Condiciones Generales. Programa Suma & Sigue

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1 Condiciones Generales Programa Suma & Sigue

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3 Índice Condiciones Generales 1 Introducción 1 Partes Contratantes 2 Condiciones Generales 7 Exclusiones Generales 8 Servicios y Prestaciones 10 Sección A - Protección de Tarjetas y Documentos 10 Sección B - Cobertura de Equipajes 13 Sección C - Cobertura de Llaves 13 Sección D - Cobertura de Objetos Personales y Electrónicos 15 Tabla de Coberturas 20 Información de Contacto 22

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5 Condiciones Generales INTRODUCCIÓN Su Póliza de seguro Suma y Sigue de American Express, está compuesta por su Certificado de Seguro y éstas Condiciones Generales, en adelante (su Póliza). Por favor, mantenga su Póliza en un lugar seguro para futuras referencias. Su Póliza es un contrato entre Usted y el Asegurador. Este último suscribe los riesgos de su Póliza de seguro. Las condiciones de esta Póliza están basadas en la información proporcionada por Usted en el formulario de solicitud o la facilitada por teléfono. Objeto del Seguro Dentro de los límites establecidos en la Póliza y el Certificado de seguro, con los riesgos que se enumeran, el Asegurador garantiza: la protección de Tarjetas y documentos, la cobertura de Llaves y equipajes y la cobertura de sus Objetos Personales y Electrónicos y su Teléfono móvil. 1 - Suma & Sigue

6 PARTES CONTRATANTES El Asegurador El seguro Suma y Sigue de American Express está suscrito por Inter Partner Assistance España S.A. de Seguros y Reaseguros, con domicilio social en calle Tarragona nº 161, Barcelona. Con autorización de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones nº de clave C0430 e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 32243, Folio 168, Hoja B 33660, Inscripción 147, y provisto de NIF- A Inter Partner Assistance también prestará los servicios inherentes a la Póliza como compañía de asistencia. El Mediador Amex Asesores de Seguros, Sociedad de Agencia de Seguros Vinculada SAU. Inscrita en el Registro Especial de Mediadores de Seguros, Corredores de Seguros y sus altos cargos de la Dirección General de Seguros con el número AJ0022. Tiene suscrito Seguro de Garantía Financiera y de Responsabilidad Civil de conformidad con la Ley 26/2006 de 17 de julio. Tiene suscrito NIF: A y domicilio social en C/ Juan Ignacio Luca de Tena Madrid. Teléfono Correo electrónico amexseguros@aexp.com. Por su labor de Intermediación, este recibe una comisión, como es práctica habitual en el mercado. El Tomador del Seguro y/o Asegurado (Usted) El Tomador del seguro es la persona física, residente en España (y con residencia habitual en España), que suscribe y paga esta Póliza en su nombre o a nombre de otra persona, beneficiaria de las coberturas aquí descritas, denominada Asegurado. El Tomador puede o no ser el Asegurado. Requisito de Residencia El seguro Suma y Sigue de American Express sólo podrá ser contratado por residentes que vivan dentro del límite territorial que conste en el Certificado de Seguro. El seguro Suma y Sigue de American Express se cancelará automáticamente si se desplaza fuera del límite territorial. Usted no podrá transferir su Póliza a otra persona sin una autorización previa y por escrito por parte del Asegurador. Información al Tomador del Seguro Conforme al Artículo 25 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados se notifica que los datos o parte de ellos, así como los que se generen en caso de siniestro serán cedidos a organismos públicos o privados relacionados con el sector asegurador con fines Estadístico-Actuariales y de prevención del fraude, en la selección de riesgos y en la liquidación de incidentes. Ley de Protección de Datos de Carácter Personal En cumplimiento de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), el Asegurador es el responsable de los datos personales recogidos en el presente contrato, y le informa que los mismos serán objeto de tratamiento automatizado en el correspondiente fichero con la exclusiva finalidad de control y gestión integral de la relación de negocio suscrita para prestar un servicio adecuado. Asimismo, en caso de producirse alguna modificación en sus datos, le rogamos nos lo comunique debidamente por escrito. Los titulares de los datos podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y/o oposición dirigiéndose a la dirección de INTER PARTNER ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. C/ Tarragona 161, 2ª Planta, Barcelona, Departamento de Registro de Datos o través de correo electrónico a la siguiente dirección: lopd_datos@ipartner.es 2 - Suma & Sigue

7 Derecho a Cancelar El Tomador de la Póliza podrá cancelar la misma en cualquier momento llamando por teléfono o enviando un escrito al Asegurador. El Tomador tiene derecho a cancelar la Póliza y devolver el recibo hasta 14 días después de la fecha de efecto (a menos que haya interpuesto una reclamación). El Tomador también tendrá derecho a reembolso de la Prima en los siguientes casos: a) Si Usted tiene derecho a un período de carencia, tal y como lo confirma el certificado del seguro, y anula la Póliza durante el período de carencia, no estará obligado al pago de la Prima (a menos que haya interpuesto una reclamación). b) Si Usted no tiene derecho a un período de carencia, y cancela dentro de los 14 días de la fecha en que recibe el contrato, tendrá derecho a un reembolso de la Prima pagada (a menos que haya interpuesto una reclamación). c) Si Usted ha renovado la Póliza y la cancela dentro de los 14 días del inicio de la nueva, tendrá derecho a un reembolso de la Prima pagada por la renovación, d) Si Usted cancela la Póliza en cualquier otro momento, no tendrá derecho a un reembolso del pago satisfecho hasta ese momento, pero no se le cobrarán más cuotas a partir de la fecha en que la Póliza quede cancelada. Si Usted no cancela la Póliza, esta estará vigente a lo largo del período contratado y en el caso de las Pólizas anuales, se renovarán tácitamente por periodos anuales. Terminación de la cobertura La Póliza terminará automáticamente: Si Usted cancela su Póliza. Si Usted deja de ser residente en España. Si Usted presenta una reclamación aún sabiendo que es falsa, fraudulenta o tergiversa los hechos. A criterio del Asegurador, si la Prima no se paga. El Asegurador también puede no renovar su Póliza a su criterio, enviándole una comunicación por escrito sobre su decisión de no renovar y con un plazo de preaviso mínimo de 60 días previos a la fecha de renovación Primas Las Primas serán cobradas al Tomador con carácter periódico con modalidad de pago anual o mensual según figure en su Certificado de Seguro. En caso de que la Prima de su seguro cambiara, El Asegurador le notificará la nueva prima con al menos 60 de días de antelación a la renovación de su Póliza. Pago de la Prima El Tomador está obligado al pago de la prima, recargos e impuestos legalmente aplicables. El pago de la Prima deberá satisfacerse para todo el período de cobertura de su Póliza y estará sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en ella. De lo contrario, el Asegurador podrá rechazar el pago de una indemnización o cancelar ssu cobertura. Si por culpa del Tomador la prima no se ha satisfecho a su vencimiento, el Asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva. Si la Prima no se ha pagado antes de que se produzca el siniestro, el Asegurador quedará liberado de sus obligaciones, de conformidad a lo establecido en la Ley 50/1980 de 8 de Octubre, de Contrato de Seguro. Información de datos actualizada 1. Al recibir su Certificado de Seguro, deberá Usted comprobar que todos los datos que aparecen en el mismo son correctos. 2. Para asegurarse de recibir todas las coberturas proporcionados por este producto, deberá mantener al Asegurador informado de cualquier cambio en Su/s Tarjeta/s 3 - Suma & Sigue

8 y objeto/s registrado/s, ya que sólo estarán Asegurados aquéllos cuyos datos consten correctamente registrados. 3. Usted deberá informar al Asegurador de cualquier cambio en su dirección de residencia habitual. Sólo quedará cubierto y tendrá derecho a cobertura el Asegurado que conste en la nueva dirección. Los Asegurados que ya no convivan con Usted tendrán que suscribir una nueva Póliza si lo desean, para continuar disfrutando de las coberturas. El Asegurador podrá solicitarle los datos de seguridad con los que se haya registrado a fin de verificar su identidad. Si el Asegurador no fuera capaz de verificar su identidad, éste se reserva el derecho de solicitarle algún documento de identidad adicional o incluso rechazar su petición. Cambios en la póliza El Asegurador notificará por escrito al Tomador y/o Asegurado cualquier cambio en los términos y condiciones de su Póliza, así como cualquier cambio en las Primas. El Asegurador le notificará dichos cambios con una antelación mínima de 30 días antes de su entrada en vigor. Si Usted no está conforme con los cambios propuestos puede cancelar su Póliza, de conformidad con el anterior apartado titulado Derecho a Cancelar. Vigencia del derecho de reclamación El derecho a enviar una reclamación que se derive del presente contrato, se entenderá que es vigente por un período de dos años a partir de la fecha en que se produjo el siniestro que origine la reclamación. Definiciones: Cuando una palabra tiene un significado especial, como las que se detallan a continuación, se mostrará en negrita en las condiciones generales: Accesorios.- Objetos diseñados para ser utilizados con el Teléfono móvil y/o cámara, con exclusión de películas o baterías. Acuerdo.- El Certificado de Seguro (Condiciones Particulares) y las presentes Condiciones Generales. Adelanto.- Un pago efectuado por parte del Asegurador. Amex Asesores de Seguros.- Mediador de seguros de la póliza Suma y Sigue de American Express. Aparato Electrónico.- Artículos electrónicos que pertenecen al Tomador y/o Asegurado, que se limitarán a: Equipos portátiles de Audio y alta fidelidad: reproductores de CD / Mini disc, MP3/4, Radio/Cassette/CD portátiles, Radios portátiles, MP4 portátiles, Ipods y auriculares. Televisores portátiles, equipamientos de DVD portátiles, consolas de videojuegos, (los juegos y programas no están cubiertos) Cámaras, videocámara y equipos técnicos, cámara de fotos, videocámaras, Accesorios para la cámara (con exclusión de películas o baterías), prismáticos, visores portátiles de foto y marcos de foto digitales. Ordenadores portátiles y accesorios del ordenador: PC portátil / Tablet PC, I-Pad, PDA/Palmtop, Discos duros externos, impresoras portátiles, equipos de didctado, agendas / Calculadoras. (no se cubren el Software ni la pérdida de información) Equipos portátiles de navegación del coche: Equipos de Navegación por Satélite, GPS, cámaras detectoras de velocidad. 4 - Suma & Sigue

9 Aparatos electrónicos portátiles domésticos y de belleza: cepillos de dientes, equipos portátiles de viajes (planchas, etc), secadores de pelo, alisadores, máquinas de afeitas eléctricas, pulsómetros. Los Aparatos Electrónicos, siempre con un ticket de compra de precio igual o superior a 250 deben registrarse con AXA Assistance. Los Aparatos Electrónicos no deben exceder los 36 meses de antigüedad en el momento de la fecha de registro. Asegurado.- La persona designada por el Tomador, beneficiaria de esta Póliza. Asegurador.- Inter Partner Assistance España, S.A. de Seguros y Reaseguros con Sede en Barcelona, Calle Tarragona, 161 y provista de NIF nº A Cerradura/s.- Sistemas fijos instalados como dispositivos de seguridad para puertas exteriores, puertas de garaje y cajas fuertes ubicadas dentro de casa u Oficina en casa. Incluye también las puertas, sistemas de Cerradura/s y / o alarmas instalados en el Vehículo. Certificado de seguro.- El Certificado de la Póliza de Seguro que envía el Asegurador al Tomador y/o Asegurado, que contiene detalles importantes y específicos acerca de su cobertura, incluido la modalidad de contratación, el importe de la Prima a pagar y los datos de la Tarjeta o cuenta bancaria para procesar el cobro de la misma. El Certificado de Seguro forma parte de su Póliza. Comunicación.- Los gastos que razonablemente el Asegurado tiene que pagar en materia de llamadas telefónicas, fax o similares, en relación con un Incidente o con la recuperación del equipaje, efectos personales o Llaves. Dinero personal.- Dinero en efectivo de propiedad y uso exclusivo del Asegurado. Domicilio.- su residencia permanente dentro del Límite Territorial. Familiares/Unidad Familiar.- Tendrá la consideración de familiar del Asegurado, su cónyuge, pareja de hecho o persona que como tal conviva con él, y los ascendientes o descendientes de cualquier grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos), y en línea colateral hermanos o hermanas, cuñados o cuñadas, yernos, nueras o suegros de ambos miembros de la pareja. Franquicia.- Primer importe que en caso de siniestro correrá a cargo del Tomador. Identificador de Equipaje e Identificador de Llavero.- Para el equipaje y / o llavero con un número de identificación único proporcionado por el Asegurador. Incidente.- Un evento o serie de eventos relacionados, que tengan como resultado la pérdida, robo o daño accidental, de un objeto Asegurado en la Póliza. Inter Partner Assistance.- Inter Partner Assistance España, S.A. de Seguros y Reaseguros con Sede en Barcelona, Calle Tarragona, 161 y provista de NIF nº A Límite territorial.- España. Límites Territoriales.- España. 5 - Suma & Sigue

10 Llave/s.- Dispositivo fabricado para abrir un candado o puerta incluidos los mecánicos o electrónicos. No Autorizado/a.- Llamadas no autorizadas, mensajes y descargas realizadas desde el Teléfono móvil Asegurado después de haber sido perdido o robado y mientras que no se hayan restringido por parte del proveedor del teléfono. Objeto/s personal/es.- Objetos no electrónicos que pertenecen al Asegurado y que pueden ser llevados consigo, incluyendo pero no limitado a: Equipaje y accesorios del mismo, Maletas, portatrajes, bolsos de mano, maletines. Obejetos portátiles de uso diario: carteras, bolsos, gafas de sol y de lectura, lentes de contacto, bolígrafos, plumas, joyas, relojes, Tarjetas de viaje / abonos (coste de administración exclusivamente, Llaves (excluyendo las magnéticas). Los Objetos personales no pueden tener, en ningún caso, más de 36 meses de antigüedad en la fecha de registro. Objetos asegurados.- Aparato Electrónico, Objeto/s personal/es y Teléfono móvil. Oficina en casa.- Un espacio situado dentro de los límites de su Domicilio, específicamente designado como su lugar de trabajo habitual. Otros Asegurado/s.- Las personas registradas en la Póliza Suma y Sigue, mayores de 18 años y que residan permanentemente en el Domicilio habitual del Asegurado principal dentro del Límite Territorial. Período.- El Período durante el cual Usted tiene derecho a las prestaciones en virtud de la Póliza, que comienza en la fecha de inicio que aparece en el Certificado de Seguros y continúa indefinidamente hasta la cancelación de la Póliza de conformidad con lo dispuesto en la página 3 Derecho a Cancelar. Periodo de carencia.- En el caso de los Objetos Asegurados, el Periodo de carencia se refiere a los 14 días siguientes al registro de estos Objeto/s Personal/es, Aparato Electrónico o Teléfono Móvil. Póliza.- El Acuerdo formado por el Certificado de Seguro (Condiciones Particulares) y las Condiciones Generales (el presente documento), que incluye el seguro Suma y Sigue de American Express, Suscrito por el Asegurador. Precio.- La cantidad pagada por el/los Objetos Asegurados o su actual Precio de venta recomendado, con exclusión de cualquier cargo de crédito e intereses o gastos de seguros por pequeños que éstos sean. Prima.- La cantidad a pagar por su Póliza Suma y Sigue que figura en el Certificado de Seguro o en la futura correspondencia que reciba por parte del Asegurador. Suma y Sigue Suma y Sigue.- Es el nombre comercial del seguro y es una marca registrada de American Express en España. Tarjeta SIM.- Tarjeta donde figuran los datos de identificación del Tomador y/o Asegurado, el uso de la cual, junto con el Teléfono móvil permite el cargo de servicios en la misma cuenta del teléfono 6 - Suma & Sigue

11 Tarjeta/s.- Tarjetas de crédito, débito o pago, Tarjeta cliente usada como medio de pago en tiendas y establecimientos autorizados (excepto las Tarjetas utilizadas en Estaciones de Servicio para repostar combustible y Tarjetas de clubs y de fidelización). Teléfono móvil.- El equipo de telecomunicaciones del Asegurado limitado a: Teléfono móvil, BlackBerry y accesorios compatibles como auriculares. El Teléfono móvil, siempre con un ticket de compra de precio igual o superior a 250 debe registrarse con AXA Assistance y tener un máximo de 36 meses de antigüedad en el momento de la fecha de registro. Tomador.- La persona que suscribe y paga esta Póliza. Puede ser además el beneficiario o Asegurado. Usted / Su.- El Tomador del Seguro y cualquier otro Asegurado/beneficiario designado por Usted. Vehículo Comercial.- Todos los Vehículos utilizados para fines comerciales o de negocios. Vehículo/s.- Vehículos privados de motor, motocicleta/s, traileres, caravanas, remolques, a nombre del Asegurado y registrado con El Asegurador. CONDICIONES GENERALES 1. Se deberá abonar en algunos tipos de reclamación una franquicia de 25. Esta condición se expone con más detalle en estas condiciones. Si Usted hace una reclamación para más de una prestación, derivada del mismo Incidente, sólo se aplicará una franquicia de 25. El Tomador y/o Asegurado: 2. Deberá tomar todas las precauciones razonables para prevenir cualquier daño accidental, pérdida o robo. 3. Deberá comunicar y denunciar cualquier pérdida o robo a la policía, así como los detalles de la comisaría de policía dentro de las 24 horas siguientes al descubrimiento del hecho. 4. Cuando sea de aplicación, deberá comunicar cualquier robo o pérdida al proveedor de su Teléfono móvil, dentro de las 24 horas siguientes al descubrimiento. 5. Se obliga a proporcionar toda la información y las pruebas que el Asegurador necesite. 6. El Asegurador podrá solicitarle que presente cualquier información adicional, dentro de los seis meses siguientes al hecho objeto de la cobertura. De no hacerlo, el Asegurador no pagará la reclamación efectuada. 7. Si Usted solicita un reembolso por un objeto o hecho que también esté cubierto por otro seguro, deberá proporcionar al Asegurador todos los detalles relacionados con la otra Póliza de seguro. 8. El Asegurador tiene el derecho, si lo desea, en su nombre, pero a su cargo a: a) Iniciar acciones legales para obtener compensación por parte de otros, e 7 - Suma & Sigue

12 b) Iniciar acciones legales para recuperar de cualquier otra parte los pagos que ya hayan sido satisfechos. Usted debe proporcionar al Asegurador toda la asistencia razonable en la toma de acciones legales contra cualquier persona o entidad si se le pide. 9. No debe acordar, rechazar o negociar ninguna reclamación sin la autorización escrita del Asegurador. 10. La Póliza no podrá ser transferida a otra persona sin la autorización previa y por escrito del Asegurador. 11. La Póliza sólo puede ser alterada, modificada o variar condiciones o Primas por uno de los representantes autorizados por el Asegurador, dándole 30 días de preaviso por escrito. 12. Toda reclamación de los costes de las telecomunicaciones deben sustentarse con pruebas razonables (mostrando el número de teléfono del Asegurador, en todo caso), por ejemplo, facturas de teléfono, télex o fax. Las reclamaciones por gastos de envío deben ser sustentadas con acuses de recibo. 13. En caso de pérdida incurrida en una moneda distinta del Euro, el Asegurador reembolsará al cambio vigente en la fecha en que la reclamación de dicha pérdida fuera notificada al Asegurador. 14. El límite anual de reclamaciones o solicitudes de reembolso durante la vigencia de la póliza es de 3, salvo indicación expresa en cada sección. Los límites máximos indemnizables por cobertura se especifican el la tabla de coberturas. EXCLUSIONES GENERALES El Asegurador no será responsable de las pérdidas derivadas en caso de guerra, terrorismo, invasión, hostilidades (declarada o no), motín, huelga (declarada o no), conmoción civil, guerra civil, revolución, insurrección o usurpación militar o no de poder. Fraude Si efectúa cualquier reclamación falsa o fraudulenta o declara como válido un documento, recurso o reclamación falso o fraudulento, su Póliza será nula y perderá todos los derechos relacionados con su Póliza. En tales circunstancias, el Asegurador conservará el derecho a mantener las Primas y a recuperar cualquier cantidad pagada en concepto de prestaciones. Si el Asegurador recibe una reclamación de un Asegurado en virtud de la presente Póliza, podrá solicitar al Tomador y/o Asegurado que dé el consentimiento por escrito, durante el proceso de reclamación, para poder obtener información específica y material de la policía e intercambiar información y material con ellos. El propósito de estas medidas es ayudar al Asegurador a verificar las reclamaciones y protegerse contra el fraude. Si el Asegurado da su consentimiento, podrá recibir una copia de la información y material que la policía haya enviado al Asegurador. En caso de que el Asegurado se niegue a dar ese consentimiento el Asegurador podrá, a su vez, negarse a resolver la reclamación sin la información y material requeridos. El Asegurador no divulgará al Tomador y/o Asegurado la información o el material relacionado con otros Asegurados sin el consentimiento de éstos últimos. Legislación Aplicable EL presente contrato se rige por las siguientes Leyes: La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados; y, en general, por cualquier norma que desarrolle o sustituya las anteriores, por la legislación española que le sea aplicable; y por lo convenido en las Condiciones Generales y Particulares de este contrato. 8 - Suma & Sigue

13 Reclamaciones PRIMER PASO: INICIAR SU RECLAMACIÓN Usted deberá ponerse en contacto con el Asegurador en el teléfono (disponible las 24h del día todos los días del año), si se trata de una urgencia o requiere un servicio de asistencia cubierto por la póliza o en el teléfono (L- V de 8:00 a 20:00 y S de 8:00 a 17:00), en el resto de casos. El Asegurador espera que la mayoría de las reclamaciones se resuelvan de forma rápida y satisfactoria en esta etapa, pero si no está satisfecho, puede seguir el siguiente trámite: SEGUNDO PASO: COMUNICARSE CON LA OFICINA CENTRAL DEL ASEGURADOR Si su reclamación es una de las que finalmente no pueden resolverse en un periodo de tiempo razonable, póngase en contacto con el Responsable de Atención al Cliente en el idioma que desee, que se encargará de una investigación en nombre del Director Ejecutivo: Inter Partner Assistance, Equipo de Atención al Cliente, c/ Tarragona 161 2ª planta Barcelona o puede enviar un correo electrónico a: amexsumaysigue@ipartner.es Seguridad El cliente acordará una contraseña con el Asegurador. Para asegurar la identificación, se le podrá exigir al cliente, la mención de esta contraseña al llamar al Asegurador. Debe tratar la contraseña con absoluta confidencialidad y no debe ser revelada a ninguna otra persona. Aviso a los clientes - Grabación de llamadas Las llamadas telefónicas hechas por el Asegurador o Amex Asesores de Seguros podrán ser grabadas. Estas grabaciones podrán utilizarse para controlar la exactitud de la información intercambiada entre los Asegurados y el personal del Asegurador. También podrán ser utilizadas para permitir la formación adicional que debe facilitarse al personal del Asegurador o para demostrar que los procedimientos del Asegurador cumplen con todos los requisitos legales. El personal es consciente de que las conversaciones se controlan y registran. 9 - Suma & Sigue

14 Servicios y Prestaciones SECCIÓN A PROTECCIÓN DE TARJETAS Y DOCUMENTOS Condiciones No guarde números de identificación personal (PIN) con la/s Tarjeta/s registrada/s, ni los revele, ni se los de a conocer a nadie que no sea un usuario autorizado. Qué está cubierto? 1. Usted podrá registrar todas sus Tarjetas de débito, crédito incluidas las Tarjetas de crédito o pago de Tiendas y Grandes Almacenes así como los datos sobre documentos importantes como el pasaporte, permiso de conducir o Documento Nacional de identidad. 2. Si Usted cambia de dirección, y siempre que lo solicite, El Asegurador podrá notificar a todos los emisores de Tarjetas aseguradas en la Póliza, la nueva dirección. 3. Usted podrá informar de cualquier pérdida o robo de Tarjetas de crédito, débito o de tiendas que se utilicen como medio de pago y solicitar que se cancelen y reediten por el emisor de la Tarjeta. 4. Gastos de Comunicación hasta un máximo de 250 por Incidente notificado al Asegurador por la pérdida o robo de Tarjeta/s registrada/s 5. En caso de pérdida o robo de Dinero personal y siempre que el incidente haya ocurrido fuera de los Límites territoriales y la pérdida o el robo se haya producido junto con la pérdida o el robo de las Tarjetas: Hasta un máximo de 250 por Incidente y en total para todos los Incidentes durante un Periodo de 12 meses 6. Hasta un máximo de 200 por Póliza durante el Periodo de 12 meses de duración por los costes de sustitución de las tarjetas y documentos contenidos en el bolso de mano, monedero, cartera y / o maleta perdida o robada con Tarjetas registradas. 7. Adelanto de efectivo en caso de emergencia si Usted ha perdido su/s Tarjeta/s registrada/s y no tiene ningún otro medio de pago y mientras esté fuera de su residencia habitual (véase el Apartado de Anticipos) hasta un máximo de por Incidente, y limitado a una petición por siniestro. El importe mínimo de un Anticipo de 10 - Suma & Sigue

15 efectivo en España es de 200 y el máximo de Anticipo de efectivo en España es de Los costes incurridos en la obtención de la documentación de viaje, que hayan sido previamente autorizados por el Asegurador, en caso de pérdida o robo del pasaporte durante un desplazamiento fuera de España (incluidos los gastos de sustitución y nueva emisión), hasta un máximo de 200 por Incidente. Se limita a una reclamación por un Período de 12 meses de cobertura de la Póliza. 9. Gastos de Comunicación hasta un total de 250 por siniestro cuando los haya incurrido en: a) Obtención de nueva documentación; b) Ayudar a la policía con sus investigaciones; c) Hacer una reclamación en cualquier Póliza de seguro que tenga que proporcione cobertura por pérdida o robo de documentos registrados con el Asegurador. 10. En caso de uso fraudulento o no autorizado de la/s Tarjeta/s registrada/s de las cuales Usted es legalmente responsable y para que el banco o compañía emisora de la/s Tarjeta/s de crédito se niegue a rembolsar al titular, el Asegurador le reembolsará hasta un total de: a) por Incidente por las pérdidas que se produzcan antes de que Usted informe del Incidente a El Asegurador y b) por Incidente por las pérdidas que se produzcan después de que Usted haya informado del Incidente al Asegurador. Con límites de hasta un máximo de: 150 por Tarjeta para las Tarjetas de pago o crédito, y 300 para la/s Tarjeta/s Cliente, como Tarjetas de de pago o crédito de tiendas o grandes almacenes. 11. Servicio de Almacenamiento de documentación importante: Si lo desea, también podrá almacenar, dentro de su zona privada en la página web del Programa Suma & Sigue, aquellos documentos importantes, como por ejemplo su DNI, Pasaporte, Escrituras, etc, digitalizados en formato JPEG, limitado a 300k de tamaño por documento, sin límite de número de documentos. Qué no está cubierto? 1. Las pérdidas sufridas, si el Incidente no ha sido informado y denunciado a la policía y al Asegurador en las siguientes 24 horas del descubrimiento del incidente. 2. Cualquier reclamación de Dinero personal perdido y no declarado en el momento de denunciar el Incidente. 3. Pérdida o robo del bolso, la cartera, monedero y/o maleta, que no haya sido denunciado a la policía en el momento de denunciar el Incidente. 4. Cuando Usted haga un uso de una Tarjeta registrada distinto al autorizado por el emisor de la Tarjeta. 5. Más de por Incidente de uso indebido de tarjetas, si ocurre antes de la notificación de la pérdida o robo o más de si el uso indebido ocurre después de la notificación de la pérdida o el robo. 6. Los gastos ocasionados por el uso fraudulento por parte del Tomador y/o Asegurado, incluyendo la revelación del Número de Identificación Personal (PIN) a alguien, o guardarlo, incluso en un formato codificado, con la/s Tarjeta/s registrada/s. 7. Cobertura de otras Tarjetas que no sean Tarjetas de crédito o de pago, tales como Tarjetas de Fidelización, de viajero frecuente o de grandes almacenes que no sirvan como medio de pago. 8. Cobertura de Tarjetas de combustible. 9. Cobertura de documentos no registrados con el Asegurador. 10. El derecho a un Anticipo si las condiciones relativas a los Anticipos/adelantos no se cumplen. Ver Anticipos. 11. El derecho a un Anticipo en España si el Asegurado se encuentra dentro de un radio de 75 kilómetros de su Domicilio habitual registrado con el Asegurador. 12. Anticipos por más de 350 en los que no pueda presentar pruebas necesarias para los fines del mismo. 13. Reclamaciones que no incluyan la documentación necesaria Suma & Sigue

16 PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES Qué hacer en caso de reclamación de la garantía de Protección de Tarjetas y Documentos? Si descubre que cualquiera de las Tarjetas registradas se han perdido o le ha sido robadas o substraídas, Usted deberá: 1. Ponerse en contacto con el Asegurador de inmediato dentro de las 24 horas posteriores al descubrimiento en el teléfono: (L- V de 8:00 a 20:00 y S de 8:00 a 17:00). 2. Denunciar el Incidente a la policía dentro de las 24 horas posteriores al descubrimiento del incidente y obtener una denuncia de la policía que confirme la pérdida o robo y la dirección y número de teléfono de la comisaría de policía. En caso de pérdida o robo de dinero en efectivo, junto con documentación, su cartera/monedero/ bolso, será necesaria una sola denuncia donde consten todos estos bienes perdidos y/o robados. 3. Se le enviará el formulario de reclamación, que deberá devolver cumplimentado en los 60 días posteriores al Incidente. 4. En caso de pérdida de dinero en efectivo, El Tomador y/o Asegurado, deberá enviar el formulario de reclamación junto con la documentación oficial para probar la posesión del dinero perdido, como por ejemplo un Estado de Cuentas del banco. 5. En las reclamaciones relativas a los siguientes objetos: bolsos, carteras, monederos y/o maletines, Usted tendrá que enviar al Asegurador: a) Una descripción del/los objeto/s b) La/s factura/s para la sustitución de/los objeto/s c) La denuncia policial detallando la pérdida o robo. 6. Usted, deberá proporcionar al Asegurador toda la información que se le solicite relativa al incidente. Qué hacer en caso de uso fraudulento de tarjeta? En caso de uso fraudulento, Usted además deberá: 1. Identificar en la denuncia los presuntos cargos fraudulentos de su Tarjeta(s) registrada(s). 2. Enviar la denuncia al Departamento de Fraude de la entidad emisora de la Tarjeta en cuestión, solicitando que sean retirados los presuntos cargos fraudulentos. 3. En caso de que el emisor de la Tarjeta no pueda eliminar los presuntos cargos fraudulentos, Usted debe solicitar una carta al emisor, confirmando la fecha, hora e importe de los cargos fraudulentos y una explicación de por qué no los pueden eliminar. 4. Adjuntar esta carta a la denuncia policial, junto con otras pruebas que puedan ser suministradas y enviarlo por correo certificado al Asegurador. Cómo solicitar un Anticipo/Adelanto? Condiciones: Los Anticipos sólo pueden hacerse al Tomador y/o Asegurado, cuando, como consecuencia de un Incidente, el Asegurado no tiene ningún otro medio razonable de pago ni Dinero en efectivo y previamente ha informado al Asegurador de la pérdida o robo de Sus Tarjetas registradas en la Póliza. 1. La solicitud de un Anticipo debe hacerse al Asegurador cuando esté relacionada con un Incidente. Usted deberá ponerse en contacto con el Asegurador y facilitar los detalles para el Anticipo. 2. Puede solicitar un Anticipo al Asegurador proporcionando un número de Tarjeta alternativo donde se le cargará el importe del Anticipo. Cuando no esté en condiciones de ofrecer una alternativa de pago en el momento de la solicitud, podrá facilitar, por ejemplo, los de un amigo o familiar. 3. El Asegurador aceptará detalles de pago de un amigo o familiar del Tomador y/o Asegurado, si esa persona ha accedido previamente a avanzar el pago al Tomador y/o Asegurado. Este se pondrá en contacto con el amigo o familiar para obtener la autorización directa para el pago Suma & Sigue

17 4. Si Usted no posee identificación alguna debido a la pérdida o robo podrá recibir una transferencia de dinero, proporcionando una denuncia policial, de no más de un mes de antigüedad, donde se haga constar los documentos de identificación que se han perdido o robado. La cantidad máxima que Usted podrá recibir en tales circunstancias sería de 350. SECCIÓN B COBERTURA DE EQUIPAJES Qué está cubierto? 1. El Asegurador enviará al Tomador y/o Asegurado un Identificador de Equipajes gratuito con un número de referencia el Identificador de Equipajes contiene además un número de teléfono gratuito con un mensaje solicitando a la persona que encuentre el equipaje que informe al Asegurador, de manera que la persona que encuentre el Identificador de Equipajes sólo tiene que llamar al número gratuito indicado en la misma y automáticamente será enviado un sms o un al Tomador y/o Asegurado, donde se le facilitará los detalles para la recuperación de su equipaje. 2. El Asegurador pagará hasta un máximo de 100 por reclamación, limitado a una reclamación anual de los gastos de Comunicación que Usted haya incurrido en la búsqueda y/o recuperación de su equipaje perdido o robado. SECCIÓN C COBERTURA DE LLAVES Condiciones El Asegurador enviará al Tomador y/o Asegurado 1 Identificador de Llavero gratuito, impreso con un número de identificación único. El Identificador de Llavero, además contiene un número de teléfono gratuito con un mensaje solicitando a quién lo haya encontrado que se lo comunique al Asegurador. En caso de que se comunique la localización de sus Llaves, automáticamente le será enviado un sms o un al Tomador y/o Asegurado, facilitándole información para su recuperación. Qué está cubierto? 1. El Asegurador pagará hasta un máximo de 100 por reclamación, limitado a una reclamación anual de los gastos de Comunicación que haya incurrido en la búsqueda y recuperación de sus Llaves. 2. El Asegurador pagará hasta un máximo de 600 por reclamación para los siguientes casos: a) Costes de cerrajero o mecánico para tener acceso, de forma segura, a su hogar, Oficina en casa o Vehículo si se encuentra bloqueado accidentalmente o para obtener acceso a un duplicado de Llaves. b) Los gastos de sustitución de Cerraduras y Llaves, incluyendo los accesorios, si le roban o pierde las Llaves de su casa, Oficina en casa y/o de su Vehículo. c) Traslado para Usted y su Vehículo hasta su casa o hasta el taller o garaje más cercano, si el cerrajero o mecánico no pudiera acceder a su Vehículo, y d) Cuando así se haya acordado de antemano por el Asegurador, el coste de un coche de alquiler y otros gastos razonables de transporte, hasta un total de 3 días Suma & Sigue

18 Existe una Franquicia de 25 aplicable a la garantía de asistencia al Vehículo. La prestación de un coche de alquiler está sujeta a disponibilidad y a los términos y condiciones de la empresa de alquiler de coches. e) Cuando así se haya acordado con el Asegurador, los gastos de Hotel, en caso de que no sea posible el acceso a su Vehículo motivado por la pérdida o robo de las Llaves del mismo y tampoco le sea posible regresar a su Domicilio. Qué hacer en caso de reclamación de la cobertura de Llaves? 1. Si pierde o le roban alguna(s) Llave(s) cubierta(s) por la Póliza, póngase en contacto con el Asegurador de inmediato dentro de las 24 horas posteriores al descubrimiento en el teléfono: El Asegurador se encargará, si Usted lo requiere, de enviar un cerrajero o Vehículo de asistencia que le ayudará a acceder a su vivienda, Oficina en casa o Vehículo, con cargo al Asegurador. El Asegurador se compromete a que Usted reciba este servicio de asistencia en un plazo razonable y no superior a cuatro horas. 2. Usted recibirá un formulario de reclamación, que deberá presentar junto con una denuncia policial sobre el robo o pérdida de sus Llaves y el número de teléfono de la comisaría de policía, que Usted deberá enviar lo antes posible al Asegurador. Qué no está cubierto? El Asegurador no pagará por: 1. Los primeros 25 de cada Incidente que reclame y le ocurra al Tomador y/o Asegurado y/o al resto de beneficiarios de la Póliza. 2. Más de 3 reclamaciones durante un mismo Periodo anual; 3. Cualquier cantidad reclamada que supere el límite máximo cubierto por la Póliza; 4. Cualquier Cerradura o Llave no doméstica, como por ejemplo, pero sin que esté limitado a, la Llave de una taquilla o de un escritorio. 5. Cualquier reclamación por el coste de la sustitución de Cerraduras y Llaves, incluidos los accesorios, donde las Llaves o llaveros perdidas o robadas tengan inscritos los datos de registro de suvehículo, su Domicilio o su Oficina en casa; 6. Reclamaciones a raíz de la pérdida o robo de las Llaves de un Vehículo que no haya sido registrado por Usted y/o el resto de Asegurados de esta Póliza; 7. los gastos de transporte alternativo o de coche de alquiler, a raíz de la pérdida o robo de las Llaves de su Vehículo, para cualquier Período superior a 3 días; 8. Los gastos de coches de alquiler u otros gastos razonables de transporte a menos que se haya acordado incurrir en ellos entre Usted y el Asegurador. 9. Gastos relacionados con el alquiler de un Vehículo que no sea el propio coste del pago del alquiler, como por ejemplo pero no limitado a, el combustible, Franquicias, los daños y perjuicios, u otros honorarios complementarios a las tasas de alquiler. 10. Reclamaciones donde no se aporte la documentación necesaria. 11. Ningún coste aparte de la reparación, sustitución o los costes de los accesorios de las Llaves o Cerraduras y otros gastos de alquiler de Vehículo o de cualquier otro medio de transporte que no hayan sido previamente acordados; 12. Costes para acceder a su casa, Oficina en casa o a su Vehículo distintos a los de cerrajería y mecánica; 13. Costes o pagos recuperables según el condicionado de cualquier otra garantía o seguro; 14. Cerraduras que ya estuvieran dañadas antes de la pérdida o el robo de Llaves Suma & Sigue

19 SECCIÓN D COBERTURA DE OBJETOS PERSONALES Y ELECTRÓNICOS Importante: Por favor, conserve las facturas de sus Objetos Asegurados en un lugar seguro ya que serán necesarias en caso de reclamación. Condiciones 1.. Esta póliza sólo cubre los Objetos Asegurados mientras Usted se encuentre dentro de los Límites territoriales. 2. La cobertura se extiende al uso de los Objetos Asegurados en cualquier parte del mundo, hasta un máximo de 90 días en total, durante el año de duración de la Póliza. 3. Se podrá reclamar un máximo de tres Incidentes bajo este apartado durante el Periodo anual de cobertura.. 4. Conserve las facturas de sus Objetos Asegurados en un lugar seguro ya que serán necesarias en caso de reclamación. 5. Este seguro es intransferible. 6. En caso de daño accidental, conserve el Objeto Asegurado para ser inspeccionado por parte del taller de reparación, de lo contrario no se podrá atender su reclamación. 7. Si el Objeto Asegurado no puede ser sustituido por otro idéntico, se le reembolsará, a criterio del Asegurador, los gastos de sustitución por otro objeto de iguales características, sin que exceda del Precio que Usted pagó por el Objeto Asegurado en cuestión, o el límite de cobertura, cualquiera que sea el importe inferior. Si no hubiera ninguna alternativa disponible, el Asegurador le reembolsará el importe de sustitución del objeto Asegurado o el límite de la cobertura por Objeto Asegurado, cualquiera que sea el importe inferior. 8. Los Objetos Asegurados deben tener como máximo 36 meses de antigüedad en el momento de registrarlos en la Póliza. 9. Usted deberá utilizar el Objeto Asegurado y sus Accesorios de conformidad con las instrucciones del fabricante. 10. Los Objetos Asegurados, Accesorios, partes y materiales dañados y reemplazados por el Asegurador pasaran a ser propiedad del Asegurador. 11. Existe un Periodo de carencia de 14 días para esta garantía a contar desde la fecha de registro del Objeto Asegurado. 12. Sólo se pagará por el coste de reemisión de billetes incluyendo, pero no limitado a, tarjetas de viaje y/o abonos de temporada. Qué está cubierto? 1. El Asegurador pagará hasta un máximo de 1,500 por Objeto Asegurado por reclamación. El límite por reclamación es de 1,500. Se aceptará un máximo de 3 reclamaciones por año durante la vigencia de la póliza bajo esta cobertura. 2. Si el Objeto Asegurado se encuentra: a). Dañado como consecuencia de un accidente durante el Período de cobertura de la Póliza, el Asegurador reembolsará al Tomador y/o Asegurado el coste de la reparación de los objetos averiados. Si no es posible o no resulta económico reparar el Objeto Asegurado, le reembolsará el coste de sustitución del objeto por otro idéntico o de similares características. El máximo importe a pagar será el coste del objeto o la cantidad máxima cubierta por la Póliza, cualquiera que sea la cantidad inferior. b). En caso de robo o pérdida, el Asegurador le reembolsará el coste de sustitución del objeto. Cuando sólo haya sido robada o pérdida una parte de su Objeto Asegurado, se le pagará sólo por la sustitución de esa parte. Para objetos tales como tarjetas de viaje o abonos de temporada, el Asegurador sólo pagará el coste de la nueva expedición. 3. En caso de robo del Teléfono móvil en modalidad de contrato, si hubiera sido objeto de llamadas no autorizadas, el Asegurador pagará el coste de las mismas con un límite de por Incidente, que será el límite máximo total, por todos los Incidentes ocurridos durante el Periodo anual de cobertura para esta garantía. Del mismo 15 - Suma & Sigue

20 modo, y en caso de uso fraudulento tras un robo, si el Asegurado tiene un Teléfono móvil de pre-pago, el Asegurador le pagará el valor del importe de la Tarjeta no utilizada con un límite máximo de 500 en total y para todos los Incidentes ocurridos durante el Periodo anual de cobertura para esta garantía. Qué no está cubierto? Los Objetos Asegurados no quedan cubiertos por las siguientes causas: 1. Los primeros 25 de cada Incidente. (Franquicia). 2. Si no se informa a la policía y AXA Assistance mediante la pertinente denuncia y al Asegurador del robo o la pérdida en el momento o dentro del siguiente día hábil al descubrimiento. 3. Cualquier gasto coste de sustitución o reposición de los datos o la información almacenada en el Objeto Asegurado. 4. Más de 3 reclamaciones en un mismo Periodo anual de cobertura. 5. Las reclamaciones cuando la fecha del Incidente ocurra dentro del Periodo de Carencia. 6. Cualquier objeto no especificado en la definición de Objeto Personal de la Póliza. 7. Cualquier Objeto Personal con un valor demostrable de 250 o más y que no haya sido registrado con el Asegurador y mencionado en el Certificado de Seguro. 8. Roturas mecánicas o eléctricas. 9. Los daños accidentales causados por: a) El uso no doméstico del aparato (profesional o de negocio); b) No seguir las instrucciones del fabricante; c) Daño deliberado o descuido por parte del Tomador y/o Asegurado; d) Servicios rutinarios, mantenimiento, inspección o limpieza; e) Uso y desgaste o deterioro gradual; f) Uso incorrecto; g) Los efectos climatológicos tales como lluvia, rayos, inundaciones y fuertes vientos; h) Los accesorios que no son parte integrante de la instalación original; i) Software; j) Los daños causados por cualquier tipo de virus informático. 10. Gastos de reparación para: a) Los trabajos que se refieran al mantenimiento por parte del fabricante del objeto; (Reparaciones a raíz del mantenimiento por parte del fabricante del Teléfono móvil); b) Objetos desechables tales como pilas o baterías; (Objetos Sustituibles/desechables por el cliente tales como las baterías); c) Daños estéticos, tales como, pero no limitados a, abolladuras, arañazos, astillamientos, manchas, oxidación o corrosión; d) Los daños causados por objetos extraños o sustancias que normalmente no están asociados con los Objetos Asegurados; e) Las reparaciones llevadas a cabo por personas no autorizadas por el Asegurador; f) Servicios rutinarios, inspecciones, mantenimiento o limpieza. g) Reemplazo o ajuste de carcasas o coberturas externas, mangos o botones, baterías o antenas que no impidan el funcionamiento correcto del Objetos Asegurado. 11. En caso de Robo: a) En cualquier Vehículo Comercial o descapotable; 16 - Suma & Sigue

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