Portal de Actualidad 1/26/2015
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- Luz María Cristina Calderón Sandoval
- hace 7 años
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1 Página 1 de 8 Novedades en las declaraciones informativas de 2014 Carta Tributaria - Al día, 5 de Enero de 2015, Editorial CISS Las principales novedades en las Declaraciones Informativas para 2014 son: Creación de los modelos 187 y 290 Modificación de los modelos 347, 190, 180 y 182 incorporando nuevas claves Modificaciones en la presentación de los modelos 038, 180, 182, 187, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 720 Reducción de cargas Administrativas: modelos 390 y 347 Mostrar/Ocultar
2 Página 2 de 8 Nuevo Modelo 187: Operaciones con acciones y participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva y resumen anual de retenciones En este nuevo modelo (Orden HAP/1608/2014 de 4 de septiembre, BOE del 10) que se presenta desde el 1 al 31 de enero, se declaran: Las operaciones de adquisición y enajenación de acciones de SICAV y participaciones de Fondos de Inversión, cotizados y no cotizados. El resumen anual de las retenciones practicadas por las ganancias de patrimonio derivadas de enajenaciones. El modelo lo han de presentar -por internet con firma electrónica o en soporte legible por ordenador- las gestoras y las comercializadoras (obligadas a retener) por las operaciones. La principal novedad es la extensión a las comercializadoras de la obligación de retener y de presentar el modelo 187. Se ha introducido un nuevo campo Tipo de Resultado, para identificar aquellos supuestos de transmisión de participaciones en Fondos de Inversión en los que el transmitente comunica a la entidad obligada a practicar retención o ingreso a cuenta que ha sido titular, durante el periodo de tenencia de los valores transmitidos, de participaciones homogéneas registradas en otra entidad. Se introducen dos nuevas claves de operación: I y J. Nuevo campo: Código ISIN, como medio complementario de identificación de los valores objeto de las operaciones incluidas en el modelo 187. Nuevo Modelo 290: Cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses Este modelo de nueva creación, y por primera vez durante los tres primeros meses de 2015, las instituciones financieras en las que haya cuentas de depósito, inversión o custodia, o contratos de seguro con valor en efectivo cuyos titulares o personas que ejerzan el control sean ciudadanos estadounidenses o residentes en dicho país, estarán obligadas a su presentación. La presentación es exclusivamente por internet y con certificado de firma electrónica. Modificaciones en el Modelo 190: Retenciones del Trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta
3 Página 3 de 8 Las Comunidades de Bienes en Régimen de Propiedad Horizontal podrán presentar el modelo 190 a través de un SMS, siempre que no se superen los 15 registros y que sean obtenidos a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. La novedad es la incorporación de nuevos campos en el modelo, en especial en la clave G: Rendimientos de actividades económicas. actividades profesionales, para informar de que se han satisfecho rendimientos a contribuyentes que desarrollen actividades profesionales con un volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondientes al ejercicio inmediato anterior inferior a euros y que representen más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio. Además, en la Clave E: Rendimientos del trabajo: consejeros y administradores, se permite consignar si el consejero o administrador está incluido en el régimen general de la Seguridad Social como trabajadores asimilados a trabajadores por cuenta ajena, y las cotización satisfechas a la Seguridad Social. La finalidad de la modificación es que dichas cotizaciones le aparezcan al trabajador reflejadas en sus datos fiscales. Modificaciones en el Modelo 347 de operaciones con terceros Ahora están también obligados a presentar la declaración por las adquisiciones en general de bienes o servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso aunque no realicen actividades de esta naturaleza: Las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal Entidades o establecimientos de carácter social. Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información no sólo de las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas. Las distintas AAPP deberán relacionar a todas aquellas personas o entidades a quienes hayan satisfecho subvenciones, auxilios o ayudas, cualquiera que sea su importe.
4 Página 4 de 8 Arrendamientos: Quedan excluidos del modelo 347 los arrendadores como consecuencia de la ampliación de la información a suministrar por los arrendatarios en el modelo 180 de las operaciones de arrendamiento de inmuebles urbanos que sean locales de negocio y estén sujetos a retención. Además, se deberán consignar separadamente de otras operaciones: Las operaciones incluidas en el régimen especial del criterio de caja. Las operaciones en las que el sujeto pasivo sea el destinatario de la misma (inversión del sujeto pasivo). Operaciones sujetas y exentas en el Impuesto sobre el Valor Añadido, relativas a bienes vinculados o destinados a ser vinculados al régimen de depósito distinto del aduanero. Por último, se ha incorporado un nuevo campo de identificación del declarado para consignar el NIF-IVA en el caso de empresarios o profesionales establecidos en otro Estado miembro que carezcan de NIF. Novedades en el Modelo 180: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbano Se han añadido nuevos campos relativos a la identificación de los inmuebles arrendados: Situación del Inmueble: Referencia Catastral o no, y si está situado en País Vasco y Navarra o en el resto del territorio español. Los campos incluidos son los mismos que había en el Modelo 347, y ahora los arrendadores no tendrán que incluir las rentas por alquileres sujetas a retención en el modelo 347 al facilitar la información sobre los mismos el arrendatario en el modelo 180. Novedades en el Modelo 182 de Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones realizadas, y disposiciones recibidas En relación con los patrimonios protegidos de personas con discapacidad, se introduce una nueva clave E de operación: Gasto de dinero y consumo de bienes fungibles aportados al patrimonio protegido en el año natural o en los cuatro anteriores para atender las necesidades vitales del beneficiario y que no deban considerarse como disposición de bienes o derechos: Regularización de educciones en el aportante y
5 Página 5 de 8 renta para el titular del Patrimonio Protegido (Conforme a criterio manifestado por la Dirección General de Tributos). Modificaciones en la presentación de Modelos Se ha puesto en funcionamiento un nuevo sistema de presentación basado en el uso de certificados electrónicos reconocidos alternativo al de la firma electrónica avanzada. Se han eliminado las limitaciones relativas al número de registros para la presentación de los modelos 038, 180, 182, 187, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347, 349 y 720 mediante el sistema Cl@ve PIN, por lo que las personas físicas ya no necesitan certificado de firma electrónica para la presentación de los principales modelos de Declaraciones Informativas. Se habilita la presentación por SMS del modelo 190 correspondiente a comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal, siempre que la declaración no exceda de 15 registros. Se podrán presentar en soporte legible por ordenador los modelos con más de de registros. Reducción de cargas administrativas La Agencia Tributaria ha reducido la carga administrativa relacionada con los arrendamientos en los modelos 390 y 347: Modelo 390 (Resumen anual de IVA): No tiene que ser presentado en dos supuestos por los sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral que tributando solamente en territorio común: Quienes realicen actividades en régimen simplificado del IVA y/o Quienes su actividad consista en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles de naturaleza urbana. Esta exoneración queda condicionada a la necesaria cumplimentación de casillas adicionales en la declaración del modelo 303 correspondiente al último periodo de liquidación (que se ha modificado para ello por la Orden HAP/2373/2014), de modo que si esta declaración no se presentase por haber comunicado en el ejercicio la baja en el Censo, deberá presentarse en todo caso el modelo 390. En las nuevas casillas adicionales se identifican las actividades a las que se refiere la declaración y se consigna el detalle del volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio.
6 Página 6 de 8 Modelo 347 (Operaciones con terceros): No lo han de cumplimentar los arrendadores al facilitar la información de los arrendamientos, los arrendatarios en el modelo 180, gracias a los nuevos campos de información de inmuebles incorporada (referencia catastral e información sobre la localización del inmueble), en aplicación de la Orden HAP/1732/2014. Por tanto, si el contenido de la declaración del modelo 347 de ejercicios anteriores sólo se refería a operaciones de arrendamiento de locales de negocio sujetos a retención, éste año no será necesario presentarla. PORTAL INFORMATIVAS 2014
7 Página 7 de 8 Mostrar/Ocultar En el Portal de Declaraciones Informativas 2014 están disponibles los siguientes servicios: Descarga del Programa de Ayuda para la confección de los siguientes modelos: 180, 182, 188, 190, 193, 198, 296, 345, 347 y 349. El modelo 390 tiene su propio programa de ayuda, al igual que el 347 (sólo Windows).
8 Página 8 de 8 Tramitación: Informativas, 347 y 390 Información: Novedades, ayuda, normativa, folletos informativos y vídeos En el apartado Novedades se incluye una interesante presentación PowerPoint al respecto.
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