DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO
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- Claudia Henríquez Sáez
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1 DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO HONORABLE AYUNTAMIENTO: Los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO, de DEPORTES, de EQUIDAD DE GÉNERO y de PROMOCIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO Y DEL EMPLEO, nos permitimos presentar a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el presente dictamen, el cual tiene por objeto, resolver el expediente número 262/10, que contiene la iniciativa presentada por la Regidora María de los Milagros López Díaz Barriga, misma que propone que el Gobierno Municipal de Zapopan, Jalisco en coordinación con el Gobierno Estatal promueva la inclusión laboral, antes, durante y después de los Juegos Panamericanos 2011, ofreciendo la oportunidad de desarrollo a ese importante sector de la población, en razón de lo cual nos permitimos formular a ustedes los siguientes A N T E C E D E N T E S Y C O N S I D E R A C I O N E S : 1. En Sesión Ordinaria del Ayuntamiento que tuvo verificativo el día 27 veintisiete de agosto de 2010, dos mil diez, se dio cuenta con la iniciativa formulada por la Regidora María de los Milagros López Díaz Barriga, misma que tiene por objeto que éste Gobierno Municipal de Zapopan, Jalisco en coordinación con el Gobierno Estatal promueva la inclusión laboral, antes, durante y después de los Juegos Panamericanos 2011, ofreciendo la oportunidad de desarrollo a ese importante sector de la población. Asunto que fue turnado para su estudio y posterior dictaminación a las Comisiones Colegiadas y Permanentes de Desarrollo Social y Humano, de Deportes, de Equidad de Género y de Promoción y Desarrollo Económico y del Empleo, asignándole el expediente número 262/10. Esta iniciativa fue presentada en los siguientes términos: HONORABLE AYUNTAMIENTO La que suscribe, Regidora María de los Milagros López Díaz Barriga, en mi carácter de integrante del H. Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 fracción II; 50 fracción I de la Ley de Gobierno y de la Administración Publica Municipal (sic, Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco), y 30 fracción V del Reglamento Interno del Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco,(sic, Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco) me permito someter a la consideración de este H. Ayuntamiento, la presente iniciativa a efecto de que este Órgano de Gobierno apruebe - Página 1 de 9 -
2 turnar a las Comisiones de Equidad de Genero; Promoción y Desarrollo Económico y del Empleo; Desarrollo Social y Humano; Deportes, así como Reglamentos y Puntos Constitucionales. La presente iniciativa tiene por objeto la inclusión laboral de personas con discapacidad, durante los próximos juegos panamericanos. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Como lo señala la propia exposición de motivos de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad del Estado de Jalisco, así como del Reglamento Municipal para la Integración Social de las Personas con Discapacidad del propio Municipio, donde establece que debe aplicarse planes, programas y proyectos para la inclusión laboral de las personas con discapacidad, en el Estado de Jalisco, Zapopan, debe sentar precedentes para la inclusión laboral de las personas con discapacidad, teniendo el conocimiento que este importante sector de la población ha permanecido marginado, muchas de las veces por el desconocimiento de sus capacidades. La discapacidad ha representado un problema de salud pública, sujeto a cambios relacionados con el momento sociopolítico que vive el país. La Organización Mundial de la Salud reporta que a nivel mundial el 10% de la población padece algún tipo o grado de discapacidad; por lo anterior, se estima que en México existen actualmente poco más de 9.5 millones de personas que presentan un tipo o grado de discapacidad; incluso en el interior del Estado, por las diferentes condiciones económicas, sociales y culturales, tales como la pobreza, la marginación social, el déficit en la atención, la malnutrición, el acelerado crecimiento de la población, la falta de una oportuna prestación de servicios de salud, las desigualdades sociales, así como todo aquello relacionado con la cobertura de acciones dirigidas a prevenir y restaurar la salud de los integrantes de la comunidad, y los cambios sociales que han desencadenado acciones de violencia extrema. En Zapopan se tienen registradas 30, 781 personas con discapacidad, representando el 1.8 % de las cuales, el 23 % tiene un empleo formal (6,987) mientras que las que no tienen alguna actividad laboral es del 77% (23, 794) de la población en su totalidad. Es importante reconocer que antes, durante y después de los Juegos Panamericanos, los beneficios económicos que se estima traerán consigo en el Estado una derrama económica de ,200 (novecientos setenta y siete millones sesenta y cinco mil doscientos pesos ), por lo que es fundamental para las personas con discapacidad, parte de estos beneficios, se traduzcan en beneficios económicos para este importante sector de la población; incluyendo laboralmente - Página 2 de 9 -
3 en actividades propias de acuerdo a su perfil y discapacidad, resaltando al Estado de Jalisco como un Estado incluyente. La presente iniciativa es la unión de voluntades Estatales y Municipales, dispuestas a cumplir compromisos y objetivos; por ello nuestro empeño en sensibilizar a todas las autoridades de las presentes Administraciones, para eliminar las barreras físicas y sociales y facilitar el acceso, el libre desplazamiento y un mejor aprovechamiento del potencial humano, que pueda aportar con su inclusión, el desarrollo personal, de sus familias, de sus comunidades y engrandecer al Estado de Jalisco y específicamente al Municipio de Zapopan; para convertir esta causa, en una causa realmente de todos. Esta iniciativa está orientada para apoyar a las personas con discapacidad en lo sucesivo con proyectos con criterios, especificaciones, gráficos para las adecuaciones de los espacios, Además, apoya gráficamente a las Normas Técnicas Complementarias de Accesibilidad, así como a la legislación vigente. Es menester para este Ayuntamiento buscar la vinculación con el Gobierno Estatal para la aplicación del presente punto de acuerdo en beneficio de los habitantes del municipio, por ello y con fundamento en el artículo 7º, fracciones I y V de la reciente Ley para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad del Estado de Jalisco, que al efecto señala que son derechos de las personas con discapacidad: I. Los establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política del Estado, las Leyes que de ellas se deriven, así como los establecidos en los instrumentos Internacionales ratificados por el Gobierno Mexicano; V. Tener igualdad de oportunidades laborales para ejercer una profesión, oficio o trabajo digno y remunerado; Así mismo el Reglamento Municipal para la Integración Social de las Personas con Discapacidad del Municipio de Zapopan, señala en su artículo 15º las acciones que tiene por obligación la autoridad municipal para la integración de las personas con discapacidad. Es por ello que se propone que este gobierno municipal en coordinación con el Gobierno Estatal promueva la inclusión laboral antes, durante y después de los Juegos Panamericanos, ofreciendo la oportunidad de desarrollo a este importante sector de la población. Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 73 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; la fracción II del artículo 52 de la Ley del Gobierno y la Administración - Página 3 de 9 -
4 Publica Municipal del Estado de Jalisco; tengo a bien, someter a la elevada consideración de este Honorable Órgano de Gobierno la siguiente: INICIATIVA PRIMERO.- Se aprueba la presentación del presente Punto de Acuerdo, por parte del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapopan, Jalisco. SEGUNDO.- Se gire instrucciones al C. Secretario General del Ayuntamiento para que turne la presente iniciativa a las Comisiones de Equidad de Género; Promoción y Desarrollo Económico y del Empleo; Desarrollo Social y Humano; Deportes, así como Reglamentos y Puntos Constitucionales. siguientes En virtud de los antecedentes aquí expuestos, nos permitimos formular a Ustedes las C O N S I D E R A C I O N E S : 1. Que de conformidad con los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2 y 3 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, el Municipio libre es autónomo para su gobierno interior y para la administración de su hacienda y tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, lo cual le permite tomar decisiones respecto de la administración de sus bienes, con las únicas limitaciones que la misma Ley establece. 2. La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece en su artículo 13 fracción IV, que los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras, las siguientes medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, siendo entre una de ellas el crear programas permanentes de capacitación para el empleo y fomento a la integración laboral. 3. Que la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con Discapacidad en diversos artículos dispone lo siguiente para el caso que nos ocupa en estudio: Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto: Promover y garantizar el pleno disfrute de los derechos de las personas con discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, para favorecer su desarrollo integral y su plena inclusión al medio social que los rodea; Promover las condiciones para eliminar todo tipo de discriminación hacia las personas con discapacidad, y establece la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; - Página 4 de 9 -
5 Artículo 30. Corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social: I. Promover el establecimiento de políticas en materia de trabajo que tengan como finalidad la inclusión de las personas con discapacidad y verificar que en ningún caso la discapacidad sea motivo de discriminación para el otorgamiento del empleo; II. Promover el otorgamiento de estímulos fiscales y financieros y reconocimiento público a las empresas e instituciones de gobierno que cuenten con programas de contratación de personas con discapacidad en condiciones de igualdad; III. Crear y operar una bolsa de trabajo para personas con discapacidad; y IV. Establecer y operar programas de capacitación para el trabajo y de autogestión económica, dirigidos a las personas con discapacidad. Artículo 35.- A los Ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, les corresponde coadyuvar al cumplimiento de los objetivos de la presente Ley, para lo que tendrán las siguientes atribuciones: I. Promover la incorporación laboral de las personas con discapacidad, mediante el establecimiento de convenios con empresas del municipio y crear y operar una bolsa de trabajo; II. Vigilar que las construcciones o modificaciones de edificios e infraestructura urbana y arquitectónica cumplan con los planes y programas de desarrollo urbano, con la Norma Oficial Mexicana y las diversas Leyes y Reglamentos en la materia para que se adecuen a las necesidades de las personas con discapacidad; III. Desarrollar un programa permanente de eliminación y modificación de barreras físicas; IV. Establecer políticas de incorporación laboral a sus dependencias y organismos, en condiciones de igualdad a personas con discapacidad; V. Promover y apoyar la realización de actividades deportivas y culturales; VI. Orientar y apoyar a las personas con discapacidad de escasos recursos, en la obtención de prótesis, órtesis, ayudas técnicas, medicinas, becas, traslados y apoyos económicos; VII. Incorporar, de manera preferente a las personas con discapacidad, para ser beneficiario de los programas sociales, de acuerdo a la normatividad de los mismos; y VIII. Canalizar a las personas con discapacidad a las instituciones públicas y privadas, para su debida atención a las personas con discapacidad. 4. Que el 29 veintinueve de agosto de 2007, dos mil siete, el Ayuntamiento de Guadalajara en Sesión Extraordinaria aprobó la creación del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, denominado Comité Organizador de los XVI Juegos Panamericanos Guadalajara 2011 (COPAG 2011), así como el Reglamento del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado Comité Organizador de los Juegos Panamericanos Guadalajara Página 5 de 9 -
6 En consecuencia, con fecha 05 cinco de septiembre del año 2007, dos mil siete, fue publicado en el Órgano Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara, el Decreto que aprueba la creación del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, denominado Comité Organizador de los XVI Juegos Panamericanos Guadalajara 2011 (COPAG 2011), el cual tiene como objetivo el organizar los mejores Juegos Panamericanos de la historia, destacados por su organización y logística, enmarcados por un gran ambiente como respuesta de la participación de la sociedad y recordados por la calidad de Guadalajara como anfitrión. El COPAG 2011, empezó sus operaciones como Organismo Público Descentralizado en enero de 2008, dos mil ocho, una vez que el Ayuntamiento de Guadalajara, en Sesión de Cabildo, aprobó y otorgó el presupuesto de operación para el año 2008, dos mil ocho. 5. Que el Reglamento del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado Comité Organizador de los Juegos Panamericanos Guadalajara 2011, en su artículo 13 dispone que el patrimonio del citado Organismo se integra con los bienes muebles e inmuebles que le destinen por los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal o, en su caso, por instancias particulares; las aportaciones presupuestales o subsidios que le sean asignados por la Federación, el Estado y el Municipio; las aportaciones, donaciones, herencias, usufructos, legados y fideicomisos que se hicieren a su favor; los ingresos propios, aportaciones o cuotas ordinarias o extraordinarias y los derivados de los servicios prestados por el Organismo, que perciba a través de las actividades propias, en términos del citado reglamento; los derechos, productos, aprovechamientos que resulten de la operación del OPD y cualquier otra percepción legal. Por su parte el precepto legal 16 del citado ordenamiento, señala que el Consejo contará con el personal administrativo, operativo o técnico que sea necesario para el cumplimiento de sus objetivos, sujetando las relaciones laborales respectivas entre el Organismo y sus empleados, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. El cargo del personal administrativo, operativo y técnico necesario para el funcionamiento del Organismo será remunerado y, por lo tanto, los recursos necesarios para el pago de sueldos y salarios deberán contemplarse dentro del presupuesto ordinario del Organismo. 6. Que una vez vistos y analizados los antecedentes y consideraciones, los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes que emitimos el presente dictamen, consideramos conveniente realizar un atento exhorto al Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, denominado Comité Organizador de los XVI - Página 6 de 9 -
7 Juegos Panamericanos Guadalajara 2011 (COPAG 2011), por conducto de su Director General, Dr. Carlos Andrade Garín, a efecto de que en la medida de su competencia y necesidades considere la incorporación laboral de personal con discapacidad, ello, en atención a lo estipulado en el artículo 35 fracciones I y IV de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con Discapacidad, en razón de ser esta la instancia competente para estudiar y determinar lo conducente. En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto y fundado, y de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 1, 2, 3 y demás relativos de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; los artículos 1, 2, 3, 6, 15, 29, 28, 30, 44, 49, 50 BIS, 55 y 68 del Reglamento Interno del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal de Zapopan, Jalisco, los Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes que emitimos el presente dictamen, nos permitimos proponer a la consideración de este Ayuntamiento en Pleno, los siguientes puntos concretos de A C U E R D O PRIMERO.- Se autoriza emitir un atento exhorto al Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, denominado Comité Organizador de los XVI Juegos Panamericanos Guadalajara 2011 (COPAG 2011), por conducto de su Director General, Dr. Carlos Andrade Garín, a efecto de que en la medida de su competencia y necesidades considere la incorporación laboral de personal con discapacidad, ello, en atención a lo estipulado en el artículo 35 fracciones I y IV de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con Discapacidad, en los términos y por los motivos que se expresan en el presente documento. SEGUNDO.- Se autoriza a los ciudadanos PRESIDENTE MUNICIPAL y al SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, para que suscriban la documentación inherente al cumplimiento del presente Acuerdo. ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN ZAPOPAN, TIERRA DE AMISTAD, TRABAJO Y RESPETO "2011, AÑO DE LOS JUEGOS PANAMERICANOS EN JALISCO". LAS COMISIONES COLEGIADAS Y PERMANENTES DE DEPORTES VOTADO EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE FECHA 9 DE DICIEMBRE DE 2010 CARLOS MANUEL GARCÍA ARELLANO - Página 7 de 9 -
8 KARLA TORRES CERVANTES JAIME PRIETO PÉREZ OMAR ANTONIO BORBOA BECERRA DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO VOTADO EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE FECHA 04 DE AGOSTO DE ABEL OCTAVIO SALGADO PEÑA MARÍA SOFÍA VALENCIA ABUNDIS AUSENTE JAIME PRIETO PÉREZ HÉCTOR MANUEL MORÁN GUTIÉRREZ BERTHA ALICIA PLASCENCIA DÍAZ GONZALO MORENO ARÉVALO ELKE TEPPER GARCÍA EQUIDAD DE GÉNERO VOTADO EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE FECHA 21 DE FEBRERO DE MARÍA DE LOS MILAGROS LÓPEZ DÍAZ BARRIGA KARLA TORRES CERVANTES MARÍA SOFÍA VALENCIA ABUNDIS - Página 8 de 9 -
9 AIDA ARACELI DEL RAYO RIVERA MIRAMONTES AUSENTE PROMOCIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO Y DEL EMPLEO VOTADO EN SESIÓN DE LA COMISIÓN DE FECHA 01 DE FEBRERO DE LUIS GUILLERMO MARTÍNEZ MORA MARÍA SOFÍA VALENCIA ABUNDIS KARLA TORRES CERVANTES SALVADOR RIZO CASTELO AIDA ARACELI DEL RAYO RIVERA MIRAMONTES ELKE TEPPER GARCÍA AUSENTE HÉCTOR MANUEL MORÁN GUTIÉRREZ ESLF/CPLG - Página 9 de 9 -
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, nos permitimos formular las siguientes
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Más detalles2. Consta en la iniciativa propuesta, entre otras cosas lo siguiente:
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