIL El derecho a solicitar pensión corresponde a partir del día inmediato posterior al fallecimiento del agente estando este en Actividad o resultando Beneficiario de esta Caja.- El haber de Pensión será equivalente al 75% del monto del haber previsional que le hubiere correspondido al afiliado, o a que tuviere derecho el causante, o le hubiere correspondido estando en actividad. Si el fallecimiento del afiliado ocurriera en acto de servicio o como consecuencia del mismo, se abonará el 120% del 100% del sueldo que percibía en actividad.- TIENEN DERECHO A PENSIÓN Esposa/esposo. Conviviente con visu matrimonial durante 5 años o 3 años si hubieren hijos de esa unión, a la fecha de fallecimiento. Hijos menores de edad solteros (Hasta 21 años) y mayores incapacitados laboralmente en más del 66%, a cargo del afiliado o de su cónyuge a la fecha de deceso del primero, que carezcan de beneficio previsional, e hijos póstumos. Padres septuagenarios o que sufrieren una incapacidad laboral absoluta y definitiva, a cargo del afiliado, siempre que carezcan de beneficio previsional. Hijas solteras mayores de 55 años a cargo del causante y que carezcan de recursos suficientes o de beneficio previsional. Ante la ausencia de otros herederos enunciados precedentemente, corresponderá: Abuelos, siempre que hubiesen estado a cargo del causante conforme con lo denunciado por él en las declaraciones juradas pertinentes, y no gozaren de otro beneficio previsional. Nietos menores de edad y/o incapacitados mayores: incapacidad superior al 66% a cargo del afiliado denunciado en las declaraciones juradas pertinentes y carezcan de otro beneficio previsional. NO TIENEN DERECHO A PENSIÓN Esposa/o divorciada/o vincularmente por su culpa o por culpa de ambos, excepto cuando perciban cuota alimentaria para sí, judicialmente reconocida. Esposa/o del afiliado separado de hecho y/o legalmente, sin voluntad de unirse, excepto cuando perciban cuota alimentaria, judicialmente reconocida. Los restantes derechohabientes en caso de indignidad para suceder. ESPOSA/O Formulario. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas Acta de Matrimonio actualizada a la fecha de presentación. Último recibo de haberes o en su caso últimos movimientos del cajero si percibía por BAPRO. Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante. Partida de Defunción del afiliado y/o beneficiario en el que deberá constar el domicilio real. Certificado de Domicilio actualizado a la fecha de la petición. Guía de Trámites - 7

9 Certificado de Nacimiento de los hijos menores de edad. CONVIVIENTE Formulario. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas Información sumaria en que se denuncie la condición de conviviente. Último recibo de haberes del beneficiario o últimos movimientos del cajero si percibía por BAPRO. Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante. Partida de Defunción del afiliado y/o beneficiario en el que deberá constar el domicilio real. Certificado de Domicilio actualizado al momento de la petición. Certificado de Nacimiento de los hijos menores de edad o incapaces a cargo. HIJOS Formulario. Documento de Identidad (DNI/LC/LE) original y fotocopia certificada de las páginas 1 y 2 y en su caso la que registre el último cambio de domicilio. Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas. Ultimo recibo de haberes del afiliado y/o beneficiario o en su caso últimos movimientos del cajero si percibía por BAPRO. Constancia CUIL y/o CUIT de los solicitantes. Partida de Defunción del afiliado y/o beneficiario. Certificado de Domicilio actualizado a la fecha de la petición. Certificado de Nacimiento. HIJOS MAYORES INCAPACITADOS LABORALMENTE EN MÁS DEL 66% Formulario. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas. Ultimo recibo de haberes del afiliado y/o beneficiario o en su caso últimos movimientos del cajero si percibía por BAPRO. Constancia CUIL y/o CUIT de los solicitantes. Partida de defunción del beneficiario o afiliado. Certificado de Domicilio actualizado a la fecha de la petición. Certificado de Nacimiento. Informe de ANSES e Instituto de Previsión Social de esta Provincia, en el que se consigne si es o no, titular de beneficio o aportantes a dichos sistemas. Informe del Registro de la Propiedad Inmueble, producido por consulta a ÍNDICE DE TITULARES que acredite carencia de bienes. Certificado Médico expedido por Establecimiento Estatal, que determine la incapacidad laboral. HIJAS SOLTERAS MAYORES DE 55 AÑOS Guía de Trámites - 8

10 Formulario. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas. Fotocopia último recibo de haberes del afiliado y/o beneficiario o en su caso últimos movimientos del cajero si percibía por BAPRO. Constancia CUIL y/o CUIT de los solicitantes. Partida de Defunción del beneficiario o afiliado. Certificado de Domicilio actualizado al momento de la petición Certificado de Nacimiento Informe de ANSES e Instituto de Previsión Social de esta Provincia, en el que se consigne si es o no, titular de beneficio o aportantes a dichos sistemas. Informe del Registro de la Propiedad Inmueble, producido por consulta a ÍNDICE DE TITULARES que acredite carencia de bienes. Certificación Judicial del que surja que se encontraba a cargo del Beneficiario con anterioridad al fallecimiento PADRES SEPTUAGENARIOS O INCAPACITADOS Formulario. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas Fotocopia último recibo de haberes del afiliado y/o beneficiario o en su caso últimos movimientos del cajero si percibía por BAPRO Constancia CUIL y/o CUIT de los solicitantes. Partida de Defunción del beneficiario o afiliado. Certificado de Domicilio actualizado a la fecha de petición Certificado de Nacimiento del beneficiario o afiliado fallecido. Informe de ANSES e Instituto de Previsión Social de esta Provincia, en el que se consigne si es o no, titular de beneficio o aportantes a dichos sistemas. Informe del Registro de la Propiedad Inmueble, producido por consulta a ÍNDICE DE TITULARES que acredite carencia de bienes. Certificado Médico expedido por Establecimiento Estatal, que determine la incapacidad laboral, únicamente cuando fueren menores de 70 años. A FALTA DE LOS DERECHO HABIENTES MENCIONADOS, CORRESPONDE A: ASCENDIENTES DIRECTOS INMEDIATOS (ABUELOS) Formulario. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas. Último recibo de haberes del afiliado y/o beneficiario o en su caso últimos movimientos del cajero si percibía por BAPRO. Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante. Acreditar el vínculo y la falta de los herederos enunciados precedentemente, con la agregación de las respectivas partidas Guía de Trámites - 9

11 Acreditar haber estado a cargo del causante a la fecha del fallecimiento, mediante Declaraciones Juradas pertinentes y/o Certificación Judicial Certificado de Domicilio actualizado a la fecha de petición Informe de ANSES e Instituto de Previsión Social de esta Provincia, en el que se consigne si es o no, titular de beneficio o aportantes a dichos sistemas. Informe del Registro de la Propiedad Inmueble, producido por consulta a ÍNDICE DE TITULARES que acredite carencia de bienes. Certificado Médico expedido por Establecimiento Estatal, que determine la incapacidad laboral. NIETOS MENOR DE EDAD Y/O MAYORES INCAPACITADOS LABORALMENTE EN MÁS DEL 66% Formulario. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas. Ultimo recibo de haberes o en su caso últimos movimientos del cajero si percibía por BAPRO Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante. Certificación Judicial de la que surja que se encontraba a cargo del beneficiario y/o afiliado con anterioridad al fallecimiento Partida de Defunción del afiliado y/o beneficiario Certificado de Domicilio actualizado a la fecha de su petición Certificado de Nacimiento Informe de ANSES e Instituto de Previsión Social de esta Provincia, en el que se consigne si es o no, titular de beneficio o aportantes a dichos sistemas. Informe del Registro de la Propiedad Inmueble, producido por consulta a ÍNDICE DE TITULARES que acredite carencia de bienes. Certificado Médico expedido por Establecimiento Estatal, en caso de mayores incapacitados laboralmente. Se deberá notificar al solicitante de beneficio previsional que debe reinscribirse ante Servicios Sociales de Policía, IOMA, Caja de Ahorros y Seguro S.A. (en caso de querer continuar con el Seguro de Vida) y que debe presentarse ante el Banco de la Provincia de Buenos Aires a comunicar su nueva situación de revista, en caso de poseer préstamo en dicha institución bancaria. Si correspondiera, confeccionar Formulario F.572 de Impuestos a la Ganancias. Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 10

12 HABERES DEVENGADOS Y NO PERCIBIDOS Son todos aquellos importes que el beneficiario tuviere derecho a percibir y no lo hubiere concretado a causa de su fallecimiento. Se pagan los días no percibidos correspondientes al mes en que hubiere fallecido más el proporcional del aguinaldo. ACCEDEN AL COBRO Esposa/so, (siempre que no se encontrare divorciado o separado de hecho). Hijos, (en caso que el fallecido no dejare cónyuge supérstite en condiciones de percibir), dichos haberes serán abonados en partes iguales a cada hijo o podrá autorizarse el cobro total a uno de ellos. En caso de existir hijos menores del beneficiario, EL REPRESENTANTE LEGAL deberá firmar en representación del/los menores. ESPOSA/O Formulario. Partida de Defunción beneficiario. Acta de Matrimonio actualizada a la fecha de la petición. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Último recibo de sueldo. Certificado de domicilio actualizado a la fecha de petición. Constancia de CUIL y/o CUIT del solicitante. HIJOS Formulario Partida de Defunción beneficiario. Certificado de Nacimiento de todos los solicitantes (certificadas y/u originales). Documento de Identidad (DNI/LC/LE) Original y fotocopia Certificada Hojas 1 y 2 y/o en su caso la que registre el último domicilio denunciado Último recibo de sueldo Constancia de CUIL y/o CUIT de los solicitantes. Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 11

13 SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DEL BENEFICIARIO - Ley En caso de fallecimiento del beneficiario (retiro o jubilación) corresponde el pago del subsidio por única vez. Lo puede solicitar el cónyuge supérstite, siempre que no se encontrare divorciado o separado de hecho del causante, si no lo hubiere, los hijos y a falta de éstos, los padres. ESPOSO/SA Formulario Partida de Defunción. Acta de Matrimonio actualizada a la fecha de la petición. en su caso la que registre el último cambio de domicilio. Certificado de domicilio actualizado a la fecha de petición. Constancia de CUIL y/o CUIT. Último recibo de haberes. HIJOS Formulario. Partida de Defunción ambos padres. Certificado de Nacimiento de todos los solicitantes. Documento de Identidad (DNI) Original y fotocopia Certificada de las páginas 1 y 2 y en su caso la que registre el último domicilio denunciado. Constancia de CUIL y/o CUIT de cada uno de los solicitantes. Fotocopia último recibo de sueldo. PADRES Formulario. Acta de Matrimonio actualizada de los solicitantes (si hubiese uno de ellos fallecido adjuntar certificado de defunción). Partida de Defunción del beneficiario y su esposa/o. Acta de Matrimonio actualizada del beneficiario. Partida de Defunción de los hijos del causante. en su caso la que registre el último cambio de domicilio Fotocopia del último recibo de sueldo. Constancia de CUIL y/o CUIT de cada uno de los solicitantes. Presentación del formulario con firmas certificadas por funcionario a cargo de la Mesa de Entradas de este Organismo o encargada de Delegación de esta Caja o de Servicios Sociales Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 12

14 SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DEL CÓNYUGE DEL BENEFICIARIO - Ley En caso de fallecimiento del cónyuge del beneficiario (retirado o jubilado) corresponde el pago de este subsidio por única vez. Lo pueden solicitar sólo el cónyuge supérstite, siempre que no se encontrare divorciado o separado de hecho del causante, No pueden acceder a este beneficio concubinos/as. Formulario. Partida de Defunción. Acta de Matrimonio actualizada a la fecha de la presentación. Constancia de CUIL y/o CUIT del solicitante. Copia último recibo de haberes. Certificado de domicilio actualizado. en su caso la que registre el último cambio de domicilio del solicitante. Presentación del formulario con firmas certificadas por funcionario a cargo de la Mesa de Entradas de este Organismo o encargada de Delegación de esta Caja o de Servicios Sociales Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 13

15 ASIGNACIONES FAMILIARES Pueden solicitarlas: Los beneficiarios de Retiro y/o Jubilación y/o Pensionados de esta Caja de Retiros. Las asignaciones familiares que se pueden percibir, son las siguientes: ESPOSA/SO Reconocidas por las leyes argentinas. En caso de divorcio vincular o separación de hecho o legal, el derecho a percibir asignación familiar por cónyuge se mantendrá para el o la agente obligado a pasar alimentos. Cesará el derecho a percibir asignación por este concepto, si cesare la obligación alimentaria. Declaración jurada, firmada y certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio. Acta de matrimonio actualizada. Constancia de CUIL y/o CUIT del solicitante. HIJO Y/O MENOR A CARGO La asignación por hijo y/o menor a cargo del beneficiario se abonará mensualmente por cada hijo menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo. Declaración Jurada firmada y certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio. Certificado de Nacimiento. Tenencia o guarda (ante Juez de Menores) expedida por autoridad judicial. Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante. HIJO DISMINUIDO FÍSICO Y/O PSÍQUICO La asignación por hijo con incapacidad corresponderá mensualmente por cada uno de los hijos a cargo del agente sin limitación alguna con respecto a la edad de los mismos. Se abonará a partir del mes en que se acredite tal condición. La discapacidad queda definida en el artículo 2º de la Ley Nº : discapacitados viscerales, mentales, neuro-locomotores, sensoriales auditivos y visuales. Para percibir dicha asignación se deberá presentar nota, acompañada de partida de nacimiento y certificado de discapacidad expedido por Hospital Público. Se dará traslado a la Dirección de Reconocimientos Médicos de la Provincia de Buenos Aires, organismo que dictaminará en forma expresa sobre la viabilidad de cada presentación. Acreditada de tal forma la discapacidad, se comenzará a integrar la asignación en los haberes del beneficiario. Guía de Trámites - 14

16 Declaración jurada firmada de Asignaciones Familiares certificada por autoridad de la Caja de Policía o Delegados de la Caja o Delegados de Servicios Sociales de Policía o Juez de Paz o Registro Público de Comercio. Certificado de Nacimiento. Certificado expedido por un organismo competente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. Constancia CUIL y/o CUIT del solicitante. Informe ANSES e Instituto de Previsión Social de esta Provincia, en el que se consigne si es o no titular de beneficio o aportante a dichos sistemas. Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 15

17 AYUDA ESCOLAR: La ayuda escolar anual consistirá en el pago de una suma que se hará efectiva en el mes de marzo de cada año en los haberes del beneficiario. Ésta asignación se abonará por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza inicial, básica y polimodal o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados donde se imparta educación diferencial. Certificado de alumno regular del nivel inicial, básico, polimodal y/o especial, se presentará una vez al año, con fecha posterior al inicio de clases, preferentemente en el mes de marzo. Estar percibiendo salario familiar por hijo o menor a cargo. Constancia CUIT y/o CUIL del solicitante. Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 16

18 RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS POLICIALES Tiene por finalidad acreditar ante otros Institutos Previsionales, los años aportados a esta Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires... Resulta importante tener en cuenta que esta Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones fue creada el y por ende solo se reconocen servicios policiales prestados con posterioridad a dicha fecha, los años anteriores deben ser solicitados por ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires calle 47 entre 5 y 6 La Plata- De corresponder, para el cómputo definitivo, se deduce el tiempo no aportado, disponibilidad preventiva sin goce de haberes, suspensiones de empleo, licencia sin goce de sueldo.- Formulario Foja de servicios con detalle de aportes expedida por la Dirección de Personal del Ministerio de Seguridad. Resolución de baja certificada por la Dirección de Personal del Ministerio de Seguridad en su caso la que registre el último cambio de domicilio del solicitante. Constancia CUIT y/o CUIL del solicitante. Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 17

19 APODERADOS El carácter de apoderado de un beneficiario de la Caja podrá acreditarse mediante los poderes que se enuncian a continuación; los mismos serán verificados y registrados por ante la Dirección Técnico Previsional del Organismo, quién expedirá la documentación correspondiente que legitime la actuación del apoderado: CARTA PODER POR VIAJE Es utilizada para percibir sólo por dos (2) meses y se hace una sola vez por año. Para iniciar el trámite se necesita el formulario de Carta Poder por Viaje confeccionado por duplicado, extendiéndose al representante autorización válida por dos (2) meses para percibir haberes. Dicha autorización no se refleja en el recibo-cheque. Formulario de Carta Poder por Viaje Copia del pasaje, si lo hace por transporte público o privado de pasajeros. CARTA PODER POR ENFERMEDAD Tiene validez por 1 (un) año y se puede renovar por igual período mientras se acredite enfermedad, salvo aquellos casos que impidan al beneficiario comprender sus actos y dirigir sus acciones. Para iniciar el trámite es necesario el formulario de Carta Poder por enfermedad confeccionada por duplicado, con firma del beneficiario y certificada por médico interviniente, escribano o delegado de Servicios Sociales o delegado de la Caja de Retiros y certificado médico con diagnóstico y estado de lucidez. El apoderado debe ser familiar(cónyuge, ascendiente, descendiente, colaterales hasta cuarto grado y por afinidad hasta el segundo grado), debiendo acreditar vínculo con las respectivas partidas y del poder en vigencia, presentando certificados de supervivencia en los meses de Enero, Mayo y Septiembre del titular, caso contrario, se dará de baja al poder. Formulario de Carta Poder por Enfermedad. Acreditar vínculo mediante los certificados pertinentes (Certificados de Matrimonio, Nacimiento). Certificado Médico con diagnostico y estado de lucidez. Certificado de Supervivencia en los meses de Enero, Mayo y Setiembre de cada año. CASOS DE INSANIA Y MENORES CUYOS PADRES ESTÁN IMPOSIBILITADOS DE REPRESENTARLOS. Sentencia o testimonio autenticada de designación de curador o tutor. Acta de aceptación de cargo y discernimiento de la curatela. Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas del tutor o curador. Certificado de Supervivencia en los meses de Enero, Mayo y Setiembre de cada año. Guía de Trámites - 18

20 PODER ESPECIAL ANTE ESCRIBANO PÚBLICO En este caso el apoderado no necesariamente tiene que ser un familiar, pudiéndose designar a más de uno, debiendo expresar en dicho Poder que se le autoriza a percibir por ante la Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires el beneficio de Retiro y/o Jubilación y/o de Pensión (el que corresponda) N...correspondiente a Apellido y Nombre (Beneficiario) Para el caso que también se le quisiera autorizar a gestionar y percibir préstamos por ante el Fondo de Ayuda Financiera, como así también realizar gestiones ante el IOMA y Servicios Sociales, así se lo deberá expresar en dicho Poder. A fin de iniciar el correspondiente trámite, se deberá acompañar o bien remitir a esta Caja, el Poder donde conste que es para percibir haberes ante este Organismo, juntamente con una fotocopia del mismo y ficha de apoderado con una foto actualizada, a fin de confeccionar el carnet que lo acreditará como apoderado. Poder original y fotocopia. Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas del/los apoderado/s. Certificado de Supervivencia en los meses de Enero, Mayo y Setiembre de cada año. PREGUNTAS FRECUENTES Qué requisito debo cumplir para percibir normalmente como apoderado? Deberá presentar indefectiblemente en este Organismo CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA del titular, es obligatorio hacerlo en los siguientes meses: ENERO (del 2 al 31). MAYO (del 2 al 31). SEPTIEMBRE (del 1 al 30) A PARTIR DEL DÍA 1 DE AGOSTO, POR DISPOSICIÓN DEL PODER EJECUTIVO A TRAVÉS DEL DECRETO 1824/06 ART.2, LOS CERTIFICADOS DE SUPERVIVENCIA SERÁN EXTENDIDOS POR EL REGISTRO PROVINCIAL DE LAS PERSONAS EN FORMA GRATUITA. EXCEPTUANDO OTRAS PROVINCIAS Y CAPITAL FEDERAL. Qué sucede si no se presenta el certificado de supervivencia? Automáticamente se da de baja al apoderado con los haberes del mes siguiente, debiendo el beneficiario percibir sus haberes personalmente. Cómo envío el certificado de supervivencia? Los certificados de supervivencia pueden enviarse por correo a éste Organismo Calle 48 nº 502 La Plata C.P. 1900, a través de nuestras delegaciones o bien por intermedio de las delegaciones de Servicios Sociales. Cómo acreditar la supervivencia los beneficiarios que residen fuera del país? Aquellos titulares que residan en el extranjero, deberán hacer el certificado de supervivencia en el consulado ó embajada argentina del lugar de residencia. En el caso que se gestione ante Ayuntamientos, Municipalidades, Policías u otras autoridades que no fueran Embajadas o Consulados argentinos, deberá apostillarse" (Apostilla de La Haya) en el país de origen, siempre que Guía de Trámites - 19

21 estén adheridos a ese convenio. Si el país de origen no estuviera en el Convenio de La Haya, deberá hacerlo legalizar en la Cancillería Argentina. Puedo enviarlo el certificado de supervivencia por FAX? No se aceptan supervivencias, que sean enviadas por fax. Qué debo hacer en caso de extravío de carnet de beneficiario o apoderado? En estos casos, es imprescindible adjuntar denuncia de extravío y una foto actualizada, preferentemente color. Este trámite puede efectuarse por intermedio de las delegaciones de la Caja o bien por las de Servicios Sociales. Puedo cambiar de sucursal bancaria de cobro? Sí, debiéndolo comunicar a través del formulario CAMBIO DE DATOS BANCARIOS Y PERSONALES que lo podrá obtener a través de nuestra página de internet. EN CASO DE CAMBIAR DE DOMICILIO RECUERDE INFORMAR DICHA MODIFICACIÓN A LA DIRECCIÓN TÉCNICO PREVISIONAL. MANTENER SU DOMICILIO ACTUALIZADO, POSIBILITARÁ QUE PUEDA SER PUESTO EN CONOCIMIENTO DE INMEDIATO DE CUALQUIER CIRCUNSTANCIA O NOVEDAD RELACIONADA CON EL BENEFICIO PREVISIONAL. ANTE CUALQUIER DUDA PUEDE COMUNICARSE AL TEL Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 20

22 FONDO DE AYUDA FINANCIERA Creado por Ley 9801 en el año El Directorio de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, en su calidad de Administrador del Fondo de Ayuda Financiera, destina los recursos y capital del Fondo a fin de contribuir al bienestar de sus afiliados, mediante el otorgamiento de préstamos personales y especiales a reintegrar con bajo interés y plazos convenientes, favoreciendo la situación económica del solicitante, como así también al sostenimiento de dicho Fondo, ya sea en recursos humanos y operativos. Requisitos y preguntas frecuentes Cómo puedo tramitar un préstamo? Presentándome personalmente en esta Caja o en cualquiera de las delegaciones: Mar del Plata, Junín, Chivilcoy, Dolores, Pehuajó, Morón, San Martín, Tigre o Capital Federal. Qué documentación necesito para iniciar el trámite? Para Préstamos en 6, 12, 18 y 24 cuotas: Formulario Solicitud de Préstamo Último recibo de haberes Certificado de revista y haberes expendido por el Ministerio de Seguridad (sólo para el personal en actividad). en su caso la que registre el último cambio de domicilio Antigüedad de un año en la repartición Fotocopia de recibo de haberes y Documento de Identidad de la garantía (si el solicitante tiene menos de 10 años de antigüedad) Para Préstamos en 36 y 48 cuotas: Formulario Solicitud de Préstamo. Último recibo de haberes. Certificado de revista y haberes expendido por el Ministerio de Seguridad (sólo para el personal en actividad). en su caso la que registre el último cambio de domicilio. Antigüedad un año en la repartición. Fotocopia de recibo de haberes y Documento de Identidad de la garantía (si el solicitante tiene menos de 10 años de antigüedad). Se necesita garantía para la obtención del préstamo? * Sí, en todos los casos el personal activo, sin distinción de grados, que tengan menos de 10 años de antigüedad deberán contar con GARANTÍA de otro numerario de igual Grado o Superior con antigüedad superior a 10 años, El garante no podrá serlo en más de dos (2) préstamos vigentes. Será causal de rechazo del préstamo si no se cumple esta condición. * El beneficiario de esta Caja no necesita garantía. Si tengo un préstamo vigente, puedo tramitar un nuevo préstamo? Guía de Trámites - 21

23 * Sí, de acuerdo al siguiente detalle: * Si tengo un préstamo de 24 cuotas, deberé tener abonada hasta la cuota 12 inclusive para iniciar los trámites de renovación por un préstamo de igual plazo. * Si quiero renovarlo por uno en 48 cuotas deberé tener abonada hasta la cuota 18 inclusive. * Si tengo un préstamo de 48 cuotas deberé tener abonada hasta la cuota 24 inclusive para iniciar los trámites de renovación. Si tengo apoderado, puede tramitar un préstamo? * Sí, mientras adjunte copia certificada del poder donde se especifique que se encuentra habilitado para ello o sea de carácter amplio y general para la administración de sus bienes. El cheque saldrá nominado a favor del apoderado. En todos los casos se analizará la capacidad financiera del solicitante para acceder al préstamo, cuya afectación salarial no deberá exceder del 20% de sus haberes, de acuerdo a lo normado en el Decreto 754/00 y sus modificatorios. LOS CHEQUES PUEDEN HACERSE EFECTIVOS EN CASA MATRIZ LA PLATA DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SIN NINGÚN DESCUENTO. SI OPTARE POR OTRAS SUCURSALES DE DICHO BANCO, SUFRIRÁN UN DESCUENTO DEL 1,2% POR EL IMPUESTO AL CHEQUE. Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 22

24 CONTACTOS Y TELÉFONOS Dependencia Teléfono Directo Interno Conmutador Central / / 224 Presidencia /111 Vicepresidencia Secretaría Privada Secretaría General / /233/244/229/230 División Mesa de Entradas / 110 / 127 División Personal / Dirección de Administración Sub-director Administración División Contabilidad Rendición de Cuentas /118 División Liquidaciones / 121 / 226 /256 División Tesorería / 263 Impuesto a las Ganancias Dirección de Asuntos Jurídicos /214/107/160/159 Dirección Técnico Previsional / 284 / 246 /245 Centro de Cómputos / / 223 Fondo de Ayuda Financiera / /150/151/153/156/250 Sección Mutuales Sección Viviendas Delegación Capital Federal (011) Delegación Dolores (02245) Delegación Mar del Plata (0223) Delegación Junín (02362) Delegación Morón (011) Delegación Tigre (011) Delegación Pehuajó (02396) Delegación Chivilcoy (02346) Delegación San Martín (011) Correos electrónicos Presidencia: Vice-Presidencia: Secretaría General: Mesa General de Entradas: Dirección de Administración: Dirección de Asuntos Jurídicos: Dirección Técnico Previsional: Fondo de Ayuda Financiera: Para recibir las novedades de la Caja: Página WEB: privada@cajapolgba.org.ar vicepresidencia@cajapolgba.org.ar secretaria@cajapolgba.org.ar entradas@cajapolgba.org.ar administracion@cajapolgba.org.ar juridicos@cajapolgba.org.ar dtp@cajapolgba.org.ar faf@cajapolgba.org.ar produccion@cajapolgba.org.ar Ud. podrá encontrar todos los formularios necesarios en nuestra página Web. Todos los trámites administrativos previsionales y certificaciones que se realizan ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y sus Delegaciones, son GRATUITOS. Guía de Trámites - 23

25 La Plata, 27 de Octubre de Visto el expediente interno número 1.362/09, caratulado DIRECTORIO S/GUÍA DE TRAMITES, y CONSIDERANDO: Que el señor Presidente pone a consideración de este Directorio, el análisis de la GUÍA DE TRÁMITES, que resulta ser un compendio de las exigencias y pasos que deben cumplimentarse para peticionar ante este Organismo; Que dicha guía constituye un aporte invalorable, tanto para el desenvolvimiento interno de la Caja, para sus Delegaciones y de Servicios Sociales, ya que enumera paso a paso los requisitos para que en forma simple y ordenada-, se pueda exigir de este Directorio un pronunciamiento rápido y efectivo en el entendimiento que no será necesario demorar el trámite de un expediente, cuando ya estén glosados en el mismo todos los antecedentes para poder resolverlo; Que también, dicho trabajo incorporado a la página Web de la Caja, posibilitará a los afiliados conocer los pasos a cumplimentar en tanto tengan la necesidad de realizar trámites por ante este Organismo; Que otro aspecto digno de referenciar, es que la GUÍA DE TRAMITES ha sido realizada con la colaboración y participación del personal de esta Caja y podrá ser editada internamente, con medios humanos y técnicos propios, sin otro gasto que el insumo del material utilizado; Que a pocos días de cumplir esta Caja treinta y cinco años de existencia, y continuando con la renovación que se ha propuesto este Directorio, resulta positiva la iniciativa del señor Presidente, de dotar al Organismo de esta guía, que hará posible que el afiliado pueda conocer sus derechos y peticionar sobre los mismos. Por ello: EL DIRECTORIO DE LA CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES POR UNANIMIDAD RESUELVE: ARTICULO 1º. Aprobar la GUÍA DE TRAMITES de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2º. Disponer la edición de los ejemplares que fueren necesarios para su distribución en Delegaciones y dependencias con incumbencia en la actividad de esta Caja. ARTICULO 3º. Publicar su contenido en la página Web de este Organismo. ARTICULO 4º. Regístrese, publíquese y archívese en Secretaría General como antecedente RESOLUCIÓN N ACTA N 1856 MARIO AMADEO GRASSO S.O.M. (S.G.) R.A. Vicepresidente DR. CARLOS ENRIQUE LANGONE COMISARIO (PROF.) R.A. Presidente DR. JOSÉ OSCAR GUILINO COMISARIO MAYOR (R.A.) Director Vocal MIGUEL ÁNGEL PELLEGRINI TENIENTE (R.A.) Director Vocal DR. GUILLERMO OSCAR ARMANI Director Vocal Guía de Trámites - 24

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