INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS DE SEGURIDAD SOCIAL EN CHILE
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- Miguel Ángel Rey Salazar
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1 INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS DE SEGURIDAD SOCIAL EN CHILE Seguridad Social La Seguridad Social en Chile se encuentra consagrada en la Constitución política de la República de Chile de 1980, en su artículo 19 número 18, como un derecho garantizado a todas las personas, En esta normativa se señala que leyes que regulen la seguridad social deben ser leyes de quórum calificado que para su aprobación requieren de la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio. Además, se señala en su inciso dos, que la acción del estado estará dirigida a garantizar el acceso de todos los habitantes de Chile al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas y solo la ley podrá establecer cotizaciones obligatorias en materia de seguridad social. Por último, en su inciso tercero se señala que el Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social. Además de lo señalado en la Constitución, existen múltiples cuerpos legales que regulan los distintos aspectos de la seguridad social como lo son la previsión, la salud, la cesantía, los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, entre otros. Un Poco de Historia En el año 1917, se realizó el primer congreso de beneficencia pública por la Junta Central de Beneficencia Pública de Santiago, dentro de esta se concluyó principalmente que el estado posee el deber de mantener los establecimientos públicos de beneficencia necesarios, para así poder atender a enfermos, ancianos e indigentes y debe ser para así también el ejercicio de la caridad privada. 1
2 Se integran programas del estado con aporte capital proveniente del ejercicio del trabajo e impuestos generales que aparecían en la ley N 4054 del Seguro Social en 1920, la ley N 4055 Ley de accidentes del trabajo y la ley N 4059 Ley de indemnización a empleados particulares. Para poder afiliarse era necesario poseer un contrato de trabajo por empresas, quedando marginados los trabajadores independientes del seguro. El día 8 de septiembre de 1924, por medio de la ley N 4.054, se crea la "Caja de seguro obligatorio", considerado como el primer sistema de previsiones dirigido a trabajadores, el cual incluía una seguros de vejez y servicios a la medicina de tipo organizada. Ocurre la reforma de la Ley del Seguro Obrero y la introducción de la Ley de Medicina Preventiva, el día 9 de febrero de Los servicios de "Cajas de Previsión" del país se unieron originando el Servicio Médico Nacional de Empleados, En noviembre de 1942, ejerciendo labores el día 1 de enero de1943. En el año 1950, se la idea de la creación del Servicio Nacional de Salud, debido a la necesidad de coordinar los organismos de salud, debido el gran coste de estos y con funciones innecesarias, estableciéndose este el año 1952, la ley de este fue promulgada el 8 de agosto del mismo año, la ley N , abocada al seguro Social y el Servicio Nacional de Salud, reemplazando la ley N Mediante esta ley fue creado el servicio, en el cual indicaba en su título II artículo 62, que este se encargaría de la protección de la salud, por medio de acciones sanitarias y de asistencia social y atención médicas preventivas y curativas. Se fundaron a partir de este, la Dirección General de Salubridad, la Caja de Seguro Obligatoria y la Dirección de Protección a la Infancia y Adolescencia, dejándose obsoletos otros servicios. El Servicio Nacional de Salud fuese una persona jurídica de derecho público, de administración autónoma debido a su presupuesto 2
3 independiente de la nación, quedando exento de las normas del Código Civil y regido por la Ley Orgánica. Rigiéndose por determinaciones del Consejo Nacional de Salud y otros organismos internos a este. El Servicio, desarrollaba sus asistencias de tipo médicas a partir de un sistema organizado en regionalizado. En agosto de 1979 se dio dictado del decreto ley N 2.763, dando origen al Sistema Regional de Salud y desde el 1 de agosto de 1980, se crean los servicios de salud en las distintas regiones. Las funciones que poseía este servicio correspondían al derecho constitucional a la protección de la salud, el resguardo libre e igualitario, promoción, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de las personas enfermas, como así la libertad de elección de sistema de salud público o privado para cada persona. En el año 1981 en Chile se crean dos sub-sistemas a partir del Sistema de Salud, el sistema público llamado FONASA, siendo este regulado por el decreto ley y sistema privado llamado ISAPRE regulado por la Ley En los últimos años, la recesión mundial ha frenado la economía del país, afectando principalmente la seguridad de los trabajadores, en lo que respecta a la continuidad de su fuente laboral. Lo que se traduce en un alto índice de cesantía, los programas que dan una solución mínima, en especial al sector de menores ingresos es el Seguro de Cesantía, el que se concretó en mayo del 2001, a través de la Ley y que entró en vigencia a partir del 1 de octubre del año Donde se establece apoyar al trabajador en situación de desempleo, otorgándole una ayuda para reinsertarse nuevamente en el mundo del trabajo, proporcionándole beneficios monetarios, a todo evento, en caso de cesantía. 3
4 En mayo de 2001 a través de la Ley , se crea el Seguro de Cesantía, el cual entró en vigencia el 1 de octubre de Esto debido a la recesión mundial en dónde los trabajadores del país fueron afectados en el ámbito de la seguridad, con respecto a su fuente laboral. De esta forma los trabajadores al momento de firmar un contrato de trabajo, estarán en el derecho de ser cubiertos por el seguro de cesantía en forma automática, siendo este obligatorio a partir de la fecha de vigencia del seguro. Programas A.- Programas Nacionales Administradoras de Fondos de Pensiones de Chile Programa de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales Asignaciones Familiares y Subsidios de Cesantía Instituciones de Salud Previsional Subsidio Incapacidad Laboral Subsidio de Maternidad Pensiones Asistenciales de Invalidez, de Ancianidad. B.- Programas por tratados internacionales Pensiones de vejez, de invalidez o de sobrevivencia 4
5 Realización de exámenes de tipo preocupacional para trabajar en otro país Derecho de exportación de prestaciones en otros países Entrega de los aportes previsionales en el país residente. Organismos Administradores Para que los programas de seguridad social se hagan efectivos, es necesario que existan los organismos administradores, en la actualidad el país cuenta con algunos de estos servicios, los que se encuentran los siguientes. Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP): son instituciones financieras privadas encargadas de administrar los fondos y ahorros de pensiones. Fueron creadas en Chile en noviembre de 1980, durante la dictadura militar de Augusto Pinochet, mediante el decreto ley 3500 que reformó el sistema previsional transformándolo en un sistema de capitalización individual de las pensiones de vejez, invalidez y supervivencia. Anteriormente, existía un sistema de reparto a cargo de las cajas previsionales por medio de las cuales cotizaban y entregaban las prestaciones correspondientes, el que se mantuvo para las Fuerzas Armadas y Carabineros. Compañía de Seguros Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF): (o simplemente cajas de compensación), son corporaciones chilenas de derecho privado, con patrimonio propio y sin fines de lucro. Su objeto es la administración de prestaciones de 5
6 seguridad social que tiendan al desarrollo y bienestar del trabajador y su grupo familiar, protegiéndolo de contingencias sociales y económicas. Subsidio de Cesantía Subsidios de Incapacidad Laboral Subsidios Maternales Mutuales de Empleadores Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: es una mutualidad cuya función es la de cubrir riesgos ligados a las personas en su relación al mundo del trabajo, como el de desempleo, de invalidez, de jubilación, de muerte y supervivencia. Ejerce una modalidad aseguradora de carácter voluntario complementaria del sistema de seguridad social. Las mutualidades de previsión social transforman riesgos individuales en riesgos colectivos constituyendo así reservas técnicas de seguro. La actividad que prestan se llama actividad mutual (en analogía con la actividad cooperativizada de las cooperativas) y sus socios se denominan mutualistas. Instituto Previsión Social (IPS): anteriormente llamado Instituto de Normalización Previsional (INP), es un servicio público chileno, creado en 1980, encargado de las pensiones y beneficios sociales de los trabajadores y jubilados que no están afiliados o que no cotizan en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y las obligaciones previsionales asumidas por el Estado. El sistema de imposición en el INP está basado en un sistema de reparto, a diferencia de las AFP que son de sistema de capitalización individual, de ahorro por cuenta personal. Por tanto el INP atiende a los pensionados y cotizantes de las antiguas cajas de previsión. 6
7 Además el INP está encargada de pagar las pensiones de gracia, la pensión mínima, y todas aquellas que señalen las leyes. Servicio Nacional Seguridad Social Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS): creado el 2 de julio de 1979 a partir del SNS y SERMENA, está conformado por los siguientes organismos públicos y estatales, que son el subsistema público de salud: Ministerio de Salud, SEREMI de Salud, Servicios de Salud y Centros de Referencia de Salud (CRS). Programa Nacional de Alimentación Complementaria Institución de Salud Previsional (ISAPRE): son creadas para otorgar servicios de financiamientos, beneficios y seguros en materia de salud. Estas son un sistema privado de seguros de salud creado en Chile en El Art. 22 de la ley de 1990 define tácitamente sus objetivos, expresando: «Las Instituciones tendrán por objeto exclusivo el financiamiento de las prestaciones y beneficios de salud, así como las actividades que sean afines o complementarias de ese fin, las que en ningún caso podrán implicar la ejecución de dichas prestaciones y beneficios ni participar en la administración de prestadores». Se distingue dos tipos de ISAPRE: abierta (la afiliación y planes de salud son de oferta pública) y cerrada (prestaciones a trabajadores de una determinada empresa o institución). Las ISAPRE son supervisadas, desde el 1 de enero del 2005, por la Superintendencia de Salud. Anteriormente lo eran por FONASA (Fondo Nacional de Salud ) y la Superintendencia de Isapres ( ), de la cual se forma la actual Superintendencia de Salud. 7
8 Administradora de Fondos de Cesantía (AFC de Chile): es el administrador privado del Seguro Obligatorio de Cesantía (ley de 2001). Creada en enero de 2002 al adjudicarse la licitación pública convocada por el gobierno para administrar el seguro de cesantía por un periodo de 10 años. La AFC está encargada de recaudar, administrar, actualizar e invertir los fondos de cesantía (Fondo de Cesantía integrado por la Cuenta Individual por Cesantía y el Fondo de Cesantía Solidario), y pagar los beneficios que corresponden. También promueve y educa en el ahorro y la inversión Financiera a sus afiliados. Fondo Nacional de Salud (FONASA): creado en 1979 por el Decreto Ley N 2763, es el ente financiero encargado de recaudar, administrar y distribuir los dineros estatales destinados a salud en Chile siendo una de sus funciones financiar las prestaciones de salud de sus beneficiarios (el 7% de los ingresos imponibles en salud). Es el continuador y administrador de los derechos y obligaciones de la modalidad de libre elección, del extinto SERMENA y financiamiento de las acciones de salud del desaparecido SNS. La cobertura es de aproximadamente 13 millones de beneficiarios. Se bonifica total o parcialmente las prestaciones de salud otorgadas por profesionales e instituciones de salud públicas o privadas con convenios con FONASA. Se financia el subsidio de incapacidad laboral (licencia médica) y se otorgan préstamos de salud. 8
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