Secretaría General de Gobierno Manual de Organización
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- María José Plaza de la Cruz
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1 Secretaría General de Gobierno Manual de Organización ó Número de Registro MO /1 Elaboró Validó y Autorizó Orlando Reyes Suárez; Director General de Seguridad Privada Guillermo V. Fernández de la Maza Subsecretario de Prevención del Delito y Seguridad Privada
2 2 de 19 ÍNDICE I.- INTRODUCCIÓN. 3 II.- ANTECEDENTES..4 III.- MARCO LEGAL...5 IV.- ATRIBUCIONES...6 V.- ESTRUCTURA ORGÁNICA... 9 VI.- ORGANIGRAMA...10 VII.- DESCRIPCIÓN Y PERFIL DE PUESTOS VII.- Dirección General de Seguridad Privada..11 VII.I.- Dirección de Supervisión. 13 VII.II.- Dirección de Normatividad y Profesionalización..15 VII.III.- Dirección de Registro VIII.- OBJETIVO ESPECÍFICO...18 VIII.I.- Misión...18 VIII.II.- Visión..18 IX.- FUNCIONES....19
3 3 de 19 I. INTRODUCCIÓN La Dirección General de Seguridad Privada, es la encargada de regular los servicios de seguridad privada que se prestan en el Estado de Puebla, con el objetivo de garantizar a su población mejores prácticas, aumentar la calidad y confianza en estos servicios, a través de mecanismo para autorizar, registrar, verificar el cumplimiento de sus obligaciones y, en su caso, sancionar su inobservancia, por lo que esta Dirección General, tiene la necesidad de contar con un documento que no solo describa las tareas de organizar, delegar y supervisar las actividades, sino que sirva para tener claro los objetivos, los cuales dependen de las habilidades y responsabilidades del personal que lo integran. El manual de organización se basa en definir y establecer las funciones, responsabilidades del área. El presente manual tiene como finalidad, dar a conocer la estructura orgánica, objetivos y principales funciones que tiene el área; así como el personal que se tiene asignado para desempeñarlas.
4 4 de 19 II. ANTECEDENTES La Dirección General de Seguridad Privada se creo a partir del 14 de octubre de 2014, con la publicación en el Periódico Oficial del Estado, del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, cuya intención es de que su población cuente con un gobierno más eficiente, moderno e innovador, enfocado en reducir gastos, aumentar la calidad de los servicios y dar respuesta a las necesidades e intereses de la sociedad poblana en materia de seguridad privada.
5 5 de 19 III. MARCO LEGAL Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Última reforma publicada: D.O.F. 10 Julio, de 2015 vigente. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Última reforma publicada: D.O.F. 29 Octubre, de 2013 vigente. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Última reforma publicada: P.O.E. 29 Julio, de 2015 vigente. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla. Última reforma publicada: P.O.E. 03 Marzo, de 2015 vigente. Ley de Seguridad Privada para el Estado de Puebla. Última reforma publicada: P.O.E. 18 Marzo, de 2015 vigente. Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Estado de Puebla. Última reforma publicada: P.O.E. 13 Mayo, de 2015 vigente. Reglamento Interior de la Secretaria General de Gobierno. Última reforma publicada: P.O.E. 27 Mayo, de 2015 vigente. Título Segundo, Capítulo Único De Las Atribuciones del Secretario Artículos 16 fracciones LXIII, LXIV y LXV. Título Séptimo, Capitulo I De la Subsecretaría de Prevención del Delito Seguridad Privada Artículo 59. Capítulo III de la Dirección General de Seguridad Privada Artículo 63.
6 6 de 19 IV. ATRIBUCIONES CAPITULO III DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA Artículo 63.- El titular de la Dirección General de Seguridad Privada dependerá jerárquicamente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Seguridad Privada, y tendrá, además de las atribuciones que señala el artículo 18 de este Reglamento, las siguientes: I. Ejercer las atribuciones conferidas en la Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla, su reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia; II. Recibir y en su caso, autorizar, revalidar o modificar las solicitudes para prestar servicios de seguridad privada, de conformidad con los requisitos que al efecto se establezcan en las disposiciones legales y normativas aplicables en materia de prestación de servicios de seguridad privada; III. Coordinar la actualización de los instrumentos jurídicos y administrativos IV. para regular la prestación de servicios de seguridad privada; Autorizar el programa de visitas para la verificación del cumplimiento de los ordenamientos legales y reglamentarios aplicables para la prestación de los servicios de seguridad privada; V. Conocer y resolver los procedimientos administrativos en contra de los prestadores de servicio que incumplan con las obligaciones establecidas en la Ley de la materia, su reglamento y determinar las sanciones aplicables;. VI. VII. Determinar o ejecutar las medidas de seguridad y sanciones que procedan, por el incumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley de la materia y su reglamento, así como en la normatividad aplicable; Ordenar el seguimiento a las quejas y denuncias que interponga la ciudadanía en general, en contra del prestador de servicios de seguridad privada;
7 7 de 19 VIII. Promover, por conducto de la Dirección de Normatividad y Profesionalización, el inicio de la averiguaciones previas o carpetas de investigación contra personas físicas o jurídicas que se encuentren prestando servicios de seguridad privada, sin la autorización correspondiente o por presuntos hechos delictivos observados en el ejercicio de sus funciones; IX. Emitir, previo pago de derechos respectivos, la cédula de identificación de personal operativo de las empresas de seguridad privada; X. Opinar acerca de la pertinencia, para que el personal operativo de las empresas de seguridad privada puedan portar armas de fuego en el desempeño del servicio; XI. XII. XIII. Evaluar el cumplimiento de los planes y programas de capacitación que al efecto se establezcan para el personal operativo de seguridad privada, en coordinación con las autoridades competentes; Establecer en el ámbito de su competencia, el Registro Estatal de Empresas de Seguridad Privada, de conformidad con lo dispuesto en la ley de la materia y en el Programa Estatal de Seguridad Pública; Asegurar la entrega de información en tiempo y forma ante el Registro Nacional de Empresas de Seguridad Privada y demás instancias competentes;
8 8 de 19 XIV. Supervisar la implementación de mecanismos establecidos para regular el registro de armamento, equipo y personal de las empresas de seguridad privada; XV. Involucrar a las empresas de seguridad privada en la participación de la prevención de delito, de conformidad con la normatividad aplicable; XVI. Desplegar acciones conjuntas en coordinación con las autoridades federales, a efecto de desarrollar y cumplir las facultades que le son conferidas, con independencia de la suscripción de convenios o acuerdos en los que deba intervenir el Sistema Nacional de Seguridad Pública, con el propósito de: a) Efectuar la supervisión de los prestadores de servicios de seguridad privada; b) Implementar mecanismos de intercambio de información; c) Verificar la aplicación de procedimientos de evaluación y control de confianza al personal de las empresas privadas de seguridad, en términos de las disposiciones aplicables; d) Vigilar el cumplimiento de las sanciones o medidas de seguridad impuestas; e) Levar a cabo todas aquellas diligencias que resulten necesarias para la regulación de los prestadores de servicios, y XVII. Las demás que en materia de su competencia se establezcan en esta Reglamento, los ordenamientos legales vigentes, reglamentos decretos, acuerdos, convenios y contratos, así como las que le confiera su superior jerárquico.
9 9 de 19 V. ESTRUCTURA ORGÁNICA 1. Dirección General de Seguridad Privada. 2. Dirección de Supervisión Subdirección de Supervisión, Verificación Operativa y Normatividad Departamento de Reportes Operativos Departamento de Verificación. 3. Dirección de Normatividad y Profesionalización. 4. Dirección de Registro Subdirección de Acuerdos Departamento de Cívica Departamento de Dictámenes Subdirección de Registro Departamento de Sistema de Registro Departamento de Informes y Concentración.
10 10 de 19 VI. ORGANIGRAMA Dirección General de Seguridad Privada Dirección de Registro Dirección de Normatividad y Profesionalización Dirección de Supervisión Subdirección de Registro Subdirección de Acuerdos Subdirección de Supervisión, Verificación Operativa y Normativa Departamento de Sistema de Registro Departamento de Dictámenes A Departamento de Reportes Operativos Departamento de Informes y Concentración Departamento de Dictámenes B Departamento de Verificación
11 11 de 19 VII. DESCRIPCIÓN Y PERFIL DE PUESTOS NOMBRE DEL PUESTO SUPERVISA A: Director/a General de Seguridad Privada ÁREA O DEPARTAMENTO Dirección General de Seguridad Privada. REPORTA A: Subsecretario de Prevención del Delito y Seguridad Privada. Director/a de Registro Director/a de Normatividad y Profesionalización. Director/a de Supervisión 1 NUMERO DE PERSONAS EN EL PUESTO ÁREAS DE INTERRELACIÓN PARA EL DESEMPEÑO INTERNAS EXTERNAS Todas las áreas de la Unidad Unidades Responsables de la Secretaria General de Gobierno, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, Estatal y Federal, Empresas privadas y ciudadanía en general relacionadas con la materia de seguridad privada. DESCRIPCIÓN GENÉRICA Coordinar a su personal para la adecuada gestión en la regulación, control y supervisión de las empresas de seguridad privada a efecto de que cumplan con las disposiciones legales y administrativas aplicables, mediante las acciones normativas legales necesarias para su regulación y supervisión, ofreciendo al peticionario una atención rápida y eficiente, mediante su correcta organización, en beneficio de los usuarios del servicio y a la ciudadanía en general. DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA Coordinar la regulación de las Empresas de Seguridad Privada, mediante procedimientos de evaluación y control, en términos de las disposiciones legales vigentes en la materia. Establecer sanciones y medidas de seguridad, en apego a la ley para el control de las empresas de seguridad privada.
12 12 de 19 NOMBRE DEL PUESTO Director/a General de Seguridad Privada PERFIL DEL PUESTO NIVEL MÍNIMO DE ESTUDIOS: Licenciatura en Derecho y/o en Administración Pública. EXPERIENCIA: Cinco años en puesto similar. HABILIDADES TÉCNICAS: Planeación, Dirección y Liderazgo APTITUDES: Amabilidad, discreción, tolerancia y relaciones públicas. REQUERIMIENTO ESPECIAL: Ninguno. NOMBRE DEL PUESTO Dirección General de Seguridad Privada
13 Dirección General de Seguridad Privada Página 13 de 19 VII.I DESCRIPCIÓN Y PERFIL DE PUESTOS NOMBRE DEL PUESTO SUPERVISA A: Director(a) de Supervisión. ÁREA Dirección de Supervisión. REPORTA A: Director(a) General de Seguridad Privada Subdirector(a) de Supervisión, Verificación Operativa y Normativa. NÚMERO DE PERSONAS EN EL PUESTO ÁREAS DE INTERRELACIÓN PARA EL DESEMPEÑO INTERNAS Todas las áreas de la Unidad 1 EXTERNAS Unidades Responsables de la Secretaría General de Gobierno, Dependencias y Entidades de la Administración Pública de los tres niveles de Gobierno y Empresas del ramo. DESCRIPCIÓN GENERICA Controlar mediante la verificación y supervisión que las empresas de seguridad privada que prestan sus servicios en el Estado de Puebla, cumplan con los ordenamientos de Ley y demás disposiciones aplicables en la materia. DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA 1. Dirigir la planeación, ejecución y seguimiento del programa anual de visitas de verificación y supervisión de carácter ordinario y extraordinario, al gremio de la seguridad privada en el Estado de Puebla. 2. Establecer las políticas y lineamientos de ejecución y procedimiento del programa anual de visitas de verificación y supervisión ordinarias y extraordinarias.
14 Dirección General de Seguridad Privada Página 14 de Determinar la mecánica de recolección de documentación e información de las áreas involucradas en la regulación de los servicios de seguridad privada, para la correcta ejecución de las visitas de supervisión y verificación. 4. Autorizar los informes de resultados derivados de las visitas de supervisión y verificación ordinaria y extraordinarias. 5. Promover la mejora continua en las prácticas de las visitas de supervisión y verificación ordinaria y extraordinarias objeto de coadyuvar en la regulación de los servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla. PERFIL DE PUESTO NOMBRE DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO Director (a) de Supervisión. Dirección de Supervisión. NIVEL MÍNIMO DE ESTUDIOS: Licenciatura en Derecho, Contabilidad, Administración Pública o Profesional de carrera pública. EXPERIENCIA: 1) 3 años de experiencia en puestos similares. 2) Conocimientos de la normatividad aplicable para servicios de seguridad privada HABILIDADES TÉCNICAS: 1) Dirección. 2) Planeación 3) Organización. 4) Liderazgo. 5) Habilidad para las relaciones públicas. 6) Ética, lealtad, honestidad. 7) Trabajo en equipo. 8) Eficiencia, eficacia y confidencialidad.
15 Dirección de Normatividad y Profesionalización Página 15 de 19 VII. II DESCRIPCIÓN Y PERFIL DE PUESTOS NOMBRE DEL PUESTO SUPERVISA A: Director(a) de Normatividad y Profesionalización. ÁREA O DEPARTAMENTO Subdirección de Acuerdos Dirección de Normatividad y Profesionalización. REPORTA A: Director (a) General de Seguridad Privada NÚMERO DE PERSONAS EN EL PUESTO 1 ÁREAS DE INTERRELACIÓN PARA EL DESEMPEÑO INTERNAS Todas las áreas de la Unidad EXTERNAS Unidades Responsables de la Secretaria General de Gobierno, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, Estatal y Federal, Empresas privadas y ciudadanía en general relacionadas con la materia de seguridad privada. DESCRIPCIÓN GENÉRICA Proponer al director general los acuerdos y resoluciones a las solicitudes de autorización, revalidación, modificación y, en su caso, las sanciones administrativas que recaigan a empresas que presten servicios de seguridad privada en el estado. DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA Aprobar los proyectos acuerdos de inicio y resolución de autorización, revalidación o modificación a las solicitudes de empresas de Seguridad Privada. Someter a consideración de la Dirección General, las medidas de seguridad y sanciones por incumplimiento al marco normativo estatal en la materia por parte de los prestadores de servicio de seguridad privada. Concertar acuerdos con los prestadores de servicios de seguridad privada a efecto de homologar la capacitación y profesionalización de los elementos operativos
16 Dirección General de Seguridad Privada Página 16 de 19 VII. III DESCRIPCIÓN Y PERFIL DE PUESTOS NOMBRE DEL PUESTO SUPERVISA A: Director/a de Registro ÁREA O DEPARTAMENTO Dirección de Registro (1) Subdirector/a (2) Jefes/as de Departamento REPORTA A: Director/a General de Seguridad Privada NUMERO DE PERSONAS EN EL PUESTO ÁREAS DE INTERRELACIÓN PARA EL DESEMPEÑO INTERNAS 1 EXTERNAS Todas las áreas de la Unidad Unidades Responsables de la Secretaria General de Gobierno, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal, Estatal y Federal. DESCRIPCIÓN GENÉRICA Coordinar a su personal y la atención al público sobre asuntos de legalización y/o regularización respecto a la normatividad aplicable para empresas de Seguridad Privada, controlando y administrando la información sobre las mismas, ofreciendo al usuario una atención rápida y eficiente, mediante la correcta organización. DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA Remitir a la institución correspondiente los documentos que se detectan con firmas que no corresponden a los registros que se tienen en libros. Elaborar y entregar un informe de los documentos recibidos. Llevar el control de la información de las Empresas de Seguridad Privada.
17 Dirección General de Seguridad Privada Página 17 de 19 PERFIL DEL PUESTO NOMBRE DEL PUESTO Director/a de Registro NOMBRE DEL PUESTO Dirección de Registro NIVEL MÍNIMO DE ESTUDIOS: Ingeniería Industrial y/o Cualquier ingeniería. EXPERIENCIA: Un año en puesto similar. HABILIDADES TÉCNICAS: Dirección, Planeación, Organización, Manejo de Base de Datos, Minería de Datos y Control de Archivo APTITUDES: Amabilidad, discreción, tolerancia y relaciones públicas. REQUERIMIENTO ESPECIAL: Ninguno.
18 18 de 19 VIII. OBJETIVO ESPECÍFICO Regular que las empresas de seguridad privada estén debidamente registradas y cumplan con las disposiciones legales vigentes en la materia. VIII.I MISIÓN Que las empresas de seguridad privada cumplan con las disposiciones legales y administrativas aplicables para la autorización de sus servicios, mediante las acciones normativas y legales necesarias para su regulación y supervisión. VIII.II VISIÓN Contribuir en el ámbito de sus atribuciones a consolidar un padrón de empresas de seguridad privada que se encuentren debidamente reglamentadas, para prevenir la comisión de delitos relacionados con el servicio, brindando certeza, eficacia y calidad de éstos para sus usuarios, prestadores de servicios de seguridad privada y ciudadanía del Estado.
19 19 de 19 IX. FUNCIONES Funciones de 1er nivel Funciones de 2 nivel Funciones de 3 nivel Firma del Acuerdo de Inicio o Resolución que recaiga a la solicitud del trámite. Coordinar al personal a su cargo, para resolver en tiempo y forma la solicitud planteada. Turna el trámite a los Jefes/as de Departamento de Dictámenes A o B. Proporcionar información y asesoría al solicitante en relación al Acuerdo de Inicio. Vigilar que los documentos sobre los requisitos necesarios para el trámite solicitado cumplan de fondo y de forma en el plazo establecido. Revisión de la Resolución elaborada por los Jefes/as de Departamento de Dictámenes A o B. Recibir la solicitud de trámite, pago y documentales anexas. Verificar que listado de documentos presentado correspondan con lo ingresados físicamente. Elabora Acuerdos de Inicio de la Solicitud de Trámite. Elaborar la Resolución que recae a la respuesta del Acuerdo de Inicio del trámite solicitado. Notificación de la Resolución que recayó a la solicitud.
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