LECCIÓN 08 GUIA PARA INICIAR UN NEGOCIO

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1 LECCIÓN 08 GUIA PARA INICIAR UN NEGOCIO 8.1. TIPOS DE NEGOCIO Si está pensando en iniciar un negocio usted puede elegir entre dos formas de hacerlo: Establecer un negocio como PERSONA NATURAL. Establecer un negocio formando una empresa como PERSONA JURÍDICA. PERSONA NATURAL: Es aquella persona que inicia un negocio, tal como una bodega, librería, ferretería, restaurante, etc., está formando una EMPRESA UNIPERSONAL. Este tipo de empresa funciona con un dueño, que es la persona responsable de su manejo. Para iniciar su actividad, usted no necesita de MINUTA ni de ESCRITURA PÚBLICA. Las empresas unipersonales al comenzar sus operaciones y realizar actividades económicas lucrativas van a generar ingresos, que de acuerdo a Ley se consideran rentas de tercera categoría CUÁLES SON LOS TRÁMITES Y OBLIGACIONES PARA QUE UNA PERSONA NATURAL PUEDA INICIAR UN NEGOCIO? 1. Inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes. El número de RUC lo identifica como contribuyente. Los requisitos son los siguientes: Exhibir el original de su documento de identidad. Exhibir el original del último recibo de agua, teléfono fijo, luz, autovalúo o contrato de alquiler. Asimismo, deberá llenar el Formulario Nº 2119 para la inscripción (*) y si tuviera establecimientos anexos presentará el formulario Nº 2046, exhibiendo el original del último recibo de agua, teléfono fijo, luz, autovalúo o contrato de alquiler. El trámite es personal. (*)No es necesario este requisito en las oficinas que cuentan con sistema de RUC en línea. 2. Solicitar autorización para imprimir Comprobantes de Pago. Con el documento que acredita su número de RUC, usted dolicitará la autorización para imprimir sus comprobantes de pago en las mismas oficinas de la SUNAT, previa verificación del domicilio fiscal en los casos en que corresponda. Si se acoge al Régimen Único Simplificado debe solicitar autorización de impresión para expedir boletas de ventas presentando el Formulario Nº 806. Si emite tickets o cintas de máquina registradora también tendrá que solicitar previamente la inscripción de la máquina con el Formulario Nº 809. Si está comprendido en el Régimen General o en el Régimen Especial, puede solicitar autorización para emitir facturas, boletas de venta, tickets o liquidaciones de compra, según la naturaleza de su actividad, presentando el Formulario Nº 806. Si emite tickets o cintas de máquina registradora deberá solicitar previamente la inscripción de la máquina con el formulario Nº Llevar Libros de Contabilidad. a) Régimen Único Simplificado: Las personas comprendidas en este Régimen, no están obligadas a llevar libros de Contabilidad. b) Régimen Especial: Llevarán sólo Registro de Compras y Registro de Ventas e Ingresos. Además, si tienen personal dependiente, deberán llevar Libro de Planillas y, de ser el caso, Libro de Retenciones, inc. e) del Art. 34º de la Ley del Impuesto a la Renta. EDUCA INTERACTIVA Pág. 50

2 c) Régimen General: Llevarán libros de ingresos y Gastos, e inventarios y Balances. Además, por estar sujetos al Impuesto General a las Ventas (IGV), deberán contar con un Registro de Compras, y un Registro de Ventas e Ingresos. En todos los casos las anotaciones que se hagan en los libros de Contabilidad deberán estar sustentadas con los comprobantes de pago que la SUNAT reconoce y autoriza, según el reglamento de Comprobantes de Pago. Para que tengan validez, los libros de Contabilidad deberán ser legalizados por notario público o juez de paz letrado. 4. Gestionar la Licencia Municipal de Funcionamiento Es otorgado por la Municipalidad del distrito donde se encuentra ubicado el establecimiento en el que funcionará el negocio, para lo cual debe abonar una tasa según el tipo de actividad y el área que ocupará el inmueble. Una vez terminado estos trámites, el titular del negocio podrá iniciar sus actividades RÉGIMEN TRIBUTARIO PARA LOS NEGOCIOS Régimen Único Simplificado Es un Régimen tributario promocional dirigido a personas naturales y sucesiones indivisas que realizan actividades de comercio y/o industria, actividades de servicios y/o desempeñan oficios, por las cuales deben realizar en pago único de una cuenta mensual de acuerdo a la categoría que le corresponda. CATEGORIA Nuevo RUS-Ejercicio 2004 El acogimiento al Nuevo RUS es anual. Para acogerse: Si inició operaciones antes del 1 de enero: - Pagar la cuota mensual del Nuevo RUS del periodo enero Haber declarado y pagado sus obligaciones correspondientes al periodo diciembre Los contribuyentes del anterior RUS que no opten para acogerse al nuevo RUS hasta la fecha de sus vencimiento del periodo enero 2004, serán incluidos de oficio en el Régimen General. Si inicia operaciones durante el año: Sólo efectúe la declaración y pago correspondiente al mes de inicio de operaciones dentro de la fecha de su vencimiento Selección de Categoría 1. La siguiente tabla es para aquellos contribuyentes que realizan Actividades de Comercio y/o Industria (ejm: bodegas, farmacias, es decir rentas de tercera categoría). Si además realiza actividades de servicios de servicios y/u oficios, sólo deberá utilizatr la tabla 2. Total Ingresos brutos (hasta S/.) Parámetros en un Cuatrimestre Calendario (a) Total adquisiciones (hasta S/.) Consumo de Energía eléctrica (hasta Kwh) Consumo de servicios telefónicos (hasta S/.) Precio unitario máximo de venta (S/.) Número máximo de personas afectadas a la actividad (hasta) Cuota MENSUAL (S/.) 11 14,000 14,000 2,000 1, ,000 24,000 2,000 1, ,000 36,000 3,000 2, ,000 54,000 3,500 2, ,000 80,000 4,000 4, La siguiente tabla es para aquellos contribuyentes que realizan Actividades Pág. 51 EDUCA INTERACTIVA

3 de Servicios (ejm: restaurantes, peluquerias, es decir rentas de cuarta categoría) y/o desempeñan Oficios (ejm: electricistas, gasfiteros, es decir rentas de cuarta categoría). Parámetros en un Cuatrimestre Calendario (a) Número 8 máximo Consumo Consumo. de Cuota Total Ingresos Total de Energía de 3 personas MENSUAL brutos (hasta adquisiciones eléctrica servicios. afectadas (S/.) S/.) (hasta S/.) (hasta Kwh) (hasta S/.) telefónicos 1 a la. actividad 3 (hasta) ,000 7,000 2,000 1, ,000 12,000 2,000 1, ,000 18,000 3,000 2, C 54,000 57,000 3,500 2, Ó 80,000 40,000 4,000 4, M O SE REALIZA EL PAGO DE LA CUOTA MENSUAL? CATEGORIA El pago se realiza sin formulario en las agencias de los Bancos autorizados, a través del Sistema PAGO FÁCIL. Para tal efecto debe indicar al personal de dichos Bancos, en forma verbal o a través de la Guía para el Nuevo RUS, los datos que acontinuación se detallan: Número de RUC. Período al que corresponde el pago. Categoría. Número de suministro o medidor de luz. Total ingresos al mes. Importe a pagar Ventajas del Nuevo RUS No hay obligación de llevar libros contables. No hay obligación de declarar o pagar el Impuesto a la Renta, ni el Impuesto General a la Venta e Impuesto de Promoción Municipal; sólo debe cumplir con pagar su cuota mensual del Nuevo RUS. Permite realizar el pago sin formularios, a través del período Pago Fácil Régimen Especial del Impuesto a la Renta - RER Es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas domiciliadas en el país que generen rentas provenientes de la venta de bienes que adquieren, produzcan o manufacturen. Deben cumplir con los siguientes requisitos: Sus ingresos no deben exceder los S/. 216,000 anuales o S/. 18,000 mensuales en promedio. Si perciben otros ingresos complementarios que constituyan rentas de tercera categoría, éstos no deben exceder el 20% del total de ingresos del ejercicio. Se incluyen las actividades de extracción, crianza y cultivo y la fabricación de bienes por encargo. EDUCA INTERACTIVA Pág. 52

4 Quiénes pueden acogerse al RER? Los contribuyentes que se dedican a las actividades mencionadas y que, además, cumplan las siguientes condiciones: Que hayan obtenido ingresos netos superiores a S/. 240,000 durante el ejercicio No tener más de ocho (08) trabajadores por turno de trabajo. No desarrollar sus actividades en más de dos (02) locales, y el área total de dichos locales no supere en conjunto los 200m2. El valor de los activos destinados a la actividad, con excepción de los predios, no supere las 15 UIT. (15x S/.3,200 = S/. 48,000). Su consumo total de energía eléctrica mensual no exceda el 5% del total de sus ingresos. El total de sus adquisiciones en 03 meses consecutivos no exceda el total de ingresos netos acumulados en dichos meses. El precio unitario de venta de los bienes Cómo acogerse al RER Ejercicio 2004? Hasta el vencimiento de su obligación correspondiente al periodo enero 2004, debe cumplir con los siguiente: Deberá presentar su declaración y efectuar el pago correspondiente al período enero Haber declarado y pagado sus obligaciones tributarias correspondientes al periodo diciembre Importe de la Declaración Mensual de IGV-RENTA Los contribuyentes que se acojan al RER, deben cumplir con declarar y pagar mensualmente el Impuesto a la Renta y el IGV, de acuerdo a las siguientes tasas: TRIBUTO ACTIVIDAD TASA IMPUESTO A LA RENTA - TERCERA Si realizan exclusivamente actividades de Comercio y/o Industria Si realizan exclusivamente actividades de Servicios CATEGORÍA Si se realizan conjuntamente actividades de comercio y/o industria y actividades de servicios. IGV Cualquiera de las señaladas lineas arriba 2,5% de sus ingresos netos mensuales 3,5% de sus ingresos netos mensuales 3,5% de sus ingresos netos mensuales 19% Régimen General del Impuesto a la Renta Además de los contribuyentes que voluntariamente deseen incorporarse a este régimen, deberán hacerlo obligatoriamente las personas naturales que no cumplan con los requisitos establecidos por el Régimen Único Simplificado o el Régimen Especial del Impuesto a la Renta. Pág. 53 IMPUESTO A LA RENTA: Graba la renta neta que el negocio genera a lo largo de un año, es decir, desde desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre. A este período se le conoce como ejercicio gravable. El titular deberá realizar pagos a cuentas mensuales desde el inicio de sus actividad, EDUCA INTERACTIVA

5 los mismos que equivalen al 1.7% de sus ingresos netos mensuales. Al finalizar el ejercicio y dentro de los tres primeros meses del año siguiente, deberá presentar la Declaración Anual, en donde informará de la utilidad o pérdida obtenida en el ejercicio gravable: a) De haber utilidad, determinará el impuesto que debe pagar deduciendo los pagos a cuenta efectuados. b) En caso de existir un saldo de impuesto a favor del fisco, deberá efectuar el pago de regularización correspondiente. IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS: Las personas naturales con negocio correspondidas en el Régimen Especial y el Régimen General del Impuesto a la Renta pagarán adicionalmente el IGV con una tasa de 19% (que incluye el Impuesto de Promoción Municipal) por la realización de las siguientes operaciones: La venta en el país de bienes muebles, signos distintivos, invenciones, derechos de autor, naves y aeronaves, asi como documentos inherentes a la transferencia de los bienes referidos. La presentación o utilización de servicios en el país. Los contratos de construcción. La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos con la excepción establecida en el D.S EF y la venta posterior del inmueble que realicen las empresas vinculadas con los constructores. La importación de bienes. En estas operaciones, la base imponible (*) está constituida por: El valor de venta en la transferencia de bienes. El total de la retribución en la presentación o utilización de servicios. El valor de construcción, en los contratos de construcción. El ingreso percibido en la venta de inmuebles, con exclusión del valor del terreno. El valor CIF aduanero en el Régimen General y el Régimen Especial del Impuesto a la Renta deben hacer sus pagos mensuales del IGV restando del impuesto bruto el crédito fiscal (**). El resultado de esta operación es el impuesto que deberán abonar al mes PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO El Plan Contable General Revisado, se define como el conjunto de cuentas normalizadas bajo las que se clasifican y codifican las diferentes transacciones efectuadas por una entidad. La principal caracterísitca de un plan contable ha de ser su generalidad, en el sentido de que contemple de un modo genérico la totalidad de operaciones que deban ser objeto de registro contable. El Plan Contable General, surge sobre la base de una necesidad básica de homogeneizar el lenguaje contable empleando en el país, y se da a través del D.L Sistema Uniforme de Contabilidad para Empresas teniendo como base el Plan Contable General y que las empresas registraron sus operaciones bajo ese Plan Contable a partir del 1º de enero de 1,974. Dado el tiempo transcurrido se consideró necesario efectuar una revisión de las Normas del Plan Contable, a fin de adpatarlas a las circunstancias actuales cuya nueva versión permitirá a las empresas disponer de modernos instrumentos de medición de los resultados económicos, lo que permitirá mejorar su correspondiente gestión. La nueva versión del Plan Contable General se da a través de la Resolución CONASEV Nº EFC/94.10, que aprueba el Plan Contable Revisado, el que de uso obligatorio para las empresas sujetas a la supervisión del CONASEV, incluidas las estatales de derecho privado, de economía mixta y las de accionariado del Estado, a partir del ejercicio En Junio de 1987 se promulgó la Ley Nº 24680, por lo que se crea el sistema Nacional de Contabilidad. Este tiene a su cargo la investigación y la formulación de las normas de contabilidad que deben de regir en el Perú, así como la elaboración de la cuenta General de la República. Debemos de tener en cuenta que factores de la contabilización de las transacciones y otros acontecimientos económicos, éstos se presentarán de acuerdo a su realidad financiera y no sólo con su forma legal. Las diferencias temporales o permanentes en la determinación de la renta neta producida por la obligación de los principios contables respecto de las normas tributarias se EDUCA INTERACTIVA Pág. 54

6 efectuarán en la Declaración Jurada. Pág. 55 EDUCA INTERACTIVA

7 EDUCA INTERACTIVA Pág. 56

8 Pág. 57 EDUCA INTERACTIVA

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10 Pág. 59 EDUCA INTERACTIVA

11 CUESTIONARIO Nº Cuáles son los trámites para que una persona natural pueda iniciar un negocio? 2. Qué libros contables deben de llevar las personas comprendidas en: a. Régimen Único Simplificado. b. Régimen Especial. c. Régimen General. 3. Cuántas categorías existen en el nuevo RUS? 4. Qué requisitos deben cumplir las personas naturales que deseen acogerse al RER? 5. Quienes están comprendidos en el Régimen General del Impuesto a la Renta? 6. Qué operaciones están afectas al Impuesto General a las Ventas? EDUCA INTERACTIVA Pág. 60

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