Principales características del contrato a tiempo parcial

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3 Principales características del contrato a tiempo parcial Debe realizarse por escrito La remuneración no puede ser inferior a la parte proporcional del salario básico del trabajador en general o sectorial El trabajador tiene derecho a percibir la parte proporcional de la semana integral El trabajador puede celebrar mas de un contrato con distintos empleadores

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6 Afiliación al IESS El aporte se lo realiza sobre la remuneración efectivamente ganada, cuando el trabajador se encuentre registrado en el IESS de manera simultanea en 2 o mas empleadores. Cuando el empleado se encuentre afiliado bajo un solo empleador en ningún caso el salario de aportación al IESS será inferior al 50% del salario básico unificado mínimo según la categoría ocupacional a la que corresponda el trabajador.

7 Jornada Ordinaria: Jornadas laborales Es aquella que se cumple por ocho horas diarias efectivas y continuas, de lunes a viernes y durante los cinco días de cada semana, con cuarenta horas semanales, con períodos de descanso desde treinta minutos hasta dos horas diarias para el almuerzo, que no estarán incluidos en la jornada de trabajo

8 Jornadas laborales Jornada suplementaria Por convenio entre las partes, la jornada de trabajo puede exceder de las ocho horas; sin que éstas puedan superarlas cuatro en el día y de doce en la semana. Jornada extraordinaria Consiste en las horas de trabajo que se realizan durante los días festivos o sábados y domingos

9 Jornada nocturna Jornadas laborales La jornada nocturna, es decir aquella que se realiza entre las 19H 00 y las 06H 00 del día siguiente, puede tener la misma duración y da derecho a igual remuneración que la diurna, con un incremento del veinticinco por ciento (25%) Ejercicios

10 Salario digno El salario digno mensual es el que cubra al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora así como las de su familia, y corresponde al costo de la canasta básica familiar dividido para el número de perceptores del hogar.

11 Salario digno Para definir el monto del salario digno se divide el valor de la canasta para 1,6. Este último valor es el promedio de personas que reciben ingresos en un hogar típico del país. Para el cálculo del salario digno se suman el salario básico, los décimos tercero y cuarto sueldos (dividido para 12 meses) y los fondos de reserva, también divididos para 12. También se deben sumar otros ingresos que puede o no recibir un trabajador, como las comisiones, los bonos y las utilidades. No es la remuneración que reciben en la práctica los trabajadores. Se trata de un cálculo matemático que permite tener una panorámica global de los ingresos de la persona.

12 Remuneraciones adicionales Décima tercera remuneración Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario.

13 Remuneraciones adicionales Décima cuarta remuneración Los trabajadores percibirán, además, sin perjuicio de todas las remuneraciones a las que actualmente tienen derecho, una bonificación anual equivalente a una remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general, respectivamente, vigentes a la fecha de pago, que será pagada hasta el 15 de marzo en las regiones de la Costa e Insular, y hasta el 15 de agosto en las regiones de la Sierra y Amazónica. Para el pago de esta bonificación se observará el régimen escolar adoptado en cada una de las circunscripciones territoriales. Ejercicios

14 Vacaciones Todo trabajador tendrá derecho a gozar anualmente de un período ininterrumpido de quince días de descanso, incluidos los días no laborables. Los trabajadores que hubieren prestado servicios por más de cinco años en la misma empresa o al mismo empleador, tendrán derecho a gozar adicionalmente de un día de vacaciones por cada uno de los años excedentes o recibirán en dinero la remuneración correspondiente a los días excedentes. Ejercicios

15 Vacaciones Para los servidores bajo el régimen de la LOSEP 30 días de vacaciones anuales pagadas después de once meses de servicio continuo. Solo por cesación de funciones se paga las vacaciones no gozadas Las vacaciones solo se pueden acumular hasta por sesenta días Ejercicios

16 Fondos de Reserva El trabajador o servidor público con relación de dependencia tendrá derecho al pago mensual del fondo de reserva por parte de su empleador en un porcentaje equivalente al 8,33 % de la remuneración aportada al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social después del primer año a partir de mes 13 de trabajo Ejemplos

17 Opciones excluyentes: Cesantía Podrá solicitar y retirar el saldo de los fondos de cesantía acumulados en su cuenta individual más los fondos que se acumularen en la misma cuenta por efecto de la aportación del 2% personal y su rendimiento para configurar la parte variable del Seguro de Desempleo; o, Podrá acogerse al Seguro de Desempleo y solicitar al final de su cobertura la entrega del saldo acumulado una vez efectuados los pagos correspondientes a dicho seguro en la forma prevista en esta ley.

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19 Impuesto a la renta Cuando los ingresos bajo relación de dependencia en el 2016 son de $11,170 o más, en enero se debe presentar la proyección de gastos personales. Esta sirve para deducir dichos valores del Impuesto a la Renta y así definir el monto de la retención mensual Deducción de gastos personales 2016 Alimentación: $3,630,25 (Monto límite) Vivienda: $3,630,25 (Monto límite) Vestimenta: $3,630,25 (Monto límite) Educación: $3,630,25 (Monto límite) Salud: $14,521 (Solo en salud puede presentar gastos por la totalidad. Este es el monto límite y en ningún momento podrá superarlo en la declaración)

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22 Vivienda: Educación: 0,325 veces 0,325 veces Alimentación: 0,325 veces Vestimenta: Salud: 0,325 veces 1,3 veces

23 De acuerdo a la Resolución NAC- DGERCGC deben presentar la información relativa a los gastos personales, correspondientes al año inmediato anterior, las personas naturales que en dicho período superen en sus gastos personales el 50% de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado.

24 Las personas naturales podrán deducirse sus gastos personales, sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge e hijos menores de edad o con discapacidad, que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente. No serán deducibles los costos o gastos que se respalden con comprobantes de venta no autorizados, conforme lo señala el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios o que no se respalden en lo señalado en el artículo 34 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Con base a lo mencionado, no serán deducibles los costos o gastos que se respalden en comprobantes de venta emitidos en el exterior.

25 La deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente y en ningún caso será mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta de personas naturales.

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30 No se toman en cuenta las joyas

31 CORRECCION DE LA PROYECCION: En el caso de que el empleado considere que su proyección de gastos personales será diferente a la originalmente presentada, podrá entregar a su empleador, en los meses de julio o agosto, un nuevo documento para la reliquidación de las futuras retenciones que correspondan. Los empleadores tienen la obligación de verificar que la proyección de gastos personales que presenten sus empleados no sobrepase los límites establecidos en la Ley y su reglamento. Si el empleador verifica que los rubros de gastos personales sobrepasan los límites establecidos, debe devolver dicho formulario al empleado para que éste realice la respectiva corrección.

32 EJERCICIOS PRACTICOS El señor Juan Pérez durante el año 2016 sus ingresos bajo relación de dependencia es de 1.500,00 mensuales presenta la siguiente proyección de gastos Alimentación: $3,630,25 Vivienda: $3,630,25 Vestimenta: $3,630,25 Educación: $3,630,25 Salud: $4,521,00

33 Indicadores de gestión de Talento Humano Los indicadores ayudan a medir y cuantificar el rendimiento en función de metas y objetivos específicos que tienen las actividades que se llevan a cabo para las operaciones empresariales. Es importante no perder de vista que los indicadores clave del proceso de gestión de talento humano deben alinearse a los objetivos estratégicos de la empresa.

34 Indicadores de gestión de Talento Humano Tiempo promedio en alcanzar objetivos: este indicador mide la eficacia de los trabajadores. Rotación de personal: calcula el grado de permanencia de los trabajadores en la compañía. Ausentismo laboral: mesura las ausencias del personal en el lugar de trabajo en periodos normales, ya sea por faltas, por atrasos o permisos. Tiempo promedio de vacantes no cubiertas: este indicador facilita el dato de cuánto tiempo están sin cubrir las vacantes causadas por bajas laborales, vacaciones, renuncias, etc

35 Jubilación patronal La jubilación patronal es un derecho a favor de los trabajadores u obreros sujetos a esta ley siempre y cuando cumplan ciertos requisitos, tales como: Tener la calidad de trabajador u obrero amparado al Código de Trabajo. 25 años de servicio o más.

36 Jubilación patronal El cálculo de la jubilación patronal consiste en la suma equivalente al 5% del promedio de la remuneración anual percibida de los cinco últimos años. Este rubro se multiplica por los años de servicio y el resultado se divide para el coeficiente de edad establecido

37 Obligaciones del empleador: SEGURIDAD SOCIAL Inscribir a los trabajadores en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, desde el primer día de labores, dando aviso de entrada dentro de los primeros quince días, y dar avisos de salida, de las modificaciones de sueldos y salarios, de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, y cumplir con las demás obligaciones previstas en las leyes sobre Seguridad Social. Pagar al trabajador, cuando no tenga derecho a la prestación por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, el cincuenta por ciento de su remuneración en caso de enfermedad no profesional, hasta por dos meses en cada año, previo certificado médico que acredite la imposibilidad para el trabajo o la necesidad de descanso.

38 La documentación que debe presentar en las oficinas del Ministerio del Trabajo es la siguiente: Solicitud de cálculo de la jubilación patronal dirigida al Director/a Regional del Trabajo y Servicio Público que deberá ser ingresada por la Secretaria General. En caso de ser trabajador del sector público adjuntar un certificado en el que deberá constar el tiempo que estuvo sujeto al Código de Trabajo, debidamente firmado y sellado por el empleador

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41 Requisitos: 1. Haber trabajado veinticinco años o más para el mismo empleador continua o interrumpidamente. Estar cesante en sus funciones. Haber sido objeto de despido intempestivo y haber laborado de veinte y menos de veinticinco años para el reconocimiento de la parte proporcional de jubilación patronal. Documentos que deben acompañar Solicitud por escrito dirigida al Director Regional del Trabajo de Quito Copia fotostática de cédula de ciudadanía Copia fotostática de aviso de entrada y salida En caso de despido intempestivo, adjuntar la respectiva Acta de Finiquito en la que conste el reconocimiento del Despido Intempestivo.

42 Procedimiento: La petición para el cálculo de jubilación patronal dirigido al Director Regional del Trabajo ingresará por la Unidad de Documentación y Archivo (quinto piso del edificio del MTE-Quito) la misma que se remite a la Dirección Regional del Trabajo. El Director Regional del Trabajo sumilla a Servicio Social Laboral para empezar con el proceso de jubilación patronal; aquí se inicia revisando la documentación respectiva, luego se oficia al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y a la empresa o institución a fin de que remitan los siguientes datos: º Certificaciones relacionadas al monto total de aportaciones Fondos de reserva, Tiempo de servicio Remuneraciones de los cinco últimos años

43 Con estos datos se procede a realizar el cálculo de la jubilación patronal; la liquidación de jubilación patronal se da a conocer al empleador mediante un plazo de siete días a fin de que realice alguna observación o acotación a la liquidación, acto seguido se procede a legalizar el Acta de jubilación patronal por parte del Inspector del Trabajo.

44 DÉCIMOA PRIMERA DISPOSICION GENERAL (LOSEP) Los servidores públicos que, por mandato de lo dispuesto en la Constitución de la 58 República, pasen de estar sujetos al Código del Trabajo a esta ley, se les reconocerá la jubilación patronal a que tienen derecho conforme establece el régimen patronal privado si, a la vigencia de la actual Constitución, tenían más de trece años de servicios en el sector público.

45 VIGESIMOPRIMERA.- El Estado estimulará la jubilación de las docentes y los docentes del sector público, mediante el pago de una compensación variable que relacione edad y años de servicio. El monto máximo será de ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador privado, y de cinco salarios básicos unificados del trabajador privado en general por año de servicios. La ley regulará los procedimientos y métodos de cálculo.

46 Sujetos de protección SEGURIDAD SOCIAL El trabajador en relación de dependencia; b. El trabajador autónomo; El profesional en libre ejercicio; El administrador o patrono de un negocio; El dueño de una empresa unipersonal; El menor trabajador independiente; Los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos especiales.

47 Responsabilidad patronal SEGURIDAD SOCIAL Si por culpa de un patrono el IESS no pudiere conceder a un trabajador o a sus deudos las prestaciones en dinero que fueran reclamadas y a las que habrían podido tener derecho, o si resultaren disminuidas dichas prestaciones por falta de cumplimiento de las obligaciones del empleador, este será responsable de los perjuicios causados al asegurado o a sus deudos, responsabilidad que el Instituto hará efectiva mediante la coactiva.

48 SEGURIDAD SOCIAL Responsabilidad patronal En los casos de responsabilidad patronal, dentro de los treinta (30) días de producido el hecho que la determina, el IESS iniciará el juicio coactivo correspondiente contra el empleador en mora

49 SEGURIDAD SOCIAL Responsabilidad patronal El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social queda obligado a conceder las prestaciones por enfermedad, maternidad, auxilio de funerales y el fondo mortuorio a todos sus asegurados que hayan cumplido las condiciones establecidas en esta Ley y los reglamentos, aún cuando sus patronos estén en mora.

50 SEGURIDAD SOCIAL El Seguro General de Salud Individual y Familiar protege al asegurado en las contingencias de enfermedad y maternidad. Los servicios que brinda son: Programas de fomento y promoción de la salud; Acciones de medicina preventiva, que incluye: Consulta e información profesional, Procedimientos auxiliares de diagnóstico, Medicamentos e intervenciones necesarias.

51 TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO BAJO RELACIÓN DE DEPENDENCIA Y MIEMBROS DEL CLERO SECULAR APORTE CONCEPTO PERSONAL PATRONAL TOTAL Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte () 5, ,86 Seguro de Salud () ,94 Seguro de Riesgos del Trabajo () 0, ,20 Ley de discapacidades 0,10 0,00 0,10 Seguro de Cesantía Seguro Social Campesino Gastos de administración TOTAL APORTES

52 SEGURIDAD SOCIAL Atención odontológica; Asistencia médica curativa integral y maternidad, que incluye: Consulta profesional, Exámenes y procedimientos de diagnóstico, Actos quirúrgicos, Hospitalización, Entrega de fármacos, Y demás acciones de recuperación y rehabilitación de la salud. Tratamiento de enfermedades crónico degenerativas, sin límite de beneficios o exclusión en la atención. Tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública.

53 Riesgos del trabajo La misión del Seguro de Riesgos del Trabajo (SGRT) es garantizar a los afiliados y empleadores, seguridad y salud laboral mediante acciones y programas de prevención y auditorías; y, brindar protección oportuna a los afiliados y a sus familias en las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

54 Riesgos del trabajo Prescripción Las acciones que provienen de los riesgos del trabajo, prescriben en tres años, contados desde la fecha en que se produjo el accidente o la enfermedad profesional. El empleador está obligado a llenar, firmar y presentar los avisos correspondientes en todos los casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, dentro del plazo máximo de 10 días a contarse desde la fecha del accidente.

55 Afiliación voluntaria Se pueden afiliar voluntariamente las personas que tengan ingresos sin relación de dependencia o independientes, domiciliadas en Ecuador. Requisitos Tener cédula de ciudadanía para el caso de ecuatorianos; cédula de identidad para el caso de extranjeros dentro del territorio nacional; o, carné de refugiado emitido en el Ecuador. No registrar mora u obligaciones pendientes con el IESS.

56 Jubilación del IESS El afiliado o afiliada que reúnen los requisitos exigidos por el IESS, tienen derecho a pensiones mensuales vitalicias, la mismas que se pagan a partir del primer día del mes siguiente al que el asegurado (a) cesó en el o los empleos.

57 Jubilación del IESS Tiene derecho a recibir pensión mensual vitalicia de jubilación por vejez, el afiliado/a que cumple con los requisitos de cese, edad y tiempo de aportes al IESS, de acuerdo con la siguiente tabla: EDAD IMPOSICIONES AÑOS DE APORTACIÓN Sin límite de edad 480 o más 40 o más 60 años o más 360 o más 30 o más 65 años o más 180 o más 15 o más 70 años o más 120 o más 10 o más

58 REMUNERACION MAYOR MENOR A IGUAL TARIFA MENSUAL ,33% ,33% ,33% ,33% ,33% ,33% ,33% EN ADELANTE 3,33% 8 DIAS DE REMUNERAC IAS

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