Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) Informe Presupuesto Ordinario 2017 DE

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1 Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) Informe Presupuesto Ordinario 2017 DE Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Octubre 2016

2 Índice de Contenido Resumen Ejecutivo... 1 Introducción... 2 Objetivo General... 3 Capítulo I: Análisis Presupuesto Ordinario y POI Descripción de la entidad Análisis de los ingresos Análisis de los Gastos Empleo y Salarios Vinculación del POI 2017 con el PND Capítulo II: Verificación del cumplimiento de las directrices Capítulo III: Disposiciones Bibliografía Índice de Gráficos, Cuadros y Tablas Gráfico 1 Distribución de Ingresos por su fuente de financiamiento, Año Gráfico 2 Ingresos Presupuestados, Periodos 2013 a Gráfico 3 Distribución Relativa de los Egresos Presupuestados, Periodo Gráfico 4 Egresos Presupuestados, Periodos 2013 a Gráfico 5 Egresos Presupuestados y Efectivos, Periodo Cuadro 1 Distribución de Ingresos por su fuente de financiamiento, Año Cuadro 2 Distribución de Ingresos según clasificador, Año Cuadro 3 Ingresos Presupuestados, Periodos 2013 a Cuadro 4 Detalle de egresos presupuestados, Periodo Tabla 1 Presupuesto para financiar programas para la reducción de pobreza,

3 Página 1 de 15 Resumen Ejecutivo El Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), es un instrumento clave de la política social costarricense, en particular de la política social selectiva, que financia programas de vivienda, educación, salud y protección social, orientados a los sectores de la población que se encuentran en estado de pobreza y pobreza extrema. Dicho Fondo es administrado por la Dirección Genera de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF) conforme lo establece la Ley N 5562 y su reforma Ley N En atención a lo antes indicado, DESAF presenta el presupuesto ordinario del año 2017 por un monto de ,8 millones, el cual se distribuye entre los sectores de vivienda, educación, salud y protección social, con el fin de fortalecer la condición social de la población más vulnerable. Respecto al monto presupuestado para el periodo 2017, resulta importante mencionar que no presenta variaciones significativas respecto a los gastos presupuestados y ejecutados durante los periodos del 2013 al 2015, además de la estimación de ejecución para el periodo 2016, lo anterior por cuanto el presupuesto de FODESAF se incrementa porcentualmente conforme los ingresos efectivos percibidos en años anteriores. FODESAF, percibe ingresos de dos fuentes principales: recursos provenientes del 5% sobre el total de sueldos y salarios que los patronos públicos y privados pagan mensualmente a sus trabajadores y una asignación equivalente a salarios base, provenientes del Ministerio de Hacienda, que se originan en el Impuesto de ventas. Con relación a los recursos destinados a sufragar egresos, estos se distribuyen conforme lo establece la legislación, atendiendo como prioridad los programas que ésta establece que se deben financiar, ya sea en una cantidad determinada o en un porcentaje de los ingresos globales del Fondo. El estudio realizado evidencia que el Fondo mantiene porcentajes de ejecución presupuestaria superior al 94% durante el periodo de estudio (2013 al 2016), sin embargo, con la información con que se cuenta resulta difícil poder determinar cuál es la ejecución de los dineros que traslada el Fondo a las Unidades Ejecutoras de los Programas Sociales que financia y que programas se están beneficiando con esos recursos con relación a lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo. Finalmente, se pudo constatar que DESAF suministra, a esta Secretaría Técnica, la información concerniente a las inversiones financieras, conciliaciones bancarias, flujo de caja y ejecución presupuestaria del FODESAF de forma oportuna conforme lo establecen las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial Empleo, Inversión y Endeudamiento vigentes; en lo que respecta a la Directriz Presidencial N 23-H, y su reforma esta no le aplica debido a la naturaleza de la entidad.

4 Página 2 de 15 Introducción De conformidad con lo establecido en los artículos 4, 23, 24 y 57 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley Nº 8131 y el artículo 20 inciso k) de su Reglamento, le corresponde a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (STAP) dictaminar los documentos presupuestarios remitidos por las entidades y órganos desconcentrados. El presente estudio tiene como finalidad verificar el cumplimiento de las disposiciones contempladas en los Decretos Ejecutivos No H y No H, Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el año 2017 y sus Procedimientos, dirigidas a las entidades que se encuentran dentro del ámbito de la AP, así como de la orientación al logro de las prioridades y objetivos estratégicos institucionales y del Gobierno a través de su vinculación con las metas del Plan Nacional de Desarrollo Alberto Cañas Escalante. Para tal efecto, se desarrollan tres capítulos, iniciando con el Análisis Presupuesto Ordinario y POI 2017, el cual inicia con la descripción de la naturaleza del Fondo, así como los programas sociales que se beneficiarán con los recursos que este ofrece y se indican las competencias que tiene la DESAF como administrador del Fondo. A su vez se analiza el presupuesto ordinario 2017 en lo que respecta a sus fuentes de financiamiento, la asignación de los recursos a los diferentes gastos y al desarrollo de proyectos de inversión previstos para dicho periodo, mediante un estudio comparativo en relación con periodos anteriores, así como a nivel de los bienes y servicios entregados a la ciudadanía. Por su parte, en el capítulo segundo, se presentan los resultados del proceso de verificación del cumplimiento de las directrices y procedimientos para el periodo 2017, así como de otra normativa aplicable. Finalmente, mediante el capítulo tercero, se establecen las disposiciones que deberá atender la entidad, a fin de que aclare o corrija los incumplimientos encontrados mediante el estudio del Presupuesto Ordinario.

5 Página 3 de 15 Objetivo General Realizar un análisis del presupuesto presentado por el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa y su alineación al logro de los objetivos, las prioridades institucionales, el Plan Operativo Institucional y del Plan Nacional de Desarrollo.

6 Página 4 de 15 Capítulo I: Análisis Presupuesto Ordinario y POI Descripción de la entidad De acuerdo con la distribución sectorial establecida por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), se ubica dentro del Sector Desarrollo Humano e Inclusión Social. FODESAF se crea mediante la Ley N 5562, Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares y fue reformada con la Ley N 8783; concibiéndose como el instrumento que fortalece la inversión social, el cual destina recursos públicos al financiamiento complementario de programas y servicios de las instituciones del Estados y otras expresamente autorizadas en la Ley 8783, que tienen a su cargo el aporte complementario al ingreso de las familias y la ejecución de programas de desarrollo social. Conjuntamente con el Fondo se crea la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF), como una dependencia técnica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quien será la encargada de planear, organizar, coordinar, asignar, fiscalizar y evaluar la utilización de los recursos del FODESAF y los propios. Para la eficiente asignación de los recursos, la Ley establece los siguientes principios: Son beneficiarios de este Fondo los costarricenses y extranjeros residentes legales del país, así como las personas menores de edad, quienes a pesar de carecer de una condición migratoria regular en el territorio nacional, se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema. El Fondo es patrimonio de todos los beneficiarios. Los recursos del Fondo, en ningún caso y para ningún efecto, podrán ser utilizados por las instituciones encargadas, en gastos administrativos, salvo las excepciones conforme al artículo 18 de la Ley N 5662 y sus reformas. Corresponde a la DESAF controlar y supervisar, la justa ejecución de los programas sociales financiados con recursos del FODESAF y garantizar el fiel cumplimiento de legislación. De acuerdo con la Ley 8783, el 0,5% de los ingresos ordinarios y extraordinarios del Fondo, podrán ser utilizados para cubrir sus gastos administrativos, incluidos personal, materiales y equipo de oficina, vehículos y viáticos nacionales y extranjeros, así como para pagar las actividades destinadas a la evaluación de la ejecución, eficiencia y eficacia de los programas financiados por el Fondo, incluidos el costo de vehículos para el transporte de los funcionarios a las inspecciones de campo, los viáticos y otros gastos propios de esta función fiscalizadora. Sin embargo, la Dirección de Asignaciones Familiares que administra el Fondo está definida legalmente como una dependencia técnica permanente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). En razón de lo anterior, los recursos que corresponden al 0,5% de los ingresos recaudados, que para el periodo 2017 ascienden a 2.932,7 millones, son transferidos al MTSS, quien se encarga por medio de su Departamento de Recursos Humanos y de su Dirección General Administrativa

7 Página 5 de 15 de atender todo lo correspondiente a remuneraciones, y otros rubros asociados a éstas, así como la adquisición de bienes, servicios, materiales, y equipo que necesite la DESAF. 1.2 Análisis de los ingresos Los ingresos del FODESAF, tienen su procedencia principalmente de dos fuentes, conforme lo establece el artículo 15 de la Ley No que reforma la Ley 5662, Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares : El 5% sobre el total de sueldos y salarios que los patronos públicos y privados pagan mensualmente a sus trabajadores. Asignación equivalente a salarios base utilizados por el Poder Judicial para fijar multas y penas por la comisión de diferentes infracciones, provenientes del Ministerio de Hacienda, que se originan en el Impuesto de ventas. Así mismo, la institución percibe ingresos por la recuperación de cuotas de patronos en mora y por intereses sobre saldos de cuentas corrientes. Para el ejercicio económico 2017, los ingresos totales del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares se estiman en ,8 millones, con la siguiente distribución relativa: Gráfico 1 FODESAF, Distribución de Ingresos por su fuente de financiamiento, Año 2017 (Cifras Relativas) 0,8% 0,0% 5% Recargo Sobre Planillas. 42,9% 56,3% Transf. Ctes. Gob. Central (Imp. Ventas) Recuperación Morosidad Intereses sobre saldos cta. corriente Fuente: FODESAF, Presupuesto Ordinario 2017

8 Página 6 de 15 Cuadro 1 FODESAF: Distribución de Ingresos por su fuente de financiamiento, Año 2017 (Millones de colones) Concepto Monto 5% Recargo Sobre Planillas ,3 Transferencias Corrientes Gobierno Central (Impuesto de Ventas) ,6 Recuperación Morosidad 4.500,0 Intereses sobre saldos cuenta corriente 0,9 Fuente: FODESAF, Presupuesto Ordinario 2017 TOTAL ,8 Sobre el particular se debe indicar que, los recursos que recibe el Fondo producto del 5% del recargo sobre el total de planillas que pagan los patronos públicos y privados, representan el 56,3% de los recursos anuales que percibe la entidad, asimismo el 42,9% provienen de las transferencias corrientes que recibe del Impuesto sobre las Ventas, siendo estas las mayores fuentes de financiamiento del presupuesto; situación que no presenta variaciones significativas respecto a los recursos presupuestados para los periodos del 2013 al Según el Clasificador de Ingresos del Sector Público, los ingresos del Fondo se clasifican de la siguiente manera: Cuadro 2 FODESAF: Distribución de Ingresos según clasificador, Año 2017 (Millones de colones) PARTIDA MONTO INGRESOS CORRIENTES ,8 Contribuciones Sociales ,3 Ingresos No Tributarios 0,9 Transferencias Corrientes del Sector Publico ,6 TOTAL DE INGRESOS ,8 Fuente: FODESAF, Presupuesto Ordinario 2017 Los ingresos proyectados para el ejercicio económico 2017, correspondientes al equivalente de salarios base utilizados por el Poder Judicial para fijar multas y penas por la comisión de diferentes infracciones, provenientes de la recaudación del Impuesto General Sobre las Ventas es de ,6 millones, presenta un crecimiento de un 5,2% respecto al periodo anterior. Con relación a lo anterior, debe señalarse que el salario base utilizado por el Poder Judicial para fijar multas y penas por la comisión de diferentes infracciones, está fijado en ,0 (cuatrocientos veinticuatro mil doscientos colones exactos), de conformidad con la circular Nº de la Corte Suprema de Justicia, publicada en el Boletín Judicial Nº 14 del 21 de enero del 2016.

9 Página 7 de 15 Para el año 2017 se proyectaron ingresos por ,3 millones, por concepto del 5% de recargo sobre planillas, con un crecimiento de un 4,9% con respecto al año 2016, que según lo indica la institución, el aumento es resultado del crecimiento de la economía. La institución elaboró la proyección utilizando como base las series históricas de ingresos reales de los años 2010 y A partir de estos elementos, se utilizó como herramienta estadística el análisis de regresión lineal, a través de la ecuación de estimación, fórmula que relaciona una variable conocida con una desconocida. Mientras tanto, para el rubro de Recuperación de Cuotas de los Patronos en Mora, el departamento de Gestión de Cobro de la DESAF estimó un monto de 4.500,0 millones, considerando las series históricas de ingresos reales de patronos morosos. Lo anterior, representa una disminución del 10% respecto a lo estimado el año anterior. Debe señalarse que a partir de marzo 2015, la Caja Costarricense de Seguro Social asumió el cobro por dicho concepto, lo cual justifica la disminución. Finalmente, para los intereses sobre saldos de las Cuentas Corrientes se estiman en 0,9 millones, considerando el comportamiento que ha tenido este rubro en el transcurso del año Por otro lado, sobre el total de ingresos presupuestados por FODESAF para el periodo 2017, no se han presentado diferencias importantes respecto al comportamiento de los ingresos presupuestados en años anteriores, que en promedio ha presentado aumentos del 5%, de un año a otro. Cabe mencionar que, para los años 2013, 2014 y 2015, se incorporaron dentro de los ingresos, montos provenientes del Superávit Específico de la institución. No obstante, para los años 2016 y 2017, no se incorporan recursos por tal concepto. Cuadro 3 FODESAF: Ingresos Presupuestados, Periodos 2013 a 2017 (Millones de colones) Partida Ingresos Corrientes , , , , ,8 Contribuciones Sociales , , , , ,3 Ingresos No Tributarios 4,2 7,5 7,0 5,0 0,9 Transferencias Corrientes , , , , ,6 Financiamiento , , ,8 0,0 0,0 Fuente: FODESAF, Ejecución Presupuestaria años Presupuesto Ordinario 2016 Presupuesto Ordinario 2017 Total , , , , ,8

10 Página 8 de 15 A continuación se representa gráficamente el comportamiento de los ingresos presupuestados a partir del año 2013 al 2017: Gráfico 2 FODESAF, Ingresos Presupuestados, Periodos 2013 a 2017 (Millones de colones) , , , , , , , , , , , , , , Fuente: FODESAF, Ejecución Presupuestaria años Presupuesto Ordinario 2016 Presupuesto Ordinario Análisis de los Gastos Los recursos de FODESAF, se distribuyen conforme lo establece la legislación, atendiendo como prioridad los programas que esta establece que se deben financiar, ya sea en una cantidad determinada o en un porcentaje de los ingresos globales del Fondo. La metodología elaborada para la asignación de recursos, considera el historial de ejecución presupuestaria de cada programa del año anterior; además de asignar recursos a otros programas sociales que impulsa la administración. Previo a ello, los Departamentos de Asuntos Jurídicos, Presupuesto y Evaluación de la DESAF, deberán emitir los respectivos informes técnicos que respaldan el análisis de los datos consignados en los documentos del Plan Presupuesto y que conducirán al Convenio o Adenda al Convenio vigente, con las instituciones solicitantes. Cabe mencionar que el FODESAF presupuesta un monto de 2.932,7 millones, en la partida de Servicios, subpartida Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales, destinados al pago de servicios que brinda la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF), en la administración del Fondo.

11 Página 9 de 15 Para el periodo 2017, los gastos presupuestados por el Fondo se distribuyen de la siguiente manera: Cuadro 4 FODESAF: Detalle de egresos presupuestados, Periodo 2017 (Millones de colones) PARTIDA MONTO SERVICIOS 2.932,7 Comisiones y Gastos por Servicios Financieros y Comerciales 2.932,7 TRANSFERENCIAS CORRIENTES ,3 Transferencias Corrientes al Gobierno Central ,8 Transferencias Corrientes a Órganos Desconcentrados ,2 Transferencias Corrientes a Instituciones Descentralizadas ,8 Transferencias Corrientes a Otros Entidades Privadas sin Fines de Lucro 212,5 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL ,8 Transferencias de Capital al Gobierno Central 409,0 Transferencias de Capital a Órganos Desconcentrados 2.666,8 Transferencias de Capital a Empresas Públicas no Financieras 3.000,0 Transferencias de Capital a Instituciones Públicas Financieras ,0 Transferencias de Capital a Asociaciones 4.575,1 Transferencias de Capital a Otras Entidades Privadas sin Fines de Lucro 550,0 TOTAL DE EGRESOS ,8 Fuente: FODESAF, Presupuesto Ordinario 2017 Mediante el siguiente gráfico se puede observar la distribución porcentual de la asignación de los egresos en el presupuesto ordinario 2017: Gráfico 3 FODESAF, Distribución Relativa de los Egresos Presupuestados, Periodo 2017 (Participación relativa) 0,5% 20,0% Servicios 79,5% Transferencias Corrientes Sector Público Transferencias de Capital Sector Público Fuente: FODESAF, Presupuesto Ordinario 2017

12 Página 10 de 15 El componente con mayor participación en la asignación de recursos son las Transferencias Corrientes al Sector Público con un monto de ,3 millones, que representan el 79,5% del total de los egresos. Por otro lado, el segundo componente con mayor participación corresponde a las Transferencias de Capital al Sector Público, con un monto que asciende a ,8 millones, que representa el 20,0% de participación relativa respecto al total de los ingresos presupuestados. Dichos recursos se trasladarán a instituciones como el IMAS, IAFA, Fondo Nacional de Becas, Ministerio de Educación Pública, Ministerio de Obras Públicas y Transportes, entre otros, con el fin de que estos desarrollen programas que ayuden a combatir la pobreza y pobreza extrema de la población que se ubica dentro de ese rango, según los parámetros establecidos por la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO, 2014). Por su parte, el comportamiento de los egresos presupuestados se ha mantenido en la misma línea a través del último quinquenio, sin presentar alteraciones significativas en cuanto al porcentaje asignado para cada partida, por cuanto los recursos del Fondo se distribuyen de forma porcentual conforme a los ingresos presupuestados, según lo determina la Ley de FODESAF. Como complemento de lo anterior, se representa de manera gráfica el comportamiento de los egresos presupuestados por FODESAF a través del quinquenio, mediante el cual se logra identificar la poca variación en los porcentajes de asignación en de los recursos: Gráfico 4 FODESAF, Egresos Presupuestados, Periodos 2013 a 2017 (Participación relativa) 90,0% 80,0% 70,0% 60,0% 50,0% 40,0% 30,0% 20,0% 10,0% 0,0% 75,9% 77,9% 78,5% 79,3% 79,5% 22,8% 21,6% 20,6% 20,2% 20,0% 0,5% 0,5% 0,5% 0,5% 0,5% Servicios Transferencias Corrientes Transferencias de Capital Fuente: FODESAF, Ejecución Presupuestaria años Presupuesto Ordinario 2016 Presupuesto Ordinario 2017 En lo que respecta a la ejecución de los gastos presupuestados, el Fondo presenta ejecuciones que se mantienen por encima del 94% en el periodo Para el año 2016 se estima que el porcentaje de ejecución se aproxime a un 96%.

13 Página 11 de 15 Sin embargo, resulta importante recordar que el 99,5% de los gastos presupuestos por FODESAF corresponde a transferencias hacia otras instituciones y el restante 0,5% corresponde al pago de servicios que brinda la DESAF, como administradora del Fondo. Por tales motivos, no sería normal esperar bajos porcentajes de ejecución del gasto, puesto que evidentemente el Fondo no tiene incidencia en la ejecución de los recursos, sino que solamente los transfiere. Sin embargo, llama la atención, que los egresos del Fondo representan en su mayoría transferencias a instituciones quienes se encargan de ejecutar dichos recursos en programas sociales de atención a la pobreza, no alcancen un porcentaje de ejecución del 100%. Dentro de este orden de ideas, vale aclarar que en las ejecuciones presupuestarias de FODESAF no detallan cual fue el gasto efectivo de los montos transferidos, con relación al sector al cual le fue asignado, y que programas sociales se han impulsado con los recursos que recibieron, ni cuál es la vinculación de estos con el Plan Nacional de Desarrollo; información indispensable para determinar si los recursos están siendo destinados de la mejor manera, en procura de solventar las necesidades de la población que se encuentra en estado de pobreza y pobreza extrema. Gráfico 5 FODESAF, Egresos Presupuestados y Efectivos, Periodo (Millones de colones y porcentaje de ejecución) ,00 97,0% ,00 96,0% ,00 95,0% , ,00 94,0% 93,0% Gastos Presupuestados Gastos Efectivos ,00 92,0% % Ejecución ,00 91,0% 0, ,0% Fuente: FODESAF, Ejecución Presupuestaria años Presupuesto Ordinario 2016 Presupuesto Ordinario 2017

14 Página 12 de Empleo y Salarios De acuerdo con la Ley 8783, el 0,5% de los ingresos ordinarios y extraordinarios del Fondo, podrán ser utilizados para cubrir sus gastos administrativos, incluidos personal, materiales y equipo de oficina, vehículos y viáticos nacionales y extranjeros, así como para pagar las actividades destinadas a la evaluación de la ejecución, eficiencia y eficacia de los programas financiados por el Fondo, incluidos el costo de vehículos para el transporte de los funcionarios a las inspecciones de campo, los viáticos y otros gastos propios de esta función fiscalizadora. Sin embargo, la Dirección de Asignaciones Familiares que administra el Fondo está definida legalmente como una dependencia técnica permanente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). En razón de lo anterior, los recursos que corresponden al 0,5% de los ingresos recaudados, que para el periodo 2017 ascienden a 2.932,7 millones, son transferidos al MTSS, quien se encarga por medio de su Departamento de Recursos Humanos y de su Dirección General Administrativa de atender todo lo correspondiente a remuneraciones, y otros rubros asociados a éstas, así como la adquisición de bienes, servicios, materiales y equipo que necesite la DESAF. 1.5 Vinculación del POI 2017 con el PND En lo que respecta a este apartado se debe indicar que el Fondo se vincula con el Plan Nacional de Desarrollo en el tanto se establece el objetivo de aumentar el porcentaje de los beneficiarios de los programas financiados por FODESAF que se encuentran en estado de pobreza; para lograrlo se estima un presupuesto de ,00 millones, monto que se distribuye entre el periodo como se detalla a continuación: Tabla 1 FODESAF: Presupuesto para financiar programas para la reducción de pobreza, periodo (Millones de colones) Año Monto , , , ,0 Total ,0 Fuente: Programa presupuestario MTSS Sobre el particular el Fondo presenta su presupuesto 2017 por la suma de ,8 millones, como se indica en el presente informe el cual distribuye los ingresos y gastos conforme lo estable la Ley, entre los sectores y unidades ejecutoras, las cuales financian programas sociales como la Red de Cuido (IMAS), la Prevención para el Consumo de Drogas (IAFA), Comedores Escolares (MEP), Programa Nacional de Empleo (MTSS) entre otros, por lo que son estos los encargados de una mayor vinculación con el PND a nivel de objetivos, metas e indicadores de gestión para los bienes o servicios que se financian a través del Fondo.

15 Página 13 de 15 Respecto a los indicadores de DESAF, se debe señalar que, producto de que DESAF es una dirección del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los mismos se remiten al Ministerio para que sean incorporados dentro de su plan anual, razón por la cual no son incorporados dentro del presupuesto de FODESAF. Capítulo II: Verificación del cumplimiento de las directrices En lo que respecta a este apartado, se debe indicar que de acuerdo con la revisión efectuada, FODESAF aplicó correctamente el clasificador de ingresos y gastos vigentes. En relación a la asignación del gasto presupuestario máximo se debe advertir que, FODESAF no cuenta con un gasto como lo estipula el artículo 12 del Decreto Ejecutivo N H, debido a su naturaleza legal, la cual se fundamenta en la Ley N 5562 y su reforma Ley N 8783, misma que concibe al Fondo como un instrumento que fortalece la inversión social, que tiene como fin combatir la pobreza y pobreza extrema a través de los aportes complementarios a los ingresos de las familias y la ejecución de programas de desarrollo social, motivo por lo cual no puede asignársele un gasto presupuestario máximo. Por otra parte, es importante mencionar que de acuerdo a lo estipulado en la Ley N 8783, el 0,5% de los ingresos ordinarios y extraordinarios del Fondo podrán utilizarse para cubrir los gastos administrativos de DESAF; sin embargo, al ser esta una dependencia técnica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, dichos recursos se trasladan al Ministerio con el fin de que este sea el que se encargue de atender lo correspondiente a remuneraciones y otros rubros asociados a estas, así como a la adquisición de bienes, servicios, materiales y equipos que necesite la DESAF. Se debe indicar que DESAF ha presentado e incluido en el SICCNET la información de las conciliaciones, inversiones y flujo de caja del FODESAF, correspondiente al mes de setiembre de este año, así como la ejecución presupuestaria al III Trimestre del año en curso, según lo indicado en las Directrices de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento vigentes; en lo que respecta a la Directriz Presidencial N 23-H, esta no aplica para el Fondo, por cuanto la estructura y presupuesto de este no contempla ninguno de los aspectos regulados mediante la citada directriz.

16 Página 14 de 15 Capítulo III: Disposiciones Corresponde a la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF) ejercer el control y supervisión de la justa ejecución de los programas sociales financiados con recursos del FODESAF y garantizar el fiel cumplimiento de legislación. Sin embargo, en las liquidaciones presupuestarias remitidas a esta Secretaría Técnica, no se refieren a la ejecución del gasto efectivo de los montos transferidos, respecto con programas sociales se han impulsado con dichos recursos, y tampoco se refieren a la vinculación de los programas sociales con el Plan Nacional de Desarrollo; información que es considerada indispensable para determinar si los recursos están siendo destinados adecuadamente, con relación a las necesidades de la población. Dado que el 95,5% de los egresos el del Fondo, corresponden a transferencias corrientes y de capital, en favor de las Unidades Ejecutoras, para que sean estas quienes ejecuten esos recursos en programas sociales de atención a la pobreza, llama la atención que no se alcance el 100% en la ejecución de los fondos de FODESAF. Ante tal situación, conviene solicitar a la institución que justifique los motivos por los cuales no se ha logrado trasladar el 100% de los recursos a las Unidades Ejecutoras durante el periodo comprendido entre el año 2013 y 2015.

17 Página 15 de 15 Bibliografía Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares. Presupuesto Ordinario San José, Costa Rica. Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares. Ejecuciones presupuestarias a agosto del San José, Costa Rica. Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares. Liquidaciones presupuestarias a diciembre del 2013, 2014 y San José, Costa Rica. Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (2014). Plan Nacional de Desarrollo Alberto Cañas Escalante. San José, Costa Rica. Ministerio de Hacienda. Directrices y Procedimientos Presupuestarias y Salariales del (2015). San José, Costa Rica. Ministerio de Hacienda. Directriz Presidencial 023-H. (2015). San José, Costa Rica. Elaborado por: José David Freni Méndez Analista Sectorial Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Revisado por: Yancy Víctor Arrieta Jefe Sectorial Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

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