LA FISCALIDAD DEL ABOGADO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LA FISCALIDAD DEL ABOGADO"

Transcripción

1 LA FISCALIDAD DEL ABOGADO Eladio Pascual Pedreño Zafra, 18 y 19 de septiembre de

2 LA FISCALIDAD DEL ABOGADO ÍNDICE 1. Forma jurídica que puede adoptar el abogado 2. El abogado persona física: tributación en IRPF 3. Obligaciones contables 4. Deducibilidad del gasto 5. Despacho situado en vivienda habitual 6. Retribución del socio trabajador profesional 7. Provisión de fondos y suplidos 8. Facturas impagadas en el IRPF 9. Facturas impagadas en el IVA 10. Obligaciones de facturación 2

3 1. FORMA JURÍDICA QUE PUEDE ADOPTAR EL PROFESIONAL (I) A. Persona física: - a) Trabajador dependiente - b) Trabajador autónomo B. Persona jurídica: sociedades profesionales En cada caso, distintas obligaciones contables, registrales y fiscales. Ventajas e inconvenientes. 3

4 1. FORMA JURÍDICA QUE PUEDE ADOPTAR EL PROFESIONAL (II) A. Persona física a) Trabajador dependiente - Contabilidad: ninguna obligación. - Seguridad social: 4,8% sobre la base de cotización, normalmente inferior a cuota mínima de autónomos (256,72). Dos inconvenientes (prestación futura y desempleo). - IRPF: sin posibilidad de planificar. - IVA: no sujeción. 4

5 1. FORMA JURÍDICA QUE PUEDE ADOPTAR EL PROFESIONAL (III) A. Persona física b) Trabajador autónomo (I) - Concepto: Empresario o profesional individual, persona física, que realiza en nombre propio una actividad comercial, industrial o profesional. - Características: 1ª. El propietario ejerce el control total de la empresa y dirige su gestión. 2ª. La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular (empresario), que responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa. 3ª. No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil. 4ª. No precisa proceso previo de constitución, sino que los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial. 5ª. La aportación de capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario. 5

6 1. FORMA JURÍDICA QUE PUEDE ADOPTAR EL PROFESIONAL (IV) A. Persona física b) Trabajador autónomo (II) - Contabilidad: emitir y recibir facturas, conservarlas, anotarlas en los libros registros. - Seguridad social: cuota mínima de autónomos de 256,72 (2013). - IRPF: rendimiento de actividades económicas, ingresos menos gastos (permite planificar, pero existen obli. contables y registrales) - IVA: obligación de repercutir el impuesto y deducir las cuotas soportadas que sean deducibles. Existencia de actividades exentas. 6

7 1. FORMA JURÍDICA QUE PUEDE ADOPTAR EL PROFESIONAL (V) A. Persona física a) Ventajas b) Inconvenientes c) Responsabilidad a) Ventajas - Es una forma empresarial idónea para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño. - Es la forma que menos gestiones y trámites exige hacer para la realización de su actividad, puesto que no es necesario llevar a cabo ningún trámite de adquisición de la personalidad jurídica. - Puede resultar más económica, dado que no se crea una persona jurídica distinta del propio empresario. 7

8 A. Persona física b) Inconvenientes - La responsabilidad del empresario es ilimitada. - Responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en la actividad empresarial. - El titular de la empresa ha de hacer frente en solitario a los gastos y a las inversiones, así como a la gestión y administración. - Si el volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos elevados más elevados que las sociedades: IRPF, tipos crecientes (hasta el 52%). I. Sociedades, tipo general del 30%. PYMES, 25% sobre los primeros ,00 euros y el 30% para el exceso (pueden ser del 20% y del 25% si se cumplen determinados requisitos relativos al mantenimiento o incremento de la plantilla media de trabajadores). 8

9 A. Persona física c) Responsabilidad Su responsabilidad frente a terceros es universal y responde con todo su patrimonio presente y futuro de las deudas contraídas en la actividad de la empresa. Casado: Los bienes privativos del empresario quedan obligados a los resultados. Los bienes destinados al ejercicio de la actividad y los adquiridos como consecuencia de dicho ejercicio, responden en todo caso. Régimen de bienes gananciales, para que los bienes comunes del matrimonio queden obligados será necesario el consentimiento de ambos cónyuges (se presume cuando se ejerce la actividad con conocimiento y sin oposición expresa del cónyuge, y cuando al contraer matrimonio uno de los cónyuges ejerciese la actividad y continuase con ella sin oposición del otro. Los bienes propios del cónyuge del empresario no quedarían afectos al ejercicio de la actividad empresarial, salvo que exista un consentimiento expreso de dicho cónyuge (el cónyuge lo puede revocar libremente). NOTA: Aunque el empresario individual no está obligado a inscribirse en el Registro Mercantil, puede ser conveniente para registrar los datos relativos al cónyuge, el régimen económico del matrimonio, capitulaciones, así como el consentimiento, la revocación u oposición del cónyuge a la afección a la actividad empresarial de los bienes comunes o los privativos. 9

10 B. Persona jurídica: sociedades profesionales Son aquéllas que tienen por objeto el ejercicio en común de una actividad profesional. Las obligaciones formales, contables y registrales serán las de este tipo de sociedades: llevanza de la contabilidad adaptada al Código de Comercio, conservación de las facturas, legalización de los libros, etc. Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales exige: 1º. Que se trate de una actividad profesional. 2º. Que se realice un ejercicio en común de dicha actividad. 10

11 2. EL PROFESIONAL INDIVIDUAL: IRPF El resultado de la actividad tributa como rendimiento de actividades económicas. Existen tres regímenes para determinar el rendimiento neto: Régimen de estimación directa normal Régimen de estimación directa simplificada Régimen de estimación objetiva Régimen de estimación indirecta (sólo Admón.) 11

12 3. OBLIGACIONES CONTABLES (I) Existen dos tipos de contabilidad: A. Contabilidad ajustada al Código de Comercio Contabilidad compleja, obliga a la llevanza de los libros: - Libro de Inventarios y de Cuentas Anuales - Libro Diario B. Contabilidad no ajustada al Código de Comercio (ajustada al IRPF) Contabilidad simple, obliga a la llevanza de los libros: - Libro registro de ventas e ingresos - Libro registro de compras y gastos - Libro de bienes de inversión - Libro de provisiones de fondos y suplidos 12

13 3. OBLIGACIONES CONTABLES (II) Estimación Directa Normal Empresario Actividad mercantil Actividad no mercantil Contabilidad ajustada Código Comercio Contabilidad ajustada IRPF PERSONA FÍSICA Profesional Contabilidad ajustada IRPF Estimación Directa Simplificada Empresario Profesional Contabilidad ajustada IRPF Contabilidad ajustada IRPF PERSONA JURÍDICA Estimación objetiva Contabilidad ajustada IRPF reducida Contabilidad ajustada Código Comercio 13

14 4. LA DEDUCIBILIDAD DEL GASTO A. Requisitos generales 1º. Contabilización Principio de inscripción contable (art. 11 de Ley 27/2014) 2º. Imputación temporal Principio de devengo (art. 11) 3º. Justificación 4º. Correlación con los ingresos (art. 15) 14

15 3º. Justificación Necesidad de probar la realidad del servicio prestado El art de la LGT dispone que los gastos deducibles y las deducciones que se practiquen deberán justificarse, de forma prioritaria, mediante la factura entregada por el empresario o profesional, o documento sustitutivo. Se puede pensar que la simple posesión de la factura será medio de prueba suficiente para la deducibilidad del gasto o la imputación del ingreso que la citada factura implica. Es un error, pues en todo momento se ha de estar en disposición de probar la realidad del servicio prestado. Numerosa jurisprudencia: la factura no es medio de prueba privilegiado respecto de la realidad de las operaciones y que, una vez que la Administración cuestiona razonablemente su efectividad, corresponde al sujeto pasivo probar su realidad, como establece el art. 114 de la LGT. 15

16 4º. Correlación con los ingresos (art. 15 Ley 27/2014) No serán deducibles: a) Retribución de los fondos propios; b) Los derivados de la contabilización del IS; c) Multas, sanciones, recargos; d) Pérdidas del juego. e) Donativos y liberalidades. No incluye: - Gastos por relaciones públicas con clientes o proveedores - Los efectuados con personal (según usos y costumbres) - Para promoción de ventas o prestación de servicios - Ni los que se hallen correlacionados con los ingresos. Dos novedades Ley 27/2014: - Gastos por atenciones a clientes o proveedores con límite del 1% del INCN - No se incluyen en e) las retribuciones a los administradores por el desempeño de funciones de alta dirección, u otras derivadas de un contrato de carácter laboral con la entidad. 16

17 5. DESPACHO SITUADO EN VDA. HABITUAL (I) Regla general: La Ley del IRPF no admite la afectación parcial, que un bien se pueda utilizar en actividades económicas y privadas. Excepción: cuando se trate de elementos patrimoniales que admiten un aprovechamiento separado e independiente (bien divisible). Los bienes inmuebles son bienes divisibles. 17

18 5. DESPACHO SITUADO EN VDA. HABITUAL (II) Criterio AEAT: - la parte proporcional de los gastos derivados de la titularidad de la vivienda (hipoteca, IBI, basuras, comunidad propietarios), es deducible (siempre que se haya declaradocomo domicilio de la actividad en modelo 036). - la parte proporcional de los suministros (luz, gas, calefacción, teléfono) solo será deducible si están vinculados exclusivamente a labor profesional (contrato y contadores independientes). 18

19 5. DESPACHO SITUADO EN VDA. HABITUAL (III) Sentencia TSJ Madrid, 354/2013 (rec. 43/2013) Sí es deducible la parte proporcional de los suministros. Puesto que la legislación permite la afectación parcial de la vivienda a la actividad económica no resulta lógico que la interpretación de la DGT excluya los suministros Los suministros, si bien no se han empleado de forma exclusiva en la actividad, tampoco se han deducido totalmente, sino en la parte proporcional, careciendo de toda lógica no admitir la deducción de gastos de la vivienda a una persona que trabaja en casa. 19

20 6. LA RETRIBUCIÓN DEL SOCIO PROFESIONAL (I) Nueva redacción del artículo 27.1 de la Ley 35/2006, del IRPF (desde ): Los rendimientos percibidos por el profesional se calificarán como rendimientos de actividades económicas cuando: - Procedan de una entidad en cuyo capital participe - Se trate de actividad profesional (sección 2ª IAE) - El contribuyente esté dado de alta como autónomo 20

21 6. LA RETRIBUCIÓN DEL SOCIO PROFESIONAL (II) Tradicionalmente: rend. trabajo personal Nota 1/2012 de la AEAT: rend. act. eco. siempre que: - Existe ordenación por cuenta propia - Existen medios de producción en el socio Obligaciones formales: alta en censo, emitir factura ( valor?), llevar libros registros, declaraciones periódicas. Repercusión fiscal IVA: lo repercutido por el socio, deducible por sociedad IRPF: más gastos deducibles 21 21

22 7. PROVISIÓN DE FONDOS Y SUPLIDOS (I) A. Concepto Suplidos: Sumas que un profesional, actuando como mero intermediario, satisface en nombre y por cuenta de un cliente, por su mandado (gasto del cliente). Provisión de fondos: El profesional recibe del cliente, con carácter previo a los gastos a realizar, una cantidad suficiente para afrontar el pago de los mismos. Importante: es posible que la provisión de fondos incluya también una cantidad para retribuir, con carácter de anticipo o pago a cuenta, la prestación de servicios profesionales (distinto tratamiento fiscal y contable). 22

23 7. PROVISIÓN DE FONDOS Y SUPLIDOS (II) B. Fiscalidad Suplidos: Para el profesional no será gasto deducible, ni ingreso computable cuando percibe la provisión de fondos, ni tampoco cuando no hay provisión de fondos y con posterioridad solicita el reembolso. Importante: hacer constar en la factura que es suplido Provisión de fondos: - Parte destinada a suplidos: no se devenga el IVA y no estará sujeta a retención e ingreso a cuenta. - Parte destinada a pagar por anticipado al profesional: devengo del IVA en el momento del pago de la prov. de fondos, y sujeta a retención por act. profesional (21%) 23

24 7. PROVISIÓN DE FONDOS Y SUPLIDOS (III) C. Contabilidad a) Persona física - Contabilidad no ajustada al C. de Comercio - Cuando recibe la provisión de fondos, emite recibo y la registra en el libro de provisión de fondos - Los gastos en los que incurra los registrará en el libro de suplidos o en el libro de provisión de fondos con signo negativo, con lo que se llevaría un solo libro - Si no existía provisión de fondos, se repercutirá al cliente en la factura el importe del gasto. - Si la provisión de fondos incluye un pago a cuenta de los honorarios: al libro de ingresos, y emisión de factura 24

25 7. PROVISIÓN DE FONDOS Y SUPLIDOS (IV) C. Contabilidad b) Persona jurídica - Contabilidad ajustada al C. de Comercio - Destinada al pago de suplidos (572) Bancos a Cta. cte. con cliente (55X) - Destinada al pago de honorarios (572) Bancos a Anticipo de clientes (438) a Hda. Pbca. IVA reper. (477) 25

26 8. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IRPF (I) Según el régimen fiscal de determinación del rendimiento: A. Estimación directa normal Son deducibles las insolvencias de deudores siempre que en el momento del devengo del impuesto: a) Hayan transcurrido 6 meses desde el vencimiento de la operación b) El deudor esté declarado en situación de concurso c) El deudor esté procesado por delito de alzamiento de bienes d) Las obligaciones se hayan reclamado judicialmente o sean objeto de un litigio judicial o procedimiento arbitral. Excepciones: créditos garantizados, afianzados, entre empresas del grupo, etc. 26

27 8. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IRPF (II) B. Estimación directa simplificada En la minoración de un 5% sobre el rendimiento neto en concepto de provisiones deducibles y gastos de difícil justificación, se entienden incluidas las posibles insolvencias de deudores. No se pueden descontar adicionalmente. C. Estimación objetiva No afecta (ni se suman los ingresos, ni se descuentan las insolvencias. NOTA: En las sociedades es similar a la estimación directa normal, con la particularidad de que las PYMES pueden deducirse el 1% del saldo de deudores que tengan al final de cada año. 27

28 9. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IVA (I) Se declara un IVA que no se ha llegado a percibir. En cuanto a los supuestos de modificación de la base imponible, hay que distinguir: A. Operaciones no incursas en procedimientos concursales B. Operaciones incursas en procedimientos concursales 28

29 9. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IVA (II) Reglas comunes a ambos supuestos: 1ª. No se podrá modificar la base imponible cuando se trate de créditos: - Con garantía real, afianzados por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca, seguro de crédito - Entre personas o entidades vinculadas para el IVA - Endeudados o afianzados por entes públicos (hasta el 13 de abril de 2010) - Que deudor no esté establecido en territorio de aplicación del IVA, ni Canarias, Ceuta o Melilla. 2ª. Hay cobro parcial antes de la modificación: se entiende que en esa cantidad está incluido el IVA. 3ª. La rectificación de las deducciones del destinatario de la operación determina el nacimiento del crédito a favor de la Hacienda Pbca. 29

30 9. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IVA (III) A. Operaciones no incursas en procedimientos concursales Desde 14-abril-2010 (entrada en vigor del RD 6/2010) la BI podrá reducirse cuando las cuotas repercutidas sean incobrables, lo que ocurrirá cuando: 1. Más de 6 meses desde el devengo del impuesto o vencimiento de los plazos (un año si la empresa factura más de ,04 ) 2. Reflejo del impago en los libros contables. 3. Que el destinatario de la operación sea empresario o profesional o, que la BI de la factura sea superior a Que el sujeto pasivo haya instado al cobro mediante reclamación judicial del crédito o notarialmente. 30

31 9. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IVA (IV) Para poder recuperar el IVA habrá que expedir factura rectificativa: 1. Emitirse en el plazo de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de 6 meses o 1 año (caso contrario, se pierde el derecho a la devolución). 2. Igual contenido que una factura normal, con las peculiaridades: - En el encabezamiento, FACTURA RECTIFICATIVA - Número de factura específico ( R/000 ) - En el concepto: nº de factura rectificada y concepto de la corrección - Se puede hacer poniendo lo facturado anteriormente en negativo y lo definitivo en positivo, o poniendo directamente el importe de la rectificación. 31

32 9. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IVA (V) Anteproyecto de Ley de Apoyo al emprendedor Posibilidad de que PYMES y autónomos con menos de de facturación no liquiden a Hacienda el IVA de sus facturas si no las han cobrado. Aplicación al criterio de caja para las liquidaciones del IVA repercutido en las facturas emitidas a los clientes. Mismo criterio habrá que aplicar para las facturas recibidas. 32

33 9. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IVA (VI) Anteproyecto de Ley de Apoyo al emprendedor Ventajas: el proveedor no deberá pagar de su propio bolsillo el 21% de IVA repercutido que tendría que haber abonado el cliente moroso (mayor liquidez). Inconvenientes: - El hecho de que se aplique el mismo criterio para las facturas recibidas, lo que supone un retraso en la deducción del IVA soportado en las adquisiciones a proveedores. - Cada 31 de diciembre, el sujeto pasivo deberá liquidar todo el IVA devengado, aunque no esté cobrado todavía. 33

34 9. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IVA (VII) Proyecto de RD que modifica el Reglamento del IVA Opción: Al presentar la declaración o en el mes de diciembre anterior, entendiéndose prorrogado cada año, salvo renuncia o exclusión. Renuncia: Mediante declaración censal, a presentar en el mes de diciembre anterior, surtiendo efecto para un periodo mínimo de 3 años. Exclusión: - Cuando volumen de operaciones del año natural sea superior a Cuando los cobros en efectivo respecto al mismo destinatario sean superiores a

35 9. FACTURAS IMPAGADAS EN EL IVA (VIII) Proyecto de RD que modifica el Reglamento del IVA Libros registros: a) En el libro registro de facturas expedidas habrá de registrarse la fecha del cobro, el importe y los medios de cobro. b) En el libro registro de facturas recibidas, tanto los acogidos como los no acogidos, pero que sean destinatarios, habrá de registrarse la fecha de pago, el importe y los medios de pago Factura: habrá de incluirse mención de acogimiento al criterio de caja. 35

36 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (I) Real Decreto 1619/2012, de 30-noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de facturación (en vigor desde ) Honorarios y derechos Gastos suplidos Gastos no suplidos Provisión de fondos para gastos y suplidos Provisión de fondos como entregas a cuenta 36

37 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (II) Honorarios y derechos Son los ingresos obtenidos por las actuaciones que el profesional ha realizado. Dichos ingresos están sujetos a IVA y a retención a cuenta del IRPF. Hemos de hacer dos precisiones: 1ª. En relación a la sujeción al IVA, los honorarios de abogados y procuradores devengados por el Turno de Oficio no están sujetos al IVA. 2ª. Las retenciones a cuenta del IRPF solo podrán practicarlas aquellos sujetos pasivos (clientes) que sean empresarios o profesionales, no así por los que sean consumidores finales. Dichos sujetos pasivos (clientes) que sean empresarios o profesionales estarán obligados a practicarla. 37

38 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (III) Gastos suplidos Facturación: Las facturas generadas por dichos conceptos han de ser emitidas a nombre del cliente, aunque el pago se realice por el profesional. Por tanto, el profesional actúa como mero intermediario, limitándose a hacer constar al final de la factura o minuta, y bajo el concepto de Suplidos, los importes totales abonados por este concepto y que sumaran en el importe total a pagar de la factura. El profesional acompañará a su minuta los originales de las facturas devengadas por suplidos a fin de que el cliente pueda deducirlas. Es importante mantener copia de las facturas de suplidos originadas en un procedimiento a fin de justificar este extremo ante una eventual comprobación fiscal. IVA e IRPF: Los conceptos facturados como suplidos no están sujetos a IVA ni a retención por IRPF. 38

39 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (IV) Gastos no suplidos Concepto: Se trata de los gastos originados que, correspondiendo al profesional, y facturados a nombre de este, se repercuten al cliente (por la base imponible). Facturación: Se harán constar en la factura o minuta sumándose a los honorarios, y formarán parte de la base imponible. Así, el total factura estará compuesta por los honorarios, los gastos no suplidos y los impuestos. Las facturas originales correspondientes a dichos gastos quedarían en poder del profesional puesto que constituirá un gasto deducible en su impuesto personal (IRPF o IS) y una cuota deducible en el IVA. IVA y retenciones: Puesto que forman parte de la base imponible de la factura como tales gastos, están sujetos al IVA y a retención a cuenta del IRPF. 39

40 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (V) Provisión de fondos para gastos y suplidos Concepto: Son anticipos solicitados por el profesional al cliente con la finalidad de satisfacer diversos gastos y suplidos originados durante el transcurso de las actuaciones profesionales. Facturación: Cuando recibe la provisión de fondos destinada a hacer frente a los gastos del cliente deberá emitir un recibo como justificante de la entrega, que reflejará en el libro registro de provisión de fondos. IVA y retenciones: No existe obligación de repercutir el IVA ni de practicar la retención a cuenta del IRPF. 40

41 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (VI) Provisión de fondos como entregas a cuenta Concepto: Son aquellas cantidades solicitadas y recibidas por el profesional del cliente en concepto de anticipo o señal para la prestación de un servicio. Se trata de un ingreso a cuenta, puesto que se produce cuando aún no se ha concluido la actuación profesional y no se ha producido el ingreso. También podría ocurrir que ya se hubieran realizado los servicios y se tratará de cantidades percibidas a cuenta de los honorarios finales. Facturación: Se exige la emisión de una factura con los contenidos mínimos exigidos, con una serie distinta (por tratarse de un anticipo, puede ser A/000) y con numeración correlativa. Si fueran cantidades percibidas a cuenta de los honorarios finales una vez realizados servicios, serán facturas normales de cobro parcial e imputarse como ingresos del ejercicio. IVA y retención: Puesto que el pago se produce cuando aún no se ha concluido la actuación profesional y no se ha producido el ingreso, sí estarán sujetos a IVA (los anticipos están sujetos al IVA), pero no a la obligación de practicar la retención a cuenta del IRPF. Posteriormente, se restará el IVA en la factura final, añadiendo en la misma la retención del IRPF sobre esa entrega a cuenta, siempre que corresponda realizar dicha retención. En el segundo caso contemplado, en que se hubieran realizado los servicios, sí existirá la obligación de practicar la retención a cuenta del IRPF. En algunos casos se factura por fases, en función de la prestación del servicio. Serán facturas finales, por lo que se aplicaría el IVA y se practicaría la retención a cuenta del IRPF. No hay que confundir con un anticipo, puesto que se está facturando una fase ya realizada. 41

42 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (VII) Contenido de la factura (I) 1.- Sus datos personales: Nombre y apellidos, NIF, domicilio, población. 2.- Factura/Minuta con su número: Los números de orden deben ser correlativos y sin la existencia de saltos. Se pueden utilizar distintas series. 3.- Fecha de emisión de la factura: Como máximo debe hacerse dentro de los 30 días siguientes a la conclusión del servicio. 4.- Datos del Cliente: Nombre y apellidos, NIF, domicilio, Población. 42

43 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (VIII) Contenido de la factura (II) 5.- Conceptos: - Honorarios por las actuaciones realizadas. - Gastos no suplidos repercutibles. 6.- Total Base Imponible: Suma de los dos conceptos anteriores. 7.- Cuota de IVA El tipo general del IVA (desde el 1 de septiembre de 2013, 21%) 8.-Total Factura: Recogerá la suma de la base imponible y la cuota de IVA. 43

44 10. OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN (IX) Contenido de la factura (III) 9.- Retención a cuenta del IRPF: Importe de la retención a cuenta del IRPF que se girará sobre la base imponible. Como anticipamos, solamente cuando el cliente sea empresario o profesional. El tipo de retención aplicable desde el 1 de septiembre de 2012 es del 21 % Suplidos: Concepto e importe de los suplidos satisfechos Provisiones de fondos: Las provisiones de fondos percibidas con anterioridad, en su caso Total a pagar: Será el resultado de: Total factura (8) - Retención a cuenta del IRPF (9) + Suplido (10) - Provisiones de fondos Total a pagar 12.- Forma de pago: Se reflejará la forma de pago: efectivo, cheque, pagaré, transferencia, etc.; así como el vencimiento: reposición, días vista o fecha de vencimiento. 44

45 Retención en profesionales Tipos de retención del profesional: 2013 y 2014: 21% 2015: 19% 2016: 18% Nuevos profesionales (año alta más tres siguientes): 9% Profesionales con bajos ingresos (menos de ): 15% Importante: - Solo se retiene en facturas emitidas a otros autónomos y a personas jurídicas. - Si más del 70% de tus facturas llevan retención, exención de presentar la declaración trimestral de IRPF 45

INFORME SOBRE LOS EFECTOS CONTABLES Y FISCALES PARA UNA EMPRESA POR LA INSOLVENCIA DE UN DEUDOR

INFORME SOBRE LOS EFECTOS CONTABLES Y FISCALES PARA UNA EMPRESA POR LA INSOLVENCIA DE UN DEUDOR INFORME SOBRE LOS EFECTOS CONTABLES Y FISCALES PARA UNA EMPRESA POR LA INSOLVENCIA DE UN DEUDOR I.- Aspectos contables. Dotación de provisión por deterioro de créditos y registro de la pérdida definitiva

Más detalles

FIGURA: MODIFICACIÓN BASE IMPONIBLE DEL I.V.A.

FIGURA: MODIFICACIÓN BASE IMPONIBLE DEL I.V.A. RECUPERACIÓN IVA REPERCUTIDO FIGURA: MODIFICACIÓN BASE IMPONIBLE DEL I.V.A. Legislación: - NORMATIVA: LEY Y REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - * Art. 80. LEY 37/1992, DE 28 DE DICIEMBRE,

Más detalles

Introducción. Características principales. Ventajas. Inconvenientes

Introducción. Características principales. Ventajas. Inconvenientes Introducción El empresario individual es una persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa una actividad comercial, industrial o profesional. Es una figura clásica en el mundo

Más detalles

ASPECTOS LEGALES Y FISCALES DEL CONCURSO DE ACREEDORES. Rosa Pérez /Carmen Ferrer 15 de enero de 2009

ASPECTOS LEGALES Y FISCALES DEL CONCURSO DE ACREEDORES. Rosa Pérez /Carmen Ferrer 15 de enero de 2009 ASPECTOS LEGALES Y FISCALES DEL CONCURSO DE ACREEDORES Rosa Pérez /Carmen Ferrer 15 de enero de 2009 ASPECTOS LEGALES DEL CONCURSO DE ACREEDORES Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal Rosa Pérez 15 de enero

Más detalles

Circular Fiscal - abril 2015 Presentación declaraciones trimestrales IVA 2015

Circular Fiscal - abril 2015 Presentación declaraciones trimestrales IVA 2015 Modificación de la Base Imponible del IVA en el caso de impago de las operaciones En situaciones de impago, la Base imponible no se altera, sino que, en aplicación del artículo 80 de la LIVA se produce

Más detalles

RECUPERACIÓN IVA IMPAGADOS

RECUPERACIÓN IVA IMPAGADOS Circular 07/2015 Valencia, 19 de febrero de 2015 RECUPERACIÓN IVA IMPAGADOS (Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, Art. 80. tres y cuatro, Modificados por la Ley 28/2014, de 27 de noviembre;

Más detalles

Régimen especial del criterio de caja para el IVA

Régimen especial del criterio de caja para el IVA Régimen especial del criterio de caja para el IVA Régimen especial del criterio de caja para el IVA. Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre. Como es sabido, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real

Más detalles

Modificación de la Base imponible. Resumen Práctico A) SIN CONCURSO DE ACREEDORES. 1. Para poder efectuar la modificación de la base imponible:

Modificación de la Base imponible. Resumen Práctico A) SIN CONCURSO DE ACREEDORES. 1. Para poder efectuar la modificación de la base imponible: A) SIN CONCURSO DE ACREEDORES 1. PLAZOS 1. Para poder efectuar la modificación de la base imponible: Haber transcurrido 1 año del devengo del IVA repercutido. Son 6 meses en caso de que el Volumen de Operaciones

Más detalles

FISCALIDAD EN TIEMPOS DE CRISIS: ESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL, POLÍTICAS RETRIBUTIVAS Y GESTIÓN DE LA INSOLVENCIA Y LA MOROSIDAD

FISCALIDAD EN TIEMPOS DE CRISIS: ESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL, POLÍTICAS RETRIBUTIVAS Y GESTIÓN DE LA INSOLVENCIA Y LA MOROSIDAD FISCALIDAD EN TIEMPOS DE CRISIS: ESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL, POLÍTICAS RETRIBUTIVAS Y GESTIÓN DE LA INSOLVENCIA Y LA MOROSIDAD Joaquín Cuesta Domínguez 10 de marzo de 2009 FISCALIDAD EN TIEMPOS DE CRISIS

Más detalles

CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE EL DEBER DE FACTURAR

CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE EL DEBER DE FACTURAR CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE EL DEBER DE FACTURAR OBLIGACION DE FACTURAR La obligación de facturar de los empresarios y profesionales se recoge en la Ley 58/2003, General Tributaria, en la Ley 37/1992,

Más detalles

TERRER Gestión y Asesoramiento, SLP

TERRER Gestión y Asesoramiento, SLP JORNADA TECNICA: FISCAL COLEGIO OFICIAL DE AGENTES COMERCIALES DE VALENCIA Diego Terrer Peris TERRER Gestión y Asesoramiento, SLP 1 FORMAS DE EJERCER LA PROFESION Persona Física Comunidad de Bienes o Sociedad

Más detalles

Nota Técnica SUPUESTOS DE MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE

Nota Técnica SUPUESTOS DE MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE NOTA TÉCNICA DE GARRIDO ABOGADOS Y ASESORES FISCALES FISCAL En mayo de 2010, el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, introdujo un

Más detalles

EL CRITERIO DE CAJA. PREGUNTAS Y RESPUESTAS

EL CRITERIO DE CAJA. PREGUNTAS Y RESPUESTAS EL CRITERIO DE CAJA. PREGUNTAS Y RESPUESTAS El nuevo Régimen del Criterio de Caja: preguntas y respuestas A partir de qué fecha podrá aplicarse? A partir del 01-01-2014 Podrán todas las empresas optar

Más detalles

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre) TÍTULO IX CAPITULO VI RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS AGENCIAS DE VIAJES Artículo 141. Régimen especial de las agencias

Más detalles

GUIA LABORAL Y FISCAL 2012: TRABAJAR COMO INGENIERO

GUIA LABORAL Y FISCAL 2012: TRABAJAR COMO INGENIERO 5. OBLIGACIONES FORMALES, CONTABLES Y REGISTRALES 5.1. Obligaciones establecidas por la normativa del IRPF 5.1.1. Obligaciones formales Todos los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES. relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347

PREGUNTAS FRECUENTES. relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347 PREGUNTAS FRECUENTES relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347 (Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro y otras operaciones, regulada en el artículo 36

Más detalles

APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD FISCAL JUNIO 2.010 SUMARIO

APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD FISCAL JUNIO 2.010 SUMARIO APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD JUNIO 2.010 SUMARIO 1. CONSECUENCIAS DE LOS CAMBIOS DE TIPOS IMPOSITIVOS DEL IVA A PARTIR DE 1 DE JULIO DE 2010 Se analizan en particular las ejecuciones de obra, las prestaciones

Más detalles

OBLIGACIONES FISCALES AÑO 2016. Declaraciones y pagos a realizar

OBLIGACIONES FISCALES AÑO 2016. Declaraciones y pagos a realizar A S E S O R Í A F I S C A L OBLIGACIONES FISCALES AÑO 2016 Declaraciones y pagos a realizar A) PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA DEL I.R.P.F. B) RETENCIONES PRACTICADAS C) SEGUROS SOCIALES D) IMPUESTO SOBRE

Más detalles

Impuesto Renta 2012. País Vasco. Información de tu interés.

Impuesto Renta 2012. País Vasco. Información de tu interés. Impuesto Renta 2012 País Vasco Información de tu interés. A continuación te informamos, de forma resumida, de la normativa a aplicar en los diferentes productos financieros para la declaración de los Impuestos

Más detalles

Criterio de Caja en el IVA. Guía práctica del nuevo régimen 2014

Criterio de Caja en el IVA. Guía práctica del nuevo régimen 2014 Criterio de Caja en el IVA Guía práctica del nuevo régimen 2014 ÍNDICE Qué es el criterio de caja en el IVA?... En qué se diferencia el criterio de caja del criterio de devengo?... Estoy obligado al criterio

Más detalles

Facturas Rectificativas Cómo se Hacen?

Facturas Rectificativas Cómo se Hacen? Facturas Rectificativas Cómo se Hacen? Diversas son las controversias generadas por la redacción del Reglamento de Obligaciones de Facturación (RD 1496/2003, 28 de Noviembre) en relación con las facturas

Más detalles

APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS

APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE OBTENGAN DETERMINADOS RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES PROFESIONALES El porcentaje de retención sobre rendimientos de actividades

Más detalles

CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. Pág.1/6. IRPF (Ley 35/2006)

CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. Pág.1/6. IRPF (Ley 35/2006) CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. Pág.1/6 GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES IRPF (Ley 35/2006) Nº126619-Reintegro de subvenciones. Pregunta: Tratamiento en el IRPF del reintegro de

Más detalles

CASO PRÁCTICO Nº 217

CASO PRÁCTICO Nº 217 CASO PRÁCTICO Nº 217 CONSULTA Nuestro sistema informático edita las facturas rectificativas con un texto que así lo indica ( FACTURA RECTIFICATIVA ) pero los importes se consignan en positivo. Hasta ahora

Más detalles

SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN

SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN Febrero 2013 SITUACIÓN ACTUAL ENTORNO A LAS OBLIGACIONES DE FACTURACIÓN A continuación se acompaña un resumen sobre cuales son las obligaciones de facturación por parte de las empresas una vez aprobado

Más detalles

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál

Más detalles

Información Tributaria y Mercantil

Información Tributaria y Mercantil Información Tributaria y Mercantil Avda. Gral. P rimo de Riv era, 7 - Entlo. - 30008 MUR CIA Telf.: 968 23 72 12 FAX: 968 24 72 90 www.prome r- as esores.co m p rom er@p rome r- as esores. com L MODIFICACION

Más detalles

LIBROS OBLIGATORIOS SEGÚN LA LEGISLACIÓN MERCANTIL Y LA LEGISLACIÓN FICAL

LIBROS OBLIGATORIOS SEGÚN LA LEGISLACIÓN MERCANTIL Y LA LEGISLACIÓN FICAL LIBROS OBLIGATORIOS SEGÚN LA LEGISLACIÓN MERCANTIL Y LA LEGISLACIÓN FICAL Existe una eterna confusión entre los empresarios sobre los libros contables que están obligados a llevar. Esto es consecuencia

Más detalles

Los depósitos bancarios

Los depósitos bancarios Depósitos Bancarios 2014 Guías 14 Depósitos bancarios Los depósitos bancarios se caracterizan por ser contratos por los cuales una de las partes (una persona o una entidad) entrega a la otra, generalmente

Más detalles

PROYECTO RD MODIFICACION REGLAMENTOS FISCALES IRPF/SOCIEDADES/IRNR/IVA/FACTURACION

PROYECTO RD MODIFICACION REGLAMENTOS FISCALES IRPF/SOCIEDADES/IRNR/IVA/FACTURACION PROYECTO RD MODIFICACION REGLAMENTOS FISCALES IRPF/SOCIEDADES/IRNR/IVA/FACTURACION Entrada en vigor RD = 01-01-2011 RESUMEN MODIFICACIONES PREVISTAS: DEVOLUCION IVA no establecidos en el TAI pero establecidos

Más detalles

OBLIGACIÓN DE FACTURAR

OBLIGACIÓN DE FACTURAR OBLIGACIÓN DE FACTURAR La obligación de facturar de los empresarios y profesionales se recoge en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General tributaria, en su artículo 29.2e), en el artículo 164, apartado

Más detalles

MODELO 340: PREGUNTAS DE GESTIÓN DEL MODELO

MODELO 340: PREGUNTAS DE GESTIÓN DEL MODELO MODELO 340: PREGUNTAS DE GESTIÓN DEL MODELO Debe coincidir necesariamente el resultado de la autoliquidación de IVA, modelo 303, con el derivado de la declaración informativa de los libros registro, modelo

Más detalles

CAPÍTULO DE GASTOS Y FACTURAS/ JUSTIFICANTES RECIBIDOS

CAPÍTULO DE GASTOS Y FACTURAS/ JUSTIFICANTES RECIBIDOS CAPÍTULO DE GASTOS Y FACTURAS/ JUSTIFICANTES RECIBIDOS INDICE: A PANTALLA DE REGISTRO DE UN NUEVO GASTO:... 2 1 - DATOS GENERALES:... 4 a) Tipo Operación:... 4 b) Tipo de Registro... 5 c) Operaciones Especiales...

Más detalles

NOVEDADES FISCALES EN LEY APOYO A LOS EMPRENDEDORES

NOVEDADES FISCALES EN LEY APOYO A LOS EMPRENDEDORES NOVEDADES FISCALES EN LEY APOYO A LOS EMPRENDEDORES El pasado día 28 de septiembre de 2013 se publicó la Ley 14/2013, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización en el Boletín Oficial del Estado,

Más detalles

Los depósitos bancarios

Los depósitos bancarios Depósitos bancarios 2012 Guías 12 Depósitos bancarios Los depósitos bancarios se caracterizan por ser contratos por los cuales una de las partes (una persona o una entidad) entrega a la otra, generalmente

Más detalles

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF

Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF Comentarios al Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación realizados por el REAF 0. Introducción Esta norma, de aplicación a partir

Más detalles

Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003)...

Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003)... Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003).... Artículo 11. Naturaleza. TÍTULO II. TRIBUTOS PROPIOS. CAPÍTULO

Más detalles

Avda. Diagonal, 449 4º 08036 Barcelona Tlf. 933634665 www.aetna-intl.com @AETNACENTRE

Avda. Diagonal, 449 4º 08036 Barcelona Tlf. 933634665 www.aetna-intl.com @AETNACENTRE cosas a tener en cuenta antes de iniciar mi proyecto que formas fiscales puedo dar a mi empresa ventajas e inconvenientes de cada una de ellas: empresario individual sociedad civil privada sociedad limitada

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO DE FACTURAS Aprobado por Comisión de Pleno de Sostenibilidad, Urbanismo y Asuntos Generales de este Ayuntamiento, en virtud de acuerdo de Pleno de delegación de competencias

Más detalles

Morera Bargués Asesores, SL. Gran Vía Carlos III 94 3ª Torre Oeste 08028 Barcelona. Teléfono: 93.330.80.51

Morera Bargués Asesores, SL. Gran Vía Carlos III 94 3ª Torre Oeste 08028 Barcelona. Teléfono: 93.330.80.51 NUM-CONSULTA V1865-14 ÓRGANO SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas FECHA-SALIDA 11/07/2014 NORMATIVA TRLIS RD Leg 4/2004, arts: 10.3, 14, 19. DESCRIPCIÓN- HECHOS La entidad consultante es una entidad

Más detalles

Normativa referente a las Obligaciones contables y registrales

Normativa referente a las Obligaciones contables y registrales Normativa referente a las Obligaciones contables y registrales Cuestiones generales: artículos 29.2.d) Ley 58/2003; 164.Uno.4º y 166 Ley 37/1992 y, 67 y 68 RD 1624/1992 Libros registros IVA: Libros registros

Más detalles

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas Régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002 Página1 Régimen

Más detalles

RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE

RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE REGLAMENTO DE FACTURACIÓN TEXTO LEGAL El Reglamento se divide en un título preliminar, dos títulos, 6 disposiciones adicionales y 2 transitorias. Su entrada en vigor es

Más detalles

CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. ADUANAS. Nº135469-01-Modificaciones en el IVA de importación en 2015.

CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. ADUANAS. Nº135469-01-Modificaciones en el IVA de importación en 2015. CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. ADUANAS I.V.A. DIFERIDO, COMERCIO EXTERIOR Nº135469-01-Modificaciones en el IVA de importación en 2015. Pregunta: Qué modificaciones legales se han

Más detalles

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos. ORDENANZA FISCAL Nº 41.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS QUE RESULTEN DE INTERÉS GENERAL O

Más detalles

TEST 04. 2. Las facturas o documentos sustitutivos pueden ser emitidas en todos los casos:

TEST 04. 2. Las facturas o documentos sustitutivos pueden ser emitidas en todos los casos: TEST 04 1. Según el artículo 11 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, en adelante R.D. 1619/2012, si el destinatario de la operación es un empresario o profesional la factura deberá expedirse:

Más detalles

Que se. manifiesta en. Al que pertenece el. Grava Para ello se aplica el TODAS LAS VENTAS DE EMPRESARIOS Y PROFESIONAL. Pero recae sobre el

Que se. manifiesta en. Al que pertenece el. Grava Para ello se aplica el TODAS LAS VENTAS DE EMPRESARIOS Y PROFESIONAL. Pero recae sobre el IMPUESTOS Gravan la Capacidad de pago Que se manifiesta en RENTA RIQUEZA CONSUMO F o r m a n l a IMPOSICION DIRECTA IMPOSICION INDIRECTA IVA Al que pertenece el Se aplica en Grava Para ello se aplica el

Más detalles

CURSO "FISCALIDAD PARA EMPRESAS Y PROFESIONALES"

CURSO FISCALIDAD PARA EMPRESAS Y PROFESIONALES CURSO "FISCALIDAD PARA EMPRESAS Y PROFESIONALES" OBJETIVOS A nadie resulta novedosa la importancia de las relaciones económicas de las empresas y profesionales con los organismos públicos fiscales y tributarios.

Más detalles

QUE ES LA SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA (SLNE)

QUE ES LA SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA (SLNE) La Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa viene desarrollando desde el año 2002 el Proyecto Nueva Empresa. Dicho proyecto es una iniciativa que tiene como objeto facilitar la creación

Más detalles

MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DEL IVA POR IMPAGO

MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DEL IVA POR IMPAGO MODIFICACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DEL IVA POR IMPAGO Carlos Alarcia y Nuria Sigüenza FBS Insight, Diciembre 2014 INTRODUCCIÓN La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (en

Más detalles

REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS

REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Consulta: Un Ayuntamiento tiene suscrito un contrato con una empresa de servicios deportivos

Más detalles

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACION A EFECTOS DEL IVA

NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACION A EFECTOS DEL IVA Madrid, 18 de diciembre de 2012 A los Titulares de Escuelas Católicas Directores/as de centros EXCEPTO PAIS VASCO, NAVARRA, CANARIAS, CEUTA Y MELILLA EC05668 NUEVO REGLAMENTO DE FACTURACION A EFECTOS DEL

Más detalles

IS EN TIEMPOS DE CRISIS

IS EN TIEMPOS DE CRISIS 1 2 Situación de insolvencia 2 meses Acuerdo de refinanciación Propuesta anticipada de convenio 3 meses Solicitud de declaración del concurso 3 cuenta concepto debe haber 436 Clientes de dudoso cobro (base

Más detalles

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El

Más detalles

Modelo 347. Novedades y preguntas frecuentes

Modelo 347. Novedades y preguntas frecuentes Miembro de Nº 9 / Febrero 2015 Modelo 347. Novedades y preguntas frecuentes A continuación pasamos a informarles de las novedades y operaciones más habituales en las empresas y de cómo debemos actuar a

Más detalles

SELECCIÓN DE CONSULTAS SOBRE EL MODELO 347 (APLICABLES A DISTINTOS EJERCICIOS: 2012 Y ANTERIORES)

SELECCIÓN DE CONSULTAS SOBRE EL MODELO 347 (APLICABLES A DISTINTOS EJERCICIOS: 2012 Y ANTERIORES) SELECCIÓN DE CONSULTAS SOBRE EL MODELO 347 (APLICABLES A DISTINTOS EJERCICIOS: 2012 Y ANTERIORES) PREGUNTAS FRECUENTES relativas a las DECLARACIONES INFORMATIVAS MODELOS 340 Y 347 - EJERCICIO 2011 (fuente:

Más detalles

Sánchez ASESORIA FISCAL Y FINANCIERA CENTRO DE GESTION DE DOCUMENTOS NOTARIALES

Sánchez ASESORIA FISCAL Y FINANCIERA CENTRO DE GESTION DE DOCUMENTOS NOTARIALES Sánchez ASESORIA FISCAL Y FINANCIERA CENTRO DE GESTION DE DOCUMENTOS NOTARIALES MARZO de 2008 Se detallan en esta Circular las principales novedades normativas publicadas recientemente y que versan fundamentalmente

Más detalles

CAPÍTULO DE GASTOS Y FACTURAS RECIBIDAS

CAPÍTULO DE GASTOS Y FACTURAS RECIBIDAS CAPÍTULO DE GASTOS Y FACTURAS RECIBIDAS INDICE: 0 PANTALLA DE REGISTRO DE UN NUEVO GASTO:... 1 1 - DATOS GENERALES:... 3 a) Tipo Operación:... 3 b) Tipo de Registro... 4 c) Operaciones Especiales... 6

Más detalles

ATENCION MUY IMPORTANTE

ATENCION MUY IMPORTANTE INDICADORES 2013 I.P.C. (DATO ADELANTADO 2012) 2,9 % INTERES LEGAL DEL DINERO 2013... 4 % INTERES DE DEMORA 2013... 5 % IPREM DIARIO 2013...17,75 IPREM MENSUAL 2013...532,51 IPREM ANUAL 2013...6.390,13

Más detalles

Régimen Especial del Criterio Caja ERP Microsa

Régimen Especial del Criterio Caja ERP Microsa Régimen Especial del Criterio Caja Fecha revisión: 05/12/2013 1. Introducción Régimen Especial del Criterio de Caja (RECC) Con fecha 1 de enero de 2014 entrará en vigor el nuevo Régimen Especial del Criterio

Más detalles

Principales cambios Ley 27/2014. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

Principales cambios Ley 27/2014. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Principales cambios Ley 27/2014. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. A continuación y de forma muy resumida les indicamos los más significativos: Igualación de tipos impositivos al 25% (28% para ejercicio 2015

Más detalles

La cuota íntegra se obtiene aplicando el tipo de gravamen a la base liquidable.

La cuota íntegra se obtiene aplicando el tipo de gravamen a la base liquidable. FICHERO MUESTRA Pág. 1 2.9. LA CUOTA TRIBUTARIA Cuota íntegra, cuota líquida y cuota diferencial La cuota íntegra se obtiene aplicando el tipo de gravamen a la base liquidable. La cuota íntegra del tributo

Más detalles

Ley N 20.780 REFORMA TRIBUTARIA APLICABLE A LAS PYMES

Ley N 20.780 REFORMA TRIBUTARIA APLICABLE A LAS PYMES Ley N 20.780 REFORMA TRIBUTARIA APLICABLE A LAS PYMES 12 de Julio de 2015 Soledad Recabarren G. medianas empresas Art.14 ter En el nuevo artículo 14 ter se establecen beneficios para las PYMES, los cuales

Más detalles

Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013

Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013 C/ Taboada Leal, nº 23 bajo 36203 Vigo Telf. 986482727 Fax 986481704 e-mail: asesoriag5@asesoriag5.com Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013 CONTENIDO: 1.- OBLIGACION DE EXPEDIR FACTURA 2.- DOS

Más detalles

APROBADA LA LEY DE EMPRENDEDORES QUÉ INCENTIVOS FISCALES SE REGULAN

APROBADA LA LEY DE EMPRENDEDORES QUÉ INCENTIVOS FISCALES SE REGULAN APROBADA LA LEY DE EMPRENDEDORES QUÉ INCENTIVOS FISCALES SE REGULAN PARA PYMES, AUTÓNOMOS Y EMPRENDEDORES? Entre los incentivos aprobados por la norma destacan los incentivos fiscales por inversión de

Más detalles

www.ofipro.com Guía del CRITERIO DE CAJA en el IVA de la empresa

www.ofipro.com Guía del CRITERIO DE CAJA en el IVA de la empresa Guía del CRITERIO DE CAJA en el IVA de la empresa Nota del autor Esta Guía es una introducción al nuevo Régimen especial del Criterio de Caja en el IVA que entrará en vigor el próximo 1 de enero del 2014.

Más detalles

Definición. Posibilidad de realizar actividades económicas

Definición. Posibilidad de realizar actividades económicas AUTONOMÍA SUR SCA La asociación como fórmula de economía social La fórmula asociativa como una organización autogestionada del trabajo, unidad económica para la subsistencia y el compromiso social Área

Más detalles

?Posibilidad de canjear los tiques previamente expedidos por facturas.

?Posibilidad de canjear los tiques previamente expedidos por facturas. Jurisdicción: Vía administrativa Consulta vinculante. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (LIVA/1992): Gestión: expedición de factura compresiva de varias operaciones efectuadas con anterioridad y previamente

Más detalles

2.- Consideración de las retribuciones en especie como operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.

2.- Consideración de las retribuciones en especie como operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido. Nota sobre indirecta el tratamiento de las retribuciones en especie en la imposición 1.- Introducción El objetivo de la presente nota es comentar las Consultas de la Dirección General de Tributos V1379-11

Más detalles

REAL DECRETO 1496/2003, de 28 de noviembre.

REAL DECRETO 1496/2003, de 28 de noviembre. REAL DECRETO 1496/2003, de 28 de noviembre. Aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. BOE 29 de noviembre

Más detalles

FACTURACIÓN y CONDICIÓN DE AUTÓNOMO. Definición de factura

FACTURACIÓN y CONDICIÓN DE AUTÓNOMO. Definición de factura FACTURACIÓN y CONDICIÓN DE AUTÓNOMO Definición de factura La factura es el documento emitido por el acreedor, derivado de una operación de compraventa o de una prestación de servicios y que expresa la

Más detalles

SOCIEDAD CIVIL: CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS

SOCIEDAD CIVIL: CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS SOCIEDAD CIVIL: CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS Al igual que las Comunidades de Bienes, es una opción recomendable en pequeños negocios que no exijan apenas inversiones y en los que se prefiera optar por una

Más detalles

DESGRAVACIONES FISCALES 2015

DESGRAVACIONES FISCALES 2015 DESGRAVACIONES FISCALES 2015 En el articulo 7, Ley IRPF y otras disposiciones( rentas exentas y no sujetas), el apartado h. La cuantía exenta tiene como límite en el importe de la prestación máxima que

Más detalles

SOCIEDAD CIVIL PRIVADA (S.C.P)

SOCIEDAD CIVIL PRIVADA (S.C.P) SOCIEDAD CIVIL PRIVADA (S.C.P) Es una sociedad constituida por dos o más personas que se obligan a poner en común dinero, bienes o trabajo, con la intención de realizar una actividad económica y repartir

Más detalles

PRIMERA: Importe neto de la cifra de negocios.

PRIMERA: Importe neto de la cifra de negocios. Resolución de 16 de mayo de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se fijan criterios generales para determinar el "importe neto de la cifra de negocios" (BOE

Más detalles

En este artículo os ofrecemos unas instrucciones claras de cómo agilizar los trámites de presentación mediante las herramientas de Telematel.

En este artículo os ofrecemos unas instrucciones claras de cómo agilizar los trámites de presentación mediante las herramientas de Telematel. 1 / 16 Un año más, las empresas debemos hacer frente a nuestra obligación de realizar las llamadas declaraciones informativas. Debido a su complejidad y a los cambios en los últimos años, el 347 (Declaración

Más detalles

COMISIÓN DE CONTABILIDAD Y FISCALIDAD DE ACCID

COMISIÓN DE CONTABILIDAD Y FISCALIDAD DE ACCID C/Balmes, 132 edifici IDEC 08008 Barcelona www.accid.org info@accid.org COMISIÓN DE CONTABILIDAD Y FISCALIDAD DE ACCID Comentarios sobre diversos aspectos fiscales de la norma de actualización de balances

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA: REQUISITOS FORMALES PARA EL INICIO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD POR CUENTA PROPIA.

CIRCULAR INFORMATIVA: REQUISITOS FORMALES PARA EL INICIO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD POR CUENTA PROPIA. CIRCULAR INFORMATIVA: REQUISITOS FORMALES PARA EL INICIO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD POR CUENTA PROPIA. PROCEDIMIENTO PARA EL INICIO DE LA ACTIVIDAD COMO PROFESIONAL INDEPENDIENTE (POR CUENTA PROPIA)

Más detalles

2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles:

2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles: DEDUCIBILIDAD DOTACIÓN PROVISIONES TÉCNICAS Artículo 13.2 e) Ley 43/1995. Provisión para riesgos y gastos 2. No obstante lo establecido en el apartado anterior serán deducibles: e) Las dotaciones a las

Más detalles

CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL.

CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe - 2012 167 Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe

Más detalles

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC051073 DGT: 07-04-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0986/2014 SUMARIO:

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC051073 DGT: 07-04-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0986/2014 SUMARIO: BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051073 DGT: 07-04-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0986/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: IS. Base imponible. Gastos deducibles. Otros gastos deducibles. Gastos

Más detalles

MODELO 111 RETENCIONES CURSO GESTIÓN DE AUTÓNOMOS

MODELO 111 RETENCIONES CURSO GESTIÓN DE AUTÓNOMOS MODELO 111 RETENCIONES CURSO GESTIÓN DE AUTÓNOMOS 03/06/2013 Autor Juan Canca Herrera Centro de Enseñanzas Empresariales C/Marques de Estella, 15 29670 San Pedro Alcántara Málaga Tfn.952782877 www.informaticatron.es

Más detalles

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC050019 DGT: 29-01-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0206/2014 SUMARIO:

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC050019 DGT: 29-01-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0206/2014 SUMARIO: BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC050019 DGT: 29-01-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V0206/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: IVA. Modificación de la base imponible. Créditos incobrables. Transmisión

Más detalles

Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN

Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de. Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN 1/6 Consulta Vinculante V2081-14, de 30 de julio de 2014 de la Subdireccion General de LA LEY 2339/2014 Impuestos sobre la Renta de las Personas Fisicas DESCRIPCIÓN La entidad consultante, extinguió su

Más detalles

CONSULTAS DEL PROGRAMA INFORMA AEAT SOBRE EL MODELO 347

CONSULTAS DEL PROGRAMA INFORMA AEAT SOBRE EL MODELO 347 CONSULTAS DEL PROGRAMA INFORMA AEAT SOBRE EL MODELO 347 Refª. Nº 113364 - OBLIGADOS. COMUNIDADES DE PROPIETARIOS.- Las comunidades de propietarios tienen obligación de presentar el modelo 347? Las comunidades

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 16. Artículo 1.Al amparo del previsto en los Artículos 57 y 24.1 C del Real Decreto

ORDENANZA NUMERO 16. Artículo 1.Al amparo del previsto en los Artículos 57 y 24.1 C del Real Decreto ORDENANZA NUMERO 16 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL FUNDAMENTO

Más detalles

Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley

Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley Solicitante: Ayuntamiento de la Villa de Ingenio Consulta 3/2014, relativa al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: NORMATIVA LEGAL Y REGLAMENTARIA: CONCEPTO IMPOSITIVO:

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: NORMATIVA LEGAL Y REGLAMENTARIA: CONCEPTO IMPOSITIVO: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA LEGAL Y REGLAMENTARIA: IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO Art. 5.1 y 2.1º Ley 20/1991 Art.20.Uno.1 y 6 Ley 20/1991 Art. 3.1 Real

Más detalles

Tema IV. - Otros elementos de la Base Imponible

Tema IV. - Otros elementos de la Base Imponible Tema IV. - Otros elementos de la Base Imponible EJERCICIO 1. Arrendamiento Financiero 1 A principios del año 0, ARRENDA SA adquiere mediante un contrato de arrendamiento financiero, un bien mueble cuyo

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES relativas a la DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 340

PREGUNTAS FRECUENTES relativas a la DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 340 PREGUNTAS FRECUENTES relativas a la DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 340 (Declaración informativa de operaciones incluidas en los Libros Registro a que se refiere el artículo 62.1 del Reglamento del Impuesto

Más detalles

RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN EL IRPF

RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN EL IRPF RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN EL IRPF DEFINICIÓN Son considerados rendimientos de actividades económicas todos los procedentes del trabajo personal o del capital, siempre que supongan por parte

Más detalles

LEGAL FLASH I ÁREA FINANCIERO Y TRIBUTARIO

LEGAL FLASH I ÁREA FINANCIERO Y TRIBUTARIO LEGAL FLASH I ÁREA FINANCIERO Y TRIBUTARIO LEY 14/2013, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN PRINCIPALES MEDIDAS FISCALES APROBADAS Septiembre de 2013 ÍNDICE IMPUESTO

Más detalles

GRUPO 4 ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES COMERCIALES

GRUPO 4 ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES COMERCIALES ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES COMERCIALES Instrumentos financieros y cuentas que tengan su origen en el tráfico de la empresa, así como las cuentas con las Administraciones Públicas, incluso las

Más detalles

NUEVO REGLAMENTO DE LA FACTURACION (INFORMACION AMPLIADA)

NUEVO REGLAMENTO DE LA FACTURACION (INFORMACION AMPLIADA) El Decreto Foral 4/2013 de 22 de Enero, establece que, los empresarios o profesionales están obligados a expedir y entregar, en su caso, factura u otros justificantes por las operaciones que realicen en

Más detalles

Los depósitos bancarios

Los depósitos bancarios Depósitos Bancarios 2015 Guías 15 Depósitos bancarios Los depósitos bancarios se caracterizan por ser contratos por los cuales una de las partes (una persona o una entidad) entrega a la otra, generalmente

Más detalles

ASPECTOS LÉGALES BÁSICOS DE LA PROFESIÓN DE TRADUCTOR E INTÉRPRETE

ASPECTOS LÉGALES BÁSICOS DE LA PROFESIÓN DE TRADUCTOR E INTÉRPRETE ASPECTOS LÉGALES BÁSICOS DE LA PROFESIÓN DE TRADUCTOR E INTÉRPRETE Rafael D. Agulló - Abogado - Profesor Facultad Derecho Universidad de Alicante Alicante 3 de febrero de 2012 Fórmulas de ejercicio de

Más detalles

Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización

Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización Entre las medidas previstas en el Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización destacan las siguientes:

Más detalles

APUNTES DE ACTUALIDAD FISCAL

APUNTES DE ACTUALIDAD FISCAL FEBRERO 2016 APUNTES DE ACTUALIDAD FISCAL SUMARIO 1. RECARGOS POR LIQUIDACIONES FUERA DE PLAZO Repasamos los recargos que pueden aplicarse a las liquidaciones y autoliquidaciones pagadas fuera de plazo.

Más detalles

Deducciones de carácter estatal en el IRPF 2015

Deducciones de carácter estatal en el IRPF 2015 Deducciones de carácter estatal en el IRPF 2015 Con la entrada en vigor de la nueva Reforma Fiscal se han introducido una serie de cambios que afectan a las deducciones en el IRPF para este año 2015 que,

Más detalles

CÁLCULO DEL DÉFICIT EN CONTABILIDAD NACIONAL UNIDADES EMPRESARIALES QUE APLICAN EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PRIVADA O ALGUNA DE SUS ADAPTACIONES

CÁLCULO DEL DÉFICIT EN CONTABILIDAD NACIONAL UNIDADES EMPRESARIALES QUE APLICAN EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PRIVADA O ALGUNA DE SUS ADAPTACIONES CÁLCULO DEL DÉFICIT EN CONTABILIDAD NACIONAL DE LAS UNIDADES EMPRESARIALES QUE APLICAN EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PRIVADA O ALGUNA DE SUS ADAPTACIONES SECTORIALES Marzo 2013 MINISTERIO DE HACIENDA

Más detalles